PLAN DE IGUALDAD ACCIONA FACILITY SERVICES, S.A.

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1 PLAN DE IGUALDAD ACCIONA FACILITY SERVICES, S.A. En cumplimiento con la Ley orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, se presenta como una oportunidad estratégica para gestionar la diversidad como fuente de ventaja competitiva y como objeto de sostenibilidad, desde una perspectiva social y de gestión de recursos Humanos. OBJETIVOS Promover la defensa y desarrollo de acciones que indican en los principios de igualdad entre hombres y mujeres, que garanticen las mismas oportunidades de ingreso, desarrollo y promoción en todos los ámbitos. Lograr una participación y representación equilibrada de la mujer en la organización de la empresa. Promover las posibilidades de acceso y promoción de la mujer a puestos de responsabilidad, reorientando situaciones de desigualdad. Dar cumplimiento a los requisitos legales aplicables en materia de igualdad de oportunidades. Prevenir las posibles discriminaciones laborales por acoso sexual o por razón de sexo, estableciendo protocolos de actuación. Reforzar el compromiso de responsabilidad social de Acciona Facility Services, fomentando el principio de oportunidades y mejorar la vida de sus empleados y de sus familias. Garantizar y mejorar las condiciones de trabajo y de salud laboral sin menoscabo del género ocupante de dicho puesto de trabajo. ACCIONES A TOMAR 1. SELECCIÓN Revisar los documentos de solicitud y selección de personal, eliminando todo lenguaje sexista y cualquier apartado que pueda resultar discriminatorio. 2. PROMOCIÓN Elaborar el seguimiento de la distribución por sexo de las promociones realizadas. 3. FORMACIÓN La detección de las necesidades de formación se llevará a cabo sobre el total de plantilla. Se fomentará la formación en el personal femenino. Se fomentará la formación en horas de trabajo o a distancia para minimizarlas dificultades de asistencia. 4. RETRIBUCIÓN Establecer indicadores de las retribuciones por categorías y antigüedades, en relación con el sexo, para tutelar las posibles diferencias que pudieran aparecer. 5. CONCILIACIÓN FAMILIAR Difundir la ley de conciliación familiar y laboral. Asesorar sobre los permisos y excedencias existentes en la normativa laboral en los casos que sean solicitados por los trabajadores y trabajadoras. 6. SALUD EN EL TRABAJO El departamento de seguridad y salud tiene como prioridad la protección del colectivo de personas embarazadas, fomentando en la organización las situaciones de IT por riesgo de embarazo cuando existe el mínimo riesgo o constancia del mismo en las trabajadoras y evaluando los puestos de trabajo de forma general y específicos, con la finalidad de reducir accidentes y/o enfermedad profesional con

2 especial atención en los casos de embarazo y lactancia. 7. ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO Acciona tiene creado un procedimiento para todo tipo de acoso basado en la normativa SA8000 de responsabilidad social y demás temas de Prevención de riesgos Laborales, además de este procedimiento y para fomentar la igualdad se realizaran las siguientes acciones: Se incluirán en los cursos de formación a mandos intermedios el tema de la prevención del acoso. Se reflejará en los documentos de comunicación internos como declaración de principios, el compromiso de la Organización por erradicar cualquier conducta de acoso, garantizando la tutela empresarial de las situaciones de acoso y la defensa del derecho de los empleados a ser tratados con dignidad. Establecer los correspondientes indicadores que hayan por el tema de a coso sexual o por razón de sexo, así como la cuantificación económica, indemnizaciones sanciones, etc, que por este tema se tenga que hacer frente llegado el caso. 8. COMUNICACIÓN Comunicar a toda la plantilla los beneficios de la igualdad de género, creando canales de comunicación, como buzones de sugerencias que permitan encontrar mejoras en materia de igualdad. 9. CAMPO DE APLICACIÓN FUNCIONAL, PERSONAL Y TEMPORAL El presente Plan de Igualdad será de aplicación a Acciona Facility Services, S.A. y a todos los trabajadores y trabajadoras de la misma, así como a las empresas participadas por esta directa o indirectamente, con un porcentaje superior al 50%. Tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2012, no debe entenderse como un texto cerrado, debido a que anualmente se realizarán reuniones donde la empresa confeccionara la evaluación de la situación, para valorar el alcance de las medidas y poder programar la estrategia del año siguiente. 10. SEGUIMIENTO DEL PLAN Se elaboraran informes anuales del Plan así como de conclusiones. 11. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Se creará una comisión de seguimiento y evaluación del Plan para controlar su cumplimiento y desarrollo, será una comisión paritaria dos representantes por parte de la empresa y dos representantes por la parte social, uno por cada sindicato firmante. (UGT y CCOO). El Plan adjunta como Anexo I, Procedimiento de actuación para los caso de manifestaciones posibles de acoso laboral de carácter físico, psicológico, moral, de abuso de autoridad, así como el acoso sexual y por razón de sexo. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

3 La Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres que reside en la eliminación de la discriminación de la mujer sobre todo dentro del ámbito laboral, cuyo objetivo final es integrar la igualdad de oportunidades dentro de la organizaciones y eliminar la discriminación por razón de sexo. Dicho plan será de aplicación para toda la platilla de la empresa CEEPILSA, incluyendo a todos sus colaboradores y colaboradoras y los futuros centros que puedan abrirse en un futuro. PLAN DE IGUALDAD CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA, S.A. OBJETIVOS Garantizar la igualdad de oportunidades en el seno de la empresa y evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Información y sensibilización a toda la plantilla en materia de igualdad Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad y de especialización Utilizar lenguaje neutro en los procedimientos de difusión de las ofertas de empleo en todos los ámbitos, tanto internos como externos. Favorecer en los procesos de selección y en igualdad de condiciones la contratación del género menor representado. Tender a una representación equilibrada de mujeres y hombres en la formación para grupo profesionales de especialistas, en la estructura básica y en operativa. Detectar las causas por las que las mujeres dispones de jornadas con duración media inferior a las de los hombres y proponer en su caso las medidas correctoras. ACCIONES Informar a todos los trabajadores/as de los derechos y las medidas de conciliación prevista por la legislación y aprobadas por la Ley 3/2007.

