ANEXO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ANEXO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE"

Transcripción

1 ANEXO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE CAPITULO I: GENERALIDADES ARTÍCULO 1º.- El Programa de Becas Universitarias de la UPSO (PBU) tiene como principal objetivo promover la igualdad de oportunidades en el ámbito de la educación superior, a través de la implementación de un sistema de becas que facilite el acceso y/o permanencia de alumnos de escasos recursos económicos y buen desempeño académico en los estudios de nivel universitario. ARTÍCULO 2.- Son objetivos secundarios del Programa de Becas (PBU): 1. Favorecer el acceso y/o permanencia en el ámbito de la educación superior a estudiantes con particulares condiciones de vulnerabilidad. 2. Contribuir al desarrollo regional, promoviendo la formación de recursos humanos en carreras que resultan prioritarias para el crecimiento económico del mismo. ARTÍCULO 3.- El PBU ofrece tres tipos de becas: 1. Manutención y Alojamiento: Consiste en una asignación destinada a alumnos que, no residiendo en la localidad en la que se dicta la carrera y con el fin exclusivo de cursar sus estudios, adoptan domicilio temporario en esa localidad. 2. Transporte: Consiste en una asignación destinada a alumnos que, no residiendo en la localidad donde se dicta la carrera, viajan regularmente a ella desde su lugar de origen. 3. Promoción al Estudio: Consiste en una asignación destinada a incentivar a alumnos que, garantizando el rendimiento académico establecido por la Secretaría Académico, acepten realizar algunas funciones de apoyo que faciliten el quehacer estudiantil, siempre que las tareas no superen las diez horas semanales. ARTÍCULO 4º.- La UPSO podrá de solicitar al becario que participe en la realización de tareas de colaboración y asistencia a la actividad universitaria. ARTÍCULO 5.- Se difundirá la convocatoria para la solicitud de becas a las becas dirigidas a alumnos o ingresantes en la página Web de la UPSO y en las Sedes Académicas, con adecuada anticipación al inicio del período lectivo en el cual serán otorgadas. ARTÍCULO 6º.- La Secretaría Académica tendrá a su cargo implementar las fechas y modalidades específicas para cada convocatoria. ARTÍCULO 7º.- Las becas que se otorguen constituirán un beneficio de carácter personal e intransferible del becario. ARTÍCULO 8º.- La UPSO determinará la cantidad total de becas a otorgar en cada convocatoria y el monto de cada una, de acuerdo a los recursos disponibles anualmente para esa finalidad. Determinará también la forma de pago y la cantidad de cuotas en que se abonarán. En los casos en que dos (2) o más hermanos sean beneficiarios del PBU, cada uno de ellos tendrá derecho a percibir el setenta y cinco por cierto (75%) del respectivo beneficio. CAPITULO II: REQUISITOS DEL PROGRAMA ARTÍCULO 9º.- En todos los casos, son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiario del PBU: 1. Ser argentino nativo o por opción. 2. Acreditar los ingresos mensuales del grupo familiar.

2 3. Presentar la solicitud de beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria. Esto no impide que la Universidad pueda tratar ciertos casos especiales que por sus características ameriten ser considerados fuera de término. 4. Ser alumno regular de la UPSO, o inscribirse para ingresar a la misma en el período lectivo correspondiente a la convocatoria. 5. Comprometerse a cumplir con el porcentaje de asistencia a clases y demás requisitos que determine la Universidad, para cada convocatoria y para cada tipo de beca. ARTÍCULO 10.- El beneficio no será otorgado cuando el aspirante al mismo incurra en uno de los siguientes supuestos: 1. Hubiere excedido en más de un (1) año de cursado, el tiempo de duración de la carrera previsto en su plan de estudio. 2. Se encontrare suspendida o hubiere sido declarado el cese de una pasantía otorgada por la UPSO, o un beneficio del PBU, por causal grave que fuere imputable al aspirante. 3. No cumpliera con las demás condiciones requeridas en el presente Reglamento. ARTÍCULO 11º.- Los postulantes que comienzan sus estudios universitarios (ingresantes) deberán acreditar, además de los requisitos establecidos precedentemente, las siguientes condiciones: 1. Haber obtenido en sus estudios de nivel medio un promedio general no inferior a seis (6) puntos. Quedan exceptuados de tal requisito los alumnos que ingresaren, con 25 años o más y sin ciclo medio completo. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, el efectivo otorgamiento y la continuidad de la beca quedará sujeto a que el alumno vaya cumplimentando, en los plazos correspondientes, la totalidad de las condiciones de admisión que le exija la UPSO. ARTÍCULO 12º.- Los alumnos que se presenten por primera vez como postulantes al PBU y que no revistan el carácter de ingresantes a la Universidad, además de lo dispuesto en el Art.8, deberán cumplimentar los requisitos que -para cada caso- se indican a continuación: 1. Beca para cursar el segundo cuatrimestre del primer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado al menos una (1) materia del primer cuatrimestre Haber cursado todas las materias que ofrecía la carrera en el primer cuatrimestre. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de septiembre de ese año. 2. Beca para cursar el primer cuatrimestre del segundo o tercer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado desde su ingreso a la carrera y hasta la fecha de cierre de la inscripción, un número de materias mayor o igual a los dos tercios (2/3) de las que ofrece el plan de estudio hasta ese momento, con al menos una de ellas aprobada en el cuatrimestre anterior a la convocatoria. Haber obtenido en sus exámenes finales un promedio general, incluidos aplazos y notas de las materias reconocidas por equivalencias, no inferior a seis (6) puntos. Haber cursado regularmente la totalidad de las materias que indica su plan de estudios desde el inicio de su carrera hasta el momento de solicitar la beca. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de abril de ese año. 3. Beca para cursar el segundo cuatrimestre del segundo o tercer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado desde su ingreso a la carrera y hasta la fecha de cierre de la inscripción, un número de materias mayor o igual a los dos tercios (2/3) de las que ofrece el plan de estudio hasta ese momento, con al menos una de ellas aprobada en el cuatrimestre anterior a la convocatoria.

