SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS
|
|
- María Soledad Montoya Villalba
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, en particular, de lo indicado en su artículo 11, y demás requisitos previstos en el ordenamiento jurídico, así como de los compromisos legales y sociales adquiridos por la Universidad Europea de Canarias, reconocida como Universidad privada por Ley 9 /2010, de 15 de julio (BOC nº 146, de 27 de julio de 2010), el presente Reglamento establece los requisitos, académicos y administrativos de solicitud de becas y ayudas en la Universidad Europea de Canarias, así como los procedimientos de selección de becarios. Este Reglamento pretende garantizar que aquellos alumnos con un buen rendimiento académico puedan cursar sus estudios en la Universidad Europea de Canarias, con el objetivo de favorecer el desarrollo personal y la formación en nuestra Universidad de los mejores estudiantes. Capítulo I: De la solicitud de becas Artículo 1. Solicitantes de beca 1. Podrán concurrir a la convocatoria anual de becas de la Universidad Europea de Canarias todos los alumnos que se encuentren incluidos en los siguientes supuestos: a. Solicitantes de beca por primera vez: Estudiantes que deseen matricular en la Universidad Europea de Canarias por primera vez. Estudiantes que estuvieran cursando estudios en la Universidad Europea de Canarias. b. Solicitantes de renovación de beca en la Universidad Europea de Canarias: estudiantes que hubieran disfrutado de beca de la Universidad durante el curso anterior. 2. Los/as solicitantes deberán cumplir todos los requisitos y procedimientos exigidos en el presente Reglamento. 3. En ningún caso la cuantía del abono de reserva de plaza, ni apertura de expediente será cubierta por la beca. Artículo 2. Becas previstas en convenios 1. Las becas derivadas de convenios suscritos por la Universidad Europea de Canarias con otras instituciones, públicas o privadas, se regirán por lo previsto en el propio Convenio y se inspirarán en los principios recogidos en este Reglamento. 1
2 2. Las instituciones con las que la Universidad Europea de Canarias firme convenios relativos a becas quedarán informadas del presente Reglamento. Asimismo, la Comisión de Becas de la Universidad Europea de Canarias estará representada con voz y voto en las reuniones de instituciones en que se seleccionen los candidatos a becarios de la Universidad Europea de Canarias. Art. 4. Convocatoria y plazo de presentación de la solicitud 1. La Universidad publicará anualmente la convocatoria de becas de cada curso académico antes del mes de junio. Su difusión será pública y amplia, y será publicada en la página web de la Universidad Europea de Canarias. Asimismo, los interesados serán informados por el servicio de Atención al Estudiante. 2. Tanto los impresos de solicitud, como el presente reglamento, se encontrarán a disposición de los solicitantes en la página web de la Universidad. 3. El periodo de solicitud para nuevos estudiantes será del 30 de mayo al 15 de septiembre, independientemente del trimestre en el que el estudiante realice la matrícula o de la fecha de inicio de los estudios para los que se solicita la beca. 4. El alumnado de nuevo ingreso, podrán entregar su solicitud en el Área de Atención al Estudiante de la Universidad Europea de Canarias desde el día de inicio de periodo de matriculación hasta el 15 de Septiembre. La solicitud deberá ir acompañada de toda la documentación pertinente. 5. El plazo de solicitud para el resto de estudiantes matriculados en la Universidad Europea de Canarias, se iniciará el 15 de junio, o en su caso, en el siguiente día hábil, finalizando el 14 de julio o, en su caso, en el siguiente día hábil. La solicitud deberá ir acompañada de toda la documentación pertinente. 6. No se admitirán solicitudes en las que falten alguno de los datos o documentos exigidos, o bien no sean presentadas dentro de los plazos establecidos. 7. La presentación de la solicitud implicará la plena aceptación de toda la normativa recogida en este Reglamento. El incumplimiento, parcial o total, de las condiciones facultará a la Comisión de Becas para desestimar la solicitud presentada. Artículo 5. Requisitos académicos Los/as solicitantes de beca deberán cumplir los siguientes requisitos, verificados mediante su expediente académico: A) Estudiantes matriculados en primer curso: contar con una nota media de la prueba de acceso a la universidad de al menos 8. Se considera que un estudiante ha superado la prueba de acceso, cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada 2
