CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS
|
|
- Arturo Murillo Castro
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS REGLAMENTO MiMUN-UCJC 26 de octubre de 2015
2 ÍNDICE I. Consideraciones generales II. Composición III. Programa de trabajo IV. Autoridades V. Procedimientos 2
3 EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS El Consejo de Derechos Humanos es el órgano intergubernamental de Naciones Unidas encargado de promover y proteger los derechos humanos en el mundo. El Consejo, según el mandato otorgado por la Asamblea General, tiene por misión fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos. Su principal cometido es hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones sobre ellos. El Consejo tiene 47 miembros que se eligen por votación secreta en la Asamblea General y por tres años. El Consejo tiene su sede en Ginebra El Consejo tiene reuniones con regularidad y por lo menos celebra tres sesiones al año. El objetivo del Consejo es ayudar a los Estados Miembros de la ONU a cumplir con sus obligaciones relacionadas con los derechos humanos. En cada sesión se examinan las violaciones de los derechos humanos a nivel mundial y hace recomendaciones. También cada cuatro años, los Estados están obligados a presentar un informe en el que tienen la oportunidad de exponer la situación de los derechos humanos en el país y los desafíos que enfrenta en relación con los derechos humanos y las dificultades en cumplir con sus obligaciones internacionales. I. CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1. Reglamentos El Consejo de Derechos Humanos (en adelante, el Consejo ) se rige por el presente reglamento y el Reglamento General del modelo supletoriamente. Para todos los aspectos no recogidos en este reglamento, el funcionamiento del Consejo se ciñe a lo expuesto en el Reglamento General. En caso de contradicción o conflicto, tendrá prioridad el reglamento específico. El Consejo Organizador se reserva la potestad de modificar el presente reglamento en cualquier momento, con el requisito de publicación y notificación inmediata de las modificaciones por los medios que garanticen el efectivo derecho de los participantes de conocerlas. Artículo 2. Idioma El idioma oficial del comité será el inglés. Deberá hablarse en dicho idioma en toda actividad del comité incluido, pero no limitado a, caucus, sesiones informales y redacción de documentos que se originen en el Consejo. II. COMPOSICIÓN Artículo 3. Miembros del comité 3
4 El Consejo estará compuesto por 15 delegaciones que se corresponderán con Estados Miembros, elegidos atendiendo a su contribución a la promoción y protección de los derechos humanos y siguiendo criterios de diversidad regional. El Consejo Organizador podrá, a su discreción y atendiendo a la disponibilidad o el transcurso del modelo, modificar la composición de los miembros del Consejo. Artículo 4. Observadores Eventualmente, el Consejo podrá acoger a observadores de acuerdo con lo establecido por la Secretaría y el Consejo Organizador. De acuerdo con el artículo 16 del Reglamento General, contarán con voz pero no con voto tanto para materias sustantivas como procedimentales. Tampoco podrán avalar proyectos de resolución o enmiendas. Artículo 5. Invitados al Consejo de Derechos Humanos Los Estados Miembros de las Naciones Unidas que no sean miembros del Consejo, los Estados no miembros de las Naciones Unidas, las instituciones nacionales de derechos humanos, las ONGs y otras entidades de la sociedad civil podrán tomar parte en el Consejo por medio de la figura del Representante ante el Consejo. Los Representantes designados a tal efecto tendrán voz pero no voto tanto para materias sustantivas como procedimentales. Tampoco podrán avalar proyectos de resolución o enmiendas. Un representante podrá trabajar en un proyecto de resolución o una enmienda, pero solo podrán ser introducidos a solicitud de un Miembro del Consejo mediante la moción correspondiente artículos 43 y 44 del Reglamento General. Artículo 6. Comparecencia ante el Consejo de Derechos Humanos El Consejo podrá llamar a un Estado Miembro presente en el modelo y que carezca de representación en el comité si considera que los intereses de ese Miembro están afectados de manera especial. Su presencia puede ser solicitada a la Presidencia por cualquier Miembro del comité mediante nota y será facultad de la Mesa decidir si procede o no atendiendo al rumbo del debate. Asimismo, la propia Presidencia podrá requerir la comparecencia del Estado Miembro notificándolo a la Mesa del comité pertinente. El delegado del Estado Miembro llamado al Consejo será interpelado por el comité bajo moderación de la Mesa, que estipulara la duración de las respuestas sin que sobrepasen en su conjunto los diez minutos. A petición del delegado, y si la Presidencia lo considera conveniente, podrá realizar una intervención para aclarar la posición de su país acerca del tema tratado, siendo no superior a los dos minutos de duración. III. PROGRAMA DE TRABAJO Artículo 7. Orden del día 4