4 Se realizará un de formación especifico para trabajadores/as en materia de Igualdad. Establecer que en las categorías en las cuales exista subrepresentación de género, en igualdad de condiciones, se de preferencia al genero menos representado, tanto en los procedimientos de selección como de promoción. Sensibilizar e informar a todas las personas responsables involucradas en los procesos de selección de forma que el lenguaje en relación a la definición de puestos de no sea sexista. Incorporar dentro del proceso de selección y contratación de la empresa aspectos de igualdad que concreten un acceso al empleo del género menor representado. Para la evaluación y seguimiento del Plan se creará una Comisión de Seguimiento compuesta por cuatro miembros en representación de la empresa y cuatro por la parte social, 2 de CC.OO y 2 de UGT., esta comisión se reunirá dos veces al año y realizará un informe anual donde se refleje el avance respecto a los objetivos de igualdad dentro de la empresa, para comprobar la efectividad de las medidas puestas en marcha. El Plan Cuenta con una guía de buenas prácticas y protocolos de actuación en casos de acoso. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid El Plan entra en vigor el 18 de diciembre se 2009 y tiene una vigencia de cuatro años.

5 PLAN DE IGUALDAD CLECE, S.A. La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, impone la obligación a las empresa con más de doscientos cincuenta trabajadores de negociar un Plan de Igualdad. Obligando a las empresas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. OBJETIVOS Aplicar el principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres en el acceso al empleo y formación profesional, asegurando la ausencia de procedimientos o políticas discriminatorias por razón de sexo en materia de selección, contratación y formación. Conseguir una mayor representación de género en aquellas categorías profesionales en las que se hallen menos representados, promoviendo acciones que favorezcan el acceso o promoción a dichos puestos. Facilitar la inserción de mujeres víctimas de violencia de género y dar a conocer al personal contratado los derechos laborales de este colectivo Participación de la representación legal de los trabajadores en la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, mediante la sensibilización de los trabajadores frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo. MEDIDAS Y PROPUESTAS DE IGUALDAD 1. SELECCIÓN DEL PERSONAL Los procesos de selección se realizarán en base a procedimientos de carácter objetivo valorando la adecuación de la persona al puesto en función de criterios de idoneidad. Las ofertas de empleo se publicaran con información ajustada a las características y requisitos del puesto y eliminando lenguaje sexista. 2. MEDIDAS DE ACCESO AL EMPLEO EN EL ÁREA DE MANTENIMINENTO Se impulsarán medidas de dirigidas a favorecer el acceso de mujeres a empleos dentro del área de mantenimiento donde actualmente se encuentren infra-representadas, las pruebas serán objetivas y adecuadas al puesto de trabajo. Se difundirá entre los trabajadores cursos de formación a través tablones de anuncio que promuevan conocimientos específicos que faciliten el acceso a estas posiciones. 3. FORMACIÓN Se garantizará el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de la empresa tanto interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres, desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de empleo; se tenderá a la realización de cursos de formación dentro de la jornada laboral. 4. MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO La empresa se compromete a promover la sensibilización contra la violencia de género

6 facilitando la inserción las víctimas y promoviendo entre el personal de la empresa el conocimiento de los derechos laborales de este colectivo. La trabajadora victima de género tendrá los siguientes derechos: - Adopción de jornada reducida u horario flexible - Preferencia en la solicitud para ocupar un puesto de categoría equivalente en otros centros de trabajo, con reserva de su antiguo puesto durante 6 meses. - Posibilidad de suspender su contrato de trabajo durante 6 meses, extensibles hasta 18 mese. - Posibilidad de extinguir su contrato de trabajo con derecho al desempleo, en los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social. - Las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se considerarán justificadas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud. Se creará una comisión de seguimiento que realizará las evaluaciones oportunas del cumplimiento y seguimiento del Plan, formada por representantes de la empresa y dos representantes de los trabajadores uno por cada sindicato mayoritario. La comisión se reunirá anualmente para proponer la incorporación de nuevos objetivos y estrategias a seguir. El presente Plan extiende su aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras adscritos a cualquiera de los centros de trabajo de la empresa Clece y tendrá una duración de dos años. El incluye un Código de buenas practicas (Anexo I) y Protocolos de Acoso Laboral y de Acoso Sexual y por razón de sexo. (Anexo II). FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

7 La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo tiene como pretensión el promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida social, incluyendo por supuesto el laboral. El Presente plan se ha establecido con la finalidad de enumerar e integrar una serie de medidas orientadas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres de la empresa Eulen, S.A. Las principales actividades a las que les afecta este Plan son: - Limpieza - Mantenimiento - Medio Ambiente - Aparte de los señalados se realiza una gran variedad de servicios auxiliares a empresas como: lectura de contadores, telemarketing, atención e información, etc. El Plan cuenta con un procedimiento de actuación para todo tipo de acoso. PLAN DE IGUALDAD EULEN, S.A. OBJETIVOS DEL PLAN DE IGUALDAD Incrementar el número de trabajadoras en aquellas categorías donde se encuentren menos representadas. Aplicar el principio de igualdad en el acceso al empleo, formación y promoción profesional, conciliación y prevención de cualquier tipo de acoco por parte de los mandos intermedios en la empresa. Participación de la representación legal de los trabajadores en la difusión y aplicación de los protocolos. Promover la defensa y desarrollo de las acciones que garanticen las mismas oportunidades entre hombres y mujeres en el ingreso, desarrollo y promoción. Promover las posibilidades de acceso y promoción de la mujer a puestos de responsabilidad. Garantizar y mejorar las condiciones de trabajo y de salud laboral. ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Se constituirá una comisión de seguimiento compuesta por dos personas como máximo por cada organización integrante, las funciones de dicha comisión serán las siguientes: Comprobar si las medidas realizadas han producido alguna mejora. Replanteamiento de objetivos si fuera necesario. Modificación de las medidas o adopción de nuevas si fuera pertinente.

8 VIGENCIA DEL PLAN DE IGUALDAD El Plan tiene una vigencia de 5 años, la comisión de seguimiento del Plan realizara informes anuales para valorar el alcance y la efectividad de las medidas del Plan. MEDIDAS DE CONCILIACIÓN Y CONCIENCIACIÓN MEDIDAS DE CONCILIACIÓN El plan recoge las medidas del Estatuto de los Trabajadores en materia de conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores, introducidas algunas de ellas en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. MEDIDAS DE CONCIENCIACIÓN Campañas de difusión y sensibilización, a través del boletín interno, correo electrónico y publicación en el portal del empleado. Sesiones informativas, con el objetivo de dar a conocer el Plan. Información sobre permisos y excedencias existentes en la normativa laboral. Fomentar la utilización de los permisos parentales. Difusión de la ley de conciliación de la vida familiar y laboral. Recogida de sugerencias a través del buzón, sobre igualdad de oportunidades y conciliación. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