3 Haber obtenido en sus exámenes finales un promedio general, incluidos aplazos y notas de las materias reconocidas por equivalencias, no inferior a seis (6) puntos. Haber cursado regularmente la totalidad de las materias que indica su plan de estudios desde el inicio de su carrera hasta el momento de solicitar la beca. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de septiembre de ese año. CAPITULO III: DE LA INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN ARTÍCULO 13º.- Las solicitudes de beca deberán efectuarse dentro del período que se determine para tal fin en cada convocatoria, mediante el formulario de inscripción provisto por la Universidad. Dichos formularios deberán ser elaborados por la Secretaría Académica y en ellos el alumno deberá asentar, con carácter de declaración jurada, la siguiente información: DEL POSTULANTE Datos personales: apellido y nombre completo, número de documento nacional de identidad (o similar), fecha de nacimiento, domicilio, teléfono, casilla de correo electrónico, CUIT/CUIL. Datos académicos: sede de la UPSO a la que asiste o asistirá, carrera que estudia o estudiará, año en el que ingresó o va a ingresar a la Universidad, cantidad de materias aprobadas en la Universidad, si correspondiese, otros estudios superiores, promedio del nivel medio o de la Universidad, según el caso, incluidos exámenes desaprobados. DE LA FAMILIA DEL POSTULANTE Datos del grupo familiar: localidad en la que residen, domicilio completo y teléfono, cantidad de integrantes, apellido y nombre de todos los integrantes y vínculo con el postulante, número de DNI de los padres o tutores del postulante, fecha de nacimiento y estudios cursados, indicando nivel alcanzado por cada integrante, tipo y grado de incapacidad de algún miembro del grupo familiar, si fuera el caso. Informe socio-económico: En caso de que el postulante trabaje indicar el monto percibido, monto mensual de alquiler, si fuera el caso, tipo de trabajo y monto TOTAL de ingresos mensuales de su grupo familiar (debe incluir la suma de los ingresos derivados de trabajos formales o informales de los integrantes de su grupo familiar, y los derivados de pensiones, jubilaciones, planes, alquileres, cuotas alimentarias u otros que perciban), montos de pagos mensuales del grupo familiar: luz, gas, agua, expensas (gastos generados en un edificio de propiedad horizontal), teléfono de línea/celular, alumbrado, barrido y limpieza o similar, impuesto inmobiliario, patente de automotor, videocable, pago de hipoteca, alimentos (estimado), y otros gastos que no se contemplen en el formulario, aclaraciones o comentarios que considere importantes para describir la situación económica y/o familiar. ARTÍCULO 14º.- Los datos consignados en el formulario de inscripción pueden ser modificados por el propio aspirante sólo hasta la fecha de cierre de la inscripción. La información proporcionada en dicho formulario tiene carácter de declaración jurada y la falsedad de la misma hará pasible al postulante de las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales que le correspondan. ARTÍCULO 15º.- Finalizado el período de inscripción, la Secretaría Académica, por intermedio de una Comisión ad-hoc, que constituirá al efecto y, en el plazo expresamente establecido para ello, realizará la evaluación de los postulantes en base a los datos declarados y podrá, cuando lo estime conveniente, comprobar la información aportada. Verificará además que los mismos cumplan con los requisitos y condiciones exigidas en este Reglamento y confeccionará una nómina de aspirantes preseleccionados, conforme a un orden de mérito, que se elaborará tomando en cuenta las siguientes pautas:

