CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Dirección:

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1 Pagina 1 de 12 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación si comprobare que adolece de un error o defecto De conformidad con la propuesta presentada, la que forma parte integrante de la Póliza, la Compañía de Seguros Aseguradora de Magallanes SA (en adelante llamada "La Compañía Aseguradora"), asegura de acuerdo con los términos y condiciones de la presente Póliza, a la persona o entidad mencionada a continuación (en adelante llamada "El Asegurado"), contra los riesgos detallados y hasta las sumas consignadas en este instrumento Rige Art532, incisos 1º y 2º del Código de Comercio Datos del cliente asegurado-contratante Rut: Nombre: CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Dirección: PADRE ALONSO DE OVALLE 1475, ciudad : Santiago, comuna : Santiago Datos de beneficiarios Rut: Nombre: CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Datos del intermediario Rut: K Comisión: 0,0% Nombre: DIRECTO CHILECOMPRAS Datos de la Edificación Asegurada Nº 1 Tipo de item: Hogar Familia Dirección del riesgo: Territorio Nacinal s/n Comuna: SANTIAGO Ciudad: SANTIAGO País: Chile Prima neta UF: 001 Inicio vigencia: 31/12/2012 Término vigencia: 31/12/2014 MAseg edificio UF: 0 MAseg contenido UF: 0 Número del Piso 1 Cantidad de pisos: 1 Giro - Ocupación: HABITACIONAL - CASA HABITACION Descripción del contenido Seguro Hipotecario Caja de Compensación Los Andes Detalle de las Coberturas del Item Nº 1 Cobertura MAseg Deducible PNeta Poliza colectiva de incendio asociada a creditos hipotecarios (POL ) 0,00 * 0,01 Incendio y daños materiales causados por salida de mar originada por sismo 0,00 * 0,00 (CAD112029) Incendio y daños materiales causados por riesgo de la naturaleza (CAD112045) 0,00 * 0,00 Daños materiales causados por aeronaves (CAD112050) 0,00 * 0,00 Daños materiales causados por explosión (CAD112051) 0,00 * 0,00 Daños mat por inc y expl a consecuencia directa de huelga, desorden popular o 0,00 * 0,00 actos terroristas (CAD112052) Colapso de edificio (CAD112053) 0,00 * 0,00 Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

2 Pagina 2 de 12 Daños materiales causados por vehiculos motorizados (CAD112055) 0,00 * 0,00 Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular 0,00 * 0,00 (CAD112056) Saqueo y daños materiales por saqueo durante huelga o desorden popular 0,00 * 0,00 (CAD112057) Daños materiales causados por roturas de cañerias o por desbordamiento de 0,00 * 0,00 estanques matrices (CAD112058) Daños materiales causados por choque o colision con objetos fijos o flotantes, 0,00 * 0,00 incluyendo naves (CAD112059) Incendio y daños materiales causados por sismo (CAD112041) 0,00 * 0,00 Clausula adicional de daño electrico (CAD112067) 0,00 * 0,00 Total neto 0,01 Condiciones de las coberturas del Item Nº 1 Condiciones de los Items Para las coberturas señaladas se aplican las siguientes pólizas: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS [POL ] CLAUSULA ADICIONAL DE INCENDIO Y DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR SALIDA DE MAR ORIGINADA POR SISMO, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CRÉDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL PUEDE SER COMERCIALIZADA A PARTIR DEL 13/04/2012 [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE INCENDIO Y DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR RIESGO DE LA NATURALEZA ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR AERONAVES, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR EXPLOSIÓN, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES POR INCENDIO Y EXPLOSIÓN A CONSECUENCIA DIRECTA DE HUELGA, DESORDEN POPULAR O ACTOS TERRORISTAS, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