5 La Presidencia establecerá los temas a tratar por el Consejo, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento General. Só1o podrán ser incluidos en el orden del día provisional los temas que hayan sido puestos en conocimiento de los Miembros del Consejo con arreglo al citado artículo 5. Al inicio de cada sesión, la Presidencia comunicará el orden del día a los delegados del Consejo, así como cualquier adición o modificación del mismo. Artículo 8. Votación del orden del día Al inicio de cada jornada de sesiones se procederá a una votación procedimental mediante la cual se determinará el orden de los temas del programa de trabajo. Artículo 9. Prorrogación de un tema Todo tema incluido en el orden del día de una sesión del Consejo, cuyo examen no quede concluido en la misma, será automáticamente inscrito en el orden del día de la próxima sesión, salvo acuerdo contrario por parte del Consejo. Artículo 10. Proposición de un tema El Secretario General, los Miembros del Consejo o cualquier otro Estado Miembro de las Naciones Unidas podrán llevar a la atención del Consejo cualquier controversia relativa a las situaciones persistentes de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Dicha petición deberá presentarse por escrito a la Presidencia al inicio de la sesión. Será facultad de la Mesa analizar y aprobar la sugerencia del tema, pudiendo si lo desea someterlo a votación del comité. De aprobarse, el tema quedará incluido a todos los efectos en el programa de trabajo del Consejo. Artículo 11. Adición de un tema El Secretario General, la Presidencia o el Consejo Organizador podrán hacer adiciones al orden del día en cualquier momento de las sesiones. Artículo 12. Sesión de urgencia Ante una situación de emergencia relacionada con graves violaciones de los derechos humanos, el Consejo podrá celebrar una reunión extraordinaria. Dicha reunión extraordinaria será avisada inmediatamente, debiendo dejar los delegados cualquier otra ocupación que tuvieran y acudiendo inmediatamente a la sala del comité, donde las puertas serán selladas y la reunión comenzará. La reunión extraordinaria comenzará con un informe oral del Secretario General relativo a los hechos que motivan la reunión, seguidas de un turno de preguntas cuya extensión quedará a discreción de la mesa. Seguidamente se procederá con el procedimiento habitual de sesión establecido en el Reglamento General. Una sesión de urgencia tendrá prioridad dentro del programa de trabajo del Consejo. 5
6 IV. AUTORIDADES Artículo 13. Presidencia La Presidencia del Consejo de Derechos Humanos recae sobre la Mesa del comité, Presidente y Vicepresidente de forma colegiada. El Presidente representará a la misma ante la Organización y al Consejo en su calidad de órgano de las Naciones Unidas. Artículo 14. Atribuciones de la Presidencia La Presidencia será la encargada de velar por el cumplimiento del presente reglamento, ejercitando todas las facultades que le otorga el mismo. Igualmente, tendrá todas las atribuciones propias de la Autoridad, tal y como se recogen en el artículo 12 del Reglamento General. Artículo 15. Secretaría General El Secretario General o cualquiera en quien delegue total o parcialmente sus funciones puede asistir y tomar parte en las sesiones del Consejo. Entre sus atribuciones dentro del comité, además de las que le otorga el artículo 10 del Reglamento General, se encuentran: 1. Llevar a la atención del Consejo temas que afecten a sus competencias. 2. Modificar el orden del día del Consejo de conformidad con la Presidencia y la Organización. 3. Mediar en las negociaciones, tanto formales como informales, entre los Miembros del Consejo. 4. Actuar como garante de los tratados, disposiciones, medidas y procedimientos decretados por el Consejo. V. PROCEDIMIENTO Artículo 16. Votaciones Las votaciones, tanto procedimentales como sustantivas, se regirán por las reglas generales dispuestas en el Reglamento General del MIMUN. Artículo 17. Quorum La Presidencia podrá declarar una sesión abierta y permitir el procedimiento del debate cuando al menos un tercio de los miembros del Consejo estén presentes. 6