4 Nivel socioeconómico del postulante y de su grupo familiar, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar, según edad y sexo. Edad del postulante. Tasa de dependencia, definida como la relación entre el total de personas del grupo familiar que perciben algún ingreso, incluido el postulante, y el total de personas que conforman el grupo familiar. Lugar de procedencia del alumno y distancia, medida en kilómetros, que separa su domicilio de la Sede de la Universidad en la que cursará su carrera. Situación jurídica del inmueble del grupo familiar. Cobertura de salud del postulante. Existencia de algún miembro familiar con discapacidad. Promedio obtenido por el estudiante en sus estudios. Regularidad académica. CAPITULO IV: DEL TRÁMITE DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN ARTÍCULO 16º.- Los resultados de la evaluación realizada por la Comisión ad-hoc serán entregados a sus efectos a la Secretaría Académica. ARTÍCULO 17º.- Cuando en el marco de una convocatoria el número de alumnos cuyas solicitudes estuvieren aprobadas supere la cantidad de becas a conceder, la Secretaría Académica procederá a confeccionar el listado final de alumnos a quienes se otorgará beca, utilizando el orden de méritos establecido en el Art.15º. ARTÍCULO 18º.- Entre los postulantes cuyas solicitudes fueran aprobadas, tienen prioridad en la asignación de la beca los becarios del PBU que están en condiciones de renovar el beneficio. ARTÍCULO 19º.- La Secretaría Académica informará a los postulantes seleccionados que se les ha otorgado el beneficio y que deberán remitir la documentación que se les solicite, con el objeto de verificar la información brindada por el solicitante en la forma, lugares y tiempos que se establezca para cada convocatoria. CAPITULO V: DEL SISTEMA DE PAGO ARTÍCULO 20º.- Las becas, adjudicadas por Resolución, serán abonadas por la Universidad mediante los mecanismos que a esos efectos disponga, siendo exclusiva responsabilidad del becario consultar sobre las fechas de pago. ARTÍCULO 21º.- La UPSO hará efectiva cada cuota de la beca previa verificación de la condición de Activo del Alumno, que exigirá un nivel de asistencia a clases que será determinado para cada tipo de beca. En el caso de los alumnos con beca de manutención y alojamiento, el monto destinado a vivienda debe ser documentado con el recibo de pago correspondiente. En el caso de becas de transporte, deberán presentar los comprobantes correspondientes. La verificación del adecuado cumplimiento de estos requisitos estará a cargo del Responsable Administrativo de la Sede. CAPITULO VI: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS ARTÍCULO 22º.- La inscripción por parte del aspirante en el PBU importará el conocimiento y aceptación del presente Reglamento, y el compromiso de cumplimiento de las obligaciones que de él resulten. La permanencia de las condiciones que hubieren justificado el otorgamiento de la beca, será condición indispensable para el mantenimiento del beneficio asignado.

