INFORMACIÓN GENERAL LABORAL SOBRE CONTRATOS (septiembre de 2004)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INFORMACIÓN GENERAL LABORAL SOBRE CONTRATOS (septiembre de 2004)"

Transcripción

1 INFORMACIÓN GENERAL LABORAL SOBRE CONTRATOS (septiembre de 2004) 1

2 1. INTRODUCCIÓN CONTRATO INDEFINIDO... 4 DEFINICIÓN:... 4 FORMALIZACIÓN:... 4 OTRAS CARACTERÍSITICAS:... 4 NORMATIVA: CONTRATO EN PRÁCTICAS... 6 DEFINICIÓN:... 6 FORMALIZACIÓN:... 6 OTRAS CARACTERÍSITICAS:... 7 NORMATIVA: CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO... 8 (Contrato de duración determinada)... 8 DEFINICIÓN:... 8 FORMALIZACIÓN:... 8 OTRAS CARACTERÍSITICAS:... 9 NORMATIVA: CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN (Contrato de duración determinada) DEFINICIÓN: FORMALIZACIÓN: OTRAS CARACTERÍSITICAS: NORMATIVA:

3 1. INTRODUCCIÓN Básicamente existen dos maneras en que las empresas pueden ofertar un contrato de trabajo: o Como empleado asalariado por cuenta ajena, en sus diversas modalidades: contrato indefinido, o contratos temporales. Y entre los temporales los más usuales son: contrato en prácticas, contrato por obra o servicio determinado y contrato por circunstancias de la producción. o Como trabajador por cuenta propia o profesional autónomo. 3

4 2. CONTRATO INDEFINIDO DEFINICIÓN: Es aquél que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios. FORMALIZACIÓN: - El contrato puede ser por escrito o de palabra - Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de una organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución de aquel. - Se constituirán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido ya jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. - Los empresarios están obligados a comunicar a la Oficina Pública de Empleo, en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito. OTRAS CARACTERÍSITICAS: - Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido el plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos. - Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley. 4

5 NORMATIVA: - Art. 8, 15 y 16 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 23/03/95) - Modificación por la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E 10/07/01) 5

6 3. CONTRATO EN PRÁCTICAS DEFINICIÓN: - Títulos profesionales habilitantes: son los de Diplomados Universitarios, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado Universitario, Ingeniero, Arquitecto, y Técnico o Técnico Superior de la formación profesional específica, así como los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional. - El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursado. FORMALIZACIÓN: - Se han de producir dentro de los 4 primeros años después de la obtención del título habilitante. - Deberá constar por escrito, haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto o puestos de trabajo a desempeñar durante las prácticas. - Deberá entregarse al empresario fotocopia compulsada del correspondiente título, o en su defecto, certificado de terminación de los estudios que dan derecho a la obtención del mismo. - Los empresarios están obligados a comunicar a la Oficina Pública de Empleo, en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito. - La duración del contrato no podrá ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años, considerando los convenios colectivos existentes. - No se podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a 2 años en virtud de la misma titulación. - El periodo de pruebas no podrá ser superior a dos meses para los trabajadores que estén en posesión de título de grado superior, salvo lo dispuesto en convenio colectivo. 6

7 OTRAS CARACTERÍSITICAS: - La retribución del trabajador será la fijada en el convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60 o al 75 por 100 durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en el convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. - En ningún caso el salario será inferior al mínimo interprofesional. - A la terminación del contrato el empresario deberá entregar al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo desempeñados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos. - Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa no podrá concertarse un nuevo periodo de pruebas, computándose la duración de las prácticas a efecto de antigüedad en la empresa. - Las transformaciones en contratos indefinidos a tiempo completo, o a tiempo parcial, se podrán realizar con los beneficios establecidos en la Disposición Adicional primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) y acogerse a las bonificaciones reguladas en el artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) - Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley. NORMATIVA: - Art. 11 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 23/03/95) - R.D. 488/98, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos (B.O.E. de 98 de abril) - Disposición Adicional primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) - Artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) 7