3 del 60 por ciento de la nota media de bachillerato y el 40 por ciento de la calificación de la fase general. ACCESO = 0,6*NMB + 0,4*CFG NMB = Nota media del Bachillerato. CFG = Calificación de la fase general. En el caso de que el/la estudiante haya realizado la prueba específica la nota de admisión es la siguiente Nota de admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + (a)*m1 + (b)*m2 3 NMB = Nota media del Bachillerato. CFG = Calificación de la fase general. M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de las materias superadas de la fase específica. a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica que variarán de 0,1 (10%) al 0,2 (20%) según decida la universidad. En las titulaciones en las que la Universidad exija la nota de la prueba general y de la prueba específica la nota de admisión es la siguiente: Nota de admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + (a)*m1 + (b)*m2. En el caso de estudiantes cuyo acceso sea la prueba de mayores de 25 años, 45 años, o por Ciclos Formativos de Grado Superior, la media debe ser superior a 9. En todo caso, los/as estudiantes justificarán documentalmente el cumplimiento de este requisito, además de aportar los datos y la documentación exigidos en el artículo 5 de este Reglamento. B) Estudiantes matriculados en la UEC, en curso distinto a primero: aprobar en convocatoria ordinaria todas las asignaturas del último curso realizado, contando al menos con una nota media de notable (7) en el expediente. La nota media del expediente académico será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor numérico de las calificaciones que correspondan, y dividida por el número de créditos totales obtenidos por el alumno. Si el cociente es inferior a 7, la media es inferior a Notable. Si en el expediente no constase la calificación numérica, la nota media se calculará mediante el criterio siguiente: suma de los créditos superados por el alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda, a partir de la tabla de equivalencia que se especifica a continuación y dividido por el número de créditos superados por el alumno: Aprobado: 1 punto. Notable: 2 puntos. Sobresaliente: 3 puntos. Matrícula de Honor: 4 puntos Si el cociente es inferior a dos puntos, la media es inferior a Notable. 3
4 Artículo 6. Condiciones administrativas Los solicitantes deberán: a) Completar todos los datos pedidos en el impreso de solicitud de beca: personales, familiares, económicos y observaciones. b) Entregar fotocopia, previamente compulsada en una Delegación de Hacienda, en cualquier organismo público o notarialmente, de la declaración o de las declaraciones separadas de renta y patrimonio de sus padres o personas de las que dependa económicamente el alumno. c) El alumnado de nuevo ingreso dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la recepción de la comunicación de concesión para efectuar la apertura de expediente, reserva de plaza y matriculación en todas las asignaturas del curso que vaya a cursar. El transcurso de este plazo sin formalizar dichos trámites automáticamente implicará la renuncia a la solicitud de beca. d) El resto de los/as estudiantes de la Universidad Europea de Canarias, deberán matricularse de todas las asignaturas antes del 31 de julio o el siguiente día hábil. El transcurso de este plazo sin formalizar dichos trámites automáticamente implicará la renuncia a la solicitud de beca. e) Las Becas otorgadas por la Universidad Europea de Canarias serán incompatibles con cualesquiera otras becas o ayudas de la Universidad o de otras entidades salvo que la Universidad o esa entidad declaren. f) Los/as estudiantes que soliciten beca para un curso distinto a primero deberán tener matriculado un curso completo. La desmatriculación de alguna asignatura conllevará la pérdida automática del derecho a la beca. Artículo 7. Baremo de concesión para los alumnos de Titulaciones Oficiales de grado que solicitan beca por primera vez El baremo utilizado para examinar todas las solicitudes admitidas, que podrá ser modificado cada año por el Consejo de Gobierno de la Universidad Europea de Canarias, es el siguiente: Escala Media del expediente Situación económica Cuantía de la beca Escala 1 Sobresaliente < Hasta anuales Escala 2 Sobresaliente Hasta anuales Escala 3 Sobresaliente Hasta Hasta anuales Escala 4 Notable < Hasta anuales Escala 5 Notable Hasta anuales Escala 6 Notable Hasta Hasta anuales 4