5 ARTÍCULO 23º.- Los becarios deberán informar a la Secretaría Académica cualquier variación en su situación personal, familiar, patrimonial, laboral, económica y académica, incluyendo los eventuales cambios de domicilio en un plazo no mayor de treinta (30) días corridos de ocurrido el hecho. CAPITULO VII: DE LAS CONDICIONES PARA RENOVAR UNA BECA ARTÍCULO 24º.- (a) La beca podrá renovarse por un máximo de tantos períodos lectivos como comprenda el plan de estudios de la carrera. (b) Cada becario tendrá la opción de solicitar la renovación de su beca, lo que no implica obligación para la UPSO y estará sujeta a disponibilidad presupuestaria. Dicha renovación sólo podrá solicitarse si el alumno ha satisfecho la condición de buen rendimiento académico, en los términos que se describen en el Art. 12º incisos 1, 2 o 3, para las diferentes situaciones de renovación que se presentasen. CAPITULO VIII: DEL CESE DEL BENEFICIO ARTÍCULO 25º- El beneficio de la beca cesa en los siguientes casos: 1. Por el simple vencimiento del plazo del beneficio otorgado. 2. Por renuncia del beneficiario. 3. Por desaparición o modificación de algunas de las causas que justificaron su otorgamiento. 4. Por conclusión de la carrera para la que el becario se postulo inicialmente. 5. Por abandono de los estudios. 6. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente Reglamento. 7. Por falsear u omitir información, tanto en los procesos de selección como una vez otorgado el beneficio. 8. Por cualquier otra sanción, o causa que en acta de la Comisión ad-hoc, mencionada en el Art.15º, o a criterio de la UPSO, justifique la cesación del beneficio, debiendo el acta de la Comisión o Resolución que así lo determine estar debidamente fundada. ARTÍCULO 26º.- Cuando la pérdida de la condición de becario se produjera antes del vencimiento del plazo por el cual fue otorgada la beca, la pérdida del beneficio deberá concretarse mediante Resolución del Rector, previa notificación al becario con al menos cinco (5) días de antelación. ARTÍCULO 27º.- La pérdida de la condición de becario, por causales previstos en los incisos 6 a 8 del Art. 25º, implicará el cese inmediato del beneficio, quedando su titular obligado a la restitución de las sumas que hubiere percibido desde que se produjo la causa que motivó el hecho, y sin perjuicio de las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales que pudieran corresponderle. ARTÍCULO 28º.- Habiendo tomado conocimiento la Secretaría Académica de que el becario ha incurrido en causa que implique la pérdida del beneficio podrá pedir al Sr. Rector el cese del mismo y la suspensión del pago de la beca, elevándole todos los antecedentes que avalen el pedido. ARTÍCULO 29º.- Cualquiera sea la causal de cese del beneficio, la Secretaría Académica podrá proponer reemplazos de becarios, conforme el orden de mérito descripto en el Art.15º del presente Reglamento. ARTÍCULO 30º.- La Secretaría Académica, planificará y dirigirá las acciones de supervisión que permitan un adecuado seguimiento de la ejecución del Programa, así como las actividades de monitoreo y evaluación del mismo. ARTÍCULO 31º.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Superior Universitario.

ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU) REGLAMENTO GENERAL

ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU) REGLAMENTO GENERAL ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU) REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I OBJETIVOS ARTICULO 1.- El PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS, en adelante, PNBU, del MINISTERIO DE EDUCACION

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA FINALIZACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA FINALIZACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES RESOLUCION Nº 108/05 REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA FINALIZACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- El presente es un subproyecto del PROYECTO

Más detalles

BECAS REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS REEMPLAZA ANEXO RES. 642/13

BECAS REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS REEMPLAZA ANEXO RES. 642/13 Página 1 de 8 BECAS REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS REEMPLAZA ANEXO RES. 642/13 Secretaría de Políticas Universitarias Resolución 2751/2013 Publicada BORA: 4/11/13 Bs.

Más detalles

Ministerio de Educación Secretaria de Políticas Universitarias

Ministerio de Educación Secretaria de Políticas Universitarias BUENOS AIRES, VISTO el Expediente N 14712/13 del registro de est e Ministerio y el Decreto N 99 del 13 de febrero de 2009, la Resolu ción Ministerial Nº 742 de fecha 03 de mayo de 2010, Resolución de la

Más detalles

CAPITULO I OBJETIVOS

CAPITULO I OBJETIVOS RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I OBJETIVOS ARTÍCULO 1: Las Residencias Universitarias (R.U.) de la Universidad Nacional del Centro, tiene como misión promover la igualdad de oportunidades

Más detalles

BECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES

BECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES BECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Art. 1: Las becas del Programa de Becas de Grado de Fundación Carolina de Argentina se regirán por el presente reglamento. Art. 2: El objetivo del Programa de Becas

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS UNIVERSITARIAS

REGLAMENTO DE BECAS UNIVERSITARIAS CAPITULO I DEL OBJETIVO, MONTO Y DISTRIBUCION DE LAS BECAS Artículo 1º : Las becas para estudiantes universitarios prevé el PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS de la UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos de manera de: - Posibilitar

Más detalles

ARTÍCULO 5º.- Podrán aspirar a ser beneficiarios del PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM:

ARTÍCULO 5º.- Podrán aspirar a ser beneficiarios del PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM: 1 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- Las becas para estudiantes universitarios que prevé el PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM, se asignarán

Más detalles

BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2014-2015

BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2014-2015 BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2014-2015 Para cursar el Máster en Biotecnología ESTUDIANTES IBEROAMERICANOS INDICE PRESENTACIÓN I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII DISPOSICIONES GENERALES SELECCIÓN DE LOS