8 4. CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO (Contrato de duración determinada) DEFINICIÓN: - Se dará cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio determinado, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta. - El convenio colectivo que resulte de aplicación identificará los trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con esta modalidad contractual. - Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. FORMALIZACIÓN: - Se realizará por escrito. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal. - Deberá especificar e identificar suficientemente y con precisión y claridad, la obra o el servicio que constituya su objetivo. - La duración del contrato será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. - Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo en función de lo establecido anteriormente. - Estos contratos que han de formalizarse por escrito y, en su caso, las prórrogas que las partes acuerden expresamente se registrarán por el empresario, en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, en la correspondiente Oficina de Empleo, donde quedará depositado un ejemplar. 8

9 OTRAS CARACTERÍSITICAS: - El contrato para obra o servicio determinado se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, por la realización de la obra o servicio objeto del contrato. - Los contratos que tengan establecida una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúe prestando servicios. Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. - Cuando el contrato tenga una duración superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de 15 días. El incumplimiento por el empresario de este plazo da lugar a una indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. - Se presumirán por tiempo indefinido los contratos de duración determinada celebrados en fraude de ley. - Adquirirán la condición e trabajadores fijos los que no hubiesen sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igualmente al que legalmente hubiera podido fijar para el período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos. - A la finalización del contrato el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 8 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. - Las transformaciones en indefinidos de estos contratos podrán acogerse a los beneficios establecidos en la Disposición Adicional primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) y a las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social previstas en el artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) siempre que se hayan celebrado con anterioridad al 1 de enero de

10 NORMATIVA: - Art. 15 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 23/03/95) - R.D. 2720/98, de 18 de diciembre (B.O.E. de 8 de enero de Disposición Adicional primera y Artículo tercero de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) - Artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) 10

11 5. CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN (Contrato de duración determinada) DEFINICIÓN: - Se realizan cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aún tratándose de la actividad normal de la empresa - Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial FORMALIZACIÓN: - El contrato deberá identificar con precisión y claridad las causas o la circunstancia que lo justifique y determinar la duración del mismo. - Deberán formalizarse por escrito cuando su duración sea superior a 4 semanas o se concierten a un tiempo parcial. - Estos contratos que han de formalizarse por escrito y, en su caso, las prórrogas que las partes acuerden expresamente se registrarán por el empresario, en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, en la correspondiente Oficina de Empleo, donde quedará depositado un ejemplar. - La duración máxima de este contrato es de 6 meses dentro de un período de 12 meses. - En atención al carácter estacional de la actividad en la que se puede producir, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán modificar indistintamente: o la duración máxima del contrato o el período dentro del cual puede celebrarse o la duración máxima del contrato y el período dentro del cual puede celebrarse - El periodo máximo dentro del cual se podrán realizar será de 18 meses, no pudiendo superar la duración del contrato las 3 cuartas partes del período de referencia establecido, no como máximo, 12 meses. En cualquier caso, los convenios colectivos no 11

12 podrán establecer un período de referencia que exceda de estos valores. - En el caso de que el contrato eventual se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima. OTRAS CARACTERÍSITICAS: - Se presumirán por tiempo indefinido los contratos de duración determinada celebrados en fraude de ley. - El contrato eventual por circunstancias de la producción se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, por la expiración del tiempo convenido. - Los contratos que tengan establecida una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúe prestando servicios. Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. - A la finalización del contrato el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 8 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. - Adquirirán la condición e trabajadores fijos los que no hubiesen sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igualmente al que legalmente hubiera podido fijar para el período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos. - Las transformaciones en indefinidos de estos contratos podrán acogerse a los beneficios establecidos en la Disposición Adicional primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) y a las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social previstas en el 12

13 artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) siempre que se hayan celebrado con anterioridad al 1 de enero de NORMATIVA: - Art. 15 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. 23/03/95) - R.D. 2720/98, de 18 de diciembre (B.O.E. de 8 de enero de Disposición Adicional primera y Artículo tercero de la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio) - Artículo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre) 13

Guía de modalidades de contratos y medidas de fomento de la contratación Actualización Octubre 2013

Guía de modalidades de contratos y medidas de fomento de la contratación Actualización Octubre 2013 Empleo Guía de modalidades de contratos y medidas de fomento de la contratación Actualización Octubre 2013 CONTRATOS INDEFINIDOS SIN BONIFICACIÓN CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO ORDINARIO FORMALIZACIÓN,

Más detalles

.../... Artículo 3. Contrato eventual por circunstancias de la producción.

