Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid
|
|
- Alfonso Vega Belmonte
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LAS QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición adicional segunda que las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán, en los términos que dispongan las respectivas Administraciones educativas, organizar e impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). El Decreto 31/2007, de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los currículos del Nivel Básico y del Nivel Intermedio de las Enseñanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la, regula en su artículo 19 la finalidad de los cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas. La Orden 3661/2007, de 6 de julio, de la Consejera de Educación, por la que se regula para la la implantación y la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su apartado décimo, entre otros aspectos, los relacionados con los niveles de referencia y el acceso a estos cursos. La Orden 1798/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regula para la la evaluación en las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial, dispone en su artículo 15 la evaluación y acreditación de los cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas. La Consejería de Educación es competente para organizar los aspectos antedichos de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación. En su virtud, esta Dirección General de Educación Secundaria emitió para el curso instrucciones para la organización e impartición de cursos de perfeccionamiento. Una vez acabado el período de aplicación, y con el fin de regular los cursos de perfeccionamiento de competencias en idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas, esta Dirección General de Educación Secundaria dicta las siguientes:
2 INSTRUCCIONES Primera. Objeto y ámbito de aplicación Las presentes instrucciones tienen por objeto regular la organización e impartición de los cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la para los cursos y siguientes. Segunda. Niveles de referencia de los cursos de perfeccionamiento. Las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán organizar e impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa. Los departamentos didácticos diseñarán y elaborarán las correspondientes programaciones didácticas, teniendo como referencia los currículos de las enseñanzas de idiomas de conformidad con el Decreto 31/2007, de 14 de junio, y el Decreto 98/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la. Para los niveles C1 y C2, se tomarán como referencia estos niveles según se definen en el MCER. Tercera. Finalidad de los cursos de perfeccionamiento. Los cursos de perfeccionamiento de competencias en idiomas estarán dirigidos bien a desarrollar una o varias destrezas, o bien a adquirir el lenguaje específico y las habilidades comunicativas de un perfil profesional determinado. Cuarta. Organización de los cursos de perfeccionamiento. 1. En función de las características del curso de perfeccionamiento, el Departamento Didáctico determinará la duración del mismo, que en cualquier caso deberá ser cuatrimestral o anual, con una duración aproximada de 30, 60 ó 120 horas. 2. El número de alumnos matriculados por grupo será como máximo de No podrán ponerse en funcionamiento cursos de perfeccionamiento con menos de 8 alumnos por grupo. 4. Cualquier propuesta de puesta en funcionamiento de grupos con más de 15 alumnos o con menos de 8 deberá contar con un informe favorable del Servicio de Inspección Educativa. 5. La puesta en funcionamiento de cursos de perfeccionamiento no conllevará modificación del cupo asignado para ese curso a cada EOI. Quinta. Requisitos de acceso. 1. Para el acceso a estos cursos se estará a lo dispuesto en el apartado décimo de la Orden 3661/2007, de 6 de julio, de la Consejera de Educación, por la que se regula para la la implantación y la organización de las enseñanzas de
3 idiomas de régimen especial derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 2. Asimismo podrá accederse mediante una prueba que garantice el nivel de competencia del alumno para la realización del curso. El Departamento Didáctico establecerá las características de esta prueba y se encargará de su elaboración, aplicación y calificación. Sexta. Admisión y matriculación. Las EEOOII harán público con la antelación suficiente el procedimiento de admisión y matriculación en los cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas. Para matricularse en estos cursos, los alumnos deberán satisfacer los precios públicos que establezca al efecto la Consejería de Educación. Septima. Impartición de los cursos de perfeccionamiento. 1. Para la impartición de los cursos de perfeccionamiento, las Escuelas Oficiales de Idiomas deberán solicitar la correspondiente autorización de la Dirección General de Educación Secundaria. Para ello, los directores de las Escuelas Oficiales de Idiomas, previa propuesta por parte del departamento didáctico interesado y con la aprobación de la Junta de Jefes de Departamento, remitirán a la Dirección de Área Territorial correspondiente la solicitud de autorización con el visto bueno del director, la cual incluirá: a) Propuesta del departamento didáctico, que constará de: 1. Denominación del curso. 2. Nivel de referencia. 3. Tipología del curso: i. Desarrollo de una o varias destrezas. ii. Adquisición del lenguaje específico y habilidades comunicativas de un perfil profesional. 4. Colectivo al que va dirigido el curso. 5. Aspectos que justifican la propuesta del curso. 6. Estructura de la prueba a la que hace referencia la instrucción quinta de estas Instrucciones. 7. Programación didáctica, que contendrá, al menos, los siguientes elementos: i. Objetivos. ii. Contenidos. iii. Temporalización. iv. Metodología. v. Criterios de evaluación. vi. Procedimientos de evaluación. vii. Criterios de calificación. viii. Medios o recursos didácticos de los que se dispone para el desarrollo del curso.