Más detalles

Res. 180-08 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU

Res. 180-08 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU Res. 18008 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de setiembre de 2008 VISTO el Expediente S1064/07, mediante el cual la Secretaría de Bienestar Universitario,

Más detalles

BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2013-2014

BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2013-2014 BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2013-2014 Para cursar el Máster en Relaciones Internacionales y Comercio Exterior (XXVIII edición) (Modalidad presencial) ESTUDIANTES IBEROAMERICANOS INDICE PRESENTACIÓN I II

Más detalles

BECAS ALFONSO ANAYA ALITER 2014-2015

BECAS ALFONSO ANAYA ALITER 2014-2015 BECAS ALFONSO ANAYA ALITER 2014-2015 Para cursar el Máster en Relaciones Internacionales y Comercio Exterior (Edición - XXX) Y el Máster en Biotecnología (Edición XXVII) INDICE PRESENTACIÓN I II III IV

Más detalles

ANEXO PROGRAMA "MEJORES PROMEDIOS"

ANEXO PROGRAMA MEJORES PROMEDIOS ANEXO PROGRAMA "MEJORES PROMEDIOS" A. NÓMINA DE ALUMNOS Cada una de las escuelas dependientes de las Áreas de Educación Media, Educación Técnica, Formación Docente (escuelas Normales e Institutos de Educación

Más detalles

Resolución 2416/2014. ME. Educación. Universidad. Becas. Programa

Resolución 2416/2014. ME. Educación. Universidad. Becas. Programa Resolución 2416/2014. ME. Educación. Universidad. Becas. Programa Se sustituye el Programa Nacional de Becas Universitarias (PNBU). Objetivos. Requisitos. Inscripción. Selección. Obligaciones. Cese. Control

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Res. N 41 de C.D.C. de 20/III/2012 Distr. N 94/12 y 166/12 D.O. 25/VII/2012 REGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Artículo 1º.- La Universidad de la República, a través del

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015 La Vicerrectoría de Investigación y Estudios Avanzados,

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016

CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016 CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016 1.- Descripción. Becas destinadas a alumnos de nuevo ingreso, matriculados en las titulaciones

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE ESTUDIOS NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE ESTUDIOS NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE ESTUDIOS NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objetivos del Subprograma de Becas: El Subprograma de Becas tiene

Más detalles

BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014

BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014 BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014 La Comisión Académica de Posgrado (CAP) de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a docentes de

Más detalles

FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS

FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS El Programa de Becas Universitarias nació en el año 2007 con el propósito de facilitar el acceso al nivel universitario a jóvenes interesados

Más detalles

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi Apoyo a la formación de Recursos Humanos Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica Artículo 1. DENOMINACION Se denominan

Más detalles

PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA

PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA 1. Preliminares El Programa de Intercambio Académico es un proyecto con el que se pretende reforzar la movilidad e intercambio de

Más detalles

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de

Más detalles

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA La Fundación SEPI, de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 20 de Septiembre de

Más detalles

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad

Más detalles

Reglamento del Programa de Becas Parciales

Reglamento del Programa de Becas Parciales Reglamento del Programa de Becas Parciales CAPÍTULO I Del objeto Art. 1. El presente reglamento tiene por objeto regular todo lo concerniente a los estudiantes beneficiados con el programa de becas parciales

Más detalles

NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011.

NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011. NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011. El Valle del Espíritu Santo, 01 de Diciembre de 2009

Más detalles

INFORME GLOSA Nº 1 LEY DE PRESUPUESTOS

INFORME GLOSA Nº 1 LEY DE PRESUPUESTOS Página: 1 de 8 JUNAEB BECA DE ASISTENCIALIDAD ED. SUPERIOR CHAITEN Página: 2 de 8 BECA CHAITEN JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS Departamento de Becas Unidad Control Gestión Interna JULIO 2014

Más detalles

PROGRAMA INTERNACIONAL DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES (PROINMES) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (UNL)

PROGRAMA INTERNACIONAL DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES (PROINMES) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (UNL) EXPTE. Nº:394.683 y PROGRAMA INTERNACIONAL DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES (PROINMES) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (UNL) REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS-ADMINISTRATIVOS VINCULADOS CON LA

Más detalles

Universidad Nacional de Lanús

Universidad Nacional de Lanús Lanús, 27 de marzo de 2013 VISTO, el Expediente Nº 752/13 correspondiente a la 1ª Reunión del Consejo Superior del año 2013, la Resolución del Consejo Superior Nº 043/12 de fecha 21 de mayo de 2012, y;

Más detalles

Anexo I REGLAMENTO PARA EL INGRESO A LA UNIVERSIDAD DE LOS MAYORES DE 25 AÑOS SIN ESTUDIOS MEDIOS COMPLETOS

Anexo I REGLAMENTO PARA EL INGRESO A LA UNIVERSIDAD DE LOS MAYORES DE 25 AÑOS SIN ESTUDIOS MEDIOS COMPLETOS Avellaneda, 8 de octubre de 2010. VISTO Lo establecido por los artículos, 1 y 6 de la Ley 26543, de creación de la Universidad Nacional de Avellaneda respecto de las atribuciones conferidas al Señor Rector-organizador.

