ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Santa Rodríguez

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2453 11 DE MAYO DE 2015. Presentado por el representante Santa Rodríguez"

Transcripción

1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 5ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C DE MAYO DE 2015 Presentado por el representante Santa Rodríguez Referido a la Comisión de Asuntos Laborales y Sistemas de Retiro del Servicio Público LEY Para enmendar la Sección 13 de la Ley Núm. 15 del 14 de abril de 1931, según enmendada por el Plan de Reorganización Núm. 4 del 2011, mejor conocida como Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de disponer que en las querellas que se ventilen ante la Oficina de Mediación y Adjudicación (OMA), la querella y citación a vista dirigida a la parte querellada, deberá ser notificada por correo certificado o entregada personalmente conforme se diligencian los emplazamientos; ordenar al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos atemperar la reglamentación vigente; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Núm es la ley habilitadora de la Oficina de Mediación y Adjudicación del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado del Puerto Rico, conocida como la OMA. Dicha legislación le confirió al Departamento jurisdicción concurrente con los tribunales para atender ciertas reclamaciones laborales mediante un procedimiento administrativo de adjudicación conforme a los parámetros establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). Particularmente, el Artículo 1 de la ley habilitadora de la OMA, dispone que ésta tendrá jurisdicción concurrente con el Tribunal de Primera Instancia, a opción de la parte querellante o reclamante en las materias de su jurisdicción y emitirá sus decisiones o resoluciones adjudicando las controversias conforme a la ley y a derecho mediante los procedimientos establecidos en la LPAU. El citado Artículo 1

2 2 establece, además, las materias específicas sobre las cuales el Departamento, a través de la OMA, ejercerá las funciones de conciliación y adjudicación, entre las cuales se encuentran las siguientes: a. Reclamaciones por violación al derecho de reinstalación del Artículo 5A de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada y generalmente conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo en la cual no se reclame indemnización por daños y perjuicios. b. Reclamaciones de salarios, vacaciones y licencia por enfermedad al amparo de la Ley Núm. 180 de 27 de julio de c. Ley Núm. 17 de abril de 1931 sobre pagos de salarios. d. Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976 sobre despido injustificado en aquellas querellas en que no se reclame indemnización de daños y perjuicios por otras causales adicionales y separadas al derecho de mesada y de compensación por el acto del despido bajo dicha ley. e. Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969 sobre bono de navidad. f. Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948 sobre jornada de trabajo. g. Ley Núm. 3 de 13 de marzo de 1942, Sec. 7 sobre licencia a madres obreras en casos en que no se reclame compensación o indemnización de daños, perjuicios o penalidades por otras causales adicionales o separadas que no sean la liquidación, pago o concesión de la licencia reclamada. En virtud de su ley habilitadora, la OMA adoptó el Reglamento Núm de 11 de agosto de 2005, titulado Reglamento de Procedimientos de Mediación y Adjudicación de la Oficina de Mediación y Adjudicación (Reglamento de la OMA), el cual contiene las disposiciones procesales referentes a los procedimientos ante ésta. Según estipulado en la ley habilitadora de la OMA, el mecanismo inicial que debe utilizar la oficina es una vista o sesión de conciliación a celebrarse dentro de los siguientes veinte (20) días del recibo de la querella. Si luego de llevarse a cabo los trámites de mediación y conciliación ante la OMA las partes no llegaren a un acuerdo satisfactorio, se darán por concluidos dichos trámites y el caso seguirá los trámites y procedimientos para adjudicación de la controversia ante un oficial examinador o juez administrativo.

