ANEXO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE
|
|
- Cristina Cárdenas Araya
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 ANEXO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE CAPITULO I: GENERALIDADES ARTÍCULO 1º.- El Programa de Becas Universitarias de la UPSO (PBU) tiene como principal objetivo promover la igualdad de oportunidades en el ámbito de la educación superior, a través de la implementación de un sistema de becas que facilite el acceso y/o permanencia de alumnos de escasos recursos económicos y buen desempeño académico en los estudios de nivel universitario. ARTÍCULO 2.- Son objetivos secundarios del Programa de Becas (PBU): 1. Favorecer el acceso y/o permanencia en el ámbito de la educación superior a estudiantes con particulares condiciones de vulnerabilidad. 2. Contribuir al desarrollo regional, promoviendo la formación de recursos humanos en carreras que resultan prioritarias para el crecimiento económico del mismo. ARTÍCULO 3.- El PBU ofrece tres tipos de becas: 1. Manutención y Alojamiento: Consiste en una asignación destinada a alumnos que, no residiendo en la localidad en la que se dicta la carrera y con el fin exclusivo de cursar sus estudios, adoptan domicilio temporario en esa localidad. 2. Transporte: Consiste en una asignación destinada a alumnos que, no residiendo en la localidad donde se dicta la carrera, viajan regularmente a ella desde su lugar de origen. 3. Promoción al Estudio: Consiste en una asignación destinada a incentivar a alumnos que, garantizando el rendimiento académico establecido por la Secretaría Académico, acepten realizar algunas funciones de apoyo que faciliten el quehacer estudiantil, siempre que las tareas no superen las diez horas semanales. ARTÍCULO 4º.- La UPSO podrá de solicitar al becario que participe en la realización de tareas de colaboración y asistencia a la actividad universitaria. ARTÍCULO 5.- Se difundirá la convocatoria para la solicitud de becas a las becas dirigidas a alumnos o ingresantes en la página Web de la UPSO y en las Sedes Académicas, con adecuada anticipación al inicio del período lectivo en el cual serán otorgadas. ARTÍCULO 6º.- La Secretaría Académica tendrá a su cargo implementar las fechas y modalidades específicas para cada convocatoria. ARTÍCULO 7º.- Las becas que se otorguen constituirán un beneficio de carácter personal e intransferible del becario. ARTÍCULO 8º.- La UPSO determinará la cantidad total de becas a otorgar en cada convocatoria y el monto de cada una, de acuerdo a los recursos disponibles anualmente para esa finalidad. Determinará también la forma de pago y la cantidad de cuotas en que se abonarán. En los casos en que dos (2) o más hermanos sean beneficiarios del PBU, cada uno de ellos tendrá derecho a percibir el setenta y cinco por cierto (75%) del respectivo beneficio. CAPITULO II: REQUISITOS DEL PROGRAMA ARTÍCULO 9º.- En todos los casos, son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiario del PBU: 1. Ser argentino nativo o por opción. 2. Acreditar los ingresos mensuales del grupo familiar.