Más detalles

OFERTA DE TRABAJO EADS-CASA. Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés.

OFERTA DE TRABAJO EADS-CASA. Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés. OFERTA DE TRABAJO EADS-CASA Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés. El programa consiste en la realización de prácticas remuneradas (900 /mes)

Más detalles

PREÁMBULO. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES 1. MODALIDADES

PREÁMBULO. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES 1. MODALIDADES RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCAN 24 BECAS PARA SEGUIR ESTUDIOS DURANTE EL PRÓXIMO CURSO 2014/15 EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, PARA ESTUDIANTES MARROQUÍES QUE CURSEN ESTUDIOS

Más detalles

Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria

Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria Obra Social Caja Madrid convoca el programa Eurobecas Caja Madrid para que los estudiantes y titulados de Formación Profesional tengan la oportunidad

Más detalles

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Reglamentos REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las prácticas académicas que convoque

Más detalles

SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679. TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2)

SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679. TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2) SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679 TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2) Fundamentación Las políticas de Asuntos Estudiantiles, que asumen como objetivo contribuir al ingreso,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa;

El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; 1 VISTO: El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; Que resulta conveniente introducir nuevas formas

Más detalles

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Más detalles

Normas Académicas de la UP

Normas Académicas de la UP Normas Académicas de la UP 14. DEL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS EN EL NIVEL DE GRADO 14.1. Equivalencias de estudios aprobados antes de ingresar 14.1.1. La Universidad puede reconocer, para completar

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales

Más detalles

UNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y

UNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y Res. 317-06 SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de diciembre de 2006 VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y CONSIDERANDO:

Más detalles

REGLAMENTO. Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires

REGLAMENTO. Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires REGLAMENTO Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires Reglamento del II Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires I. Proceso de Inscripción Límites

Más detalles

Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares

Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares Preliminar En cumplimiento del artículo 45 de La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,

Más detalles

REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACION. (Resolución C.S. 56/00)

REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACION. (Resolución C.S. 56/00) REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACION (Resolución C.S. 56/00) DE LA PRESENTACION Y ESTRUCTURA DE LOS GRUPOS. Artículo 1. Periódicamente la Universidad efectuará convocatorias para la

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOS Artículo 1º.- Se denominan Becas de Posgrado para Docentes de la UNL a los estipendios que a título de

Más detalles

Universidad Nacional del Nordeste Secretaría General de Posgrado

Universidad Nacional del Nordeste Secretaría General de Posgrado REGLAMENTO DE SUBSIDIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DOCTORADO, MAESTRÍA Y ESPECIALIZACION, EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE Y EN OTRAS UNIVERSIDADES NACIONALES DEL PAÍS. ARTICULO

Más detalles

El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:

El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo: El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo: 21.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL

Más detalles

Marco para las Actividades de Formación y Actualización Permanente de la F.C.S

Marco para las Actividades de Formación y Actualización Permanente de la F.C.S Marco para las Actividades de Formación y Actualización Permanente de la F.C.S Sección I. De los aspectos generales de los cursos. Art. 1. Los cursos a dictarse en el marco de las Actividades de Formación

Más detalles

ARTICULO 1º - Modificar parcialmente las Resoluciones N 050/96 C.S.; N 064/95 C.S. y N 587/92 C.S., de conformidad con el siguiente detalle:

ARTICULO 1º - Modificar parcialmente las Resoluciones N 050/96 C.S.; N 064/95 C.S. y N 587/92 C.S., de conformidad con el siguiente detalle: RESOLUCION Nº051/02 CORRIENTES,13/03/02 VISTO: El Expte Nº 69172/00 por el cual el Lic. Rubén CERUTTI eleva propuesta de modificación de las reglamentaciones de Becas de Transporte (Res.N 050/96 C.S.),

Más detalles

ANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES

ANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES ANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS Se denominan Becas de Ayudantía de Investigación a los estipendios

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige?