.../... Artículo 3. Contrato eventual por circunstancias de la producción. REAL DECRETO 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. Contratos de duración determinada Artículo

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 17 de noviembre de 2001

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 17 de noviembre de 2001 REAL DECRETO 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Más detalles

CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO

CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA Este contrato tiene por objeto la realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad

Más detalles

Incluye las modificaciones introducidas por:

Incluye las modificaciones introducidas por: Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada Aviso legal: este texto es propiedad del

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 9 de noviembre de 2012

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 9 de noviembre de 2012 Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 85,

Más detalles

INCENTIVOS A LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2014

INCENTIVOS A LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2014 INCENTIVOS A LA CONTRATACION DE PERSONAS CON 2014 TIPO REQUISITOS TRABAJADOR REQUISITOS EMPRESA INCENTIVOS COMPENSACION ECONÓMICA Y OTRAS DE TRABAJO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON RD1451/1983, de 11 de mayo.

Más detalles

LOS CONTRATOS FORMATIVOS MARÍA ANTONIA SOSA BRITO TATIANA A. MORENO FLÓREZ

LOS CONTRATOS FORMATIVOS MARÍA ANTONIA SOSA BRITO TATIANA A. MORENO FLÓREZ LOS CONTRATOS FORMATIVOS MARÍA ANTONIA SOSA BRITO TATIANA A. MORENO FLÓREZ TIPOS: Dos figuras contractuales: 1. Contrato en prácticas. 2. Contrato para la formación. Características: Naturaleza formativa

Más detalles

CONTRATOS Actualizado a Enero de 2014

CONTRATOS Actualizado a Enero de 2014 CONTRATOS Actualizado a Enero de 2014 INDICE CONTRATOS 1 Contenido FORMALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO...2 1. CONTRATO INDEFINIDO... 3 CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO... 4 CLAUSULAS ESPECÍFICAS:

Más detalles

3.3. INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA LAS EMPRESAS CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

3.3. INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA LAS EMPRESAS CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 3.3. ECONÓMICOS PARA LAS S 1 DURACIÓN Y JORNADA OBLIGACIONES DE LA CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo. El trabajador no debe haber estado vinculado a

Más detalles

FORMACION Y APRENDIZAJE

FORMACION Y APRENDIZAJE FORMACION Y APRENDIZAJE Características Generales El contrato para la formación y el aprendizaje tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad

Más detalles

NORMATIVA DE APLICACIÓN

NORMATIVA DE APLICACIÓN NORMATIVA DE APLICACIÓN Entre la normativa de aplicación encontramos, entre otras, las siguientes: Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del

Más detalles

El contrato temporal pretende el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado.

El contrato temporal pretende el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. CONTRATO TEMPORAL El contrato temporal pretende el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. Podrá ser: A jornada completa A jornada parcial Se formaliza

Más detalles

TEMA 2 TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

TEMA 2 TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO TEMA 2 TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO Nota Importante: En el presente tema nos limitamos a analizar los principales tipos de contratos de trabajo que regula el Estatuto de los Trabajadores. Para un estudio

Más detalles

2. Contratos temporales ordinarios (estructurales)

2. Contratos temporales ordinarios (estructurales) 2. Contratos temporales ordinarios (estructurales) Naturaleza. Estos contratos son de duración determinada debido a que el trabajo contratado a través de ellos es temporal por su propia naturaleza. Usted

Más detalles

A la vista del escrito mencionado, se procede a emitir el siguiente, INFORME

A la vista del escrito mencionado, se procede a emitir el siguiente, INFORME El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de... solicita, mediante escrito de fecha 17 de Junio pasado, y registro de entrada en Diputación el 23 del mismo mes, se emita Informe jurídico por parte de este

Más detalles

Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos

Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos , por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos Aviso legal: este texto es propiedad del CEMICAL. Se autoriza de manera genérica el acceso