2 3. Presentar la solicitud de beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria. Esto no impide que la Universidad pueda tratar ciertos casos especiales que por sus características ameriten ser considerados fuera de término. 4. Ser alumno regular de la UPSO, o inscribirse para ingresar a la misma en el período lectivo correspondiente a la convocatoria. 5. Comprometerse a cumplir con el porcentaje de asistencia a clases y demás requisitos que determine la Universidad, para cada convocatoria y para cada tipo de beca. ARTÍCULO 10.- El beneficio no será otorgado cuando el aspirante al mismo incurra en uno de los siguientes supuestos: 1. Hubiere excedido en más de un (1) año de cursado, el tiempo de duración de la carrera previsto en su plan de estudio. 2. Se encontrare suspendida o hubiere sido declarado el cese de una pasantía otorgada por la UPSO, o un beneficio del PBU, por causal grave que fuere imputable al aspirante. 3. No cumpliera con las demás condiciones requeridas en el presente Reglamento. ARTÍCULO 11º.- Los postulantes que comienzan sus estudios universitarios (ingresantes) deberán acreditar, además de los requisitos establecidos precedentemente, las siguientes condiciones: 1. Haber obtenido en sus estudios de nivel medio un promedio general no inferior a seis (6) puntos. Quedan exceptuados de tal requisito los alumnos que ingresaren, con 25 años o más y sin ciclo medio completo. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, el efectivo otorgamiento y la continuidad de la beca quedará sujeto a que el alumno vaya cumplimentando, en los plazos correspondientes, la totalidad de las condiciones de admisión que le exija la UPSO. ARTÍCULO 12º.- Los alumnos que se presenten por primera vez como postulantes al PBU y que no revistan el carácter de ingresantes a la Universidad, además de lo dispuesto en el Art.8, deberán cumplimentar los requisitos que -para cada caso- se indican a continuación: 1. Beca para cursar el segundo cuatrimestre del primer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado al menos una (1) materia del primer cuatrimestre Haber cursado todas las materias que ofrecía la carrera en el primer cuatrimestre. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de septiembre de ese año. 2. Beca para cursar el primer cuatrimestre del segundo o tercer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado desde su ingreso a la carrera y hasta la fecha de cierre de la inscripción, un número de materias mayor o igual a los dos tercios (2/3) de las que ofrece el plan de estudio hasta ese momento, con al menos una de ellas aprobada en el cuatrimestre anterior a la convocatoria. Haber obtenido en sus exámenes finales un promedio general, incluidos aplazos y notas de las materias reconocidas por equivalencias, no inferior a seis (6) puntos. Haber cursado regularmente la totalidad de las materias que indica su plan de estudios desde el inicio de su carrera hasta el momento de solicitar la beca. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de abril de ese año. 3. Beca para cursar el segundo cuatrimestre del segundo o tercer año del plan de estudio de la carrera: Haber aprobado desde su ingreso a la carrera y hasta la fecha de cierre de la inscripción, un número de materias mayor o igual a los dos tercios (2/3) de las que ofrece el plan de estudio hasta ese momento, con al menos una de ellas aprobada en el cuatrimestre anterior a la convocatoria.
3 Haber obtenido en sus exámenes finales un promedio general, incluidos aplazos y notas de las materias reconocidas por equivalencias, no inferior a seis (6) puntos. Haber cursado regularmente la totalidad de las materias que indica su plan de estudios desde el inicio de su carrera hasta el momento de solicitar la beca. En caso de no haber cursado alguna/s deberá aprobarla/s, en carácter de libre, con anterioridad al primero de septiembre de ese año. CAPITULO III: DE LA INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN ARTÍCULO 13º.- Las solicitudes de beca deberán efectuarse dentro del período que se determine para tal fin en cada convocatoria, mediante el formulario de inscripción provisto por la Universidad. Dichos formularios deberán ser elaborados por la Secretaría Académica y en ellos el alumno deberá asentar, con carácter de declaración jurada, la siguiente información: DEL POSTULANTE Datos personales: apellido y nombre completo, número de documento nacional de identidad (o similar), fecha de nacimiento, domicilio, teléfono, casilla de correo electrónico, CUIT/CUIL. Datos académicos: sede de la UPSO a la que asiste o asistirá, carrera que estudia o estudiará, año en el que ingresó o va a ingresar a la Universidad, cantidad de materias aprobadas en la Universidad, si correspondiese, otros estudios superiores, promedio del nivel medio o de la Universidad, según el caso, incluidos exámenes desaprobados. DE LA FAMILIA DEL POSTULANTE Datos del grupo familiar: localidad en la que residen, domicilio completo y teléfono, cantidad de integrantes, apellido y nombre de todos los integrantes y vínculo con el postulante, número de DNI