4 b) Certificación de aprobación de la propuesta por parte de la Junta de Jefes de Departamento. c) Disponibilidad horaria del profesorado para su impartición. 2. Las solicitudes de autorización de cursos de perfeccionamiento de competencias en idiomas serán informadas por la Inspección Educativa. El informe analizará la solicitud y tendrá en cuenta, al menos, los siguientes aspectos: a) Inclusión de los elementos recogidos en el apartado anterior. b) Adecuación de la programación didáctica propuesta a las finalidades de los cursos de perfeccionamiento de competencias en idiomas. c) Disponibilidad horaria del profesorado y de recursos para la impartición del curso solicitado. 3. La Dirección de Área Territorial que corresponda cursará todas las solicitudes de autorización de las Escuelas Oficiales de Idiomas a la Dirección General de Educación Secundaria, acompañadas del respectivo informe de la Inspección Educativa. 4. La Dirección General de Educación Secundaria resolverá acerca de la autorización o no del curso solicitado. 5. En caso de resolución estimatoria, ésta tendrá validez únicamente para ese curso y año académico. Si la Escuela Oficial de Idiomas desea volver a impartir ese determinado curso en el siguiente año académico deberá solicitar nuevamente la correspondiente autorización de acuerdo con el procedimiento establecido en los apartados anteriores de esta instrucción. Octava. Evaluación y acreditación. 1. Las EE OO II que impartan cursos dirigidos a desarrollar una o varias destrezas, o bien a adquirir el lenguaje específico y las habilidades comunicativas de un perfil profesional determinado, fijarán el proceso de evaluación más adecuado en función de los objetivos y las características del curso. 2. Será necesario acreditar un mínimo del 75 por 100 de asistencia a las sesiones del curso para poder obtener evaluación positiva. 3. Los resultados del curso se recogerán en un acta según se establece en el Anexo I de las presentes instrucciones. El acta recogerá si el alumno ha asistido a un mínimo del 75% de las sesiones del curso y si ha realizado con aprovechamiento el mismo, entendiendo por ello que ha alcanzado los objetivos recogidos en la programación didáctica. 4. La acreditación correspondiente será expedida por el Administrador o el Secretario de la Escuela con el visto bueno del Director conforme a los Anexos IIa y IIb. En el anverso de esta acreditación figurará el nombre del centro, el nombre del alumno, su DNI, NIE o pasaporte, el nombre del curso, la tipología, su periodo de realización, la duración del
5 mismo en horas, si ha asistido el mínimo exigido por ley y, en su caso, si lo ha realizado con aprovechamiento; en el reverso figurará el enunciado de los objetivos y contenidos recogidos en la programación didáctica del curso. 5. La acreditación de aprovechamiento de una o varias destrezas mediante cursos de perfeccionamiento no causará efectos académicos, por lo que los alumnos deberán examinarse de todas las destrezas en las convocatorias de pruebas de certificación. Madrid, a 17 de marzo de 2010 LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES Fdo.: María José García-Patrón Alcázar ILMOS. SRES. DIRECTORES DE ÁREA TERRITORIAL
6 ANEXO I. ACTA DE CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS: CÓDIGO: AÑO ACADÉMICO: / DURACIÓN: HORAS IDIOMA: TÍTULO DEL CURSO:. TÍPOLOGÍA: Desarrollo de una o varias destrezas Adquisición del lenguaje específico y habilidades comunicativas de un perfil profesional NIVEL: Básico (A2) Intermedio (B1) Avanzado (B2) C1 C2 Nº de Orden DNI / NIE o PASAPORTE Apellidos y nombre ASISTENCIA DEL 75% (*) APROVECHA MIENTO (*) (*) Indíquese SÍ o NO. OBSERVACIONES: En (localidad), a de de Vº Bº El Director/La Directora El/La Jefe/a del Departamento El/La Profesor/Profesora Sello de la Escuela Fdo.: Fdo.: Fdo.: (Nombre y apellidos) (Nombre y apellidos) (Nombre y apellidos)