Más detalles

4. Contrato eventual por las circunstancias de la producción. 8. Contrato indefinido de fomento de empleo año 2004

4. Contrato eventual por las circunstancias de la producción. 8. Contrato indefinido de fomento de empleo año 2004 Contratos 1. Contrato en prácticas 2. Contrato para la formación 3. Contrato por obra o servicio determinado 4. Contrato eventual por las circunstancias de la producción 5. Contrato de interinidad 6. Contrato

Más detalles

02/05/2017. *ALTA DE AUTONOMO * Trámites * Cuotas y Bonificaciones * Ayudas * ALTA TRABAJADORES. *CONTRATOS * Comunicación * Tipos

02/05/2017. *ALTA DE AUTONOMO * Trámites * Cuotas y Bonificaciones * Ayudas * ALTA TRABAJADORES. *CONTRATOS * Comunicación * Tipos *ALTA DE AUTONOMO * Trámites * Cuotas y Bonificaciones * Ayudas * ALTA TRABAJADORES * Trámites *CONTRATOS * Comunicación * Tipos *AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN 1 *MOD. 037 (Alta censal en la Agencia Tributaria)

Más detalles

Secretaría de Políticas de Empleo y Migraciones C.S. CCOO. Enero de 2014

Secretaría de Políticas de Empleo y Migraciones C.S. CCOO. Enero de 2014 GUÍA DE MODALIDADES DE CONTRATACIÓN E INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL C.S. CCOO Enero de 2014 CONTRATO DE TRABAJO Un contrato de trabajo es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste

Más detalles

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Trabajo realizado por: Jose Manuel Siñuela Ganfornina Alejandro Polo Calvet

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Trabajo realizado por: Jose Manuel Siñuela Ganfornina Alejandro Polo Calvet CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Trabajo realizado por: Jose Manuel Siñuela Ganfornina Alejandro Polo Calvet Definición. Modalidad contractual destinada a favorecer la inserción laboral y la

Más detalles

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (Art. 2, 3 y disposiciones transitorias séptima, octava y novena del Rea l Decreto-Ley 3/2012 de 10 de febrero (BOE de 11 de febrero), de medidas urgentes para

Más detalles

1. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. 1.1 Aspectos laborales aplicables al contrato para la formación y el aprendizaje

1. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. 1.1 Aspectos laborales aplicables al contrato para la formación y el aprendizaje 17-2012 Noviembre, 2012 REAL DECRETO 1529/2012, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE Y SE ESTABLECEN LAS BASES DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL En

Más detalles

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DEL SISTEMA EDUCATIVO.

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DEL SISTEMA EDUCATIVO. LS-04-12 CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DEL SISTEMA EDUCATIVO. Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 270, de fecha 9 de noviembre de 2012, el Real

Más detalles

A continuación, vamos a analizar de manera resumida las particularidades de este tipo de contrato de trabajo.

A continuación, vamos a analizar de manera resumida las particularidades de este tipo de contrato de trabajo. CONOCE LAS CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS DE LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL? El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número

Más detalles

El contrato de trabajo

El contrato de trabajo Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de remuneración. Formalización: El contrato

Más detalles

IBÉRICA DE ASESORAMIENTOS ASESORIA TÉCNICA FISCAL LABORAL CONTABLE ALTA TRABAJADORES

IBÉRICA DE ASESORAMIENTOS ASESORIA TÉCNICA FISCAL LABORAL CONTABLE ALTA TRABAJADORES IBÉRICA DE ASESORAMIENTOS ASESORIA TÉCNICA FISCAL LABORAL CONTABLE ALTA TRABAJADORES COMO DAR DE ALTA A UN TRABAJADOR Los empresarios están obligados a comunicar el alta de los trabajadores en los seis

Más detalles

EL CONTRATO PARA LA FORMACION Y LA FORMACION DUAL

EL CONTRATO PARA LA FORMACION Y LA FORMACION DUAL EL CONTRATO PARA LA FORMACION Y LA FORMACION DUAL JORNADA DE FORMACION PROFESIONAL DUAL CONSEJO ARAGONÉS DE FORMACIÓN PROFESIONAL. REGULACION DE LA FORMACIÓN DUAL EN ESPAÑA: LEY ORGÁNICA 5/2002, DE LAS