de los padres o tutores del postulante, fecha de nacimiento y estudios cursados, indicando nivel alcanzado por cada integrante, tipo y grado de incapacidad de algún miembro del grupo familiar, si fuera el caso. Informe socio-económico: En caso de que el postulante trabaje indicar el monto percibido, monto mensual de alquiler, si fuera el caso, tipo de trabajo y monto TOTAL de ingresos mensuales de su grupo familiar (debe incluir la suma de los ingresos derivados de trabajos formales o informales de los integrantes de su grupo familiar, y los derivados de pensiones, jubilaciones, planes, alquileres, cuotas alimentarias u otros que perciban), montos de pagos mensuales del grupo familiar: luz, gas, agua, expensas (gastos generados en un edificio de propiedad horizontal), teléfono de línea/celular, alumbrado, barrido y limpieza o similar, impuesto inmobiliario, patente de automotor, videocable, pago de hipoteca, alimentos (estimado), y otros gastos que no se contemplen en el formulario, aclaraciones o comentarios que considere importantes para describir la situación económica y/o familiar. ARTÍCULO 14º.- Los datos consignados en el formulario de inscripción pueden ser modificados por el propio aspirante sólo hasta la fecha de cierre de la inscripción. La información proporcionada en dicho formulario tiene carácter de declaración jurada y la falsedad de la misma hará pasible al postulante de las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales que le correspondan. ARTÍCULO 15º.- Finalizado el período de inscripción, la Secretaría Académica, por intermedio de una Comisión ad-hoc, que constituirá al efecto y, en el plazo expresamente establecido para ello, realizará la evaluación de los postulantes en base a los datos declarados y podrá, cuando lo estime conveniente, comprobar la información aportada. Verificará además que los mismos cumplan con los requisitos y condiciones exigidas en este Reglamento y confeccionará una nómina de aspirantes preseleccionados, conforme a un orden de mérito, que se elaborará tomando en cuenta las siguientes pautas:
4 Nivel socioeconómico del postulante y de su grupo familiar, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar, según edad y sexo. Edad del postulante. Tasa de dependencia, definida como la relación entre el total de personas del grupo familiar que perciben algún ingreso, incluido el postulante, y el total de personas que conforman el grupo familiar. Lugar de procedencia del alumno y distancia, medida en kilómetros, que separa su domicilio de la Sede de la Universidad en la que cursará su carrera. Situación jurídica del inmueble del grupo familiar. Cobertura de salud del postulante. Existencia de algún miembro familiar con discapacidad. Promedio obtenido por el estudiante en sus estudios. Regularidad académica. CAPITULO IV: DEL TRÁMITE DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN ARTÍCULO 16º.- Los resultados de la evaluación realizada por la Comisión ad-hoc serán entregados a sus efectos a la Secretaría Académica. ARTÍCULO 17º.- Cuando en el marco de una convocatoria el número de alumnos cuyas solicitudes estuvieren aprobadas supere la cantidad de becas a conceder, la Secretaría Académica procederá a confeccionar el listado final de alumnos a quienes se otorgará beca, utilizando el orden de méritos establecido en el Art.15º. ARTÍCULO 18º.- Entre los postulantes cuyas solicitudes fueran aprobadas, tienen prioridad en la asignación de la beca los becarios del PBU que están en condiciones de renovar el beneficio. ARTÍCULO 19º.- La Secretaría Académica informará a los postulantes seleccionados que se les ha otorgado el beneficio y que deberán remitir la documentación que se les solicite, con el objeto de verificar la información brindada por el solicitante en la forma, lugares y tiempos que se establezca para cada convocatoria. CAPITULO V: DEL SISTEMA DE PAGO ARTÍCULO 20º.- Las becas, adjudicadas por Resolución, serán abonadas por la Universidad mediante los mecanismos que a esos efectos disponga, siendo exclusiva responsabilidad del becario consultar sobre las fechas de pago. ARTÍCULO 21º.- La UPSO hará efectiva cada cuota de la beca previa verificación de la condición de Activo del Alumno, que exigirá un nivel de asistencia a clases que será determinado para cada tipo de beca. En el caso de los alumnos con beca de manutención y alojamiento, el monto destinado a vivienda debe ser documentado con el recibo de pago correspondiente. En el caso de becas de transporte, deberán presentar los comprobantes correspondientes. La verificación del adecuado cumplimiento de estos requisitos estará a cargo del Responsable Administrativo de la Sede. CAPITULO VI: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS ARTÍCULO 22º.- La inscripción por parte del aspirante en el PBU importará el conocimiento y aceptación del presente Reglamento, y el compromiso de cumplimiento de las obligaciones que de él resulten. La permanencia de las condiciones que hubieren justificado el otorgamiento de la beca, será condición indispensable para el mantenimiento del beneficio asignado.