7 ANEXO II a (anverso) CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS ACREDITACIÓN OFICIAL DE ASISTENCIA Escuela Oficial de Idiomas de TÍTULO DEL CURSO:.. DURACIÓN: HORAS IDIOMA:... TÍPOLOGÍA: Desarrollo de una o varias destrezas Adquisición del lenguaje específico y habilidades comunicativas de un perfil profesional NIVEL: Básico (A2) Intermedio (B1) Avanzado (B2) C1 C2 D. / Dña., Administrador/a Secretario/a de esta Escuela HAGO CONSTAR QUE: D./Dña. (nombre y apellidos) con DNI / NIE / Pasaporte nº: Ha asistido como mínimo al 75% de las sesiones del curso arriba referenciado. El curso se ha celebrado entre el _(día) de (mes) de (año) y el _(día) de (mes) de (año). Este curso tiene como referencia el Nivel (1) del Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación del Consejo de Europa. Y para que así conste, firmo el presente documento en (2) Vº Bº El/La directora/a El/La Administrador/a Secretario/a Fdo.: Sello de la Escuela Fdo.: (Nombre y apellidos) (Nombre y apellidos) (1) A2, B1, B2, C1, C2 (2) Lugar y fecha de expedición.
8 ANEXO II a (reverso) CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS TÍTULO DEL CURSO:.. OBJETIVOS CONTENIDOS
9 ANEXO II b (anverso) CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS ACREDITACIÓN OFICIAL DE ASISTENCIA Y APROVECHAMIENTO Escuela Oficial de Idiomas de TÍTULO DEL CURSO:.. DURACIÓN: HORAS IDIOMA:... TÍPOLOGÍA: Desarrollo de una o varias destrezas Adquisición del lenguaje específico y habilidades comunicativas de un perfil profesional NIVEL: Básico (A2) Intermedio (B1) Avanzado (B2) C1 C2 D. / Dña., Administrador/a Secretario/a de esta Escuela HAGO CONSTAR QUE: D./Dña. ( nombre y apellidos) con DNI / NIE / Pasaporte nº: Ha asistido como mínimo al 75% de las sesiones del curso arriba referenciado y lo ha cursado con aprovechamiento. El curso se ha celebrado entre el _(día) de (mes) de (año) y el _(día) de (mes) de (año). Este curso tiene como referencia el Nivel (1) del Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación del Consejo de Europa. Y para que así conste, firmo el presente documento en (2) Vº Bº El/La directora/a El/La Administrador/a Secretario/a Fdo.: Sello de la Escuela Fdo.: (Nombre y apellidos) (Nombre y apellidos) (1) A2, B1, B2, C1, C2 (2) Lugar y fecha de expedición.
10 ANEXO II b (reverso) CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS TÍTULO DEL CURSO:.. OBJETIVOS CONTENIDOS
reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, por el que se establece la estructura de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
ORDEN 3661/2007, de 6 de julio, de la Consejera de Educación, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial derivadas
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 29726 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 7762 Resolución de 2 de septiembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Calidad Educativa y Formación
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 60 Miércoles 10 de marzo de 2010 Sec. III. Pág. 24343 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 4021 Resolución de 23 de febrero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación
Más detallesNúm. 94. Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 8 mayo de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones para solicitar la incorporación de alumnos a ciclos formativos de Formación Profesional Básica.