9 PLAN DE IGUALDAD FOMENTO CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. En cumplimiento con la Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo de, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se ha negociado y acordado el presente Plan de Igualdad, constituyendo así un conjunto ordenado de medidas que permitirán lograr en el ámbito global para el que ha sido diseñado los objetivos de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar cualquier atisbo de discriminación por razón de sexo. Formando parte del propio Plan de Igualdad el Protocolo para la Prevención de Situaciones de acoso Laboral y Sexual. OBJETIVOS DEL PLAN DE IGUALDAD Promover la defensa y aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres, garantizando en el ámbito laboral las mismas oportunidades de ingreso y desarrollo profesional a todos los niveles. Mejorar la distribución equilibrada de géneros en el ámbito de aplicación del Plan. Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad. Prevenir la discriminación laboral por razón de sexo, estableciendo un protocolo de actuación para estos casos. Reforzar el compromiso de sostenibilidad y responsabilidad social corporativa asumido por el Grupo, en orden a mejorar la calidad de vida de los empleados y de sus familias, así como de fomentar el principio de igualdad de oportunidades. Establecer principios de exclusión de cualesquiera medidas que pudiesen perjudicar la conciliación de la vida laboral con la vida familiar y personal de las trabajadoras y trabajadores. AREAS DE ACTUACIÓN 1. ACCESO AL EMPLEO Informar y sensibilizar a los interlocutores e intermediarios de la necesidad de la selección en Igualdad, introduciendo prácticas orientadas a contratar a mujeres en puestos tradicionalmente masculinos. Establecer un registro de información desagregado por sexos. Eliminar de los documentos el lenguaje que pudiera resultar discriminatorio. 2. PROMOCIÓN Crear un protocolo o procedimiento de seguimiento de las promociones. Establecer un seguimiento de la distribución por sexos de la participación en las promociones realizadas a fin de tener información del porcentaje de mujeres y hombres que han promocionado, así como el número de candidatos presentados, segregados por sexo. 3. FORMACIÓN Realizar cursos o jornadas de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades. Establecer módulos de igualdad de oportunidades en todos los cursos de formación ofertados por la empresa. 4. RETRIBUCIÓN Establecer indicadores que relacionen diferencias salariales por grupos y antigüedad, con el objeto de tutelar que las diferencias tienden a reducirse.

10 5. MATERIA DE CONCILIACIÓN Difusión de la ley de conciliación de la vida familiar y laboral. Informar al colectivo masculino sobre sus derechos como padres para fomentar la utilización de los permisos parentales. 6. MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS DE LA SITUACIÓN DE DISCRIMINACIÓN La Comisión de seguimiento del Plan impulsará la revisión de los convenios colectivos de la empresa para cada centro de trabajo, al objeto de proponer las modificaciones de las posibles medidas discriminatorias. 7. PREVENCIÓN DEL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y SEXUAL La empresa cuenta con un procedimiento de actuación en Casio de acoso sexual y por razón de sexo, no obstante se realizarán campañas de comunicación sobre los procedimientos de acoso. Se incluirán cursos de formación sobre prevención del acoso. 8. OTRAS MEDIDAS Se utilizará los medios de comunicación como revistas de la empresa, tablones de anuncios Internet, etc. para difundir el programa de igualdad. En las reuniones de la empresa se introducirá el tema de la igualdad de oportunidades. Se recogerán sugerencias sobre igualdad de oportunidades y conciliación en un buzón de sugerencias. ACCIONES ESPECIALES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN El presente Plan será de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras de la empresa FCC, S.A. en todos sus centros de trabajo, así como para todos los trabajadores y trabajadoras de todas las empresas filiales de aquella de la división de Medio Ambiente en sus respectivos centros de trabajo. Su duración será de 5 años, hasta el 31 de diciembre de A partir del primer año de vigencia se realizarán, con carácter anual un informe de situación a 31 de diciembre, para poder valorar el alcance de las medidas y programar la estrategia del año siguiente. Se creará una Comisión de Seguimiento constituida por seis miembros, dos por parte de la Dirección de la empresa, y dos miembros por cada una de las representaciones sindicales firmantes. El plan cuenta con un Protocolo para la Prevención se situaciones de acoso laboral y sexual en grupo FCC. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

11 PLAN DE IGUALDAD GRUPO FERROVIAL En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se ha negociado y acordado el presente Plan de Igualdad, se aplicará a todas las empresa del Grupo Ferrovial. Se ha realizado un diagnostico para detectar las necesidades y definir los objetivos de mejora, estrategias y propuestas que se integran en el Plan de Igualdad. Las empresas que se consideran incluidas en ese ámbito son: a) FERROSER b) CESPA, Compañía española de Servicios Públicos Auxiliares c) CESPA, Gestión de Residuos, S.A. d) EUROLIMP OBJETIVOS DEL PLAN DE IGUALDAD Garantizar el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito referido en este acuerdo. Mejorar la presencia de la mujer facilitando su acceso al empleo, su promoción en igualdad de condiciones con el hombre. Promover la eliminación de desigualdades para evitar que existan desequilibrios laborales entre mujeres y hombres. Prevenir y combatir la discriminación indirecta y erradicar cualquier conducta discriminatoria por razón de sexo. Potenciar el compromiso de responsabilidad social corporativa asumido por el Grupo Ferrovial. Fomentar la mejora de la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras promoviendo medidas de conciliación de la vida personal y familiar con la vida laboral. MATERIAS DE ACTUACIÓN 1) SELECCIÓN Y PROMOCIÓN Los puestos de trabajo serán ocupados por las personas más adecuadas en función de sus capacidades, aptitudes, formación experiencia y en un marco de igualdad desde la definición de las criterios de selección, hasta la designación de la persona más apta para cada puesto. 2) FOMACIÓN Se garantiza el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de la empresa tanto interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo, desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de empleo. 3) CONDICIONES DE TRABAJO Se establecerán programas específicos para incrementar la presencia de mujeres como candidatas, en aquellos puestos de trabajo que están subrepresentadas, y especialmente en los puestos de mayor responsabilidad. 4) COMUNICACIÓN Se elaborará una guía de lenguaje no sexista en una primera fase para todas las personas que trabajan en las Direcciones de Recursos Humanos. Reservar espacios en la Intranet, revistas y reuniones de empresa para la concienciación y publicidad de la igualdad de oportunidades.