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige? PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige? A todos los alumnos egresados de la Facultad de Derecho

Más detalles

COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS

COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS APOYO PARA ACTIVIDADES DE PERFECCIONAMIENTO DOCENTE 1a. Convocatoria 2010 1. Caracterización En el marco de sus cometidos y atribuciones,

Más detalles

b) Becas de Cooperación, BC (Beca con el compromiso de colaborar tres (3) horas diarias)

b) Becas de Cooperación, BC (Beca con el compromiso de colaborar tres (3) horas diarias) FUNDAMENTACION Y OBJETIVOS En la UCASAL asumimos que La Educación tiene como finalidad prioritaria e irrenunciable el desarrollo pleno de los hombres y que propone la formación de la persona humana en

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i 1- DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa: PROGRAMA ESCALA GESTORES Y ADMINISTRADORES promueve la cooperación y la integración de las Universidades

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CÓRDOBA

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CÓRDOBA Apellido y nombres del aspirante: DNI Nº: Domicilio de Origen: Barrio/Localidad y Provincia: Teléfonos: Domicilio en Córdoba: Tel: Celular y fijo: e-mail: Carrera: Clave de Alumno: (Completar solo si es

Más detalles

CONDICIONES DE REGULARIDAD 1 Resolución 1648/91

CONDICIONES DE REGULARIDAD 1 Resolución 1648/91 CONDICIONES DE REGULARIDAD 1 Resolución 1648/91 Visto las Resoluciones (CD) 262/90 de la Facultad de Farmacia y Bioquímica, 1294/90 de la Facultad de Medicina, 508/90 de la Facultad de Arquitectura, Diseño

Más detalles

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI, de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 18 de octubre de 2007 suscrito

Más detalles

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley

Más detalles

REGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación:

REGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, CURSO 2014 2015. UNIVERSIDAD

Más detalles

Universidad Nacional de Tres de Febrero Secretaría de Investigación y Desarrollo Secretaría Académica

Universidad Nacional de Tres de Febrero Secretaría de Investigación y Desarrollo Secretaría Académica BASES PARA LA CONVOCATORIA BECAS DE POSGRADO Plazo de Presentación de postulaciones: del 1 de marzo al 31 de marzo de 2014 La Universidad Nacional de Tres de Febrero llama a concurso de becas de posgrado,

Más detalles

Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al Conocimiento. I convocatoria de 2014. Bases

Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al Conocimiento. I convocatoria de 2014. Bases Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al Conocimiento I convocatoria de 2014 Bases El incumplimiento de alguno de los requisitos es causal para NO aceptar una inscripción. 1. Propósito de las Becas

Más detalles

REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE PASANTIAS EXTERNAS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL

REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE PASANTIAS EXTERNAS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE PASANTIAS EXTERNAS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL CAPITULO I: Disposiciones Generales ARTICULO PRIMERO: Denominase Pasantia Externa a la actividad conceptualizada y reglamentada

Más detalles

Reglamento de Becas de Residencia

Reglamento de Becas de Residencia Reglamento de Becas de Residencia Presentación La Universidad posee un sistema de Residencias Estudiantiles para proporcionar asistencia a estudiantes de menores recursos que realizan sus estudios en Facultades

Más detalles

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero Becas Fundación Ramón Areces para Estudios de Postgrado XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero Economía Derecho de la Unión Europea Curso 2010-2011 La Fundación Ramón Areces tiene

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS ARTÍCULO 1: La Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho de los Negocios estará organizada de

Más detalles

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO FEBRERO DE 2010 ÍNDICE Página CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 2 CAPÍTULO II DE LAS BECAS Y EL CRÉDITO UNIVERSITARIO 3 CAPÍTULO III

Más detalles

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO. CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO

Más detalles

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2014/15

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2014/15 BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2014/15 El Programa Becas Iberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades (en lo

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

SEPTIEMBRE 2015. Bases de la Convocatoria

SEPTIEMBRE 2015. Bases de la Convocatoria SEPTIEMBRE 2015 Bases de la Convocatoria 1) Presentación La Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, la FUAM) y la Universidad Autónoma de Madrid (la UAM) en colaboración con todas

Más detalles

R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1

R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1 R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1 REGLAMENTO DE BECAS Y ESCALAS 1. BECAS 1.1 La Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas otorga los siguientes tipos de beca. a. Beca total: que

Más detalles

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016 Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016 Convocatoria 2015 ÍNDICE Presentación 5 1. Convocatoria 5 2. Dotación económica de la beca 6 3. Requisitos de los