Más detalles

1º.- COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A JÓVENES

1º.- COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A JÓVENES MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTIMULO DEL CRECIMEINTO Y DE LA CREACION DE EMPLEO. R.D. Ley 4/2013 de 22 de Febrero Mediante el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, el Gobierno aprueba una

Más detalles

- Actualizado a fecha de 2 de enero de 2014

- Actualizado a fecha de 2 de enero de 2014 - Actualizado a fecha de 2 de enero de 2014 [RD 488/1998] Contrato en prácticas CAPITULO I. Contrato en prácticas Artículo 1. Títulos profesionales habilitantes 1. Son títulos profesionales habilitantes

Más detalles

PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ORDINARIO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ORDINARIO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ORDINARIO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES Se podrá celebrar este contrato con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veinticinco, (menores de treinta años

Más detalles

Contrato para la formación y aprendizaje y formación profesional dual

Contrato para la formación y aprendizaje y formación profesional dual 07.01.2013 Ref: LAB13003 Dept: Juridic- UPM Contrato para la formación y aprendizaje y formación profesional dual Barcelona, jueves 27 de diciembre 2012 Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado

Más detalles

Article 12 de l Estatut dels Treballadors.

Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo. 1. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL DE CARÁCTER COYUNTURAL

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL DE CARÁCTER COYUNTURAL CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL DE CARÁCTER COYUNTURAL (CONTRATO DE SUSTITUCIÓN POR JUBILACIÓN ANTICIPADA) La contratación de trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo en sustitución de

Más detalles

CONTRATOS de TRABAJO

CONTRATOS de TRABAJO CONTRATOS de TRABAJO 2006 MEDIDAS DE FOMENTO AL EMPLEO Subdirección General de Promoción de Empleo www.inem.es MEDIDAS DE FOMENTO AL EMPLEO - AÑO 2006 1. CONTRATOS DE TRABAJO INDEFINIDOS SIN BONIFICACIÓN

Más detalles

EL CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN. Marzo 2013

EL CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN. Marzo 2013 TALLER DE DERECHOS LABORALES Y SOCIALES EL CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN Marzo 2013 www.cgtmurcia.org C/Floridablanca, 75, 1º dcha. (Frente a gasolinera El Rollo) 30002 Murcia. Tlf:

Más detalles

Es esto un mito, o una leyenda urbana? Qué tiene de vídeo humorístico y que de realidad laboral? Todo esto y mucho más a continuación.

Es esto un mito, o una leyenda urbana? Qué tiene de vídeo humorístico y que de realidad laboral? Todo esto y mucho más a continuación. Es esto un mito, o una leyenda urbana? Qué tiene de vídeo humorístico y que de realidad laboral? Todo esto y mucho más a continuación. La duración como característica esencial del contrato de trabajo.

Más detalles

PROCEDIMIENTO EN CASO DE DESPIDO

PROCEDIMIENTO EN CASO DE DESPIDO TUS DERECHOS Y DEBERES LEGISLACIÓN Contrato de trabajo Modalidad de Contratos LA NÓMINA EL SALARIO JORNADA LABORAL PERMISOS VACACIONES LA EXCEDENCIA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO PROCEDIMIENTO EN CASO

Más detalles

MODIFICACIONES DE LA LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

MODIFICACIONES DE LA LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL MODIFICACIONES DE LA LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Julio de 2012 MODIFICACIONES EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Derechos laborales... 2 Real Decreto-Ley

Más detalles

Contratos formativos: cómo quedan tras la reforma laboral (II)

Contratos formativos: cómo quedan tras la reforma laboral (II) Contratos formativos: cómo quedan tras la reforma laboral (II) Los contratos de formación, como señalábamos en el post del 6 de octubre, son de dos tipos: Contrato en prácticas Contrato para la formación

Más detalles

CONTRATO DE RELEVO. Duración

CONTRATO DE RELEVO. Duración CONTRATO DE RELEVO Es el que se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir parcialmente a un trabajador

Más detalles

Manual práctico de contratación laboral V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL

Manual práctico de contratación laboral V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL 71 Carmen Algar Jiménez 1. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL OBJETO El contrato a tiempo parcial es aquel

Más detalles

Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje

Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje TLF: 956 078 281 > FAX: 956 078 216 > administracion@tecnoforsur.com > www.tecnoforsur.com Presentación Tecnofor Sur S.L ha conseguido ser una de

Más detalles

LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio)

LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE Artículo 4. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.