5 Para estudiantes que se matriculen en titulaciones que se imparten en modalidad no presencial el importe de concesión de la beca se limita al número de créditos matriculados en el curso académico a fecha 30 de septiembre, Escala Correspondiente Créditos Matriculados Porcentaje Correspondiente Escala 1 Hasta 19 ECTS 25% cantidad Escala 2 Hasta 39 ECTS 50% cantidad Escala 3 Hasta 59 ECTS 75% cantidad Escala 4 De 60 en adelante 100% cantidad Se entiende que los importes referidos en la columna de «Situación económica» son la suma de los declarados en el IRPF en las partidas de base imponible general y especial, y en el Impuesto sobre Patrimonio en la partida de base imponible. El cumplimiento de los criterios aquí definidos no implica la concesión automática de la beca. La Comisión de Becas, analizando las asignaciones presupuestarias y los méritos de cada solicitante, resolverá afirmativamente empezando por la Escala 1 y de forma descendente hasta completar los fondos disponibles. Artículo 8. Baremo de renovación El baremo utilizado para examinar todas las solicitudes presentadas, que podrá ser modificado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Europea de Canarias, es el siguiente: Nota de entrada Nota de renovación Decisión CUANTIA Sobresaliente Sobresaliente Mantener Sobresaliente Notable Reducir un 25% Notable Sobresaliente Aumentar un 25% Notable Notable Mantener Nota de entrada = nota obtenida en el último curso académico en función de la que se concedió la beca. Nota de renovación = nota obtenida en el curso anterior a la solicitud. No aprobar todas las asignaturas en la convocatoria ordinaria implica la pérdida automática de la beca. Esta tabla será de aplicación en caso de no producirse salto de escala en la situación económica presentada, ya que, de producirse, la variación porcentual se aplicaría sobre la nueva escala económica en la que se sitúe. Artículo 9. Baremo de concesión para Programas Oficiales de Postgrado (Máster Universitario y Doctorado) 5
6 El baremo que se aplicará a estas solicitudes, y que podrá ser modificado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Europea de Canarias, es el siguiente: Media del expediente Situación económica Cuantía académico Sobresaliente A (Hasta ) Hasta 900 anuales Sobresaliente B ( ) Hasta anuales Sobresaliente C (< ) Hasta anuales Notable A (Hasta ) Hasta 600 anuales Notable B ( ) Hasta 900 anuales Notable C(< ) Hasta anuales Capítulo II: De la comisión de becas Artículo 10. Composición y funciones 1. La Comisión de Becas de la Universidad Europea de Canarias es el órgano encargado de revisar y baremar todas las solicitudes de becas presentadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente convocatoria. 2. La Comisión de Becas estará presidida por la Secretaria General de la Universidad e integrada por la Dra. de Ventas de la Universidad, una persona del Departamento de Finanzas y un profesor del Claustro, que actuará como secretario. 3. La Comisión resolverá y fijará la lista definitiva de becarios de la Universidad Europea de Canarias para el curso académico entrante, tomando en consideración las normas del presente Reglamento así como las asignaciones presupuestarias existentes. Artículo 11. Decisiones de la Comisión de Becas 1. La Comisión de Becas resolverá las solicitudes presentadas y comunicará las decisiones adoptadas. En todo caso, la Comisión tendrá en cuenta los fondos presupuestarios que queden disponibles a medida en que resuelve en las reuniones que celebra al efecto, pudiendo establecer en atención a las solicitudes presentadas una nota de corte. 2. A estos efectos, verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Reglamento y aplicará los baremos s, tomando para cada solicitud una de las siguientes decisiones: a) Conceder una beca: es el primer otorgamiento de ésta a un solicitante, definiendo la cuantía en la que se concede la beca. b) Denegar una beca: es la desestimación de una beca por incumplimiento de cualquiera de los requisitos contemplados en el presente Reglamento. c) Renovar una beca, manteniendo el porcentaje de su cuantía. d) Renovar una beca, definiendo el porcentaje de aumento sobre la cuantía inicialmente concedida 6