3 3 La Regla 3.4-Citación a Sesión Inicial de Conciliación o Mediación del Reglamento de OMA establece que una vez la OMA reciba el referido a mediación, citará a las partes en la controversia a una sesión inicial de conciliación o mediación, que deberá celebrarse dentro de los veinte (20) días siguientes al recibo del referido; disponiéndose además, que esta citación a las partes se realizará por correo o personalmente según dispuesto en la Regla 5.24 del Reglamento de OMA, es decir, mediante el envío de una copia del escrito por correo a las partes o sus representantes, a la dirección postal que conste en el expediente. No obstante, el (la) Director (a) de la OMA remitirá los casos al proceso de adjudicación ante un juez administrativo u oficial examinador, obviando el proceso de mediación, en las siguientes circunstancias: a. Cuando a juicio del Director de la OMA, el procedimiento de mediación no beneficiaría a las partes o dilataría la disposición del caso; b. Cuando luego de celebrarse la reunión de orientación de mediación, alguna de las partes se niegue a participar del proceso de mediación; c. Cuando alguna de las partes no comparezca a la reunión de orientación de mediación o a la sesión de mediación; d. Cuando luego de iniciarse el proceso de mediación, las partes no lleguen a acuerdos mutuamente aceptables; e. Cuando alguna de las partes se retire del proceso de mediación; f. Cuando se venza el término concedido para la mediación o; g. Cuando a juicio del Mediador, el proceso no está resultando de beneficio para ninguna de las partes. De otra parte, la Regla 5.4-Notificación de la querella y vista adjudicativa establece que la OMA notificará por escrito a los querellados o a sus representantes autorizados la querella presentada contra éstos y además, notificará a las partes de la fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista adjudicativa, disponiéndose que la notificación se efectuará personalmente o por correo certificado. Sin embargo, inmediatamente añade que también podrá notificarse por facsímil o correo ordinario o electrónico, si así lo han autorizado las partes y existen los recursos en la OMA para realizar la notificación por dicho medio.

4 4 Según se puede apreciar de estas reglas, el trámite de una querella ante la OMA se inicia como uno conciliatorio o de mediación, pero puede convertirse rápidamente en un procedimiento adjudicativo. Por lo tanto, la parte querellada debe tener conocimiento de que existe una querella en su contra desde ese momento inicial cuando se presenta la querella y tener la oportunidad de utilizar el recurso de la mediación. El no notificar adecuadamente a una parte querellada acerca de que existe una querella en su contra, no solo atenta contra su derecho a un debido proceso de ley, sino que al no tener conocimiento de su existencia y de la vista conciliatoria, se ve impedida de acudir a la misma, perdiendo así su oportunidad de conciliar y se expone directamente a un trámite adjudicativo formal. El debido proceso de ley es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución y en la Constitución de los Estados Unidos, que aplica cuando ocurre una privación del derecho a la libertad o la propiedad. El principio constitucional del debido proceso de ley, en su vertiente procesal, exige que en todo procedimiento adversativo se cumplan los siguientes requisitos: (1) la notificación adecuada de la reclamación presentada; (2) un proceso ante un juez imparcial; (3) la oportunidad de ser oído; (4) el derecho a contrainterrogar testigos y examinar la prueba presentada en su contra; (5) tener asistencia de abogado, y (6) que la decisión se base en el récord. Aunque en materia de derecho administrativo, se ha concluido que el debido proceso de ley no tiene la misma rigidez que en la esfera penal, ya que las agencias administrativas tienen el deber de regular aquello que le ha sido delegado por la Asamblea Legislativa, las agencias deberán, como corolario del debido proceso de ley, establecer un procedimiento justo y equitativo. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme establece los parámetros mínimos del debido de ley procesal al disponer que en todo procedimiento adjudicativo formal ante una agencia se salvaguardarán los siguientes derechos: (A) Derecho a notificación oportuna de los cargos o querellas o reclamos en contra de una parte; (B) Derecho a presentar evidencia; (C) Derecho a una adjudicación imparcial; (D) Derecho a que la decisión sea basada en el expediente. La notificación de la querella es requisito indispensable para la validez del procedimiento administrativo de carácter adjudicativo. Su incumplimiento violenta el derecho a ser oído, toda vez que forma parte y está ligada a él, de manera indisoluble. A través de la notificación, se le informa a la parte querellada de las alegaciones en su contra y se le concede oportunidad razonable para contestar y presentar su caso; es un requisito elemental del debido proceso de ley.