CONSEJO DE SEGURIDAD REGLAMENTO
CONSEJO DE SEGURIDAD REGLAMENTO MiMUN-UCJC 26 de octubre de 2015 ÍNDICE I. Consideraciones generales II. Composición III. Programa de trabajo IV. Autoridades V. Procedimientos 2 EL CONSEJO DE SEGURIDAD
Más detallesCONSEJO EJECUTIVO ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
CONSEJO EJECUTIVO ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD REGLAMENTO MiMUN-UCJC 24 al 27 de octubre de 2016 ÍNDICE I. Consideraciones generales II. Composición III. Programa de trabajo IV. Autoridades V. Procedimientos
Más detallesReglamento del Consejo de Seguridad del XVII Modelo de Naciones Unidas de la Universidad de las Américas
Reglamento del Consejo de Seguridad del XVII Modelo de Naciones Unidas de la Universidad de las Américas El Reglamento contiene 37 artículos divididos en los siguientes temas: I. Composición II. Programa
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD
Documentación Oficial 2008 REGLAMENTO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD CAPÍTULO I. COMPOSICIÓN Artículo 1 El Consejo de Seguridad se compone de quince Miembros de las Naciones Unidas. La República Popular de China,
Más detallesREGLAS DE PROCEDIMIENTO
Artículo 1: Ámbito de aplicación REGLAS DE PROCEDIMIENTO Las siguientes reglas serán de aplicación tanto en Human Rights Council (HRC) como en el Consejo Económico y Social (ECOSOC). La interpretación
Más detallesSEXTA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE MINISTROS Y ALTOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE LA EDUCACION FISICA Y EL DEPORTE (MINEPS VI)
Distribución: limitada SHS/2017/1 París, 30 de junio de 2017 Original: inglés SEXTA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE MINISTROS Y ALTOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE LA EDUCACION FISICA Y EL DEPORTE (MINEPS VI)
Más detallesPrimera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte 1 y 2 de abril de 2004 Washington, DC
MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA OEA/Ser.L. IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN SG/MESICIC/doc.58/04 rev. 7 INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN 1 abril 2004 Original: español Primera Reunión de la Conferencia
Más detallesREGLAS DE PROCEDIMIENTO REVISADAS DEL COMITÉ PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (2011)
REGLAS DE PROCEDIMIENTO REVISADAS DEL COMITÉ PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (2011) Regla 1 A menos que se especifique otra cosa, se aplicarán las Reglas de Procedimiento de las Reuniones Consultivas
Más detallesReglamento del Comité Permanente de Programas y Finanzas
Reglamento del Comité Permanente de Programas y Finanzas 49 REGLAMENTO DEL COMITÉ PERMANENTE DE PROGRAMAS Y FINANZAS 5 I REUNIONES Artículo 1 1. El Comité Permanente se reunirá por regla general dos veces
Más detallesArtículo 4. Artículo 5
7 de agosto de 1992 ESPAÑOL Original: INGLES GRUPO INTERNACIONAL DE ESTUDIO SOBRE EL COBRE Reunión inaugural Ginebra, 22 de junio de 1992 Tema 8 del programa REGLAMENTO DEL GRUPO INTERNACIONAL DE ESTUDIO
Más detallesXVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión
XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión Artículo 1. La Reunión de Consulta sobre Historia tiene entre otros fines elegir las Autoridades
Más detallesSECCIÓN DE PRENSA MANUAL. MiMUN-UCJC
SECCIÓN DE PRENSA MANUAL MiMUN-UCJC 26 de octubre de 2015 ÍNDICE I. Consideraciones generales II. Estructura y organización III. Funciones IV. Medios de difusión 2 I. CONSIDERACIONES GENERALES Con el nombre
Más detallesArtículo 1 REGLAMENTO DE DELIBERACIONES. Artículo 1
Artículo 1 La asamblea del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, está integrada por todos los odontólogos que están legalmente incorporados y se encuentran al día en cumplimiento de sus obligaciones
Más detallesX. PAUTAS PARA EL DEBATE. Artículo 49
X. PAUTAS PARA EL DEBATE Artículo 49 Todos los aspectos del debate se conducirán de acuerdo a las pautas para el debate. Los cambios que se adopten en la Primera Sesión del Consejo Permanente del MOEA,
Más detallesIII. Programa y documentación VII. Secretaría del UNDP, el UNFPA y la UNOPS VIII. Secretaría de la Junta Ejecutiva...
