FACULTAD DE CIENCIAS

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1 FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD DE LOS ANDES REGLAMENTO ESPECIFICO PARA LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS Noviembre de

2 REGLAMENTO ESPECIFICO DE DOCTORADO Los programas de Doctorado en la Facultad de Ciencias tienen como objetivo la formación de investigadores capaces de realizar y orientar, en forma autónoma, investigaciones científicas reconocidas por la comunidad académica nacional e internacional como aportes válidos al avance de la ciencia. La formación del doctorando se realizará, fundamentalmente, mediante el desarrollo de una investigación, su confrontación en seminarios y su culminación en una tesis que sea un aporte original al conocimiento. La Universidad de los Andes confiere, en la actualidad, los títulos de Doctor en Ciencias Biología, Doctor en Ciencias Física y Doctor en Matemáticas a los estudiantes que cumplen con los requisitos establecidos en el Reglamento General de los programas doctorales, y en particular con las condiciones establecidas en este reglamento especifico. 1. ASPECTOS GENERALES La dirección y la coordinación de los programas doctorales de la Facultad será responsabilidad directa del Comité de Investigaciones y Posgrado de la Facultad de Ciencias y de los Comités del programa doctoral de los respectivos departamentos. Cada programa de doctorado en la Facultad de Ciencias tendrá un Director quien también dirigirá los programas de maestría de su departamento. Este director será un profesor asociado o titular nombrado por el rector entre los candidatos que proponga el decano o los decanos correspondientes. Cada programa de doctorado en la Facultad de Ciencias tendrá un Comité encargado de orientar el Programa Doctoral. Este Comité estará conformado por el Director del Programa y un mínimo de tres profesores habilitados para el doctorado respectivo, que serán nombrados por el Decano de acuerdo con el procedimiento interno que defina la Facultad. Hará parte del Comité un estudiante del programa doctoral de acuerdo con las normas de la Universidad. Las facultades que lo consideren conveniente podrán, además, tener un Comité Asesor de doctorados formado por académicos de alto nivel de la Universidad de los Andes, externos a ella o que trabajen en otros países. Los comités departamentales de los programas doctorales supervisarán el normal desarrollo de los planes de estudio de sus respectivos estudiantes. 2

3 Los cambios a este Reglamento Especifico de los Programas de Doctorado serán estudiados por el Comité de Investigaciones y Posgrado de la Facultad de Ciencias y aprobados por el Consejo de la Facultad de Ciencias. Los programas de doctorado se regirán, en lo pertinente, por lo dispuesto en el Reglamento de los programas doctorales, en el Reglamento General de Estudiantes de Posgrado de la Universidad de los Andes, así como por lo establecido en el presente Reglamento específico y los instructivos particulares de cada disciplina. 2. DE LA ADMISIÓN El aspirante debe: Poseer un título profesional universitario. No se exigirá ningún título particular de pregrado para el ingreso, sin embargo, dependiendo de los estudios de pregrado del candidato admitido, el Comité de Doctorados y Maestrías respectivo podrá requerir cursos o actividades de nivelación. No se exigirá título de Maestría, sin embargo, aquellos candidatos admitidos que tengan títulos de Maestría, podrán solicitar al Comité respectivo la homologación en el doctorado de créditos cursados en la Maestría. Tener un rendimiento académico sobresaliente en los programas cursados con anterioridad, para lo cual el Comité correspondiente analizará las calificaciones y demás certificados que aporte el candidato, incluyendo, cuando los hubiere, documentos que acrediten su participación en actividades investigativas. En todos los casos, deberá entregar un documento en el que explique su interés por este programa, su trayectoria anterior, los temas particulares en que estaría interesado en investigar, entre los que maneja la Facultad de Ciencias, y, preferiblemente, indicar el profesor con el cual le gustaría trabajar. Demostrar proficiencia en lectura, comprensión y escritura del idioma inglés en pruebas que realizará el Departamento de Lenguas que someterá para ello una propuesta de reglamentación al Consejo Académico. Cumplir, cuando sea del caso, con los requisitos específicos adicionales que defina el Comité de cada programa. Para el Programa Doctoral en una modalidad conjunta con otra institución, la admisión seguirá las determinaciones que para tal propósito tenga el convenio interinstitucional. 3. DE LA MATRÍCULA 3