3 Pagina 3 de 12 CLAUSULA ADICIONAL DE COLAPSO DE EDIFICIO, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR VEHICULOS MOTORIZADOS ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DIRECTA DE HUELGA O DESORDEN POPULAR, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE SAQUEO Y DAÑOS MATERIALES POR SAQUEO DURANTE HUELGA O DESORDEN POPULAR ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR ROTURAS DE CAÑERIAS O POR DESBORDAMIENTO DE ESTANQUES MATRICES, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR CHOQUE O COLISION CON OBJETOS FIJOS O FLOTANTES, INCLUYENDO NAVES, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE INCENDIO Y DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR SISMO, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL ; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, POL [CAD ] CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑO ELECTRICO [CAD ] Condiciones de la póliza Condiciones Particulares SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ANTECEDENTES GENERALES Contratante y Beneficiario: Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

4 Pagina 4 de 12 CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES RUT: Representante Legal: Sr Nelson Rojas Mena Domicilio: Alonso Ovalle 1465, piso 6, Santiago VIGENCIA DE LA POLIZA La póliza colectiva tendrá una vigencia de 24 meses comenzando a las 12:00 horas del día 31 de diciembre de 2012, por lo que su terminación natural será a las 12:00 horas del día 31 de Diciembre de 2014 PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la Circular N 1487 de Julio de 2000, las compañías de seguros deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado o beneficiario, u otros legítimos interesados, como aquellos que la Superintendencia de Valores y Seguros les derive Las presentaciones pueden ser efectuadas en la casa matriz y en todas las agencias, oficinas o sucursales de la compañía en que se atienda público, personalmente, por correo o fax, sin formalidades, en el horario normal de atención y sin restricción de días u horarios especiales El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado por la compañía de seguros, o bien cuando exista demora injustificada en su respuesta, podrá recurrir a la Superintendencia de Valores y Seguros, División de Atención y Educación al Asegurado, su horario de atención es de 9:00 a 13:00 horas, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1 SEGURO DE INCENDIO Y COBERTURAS COMPLEMENTARIAS A INCENDIO TALES COMO SISMO Y SALIDA DE MAR IDENTIFICACIÓN DE LA COBERTURA: Asegurados: Las personas naturales deudores de créditos hipotecarios destinados a la adquisición, reparación, ampliación o construcción de una vivienda, o su refinanciamiento, otorgados y/o administrados por la Caja de Compensación Asignación Familiar Los Andes, que habiendo cumplido con los requisitos de asegurabilidad, se encuentren aceptados e incorporados en las nóminas de asegurados enviados a la Compañía Son también asegurados el stock de deudores hipotecarios actuales del acreedor hipotecario, los que se incorporarán automáticamente a las coberturas de la presente licitación, sin solución de continuidad con respecto a las pólizas antiguas, y sin nuevo requisito alguno La Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes será considerada el acreedor hipotecario, misma calidad que tendrán los eventuales cesionarios de ésta COBERTURA ASEGURADA Cobertura básica o principal de la póliza colectiva de incendio, que comprende: daños materiales a causa de incendio, inhabitabilidad, traslado de muebles, retiro de escombros, daños a consecuencia de explosión de artefactos domésticos y de rayo Según modelo POL Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