Más detallesEL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO.
CONVALIDACIONES Son objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, que se imparten en toda España y están regulados en los reales
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para la puesta en funcionamiento de la oferta parcial de formación profesional
Más detallesDISPONGO. Para ello se cumplimentará el modelo Anexo I que se inserta, y se remitirá al interesado.
";':;;:.', CIRCULAR DE LA SECRETARíA GENERAL DE EDUCACiÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LA APLICACiÓN DE LA ORDEN ECDII417/2012, DE 20 DE JUNIO, POR LA QUE SE ESTABLECE LA EQUIVALENCIA
Más detallesEn consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: I.- DISPOSICIONES GENERALES. Primero.- Marco normativo.
ORDEN DE 18 DE MAYO DE 1998, POR LA QUE SE ESTABLECEN ORIENTACIONES Y CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS CURRICULARES, ASÍ COMO LA DISTRIBUCIÓN HORARIA Y LOS ITINERARIOS FORMATIVOS DE LOS TÍTULOS
Más detallesConsejo de Gobierno 4 de marzo de 2015
NORMATIVA PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 Esta normativa
Más detallesPERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Preuniversitaria, Perfil de y de PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería Perfil de Ingreso Recomendado Aun
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 36 Viernes 11 de febrero de 2011 Sec. I. Pág. 14560 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 2614 Orden EDU/215/2011, de 8 de febrero, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 CALENDARIO ESCOLAR
Más detallesPLAN DE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
PLAN DE ACTUACIONES DE LA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Curso académico 2015/2016 1 INTRODUCCIÓN El Reglamento de la Inspección de Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno,
Más detallesPRUEBAS ESTANDARIZADAS INGLÉS
ESCRIBA EL TÍTULO DEL DOCUMENTO 1 PRUEBAS ESTANDARIZADAS INGLÉS 6º Educación Primaria 4º ESO Marco común europeo de referencia para las lenguas MCERL A1 / A2 2 Pruebas Estandarizadas Inglés DIAGNÓSTICO
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 29 de 5-ii-2016 1/5 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Empleo, Industria y Turismo Resolución de 25 de enero de 2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por
Más detallesDOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES
DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES INTRODUCCION La entrada en vigor de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como la LEA, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 31102 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 10586 Resolución de 31 de julio de 2014, por la que se establece el período lectivo del curso
Más detallesPrimera. Determinación de enseñanzas en los centros y secciones de Educación Permanente.
INSTRUCCIONES DE 27 DE MAYO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE, SOBRE PLANIFICACIÓN DE LA ESCOLARIZACIÓN PARA EL CURSO 2016/2017 EN LAS ENSEÑANZAS
Más detallesCalendario escolar
SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO
Más detallesORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2005/2006
ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2005/2006 SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL MADRID-NORTE CENTROS DE EDUCACIÓN
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 128 Lunes, 6 de julio de 2015 Pág. 44214 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2015, de la Dirección
Más detallesANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD. Convocatoria interinos ALCE de Bélgica - Curso 2016/2017
ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD Convocatoria interinos ALCE de Bélgica - Curso 2016/2017 No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración
Más detallesDOCUMENTOS INSTITUCIONALES
Las competencias de los directores y directoras tras la LOMCE DOCUMENTOS INSTITUCIONALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES SECRETARÍA GENERAL INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN 1 MODELOS DE GESTIÓN
Más detallesProgramación Didáctica 1 CEDE FILOSOFÍA. PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DEL Dpto. DE FILOSOFÍA
Programación Didáctica 1 CEDE FILOSOFÍA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DEL Dpto. DE FILOSOFÍA Programación Didáctica 2 CEDE FILOSOFÍA NOTA PRELIMINAR En este trabajo se presentan las programaciones de las asignaturas
Más detallesPruebas para la obtención directa del certificado de enseñanzas elementales:
Pruebas para la obtención directa del certificado de enseñanzas elementales: Extracto de la ORDEN de 8 de abril de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento
Más detallesMarco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos
Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de