7 e) Renovar una beca, definiendo el porcentaje de reducción sobre la cuantía inicialmente concedida 3. Contra la resolución de la Comisión no cabe recurso alguno. Capítulo III: Duración de las becas y deberes de los becarios Artículo 12. Duración de las becas Toda beca concedida o renovada con o sin modificación de su cuantía, lo es exclusivamente para el curso académico que vaya a iniciarse. La renovación de una beca, en cualquiera de las modalidades previstas, habrá de solicitarse para cada curso académico. Artículo 13. Deberes de los becarios Además de los deberes inherentes a la condición de estudiante, expresados en el Estatuto del Estudiante de la Universidad Europea de Canarias y en el Reglamento Disciplinario, los/as becarios/as podrán colaborar en actividades propias de la vida universitaria, respetando siempre sus horarios académicos y velando porque las tareas encomendadas no alteren el rendimiento de sus estudios. DISPOSICIÓN ADICIONAL La referencia a las personas cuyo término se identifique en género masculino se entiende igualmente referida al género femenino. De este modo, el término el estudiante se entiende referido a la estudiante, el Profesor a la Profesora y así sucesivamente. DISPOSICIÓN FINAL La presente normativa entrará en vigor el curso académico
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y del Real Decreto
Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares
Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares Preliminar En cumplimiento del artículo 45 de La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y del Real
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID PRELIMINAR En cumplimiento del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y
NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PREÁMBULO. SECCIÓN 1ª. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene como
Fundación General Universidad de Granada - Empresa Centro de Transferencia Tecnológica (CIT) Gran Vía de Colón 48. CP 18071.
RESOLUCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS VIRTUALES QUE SE IMPARTIRÁN POR LA FUNDACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD DE GRANADA-EMPRESA EN COLABORACIÓN CON EL CENTRO DE
Centro de Enseñanzas Virtuales de la Universidad de Granada. C/ Real de Cartuja 36-38. CP 18071. GRANADA
RESOLUCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS VIRTUALES QUE SE IMPARTIRÁN EN EL CENTRO DE ENSEÑANZAS VIRTUALES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA DURANTE EL CURSO ACADÉMICO
TITULO I.- ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS
Reglamento del Programa Sócrates/Erasmus de la Universidad de Salamanca (Aprobado en Junta de Gobierno del 24 de Abril de 1997) (Modificado en Junta de Gobierno de 31 de Enero de 2000) (Modificado en Junta
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:
RESUELVO. Primero. Elección de área de conocimiento y profesores responsables del Prácticum
RESOLUCIÓN DEL DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA DE 13 DE JULIO DE 2015, SOBRE NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA PRÁCTICUM DE LA LICENCIATURA EN DERECHO
NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
Artículo 1.º. Premios y requisitos de los solicitantes de un premio extraordinario.-
Reglamento UCA/CG04/2012, de 30 de marzo de 2012, para la concesión de los premios extraordinarios de Fin de Grado y de Fin de Máster en las titulaciones que se imparten en la Universidad de Cádiz Los
BASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN CONTROL INTERNO DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LAS ENTIDADES LOCALES, CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN. BASES 1ª.- El número
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS:
Convocatoria de Beca Barcelona entre Antoni Gutiérrez-Rubí y la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra para estudiantes del Máster en Comunicación Política y Corporativa Curso 2015-2016
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LAS NUEVAS BECAS- MEC-
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LAS NUEVAS BECAS- MEC- Las becas ofrecidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( Becas MECD ) son unas de las más conocidas becas educativas en España. Estas
Normativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla
Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...