5 ARTÍCULO 23º.- Los becarios deberán informar a la Secretaría Académica cualquier variación en su situación personal, familiar, patrimonial, laboral, económica y académica, incluyendo los eventuales cambios de domicilio en un plazo no mayor de treinta (30) días corridos de ocurrido el hecho. CAPITULO VII: DE LAS CONDICIONES PARA RENOVAR UNA BECA ARTÍCULO 24º.- (a) La beca podrá renovarse por un máximo de tantos períodos lectivos como comprenda el plan de estudios de la carrera. (b) Cada becario tendrá la opción de solicitar la renovación de su beca, lo que no implica obligación para la UPSO y estará sujeta a disponibilidad presupuestaria. Dicha renovación sólo podrá solicitarse si el alumno ha satisfecho la condición de buen rendimiento académico, en los términos que se describen en el Art. 12º incisos 1, 2 o 3, para las diferentes situaciones de renovación que se presentasen. CAPITULO VIII: DEL CESE DEL BENEFICIO ARTÍCULO 25º- El beneficio de la beca cesa en los siguientes casos: 1. Por el simple vencimiento del plazo del beneficio otorgado. 2. Por renuncia del beneficiario. 3. Por desaparición o modificación de algunas de las causas que justificaron su otorgamiento. 4. Por conclusión de la carrera para la que el becario se postulo inicialmente. 5. Por abandono de los estudios. 6. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente Reglamento. 7. Por falsear u omitir información, tanto en los procesos de selección como una vez otorgado el beneficio. 8. Por cualquier otra sanción, o causa que en acta de la Comisión ad-hoc, mencionada en el Art.15º, o a criterio de la UPSO, justifique la cesación del beneficio, debiendo el acta de la Comisión o Resolución que así lo determine estar debidamente fundada. ARTÍCULO 26º.- Cuando la pérdida de la condición de becario se produjera antes del vencimiento del plazo por el cual fue otorgada la beca, la pérdida del beneficio deberá concretarse mediante Resolución del Rector, previa notificación al becario con al menos cinco (5) días de antelación. ARTÍCULO 27º.- La pérdida de la condición de becario, por causales previstos en los incisos 6 a 8 del Art. 25º, implicará el cese inmediato del beneficio, quedando su titular obligado a la restitución de las sumas que hubiere percibido desde que se produjo la causa que motivó el hecho, y sin perjuicio de las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales que pudieran corresponderle. ARTÍCULO 28º.- Habiendo tomado conocimiento la Secretaría Académica de que el becario ha incurrido en causa que implique la pérdida del beneficio podrá pedir al Sr. Rector el cese del mismo y la suspensión del pago de la beca, elevándole todos los antecedentes que avalen el pedido. ARTÍCULO 29º.- Cualquiera sea la causal de cese del beneficio, la Secretaría Académica podrá proponer reemplazos de becarios, conforme el orden de mérito descripto en el Art.15º del presente Reglamento. ARTÍCULO 30º.- La Secretaría Académica, planificará y dirigirá las acciones de supervisión que permitan un adecuado seguimiento de la ejecución del Programa, así como las actividades de monitoreo y evaluación del mismo. ARTÍCULO 31º.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Superior Universitario.
ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU) REGLAMENTO GENERAL
ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS (PNBU) REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I OBJETIVOS ARTICULO 1.- El PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS, en adelante, PNBU, del MINISTERIO DE EDUCACION
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA FINALIZACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
RESOLUCION Nº 108/05 REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA FINALIZACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- El presente es un subproyecto del PROYECTO
Más detallesBECAS REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS REEMPLAZA ANEXO RES. 642/13
Página 1 de 8 BECAS REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS REEMPLAZA ANEXO RES. 642/13 Secretaría de Políticas Universitarias Resolución 2751/2013 Publicada BORA: 4/11/13 Bs.