5 Pagina 5 de 12 Coberturas adicionales según los siguientes modelos de cláusulas adicionales: CAD , Incendio y Daños materiales causados por sismo CAD , Incendio y daños materiales causados por salida de mar, originada por sismo CAD , Incendio y daños materiales causados por riesgo de la naturaleza CAD , Daños materiales causados por aeronaves CAD , Daños materiales causados por explosión CAD , Daños materiales por Incendio y explosión a consecuencia directa de huelga, desorden popular o actos terroristas CAD , Colapso de edificios CAD , Daños materiales causados por vehículos motorizados CAD , Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular CAD , Saqueo durante huelga o desorden popular CAD , Daños materiales causados por rotura de cañerías, o por desbordamiento de estanques matrices CAD , Daños materiales causados por choque o colisión con objetos fijos o flotantes, incluyendo naves CAD , Daño eléctrico La CAD se extiende a cubrir los daños materiales al inmueble y sus instalaciones existentes en subterráneos, las filtraciones de agua lluvia que sean consecuencia de un fenómeno climático anormal, y los que ocasione la saturación de canaletas, bajadas de agua, inundación de terrazas en pisos superiores, y en general los daños causados por el agua Lo anterior producto de fenómenos de la naturaleza, incluso de carácter anormal Se incluyen también los daños materiales causados por inundación y desbordamiento de cauces sobre bienes ubicados en subterráneos, siempre que correspondan a instalaciones del edificio asegurado y se encuentren incluidos dentro del monto asegurado Asimismo, cubre bienes al aire libre, cuando estos bienes estén diseñados para este propósito También cubre los daños materiales causados por peso de nieve o hielo y los ocasionados por caídas de árboles Se incluyen dentro de esta cobertura los daños materiales causados por fenómenos de la naturaleza a las antenas de radio, de TV y a cualquier otro dispositivo de comunicación digital o conexión satelital instalado en el inmueble asegurado La CAD se extiende a cubrir los daños materiales a consecuencia de explosión de bienes no asegurados y/o de terceros La CAD se extiende a cubrir los daños materiales que sufran los bienes asegurados causados directamente por las obras y faenas de demolición o construcción de edificaciones en propiedades colindantes La CAD se extiende a cubrir los daños causados por vehículos motorizados, sus partes, piezas o carga, cuando sean de propiedad del deudor hipotecario o cuando sean operados o estén bajo su control o el de sus familiares o dependientes La CAD se extiende a cubrir los daños causados por el agua a consecuencia de desborde de artefactos sanitarios tales como lavatorios, tinas de baño, estanques de WC, bidets u otros similares, incluyendo los daños causados por filtración, fuga o mojada de rociadores o sprinklers, salvo que tengan por causa u origen el mal funcionamiento por falta de mantención o vicio propio del respectivo artefacto Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

6 Pagina 6 de 12 La CAD , Daño eléctrico, con límite del 10% del monto asegurado de cada riesgo, con tope de UF 150 por evento CONDICIONES PARTICULARES CON MONTO ASEGURADO INDEPENDIENTE Inhabitabilidad de vivienda, con una suma asegurada del 10% del monto asegurado principal, independiente del monto asegurado en la póliza principal, que corresponde a un sublímite de éste Indemnización de hasta un monto máximo del equivalente al 1% del monto asegurado de cada riesgo, por concepto del valor mensual de arriendo, hospedaje y bodegaje en su caso, con un periodo máximo indemnizable de 6 meses y con un tope máximo mensual de UF 10 En caso de eventos catastróficos, esta cobertura deberá contemplar el pago al deudor asegurado de un monto mensual de hasta el equivalente al 1% del monto asegurado de cada riesgo, acreditada la imposibilidad del uso de la vivienda donde reside el asegurado o su familia, sin otra exigencia que el evento catastrófico Remoción de escombros y traslado de muebles con una suma asegurada del 10% del monto asegurado principal independiente del monto asegurado en la póliza principal, que corresponde a un sublímite de éste Indemnización hasta un 10% del monto asegurado de cada riesgo, con tope de UF 150 CONDICIONES PARTICULARES Honorarios profesionales, incluido dentro del monto asegurado Indemnización hasta el 10% de cada riesgo asegurado, con un máximo de UF 150 por evento Se incluyen los honorarios de arquitectos, ingenieros, supervisores y en general a todo aquel que el asegurado deba consultar y/o contratar para llevar a cabo la reparación o reconstrucción de los bienes dados en garantía que han sido afectados por un siniestro, hasta el monto máximo antes señalado La extensión de honorarios profesionales corresponde a un monto a pagar al deudor asegurado una vez liquidado el siniestro Incluye viajes, viáticos y estadías para la evaluación del daño Modalidad de Aseguramiento: A primera pérdida, no existiendo el prorrateo señalado en el artículo 532 del Código de Comercio En caso de siniestros parciales la indemnización se determinará conforme al valor de reconstrucción o reparación, habida consideración del material y característica de construcción del inmueble a la fecha del siniestro Es decir no se podrá contemplar la reducción del monto a indemnizar por concepto de depreciación, antig edad, uso o desgaste del bien asegurado Cláusula de Acreedor Prendario o Hipotecario: Rige cláusula de Acreedores Prendarios o Hipotecarios inscrita en el registro de pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros bajo COP Cuando la póliza se haya extendido en favor de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, queda entendido y convenido que, en caso de siniestro, la indemnización se pagará al acreedor hipotecario hasta la concurrencia de su interés en la conservación del objeto materia del seguro al momento de producirse dicho siniestro El saldo, si lo hubiere, corresponde al dueño de las cosas afectadas por el siniestro, siempre que este no haya tenido intervención dolosa en la provocación del mismo Cobertura Para Nuevos Créditos: Se entiende que la cobertura comienza a operar desde la fecha de la escritura de cada nuevo crédito Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