12 Crear foros de comunicación interna sobre la materia. Informar a las empresas colaboradoras de los compromisos adquiridos en materia de igualdad. 5) CONCILIACIÓN Dentro del Plan se desarrollaran acciones específicas para dar a conocer y fomentar el uso de todas las medidas recogida en la Ley de Igualdad, especialmente referidas a permisos y excedencias en la normativa laboral. 6) PREVENCIÓN DEL ACOSO Aunque existe un protocolo de denuncia y actuación en materia de acoso sexual es conveniente reforzar su difusión y publicidad, para lo cual se llevarán a cabo distintas campañas informativas de comunicación sobre los procedimientos y canales de denuncia, así como la formación que se requiera al respecto. 7) VIOLENCIA DE GÉNERO La trabajadora víctima de violencia de género tendrá los siguientes derechos quese detallan a continuación; - Posibilidad de suspenderle contrato de trabajo por 6 meses, extensibles hasta los 18 meses. - En estos casos podrán flexibilizarse los criterios de concesión de anticipos a la trabajadora víctima de violencia de género (al personal) para atender situaciones de necesidad. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN Se creará una Comisión de Seguimiento compuesta por 10 miembros, de los cuales 5 serán designados por GRUPO FERROVIAL y los otros 5 designados por los representantes sociales (uno por cada una de las federaciones firmantes). Está comisión se reunirá de forma periódica como mínimo dos veces al año y elaborará un informe anual de conclusiones en el que se refleje la evolución de las indicadores y objetivos alcanzados y proponiendo las recomendaciones que consideren oportunas. El Plan tendrá una vigencia de 5 años. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

13 La ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres pretende la prevención de las conductas discriminatorias y la previsión de políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad. El artículo 45 de la Ley dispone que las empresas estén obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberían adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar con los representantes legales de los trabajadores. OBJETIVOS DEL PLAN PLAN DE IGUALDAD ISS FACILITY SERVICES, S.A. Incrementar el número de trabajadoras en el acceso y promoción profesional en aquellas categorías profesionales menos representadas. Pactar una relación de puestos adaptados y exentos de riesgos en situación de embarazo y lactancia. Aplicar el principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres en el acceso al empleo, Formación y promoción profesional, conciliación y prevención del acoso por parte de los mandos intermedios. Participación de la representación de los trabajadores en la difusión y aplicación del Protocolo para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Dar a conocer al personal contratado los derechos laborales de la victima de violencia de género. ESTRATEGIAS Y PRÁCTICAS A ADOPTAR Se establecerá una previsión anual del número de trabajadores y trabajadoras de aquellas categorías infra-representadas, solicitando al área de formación de la empresa la preparación y realización de cursos para cubrir dichas necesidades., dando prioridad a las mujeres en aquellas categorías menos representadas. Se elaborará un Protocolo de valoración de los Riesgos Profesionales a los efectos de la prestación de riesgo durante el embarazo y en la lactancia.

14 En cada delegación se impartirá información en materia de igualdad. En las acciones formativas se incluirán puntos en materia de igualdad y violencia de género. Se creará protocolos de Buenas Practicas para los distintos tipos de acoso. (Están incluidos dentro del Plan de Igualdad) Se realizaran campañas divulgativas. Se efectuarán campañas informativas dirigidas ahombres y mujeres sobre los derechos de la victima de violencia de género. SISTEMAS EFICACES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE OBJETIVOS FIJADOS Se creará una comisión paritaria para el seguimiento y evaluación de los objetivos., formada por dos representantes de la empresa y dos por la parte social (1 UGT y 1 CC.OO.), además se crearán otras comisiones de seguimiento y evaluación en cada delegación, integradas por dos representantes de la empresa y dos representantes de los trabajadores. Estas comisiones se reunirán anualmente para evaluar la implantación del Plan de Igualdad en cada delegación. Anualmente se efectuará un informe de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

15 PLAN DE IGUALDAD MULTISERVICIOS AEROPORTUARIOS, S.A. La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, impone la obligación a las empresas con más de doscientos cincuenta trabajadores de negociar un Plan de Igualdad. Obligando a las empresas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. OBJETIVOS Aplicar el principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres en el acceso al empleo y formación profesional, asegurando la ausencia de procedimientos o políticas discriminatorias por razón de sexo en materia de selección, contratación y formación. Conseguir una mayor representación de género en aquellas categorías profesionales en las que se hallen menos representados, promoviendo acciones que favorezcan el acceso o promoción a dichos puestos. Facilitar la inserción de mujeres víctimas de violencia de género y dar a conocer al personal contratado los derechos laborales de este colectivo. Participación de la representación legal de los trabajadores en la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, mediante la sensibilización de los trabajadores frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo. MEDIDAS Y PROPUESTAS DE IGUALDAD 1. SELECCIÓN DEL PERSONAL Los procesos de selección se realizarán en base a procedimientos de carácter objetivo valorando la adecuación de la persona al puesto en función de criterios de idoneidad. Las ofertas de empleo se publicaran con información ajustada a las características y requisitos del puesto y eliminando lenguaje sexista. 2. MEDIDAS DE ACCESO AL EMPLEO EN EL ÁREA DE MANTENIMINENTO Se impulsarán medidas de dirigidas a favorecer el acceso de mujeres a empleos dentro del área de mantenimiento donde actualmente se encuentren infra-representadas, las pruebas serán objetivas y adecuadas al puesto de trabajo. Se difundirá entre los trabajadores cursos de formación a través tablones de anuncio que promuevan conocimientos específicos que faciliten el acceso a estas posiciones. 3. FORMACIÓN Se garantizará el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de la empresa tanto interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres, desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de

16 empleo; se tenderá a la realización de cursos de formación dentro de la jornada laboral. 4. MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO La empresa se compromete a promover la sensibilización contra la violencia de género facilitando la inserción las víctimas y promoviendo entre el personal de la empresa el conocimiento de los derechos laborales de este colectivo. La trabajadora victima de género tendrá los siguientes derechos: - Adopción de jornada reducida u horario flexible - Preferencia en la solicitud para ocupar un puesto de categoría equivalente en otros centros de trabajo, con reserva de su antiguo puesto durante 6 meses. - Posibilidad de suspender su contrato de trabajo durante 6 meses, extensibles hasta 18 mese. - Posibilidad de extinguir su contrato de trabajo con derecho al desempleo, en los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social. - Las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se considerarán justificadas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud. Se creará una comisión de seguimiento que realizará las evaluaciones oportunas del cumplimiento y seguimiento del Plan, formada por representantes de la empresa y dos representantes de los trabajadores uno por cada sindicato mayoritario. La comisión se reunirá anualmente para proponer la incorporación de nuevos objetivos y estrategias a seguir. El presente Plan extiende su aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras adscritos a cualquiera de los centros de trabajo de la empresa MASA y tendrá una duración de dos años. El incluye un Código de buenas prácticas (Anexo I) y Protocolos de Acoso Laboral y de Acoso Sexual y por razón de sexo. (Anexo II). FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