Más detallesMinisterio de Educación Secretaria de Políticas Universitarias
BUENOS AIRES, VISTO el Expediente N 14712/13 del registro de est e Ministerio y el Decreto N 99 del 13 de febrero de 2009, la Resolu ción Ministerial Nº 742 de fecha 03 de mayo de 2010, Resolución de la
Más detallesCAPITULO I OBJETIVOS
RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I OBJETIVOS ARTÍCULO 1: Las Residencias Universitarias (R.U.) de la Universidad Nacional del Centro, tiene como misión promover la igualdad de oportunidades
Más detallesBECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES
BECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Art. 1: Las becas del Programa de Becas de Grado de Fundación Carolina de Argentina se regirán por el presente reglamento. Art. 2: El objetivo del Programa de Becas
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS UNIVERSITARIAS
CAPITULO I DEL OBJETIVO, MONTO Y DISTRIBUCION DE LAS BECAS Artículo 1º : Las becas para estudiantes universitarios prevé el PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS de la UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesReglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral
Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos de manera de: - Posibilitar
Más detallesARTÍCULO 5º.- Podrán aspirar a ser beneficiarios del PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM:
1 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- Las becas para estudiantes universitarios que prevé el PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM, se asignarán
Más detallesBECAS BLAS DE LEZO ALITER 2014-2015
BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2014-2015 Para cursar el Máster en Biotecnología ESTUDIANTES IBEROAMERICANOS INDICE PRESENTACIÓN I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII DISPOSICIONES GENERALES SELECCIÓN DE LOS
Más detallesRes. 180-08 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU
Res. 18008 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de setiembre de 2008 VISTO el Expediente S1064/07, mediante el cual la Secretaría de Bienestar Universitario,
Más detallesBECAS BLAS DE LEZO ALITER 2013-2014
BECAS BLAS DE LEZO ALITER 2013-2014 Para cursar el Máster en Relaciones Internacionales y Comercio Exterior (XXVIII edición) (Modalidad presencial) ESTUDIANTES IBEROAMERICANOS INDICE PRESENTACIÓN I II
Más detallesBECAS ALFONSO ANAYA ALITER 2014-2015
BECAS ALFONSO ANAYA ALITER 2014-2015 Para cursar el Máster en Relaciones Internacionales y Comercio Exterior (Edición - XXX) Y el Máster en Biotecnología (Edición XXVII) INDICE PRESENTACIÓN I II III IV
Más detallesANEXO PROGRAMA "MEJORES PROMEDIOS"
ANEXO PROGRAMA "MEJORES PROMEDIOS" A. NÓMINA DE ALUMNOS Cada una de las escuelas dependientes de las Áreas de Educación Media, Educación Técnica, Formación Docente (escuelas Normales e Institutos de Educación
Más detallesResolución 2416/2014. ME. Educación. Universidad. Becas. Programa
Resolución 2416/2014. ME. Educación. Universidad. Becas. Programa Se sustituye el Programa Nacional de Becas Universitarias (PNBU). Objetivos. Requisitos. Inscripción. Selección. Obligaciones. Cese. Control
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
Res. N 41 de C.D.C. de 20/III/2012 Distr. N 94/12 y 166/12 D.O. 25/VII/2012 REGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Artículo 1º.- La Universidad de la República, a través del
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015 La Vicerrectoría de Investigación y Estudios Avanzados,
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016
CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO ACADÉMICO 2015-2016 1.- Descripción. Becas destinadas a alumnos de nuevo ingreso, matriculados en las titulaciones
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE ESTUDIOS NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE ESTUDIOS NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objetivos del Subprograma de Becas: El Subprograma de Becas tiene
Más detallesBECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014
BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014 La Comisión Académica de Posgrado (CAP) de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a docentes de
Más detallesFUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS
FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS El Programa de Becas Universitarias nació en el año 2007 con el propósito de facilitar el acceso al nivel universitario a jóvenes interesados
Más detallesCorporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos
Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi Apoyo a la formación de Recursos Humanos Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica Artículo 1. DENOMINACION Se denominan
Más detallesPROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA
PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA 1. Preliminares El Programa de Intercambio Académico es un proyecto con el que se pretende reforzar la movilidad e intercambio de
Más detallesPrograma Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL
Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de
Más detallesPROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA La Fundación SEPI, de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 20 de Septiembre de
Más detallesOBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesReglamento del Programa de Becas Parciales
Reglamento del Programa de Becas Parciales CAPÍTULO I Del objeto Art. 1. El presente reglamento tiene por objeto regular todo lo concerniente a los estudiantes beneficiados con el programa de becas parciales
Más detallesNORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011.
NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011. El Valle del Espíritu Santo, 01 de Diciembre de 2009
Más detallesINFORME GLOSA Nº 1 LEY DE PRESUPUESTOS
Página: 1 de 8 JUNAEB BECA DE ASISTENCIALIDAD ED. SUPERIOR CHAITEN Página: 2 de 8 BECA CHAITEN JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS Departamento de Becas Unidad Control Gestión Interna JULIO 2014
Más detallesPROGRAMA INTERNACIONAL DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES (PROINMES) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (UNL)
EXPTE. Nº:394.683 y PROGRAMA INTERNACIONAL DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES (PROINMES) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (UNL) REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS-ADMINISTRATIVOS VINCULADOS CON LA
Más detallesUniversidad Nacional de Lanús
Lanús, 27 de marzo de 2013 VISTO, el Expediente Nº 752/13 correspondiente a la 1ª Reunión del Consejo Superior del año 2013, la Resolución del Consejo Superior Nº 043/12 de fecha 21 de mayo de 2012, y;
Más detallesAnexo I REGLAMENTO PARA EL INGRESO A LA UNIVERSIDAD DE LOS MAYORES DE 25 AÑOS SIN ESTUDIOS MEDIOS COMPLETOS
Avellaneda, 8 de octubre de 2010. VISTO Lo establecido por los artículos, 1 y 6 de la Ley 26543, de creación de la Universidad Nacional de Avellaneda respecto de las atribuciones conferidas al Señor Rector-organizador.
Más detallesOFERTA DE TRABAJO EADS-CASA. Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés.
OFERTA DE TRABAJO EADS-CASA Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés. El programa consiste en la realización de prácticas remuneradas (900 /mes)
Más detallesPREÁMBULO. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES 1. MODALIDADES
RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCAN 24 BECAS PARA SEGUIR ESTUDIOS DURANTE EL PRÓXIMO CURSO 2014/15 EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, PARA ESTUDIANTES MARROQUÍES QUE CURSEN ESTUDIOS
Más detallesEurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria
Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria Obra Social Caja Madrid convoca el programa Eurobecas Caja Madrid para que los estudiantes y titulados de Formación Profesional tengan la oportunidad
Más detallesTITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Reglamentos REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las prácticas académicas que convoque
Más detallesSISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679. TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2)
SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679 TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2) Fundamentación Las políticas de Asuntos Estudiantiles, que asumen como objetivo contribuir al ingreso,
Más detallesUNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
Más detallesEl Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa;
1 VISTO: El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; Que resulta conveniente introducir nuevas formas
Más detallesSeguro Colectivo de Vida Obligatorio
Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
Más detallesNormas Académicas de la UP
Normas Académicas de la UP 14. DEL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS EN EL NIVEL DE GRADO 14.1. Equivalencias de estudios aprobados antes de ingresar 14.1.1. La Universidad puede reconocer, para completar
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
Más detallesUNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y
Res. 317-06 SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de diciembre de 2006 VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTO. Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires
REGLAMENTO Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires Reglamento del II Curso Básico de Formación de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires I. Proceso de Inscripción Límites
Más detallesReglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares
Reglamento de solicitud y concesión de Becas de la Escuela Universitaria Cardenal Cisneros de Alcalá de Henares Preliminar En cumplimiento del artículo 45 de La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
Más detallesREGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACION. (Resolución C.S. 56/00)
REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACION (Resolución C.S. 56/00) DE LA PRESENTACION Y ESTRUCTURA DE LOS GRUPOS. Artículo 1. Periódicamente la Universidad efectuará convocatorias para la
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOS Artículo 1º.- Se denominan Becas de Posgrado para Docentes de la UNL a los estipendios que a título de
Más detallesUniversidad Nacional del Nordeste Secretaría General de Posgrado
REGLAMENTO DE SUBSIDIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DOCTORADO, MAESTRÍA Y ESPECIALIZACION, EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE Y EN OTRAS UNIVERSIDADES NACIONALES DEL PAÍS. ARTICULO
Más detallesEl Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:
El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo: 21.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL
Más detallesMarco para las Actividades de Formación y Actualización Permanente de la F.C.S
Marco para las Actividades de Formación y Actualización Permanente de la F.C.S Sección I. De los aspectos generales de los cursos. Art. 1. Los cursos a dictarse en el marco de las Actividades de Formación
Más detallesARTICULO 1º - Modificar parcialmente las Resoluciones N 050/96 C.S.; N 064/95 C.S. y N 587/92 C.S., de conformidad con el siguiente detalle:
RESOLUCION Nº051/02 CORRIENTES,13/03/02 VISTO: El Expte Nº 69172/00 por el cual el Lic. Rubén CERUTTI eleva propuesta de modificación de las reglamentaciones de Becas de Transporte (Res.N 050/96 C.S.),
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES
ANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS Se denominan Becas de Ayudantía de Investigación a los estipendios
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige?
PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige? A todos los alumnos egresados de la Facultad de Derecho
Más detallesCOMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS
COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS APOYO PARA ACTIVIDADES DE PERFECCIONAMIENTO DOCENTE 1a. Convocatoria 2010 1. Caracterización En el marco de sus cometidos y atribuciones,
Más detallesb) Becas de Cooperación, BC (Beca con el compromiso de colaborar tres (3) horas diarias)
FUNDAMENTACION Y OBJETIVOS En la UCASAL asumimos que La Educación tiene como finalidad prioritaria e irrenunciable el desarrollo pleno de los hombres y que propone la formación de la persona humana en
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i
REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i 1- DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa: PROGRAMA ESCALA GESTORES Y ADMINISTRADORES promueve la cooperación y la integración de las Universidades
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE CÓRDOBA
Apellido y nombres del aspirante: DNI Nº: Domicilio de Origen: Barrio/Localidad y Provincia: Teléfonos: Domicilio en Córdoba: Tel: Celular y fijo: e-mail: Carrera: Clave de Alumno: (Completar solo si es
Más detallesCONDICIONES DE REGULARIDAD 1 Resolución 1648/91
CONDICIONES DE REGULARIDAD 1 Resolución 1648/91 Visto las Resoluciones (CD) 262/90 de la Facultad de Farmacia y Bioquímica, 1294/90 de la Facultad de Medicina, 508/90 de la Facultad de Arquitectura, Diseño
Más detallesPROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI, de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 18 de octubre de 2007 suscrito
Más detallesLey 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario
Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley
Más detallesREGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación:
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, CURSO 2014 2015. UNIVERSIDAD
Más detallesUniversidad Nacional de Tres de Febrero Secretaría de Investigación y Desarrollo Secretaría Académica
BASES PARA LA CONVOCATORIA BECAS DE POSGRADO Plazo de Presentación de postulaciones: del 1 de marzo al 31 de marzo de 2014 La Universidad Nacional de Tres de Febrero llama a concurso de becas de posgrado,
Más detallesFondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al Conocimiento. I convocatoria de 2014. Bases
Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al Conocimiento I convocatoria de 2014 Bases El incumplimiento de alguno de los requisitos es causal para NO aceptar una inscripción. 1. Propósito de las Becas
Más detallesREGLAMENTACION DEL SISTEMA DE PASANTIAS EXTERNAS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE PASANTIAS EXTERNAS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL CAPITULO I: Disposiciones Generales ARTICULO PRIMERO: Denominase Pasantia Externa a la actividad conceptualizada y reglamentada
Más detallesReglamento de Becas de Residencia
Reglamento de Becas de Residencia Presentación La Universidad posee un sistema de Residencias Estudiantiles para proporcionar asistencia a estudiantes de menores recursos que realizan sus estudios en Facultades
Más detallesXXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero
Becas Fundación Ramón Areces para Estudios de Postgrado XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero Economía Derecho de la Unión Europea Curso 2010-2011 La Fundación Ramón Areces tiene
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS ARTÍCULO 1: La Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho de los Negocios estará organizada de
Más detallesUniversidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO FEBRERO DE 2010 ÍNDICE Página CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 2 CAPÍTULO II DE LAS BECAS Y EL CRÉDITO UNIVERSITARIO 3 CAPÍTULO III
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesBASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2014/15
BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2014/15 El Programa Becas Iberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades (en lo
Más detallesReglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas
Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO
Más detallesSEPTIEMBRE 2015. Bases de la Convocatoria
SEPTIEMBRE 2015 Bases de la Convocatoria 1) Presentación La Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, la FUAM) y la Universidad Autónoma de Madrid (la UAM) en colaboración con todas
Más detallesR E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1
R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S 2012-1 REGLAMENTO DE BECAS Y ESCALAS 1. BECAS 1.1 La Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas otorga los siguientes tipos de beca. a. Beca total: que
Más detallesBecas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016
Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016 Convocatoria 2015 ÍNDICE Presentación 5 1. Convocatoria 5 2. Dotación económica de la beca 6 3. Requisitos de los
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese. PROF. MARÍA V. GODOY GUGLIELMONE SEC. GRAL. ACADÉMICA PROF. MARÍA DELFINA VEIRAVÉ RECTORA
CORRIENTES, 02 de septiembre de 2014 VISTO: Las actuaciones por las cuales la Sra. Rectora promueve el dictado de una Ordenanza que regule la cobertura del cargo de Director del Instituto de Ciencias Criminalísticas
Más detallesREGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS
Pág. 1 de 9 Elaborado por Lic. Oscar Contreras Ballesteros Coordinador Adm. y Financiero Revisado por M.Sc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico Aprobado por M.Sc. Teófilo Caballero
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL
APROBACION PUBLICACION INICIAL: FINAL: BOP: ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. De conformidad con lo
Más detallesCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL PARA LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE BECAS QUE SE IMPLEMENTEN A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL SECTOR EDUCACIÓN (PROFOR) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1)
Más detallesPrograma BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013
Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2013 1- OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA. El presente llamado se realiza en el marco del Programa BECAS IBEROAMÉRICA.