7 Pagina 7 de 12 Cláusula de Inalterabilidad: Las condiciones convenidas a la fecha de inicio de vigencia son inalterables, no pudiéndose modificar unilateralmente hasta la extinción de su vigencia, que se indica en la carátula de ésta Durante dicho lapso, se deberá informar a la compañía la totalidad de las operaciones, entendiéndose éstas automáticamente cubiertas Cláusula de Conformidad: La compañía enviará al contratante directamente o a través del corredor, en su caso, la información recepcionada mediante la emisión de un endoso mensual Cláusula Período de Gracia: En el pago del primer dividendo se incluirá el costo de los seguros correspondientes a los días transcurridos entre la fecha de la escritura y el último día del mismo mes Durante dicho lapso se informará a la compañía la totalidad de las operaciones, entendiéndose estas automáticamente cubiertas y sin pago de prima momentáneo, desde la fecha de cada escritura de crédito Cláusula especial sobre seguros concurrentes: En caso de existir seguros concurrentes, esto es, que el deudor asegurado u otra persona que tuviere interés asegurable hubiere contratado otros seguros sobre el inmueble, la póliza de CCAF Los Andes operará con respecto a este, como si no existieren tales seguros, sin perjuicio del derecho de CCAF Los Andes para ejercer respecto a esos otros seguros, si fuere procedente, las acciones que le concede las normas pertinentes el Código de Comercio y sin perjuicio también de la compañía para repetir respecto de las indemnizaciones proporcionales que deban pagar los otros aseguradores Cláusula sobre uso, ocupación y destino y agravamiento de riesgos: En caso que el deudor asegurado modificase el uso o destino de la propiedad asegurada, sin conocimiento de la Caja o sus cesionarios, la compañía no negará al acreedor hipotecario de la póliza la indemnización que procediere con motivo de un siniestro Por tanto, no se exigirá a los asegurados la declaración sobre agravamiento de riesgos contemplada en el artículo 13 de las condiciones generales de la POL , sin perjuicio de los derechos que legalmente correspondan a la entidad aseguradora en la liquidación de un siniestro No obstante lo anterior, la Caja o el Corredor, en su caso, deberá informar a la Compañía adjudicada tan pronto tenga conocimiento de cualquiera de las situaciones mencionadas en dicho artículo Cláusula 72 horas: Para las cláusulas adicionales CAD , CAD , CAD , CAD , CAD y CAD , rige la cláusula de 72 horas en virtud de la cual serán considerados como una sola reclamación todos los daños que ocurran por un mismo evento, dentro de cualquier período de 72 horas consecutivas Rehabilitación del Monto Asegurado: en caso de siniestro, el monto asegurado se rehabilitará en forma automática, con cobro de prima que será de cargo del asegurado Cobertura de ampliaciones: Las pólizas deberán otorgar cobertura automática respecto de todas las ampliaciones, instalaciones anexas u obras nuevas que se realicen en la materia asegurada, sin necesidad de aviso ni pago de prima adicional, hasta un límite equivalente al 10% del monto asegurado Cobertura automática: Se considera cobertura automática para riesgos cuyo monto asegurado es inferior o igual a UF Por tanto, cualquier riesgo cuyo monto asegurado sea superior, no contará con cobertura por suma alguna, debiendo ser informado a la Compañía para que ésta evalúe su incorporación a la póliza Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