17 PLAN DE IGUALDAD ONET ESPAÑA, S.A. En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se ha negociado y acordado el Plan de Igualdad que será de aplicación en toda la empresa ONET ESPAÑA, S.A., en todos sus centros de trabajo, a nivel nacional o que pueda tener en su futuro. El Plan de Igualdad constituye un conjunto ordenado de medidas que permitirá lograr los objetivos de igualdad de trato y de oportunidades entre Mujeres y hombres y evitar cualquier tipo de discriminación laboral por razón de sexo. OBJETIVOS DEL PLAN DE IGUALDAD 1. Promover la defensa y aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres, garantizando en el ámbito laboral las mismas oportunidades de ingreso y desarrolla profesional a todos los niveles. 2. Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad, contribuyendo a reducir desigualdades y desequilibrios que pudieran darse dentro de la empresa. 3. Asegurar la ausencia de procedimientos discriminatorios laborales por razón de sexo. 4. Garantizar el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de la empresa, con el fin de promover el desarrollo de la carrera profesional y su adaptabilidad a los requisitos de los puestos de trabajo, mejorando su empleabilidad interna. 5. Sensibilizar y concienciar en materia de Igualdad. 6. Establecer principios de exclusión de cualesquier medida que pudiese perjudicar la conciliación de la vida laboral con la vida familiar y personal de las trabajadoras y trabajadores. AREAS DE ACTUACIÓN 1. ACCESO A LA EMPRESA Informar y sensibilizar en materia de igualdad de oportunidades a las personas responsables de la selección de personal. Introducir prácticas orientadas a contratar a mujeres en los puestos masculinizados. 2. PROMOCIÓN Crear un protocolo o procedimiento de seguimiento de las promociones. Promover la participación de las mujeres en cursos relacionados con actividades masculinizadas en la empresa, garantizando en la medida de lo posible la participación en los mismos de aquellas trabajadoras que lo soliciten. Informar, formar y motivar a mujeres para que participen en procesos de promoción. 3. FORMACIÓN

18 Realización de cursos o jornadas de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades, fomentando la formación en el colectivo de mujeres. 4. RETRIBUCIÓN Definirlos conceptos retributivos existentes, describiendo su tipología, condiciones y requisitos. Regular la estructura retributiva definiendo y fijando las condiciones de los pluses. 5. SENSIBILIZACIÓN EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Campaña de comunicación interna sobre el Plan de Igualdad. Inclusión de módulos de igualdad en la formación dirigida a la formación dirigida a la nueva plantilla y reciclaje de la existente. Formación con módulos específicos en igualdad de oportunidades a Directivos, Mandos y responsables de RRHH que estén implicados de una manera directa en la contratación, promoción e información. 6. MATERIA DE CONCILIACIÓN Campañas de sensibilización en materia de reparto de responsabilidades entre mujeres y hombres. Información sobre los permisos y excedencias existentes en la normativa laboral. 7. PREVENCIÓN DEL ACOSO POR RAZRÓN DE SEXO Y SEXUAL Efectuar campañas periódicas divulgativas sobre prevención del acoso. ACCIONES ESPECIALES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN La Dirección de la Empresa nombrará a una persona responsable de igualdad en la empresa, quien dispondrá de las facultades necesarias para el desarrollo de esta actividad. Con el objeto de realizar un seguimiento del cumplimiento y desarrollo de este Plan de Igualdad se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por 2 miembros por parte de la empresa, 2 CC.OO. y 2 UGT, se reunirá semestralmente y elaborará un informe anual de conclusiones en el que se refleje la evolución del Plan. El Plan tendrá una vigencia de 5 años. El plan cuenta con Protocolos actuación ante posibles situaciones de Acoso Sexual y Acoso por Razón de Sexo. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

19 PLAN DE IGUALDAD PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA, S.A. La Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres que reside en la eliminación de la discriminación de la mujer sobre todo dentro del ámbito laboral, cuyo objetivo final es integrar la igualdad de oportunidades dentro de la organizaciones y eliminar la discriminación por razón de sexo. Dicho plan será de aplicación para toda la platilla de la empresa PILSA, incluyendo a todos sus colaboradores y colaboradoras y los futuros centros que puedan abrirse en un futuro. Para la evaluación y seguimiento del Plan se creará una Comisión de Seguimiento compuesta por cuatro miembros en representación de la empresa y cuatro por la parte social, 2 de CC.OO y 2 de UGT., esta comisión se reunirá dos veces al año y realizará un informe anual donde se refleje el avance respecto a los objetivos de igualdad dentro de la empresa, para comprobar la efectividad de las medidas puestas en marcha. El Plan Cuenta con una guía de buenas prácticas y protocolos de actuación en casos de acoso. OBJETIVOS Garantizar la igualdad de oportunidades en el seno de la empresa y evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Información y sensibilización a toda la plantilla en materia de igualdad Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad y de especialización Utilizar lenguaje neutro en los procedimientos de difusión de las ofertas de empleo en todos los ámbitos, tanto internos como externos. Favorecer en los procesos de selección y en igualdad de condiciones la contratación del género menor representado. Tender a una representación equilibrada de mujeres y hombres en la formación para grupo profesionales de especialistas, en la estructura básica y en operativa.

20 Detectar las causas por las que las mujeres dispones de jornadas con duración media inferior a las de los hombres y proponer en su caso las medidas correctoras. ACCIONES Informar a todos los trabajadores/as de los derechos y las medidas de conciliación prevista por la legislación y aprobadas por la Ley 3/2007. Se realizará un de formación especifico para trabajadores/as en materia de Igualdad. Establecer que en las categorías en las cuales exista subrepresentación de género, en igualdad de condiciones, se de preferencia al genero menos representado, tanto en los procedimientos de selección como de promoción. Sensibilizar e informar a todas las personas responsables involucradas en los procesos de selección de forma que el lenguaje en relación a la definición de puestos de no sea sexista. Incorporar dentro del proceso de selección y contratación de la empresa aspectos de igualdad que concreten un acceso al empleo del género menor representado. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid El Plan entra en vigor el 18 de diciembre se 2009 y tiene una vigencia de cuatro años.