Más detalles

Perspiciatisundeomn MODALIDADES DE umvoluptatemaccus. Ismael Rego Observatorio de las Ocupaciones

Perspiciatisundeomn MODALIDADES DE umvoluptatemaccus. Ismael Rego Observatorio de las Ocupaciones Perspiciatisundeomn MODALIDADES DE umvoluptatemaccus CONTRATOS E INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN Ismael Rego Observatorio de las Ocupaciones MODALIDADES DE CONTRATOS E INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN 1. Reducción

Más detalles

GUÍA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

GUÍA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE GUÍA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ÍNDICE EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE 1. NORMATIVA APLICABLE 2. REQUISITOS DEL TRABAJADOR/A 3. DURACIÓN 4. PRÓRROGAS 5. JORNADA 6. PERÍODO

Más detalles

Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje.

Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje. TRABAJO Contratos de formación y aprendizaje Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje. Antecedente normativo Cita: -Real Decreto 1529/2012, de 8 del mismo mes, por el

Más detalles

Contrato para la formación y el aprendizaje

Contrato para la formación y el aprendizaje Contrato para la formación y el aprendizaje Objeto El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad

Más detalles

Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. CONTRATO DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. CONTRATO DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. Reforma legislativa que afecta principalmente a las siguientes materias: Contrato de fomento de la contratación

Más detalles

Rodrigo Martín Jiménez Profesor Titular de Derecho del Trabajo. Universidad Rey Juan Carlos Consejero Académico de Gómez-Acebo y Pombo

Rodrigo Martín Jiménez Profesor Titular de Derecho del Trabajo. Universidad Rey Juan Carlos Consejero Académico de Gómez-Acebo y Pombo MADRID Castellana, 216 28046 Madrid Tel.: (34) 91 582 91 00 BARCELONA Diagonal, 640 bis 08017 Barcelona Tel.: (34) 93 415 74 00 Cuestiones prácticas del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el

Más detalles

1. INDEFINIDOS 2. TEMPORALES 3. FORMATIVOS 4. FIJOS DISCONTINUOS 5. OTROS CONTRATOS DE TRABAJO 6. CONTRATOS A EMPLEADOS DEL HOGAR.

1. INDEFINIDOS 2. TEMPORALES 3. FORMATIVOS 4. FIJOS DISCONTINUOS 5. OTROS CONTRATOS DE TRABAJO 6. CONTRATOS A EMPLEADOS DEL HOGAR. 1. INDEFINIDOS 1.1. CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO ORDINARIO 1.2. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES 1.3. CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO BONIFICADO 2. TEMPORALES 2.1. CONTRATO DE OBRA O SERVICIO

Más detalles

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO Resumen de las principales novedades introducidas por la Ley 11/2013 que entra en vigor el día 28 de Julio de 2013

Más detalles

CRITERIO TÉCNICO DE LA INSPECCION DE TRABAJO SOBRE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL

CRITERIO TÉCNICO DE LA INSPECCION DE TRABAJO SOBRE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL Telf. 902 702 037 info@escuraconsul ng.com www.escuraconsul ng.com Circular nº 51/15 - Junio 2015 Pagina 1/5 CRITERIO TÉCNICO DE LA INSPECCION DE TRABAJO SOBRE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL La Dirección General

Más detalles

4. DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO

4. DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO 1. INDICE 1. Las modalidades Contractuales. 2. Trabajo en Común, Contrato en Grupo y Auxiliar Asociado. 3. Fomento del Empleo por Tiempo Indefinido. Características. 4. Contrato Fijo Discontinuo. Clases

Más detalles

Ubicación profesional y orientación en el mercado de trabajo. Unidad Didáctica 4: El contrato de trabajo