Más detallesUniversidad Europea del Atlántico Página 1 de 7
Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa, acorde con la legislación universitaria vigente, tiene el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes
Más detallesANEXO I. CONSEJERIA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN MARRUECOS
ANEXO I BAREMO DE VALORACION DE MERITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN REGIMEN DE INTERNIDAD EN CENTROS Y PROGRAMAS DE LA ACCION EDUCATIVA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR CURSO 2016/2017 Méritos Puntos Documentos
Más detallesCERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. INAEM - PILAR DUERTO SEGURA IAJ. 15 de Mayo de 2012
CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD INAEM - PILAR DUERTO SEGURA IAJ. 15 de Mayo de 2012 CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Instrumento que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral
Más detallesDocumentos Resolución, 3 nov 98, del Director de la Academia Canaria de Seguridad de la Presidencia del Gobierno, por la que se convoca el curso de
Resolución, 3 nov 98, del Director de la Academia Canaria de Seguridad de la Presidencia del Gobierno, por la que se convoca el curso de Formación Básica para el ingreso a los Cuerpos de Policía Local
Más detallesPROGRAMA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS
PROGRAMA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Índice: Qué son Organización de las enseñanzas. Alumnado y grupos específicos. Matrícula. 1 La educación de personas adultas se enmarca dentro de la educación permanente.
Más detallesI. Disposiciones generales
I. Disposiciones generales DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 16 de febrero de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la prueba libre para la obtención
Más detallesORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero
Artículo 4. Contenido de la actividad formativa. 1. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado
Más detallesORDEN de 12 de abril de 2012 por la que se que se regula el proceso de evaluación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Extremadura.
8714 ORDEN de 12 de abril de 2012 por la que se que se regula el proceso de evaluación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Extremadura. (2012050085) El Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, fija
Más detallesFormación de Auditores Internos para Organismos de Certificación de Personas
Presentación Formación de Auditores Internos para Organismos de Certificación de Personas Las crecientes necesidades en las organizaciones de contar con personal competente y confiable han estimulado el
Más detallesNormativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM
Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en
Más detallesPROCESO DE ADMISIÓN Y ESCOLARIZACIÓN EN LOS CENTROS QUE IMPARTEN PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS
PROCESO DE ADMISIÓN Y ESCOLARIZACIÓN EN LOS CENTROS QUE IMPARTEN PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS CURSO 2016/2017 ADMISIÓN DE NIÑOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Más detallesPROGRAMA DE POSTGRADO Máster, Diploma de Especialización, Diploma de Experto y Certificado de Formación del Profesorado.
Curso académico 2016-2017 Didáctica de la Geografía y Ciencias Sociales: Fundamentación, Programación y Aplicación de las Nuevas Tecnologías del 1 de diciembre de 2016 al 31 de enero de 2017 6 créditos
Más detallesPREÁMBULO 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
ACUERDO SOBRE CONDICIONES LABORALES, PRESTACIONES SOCIALES Y RÉGIMEN DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN Y MORAL CATÓLICA Y OTRO PERSONAL DOCENTE NO SUJETO NI A CONVENIO COLECTIVO NI
Más detallesBecas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA
Becas Excelencia. 2014 Información General Estado ABIERTA Plazo de presentación de solicitudes Del 1 al 17 de septiembre (ambos inclusive) Orden En el caso de entrega presencial o telemático, el día que
Más detallesDesarrollo de Componente Software y Consultas dentro del Sistema de Almacén de Datos (Online)
Desarrollo de Componente Software y Consultas dentro del Sistema de Almacén de Datos titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Desarrollo de
Más detallesLINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCCIÓN 12 de octubre de 2010 Los presentes lineamientos son el resultado de los trabajos realizados por la Comisión
Más detallesDICTAMEN 19/2016. D. Rafael Carbonell Peris Presidente. D. José María de Ramón Bas Vicepresidente
DICTAMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE (CP10/2016) SOBRE EL PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LOS INSTITUTOS BILINGÜES ESPAÑOL- INGLÉS DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. Rafael Carbonell Peris Presidente D.