4 El estudiante admitido debe cancelar en las fechas preestablecidas, los derechos de matrícula correspondientes, según tarifa y modalidad vigentes en la institución para este tipo de programas. 4. DEL PROFESOR CONSEJERO Y DEL DIRECTOR DE TESIS Todo estudiante tiene un profesor consejero quien lo asesora en asuntos académicos, sobre el programa de estudios y le orienta en caso de dificultades de diversa índole en la Universidad. Así el profesor consejero elabora un Plan de Estudios preliminar para satisfacer la formación deseada y los créditos necesarios. Las labores de este profesor consejero serán pronto asumidas por el Director de Tesis. El director de tesis será avalado en cada caso por el Comité que supervisa el doctorado correspondiente a partir de la propuesta presentada por el estudiante. En caso de modalidad conjunta el estudiante tendrá un Codirector en la otra institución. El Consejo de Facultad elaborará una lista de profesores de la Facultad de Ciencias habilitados para dirigir tesis doctorales. Para ello tendrá en cuenta el título y la trayectoria investigativa de cada uno. Profesores que no tengan título doctoral pero si una excelente trayectoria investigativa podrán ser habilitados para desempeñar esta función. Igualmente podrán ser habilitados para un doctorado particular profesores de departamentos o facultades distintos a la Facultad de Ciencias. El Consejo podrá, si lo considera conveniente, poner restricciones al tiempo de habilitación, a los temas en los que puede participar el profesor y al número máximo de tesis doctorales que pueda dirigir simultáneamente. La lista de profesores habilitados de cada facultad deberá ser aprobada por el Consejo Académico. El estudiante escoge a su Director de Tesis, quien tiene libertad de aceptar o no al estudiante. No es función de ninguna instancia de la Universidad escoger y nombrar el Director de Tesis de un estudiante. Una vez que el estudiante aprueba el Examen de Conocimientos, la posición de Director de Tesis se oficializa cuando por escrito su asesor, un profesor autorizado para dirigir tesis de doctorado, informa al Comité de Doctorado y Maestrías de su departamento que acepta al estudiante como estudiante de tesis. El Comité de Doctorado y Maestrías del departamento manifiesta su aprobación del Director informando al jefe de departamento respectivo con copia al profesor y al estudiante. En caso de no aprobación se informa solamente al profesor. 4.1 Funciones del Director de Tesis Asesorar al estudiante en la elaboración del Proyecto de Tesis, en el desarrollo de su investigación y en la elaboración del documento final de la tesis. 4

5 Evaluar semestralmente el avance de la investigación para la tesis del estudiante, e informar al Comité de Doctorado y Maestrías del departamento, antes de finalizar el semestre, el resultado de la evaluación. Proponer ante el Comité Doctoral del departamento que ofrece el Programa: La aprobación del programa de formación doctoral del candidato. Nombres de profesores-investigadores para el examen de candidatura. La autorización de la sustentación de tesis del doctorando. Nombres de investigadores del área de la tesis para conformar el Jurado de Tesis. PARÁGRAFO: En casos de modalidad conjunta, los anteriores puntos deben contar con la aprobación del Codirector de Tesis. 5. DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS 5.1 Del Plan de Estudios Los estudiantes inscritos en el Programa de Doctorado son estudiantes de tiempo completo. Los programas doctorales de la Facultad de Ciencias tendrán dos etapas diferenciadas y cuatro pruebas fundamentales así: a) Prueba 1: Admisión b) Etapa 1: Fundamentación c) Prueba 2: Examen de conocimientos d) Prueba 3: Examen de candidatura e) Etapa 2: Investigación conducente a la tesis f) Prueba 4: Sustentación de la tesis El Plan de estudios mínimo de cada programa tiene la siguiente estructura: Se contempla una escolaridad mínima de 80 créditos. Estos estarán distribuidos entre cursos o seminarios y labores de investigación conducentes a la tesis. La carga máxima semestral es de 16 créditos. 5