5 5 Por lo tanto, esta Asamblea Legislativa entiende necesario requerir que la notificación y citación inicial en los procedimientos ante la OMA se haga de forma que pueda garantizar el debido proceso de ley de la querellada. DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: 1 2 Artículo 1.-Se enmienda la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, para que lea como sigue: 3 Sección 13.-Servicio de Mediación, Conciliación y Adjudicación El Departamento proveerá servicios de mediación y conciliación y deberá intervenir y mediar en las disputas, conflictos o controversias industriales y agrícolas, o de cualquier otra naturaleza, relacionados con la aplicación de las leyes del trabajo, que ocurran entre trabajadores y patronos, a fin de preservar la paz industrial La Oficina de Mediación y Adjudicación, una vez reciba una querella del Negociado de Normas del Trabajo, deberá de citar a las partes de la controversia a una vista o sesión de conciliación a celebrarse dentro de los siguientes veinte (20) días del recibo de la querella. Dicha citación, junto con una copia de la querella, deberá ser diligenciada o notificada a la querellada con no menos de diez (10) días de antelación a la fecha de la vista o sesión de conciliación, enviándola a la parte querellada por correo certificado con acuse de recibo a su última dirección conocida o entregándola personalmente a la parte querellada mediante el procedimiento utilizado para el diligenciamiento de emplazamientos. Se advertirá a las partes que tendrán derecho a asistencia y representación legal en dicha vista o sesión de conciliación. Si luego

6 de llevarse a cabo los trámites de mediación y conciliación ante la Oficina, las partes no llegaren a un acuerdo satisfactorio, se dará por concluidos dichos trámites y el caso seguirá los trámites y procedimientos para adjudicación de la controversia ante un Oficial Examinador o Juez Administrativo. La Oficina de Mediación y Adjudicación del Departamento del Trabajo, tendrá jurisdicción concurrente con el Tribunal de Primera Instancia, a opción del querellante o reclamante, en las materias de su jurisdicción y emitirá sus decisiones o resoluciones adjudicando las controversias conforme a ley y a derecho mediante los procedimientos establecidos en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme" excepto que, una vez se celebra la vista o audiencia en el caso y se someta una controversia para su decisión, el Oficial Examinador o Juez Administrativo emitirá la misma dentro del término de sesenta (60) días a partir de que el caso haya sido sometido. Los Oficiales Examinadores o Jueces Administrativos, serán personas conocedoras del campo laboral, preferiblemente abogados, y éstos tendrán autoridad para tomar juramentos, emitir citaciones a testigos, órdenes para producir documentos, materiales y órdenes protectoras, autorizar a su discreción descubrimiento de prueba de forma limitada y en armonía con los propósitos de garantizar procedimientos rápidos y económicos conforme a las Reglas de Procedimientos Civil.

7 Cuando la ley aplicable para la adjudicación de una querella o controversia ante un Oficial Examinador o Juez Administrativo no disponga sobre el pago de honorarios de abogados del obrero reclamante, se impondrá al patrono encontrado incurso en responsabilidad de violación a la ley en cuestión el pago de honorarios de abogados en una cantidad no mayor de veinticinco por ciento (25%) de la cantidad que reciba el obrero como consecuencia de su querella o la cantidad de trescientos cincuenta dólares ($350), lo que sea mayor. Estos honorarios serán los únicos autorizados a ser devengados por la representación legal del obrero en tal concepto. En caso de que una determinación de la oficina adjudicando una controversia sea final y firme y la parte adversamente afectada no cumpla con lo dispuesto en dicha decisión, el Secretario, por conducto de sus abogados podrá acudir ante el Tribunal de Primera Instancia para que ponga en vigor la decisión [del Negociado] de la Oficina y se ordene el cumplimiento cabal de sus disposiciones con todos aquellos remedios y sanciones que en derecho procedan como si se tratara de una sentencia judicial incluyéndose, sin que se entienda como una limitación, la imposición de intereses por cantidades adeudadas, el embargo de bienes o sanciones por desacato. El tribunal dará prioridad a estos casos en su calendario y citará por comparecencia a una vista a las partes en un término no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha en que se presente la solicitud del Secretario.