Más detallesREGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONES DE LA FACULTAD
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacionintes.org/ayudas La Fundación Instituto de Promoción Social Intes tiene como objeto la atención
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo
Más detallesPOLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM
POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a
Más detallesPREÁMBULO BASES 1. MODALIDADES
RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (VICERRECTORADOS DE ESTUDIANTES Y DE RELACIONES INTERNACIONALES Y DE COOPERACION AL DESARROLLO) POR LA QUE SE CONVOCAN 4 BECAS PARA SEGUIR ESTUDIOS DURANTE EL PRÓXIMO
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE I. PRESENTACIÓN ANTECEDENTES EmprendeFe es un programa de la Fundación CRISFE, que busca desarrollar y fortalecer iniciativas emprendedoras que contribuyan
Más detallesCONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL
CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES Y PROYECTOS ESPECIALES El presente documento recoge los criterios y
Más detallesAv. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe
Página 1 de 9 Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración Aprobación: Fecha de Director General de Administración Consejo Universitario Emisión Dr, Juan Miyahira
Más detallesCOLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016
COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016 CLÁUSULA 1ª: CONDICIONES GENERALES Si deseas ser admitido en los Colegios Mayores de la Universidad Carlos III de Madrid, deberás
Más detallesAjuntament de Pego ANEXO I
ANEXO I NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE AYUDAS PARA EL PAGO DL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1.- Objeto. Las presentes Normas tienen por objeto
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN
Más detallesLas líneas objeto de ayuda son las que a continuación se relacionan:
BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE REALICEN ESTUDIOS FUERA DEL MUNICIPIO DE LUQUE EN EL CURSO ACADÉMICO 2015-2016 ARTÍCULO 1: Objeto y definición Las presentes bases
Más detallesREGLAMENTO BECAS. Junio 2015
REGLAMENTO DE BECAS OBJETIVO Y DISPOCISIONES GENERALES Articulo 1. La Universidad Gestalt S.C., con el fin de hacer accesible la educación superior a alumnos de escasos recursos económicos y con buen rendimiento
Más detallesANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA)
ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA) ANTECEDENTES El presente Programa surge en el marco del Convenio de Colaboración Académica, Científica y Cultural, celebrado
Más detallesCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BECAS 81 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1o. La Universidad Americana de Acapulco, A.C., para estimular a sus mejores estudiantes y apoyar a aquellos de escasos recursos económicos
Más detallesNormativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.
Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD
Más detallesCOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES
DEFINICIÓN Constituye un tipo de sociedad, con regulación propia, en la que el protagonismo corresponde a sus socios trabajadores, por delante de la participación que posean en el capital de la misma.
Más detallesREGLAMENTO DESCUENTOS DE ESTUDIO
1 de enero de 2014 ÍNDICE CAPÍTULO I: FINALIDAD... 2 CAPÍTULO II: INSTITUTOS Y CENTROS EDUCATIVOS DEL GRUPO IDAT... 2 CAPÍTULO III: ALCANCE... 2 CAPÍTULO IV: DISPOSICIONES GENERALES... 2 CAPÍTULO V: DISPOSICIONES
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento
Más detalles