21 PLAN DE IGUALDAD SOLDENE, S.A. Según la Ley Orgánica de 3/2007, para la igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres, un Plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnostico, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. OBJETIVOS DEL PLAN Erradicación de las posibles discriminaciones o diferencias por razón de sexo que pudieran producirse en Soldene, S.A. Integración de la igualdad de oportunidades en la gestión de los recursos humanos de la empresa. Igualdad efectiva de oportunidades y de trato para sus trabajadoras y trabajadores. EJES DE ACTUACIÓN 1. MEJORA DE LA RECOGIDA DE LA INFORMACION DE LA PLANTILLA Modificar y mejorar las herramientas utilizadas para la recogida de los datos, en particular, las informáticas. Definir la información de la plantilla por edad, antigüedad, horas, etc. 2. FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. Sensibilizar a los trabajadores y trabajadoras en igualdad de oportunidades. Sensibilizar en materia de igualdad a los mandos intermedios, impartiendo cursos de formación que deberán repetirse cada 12 meses. Informar al nuevo personal de la empresa de la existencia del Plan de Igualdad. 3. FOMENTO DE UNA POLÍTICA DE SELECCIÓN QUE POTENCIE ENA MAYOR DIVERSIFICACIÓN PROFESIONAL Tender a aumentar la plantilla de hombres y mujeres en aquellas categorías donde estén menos representadas.

22 Revisar la denominación de los puestos de trabajo modificando aquellos que no incluyan por igual a hombres y mujeres. 4. FAVORECER LA PROMOCIÓN PROFESIONAL DE MUJERES Aumentar el número de mujeres y hombres que promocionan a puestos de de responsabilidad en aquellas categorías donde estén menos representadas Analizando los sistemas internos de promoción de la empresa. 5. REVISIÓN DE LA POLÍTICA DE COMUNICACIÓN Revisar los documentos, formularios, formatos, etc, para eliminar el lenguaje sexista 6. PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL La comisión de seguimiento será la encargada de elaborar un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Se creará una Comisión de Seguimiento, formada por representantes de la empresa y de los trabajadores, y no superará los 8 miembros, 2 por parte de la empresa, 4 por parte de la representación de los trabajadores. La Comisión de seguimiento se reunirá semestralmente y realizará informes de evaluación del Plan de Igualdad anualmente. El Plan de Igualdad tendrá una vigencia de 4 años. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

23 PLAN DE IGUALDAD ASISPA Este Plan se elabora con el compromiso de ASISPA en el establecimiento y desarrollo de prácticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra entidad, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como principio estratégico de nuestra política de calidad y de Recursos Humanos de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN 1. Aplicar el principio de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en ASISPA. 2. Integrar la perspectiva de género en la gestión de la entidad. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. SELECCIÓN DE PERSONAL, ACCESO AL EMPLEO Y CONTRATACION 1.1 Evitar discriminaciones en las ofertas de empleo. 1.2 Evitar discriminaciones en las solicitudes de empleo. 1.3 Evitar discriminaciones en el uso de los test psicotécnicos y las pruebas profesionales. 1.4 Ofrecer igualdad de oportunidades en el reclutamiento. 1.5 Evitar discriminaciones en la entrevista de selección. 1.6 Ofrecer igualdad de oportunidades en la selección de personal. 2. IGUALDAD EN LA FORMACIÓN Y PROMOCION 2.1 Ofrecer igualdad de oportunidades de formación. 2.2 Evitar discriminaciones en el acceso a la formación. 2.3 Ofrecer igualdad de oportunidades a través de formación específica. 2.4 Ofrecer igualdad de oportunidades en la promoción.

24 2.5 Formar en igualdad de oportunidades a la plantilla en general y, especialmente al personal relacionado con la organización de la entidad; RRHH, mandos y personal directivo, para garantizar la objetividad y no discriminación en la selección, promoción, acceso a la formación, medidas de conciliación. 3. POLÍTICA RETRIBUTIVA: 3.1 Garantizar el seguimiento de la igualdad retributiva. 4. CONCILIACIÓN 4.1 Garantizar el ejercicio de los derechos de conciliación, informando de ellos y haciéndolos accesibles a toda la plantilla. 4.2 Fomentar el uso de medidas de corresponsabilidad familiar entre los hombres de la plantilla. 5. COMUNICACION 5.2 Garantizar la eliminación de lenguaje sexista de toda la documentación y canales de comunicación de la entidad. 6. VICTIMAS VIOLECIA DE GENERO 5.1 Facilitar la inserción de mujeres víctimas de violencia de género y dar a conocer al personal contratado los derechos laborales de este colectivo. 2. PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL Existe un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Se creará una Comisión de Seguimiento que realizará las evaluaciones oportunas para evaluar el grado de cumplimiento y consecución de objetivos integrados en el plan de igualdad. Esta Comisión estará integrada por una representación de los sindicatos firmantes más representativos de la empresa a nivel estatal, a razón de dos miembros por cada una de las partes. Todo ellos sin perjuicio de que para la adopción de acuerdos el valor de los votos de los dos miembros designados por la empresa sea equivalente al de la representación sindical en su conjunto, para preservar el principio de equilibrio empresarial y sindical. La Comisión de seguimiento se reunirá semestralmente y realizará informes de evaluación del Plan de Igualdad anualmente. Este Plan entrará en vigor desde su firma el día 27 de Julio de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2013 FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

25 PLAN DE IGUALDAD CLINER La igualdad entre los géneros es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de CLINER, S.A. tiene como fin dar cumplimiento a dicha Ley. La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres debe ser, por tanto, una prioridad en el Plan Estratégico de la empresa, considerándose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gestión de los recursos humanos de la Empresa. Para ello se utilizará una doble estrategia que se corresponde con esa doble finalidad y que es la señalada en la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEMH) para conseguir esa efectividad: La adopción de medidas de acción positiva que corrijan los desequilibrios existentes. La adopción de medidas de igualdad que de forma transversal garanticen la integración del principio de igualdad en todas las políticas de la empresa, en todos sus procesos y en todos sus niveles. Metodológicamente, la estructura del plan de igualdad tiene coherencia interna, esto es, se trata de un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. La finalidad perseguida por este Plan de Igualdad, tanto la Dirección de la empresa como la representación de los trabajadores, consideran que los objetivos señalados en el presente apartado pueden alcanzarse de forma satisfactoria desarrollando aquellas acciones positivas que permitan: 1. Integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa.