8 Pagina 8 de 12 Tipo de inmuebles Se cubren inmuebles urbanos y rurales, con tal que tengan fines habitacionales No aplican declaraciones del asegurado para el stock: No obstante lo señalado en el artículo 11 de las condiciones generales de la POL y por tratarse de una cartera de asegurados en stock, la Compañía adjudicada asumirá los riesgos en continuidad de cobertura y no será exigible una nueva declaración del asegurado respecto de las materias indicadas en dicho artículo Monto Asegurado Corresponde al valor de tasación del inmueble hipotecado para efectos del seguro, descontando el valor del terreno Materia asegurada Edificios e instalaciones de uso habitacional, pudiendo existir anexos destinados al uso comercial, exceptuando de cobertura los rubros excluidos que se indican en la póliza y estas bases, sus dependencias y todas las construcciones que se encuentren dentro de los deslindes del inmueble constituido en garantía a favor del respectivo acreedor hipotecario, incluyendo terrazas, garage, bodegas, rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, muros medianeros y/o de contención, obras de drenaje y obras civiles en general, pozos, canales, caminos, redes de agua, y demás obras complementarias como fundaciones, cimientos, sobrecimientos, artefactos de iluminación interior y/ o exterior, transformadores eléctricos y sub estaciones eléctricas, muros de contención, conexiones y tendidos a las redes de servicios públicos, de TV Cable e Internet, antenas de recepción satelital, árboles, plantas, arbustos, jardines, subterráneos, estanques, calderas, piscinas, mejoras, ampliaciones y, en general, toda infraestructura física o construcción que forme parte de la propiedad correspondiente a garantías entregadas a la cartera de mutuos hipotecarios originada y/o administrada por Caja Compensación de Asignación Familiar de Los Andes Para los inmuebles que están sometidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, la cobertura antes indicada se extiende a la parte proporcional que les corresponda en los bienes comunes, sus mejoras y ampliaciones, incluyendo estacionamientos, terrazas, garages, bodegas, instalaciones de gas, electricidad y comunicaciones, conexiones y tendido a las redes de servicios públicos, de TV Cable e Internet, antenas de recepción satelital, árboles, plantas, arbustos, jardines, subterráneos, estanques, calderas y piscinas Beneficiarios El beneficiario de las pólizas será el acreedor del mutuo hipotecario al momento del siniestro, y lo será hasta el monto equivalente al saldo insoluto del crédito hipotecario Para este efecto, saldo insoluto es toda suma de dinero que el deudor deba al acreedor, incluyendo capital, dividendos en mora, intereses, intereses penales, primas de seguros, contribuciones, costas y gastos de cobranza, y cualquier otro cargo que deba soportar el deudor El saldo, si lo hubiere, corresponderá al dueño del bien afectado por el siniestro, siempre que este no haya tenido intervención dolosa en la provocación del mismo Prima Será la resultante de aplicar la tasa de prima ofrecida al monto asegurado La prima deberá considerar todos los riesgos cubiertos por la póliza, cláusulas adicionales y particulares indicados en estas bases, e impuestos respecto de las coberturas gravadas UNIDAD MONETARIA Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