Ubicación profesional y orientación en el mercado de trabajo. Unidad Didáctica 4: El contrato de trabajo Módulo 1: Ubicación Profesional y Orientación en el Mercado de Trabajo Unidad Didáctica 4: El contrato de trabajo Ubicación profesional y orientación en el mercado de trabajo UNIDAD DIDÁCTICA 4 El contrato

Más detalles

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Artículo 2. Formación Profesional Uno. La letra b) del apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS FONDO SOCIAL EUROPEO El FSE invierte en tu futuro DATOS DE LA EMPRESA CIF/NIF/NIE D/DÑA NIF/NIE EN CONCEPTO (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA DOMICILIO SOCIAL COMERCIAL

Más detalles

TEMA 2.- EL CONTRATO DE TRABAJO

TEMA 2.- EL CONTRATO DE TRABAJO TEMA 2.- EL CONTRATO DE TRABAJO vamos a conocer... 1.El contrato de trabajo 1.1La capacidad para contratar 1.2Aspectos básicos del contrato 1.3 El periodo de prueba 2. Modalidades contractuales 2.1 Para

Más detalles

LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL

LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL I.- MEDIDAS PARA REDUCIR LA DUALIDAD Y LA TEMPORALIDAD DEL MERCADO LABORAL. Los contratos por obra y servicio tendrán una duración máxima de pudiendo ser ampliados en otros

Más detalles

CONTRATO DE INTERINIDAD

CONTRATO DE INTERINIDAD CONTRATO DE INTERINIDAD Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir

Más detalles

REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES

REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES 15-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES En el presente documento de Novedades

Más detalles

Nota informativa sobre la Ley 3/2012 de 6 de julio (BOE de 7 de julio), de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo

Nota informativa sobre la Ley 3/2012 de 6 de julio (BOE de 7 de julio), de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo Nota informativa sobre la Ley 3/2012 de 6 de julio (BOE de 7 de julio), de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo FUENTE: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) Ministerio de Empleo

Más detalles

Clara Isabel Martínez Pascual

Clara Isabel Martínez Pascual TEMA 2 (EL CONTRATO DE TRABAJO) Profesora: Clara Isabel Martínez Pascual 1. EL CONTRATO DE TRABAJO ACUERDO ENTRE EL TRABAJADOR Y EL EMPRESARIO TRABAJADOR VOLUNTARIAMENTE PRESTA SERVICIOS BAJO LA ORGANIZACIÓN

Más detalles

EL CONTRATO DE TRABAJO

EL CONTRATO DE TRABAJO EL CONTRATO DE TRABAJO Enlace de la página oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) con información sobre los contratos de trabajo www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/static/redirect.do?page=ah0103

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL LEY 11/2013, DE 26 DE JULIO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO (BOE 27 de julio de 2013) Agosto de 2013 ÍNDICE DE CONTENIDOS ESTIMULOS A LA CONTRATACIÓN

Más detalles

12. TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

12. TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO 12. TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.

Más detalles

4. DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO

4. DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO 1. INDICE 1. Las modalidades Contractuales. 2. Trabajo en Común, Contrato en Grupo y Auxiliar Asociado. 3. Fomento del Empleo por Tiempo Indefinido. Características. 4. Contrato Fijo Discontinuo. Clases

Más detalles

Guía de Contratos. Formación

Guía de Contratos. Formación Guía de Contratos de Formación Índice Información sobre Contratos de Formación y Aprendizaje... 3 Requisitos para celebrar un Contrato de Formación y Aprendizaje... 4 Peculiaridades de la contratación

Más detalles

INTRODUCCIÓN CONTRATOS FORMATIVOS

INTRODUCCIÓN CONTRATOS FORMATIVOS 1. Regulación jurídica. 2. El contrato en prácticas. INTRODUCCIÓN CONTRATOS FORMATIVOS - Figura. -Duración. - Elementos básicos. - Suspensión del contrato. - Doble carácter. -Retribución. - Sujetos. -Forma

Más detalles

Cómo crear cantera para el futuro incorporando a jóvenes cualificados a su plantilla

Cómo crear cantera para el futuro incorporando a jóvenes cualificados a su plantilla Contrato en prácticas C 70 (pág. 1) Cómo crear cantera para el futuro incorporando a jóvenes cualificados a su plantilla Página Resumen............................................... C 70 / 2 El contrato