6 Los cursos o seminarios podrán seleccionarse entre las asignaciones de posgrado de la Facultad de Ciencias, de otras facultades de la Universidad de los Andes o de otras universidades nacionales o internacionales, previa consulta y aprobación del Comité de Doctorado y Maestrías del departamento. Cada curso de posgrado dictado por la Facultad de Ciencias, tiene un valor de por lo menos 4 créditos. Los seminarios a nivel de doctorado son de por lo menos 3 créditos. El estudiante deberá aprobar por lo menos 2 cursos propios de su Programa de Doctorado. Cada uno de estos cursos deberá: - Ser dictado por profesor con doctorado o amplia trayectoria en el tema con aprobación del Comité de Doctorado y Maestrías del departamento. - Tener una calificación numérica. La valoración final de la calidad de la tesis es el elemento más importante del Programa. Se utiliza el sistema de créditos para reconocer avances en la investigación, con lo cual el estudiante deberá aprobar como mínimo 32 créditos. Pasantía - Estos créditos se repartirán en varios semestres en cursos denominados Tesis a los cuales se les asigna entre 4 y 12 créditos, dependiendo del tiempo de dedicación del estudiante a la investigación durante el semestre. - La tesis, debidamente terminada y sustentada ante el Jurado se calificará como aprobada o reprobada. En ningún caso tendrá calificaciones numéricas. En ese momento, si la tesis es aprobada, recibirá el estudiante todos los créditos correspondientes a su trabajo de tesis. Todo estudiante doctoral de la Facultad de Ciencias deberá realizar una pasantía de al menos seis meses en una institución extranjera de reconocido prestigio, desarrollando tareas de investigación o complementarias a su formación doctoral. La pasantía podrá desarrollarse de manera continua o intermitente, según lo plantee el doctorando con el respaldo de su director y sea aceptado por el Comité respectivo. La pasantía debe realizarse de preferencia en un grupo de investigación con el cual la Facultad de Ciencias tenga vínculos efectivos de cooperación. La Universidad de los Andes hará su mejor esfuerzo para ayudar al estudiante en la obtención de los recursos necesarios para la realización de la pasantía, lo cual se facilita si ésta se realiza en instituciones con las cuales se tenga una buena cooperación. Para que se acepte una pasantía, el Comité de Doctorado y Maestrías del programa debe recibir el programa de trabajo que se adelantará y una comunicación escrita de la institución en la que se especifique la voluntad de recibir al estudiante. Será deseable que la pasantía busque una publicación conjunta. En ocasiones excepcionales y con la aprobación de la vicerrectoría de investigaciones, cuando la naturaleza del tema de investigación así lo amerite y existan en Colombia grupos 6

7 de investigación destacados en esa temática, la pasantía podrá realizarse en el país en el seno de uno o más de tales grupos. Cuando el Comité así lo acepte, deberá informar al Comité de Investigaciones y Doctorados de la Universidad. Durante el tiempo que dure la pasantía, el estudiante deberá estar matriculado en la Universidad de los Andes. 5.2 De la Duración Los programas de doctorado tendrán una duración máxima de ocho (8) años, incluyendo la pasantía obligatoria. Esta duración se entiende desde la fecha de ingreso al Programa, hasta la realización de la defensa exitosa de la tesis doctoral. En ningún caso podrá matricularse un estudiante en un programa doctoral durante más de ocho años contados a partir de la fecha de la primera matrícula. 5.3 Del Examen de Conocimientos El estudiante deberá presentar un Examen de Conocimientos, dentro de su primer año de estudio. Este tiene el propósito de determinar la preparación del estudiante para continuar en el programa. El nivel corresponde a los de los cursos avanzados del programa de pregrado y los del primer año de postgrado. La modalidad y cobertura serán determinadas por el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento para abarcar, de manera general, las áreas fundamentales de la especialidad del estudiante o, al menos, todos los temas que puedan tener pertinencia en su tesis. La calificación del examen será de Aprobado o Reprobado. En caso de ser reprobado, el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento podrá permitir que el estudiante lo presente en una segunda y última oportunidad, en los siguientes seis meses después de perdido el examen. Una reprobación definitiva significa que el estudiante debe retirarse del programa. 5.4 Del Proyecto de Tesis En el curso del segundo año de estudios, y habiendo aprobado el Examen de Conocimientos, el estudiante deberá presentar el Proyecto de Tesis, avalado por su Director, ante el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento. Este lo enviará a por lo menos un experto en el tema, distinto al Director y al Codirector, quien deberá emitir un concepto favorable del proyecto como investigación apropiada para tesis doctoral, viable y original. El Comité de Doctorado y Maestrías del departamento le enviará por escrito al estudiante la autorización para tomar el Examen de Candidatura, previa verificación de que se cumplen los siguientes requisitos: - Aprobación de por lo menos un curso propio del Programa de Doctorado. - Aprobación del requisito de inglés. - Evaluación positiva del Proyecto de Tesis. 7