Más detallesTITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES
Experto en Técnicas de Motivación para el Trabajo en Equipo TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Experto en Técnicas de Motivación para
Más detallesTécnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9
Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado
Más detallesPROFESIONAL DUAL EN CENTROS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Ref: 09/726124.9/13 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CICLOS FORMATIVOS DE
Más detalles2. Relación de ciclos formativos LOE con el primer curso en común
CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCA- CIÓN DE ADULTOS SOBRE LA ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN SEGUNDO CURSO DE UN CICLO FORMATIVO LOE DE ALUMNADO PROCEDENTE DE OTRO CICLO FOR- MATIVO
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 83 Viernes, 3 de mayo de 2013 Pág. 28844 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/283/2013, de 22 de abril, por la
Más detallesPrimero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
9619 RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro y se dispone la publicación del texto de la modificación del V Convenio Colectivo
Más detallesPROGRAMA FORMATIVO PARA LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS A TRAVÉS DE VÍAS NO FORMALES
PROGRAMA FORMATIVO PARA LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS A TRAVÉS DE VÍAS NO FORMALES CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de
Más detallesEstablecimiento de la Imagen Corporativa de una Floristería (Online)
Establecimiento de la Imagen Corporativa de una Floristería (Online) titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Establecimiento de la Imagen
Más detallesGOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
ANEXO I CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS TERMINALES ESPECÍFICAS DE CERTIFICACIÓN DE LOS NIVELES BÁSICO, INTERMEDIO, AVANZADO Y C1 DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL DEL AÑO 2016 Primero.- Objeto
Más detallesPrograma para la Mejora del Éxito Educativo
Programa para la Mejora del Éxito Educativo ORDEN EDU/872/2014, de 10 de octubre, por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL de 22 de
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 4 VIERNES 22 DE JUNIO DE 2007 B.O.C.M. Núm. 147 I. COMUNIDAD DE MADRID 2334 A) Disposiciones Generales Consejería de Educación DECRETO 31/2007, de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
Más detallespreciso contar con los requisitos académicos necesarios para acceder al nivel de formación profesional en el que esté definida la unidad formativa.
RESOLUCIÓN 51/2010, de 24 de febrero del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se regula la oferta y el procedimiento de acreditación de unidades formativas de títulos de
Más detallesMANUAL DE PROCESOS DEL SGIC. Directriz 3: Garantía y mejora de la calidad del personal académico y de apoyo a la docencia
Directriz 3: Garantía y mejora de la calidad del personal académico y de apoyo a la docencia P3.6: Proceso de formación del personal académico 1. Objeto 2. Alcance 3. Referencias/Normativa 4. Definiciones
Más detallesA LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA COMUNIDAD DE MADRID
A LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA COMUNIDAD DE MADRID hija.., DON., mayor de edad, con DNI Nº y domicilio a DECIMOS: PRIMERO.- Somos un grupo de padres
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229 Martes 22 de septiembre de 2009 Sec. I. Pág. 78735 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 14961 Real Decreto 1379/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados
Más detallesINSTRUCCIONES. PRIMERA. Centros seleccionados y carácter de la enseñanza.
INSTRUCCIONES DE 28 DE MAYO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE AULAS CONFUCIO DE ENSEÑANZA DE LA LENGUA, EL ARTE Y
Más detallesFacultad de Ciencias de la Actividad Fi sica y el Deporte de Madrid (INEF). Situada en la Ciudad Universitaria de Madrid, C/ Marti n Fierro,7.
CURSO ESCUELA DE ENTRENADORES LUGAR FECHA Seminario sobre el Plan de Formación de jugadores de rugby menores de 13 años. Facultad de Ciencias de la Actividad Fi sica y el Deporte de Madrid (INEF). Situada
Más detallesRESUELVO: Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.
HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKA ETA KULTURA SAILA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA Resolución de 23 de febrero de 2016 de
Más detallesESCOLARIZACIÓN
BACHILLERATO PARA PERSONAS ADULTAS I.E.S VELÁZQUEZ (SEVILLA) ESCOLARIZACIÓN 2016-17 Solicitudes de admisión: Del 1 al 15 de junio de 2016 Matriculación para los alumnos admitidos: Del 1 al 10 de julio
Más detallesINFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PUBLICACIÓN CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Delegación del Gobierno para la Violencia de Género INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS
Más detallesINFORME FINAL PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE
EXPEDIENTE Nº (4310297) FECHA: 01/08/2014 INFORME FINAL PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE Denominación del Título Universidad (es) Centro/s donde se imparte Menciones / Especialidades Modalidad (es)
Más detallesDecreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)
Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación
Más detallesPROGRAMA DE DESARROLLO PROFESIONAL Y PERSONAL
Curso académico 2016-2017 Aprendo a Solucionar Conflictos: Estrategias, Técnicas, Programas y Actividades para Aprender Conductas Positivas del 15 de diciembre de 2016 al 14 de junio de 2017 6 créditos
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID 2761 A) Disposiciones Generales Consejería de Educación ORDEN 3530/2009, de 22 de julio, sobre convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y Danza y la Educación
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 39740 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 14800 Resolución de 11 de octubre de 2013, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Atención
Más detallesDISPONGO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Orden ECD/XX/XXXX, de XX de XXXXXXXX, que establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos en
Más detallesBASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR
Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
Más detallesREGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 15/12/2008 La Universidad de Huelva tiene previsto implantar en el curso académico
Más detallesINFORME REQUISITOS DEL PROFESORADO PARA ESO Y BACHILLERATO EN CENTROS PRIVADOS/CONCERTADOS
INFORME REQUISITOS DEL PROFRADO PARA Y BACHILLERATO EN CENTROS PRIVADOS/CONCERTADOS NORMATIVA APLICABLE Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposiciones relativas
Más detallesprocedimiento de expedición del carné, su período de validez, caducidad y renovación, y cualesquiera otras cuestiones necesarias para una regulación
Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 239/2008,de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación
Más detallesDepartamento de Filología Española, Lingüística General y Teoría de la Literatura
1 de 5 PROPUESTA DE APROBACIÓN DE CURSO DE ESPECIALIZACIÓN Y ACTIVIDADES ACADÉMICAS ORIENTADAS A LA FORMACIÓN 1. Denominación del curso / actividad (Se debe consignar la denominación del curso en castellano,
Más detallesPROGRAMA DE POSTGRADO Máster, Diploma de Especialización, Diploma de Experto y Certificado de Formación del Profesorado.
Curso académico 2014-2015 Discapacidad Intelectual: Diagnóstico e Intervención Psicoeducativa del 1 de diciembre de 2014 al 31 de mayo de 2015 6 créditos CERTIFICADO DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO Características:
Más detallesLa ley y las competencias profesionales en baloncesto.