INFORMACIÓN ADICIONAL
INFORMACIÓN ADICIONAL Requisitos académicos para estudios de nivel no universitario. 7.1. Para obtener beca o ayuda en los estudios de Enseñanzas Medias es preciso para el curso 2011-2012 haber promocionado
(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES
NORMAS DE MATRÍCULA EN LOS GRADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Aprobada en Consejo de Gobierno de 01/07/2011 CAPÍTULO I MATRÍCULA DE NUEVO INGRESO
Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 01/07/11 (nº 7/11) Punto 7.2 ANEXO 16 NORMAS DE MATRÍCULA EN LOS GRADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Aprobada en Consejo de Gobierno de 01/07/2011 CAPÍTULO I MATRÍCULA
PREÁMBULO. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES 1. MODALIDADES
RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCAN 24 BECAS PARA SEGUIR ESTUDIOS DURANTE EL PRÓXIMO CURSO 2014/15 EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, PARA ESTUDIANTES MARROQUÍES QUE CURSEN ESTUDIOS
INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre)
INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre) INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS
NORMAS DE ADMISIÓN DE SOLICITUDES Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS EN LOS COLEGIOS MAYORES DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
Normas de la Universidad Complutense de Madrid NORMAS DE ADMISIÓN DE SOLICITUDES Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS EN LOS COLEGIOS MAYORES DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Exposición de Motivos Los Colegios
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de
ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.
ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes.
NORMAS DE MATRICULA DE TITULOS PROPIOS DE POSGRADO (Reglamento aprobado por la Comisión Permanente de Junta de Gobierno el 16 de Julio de 1999 y modificado el 16 de junio de 2000 y 31 de enero de 2002.)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de julio de 2015) Si lo desea, seleccione con el cursor el apartado
VICEDECANATO DE JEFATURA DE ESTUDIOS Y ESTUDIANTES CONVOCATORIA Y NORMATIVA DE BECAS-COLABORACIÓN PARA ESTUDIANTES DEL INEF DE MADRID
CONVOCATORIA Y NORMATIVA DE BECAS-COLABORACIÓN PARA ESTUDIANTES DEL INEF DE MADRID Curso 2015/2016 PREÁMBULO Al amparo de lo establecido en la normativa general de Becas y Ayudas de la Universidad Politécnica
ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. I. Experiencia docente previa
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación La presente Normativa Específica
El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero
Becas Titulación Formación Profesional de Grado Superior
Becas Titulación Formación Profesional de Grado Superior El presente documento recoge aquellos apartados de la Política de becas, prácticas y estancias formativas del Instituto Tecnológico de Aragón, de
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Aprobado en Junta de Escuela el 13 de octubre de 2004 Aprobado
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación
EL VECERRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD. Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano. Página 1 de 4 UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
RESOLUCIÓN DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2015, DEL VICERRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE PRECIOS PÚBLICOS DE MATRÍCULA DEL PROGRAMA-CONVENIO FUNDACIÓN RALONS-ULPGC PARA
a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:
CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento
NORMATIVA DE PERMANENCIA PARA LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA DE PERMANENCIA PARA LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 11 de 13 de mayo de 2011 y Consejo Social núm.
Becas para la realización de Proyectos de fin de Grado o fin de Máster Universitario en líneas de Investigación
Becas para la realización de Proyectos de fin de Grado o fin de Máster Universitario en líneas de Investigación El presente documento recoge aquellos apartados de la Política de becas, prácticas y estancias
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Reglamentos REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las prácticas académicas que convoque
VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA
homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos
[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER Y DE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes se establece del 2 al 27 de febrero de 2009.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE QUART DE POBLET PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS PARA JÓVENES DURANTE EL EJERCICIO 2009 1. OBJETO Es objeto
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL EN PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, CURSO 2013/2014
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL EN PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, CURSO 2013/2014 La Universidad de Sevilla, a través de la, abre un año más la Convocatoria de Ayudas
REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONES DE LA FACULTAD
NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA ÍNDICE
NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Preámbulo Artículo 1. Ámbito de aplicación ÍNDICE Artículo 2. Modalidades de dedicación
1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016
ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016 La relación de Másteres que se impartirán en los centros propios y adscritos
Requisitos de acceso.