DP/2011/18 Reglamento de la Junta Ejecutiva de las Naciones Unidas para el Programa de Desarrollo, del Fondo de Población de las Naciones Unidas y de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para
Más detallesTÍTULO VIII Las Comisiones. Capítulo I Disposiciones comunes
6. No se podrán admitir enmiendas al articulado que supongan aumento de los ingresos. Las enmiendas al articulado que supongan disminución de ingresos deberán de tramitarse conforme al procedimiento recogido
Más detallesDinámicas y Procedimientos
Dinámicas y Procedimientos Tratamiento en comisión Debate en general Exposición de los discursos Consultas oficiosas Presentación de anteproyectos y documentos de posición en la mesa de aprobación Presentación
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE FIESTAS POPULARES DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA
Por acuerdo del Pleno de día 30 de noviembre de 2009 fue aprobado el Reglamento de la comisión de fiestas populares del Ayuntamiento de Palma, publicado en el BOIB núm. 184 de 19.12.09, entró en vigor
Más detallesORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD
op0.o a1 ' ~ * * A ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD COMITE EJECUTIVO DEL CONSEJO DIRECTIVO SUBCOMITE DE PLANIFICACION Y PROGRAMACION REGLAMENTO INTERNO DEL SUBCOMITE DE PLANIFICACION Y PROGRAMACION
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE PATRIMONIO DE LA CIUDAD DE ISLA CRISTINA.-
REGLAMENTO L CONSEJO LOCAL PATRIMONIO LA CIUDAD.- ARTÍCULO 1.- Definición El Consejo Local de Patrimonio es el órgano colegiado del Excmo. Ayuntamiento de que tiene como objeto informar y asesorar ante
Más detallesReglas de Procedimiento
Modelo de las Naciones Unidas de la Universidad del Pacífico Reglas de Procedimiento Regla 1 Adopción de la agenda I. AGENDA La adopción de la agenda del Modelo de Naciones Unidas de la Universidad del
Más detallesREGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CONFEDERACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS AMÉRICAS
REGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CONFEDERACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS AMÉRICAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CONFEDERACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS AMÉRICAS 1. Desarrollo de las reuniones del Comité Ejecutivo 1.1
Más detallesORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA
S OMPI H/DC/24 ORIGINAL: Inglés FECHA: 21 de junio de 1999 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA PARA LA ADOPCIÓN DE UNA NUEVA ACTA DEL ARREGLO DE LA HAYA RELATIVO
Más detallesINSTITUTO LATINOAMERICANO DE PLANIFICACION ECONOMICA Y SOCIAL
GENERAL INST/4 (CD.I/3) Nueva York Junio de 1962 ORIGINAL: ESPAÑOL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE PLANIFICACION ECONOMICA Y SOCIAL CONSEJO DIRECTIVO Primera Reunión Nueva York, 7 7 8 de junio de 1962 ' ilruotfc'ca
Más detallesREGLAMENTO DE DEBATE
REGLAMENTO DE DEBATE PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS Como Aprobado en la Asamblea General del Comité Olímpico de Panamá Celebrada el 12 de Diciembre del 2015 Primera Versión PARA
Más detallesEn el Reglamento General encontraremos información sobre:
Reglamento General Reglamento General R E G L A M E N T O El Reglamento General del Encuentro Uniendo Metas es el documento que contiene los lineamientos globales para el desarrollo del programa sin entrar
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS
CAJA RURAL DE BURGOS, FUENTEPELAYO, SEGOVIA Y CASTELLDANS, S.C.C. REGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS Julio 2016 Cajaviva Caja Rural 26 de Julio 2016 1 Página 1 de 7 ÍNDICE 1.- INTRODUCCION 2.- COMPOSICION 3.-
Más detallesCOMISIONES DEPARTAMENTALES DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA REGLAMENTO. Capítulo Integración
COMISIONES DEPARTAMENTALES DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA REGLAMENTO Capítulo Integración Articulo 1 Las Comisiones Departamentales de Lucha Contra la Violencia Doméstica creadas por el Consejo
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMUNIDAD DE ESTADOS LATINOAMERICANOS Y CARIBEÑOS (CELAC)
REGLAMENTO DE LA COMUNIDAD DE ESTADOS LATINOAMERICANOS Y CARIBEÑOS (CELAC) Artículo 1 Convocatoria y lugar de trabajo La CELAC se reunirá por convocatoria del Presidente del Modelo de la Unión Europea
Más detallesComité de Representantes
Comité de Representantes REGLAMENTO DEL COMITÉ DE REPRESENTANTES ALADI/CR/Resolución 1 18 de marzo de 1981 RESOLUCIÓN 1 El COMITÉ de REPRESENTANTES, VISTO El inciso p) del artículo 35 del Tratado de Montevideo