La ley y las competencias profesionales en La ley 10/1990, de 15 de octubre. del Depone en su título VII sobre investigación y enseñanzas deportivas dice en su artículo 55 que: l. El Gobierno. a propuesta
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID 2032 Consejería de Educación ORDEN 2318/2008, de 29 de abril, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la prueba de certificación de los niveles básico, intermedio
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la natación como
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente
Más detallesPA02. GESTIÓN DE EXPEDIENTES Y TRAMITACIÓN DE TÍTULOS
Índice 1. Objeto 2. Alcance 3. Referencias/Normativa 4. Definiciones 5. Desarrollo de los procesos 6. Seguimiento y Medición 7. Archivo 8. Responsabilidades 9. Flujograma ANEXOS: No proceden Edición Fecha
Más detallesObjetivos generales del módulo
CURSO: 2011/2012 MÓDULO CICLO GRADO MEDIO HORAS: PROFESOR: OPERACIONES ADMINISTRATIVAS DE COMPRA-VENTA TÉCNICO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. 4 HORAS SEMANALES. ANA MARÍA ESQUINAS FERNÁNDEZ Objetivos generales
Más detallesINSCRIPCIÓN PARA HACER LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
INSCRIPCIÓN PARA HACER LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL Apellidos: Nombre: Dirección: Móvil: Teléfono: Localidad: CP: DNI: Dirección electrónica: EXPONGO:
Más detallesANEXO II BAREMO DE MÉRITOS. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral:
ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS I. EXPERIENCIA DOCENTE. Máximo 8 puntos. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral: 1.1. En Centro Públicos: 1, 00 puntos. 1.2. En
Más detallesCALENDARIO ACADÉMICO CURSO
El presente Calendario se establece en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento General de Actividades Docentes, aprobado por Acuerdo del Claustro de 5/2/2009 y resulta de aplicación
Más detallesSistema de Garantía Interna de Calidad de los programas de doctorado de la UAM
Página 1 de 7 8.1.1. - E1-F1: Unidad responsable del Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) del programa de doctorado: identificación, normas de funcionamiento y participación de los grupos de interés
Más detallesGestión y Coordinación de los Canales de Distribución de Seguros (Online)
Gestión y Coordinación de los Canales de Distribución de Seguros (Online) titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Gestión y Coordinación
Más detallesGuía docente Título superior de diseño
Dirección Xeral de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa EEASSD DO SISTEMA EDUCATIVO DE GALICIA Modelo MD75PRO0_ Guía docente Título superior de diseño Especialidad: Gráfico Disciplina:
Más detallesEn virtud de esta votación, el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha aprueba el siguiente Dictamen:
Dictamen 8/2008 del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha sobre el Proyecto de Orden por la que se ordenan y organizan las enseñanzas del bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Más detallesANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS
ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS I. GENERALIDADES Comprende la información general acerca del proceso de contratación administrativa
Más detallesAuditor de Sistemas de Gestión de la Calidad (ISO 9001:2015) (Online)
Auditor de Sistemas de Gestión de la Calidad (ISO 9001:2015) (Online) TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Auditor de Sistemas de Gestión
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se crea el portal de procedimientos para el intercambio de datos y aplicaciones del censo electoral entre la Oficina del
Más detallesII. Autoridades y Personal. b) Oposiciones y concursos. Núm. 218. Boletín Oficial de Aragón DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
II. Autoridades y Personal b) Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 30 de octubre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215 Sábado 7 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 64808 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9414 Real Decreto 610/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados
Más detallesOrden por la que se regulan las
EDUCACIÓN, CULTURA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Orden por la que se regulan las características y se establecen la
Más detallesPROCEDIMIENTO CLAVE PARA EL EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE DE LA ULPGC
PROCEDIMIENTO CLAVE PARA EL FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE DE LA ULPGC 1. OBJETO... 3 2. ALCANCE... 3 3. REFERENCIAS / NORMATIVA... 3 4. DEFINICIONES... 4 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO...
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51 Sábado 28 de febrero de 2009 Sec. I. Pág. 20522 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE 3424 Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen
Más detallesLa organización de la Educación Primaria por ciclos. Efectos educativos y académicos de las evaluaciones externas y de diagnóstico.
ENCUESTA AL PROFESORADO ANDALUZ La organización de la Educación Primaria por ciclos. Efectos educativos y académicos de las evaluaciones externas y de diagnóstico. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa
Más detallesAplicación de Cosméticos para los Cambios de Color del Cabello (Online)
Aplicación de Cosméticos para los Cambios de Color del Cabello (Online) titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Aplicación de Cosméticos
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL Aprobado por la Junta de Escuela de 28 de mayo de 2015 La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y sus posteriores modificaciones
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO UNIVERSIDADES
Núm. 61 Viernes 11 de marzo de 2016 Sec. III. Pág. 19661 III. OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDADES 2492 Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Universidad de Huelva, por la que se publica la modificación
Más detalles