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL y UNIVERSIDADES DIRECCION GENERAL DE EVAlUACiÓN Y dispuesto en la Orden ECI/994/2008, de 2 de abril, por la que se establecen las normas que han
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en
BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID BASE I. OBJETO Y MODALIDADES.
BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2005, BOCYL, nº 242, de 19 de diciembre,
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Reglamentos REGLAMENTO DE BECAS DE COLABORACIÓN DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las becas de colaboración que convoque
REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ
REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO El Programa Sócrates, basado en los artículos 149 y 150 del Tratado de la Unión, es
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO 2013 2014
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER (Excepto Máster en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas)
NORMATIVA DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS
Facultad de Filosofía y Letras NORMATIVA DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
2. AYUDAS (DENTRO DEL PROGRAMA DE APOYO Al EXCELENCIA ACADÉMICA)
DOCUMENTO: Programa de apoyo a la excelencia académica: becas y ayudas para los estudiantes de programas formativos de la Escuela Superior de Diseño ESDi (Convocatoria 2014-2015) Código: EU-110210-01 Versión:
CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016
CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 La Fundación Privada P. i P. Pizarroso, convoca para el curso 2015-2016 las
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
TÍTULO I MATRICULACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. La Universidad de Córdoba permite dos tipos de matrícula en los estudios de Grado o Máster:
Normas de permanencia y tipos de matrícula para los estudios de Grado y Máster de la Universidad de Córdoba Aprobado en Consejo de Gobierno de 04/03/2011 y Consejo Social de 14/04/2011 La Ley Orgánica
CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016
CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016 1.- Descripción. Becas destinadas a alumnos de nuevo ingreso, matriculados en las titulaciones
Becas Titulación Universitaria de Máster
Becas Titulación Universitaria de Máster El presente documento recoge aquellos apartados de la Política de becas, prácticas y estancias formativas del Instituto Tecnológico de Aragón, de aplicación a las
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ SUMARIO 1
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 4 de julio de 2003; BOUCA núm. 1. Modificado por Acuerdo del
Programas de becas para estudiantes de Master Oficial y de Doctorado
Programas de becas para estudiantes de Master Oficial y de Doctorado Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2007 (Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es
REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS
REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en el ejercicio
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de
1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
NORMATIVA INTERNA REGULADORA DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
NORMATIVA INTERNA REGULADORA DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Aprobada por la Junta de Facultad (Acuerdo 7/ JF 31.3.11) y por el Consejo de Gobierno de la Universidad
RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.
RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de
VI EDICIÓN BECAS PARA FORMACIÓN MUSICAL O DANCÍSTICA. Curso 2015 2016
VI EDICIÓN BECAS PARA FORMACIÓN MUSICAL O DANCÍSTICA Curso 2015 2016 1. Objeto y finalidad La Fundación Ciudad de Alcobendas tiene por fin reconocido en sus estatutos el desarrollo y promoción de la Ciudad
TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Madrid en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de nuestra
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2014)
Programa de Doctorado en Derecho
Programa de Doctorado en Derecho Programa de Doctorado en Derecho Sede física se encuentra en las secretarías administrativas de los cuatro Departamentos de nuestra Facultad: Derecho privado, Derecho de
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa
REGLAMENTO del TRABAJO FIN DE MÁSTER UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
REGLAMENTO del TRABAJO FIN DE MÁSTER UNIVERSIDAD DE ALCALÁ El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por
PREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO
Artículo 2. Procedimiento de admisión de estudiantes con el título de Bachillerato Europeo.
NORMATIVA QUE REGULA LOS PRINCIPIOS GENERALES PARA LA ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS
ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9
ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y DEL GRUPO G-9 DE UNIVERSIDADES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS
PREÁMBULO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO POR EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS CURSADOS EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO INTERNACIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 12 de junio de 2006) (BOUJA nº 59, Junio-2006) PREÁMBULO
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS
Este trámite tendrá lugar una vez hayan sido resueltas las solicitudes y se hayan podido reasignar a las distintas vías de acceso las becas vacantes.