9 Pagina 9 de 12 Los montos asegurados y las primas correspondientes se expresarán en unidades de fomento UBICACIÓN DE LOS RIESGOS Territorio nacional TASAS MENSUALES (%) Afecta 0,00350 Exenta 0,01435 Tasa Neta 0,01785 IVA 0,00067 Tasa Bruta 0,01852 DEDUCIBLES Incendio y daños materiales a consecuencia de sismo, erupción volcánica o salida de mar: 1% del monto asegurado por riesgo, con un mínimo de UF 25- aplicable en toda y cada ocurrencia Otros Riesgos de la naturaleza: UF 3- en toda y cada pérdida Rotura de cañerías: UF 3- en toda y cada pérdida Otros Riesgos: UF 3- en toda y cada pérdida Cláusula de Errores u Omisiones La Compañía adjudicada se obliga a dar cobertura a la materia asegurada en todos los casos en que por hecho fortuito, error o inadvertencia de la Caja no se haya informado oportunamente la contratación del crédito o la ocurrencia de un siniestro y/o no se haya enterado o traspasado la prima a la Compañía Aseguradora, situaciones que serán admitidas por ésta para todos los efectos relativos a la cobertura y al pago de la indemnización, cualquiera sea la oportunidad en que se detecten e informen, de modo que la Compañía Aseguradora procederá como si tal hecho, error o inadvertencia jamás hubiere ocurrido, sin perjuicio de su derecho a cobrar la prima correspondiente Tampoco habrá objeción alguna por parte de la Compañía en caso que se hubiese producido un error en la identificación del riesgo asegurado, prevaleciendo siempre la respectiva escritura de mutuo hipotecario Con todo, el límite máximo a indemnizar para estos casos será de UF 3000 para todas las pólizas emitidas por la Compañía Adjudicataria SINIESTROS En caso de fraude o siniestro intencional por parte del asegurado, el beneficiario tendrá derecho a recibir la indemnización hasta la concurrencia de su interés, sin perjuicio del derecho de la aseguradora de repetir por lo pagado en contra de quien sea responsable En caso de un siniestro, Caja Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, el Corredor de Seguros, en su caso, o el Cliente Asegurado, informará por escrito a la Compañía y ésta deberá designar un liquidador y asignar número de Siniestro dentro de un plazo no superior a 3 días hábiles, contados desde la recepción del denuncio Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

10 Pagina 10 de 12 Denuncio de Siniestros La Compañía Aseguradora concederá un plazo de 60 días para realizar la denuncia de un siniestro, contados desde el momento en que el asegurado toma conocimiento del mismo, plazo que se extenderá a 90 días para eventos catastróficos Se deberán incluir medios y facilidades que permitan a los asegurados, al menos, realizar denuncios de siniestros en forma remota (Página web o callcenter) y sin limitación de horario, debiendo entregarse al denunciante una confirmación fehaciente de la recepción del denuncio Liquidación de Siniestros El plazo para la inspección del inmueble siniestrado, no podrá ser superior a 8 días hábiles contados desde la recepción del denuncio por la compañía aseguradora El plazo para el pago de la indemnización, no podrá ser superior a 6 días hábiles, contados desde la recepción o emisión del informe final de liquidación por la compañía, salvo que el pago no proceda en conformidad a las normas legales o contractuales Sin perjuicio de lo establecido en los puntos anteriores, los plazos totales de liquidación nunca podrán exceder los señalados en el Decreto Supremo N 863 de 1989 Tratándose de eventos catastróficos los plazos del proceso de liquidación, incluida la inspección del inmueble asegurado, corresponderá únicamente a los establecidos en el Decreto Supremo N 863 de 1989 Emitido el informe final de liquidación, la Compañía deberá remitir una copia del mismo a Caja Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, al Corredor, en su caso, y al cliente asegurado En caso de no haber impugnación por parte de Caja Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, del Corredor de Seguros, en su caso, ni del cliente, se solicitará el pago de la indemnización correspondiente Para el caso de daños menores se establecerá un procedimiento de indemnización en el Contrato de Seguro Liquidadores: Para una mayor rapidez en la tramitación de siniestros, las Compañías deberán incluir en sus ofertas una nómina de 5 liquidadores oficiales de seguros, entre los cuales Caja Compensación de Asignación Familiar de Los Andes seleccionará a 3 liquidadores que serán indicados en las pólizas, sin perjuicio de los derechos que la Caja o el respectivo asegurado pueden ejercer durante el proceso de liquidación de un siniestro CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓN Y BUENAS PRÁCTICAS Aseguradora Magallanes SA, se encuentra adherida voluntariamente al código de autorregulación y al compendio de buenas prácticas de las compañías de seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas y entre éstas y sus clientes Copia del compendio de buenas prácticas corporativas de las compañías de seguros se encuentra a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de esta Compañía o en wwwaachcl Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Aseguradora Magallanes SA o a través de la página web wwwddachilecl DOMICILIO DOMICILIO Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de todas las obligaciones de esta póliza la ciudad de Santiago, prorrogando competencia para ante los tribunales de justicia con asiento en la comuna de Santiago PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