8 PARÁGRAFO: En la modalidad conjunta, el Proyecto de Tesis deberá contar con el aval del Codirector para su presentación al Comité de Doctorado y Maestrías del departamento. 5.5 Del Examen de Candidatura Este examen determina la candidatura formal del estudiante al grado de Doctor en Ciencias en la disciplina del programa, el cual debe aprobarse no más allá del octavo semestre contados a partir de la fecha de admisión, y estando el estudiante matriculado oficialmente en el Programa de Doctorado. El examen es oral y gira en torno del documento del Proyecto de Tesis de Doctorado del estudiante. El Comité de Doctorado y Maestrías del departamento que ofrece el programa nombra el jurado calificador del examen, conformado por tres personas incluido el Director de Tesis. El jurado examina el nivel de preparación del estudiante para el trabajo de investigación en la especialidad escogida, incluyendo temas relacionados con el área de su Proyecto de Tesis. Calificación: Este examen será calificado con la nota de Aprobado o Reprobado. En caso de no aprobar el examen, el doctorando podrá solicitar una nueva oportunidad. Este segundo examen se deberá realizar antes del cumplimiento del plazo máximo fijado para cumplir con este requisito. Si no aprueba el segundo examen será retirado del Programa de Doctorado definitivamente. El Proyecto de Tesis queda aprobado cuando el estudiante aprueba el Examen de Candidatura. A partir de ese momento el estudiante debe inscribir oficialmente cada semestre la asignatura de Tesis, y se le llamará Candidato a Doctor. Esta candidatura caduca a los 8 años de haber ingresado al programa. PARÁGRAFO: Si el estudiante en algún momento de sus estudios cambia su Proyecto de Tesis, éste debe ser aprobado por el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento recurriendo a la evaluación externa del mismo. Para ello el candidato a doctor no requiere repetir el Examen de Candidatura. 5.6 De la Residencia Se requiere por parte del estudiante, en su dedicación de tiempo completo al Programa, una permanencia mínima de un año en la Universidad de los Andes y mínima de seis meses en un centro de investigación de reconocido prestigio. En este período el estudiante tomará aquellos cursos o seminarios que se le indiquen o trabajará en su tesis doctoral, bajo la supervisión de su Director o Codirector de Tesis. 5.7 De las Calificaciones 8

9 La evaluación de los cursos, seminarios y proyecto se hará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Estudiantes de Posgrado de la Universidad de los Andes. Los cursos propios del Programa doctoral se aprobarán con la nota de 3.0 o superior. La asignatura Tesis tendrá una evaluación semestral por parte del Director de Tesis. La evaluación será cualitativa y será entregada al Comité de Doctorado y Maestrías del departamento antes del final de cada semestre. 6. DE LA PERMANENCIA EN EL PROGRAMA Para permanecer en el programa, un estudiante de doctorado de la Universidad de los Andes debe: a) Renovar oportunamente su matrícula, b) Mantener un promedio acumulado en las asignaturas igual o superior a 3.5. c) Respetar y cumplir el régimen académico y disciplinario de la Universidad. Cuando ya tenga nombrado un director de tesis, éste deberá presentar un informe de avance semestral al Comité, que podrá hacer observaciones. Si el informe de avance del estudiante es insatisfactorio por segunda vez, según los criterios preestablecidos por la facultad correspondiente, el estudiante podrá ser suspendido académicamente por el Comité por un período académico. Si el estudiante solicita posteriormente el reingreso, deberá demostrar al Comité que ha superado las circunstancias que produjeron los informes insatisfactorios. PARÁGRAFO: En caso de modalidad conjunta, el estudiante también deberá cumplir con los requisitos de la otra institución. 7. DE LA TESIS DE DOCTORADO La tesis de doctorado debe basarse en un Proyecto de Tesis aprobado, y sus resultados deben llevar a un trabajo de investigación que constituya un aporte original a la ciencia. Además debe tener méritos para generar publicaciones en revistas especializadas de reconocido valor científico internacional. El documento debe redactarse en castellano o en inglés, y debe poseer la organización formal propia de un trabajo científico. El programa que lo considere apropiado puede exigir, según el área, una publicación en revista internacional indexada, según el nivel fijado por el Comité de Doctorados y Maestrías del departamento, para estas publicaciones. Cuando se considere conveniente el estudiante podrá solicitar que se nombre un Codirector para la tesis. 7.1 Autorización para sustentar la tesis 9