Más detallesNota de la Secretaría Ejecutiva PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN PARA LA FASE DE GINEBRA DE LA CUMBRE MUNDIAL SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Documento WSIS/PC-3/8(Rev.2)-S 29 de septiembre de 2003 Original: inglés Nota de la Secretaría Ejecutiva PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN PARA LA FASE DE GINEBRA DE LA CUMBRE MUNDIAL SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES
REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES APROBADO POR LAS REUNIONES DE CONSULTA Quito, Ecuador, 2009 El reglamento aquí impreso fue aprobado de manera independiente por cada Comisión del
Más detallesReglamento del Comité Provincial del PSPV-PSOE de la Provincia de Valencia
Reglamento del Comité Provincial del PSPV-PSOE de la Provincia de Valencia Octubre, 2012 CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El Comité Provincial del PSPV-PSOE de la provincia de Valencia es
Más detallesREGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA
REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- A tenor de lo dispuesto en el Reglamento de Organización,
Más detalles(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL
(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA 30-11-2007 Y 14-12-2007) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA COOPERACION Y LA SOLIDARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE
Más detallesJornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes
Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes Residencia Lucas Olazábal Universidad Politécnica de Madrid Cercedilla, 3 y 4 de diciembre de 2011 Órganos de Gobierno de la DA-UPM Coordinación
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONSEJO DE CARRERA DE TURISMO
REGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONSEJO DE CARRERA DE TURISMO CAPITULO I De su definición y objetivo Artículo 1. De su definición El Consejo de Carrera es la instancia de gobierno paritario de la Carrera
Más detallesConferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional Distr. general 6 de mayo de 2004 Español Original: inglés CTOC/COP/2004/1 Primer período
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Título Preliminar OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 1. El presente Reglamento regulará el
Más detallesForo Intergubernamental sobre Seguridad Química. Mandato
Mandato 1. Finalidad y objetivos 1.1 El (llamado en adelante *el Foro+) es un mecanismo no institucional para proporcionar análisis e informar sobre los progresos de los gobiernos, las organizaciones internacionales
Más detallesPRIMERA CONFERENCIA DE LOS ESTADOS PARTE Del 8 al 9 de marzo de 2004 CIFTA/CEP-I/doc.3/04 rev. 1 Bogotá, Colombia 8 marzo 2004 Original: español
CONFERENCIA DE LOS ESTADOS PARTE DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS (CIFTA) PRIMERA CONFERENCIA
Más detalles38 C. 38 C/69 3 de noviembre de 2015 Original: francés. Punto 4.22 del orden del día
38ª reunión - París, 2015 38 C 38 C/69 3 de noviembre de 2015 Original: francés Punto 4.22 del orden del día REORIENTACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ARTISTAS UNESCO-ASCHBERG Y MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
Más detallesREGLAMENTO CUMBRE DE LOS LÍDERES GRUPO DE LOS 20 PAÍSES INDUSTRIALIZADOS Y EMERGENTES
REGLAMENTO CUMBRE DE LOS LÍDERES GRUPO DE LOS 20 PAÍSES INDUSTRIALIZADOS Y EMERGENTES Artículo 1 De la Cumbre La Cumbre de los Líderes del Grupo de los 20 Países Industrializados y Emergentes (G20) se
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 2/98 REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 32/98 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que
Más detallesREGLAMENTO PROPUESTO PARA LAS REUNIONES DE SIGNATARIOS DEL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO DE LA CMS SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LOS TIBURONES MIGRATORIOS
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LOS TIBURONES MIGRATORIOS Segunda Reunión de los Signatarios San José, Costa Rica, 15-19 de febrero de 2016 Punto 2 del orden del día CMS/Sharks/MOS2/Doc.2.2/
Más detallesNormas de procedimiento
Evento intergubernamental a nivel ministerial de los Estados Miembros de las Naciones Unidas con motivo del 60º aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el 50º aniversario
Más detallesBORRADOR DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE GESTORES DE LA RED DE RESERVAS DE BIOSFERA ESPAÑOLAS
BORRADOR DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE GESTORES DE LA RED DE RESERVAS DE BIOSFERA ESPAÑOLAS PREÁMBULO Conforme establece el Real Decreto que regula el desarrollo de las funciones del
Más detallesPROGRAMA PROVISIONAL ANOTADO
CBD CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Distr. GENERAL UNEP/CBD/COP/2/1/Add.1 10 de agosto de 1995 ESPAÑOL Original: INGLES CONFERENCIA DE LAS PARTES EN EL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Segunda
Más detallesCONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Área de Desarrollo Económico Sostenible CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA R E G L A M E N T O DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. - CONSTITUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA El Consejo
Más detallesREGLAMENTO I: DE LOS ÓRGANOS FEDERALES
REGLAMENTO I: DE LOS ÓRGANOS FEDERALES Este reglamento define una regulación común para los distintos órganos federales de EQUO especificando, cuando sea necesario, las particularidades de cada caso. Se
Más detallesAsamblea General de la OMPI
S WO/GA/48/14 REV. ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 Asamblea General de la OMPI Cuadragésimo octavo período de sesiones (26º extraordinario) Ginebra, 3 a 11 de octubre de 2016 CICLO ELECTORAL
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREÁMBULO
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobado por Consejo de Gobierno del 15/04/2005) PREÁMBULO El sistema de participación para los estudiantes en la
Más detallesCONFINTEA VI/2 Prov. Hamburgo, 15 de octubre de 2009 Original: Inglés ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN DE ADULTOS
CONFINTEA VI/2 Prov. Hamburgo, 15 de octubre de 2009 Original: Inglés ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN DE ADULTOS Las enmiendas sometidas a la CONFINTEA en su sexta
Más detallesESTATUTOS DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS DE LOS PROBLEMAS TECNICOS DE LA CONSERVACION Y DE LA RESTAURACION DE LOS BIENES CULTURALES ARTICULO 1
ESTATUTOS DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS DE LOS PROBLEMAS TECNICOS DE LA CONSERVACION Y DE LA RESTAURACION DE LOS BIENES CULTURALES ARTICULO 1 Funciones El "Centro Internacional de Estudio de los
Más detallesReglamento de la Asamblea General de Accionistas de ISAGEN
Reglamento de la Asamblea General de Accionistas de ISAGEN El presente documento complementa las disposiciones Estatutarias sobre la Asamblea General de Accionistas de ISAGEN, en lo que tiene que ver con
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO MUNICIPAL DE PODEMOS-AHAL DUGU EIBAR.
REGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO MUNICIPAL DE PODEMOS-AHAL DUGU EIBAR. PREÁMBULO Tras la Constitución del Consejo Ciudadano Municipal de Eibar, hace conveniente la aprobación del Reglamento de este órgano.
Más detallesESTABLECIMIENTO DE LA CONFERENCIA ESTADÍSTICA DE LAS AMÉRICAS DE LA COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
1 NACIONES UNIDAS COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE - CEPAL Distr. LIMITADA LC/L.1475(CEA.2001/5) 24 de enero de 2001 ORIGINAL: ESPAÑOL Primera Reunión de la Conferencia Estadística de
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS, COLEGIO SANTA EMILIA
TÍTULO I "CONSTITUCIÓN, OBJETIVOS Y ATRIBUCIONES" REGLAMENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS, COLEGIO SANTA EMILIA Artículo 1. De conformidad con las atribuciones que invisten al Director Colegio Santa Emilia y
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo regulará las cuestiones relativas al funcionamiento de este Órgano, cuyas reglas generales están contenidas
Más detallesCONFERENCIA INTERNACIONAL DE DERECHO AERONÁUTICO. (Beijing, 30 de agosto 10 de septiembre de 2010) REGLAMENTO INTERNO PROVISIONAL 1
DCAS Doc núm. 2 2/2/10 CONFERENCIA INTERNACIONAL DE DERECHO AERONÁUTICO (Beijing, 30 de agosto 10 de septiembre de 2010) REGLAMENTO INTERNO PROVISIONAL 1 Artículo 1 (Composición de la Conferencia) 1) La
Más detallesReglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud APROBADO EN LA SESIÓN PLENARIA DEL 23 DE JULIO DE 2003 PREÁMBULO La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO El artículo 11 del REAL DECRETO 221/2008, de 15 de febrero, por el que
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la
Más detallesDECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO de 1 de diciembre de 2009 relativa a la adopción de su Reglamento interno (2009/882/UE)
2.12.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 315/51 DECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO de 1 de diciembre de 2009 relativa a la adopción de su Reglamento interno (2009/882/UE) EL CONSEJO EUROPEO, HA ADOPTADO
Más detallesAsamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
NACIONES UNIDAS EP UNEP/EA.2/1/Add.1/Rev.1 Distr. general 19 de mayo de 2016 Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Español Original:
Más detallesReglamento del Consejo Municipal de Turismo
Reglamento del Consejo Municipal de Turismo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,
Más detallesConsejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil Concepción 2014 Pablo Ibarra Ibarra Secretario Municipal Reglamento del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil Ley 20.500 de Participación
Más detallesREGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado
REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el
Más detallesHamburgo, 15 de octubre de 2009 Original: Inglés. Directrices para la organización de los trabajos de la Conferencia
Distribución: limitada CONFINTEA VI/INF.3 Hamburgo, 15 de octubre de 2009 Original: Inglés Directrices para la organización de los trabajos de la Conferencia CONFINTEA VI/INF.3 Introducción 1. Este documento
Más detallesReglamento para reuniones del Comité de Fauna (adoptado en la 28ª reunión, Tel Aviv, augusto de 2015, en vigor a partir del 3 de septiembre de 2015)
CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES Reglamento para reuniones del Comité de Fauna (adoptado en la 28ª reunión, Tel Aviv, augusto de 2015, en vigor
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ACADÉMICO modificado en el Consejo Académico No. 26-2003 del 19 de diciembre de 2003. CAPÍTULO I COMPOSICIÓN Y FUNCIONES Artículo 1: El Consejo
Más detallesConsejo de Administración Ginebra, noviembre de 2006
OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO GB.297/4 297. a reunión Consejo de Administración Ginebra, noviembre de 2006 CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA Grupo de Trabajo sobre la Conferencia Internacional del Trabajo
Más detallesCAPÍTULO PRIMERO: DE LA COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y DE LAS SUBCOMISIONES DE RELACIONES INTERNACIONALES DE CENTRO. PREÁMBULO Los Estatutos de la Universidad
Más detallesSESION 8.- EL Derecho Internacional Humanitario en México. Participación de México en el Derecho Internacional Humanitario
NOMBRE DE LA ASIGNATURA O UNIDAD DE APRENDIZAJE: Derecho Internacional Humanitario OBJETIVO DE LA SESIÓN: El alumno conozca la participación de nuestro país en los Tratados y Convenios que forma parte
Más detallesAG/RES (XXXVI-O/06) APROBACIÓN DEL ESTATUTO ENMENDADO DEL COMITÉ INTERAMERICANO PARA LA REDUCCIÓN DE LOS DESASTRES NATURALES
AG/RES. 2182 (XXXVI-O/06) APROBACIÓN DEL ESTATUTO ENMENDADO DEL COMITÉ INTERAMERICANO PARA LA REDUCCIÓN DE LOS DESASTRES NATURALES (Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 2006)
Más detallesManual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO ESTATAL
REGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO ESTATAL Disposiciones generales Artículo 1. El Consejo Ciudadano Estatal es el órgano de dirección política de Podemos con funciones ejecutivas. Artículo 2. Las tareas
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO
Leonardo García Camarena, Presidente Constitucional del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, celebrada el 09 de diciembre
Más detallesCOMITÉ PROVINCIAL DE EMPRESA ADIF PONTEVEDRA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO INDICE
1 COMITÉ PROVINCIAL DE EMPRESA ADIF PONTEVEDRA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO INDICE ART. 1º.- COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE EMPRESA. ART. 2º.- DOMICILIO SOCIAL Y LUGAR DE REUNIONES. ART. 3º.- COMPETENCIAS Y
Más detallesasociación de Arquitectos/Procoam
ENMIENDA PARCIAL Nº31 PROPUESTA DE MODIFICACIÓN: Artículo 27. Constitución, asistencia y funcionamiento, deliberación y adopción de acuerdos. ( ) 2. Las reuniones de la Junta de Representantes serán presididas
Más detallesREGLAMENTO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA FUNDAMENTACIÓN La PARTICIPACIÓN activa y comprometida de los estudiantes en la construcción permanente de la educación media, es
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES TRANSITORIOS
Más detallesREGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS
REGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS DE GRUPO Y RAMA Reglamento de régimen interno reforzado Artículo 1.- Naturaleza Los delegados y subdelegados de grupo y rama serán los representantes ante la Delegación
Más detallesAprobado por la Junta Ejecutiva el 15 de noviembre de 2011, en su segundo período de sesiones ordinario
Aprobado por la Junta Ejecutiva el 15 de noviembre de 2011, en su segundo período de sesiones ordinario 1. En calidad de órgano consultivo especializado, el Comité de Auditoría presta asesoramiento especializado
Más detallesNORMAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DOCENTES DE LAS TITULACIONES DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
NORMAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DOCENTES DE LAS TITULACIONES DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS (Aprobado por la Junta de Facultad el 27 de octubre de 2011) Introducción
Más detallesPROPUESTA DE ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COMERCIO.
PROPUESTA ESTATUTOS L CONSEJO MUNICIPAL. EXPOSICIÓN MOTIVOS. El sector comercial de Paterna, se encuentra ante nuevos e ineludibles retos de futuro, y la creación de un consejo sectorial de comercio es
Más detallesMARCO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ EXTERNO DE EVALUACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ASISTENCIA EN TECNOLOGÍA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C.
MARCO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ EXTERNO DE EVALUACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ASISTENCIA EN TECNOLOGÍA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C. CONTENIDO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II
Más detallesNORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha VI REGLAMENTOS ORGÁNICOS
7.- REGLAMENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2004 y publicado en D.O.C.M. de 11 de junio de 2004 y en BO-UCLM nº 71
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones Artículo 1. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto General, el Consejo de Difusión Cultural
Más detallesCONVOCATORIA DEL 38.º CONGRESO FEDERAL
CONVOCATORIA DEL 38.º CONGRESO FEDERAL comité federal 26 noviembre 2011 CONVOCATORIA DEL 38.º CONGRESO FEDERAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL 1. Fecha y lugar de celebración El 38.º Congreso del
Más detallesESTATUTO DE LA CONFER DIOCESANA DE MALLORCA
ESTATUTO DE LA CONFER DIOCESANA DE MALLORCA I. NATURALEZA Y MIEMBROS Art. 1. La CONFER Diocesana de Mallorca es una Delegación de la CONFER (art. 55. 1 EE). Art. 2. Son miembros de la CONFER Diocesana,
Más detallesDERECHO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA, ENTREGA O ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN
CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE METROVACESA SUELO Y PROMOCIÓN, S.A. A CELEBRAR LOS DÍAS 24 Y 25 DE NOVIEMBRE DE 2017, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
16977 I DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DE LA JUNTA DECRETO 83/2016, de 28 de junio, por el que se modifica el Decreto 216/2014, de 23 de septiembre, por el que se regula la Comisión de Publicidad
Más detallesLIBRO VI DEL COMITE VASCO DE FUTBOL SALA
- 62 - LIBRO VI DEL COMITE VASCO DE FUTBOL SALA Articulo 142 1. El Comité Vasco de Fútbol Sala es el órgano de la FVF - EFF, al que compete la promoción, gestión, organización y dirección del Fútbol Sala.
Más detallesLineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Permanente de Trabajo y Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal
Lineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal Ejercicio Fiscal 2012 Con fundamento en los artículos 32, 32 bis, 36 y 40 de la Ley Orgánica
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS CAJA RURAL DE TERUEL
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS CAJA RURAL DE TERUEL 1 INDICE 1. CONSTITUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA 2. NOMBRAMIENTO, CESE, COMPOSICIÓN Y NÚMERO DE MIEMBROS 3. FUNCIONES Y FACULTADES 4. REUNIONES
Más detallesLEY EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
LEY 14226 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY COMISIÓN MIXTA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO CAPÍTULO I CREACIÓN ARTÍCULO 1º - La Comisión
Más detallesREGLAMENTO DE LA REUNIÓN ACADÉMICA NACIONAL
REGLAMENTO DE LA REUNIÓN ACADÉMICA NACIONAL Artículo 1. (Marco Normativo). La Reunión Académica Nacional (RAN), es un Órgano Nacional de Asesoramiento, establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema de
Más detallesANEXO 2: ORGANIZACIÓN PREVENTIVA
ANEXO 2: ORGANIZACIÓN PREVENTIVA ÍNDICE 1. ACTA DE NOMBRAMIENTO DE LA COORDINADORA DE RIESGOS LABORALES DE LA EMPRESA... 3 2. DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA EMPRESA EN EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y
Más detalles