8 Artículo 2.-Se ordena al Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que enmiende el Reglamento de Procedimientos de Mediación y Adjudicación para atemperarlo a las nuevas disposiciones contenidas en el Artículo 1 en un término no mayor a noventa (90) días. Artículo 3.-Vigencia Esta Ley comenzará a regir tan pronto el Reglamento de Procedimientos de Mediación y Adjudicación de la Oficina de Mediación y Adjudicación sea enmendado o luego de noventa (90) días desde su aprobación; lo que ocurra primero.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA REGLAMENTO PARA IMPLANTAR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NUM. 95 DE 8 DE JUNIO DE 2000 QUE AUTORIZA AL SECRETARIO DE HACIENDA A RETENER EL 7.5

Más detalles

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 (P. de la C. 3339) LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 Para crear la Ley de Agencias de Informes de Crédito con el fin de establecer legislación en el ámbito local para promover la veracidad, justicia, privacidad

Más detalles

R E S O L U C I O N. Sometida la prueba de la querella de epígrafe, analizada y ponderada la misma, el Departamento formula las siguientes:

R E S O L U C I O N. Sometida la prueba de la querella de epígrafe, analizada y ponderada la misma, el Departamento formula las siguientes: Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR 540 Avenida Miramar Suite 7 Arecibo, Puerto Rico 00612 Teléfono: 878-2362 Fax: 878-2076 INFRACTOR: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (3 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (3 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE SEPTIEMBRE DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MAYO DE 0 Presentado

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno REGLAMENTO NÚM. 60 EXCLUSIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIÓN SOBRE INGRESOS DEL SALARIO DEVENGADO POR HORAS

Más detalles

COMISIÓN DE RELACIONES DEL TRABAJO DEL SERVICIO PÚBLICO P.O. BOX 13934 SAN JUAN, PUERTO RICO 00908-3934 TEL. (787) 723-4242 FAX.

COMISIÓN DE RELACIONES DEL TRABAJO DEL SERVICIO PÚBLICO P.O. BOX 13934 SAN JUAN, PUERTO RICO 00908-3934 TEL. (787) 723-4242 FAX. COMISIÓN DE RELACIONES DEL TRABAJO DEL SERVICIO PÚBLICO P.O. BOX 13934 SAN JUAN, PUERTO RICO 00908-3934 TEL. (787) 723-4242 FAX. (787) 723-4699 INSTITUTO DE CIENCIAS FORENSES Querellado -Y- SERVIDORES

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1028. 10 de agosto de 2009. Presentado por el señor Rivera Schatz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1028. 10 de agosto de 2009. Presentado por el señor Rivera Schatz ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea da Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 0 de agosto de 00 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a la Comisión de Educación

Más detalles

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 El [La] --------- y el [la] --------, Deseosos[as] de fortalecer

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO REGLAMENTO DE EDUCACIÓN JURÍDICA CONTINUA Aprobado el 30 de junio de 1998 (enmendado el 26 de abril de 2005) REGLAMENTO DE EDUCACIÓN JURÍDICA CONTINUA TABLA DE CONTENIDO

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2333 17 DE FEBRERO DE 2015. Presentado por el representante Matos García

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2333 17 DE FEBRERO DE 2015. Presentado por el representante Matos García ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE FEBRERO DE 0 Presentado por el representante Matos García Referido a las Comisiones

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 819. 11 de mayo de 2009. Presentado por el señor Ortiz Ortiz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 819. 11 de mayo de 2009. Presentado por el señor Ortiz Ortiz ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 6 ta. Asamblea ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 89 de mayo de 009 Presentado por el señor Ortiz Ortiz Referido a las Comisiones de Bienestar

Más detalles

1º.- PREÁMBULO-JUSTIFICACIÓN

1º.- PREÁMBULO-JUSTIFICACIÓN REGLAMENTO MARCO DE LOS TURNOS DE PERITACIÓN ANTE JUZGADOS Y TRIBUNALES DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MADRID 1º.- PREÁMBULO-JUSTIFICACIÓN Con el fin de facilitar

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2131 19 DE SEPTIEMBRE DE 2014. Presentado por el representante Natal Albelo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2131 19 DE SEPTIEMBRE DE 2014. Presentado por el representante Natal Albelo ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE SEPTIEMBRE DE 0 Presentado por el representante Natal Albelo Referido a la Comisión

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16ta. Asamblea Legislativa Ordinaria 3ra. Sesión CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010 Presentado por el representante Aponte Hernández Referido