11 Pagina 11 de 12 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS 1 Objeto de la Liquidación: El proceso de liquidación de siniestros tiene por objeto básicamente determinar la ocurrencia del siniestro, si éste se encuentra amparado por la cobertura de seguro contratada y, en caso afirmativo, la determinación de la indemnización a pagar 2 Forma de Efectuar la Liquidación: La Liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados de la fecha de la denuncia del siniestro 3 Derecho de Oposición a la Liquidación Directa: En caso de liquidación directa por la Compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la comunicación de la Compañía La Compañía deberá designar al Liquidador en el plazo de tres días hábiles contados desde dicha oposición 4 Información del Asegurado de gestiones a realizar y petición de Antecedentes: El Liquidador o la Compañía, dentro del plazo de tres días hábiles de iniciada la liquidación, deberá informar por escrito al Asegurado de las gestiones que le compete realizar y de todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro 5 Pre-Informe de Liquidación: En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de Oficio o a petición del Asegurado, emitir un preinforme de liquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados El Asegurado o la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al preinforme dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento 6 Plazo de Liquidación: Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de: a) Seguros Generales, 90 días corridos desde la fecha de denuncia b) Seguros Vehículos Motorizados, 60 días corridos desde la fecha de la denuncia c) Seguros Marítimos Cascos o Avería gruesa, 180 días corridos desde la fecha de la denuncia 7 Prórroga del Plazo de Liquidación: Los plazos antes señalados podrán prorrogarse en casos fundados, sucesivamente por iguales períodos, lo que deberá comunicarse al Asegurado y a la Superintendencia, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del informe de liquidación 8 Informe Final de Liquidación: El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción integra de los artículos 24 al 27 del Reglamento de Auxiliares del Comercia de Seguros (DS de Hacienda Nº 863 de 1989, Diario Oficial de 5 de Abril de 1990), relativos a la resolución de las impugnaciones formuladas y al derecho del asegurado a recurrir al procedimiento arbitral contemplado en la póliza 9 Impugnación del Informe de Liquidación: Recibido el informe de liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días para impugnarla En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá el Asegurado Impugnado el informe, el Liquidador dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para responder la impugnación Resumen Prima Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

12 Pagina 12 de 12 Item Prima Afecta Prima Exenta Prima Neta IVA Total Bruto 1 0,01 0,00 0,01 0,00 0,01 FORMA DE PAGO CONTADO Forma de Pago: Rut Contratante: Nombre Contratante: CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Nro Cuota Vencimiento Total Nro Cuota Vencimiento Total 0 25/01/2013 0,01 Datos de facturación Las facturas por el pago de la prima del seguro, serán emitidas a nombre de: Nombre CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Rut Dirección PADRE ALONSO DE OVALLE 1475, SANTIAGO, SANTIAGO Fin de las declaraciones Av Alonso de Córdova 5151, Of 1801, Las Condes, Santiago Fono: Fax: Código Postal: wwwmagallanescl

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