26 2. Integrar la perspectiva de género transversalmente en la cultura de la empresa y especialmente en la gestión de los recursos humanos. 3. Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que integran la plantilla de CLINER, S.A. 4. Con la finalidad de asegurar una correcta interpretación de su contenido, se ha considerado oportuno reflejar, en el presente Plan, la definición legal de determinados conceptos recogidos en la denominada Ley de Igualdad (Ley 3 / 2007, de 22 de marzo) OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. ACCESO A LA EMPRESA 1.1. Revisar los procedimientos de selección para el acceso a la empresa desde la publicación de las ofertas de empleo hasta la selección final, para garantizar la igualdad de trato y oportunidades, utilizando para ello, procesos de selección transparentes y objetivos, relacionados exclusivamente con la valoración de aptitudes y capacidades requeridas para el puesto ofertado 1.2. Avanzar hacia una representación equilibrada de las mujeres y de los hombres en los diferentes grupos y categorías profesionales de la empresa y en la estructura directiva. 2. CONTRATACIÓN 2.1. Garantizar la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en la contratación Crear la figura de Agente de Igualdad en la empresa como persona responsable de la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres 3. FORMACIÓN 3.1. Establecer una cultura basada en la igualdad de oportunidades a través de las acciones formativas Introducir la perspectiva de género en el Plan de Formación de la empresa- 4. RETRIBUCIÓN 4.1. Realizar un seguimiento de la igualdad retributiva. Fomentar la equiparación salarial entre mujeres y hombres 5. CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL 5.1. Garantizar el ejercicio de los derechos de conciliación, informando de ellos y haciéndolos accesibles a toda la plantilla independientemente del sexo, estado civil, antigüedad en la empresa o modalidad contractual Mejorar las medidas legales para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la plantilla Fomentar el uso de medidas de corresponsabilidad entre los hombres de la plantilla. 6. SALUD LABORAL 6.1. Introducir la dimensión de género en la política de salud laboral Elaborar y difundir el Protocolo de acoso sexual y/o por razón de sexo 7. VIOLENCIA DE GÉNERO 7.1. Mejorar los derechos legalmente establecidos para las mujeres víctimas de la violencia de género contribuyendo, así, en mayor medida a su protección. 8. COMUNICACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN 8.1. Disponer de información estadística desagregada por sexo.

27 8.2. Asegurar que la comunicación interna y externa promueva una imagen igualitaria de mujeres y hombres y garantizar que los medios de comunicación internos sean accesibles a toda la plantilla Difundir una cultura empresarial comprometida con la igualdad, sensibilizando a todo el personal de la necesidad de actuar y trabajar conjunta y globalmente en la igualdad de oportunidades. PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL Existe un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Con el objeto de realizar un seguimiento del cumplimiento y desarrollo de este Plan de Igualdad, se creará una Comisión de Seguimiento constituida por diez miembros: cinco nombrados por la Dirección de la Empresa y cinco miembros de cada una de las Representaciones Sindicales firmantes. FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos semestralmente de manera ordinaria o a petición de cualquiera de las partes, mediante convocatoria extraordinaria. Este Plan tendrá una vigencia hasta el 21 de noviembre de 2014.

28 PLAN DE IGUALDAD ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES La realización del Plan de igualdad responde al objeto fundamental de la Ley Orgánica 3/2007, de 23 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que reside en la eliminación de la discriminación de la mujer en el ámbito político, civil, laboral, económica, social y cultural, y mas concretamente dentro del ámbito de la gestión de empresarial, haciendo de la igualdad un hecho en el acceso, participación y permanencia en todos los procesos de la empresa. El ámbito de aplicación será para toda la plantilla de la empresa ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES, S.L., indistintamente de la relación o tipo de contrato de que dispongan con la empresa, sin perjuicio de que puedan adoptarse medidas específicas para cada centro de trabajo. Objetivos: Conseguir una representación equilibrada dentro de la empresa. Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer apuestos de responsabilidad Prevenir la discriminación laboral por razón de sexo, estableciendo pautas de actuación para estos casos. Establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar Facilitar la formación dentro del horario laboral a aquellos trabajadores y trabajadoras que tuviesen personas dependientes a su cargo Acciones a tomar: 1. ACCESO A LA EMPRESA 1.1. Se garantizará el principio de Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, los procesos de

29 selección se realizaran en base a procedimientos se carácter objetivo valorando la adecuación de la persona al puesto de en función de criterios de idoneidad, con el fin de garantizar la objetividad del proceso y evitar actitudes 2. PROMOCION Y CONTRATACIÓN 2.1. Se analizará y estudiará el diseño de políticas que ayuden al acceso y promoción del género menos representado en aquellas áreas, niveles o funciones en que estén menos representados y se tenderá a favorecer al desarrollo profesional de la mujer potenciando su acceso a funciones o puestos de responsabilidad. 3. RETRIBUCION 3.1. La empresa está obligada a abonar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condicionantes de dicha retribución. 4. FORMACION 4.1. Se garantiza el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de la empresa tanto interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres, desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de a demanda de empleo, se tenderá a la realización de las acciones formativas dentro de la jornada laboral 5. COMUNICACIÓN 5.1 Comunicar a toda la plantilla los beneficios de la igualdad de genero, informándoles de la existencia del Plan de Igualdad. CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y trabajadoras en forma que fomenten las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio. Recogiendo y mejorando en lo posible las medidas de conciliación contempladas en la legislación vigente así como en los convenios de aplicación. Reorganizar la ordenación del tiempo de trabajo y la organización del trabajo con el objetivo de fomentar la compatibilidad de los tiempos de trabajo y personales CONDICIONES DE TRABAJO: RIESGOS LABORALES Y SALUD LABORAL Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudiera influir negativamente en la salud de la trabajadora o del feto, está deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. VIOLENCIA DE GÉNERO 7.1. La empresa se compromete a promover la sensibilización contra la violencia de género facilitando la inserción a las victimas promoviendo entre el personal de la empresa el conocimiento de los derechos laborales en este colectivo PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL Existe un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Con el objeto de realizar un seguimiento del cumplimiento y desarrollo de este Plan de Igualdad, se creará una Comisión de Seguimiento constituida por cuatro miembros: dos nombrados por la Dirección de la Empresa y dos miembros de cada una de las Representaciones Sindicales firmantes.