10 El Comité de Doctorado y Maestrías del departamento autoriza y coordina la sustentación de la tesis, para lo cual exige: Una copia del texto de la tesis, con el Visto Bueno del Director de Tesis. Concepto escrito favorable sobre la tesis de por lo menos un evaluador previamente designado por el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento, quien debe manifestar su acuerdo para que el estudiante pase a sustentar su trabajo de tesis, salvo por la posible sugerencia de cambios no de fondo en el texto de la tesis. El Director o el Codirector de la Tesis pueden sugerir nombres de posibles evaluadores. Sin el cumplimiento de estos dos requisitos el estudiante no podrá sustentar la tesis. PARÁGRAFO: En la modalidad conjunta, el texto de la tesis debe contar también con el Visto Bueno del Codirector. 7.2 Jurado de Tesis Autorizada la sustentación de la tesis, el Comité de Doctorado y Maestrías del departamento procederá a designar al correspondiente Jurado de Tesis cuya integración mínima de tres jurados será como sigue: El Director de Tesis del doctorando. Dos evaluadores conocedores del tema de los cuales al menos uno es externo a la Universidad de los Andes. Por lo menos uno de los miembros del jurado debe ser profesor de la Universidad de los Andes habilitado para dirigir tesis doctorales. El Jurado así integrado elegirá de entre sus miembros al presidente del mismo. 7.3 Sustentación de la tesis La sustentación de la tesis de doctorado se realizará ante el Jurado de Tesis, el cual se encargará de evaluarla con nota de Aprobado o Reprobado. El Jurado podrá proponer la calificación de Tesis Laureada al Consejo Académico de la Universidad. El Jurado presentará un informe escrito de la sustentación en donde se dará la calificación. Este informe debe ser firmado por todos los miembros del Jurado, comunicado al doctorando y enviado al Comité de Doctorado y Maestrías del programa. 10

11 En caso de no aprobar la sustentación de la tesis, el candidato podrá solicitar una segunda oportunidad para sustentarla en un período no inferior a seis meses ni superior a un año. En caso de no aprobar en la segunda oportunidad, el Comité de Investigaciones y Posgrado de la Facultad de Ciencias, en conjunto con los directores de tesis, recomendará al Consejo de la Facultad de Ciencias sobre la permanencia del estudiante en el Programa Doctoral, sobre lo cual el Consejo tomará la decisión final. 7.4 Del Cambio de Director de Tesis El Director de Tesis (y eventualmente el Codirector de Tesis) puede cesar en sus funciones, bajo dos circunstancias: a- Por razones de fuerza mayor tales como enfermedad grave o el retiro de la universidad de uno de los profesores o del estudiante. b- Cuando, después de haber transcurrido al menos un semestre en su cargo de Director de Tesis, a juicio del profesor o por petición del estudiante, con la aprobación del Comité de Doctorado y Maestrías del departamento y del Comité de Investigaciones y Posgrado de la Facultad, se considera que la colaboración en la investigación debe darse por terminada. El estudiante podrá acceder a un nuevo Director de acuerdo con lo establecido en el numeral DEL TÍTULO La Universidad de los Andes otorgará el título de Doctor en Ciencias en la disciplina del programa, al cumplirse los siguientes requisitos: Haber cumplido satisfactoriamente con el Plan de Estudios. En las materias calificables numéricamente, tener un promedio ponderado acumulado no inferior a 3.5 sobre 5.0. Haber sustentado exitosamente la tesis de doctorado. No encontrarse sancionado con prueba de conducta o cancelación de la matrícula. Cancelar los derechos de grado exigidos por la Universidad y estar a paz y salvo, por todo concepto, con la misma. PARÁGRAFO: En la modalidad conjunta, se requiere además una certificación del colaborador de la otra institución, con la cual el estudiante adelantó sus estudios, que acredite el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Programa. 11

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