Más detalles

12 de enero de 2007 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01

12 de enero de 2007 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01 ASUNTO: TRATAMIENTO CONTRIBUTIVO DE INDEMNIZACION RECIBIDA POR CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, POR RAZON DE INCAPACIDAD OCUPACIONAL Y NO OCUPACIONAL; Y PAGOS POR

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2246 18 DE NOVIEMBRE DE 2014. Presentado por la representante Méndez Silva

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2246 18 DE NOVIEMBRE DE 2014. Presentado por la representante Méndez Silva ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE NOVIEMBRE DE 0 Presentado por la representante Méndez Silva Referido a las Comisiones

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 9 de enero de 009 Presentado por el señora Vázquez Nieves Referido a las Comisiones de

Más detalles

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN Y ADJUDICACIÓN. El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos declara que es política pública

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN Y ADJUDICACIÓN. El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos declara que es política pública ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS OFICINA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARTE I Regla 1 DISPOSICIONES GENERALES Disposiciones generales 1.1 Declaración de

Más detalles

TEXTO APROBADO EN VOTACION FINAL POR EL SENADO (11 DE MAYO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

TEXTO APROBADO EN VOTACION FINAL POR EL SENADO (11 DE MAYO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. TEXTO APROBADO EN VOTACION FINAL POR EL SENADO ( DE MAYO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea da. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 de octubre de 0 Presentado

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006

Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006 Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006 La consulta plantea si resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 (P. de la C. 4007) (Conferencia) LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 Para enmendar el inciso (g) del Artículo 4, añadir un nuevo inciso (m) a dicho Artículo a los fines de aclarar los requisitos que deben

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2229 7 DE NOVIEMBRE DE 2014

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2229 7 DE NOVIEMBRE DE 2014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 4ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 9 7 DE NOVIEMBRE DE 04 Presentado por el representante Santiago Guzmán Referido

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Carta Circular Año Fiscal 2006-2007 Núm. 1300-28-07 A los Secretarios de Gobierno, Directores de Dependencias

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS. BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:

Más detalles

CAPITULO I. Objeto Artículo 1.

CAPITULO I. Objeto Artículo 1. Acuerdo de 18 de junio de 1996, del Pleno del Tribunal Constitucional, sobre asistencia jurídica gratuita en los procesos de amparo constitucional (BOE núm. 174, de 19 de julio) El artículo 80 de la Ley

Más detalles

VS. Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN

VS. Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN , DEMANDANTE VS., DEMANDADO(A) Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN USTED HA SIDO DEMANDADO EN EL TRIBUNAL. Si desea defenderse de las alegaciones establecidas en los siguientes documentos, debe comparecer

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

LEY NUM. 136 8 E AGOSTO DE 2014

LEY NUM. 136 8 E AGOSTO DE 2014 (P. de la C. 1056) (Conferencia) LEY NUM. 136 8 E AGOSTO DE 2014 Para añadir un nuevo inciso (i) y reenumerar los actuales incisos (i), (j), (k), (l), (m), (n), (ñ), (o), (p), (q), (r), (s), (t), (u),

Más detalles

Documento 13 Tema: Comité de Supervisión

Documento 13 Tema: Comité de Supervisión Documento 13 Tema: Comité de Supervisión Hacemos referencia a su comunicación de 30 de marzo de 2006, recibida en nuestras oficinas el día 3 de abril del año en curso. En la misma solicita a la Corporación

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2385 26 DE MARZO DE 2015. Presentado por el representante Peña Ramírez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2385 26 DE MARZO DE 2015. Presentado por el representante Peña Ramírez ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MARZO DE 0 Presentado por el representante Peña Ramírez Referido a la Comisión

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 0 DE FEBRERO DE 0 Presentado por el representante De Jesús Rodríguez Referido a las

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 66. 2 de enero de 2009. Presentada por el señor Ríos Santiago

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 66. 2 de enero de 2009. Presentada por el señor Ríos Santiago ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 66 2 de enero de 2009 Presentada por el señor Ríos Santiago Referido a la Comisión

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO Artículo 1.- Título Este reglamento se conocerá como Reglamento para Garantizar la Accesibilidad

Más detalles

GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS

GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS Febrero de 2013 Baremo de honorarios profesionales orientativos a los exclusivos efectos

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1561

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1561 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 6 ta. Asamblea ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 6 6 de mayo de 00 Presentado por los señores Bhatia Gautier, Fas Alzamora y Hernández

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR.

ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación. 1. La presente Ley tiene por objeto regular el acceso a las profesiones

Más detalles

Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones

Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones a. La apelación de una sentencia final en un caso civil proveniente del

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012 Informe 0382/2012 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, la comunicación de una sentencia firme al Consejo

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115 GOBIERNO DE PUERTO RICO 1 ta Asamblea ta Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de mayo de 0 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a las Comisiones de Agricultura; y de Seguridad

Más detalles

VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015. Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT

VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015. Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015 Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT La política de resolución de disputa Sunrise (la "SDRP") está incorporada por referencia en el acuerdo de registro.

Más detalles

LEY NUM. 5 3 DE ENERO DE 2014

LEY NUM. 5 3 DE ENERO DE 2014 (Sustitutivo de la Cámara al P. del S. 217) (Conferencia) LEY NUM. 5 3 DE ENERO DE 2014 Se enmienda el Artículo 2.020, se añade un nuevo inciso I y se reenumeran los actuales incisos I al CC como incisos

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES. A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de solares:

ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES. A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de solares: ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. La presente Ordenanza se dicta en virtud de las facultades concedidas por el artículo 25.2 letras

Más detalles

ADOPCIÓN INTERNACIONAL

ADOPCIÓN INTERNACIONAL ADOPCIÓN INTERNACIONAL En principio, de conformidad con el art. 29 de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, "cuando la adopción internacional se haya constituido en el extranjero y los adoptantes tengan

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por

Más detalles

CUÁNDO SE PUEDEN SUSPENDER LOS SERVICIOS DE AGUA Y ELECTRICIDAD?

CUÁNDO SE PUEDEN SUSPENDER LOS SERVICIOS DE AGUA Y ELECTRICIDAD? CUÁNDO SE PUEDEN SUSPENDER LOS SERVICIOS DE AGUA Y ELECTRICIDAD? Antes de comenzar a contestar esta pregunta debo aclarar que se pueden suspender servicios adicionales a los de agua y electricidad. En

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1489

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1489 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7 ma. Asamblea 6 ta. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 489 7 de octubre de 05 Presentado por el señor Torres Torres Referido a la Comisión

Más detalles

Dictamen 7/11. dictamen 7 11. 7/11 d

Dictamen 7/11. dictamen 7 11. 7/11 d Dictamen 7/11 1 dictamen 7 11 2 Consejo Económico y Social Vasco Dictamen 7/11 3 I. INTRODUCCIÓN El día 23 de febrero de 2011 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y

Más detalles

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Negociado de Normas de Trabajo Legislación Laboral en Acción Ley Núm. 111 22 de junio de 1961 Para garantizar el pago de salarios y exigirles a los contratistas la prestación de una fianza; establecer

Más detalles

Sustitutivo a los P. de la C. 1555 y 1992

Sustitutivo a los P. de la C. 1555 y 1992 (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE OCTUBRE DE 00) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta. Asamblea Legislativa da. Sesión Ordinaria CAMARA DE REPRESENTANTES Sustitutivo a los P. de la C. y

Más detalles

Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico

Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico PROCEDIMIENTO PARA PROCESAR EL COBRO DE DEUDAS A MIEMBROS JUBILADOS Y BENEFICIARIOS Diciembre 2007 PROCEDIMIENTO PARA

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL FONDO DE FIANZA NOTARIAL

REGLAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL FONDO DE FIANZA NOTARIAL GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS FONDO DE FIANZA NOTARIAL GUAYNABO, PUERTO RICO REGLAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL FONDO DE FIANZA NOTARIAL ARTÍCULO

Más detalles

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE JUNIO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE JUNIO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO ( DE JUNIO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea ta. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 de febrero de 0 Presentado

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 238 15 de enero de 2009 Presentado por el señor Dalmau Santiago Referido a las Comisiones

Más detalles

R. Conc. de la C. 51

R. Conc. de la C. 51 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 5ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. Conc. de la C. 51 26 DE MARZO DE 2015 Presentada por el representante Hernández López Referida