30 La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos semestralmente de manera ordinaria o a petición de cualquiera de las partes, mediante convocatoria extraordinaria. Este Plan tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

31 El presente Plan se ha establecido con la finalidad de establecer una serie de medidas orientadas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres de la empresa SERALIA. PLAN DE IGUALDAD SERALIA El Plan de Igualdad fijará los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de SERALIA tiene como fin dar cumplimiento a Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo tiene como pretensión el promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida social, incluyendo por supuesto el laboral, área en la que como empresa nos corresponde incidir. El sector de actividad de la empresa es el sector de servicios y las principales actividades desarrolladas por SERALIA y por tanto afecta este plan son: Limpieza Recogida de residuos Limpieza viaria Jardinería Ayuda a Domicilio Este Plan se establece con la finalidad de integrar una serie de medidas orientadas a promover la igualdad de trato dentro de la empresa 1. Selección de personal y acceso al empleo Aplicar el principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo y formación profesional, asegurando la ausencia de

32 procedimientos o políticas discriminatorias por razón de sexo en materia de selección contratación y formación. 2. Promoción y medidas de acceso al empleo en áreas de menor representación Conseguir una mayor representación de las en mujeres en aquellas categorías profesionales en las que se hallan menos representadas, promoviendo acciones que favorezcan el acceso al empleo o promoción a dichos puestos. 3. Formación Se garantizará el acceso de igualdad de mujeres y hombres a la formación de la empresa tanto interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres, desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de empleo. En la medida de lo posible, se tenderá a la realización de cursos de formación dentro de la jornada laboral. 4. Retribución Se garantizará un sistema retributivo que no genere discriminación por razón de sexo mediante la aplicación efectiva del principio de igual remuneración y la no existencia de diferencias salariales por razón de género. 5. Comunicación Se garantiza que todo el personal de la empresa tenga conocimiento de la existencia del Plan de Igualdad y de los beneficios de la igualdad de género, así como del Protocolo para la prevención y tratamiento del acoso. 6. Conciliación Se recogen medidas que favorecen la conciliación de la vida familiar y laboral. 7. Mujeres víctimas de violencia de género Facilitar la inserción de las mujeres víctimas de violencia de género y dar a conocer al personal contratado los derechos laborales de este colectivo 8. Medidas específicas ante situaciones de acoso Prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, mediante la sensibilización de los trabajadores frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo. 9. Salud laboral Mantenimiento de la protección del embarazo y la maternidad a través de la seguridad y la salud en el trabajo. PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL Existe un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Con la finalidad de realizar un control del cumplimiento y desarrollo de este Plan de Igualdad, se creará una Comisión de Seguimiento constituida por 4 miembros: dos nombrados por la Dirección de la Empresa y dos miembros de cada una de las Representaciones Sindicales firmantes. La Comisión de Seguimiento se reunirá semestralmente para evaluar la implantación del plan de Igualdad. Este Plan tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.

33 FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

34 PLAN DE IGUALDAD URBASER El presente Plan de Igualdad, negociado y acordado con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras, tiene por objetivo principal garantizar el principio de igualdad de oportunidades mujer y hombre dentro de un contexto de responsabilidad empresarial que asegure la incorporación a nuestra plantilla de cualquier persona que, en función de sus méritos y capacidades profesionales, se considere apta para ocupar cualquier puesto de trabajo en nuestra organización. La finalidad perseguida por este Plan de Igualdad, tanto la Dirección de la empresa como la representación de los trabajadores, consideran que los objetivos señalados en el presente apartado pueden alcanzarse de forma satisfactoria desarrollando aquellas acciones positivas que permitan: 1. Conceder a hombres y mujeres los mismos derechos y oportunidades laborales, siendo conscientes de la necesidad de prestar una especial atención a todos aquellos trabajadores/as que, en un momento concreto de su vida profesional, opten por dedicar mayor tiempo a las responsabilidades familiares legal o convencionalmente protegidas. 2. Remover y eliminar los obstáculos que se hubieren detectado en el diagnóstico de situación y que pudieren implicar, directa o indirectamente, un riesgo en materia de discriminación, dificultando, en consecuencia, la consecución del principio de igualdad de oportunidades. 3. Garantizar el principio de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar de nuestra plantilla, sin renunciar a la calidad de los servicios que ofrecemos. 4. Promover una cultura de igualdad y potenciar el compromiso personal de quienes ocupan puestos de dirección para que comuniquen la cultura de igualdad. Con la finalidad de asegurar una correcta interpretación de su contenido, se ha considerado oportuno reflejar, en el presente Plan, la definición

35 legal de determinados conceptos recogidos en la denominada Ley de Igualdad (Ley 3 / 2007, de 22 de marzo) OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. SELECCIÓN Y CONTRATACION DE PERSONAL 1.1 Procesos de selección transparentes y objetivos que permitan valorar las candidaturas en base a la idoneidad profesional del candidato 1.2 Eliminar cualquier posible elemento de discriminación en la selección, ampliando las fuentes de reclutamiento y contactando con entidades locales y Comunidades Autónomas para fomentar la contratación de hombres y mujeres en las áreas donde se encuentren subrepresentados 1.3 Garantizando que el sexo del candidato no influirá a la hora de decidir a quién contratar, asumiendo el objetivo de incrementar el sexo menos representado en aquellos departamentos y categorías profesionales en los que se detecte la necesidad de impulsar el principio de presencia equilibrada. 2. SALARIO 2.1 Garantizar que por la prestación de un trabajo de igual valor se abone la misma retribución, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquélla. 3. FORMACIÓN 3.1 Garantizar una política formativa basada en la igualdad de oportunidades y que asegure el desarrollo profesional dentro de nuestra organización. 4. JORNADA Y TIEMPO DE TRABAJO 4.1 Garantizar que todos los empleados de nuestra empresa puedan compatibilizar su vida personal y familiar dentro de un marco de competitividad empresarial que exige mantener la excelencia de los servicios prestados. 5. PROMOCIÓN PROFESIONAL 5.1 Garantizar que hombres y mujeres puedan promocionar en la empresa en situación de igualdad. En este sentido, se persigue garantizar la objetividad y no discriminación en la promoción de ascensos, eliminando cualquier barrera que pudiere dificultar la promoción profesional de la mujer en la empresa e intentando incrementar la presencia femenina en puestos de responsabilidad de forma tal que se alcance una presencia equilibrada hombre mujer. 6. AYUDAS, BONIFICACIONES Y POLÍTICA SOCIAL 6.1 Establecer medidas prácticas que permitan, a hombres y mujeres, compatibilizar su vida personal y profesional. PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y MORAL Existe un Protocolo de actuación para los casos de acoso que se pudieran detectar dentro de la empresa. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Con el objeto de realizar un seguimiento del cumplimiento y desarrollo de este Plan de Igualdad, se creará una Comisión de Seguimiento constituida por seis miembros: dos nombrados por la Dirección de la Empresa y dos miembros de cada una de las Representaciones Sindicales firmantes, sin perjuicio de que para la adopción de acuerdos el valor de los votos de los dos miembros designados por la empresa sea equivalente al de la representación sindical en su conjunto, para preservar el principio de equilibrio entre ambas representaciones, empresarial y sindical. La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos semestralmente de manera ordinaria o a petición de cualquiera de las partes, mediante convocatoria extraordinaria. Este Plan tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.

36 FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS Plaza Cristino Martos, 4 1º Madrid

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