Más detalles

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento

Más detalles

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese. PROF. MARÍA V. GODOY GUGLIELMONE SEC. GRAL. ACADÉMICA PROF. MARÍA DELFINA VEIRAVÉ RECTORA

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese. PROF. MARÍA V. GODOY GUGLIELMONE SEC. GRAL. ACADÉMICA PROF. MARÍA DELFINA VEIRAVÉ RECTORA CORRIENTES, 02 de septiembre de 2014 VISTO: Las actuaciones por las cuales la Sra. Rectora promueve el dictado de una Ordenanza que regule la cobertura del cargo de Director del Instituto de Ciencias Criminalísticas

Más detalles

REGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS

REGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS Pág. 1 de 9 Elaborado por Lic. Oscar Contreras Ballesteros Coordinador Adm. y Financiero Revisado por M.Sc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico Aprobado por M.Sc. Teófilo Caballero

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL APROBACION PUBLICACION INICIAL: FINAL: BOP: ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. De conformidad con lo

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL PARA LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE BECAS QUE SE IMPLEMENTEN A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL SECTOR EDUCACIÓN (PROFOR) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1)

Más detalles

Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013

Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013 Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2013 1- OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA. El presente llamado se realiza en el marco del Programa BECAS IBEROAMÉRICA.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONES DE LA FACULTAD

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacionintes.org/ayudas La Fundación Instituto de Promoción Social Intes tiene como objeto la atención

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a

Más detalles

PREÁMBULO BASES 1. MODALIDADES

PREÁMBULO BASES 1. MODALIDADES RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (VICERRECTORADOS DE ESTUDIANTES Y DE RELACIONES INTERNACIONALES Y DE COOPERACION AL DESARROLLO) POR LA QUE SE CONVOCAN 4 BECAS PARA SEGUIR ESTUDIOS DURANTE EL PRÓXIMO

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE I. PRESENTACIÓN ANTECEDENTES EmprendeFe es un programa de la Fundación CRISFE, que busca desarrollar y fortalecer iniciativas emprendedoras que contribuyan

Más detalles

CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL

CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES Y PROYECTOS ESPECIALES El presente documento recoge los criterios y

Más detalles

Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe

Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Página 1 de 9 Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración Aprobación: Fecha de Director General de Administración Consejo Universitario Emisión Dr, Juan Miyahira

Más detalles

COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016

COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016 COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016 CLÁUSULA 1ª: CONDICIONES GENERALES Si deseas ser admitido en los Colegios Mayores de la Universidad Carlos III de Madrid, deberás

Más detalles

Ajuntament de Pego ANEXO I

Ajuntament de Pego ANEXO I ANEXO I NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE AYUDAS PARA EL PAGO DL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1.- Objeto. Las presentes Normas tienen por objeto

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN

Más detalles

Las líneas objeto de ayuda son las que a continuación se relacionan:

Las líneas objeto de ayuda son las que a continuación se relacionan: BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE REALICEN ESTUDIOS FUERA DEL MUNICIPIO DE LUQUE EN EL CURSO ACADÉMICO 2015-2016 ARTÍCULO 1: Objeto y definición Las presentes bases

Más detalles

REGLAMENTO BECAS. Junio 2015

REGLAMENTO BECAS. Junio 2015 REGLAMENTO DE BECAS OBJETIVO Y DISPOCISIONES GENERALES Articulo 1. La Universidad Gestalt S.C., con el fin de hacer accesible la educación superior a alumnos de escasos recursos económicos y con buen rendimiento

Más detalles

ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA)

ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA) ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA) ANTECEDENTES El presente Programa surge en el marco del Convenio de Colaboración Académica, Científica y Cultural, celebrado

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS 81 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1o. La Universidad Americana de Acapulco, A.C., para estimular a sus mejores estudiantes y apoyar a aquellos de escasos recursos económicos

Más detalles

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD

Más detalles

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES DEFINICIÓN Constituye un tipo de sociedad, con regulación propia, en la que el protagonismo corresponde a sus socios trabajadores, por delante de la participación que posean en el capital de la misma.

Más detalles

REGLAMENTO DESCUENTOS DE ESTUDIO

REGLAMENTO DESCUENTOS DE ESTUDIO 1 de enero de 2014 ÍNDICE CAPÍTULO I: FINALIDAD... 2 CAPÍTULO II: INSTITUTOS Y CENTROS EDUCATIVOS DEL GRUPO IDAT... 2 CAPÍTULO III: ALCANCE... 2 CAPÍTULO IV: DISPOSICIONES GENERALES... 2 CAPÍTULO V: DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles