EDUCACIÓN Y CULTURA LEONARDO DA VINCI. Programa de acción comunitario en materia de formación profesional Segunda fase:
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- Juan Camacho Mora
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1 EDUCACIÓN Y CULTURA LEONARDO DA VINCI Programa de acción comunitario en materia de formación profesional Segunda fase: Versión final MOVILIDAD GUÍA DEL PROMOTOR Versión revisada COMISIÓN EUROPEA
2 Creado en 1994, el programa de acción comunitario en materia de formación profesional Leonardo Da Vinci entra en su segunda fase, que se desarrollará del 1 de enero de 2000 al 31 de diciembre de La promoción de una Europa del conocimiento constituye el punto central del programa, que contribuye a la consolidación de un espacio europeo de cooperación en materia de educación y formación. El programa Leonardo Da Vinci ayuda activamente a las políticas de formación permanente adoptadas por los Estados miembros y apoya las iniciativas innovadoras de carácter transnacional en favor del desarrollo de los conocimientos, las aptitudes y las competencias inherentes a una buena inserción profesional y al pleno ejercicio de la ciudadanía. Permite, asimismo, una articulación con otras iniciativas comunitarias, en particular los programas Sócrates y Juventud, gracias al apoyo de acciones conjuntas. Las orientaciones generales de su segunda fase se establecen en el texto de la Decisión del Consejo, de 26 de abril de 1999 (DO L 146 de 11 de junio de 1999), que afirma la necesidad de mejorar la calidad, la innovación y la dimensión europea de los sistemas y las prácticas de formación profesional mediante la cooperación internacional. Para los períodos , y están previstas convocatorias comunitarias de propuestas plurianuales que fijarán los plazos anuales de presentación y selección de las propuestas y determinarán concretamente las prioridades de las convocatorias. Los promotores que deseen presentar una propuesta en el marco del programa Leonardo da Vinci tienen a su disposición una serie de seis guías. La primera de ellas, la Guía General, presenta el programa, por lo que debe leerse paralelamente a las guías específicas que precisan las condiciones establecidas por la Decisión del Consejo para cada una de las medidas del programa, a saber: movilidad; proyectos piloto; competencias lingüísticas; redes transnacionales; documentación de referencia. La presente Guía se refiere a la medida «MOVILIDAD» (movilidad transnacional). -2-
3 ÍNDICE Página I. MARCO GENERAL...R...R I.1 Contenido de la medida...t... 4 I.2 Características distintivas...t... 7 II. APLICACIÓN...R...R III. ELEMENTOS DE UNA PROPUESTA...R IV. CRITERIOS DE CALIDAD...R...R IV.1 El tema...t...t IV.2 Los resultados previstos y su difusión...t IV.3 La asociación...t...t IV.4 El programa de trabajo...t IV.5 El plan financiero...t...t
4 I. MARCO GENERAL En la presente Guía se especifica el contenido de la medida «movilidad» y se exponen sus particularidades respecto a las otras medidas del programa Leonardo Da Vinci. I.1. Contenido de la medida En la Decisión del Consejo de 26 de abril de 1999 se detalla el contenido de esta medida en términos de «apoyo a la movilidad transnacional de las personas, especialmente los jóvenes, que sigan una formación profesional, así como de las personas responsables de la formación». Esta medida incluye tres tipos de acciones: Estancias Por «estancias», se entiende un período de formación y/o de experiencia profesional de un beneficiario 1 en una organización de acogida de otro país, en el marco de una cooperación entre organismos de formación (incluidas las universidades) y empresas. Está dirigido a mejorar las competencias de los beneficiarios y sus posibilidades de encontrar un empleo. En la medida de lo posible, las estancias deberían llevar consigo el reconocimiento, con arreglo a las prácticas aplicables en el país de origen, del desarrollo de las aptitudes y de la adquisición de las competencias. Existen distintos tipos de estancias dependiendo de los grupos destinatarios y de las organizaciones de acogida: - las destinadas a las personas que siguen una formación profesional inicial; estas estancias tienen lugar en un centro de formación profesional o en una empresa y son parte integrante del programa de formación seguido en el país de origen; - las destinadas a los estudiantes inscritos en centros de enseñanza superior, que tienen lugar en empresas; - las destinadas a los jóvenes trabajadores y titulados recientes, que tienen lugar en un centro de formación profesional o en una empresa. La duración de estos distintos tipos de estancias depende del grupo destinatario (véase el cuadro 1). Las estancias pueden incluir proyectos que se hallan dentro del marco de los «Itinerarios europeos de formación en alternancia, incluido el aprendizaje», con arreglo a lo dispuesto en la Decisión 1999/51 2, por la que se establece el «Europass-Formación» 3. Intercambios El término «intercambio» se refiere a la transferencia de competencias, de prácticas y/o métodos de formación profesional innovadores, incluidos los desarrollados en virtud de la medida «proyectos piloto», en el marco de una cooperación entre organismos de formación (incluidas las universidades) y empresas. Estos intercambios permiten a los protagonistas de la formación y la orientación profesional actualizar y mejorar sus competencias utilizando sus conocimientos y experiencias en otro país y en otro contexto institucional. 1 Véase la definición de «beneficiarios» en el anexo 4 de la Guía General. 2 DO L 17 de , p El «Europass-Formación» es un documento cuya producción, difusión y seguimiento corre a cargo de la Comisión, en estrecha cooperación con los Estados miembros. Dicho documento certifica, a escala comunitaria, el período o los períodos de formación efectuado(s) por una persona que sigue una formación en alternancia, incluido el aprendizaje, en un Estado miembro distinto a aquel en que se imparte la formación. -4-
5 Un proyecto de intercambio se diferencia, pues, de un proyecto de estancia en el contenido, en los grupos destinatarios y en la duración (véase cuadro 1). Los intercambios están destinados: a los responsables de recursos humanos en las empresas, a los planificadores y gestores de programas de formación profesional en particular a los formadores y a los especialistas de orientación profesional. Dichos intercambios tienen lugar entre empresas, por una parte, y organismos de formación profesional o universidades, por otra; a los formadores y tutores pedagógicos en el ámbito de las competencias lingüísticas. Dichos intercambios tienen lugar entre empresas, por una parte, y organismos especializados en formación lingüística, incluidas las universidades o los organismos de formación profesional, por otra. N. B. No debe confundirse la duración de una estancia o un intercambio con la duración de un proyecto. Los promotores pueden realizar proyectos de movilidad durante un período máximo de 24 meses. Estos proyectos incluyen normalmente varias estancias para diferentes beneficiarios distribuidas a lo largo de este período. Ninguna estancia puede superar la duración mínima y máxima mencionada en el cuadro 1. Visitas de estudio Por «visita de estudio», se entiende una reunión entre responsables de formación profesional, sobre temas propuestos por la Comisión. Su objeto es fomentar el intercambio de experiencias y promover la comprensión recíproca del funcionamiento de los sistemas y dispositivos de formación profesional. Para más información: www2.trainingvillage.gr/etv/studyvisits/index.asp Con arreglo a la Decisión del Consejo, las visitas de estudio pueden ser organizadas por el CEDEFOP 4 Por consiguiente, no están recogidas en la presente Guía. 4 El CEDEFOP, Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, se creó en virtud del Reglamento del Consejo (CEE) n 337/75, de 10 de febrero de 1975, con el fin de ayudar a la Comisión Europea y de contribuir a los trabajos de los Estados miembros y de los interlocutores sociales en el marco de la aplicación de la política comunitaria de formación profesional. Dirección : CEDEFOP, Evropis 123, GR Thessaloniki (Pylea) Dirección postal: PO Box 22427, GR Thessaloniki Tel. (30-31) , Fax (30-31) , correo electrónico info@cedefop.gr, portada: sitio web interactivo: -5-
6 Cuadro I :Las diferentes acciones de movilidad Tipo de acciones Intercambios Estancias Quién puede ir? Las personas que siguen una formación profesional inicial Dónde? Cuánto tiempo? 5 Centro de formación profesional o empresa 6 De 3 semanas a 9 meses Estudiantes 6 Empresa 6 De 3 a 12 meses Jóvenes trabajadores y titulados recientemente Responsables de recursos humanos en las empresas, planificadores y gestores de programas de formación profesional, formadores y especialistas en orientación profesional Formadores y tutores en el ámbito de las competencias lingüísticas Centro de formación profesional o empresa 6 De 2 a 12 meses Intercambio entre, por una parte, empresas 6 y, por otra, organismos de formación profesional o universidades Intercambio entre, por una parte, las empresas, y, por otra parte, las instituciones especializadas en formación lingüística, incluidas las universidades qo los organismos de formación profesional De 1 a 6 semanas De 1 a 6 semanas Cuál es la contribución financiera? El nivel de las becas por persona varía en función de la duración de la estancia, con un máximo de euros por beneficiario. Este importe máximo puede incrementarse para los participantes con discapacidad. Por otra parte: Se concede un importe máximo de 500 euros por promotor para ayudar a las PYME promotoras a preparar su primera propuesta en virtud de esta medida del programa 6 Se asigna a todos los promotores un importe destinado a la preparación pedagógica, cultural y lingüística de los destinatarios. Dicho importe no podrá exceder de 200 euros por beneficiario para una estancia inferior a tres meses, o de 500 euros para una estancia superior a tres meses, con un límite máximo de euros por promotor. Estos importes se añaden al importe reservado para el organismo de envío con objeto de asegurar la gestión y el seguimiento de los proyectos transnacionales de estancias. Dichos importes no podrán exceder de 200 euros por beneficiario, con un límite máximo de euros por promotor y año de selección. El nivel de las becas por persona varía en función de la duración del intercambio, con un máximo de euros por beneficiario. Este importe máximo podrá incrementarse para los participantes con discapacidad. Por otra parte: Se concede un importe máximo de 500 euros por promotor para ayudar a las PYME promotoras a preparar su primera propuesta en virtud de esta medida del programa 7. Estos importes se añaden al importe reservado para el organismo de envío con objeto de asegurar la gestión y el seguimiento de los proyectos transnacionales de intercambios. No podrán exceder de 100 euros por beneficiario, con un límite máximo de euros por promotor y año de selección. 5 Las cifras de esta columna representan la duración de las estancias. No obstante, un proyecto puede incluir varias estancias distribuidas en un período de hasta 24 meses. 6 Véase la definición en el anexo III de la Decisión del Consejo, de 26 de abril de Ha de tenerse en cuenta que las instituciones europeas, las organizaciones que gestionan los programas comunitarios y las organizaciones nacionales de los países de los beneficiarios, como embajadas, consulados, institutos culturales y representaciones regionales y nacionales, no pueden ser organizaciones de acogida. 7 El Comité Leonardo da Vinci fija cada año esta cantidad. Para más información, póngase en contacto con su Agencia Nacional. -6-
7 I.2 Características distintivas La «movilidad» se distingue de las otras medidas en lo siguiente: está centrada en la organización de actividades directamente relacionadas con el envío y la acogida de los beneficiarios; la gestión de la misma está totalmente descentralizada a nivel de los países participantes. Por otra parte, se diferencia de las medidas de movilidad previstas por los programas Sócrates y Juventud en que está destinada a fomentar la cooperación entre empresas y centros de formación profesional. II. APLICACIÓN II.1 Principios generales Los principios que regulan la aplicación de la presente medida están definidos a escala comunitaria. Las acciones de movilidad se aplican de forma descentralizada con arreglo a un plan operativo establecido por los países participantes en el programa (siempre que se respeten las normas específicas establecidas a escala comunitaria). De conformidad con la Decisión del Consejo, en dicho plan deberá especificarse lo siguiente: las modalidades de gestión de la ayuda financiera; las medidas que han de adoptarse para ayudar a los promotores a elaborar una lista de los socios potenciales; las medidas adecuadas que han de adoptarse para garantizar la correcta preparación, la organización y el seguimiento de las estancias y de los intercambios, también en lo que se refiere a la promoción de la igualdad de oportunidades. A partir de ese plan operativo, la Comisión atribuye a cada país participante una subvención global anual. Cada país es responsable de la aplicación de sus proyectos de intercambio y estancias transnacionales. Las propuestas no deben ser presentadas por una persona física, sino por promotores, es decir, organismos privados, públicos o semipúblicos, en respuesta a convocatorias de propuestas plurianuales publicadas a nivel comunitario y difundidas a nivel nacional por las Agencias Nacionales, en las que se establecen, en particular, los plazos de oferta y selección. Además de estos plazos, los países participantes pueden establecer otros plazos para el mismo año de selección. La selección se efectuará como mínimo una vez al año. Sin embargo, para conocer los plazos exactos de presentación de las propuestas, los promotores deberán ponerse en contacto con sus respectivas agencias nacionales. Con arreglo a la norma general, un proyecto de movilidad (tanto estancias como intercambios) solamente puede incluir beneficiarios que se desplazan a otro país: únicamente pueden concederse becas a los beneficiarios enviados por el promotor (y a sus socios del mismo país, en su caso) a una o más «organizaciones de acogida» en uno o varios países extranjeros. Dentro del mismo proyecto, una organización puede enviar beneficiarios a una organización de acogida en otro país, pero no puede ser una organización de acogida al mismo tiempo. II.2 Reciprocidad Según la norma general, es posible establecer acuerdos recíprocos entre las organizaciones de envío y las organizaciones de acogida, pero siempre con propuestas separadas, cada una presentada a la Agencia Nacional del país en cuestión. -7-
8 Las propuestas relacionadas entre sí a fin de organizar estancias o intercambios recíprocos deben hacer referencia a esta relación en la sección B2 del formulario de solicitud para la movilidad. Se presenta a continuación un ejemplo de propuestas vinculadas a fin de garantizar la reciprocidad (este ejemplo se aplica a los proyectos recíprocos de 3 socios en 3 países diferentes): Promotor y otra u otras organizaciones de envío, si existen Organización u organizaciones de acogida Propuesta 1 Organización a en país A Organización b en país B Organización c en país C Propuesta 2 Organización b en país B Organización a en país A Organización c en país C AN a la que se remite la propuesta AN del país A AN del país B Propuesta 3 Organización c en país C Organización a en país A AN del país C c a a Flujos a a b a a c b a a b a c II.3 La excepción de los «estudiantes acogidos» En casos excepcionales, con la aprobación de la Comisión Europea, algunos países han elegido introducir una excepción de la norma general anteriormente mencionada. Algunos países permiten, únicamente para un tipo de beneficiarios, en el caso de estancias de estudiantes matriculados en instituciones de enseñanza superior, que los beneficiarios enviados y los acogidos reciban becas en el marco del mismo proyecto de movilidad. En este caso, una organización de un país determinado puede enviar beneficiarios a otro país y puede actuar también como institución de acogida al mismo tiempo, o simplemente actuar como organización de acogida sin actividades de envío. En el marco de esta excepción, los promotores pueden actuar como organizaciones de acogida. Al igual que con arreglo a la norma general, la propuesta deberá enviarse a la Agencia Nacional del país del promotor. Hasta ahora, solamente algunos países han decidido recurrir a esta posibilidad (según la cual no pueden destinar más del 10 % de su subvención general a la financiación de las propuestas cubiertas por esta excepción). Se pide a los promotores que consulten a la Agencia Nacional de su país para saber si está prevista en la actualidad esta posibilidad. Debido a que se trata de una excepción, esta posibilidad de recibir estudiantes se aplicará con condiciones estrictas y estará constantemente supervisada por la Agencia Nacional de los países en cuestión, a fin de evitar la doble financiación de las mismas actividades y de los mismos beneficiarios a través de Leonardo da Vinci o de otras fuentes comunitarias. Estas condiciones se especificarán en el contrato entre el promotor y la Agencia Nacional. La Agencia Nacional del país en cuestión deberá asegurarse de que no exista doble financiación. II.4 Financiación de las acciones de movilidad Se recomienda encarecidamente la cofinanciación en los proyectos de movilidad. Los costes que no están cubiertos por la contribución comunitaria en el marco del Programa Leonardo da Vinci deben ser cubiertos a partir de otras fuentes no comunitarias (por ejemplo, recursos privados, públicos o de una asociación, o una combinación de los mismos) 8. No obstante, en ningún caso se cobrará a los beneficiarios de proyectos de movilidad ninguna tasa por el acceso, la inscripción, la participación, etc., en el proyecto. Se prohíbe la doble financiación (véase la Guía general del promotor). En particular, por lo que se refiere a los proyectos de movilidad, esto significa que en ningún caso podrán financiarse los gastos de una estancia o un intercambio con dos o más subvenciones comunitarias, en el mismo año o en diferentes años de selección. Si bien se pretende que el Programa Leonardo da Vinci esté abierto al mayor número posible de beneficiarios, no se alienta, aunque tampoco se prohíbe, la atribución de más de una subvención al mismo beneficiario en el 8 Estas condiciones pueden ser diferentes para los países candidatos a la adhesión. Podría existir la posibilidad de establecer una excepción a la norma general en el caso de la movilidad. Póngase en contacto con la Agencia Nacional Leonardo da Vinci de su país para más información. -8-
9 marco de diferentes proyectos. Un beneficiario no deberá recibir más de una subvención para una estancia o un intercambio en otro país dentro del mismo proyecto. II.5 Las dos acciones: II.5.1 Estancias Las estancias deberán cumplir los siguientes principios: formar parte de la formación profesional o del proceso de inserción o reinserción profesional del beneficiario; prever un marco pedagógico y un seguimiento de los beneficiarios en los organismos de acogida, en cooperación con los organismos de envío; hallarse incluidas dentro de la estrategia global y de las actividades de las organizaciones de envío y de acogida; reforzar la cooperación entre los organismos de formación (incluidas las universidades) y las empresas; respetar la duración prevista, a fin de que los participantes puedan adquirir plenamente las nuevas competencias o experiencias profesionales; garantizar el reconocimiento, con arreglo a las prácticas del país de origen, de las aptitudes y competencias adquiridas durante la estancia. Las propuestas presentadas de conformidad con la Decisión 1999/51 del Consejo «relativa a la promoción de itinerarios europeos de formación en alternancia incluido el aprendizaje», deben respetar los principios comunes definidos en ella: cada itinerario europeo será parte integrante de la formación seguida en el Estado miembro de procedencia, con arreglo a la legislación, procedimientos o prácticas aplicables en él; el organismo responsable de la organización de la formación en el Estado miembro de procedencia y el socio de acogida se pondrán de acuerdo, en el marco de la asociación, sobre el contenido, los objetivos, la duración y las modalidades del itinerario europeo; el itinerario europeo será seguido de cerca y supervisado por un tutor. La utilización del «Europass-Formación» y la participación en los cursos europeos se harán de forma voluntaria. II.5.2. Intercambios Por lo que respecta a los intercambios, deberán tenerse en cuenta los siguientes principios: el período de intercambio ha de formar parte de una formación profesional continua de los beneficiarios y ha de guardar relación con sus prácticas y métodos de trabajo concretos; debe tener principalmente como objetivo la adquisición de nuevos conocimientos y experiencias vinculados a las necesidades de competencias generadas por los cambios técnicos organizativos de las empresas; -9-
10 debe crear las condiciones necesarias para una transferencia de conocimientos, experiencias y prácticas innovadoras en materia de formación y de gestión de recursos humanos, relacionados, en particular, con las aplicaciones de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC); debe intensificar la cooperación entre los organismos de formación (incluidas las universidades) y las empresas; en el caso de los intercambios destinados a los formadores y tutores pedagógicos en el ámbito de las competencias lingüísticas, debe desarrollar métodos y medios que permitan mejorar los requisitos de admisión a la formación lingüística en el medio laboral. Los proyectos de estancias y de intercambios podrán estar unidos a otros proyectos. Por ejemplo, las estancias podrán servir para comprobar los resultados de proyectos piloto, y los intercambios podrán constituir un punto de partida para el desarrollo de un proyecto piloto o de un proyecto de red transnacional. III. ELEMENTOS DE UNA PROPUESTA Las propuestas de movilidad deben incluir los siguientes elementos: Proyectos transnacionales de estancias: definir las necesidades de los beneficiarios, en términos de competencias exigidas por el mundo laboral y que sean coherentes con su formación de base; establecer itinerarios individualizados que permitan adquirir una formación complementaria o una experiencia de trabajo pertinente; identificar nuevos campos de experiencias y ámbitos de formación con vistas al desarrollo de otros proyectos de estancias; prever una preparación lingüística y cultural; organizar actividades de difusión e información para mejorar la repercusión de los proyectos en el medio profesional. Proyectos transnacionales de intercambio: definir las necesidades de formación profesional permanente de los beneficiarios, desde la perspectiva de la formación permanente; establecer un programa de trabajo que permita una transferencia de competencias, experiencias y conocimientos; centrarse, en particular, en las prácticas y los métodos innovadores de formación profesional y de gestión de los recursos humanos, que estén vinculados a las aplicaciones de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC); incluir nuevos campos de experiencias y ámbitos de formación desde la perspectiva del desarrollo de otros proyectos de intercambio; establecer un marco operativo de cooperación transnacional entre empresas y organismos de formación, incluidas las universidades; organizar actividades de difusión que permitan incrementar los efectos de los intercambios en los centros de trabajo. -10-
11 IV. CRITERIOS DE CALIDAD En la Guía General del Promotor se especifican los criterios de calidad generales, que son aplicables a todas las medidas. Además, se definen a continuación criterios de calidad específicos, aplicables a la presente medida. Se refieren a lo siguiente: el tema elegido; los resultados previstos y su difusión; la asociación; el programa de trabajo; el plan financiero. IV.1 El contenido Las propuestas deberán: indicar el valor añadido de la propuesta y su pertinencia con respecto a los objetivos y a las prioridades de las políticas comunitarias y nacionales de formación profesional; demostrar sus aspectos innovadores; prever una coherencia entre la formación seguida en el país de origen por el beneficiario y la formación y la experiencia profesional que se esperaban obtener mediante la estancia o el intercambio. IV.2 Los resultados previstos y su difusión Las propuestas deberán : definir claramente los objetivos y los resultados cualitativos y cuantitativos esperados; definir la forma en que el proyecto va a desarrollar las competencias y las perspectivas de empleo de los beneficiarios (por lo que respecta a las estancias) o va a promover la transferencia de buenas prácticas y de innovación (por lo que respecta a los intercambios); presentar un plan detallado de difusión y de transferencia de los resultados, a distintos niveles, y justificar las acciones previstas para garantizar el valor añadido del proyecto y sus efectos sobre los sistemas y los dispositivos de formación profesional. IV.3 La asociación Las propuestas deberán incluir los siguientes aspectos: una dimensión transnacional que, en la medida de lo posible, no se limite únicamente al movimiento de movilidad transfronteriza; la participación de las PYME, como organismos de acogida y de envío; la participación activa de los interlocutores sociales; el compromiso de organismos de envío y de acogida que demuestren su capacidad y su experiencia en lo que se refiere a la organización, la gestión y el seguimiento de un dispositivo de movilidad. -11-
12 IV.4 El programa de trabajo Las propuestas deberán: identificar las distintas etapas del proyecto y formalizar por escrito la tarea de cada socio en dichas etapas; describir los tipos de beneficiarios y los socios (país, organismos de envío, organismos de acogida, tipo de estudios o actividades); definir de forma detallada el tipo y las características de la estancia (dónde, cuándo y cuánto tiempo); prever un dispositivo adecuado de supervisión sociopedagógica de los beneficiarios durante la estancia (por ejemplo, la tutoría), así como mecanismos de comunicación entre los socios, para hacer un seguimiento de los beneficiarios; definir criterios para la selección de los beneficiarios; prever una preparación pedagógica, lingüística y cultural antes de que éstos viajen al país anfitrión; incluir el plan de trabajo de los beneficiarios en los países de envío y de acogida; prever la posibilidad de fomentar la reciprocidad del flujo de movilidad, en el marco de un acuerdo de movilidad entre socios; prever la certificación del período de formación y de las competencias adquiridas en otro país y, en la medida de lo posible, el reconocimiento o la acreditación de los conocimientos adquiridos; prever un método riguroso y coherente de evaluación de los resultados concretos con relación a los objetivos del proyecto; definir las condiciones administrativas, financieras y materiales que puedan garantizar el correcto desarrollo del viaje y de la estancia de los beneficiarios 9. IV.5 El plan financiero Toda propuesta deberá observar rigurosamente lo dispuesto en el Manual Administrativo y Financiero. Los principios básicos son los siguientes: argumentar de forma detallada la pertinencia de los importes presupuestarios en relación con los instrumentos o los dispositivos metodológicos previstos; presentar una ficha financiera en la que se desglosen correctamente las distintas partidas presupuestarias, en función de las necesidades definidas por los objetivos de trabajo; presentar un reparto equilibrado de los recursos presupuestarios entre los distintos socios; prever la posibilidad de una cofinanciación del proyecto a distintos niveles. 9 Para obtener más información sobre las condiciones jurídicas y administrativas de cada país, póngase en contacto con su Agencia Nacional. -12-
13 PUNTOS ESENCIALES QUE HAN DE TENERSE EN CUENTA Qué procedimiento ha de utilizarse para presentar la oferta? El procedimiento A descrito en la Guía General del Promotor. Cuándo debe presentarse la propuesta? Durante el período previsto en la convocatoria de propuestas (para más información, póngase en contacto con su Agencia Nacional). Cuál es la duración máxima de un proyecto? Dos años. No debe confundirse con la duración de un período de movilidad individual, que varía en función del tipo de acción (véase el cuadro 1de la sección I). Cuál es el límite máximo de la contribución financiera comunitaria? Véase el cuadro 1 de la sección I. Los promotores deben consultar las convocatorias de propuestas comunitarias, el Manual administrativo y financiero y el formulario de candidatura. -13-
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