OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS DE ASESORAMIENTO FINANCIERO. Departamento de Autorización y Registros de Entidades
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- María del Carmen Morales Vera
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1 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS DE ASESORAMIENTO FINANCIERO Departamento de Autorización y Registros de Entidades junio de 2011
2 Naturaleza Prestación con carácter profesional o habitual de recomendaciones personalizadas a clientes petición de éste o a iniciativa de la empresa: Autorización y registro CNMV No es necesario constituir una EAFI para prestar asesoramiento: En el ámbito de otra actividad profesional no regulada por la LMV, siempre que no esté remunerado De manera accesoria a una actividad profesional si las normas que la regulan no excluyen la prestación de este servicio. 2
3 Son ESI especializadas en asesoramiento en materia de inversión, con pasaporte comunitario. Pueden ser personas jurídicas o personas físicas Exclusivamente pueden prestar: El servicio de inversión de asesoramiento en materia de inversión El asesoramiento a empresas sobre estructura del capital, estrategia industrial y cuestiones afines, así como el asesoramiento y demás servicios en relación con fusiones y adquisiciones de empresas La elaboración de informes de inversiones y análisis financieros u otras formas de recomendación general relativa a las operaciones sobre instrumentos financieros. 3
4 Las EAFI no pueden: Recibir fondos o valores de los clientes Recibir ni trasmitir órdenes de los clientes Hacer colocación de instrumentos financieros Contratar agentes ni ser agentes de una empresa que preste servicios de inversión: ESI, entidad de crédito o SGIIC 4
5 Principales obligaciones de las EAFI Requisitos de organización. Conflictos de intereses. Normas de conducta. Información a la CNMV: periódica y actualizaciones RO. Otras obligaciones de ejercicio. 5
6 Requisitos de organización (I): Estructura organizativa con medios materiales y personales Función de cumplimiento normativo Función de control de riesgos y auditoria (naturaleza.) Departamento de atención al cliente Procedimientos para prevenir blanqueo de capitales 6
7 Requisitos de organización (II): Registros De clientes con documentación acreditativa Contratos u otros documentos que acrediten la recomendación Conflictos de interés que hayan surgido o puedan surgir Operaciones personales de administradores, empleados o apoderados 7
8 Conflictos de interés (I): - Política escrita de gestión de conflictos de interés que: garantice la independencia de las actuaciones se base en los principios: actuar en beneficio del cliente los intereses del cliente primaran sobre los de la entidad no se beneficiará a un cliente en contra de otro 8
9 Conflictos de interés (II) - Política escrita de gestión de conflictos de interés que identifique: Las circunstancias que pudieran dar lugar a conflicto entre - los clientes y la EAFI y su grupo - dos o más clientes Las derivadas de cargos o funciones en otras entidades por los administradores, empresario individual o con quien mantenga un vinculo estrecho 9
10 Conflictos de interés (III) Política escrita de gestión de conflictos de interés que especifique los procedimientos para: Impedir el intercambio de determinadas informaciones dependencia jerárquica áreas separadas Supervisar de forma separada de personas que realicen actividades por cuenta de clientes con intereses distintos Limitar la influencia inadecuada sobre la forma de prestar el servicio Revelar al cliente cuando el conflicto no se pueda gestionar 10
11 Conflictos de interés (IV) Situaciones frecuentes de conflictos de interés: Inversión en valores emitidos o gestionados por una entidad del grupo Suscripción o adquisición de valores para los que una entidad del grupo sea colocador Operaciones entre clientes.. 11
12 Normas de conducta (I): Incentivos permitidos Honorarios, comisiones o beneficios no monetarios en relación a la prestación de asesoramiento: Ofrecidos a un cliente o un tercero Ofrecidos por el cliente o tercero Cuando:» Se revele al cliente la naturaleza y cuantía» Aumenten la calidad del servicio prestado» Permitan la actuación en le mejor interés del cliente Que sean necesarios para la prestación del servicio (custodia, liquidación ) 12
13 Normas de conducta (II): Información a la clientela Imparcial, clara y no engañosa Clasificación de clientes Información sobre la entidad Naturaleza y alcance del servicio que se presta Información sobre los instrumentos financieros Política de gestión de conflictos de interés Incentivos Gastos y costes asociados 13
14 Normas de conducta (III) Reglamento interno de conducta Operaciones personales Reglas especificas en caso de elaboración de informes Folleto de tarifas 14
15 Normas de conducta (IV): Evaluación de la idoneidad del cliente Información del cliente para comprobar que la recomendación - Responde a los objetivos de inversión y horizonte temporal, perfil de riesgo y finalidad de la inversión - Que los riesgos de la inversión son coherentes con sus objetivos de inversión - Es adecuada a su situación financiera - Que el cliente cuenta con conocimientos y experiencia para comprender los riesgos asociados Si el cliente no aporta información no se prestará el servicio de asesoramiento 15
16 Otras obligaciones de ejercicio - Información a la CNMV Periódica Auditoria: atr. 86 LMV y disposición adicional 1ª Circular 1/2011. Anual Estado EAFI: Circular 7/2008, anexo VIII. Semestral Información de actividad: Circular 1/2010. Anual Modificaciones de registros Estatutarias Participaciones significativas Consejo de administración Programa de actividades 16
17 11. PRINCIPALES MAGNITUDES DE EAFI Fuente: CNMV. Estadísticas ESI febrero
18 18
19 19
20 Perspectivas La CNMV ha reforzado la supervisión del cumplimiento de las normas de conducta, con especial atención a esta materia. Profesionalidad y eficiencia Formación adecuada Transparencia con los clientes Personalización del servicio El reto: El desarrollo de la actividad con honestidad, profesionalidad, diligencia y transparencia llevará a que los inversores conozcan y aprecien el valor añadido que aporta el asesoramiento. 20
21 Regulación Marco regulatorio - Ley del Mercado de Valores - RD 217/2008, modificado por RD 1820/ Orden EHA 1665/2010 (folletos de tarifas, contratos tipo) - Orden ECO 734/2004 (defensor del cliente) - Circular 10/2008 de la CNMV (EAFI) - Circular 7/2008 de la CNMV (normas contables) - Circular 1/2010 de la CNMV (información reservada) - Resolución 7/10/2009 de la CNMV (registros) 21
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