La Universidad Europea del Atlántico, en su esfuerzo por premiar al alumnado con un expediente académico brillante, ha creado una convocatoria de becas que tiene como objetivo favorecer su incorporación
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROFESORES TUTORES PROVISIONALES DEL CENTRO ASOCIADO MARÍA ZAMBRANO DE LA UNED EN MÁLAGA
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROFESORES TUTORES PROVISIONALES DEL CENTRO ASOCIADO MARÍA ZAMBRANO DE LA UNED EN MÁLAGA 1.- Publicidad La convocatoria de las plazas de profesores tutores provisionales
NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO
1 NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO El artículo 125 de los Estatutos de la Universidad de Jaén (en adelante UJA) establece que ésta fomentará el asociacionismo,
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO 2012-2013
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER (Excepto Máster en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas)
Instrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia
Instrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia 1. Introducción. (Aprobada por la Comisión Académica del Título en Biotecnología el 5 de Noviembre
REGLAMENTO BECAS. Junio 2015
REGLAMENTO DE BECAS OBJETIVO Y DISPOCISIONES GENERALES Articulo 1. La Universidad Gestalt S.C., con el fin de hacer accesible la educación superior a alumnos de escasos recursos económicos y con buen rendimiento
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS. Las prácticas externas se desarrollan al amparo del Real Decreto número 1497/81 de 19 de junio, sobre
Normativa de Secretaría Académica CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR MATRÍCULA
Normativa de Secretaría Académica CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR MATRÍCULA 1. MATRÍCULA La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro La Salle de Formación Profesional
MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD DUAL
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA IES. CRISTO DEL ROSARIO EMPRESA DEUTZ DITER S.A., ZAFRA MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE
Calendario Académico curso 2015 2016
curso 2015 2016 Aprobado por Comisión Académica de fecha 21 de enero de 2015 Aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2015 Índice 1 INTRODUCCIÓN... 5 2 PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN... 5 2.1
DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO 2660 RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea,
1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.
NORMATIVA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS QUE REALICEN ESTANCIAS EN OTRAS UNIVERSIDADES EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS SÓCRATES-ERASMUS, SICUE-SÉNECA Y OTROS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO SUSCRITOS POR LA FTI PREÁMBULO
RECURSOS HUMANS Exp... SG2215CP0054
BASES DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE TÉCNICOS SUPERIORES DEL AYUNTAMIENTO DE MAHÓN PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de esta
R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1
R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1 REGLAMENTO DE BECAS Y ESCALAS 1. BECAS 1.1 La Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas otorga los siguientes tipos de beca. a. Beca total: que
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacionintes.org/ayudas La Fundación Instituto de Promoción Social Intes tiene como objeto la atención
FACULTAD DE DERECHO DURACIÓN DE LA AYUDA
FACULTAD DE DERECHO CONVOCATORIA DE AYUDA PARA LA PROVISIÓN DE UN/A BECARIO/A PARA LA SALA ARANZADI DE LA FACULTAD DE DERECHO (Curso Académico 2015-2016) En el marco normativo de las ayudas de la Universidad
BASES POR LAS QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTUDIAR EN EL CENTRO UNIVERSITARIO ESIC EL CURSO 2014/2015
BASES POR LAS QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTUDIAR EN EL CENTRO UNIVERSITARIO ESIC EL CURSO 2014/2015 Fruto del Convenio de colaboración firmado entre el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
AÑO XXXII Núm. 147 31 de julio de 2013 21236 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Universidad de Castilla-La Mancha Resolución de 25/07/2013, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).
REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
ÍNDICE SISTEMÁTICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO Artículo 1. De la constitución de la Comisión de Doctorado Artículo 2. De la presidencia de la Comisión de Doctorado Artículo