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Recursos Naturales y Ambientales San Juan, Puerto Rico

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Recursos Naturales y Ambientales San Juan, Puerto Rico Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Recursos Naturales y Ambientales San Juan, Puerto Rico Enmiendas al Reglamento para la Venta de Marbetes en el Proceso de Renovación de Inscripción

Más detalles

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma. RELACIONES LABORALES La fuente de información es la Estadística de Convenios Colectivos, que elabora la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para los datos referidos

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles

El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar. los libros de la asociación

El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar. los libros de la asociación El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar los libros de la asociación www.gobcan.es/cpji/ripc/asociaciones Versión de julio de 2013 Cuestiones Generales Qué libros deben llevar

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 6ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 60 0 DE SEPTIEMBRE DE 05 Presentado por la representante Méndez Silva Referido

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA ORGANIZACIONES DE FORMACIÓN INICIAL DE TCP

PROCEDIMIENTOS PARA ORGANIZACIONES DE FORMACIÓN INICIAL DE TCP NO RESTRINGIDO GUÍA PROCEDIMIENTOS PARA ORGANIZACIONES DE 1/10 EDICIÓN Fecha de EDICIÓN Fecha de APLICABILIDAD 1.0 15/02/2014 01/03/2014 Edición inicial REGISTRO DE EDICIONES MOTIVO DE LA EDICIÓN/REVISIÓN

Más detalles

Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales:

Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales: CONDICIONES GENERALES MS-TRANSLATIONS 1. Definiciones Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales: - Contratista: agencia de traducción MS-Translations. - Principal:

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA ACAVe

CODIGO DE CONDUCTA ACAVe CODIGO DE CONDUCTA ACAVe EL PRESENTE CÓDIGO DE CONDUCTA, VINCULANTE PARA TODOS LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN CATALANA DE AGENCIAS DE VIAJES ESPECIALIZADAS (ACAVe), HA SIDO APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Oficina Regional de Caguas Apartado 1031, Caguas, Puerto Rico 00726 Teléfono: 744-9341 / Fax: 744-3414 www.daco.gobierno.pr Imilce

Más detalles

Reglas de Procedimiento y Prueba

Reglas de Procedimiento y Prueba Reglas de Procedimiento y Prueba Las Reglas de Procedimiento y Prueba constituyen un instrumento para la aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al cual están subordinadas en todos

Más detalles

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud RESUMEN CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud Un ingeniero técnico de obras públicas presenta una reclamación porque el Colegio de Arquitectos encargado de visar el proyecto de edificación en el

Más detalles

RESOLUCIÓN. Conforme la prueba desfilada ante este Departamento y el expediente administrativo se formulan las siguientes: DETERMINACIONES DE HECHOS

RESOLUCIÓN. Conforme la prueba desfilada ante este Departamento y el expediente administrativo se formulan las siguientes: DETERMINACIONES DE HECHOS Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Apartado 41059- Estación Minillas San Juan, Puerto Rico, 00940-1059 Fax 725-7406 QUERELLANTE QUERELLA NÚMERO ANGELITA SANABRIA

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Legislación El presente Reglamento

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Oficina Regional de Caguas Apartado 1031, Caguas, Puerto Rico 00726 Teléfono: 744-9341 / Fax: 744-3414 www.daco.gobierno.pr Andrés

Más detalles

Comisión de Relaciones Humanas de Pensilvania Programa Piloto de Mediación Preguntas Frecuentes

Comisión de Relaciones Humanas de Pensilvania Programa Piloto de Mediación Preguntas Frecuentes Comisión de Relaciones Humanas de Pensilvania Programa Piloto de Mediación Preguntas Frecuentes 1. Qué es Mediación? Mediación es un proceso informal en el cual un mediador entrenado y neutral, ayuda a

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 172/2012 Resolución nº 180/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de agosto de 2012. VISTO el recurso interpuesto por Dª V.V.V. en representación

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE USO Y ABUSO DE DROGAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS

REGLAMENTO SOBRE USO Y ABUSO DE DROGAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS Estado Libre Asociado de Puerto Rico Nuestra Universidad Músical REGLAMENTO SOBRE USO Y ABUSO DE DROGAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS San Juan, Puerto Rico REGLAMENTO SOBRE USO Y ABUSO DE DROGAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS

Más detalles

Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación

Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación 1. Qué es el Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación? La Ley 272 de 9 de septiembre de 2003 (la Ley

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO REGLAMENTO PARA LOS PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS DE QUERELLAS ADMINISTRATIVAS 2015 1 AUTORIDAD PARA EL

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2047 21 DE JUNIO DE 2014

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2047 21 DE JUNIO DE 2014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ra. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 0 DE JUNIO DE 0 Presentado por los representantes Perelló Borrás y Gándara Menéndez

Más detalles

I. Declaración de siniestro.

I. Declaración de siniestro. I. Declaración de siniestro. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PROTOCOLO DE ACTUACIONES El conocimiento de la reclamación formulada contra el Letrado asegurado puede

Más detalles

REGLAMENTO PROPUESTO

REGLAMENTO PROPUESTO REGLAMENTO PROPUESTO Estado Libre Asociado de Puerto Rico ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD REGLAMENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES ECONÓMICAS POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL A ASEGURADORAS Y/U ORGANIZACIONES

Más detalles

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto

Más detalles

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL Procedimientos a) Procedimiento general, donde el sujeto activo son los trabajadores; b) Procedimiento de tutela de derechos fundamentales, donde el sujeto es el trabajador

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE SEPTIEMBRE DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE FEBRERO DE 0 Presentado

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de febrero de 009 Formatted: Centered Formatted: Font: pt, Not Bold Formatted: Space Before:

Más detalles

EXPOSICION DE MOTIVOS

EXPOSICION DE MOTIVOS (P. del S. 428) LEY # 129 Aprobada el 27 de septiembre de 2007. Para enmendar el Código de Enjuiciamiento Civil de 1933, según enmendado, con el propósito de agilizar, clarificar y uniformar el derecho

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Preliminar De conformidad con lo recogido en la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del

Más detalles

Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial

Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial Estimado señor: Con la

Más detalles

Código de Seguros de Puerto Rico; Adición del Capítulo 30 Ley Núm. 104 de 19 de julio de 2002

Código de Seguros de Puerto Rico; Adición del Capítulo 30 Ley Núm. 104 de 19 de julio de 2002 Página: 1 Código de Seguros de Puerto Rico; Adición del Capítulo 30 Ley Núm. 104 de 19 de julio de 2002 (P. del S. 1574) (Conferencia) Para adicionar un nuevo Capítulo 30 a la Ley Núm. 77 de 19 de junio

Más detalles

Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Propietarios de Inmuebles

Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Propietarios de Inmuebles PROPOSAL FORM Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Propietarios de Inmuebles Se ruega leer estas notas orientativas antes de rellenar el cuestionario. 1. El Cuestionario se refiere a una

Más detalles

SISTEMA DE TRIBUNALES DE PUERTO RICO

SISTEMA DE TRIBUNALES DE PUERTO RICO SISTEMA DE TRIBUNALES DE PUERTO RICO A. La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dispone en su Artículo V sobre el Poder Judicial: Sec. 1. El Poder Judicial de Puerto Rico se ejercerá por

Más detalles

Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Organizador de Eventos

Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Organizador de Eventos PROPOSAL FORM Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Organizador de Eventos Se ruega leer estas notas orientativas antes de rellenar el cuestionario. 1. El Cuestionario se refiere a una cobertura

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO PREÁMBULO El Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 296/2012 Resolución nº 301/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 21 de diciembre de 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. J. J. D. M.,

Más detalles

regularán mediante la expedición de las ordenanzas correspondientes la jubilación patronal aplicable para estos;

regularán mediante la expedición de las ordenanzas correspondientes la jubilación patronal aplicable para estos; Considerando: Que, la Asamblea Nacional Constituyente, en virtud del Art. 1 del Mandato Constituyente No. 1, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 223 de 30 de noviembre del 2007, asumió

Más detalles

BUENOS AIRES, Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de

BUENOS AIRES, Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de BUENOS AIRES, AL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN: Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de ley, en virtud del cual se prevé

Más detalles