Más detalles

Cómo se hace un contrato?: Forma del contrato

Cómo se hace un contrato?: Forma del contrato Los contratos Qué es un contrato de trabajo? Cómo se hace un contrato? Contenido mínimo del contrato El período de prueba. Tipos de Contratos. Derechos y deberes del trabajador. Enlaces de interés Qué

Más detalles

DEPENDIENTE DESARROLLO DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Octubre

DEPENDIENTE DESARROLLO DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Octubre El TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE DESARROLLO DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Octubre 2008 1 DEL FONDO SOCIAL EUROPEO La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo

Más detalles

PARTES DEL CONTRATO LABORAL

PARTES DEL CONTRATO LABORAL PARTES DEL CONTRATO LABORAL Con carácter general, los contratos de trabajo tendrán las siguientes partes: 1. El tipo de contrato laboral, especificando según las cláusulas específicas. 2. La identidad

Más detalles

El contrato de trabajo

El contrato de trabajo El contrato de trabajo JONATHAN SUS SANJUÁN www.ecobachillerato.com 1 Índice INTRODUCCIÓN. TIPOS DE CONTRATOS. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN. CONTRATO EN PRÁCTICAS. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL. CONTRATO DE

Más detalles

Contratación Laboral

Contratación Laboral Portal Empresarial Aljaraque Empresarial Contratación Laboral 0 ÍNDICE 1. CONTRATACIÓN LABORAL 2. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO LABORAL. Procesos que deben realizarse una vez creado el contrato por escrito.

Más detalles

QUÉ ES UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL?

QUÉ ES UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL? QUÉ ES UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL? Es aquel por el que el trabajador se obliga a prestar sus servicios un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año que deberá ser inferior la de

Más detalles

REFORMA LABORAL 2012

REFORMA LABORAL 2012 REFORMA LABORAL 2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral NOVEDADES MÁS DESTACADAS -1º) Medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores

Más detalles

U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA

U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA 24.03.2009 Ref: LAB09015 Dept: Juridic-Laboral UPM C I R C U L A R L A B O R A L TRABAJADORES AUTÓNOMOS ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTES (TRADE) CONTRATO Y REGISTRO DE ASOCIACIONES

Más detalles

Lo que debe saber del Estatuto del trabajador autónomo. mutua. intercomarcal

Lo que debe saber del Estatuto del trabajador autónomo. mutua. intercomarcal Lo que debe saber del Estatuto del trabajador autónomo mutua A quién afecta A las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y

Más detalles

EJERCICIOS TEMA 3: EL MUNDO LABORAL

EJERCICIOS TEMA 3: EL MUNDO LABORAL EJERCICIOS TEMA 3: EL MUNDO LABORAL 1- LA RELACIÓN LABORAL 1) Qué es el mundo laboral? 2) De qué dos maneras puedes incorporarte al mundo laboral? 3) Qué rama del derecho regula las relaciones laborales?

Más detalles

MODALIDADES CONTRATACIÓN MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO ISMAEL REGO VILAR

MODALIDADES CONTRATACIÓN MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO ISMAEL REGO VILAR MODALIDADES CONTRATACIÓN MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO ISMAEL REGO VILAR Índice ín dice Introducción Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. Introducción Ley 43/2006,

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL FONDO SOCIAL EUROPEO El FSE invierte en tu futuro DATOS DE LA EMPRESA CIF/NIF/NIE A7905908 D/DÑA NIF/NIE EN CONCEPTO (1) NOMBRE ALUMNO NIF ALUMNO GERENTE NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos REGLAMENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE PARA LA REALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS, SUBVENCIONES, CONVENIOS Y CONTRATOS CON TERCEROS DE DURACIÓN DETERMINADA (Aprobado

Más detalles

Implicaciones laborales de la Ley de la Ciencia

Implicaciones laborales de la Ley de la Ciencia Implicaciones laborales de la Ley de la Ciencia I REUNIÓ DE FUNDACIONS DE TECNOLOGIA I RECERCA DE LA COORDINADORA CATALANA DE FUNDACIONS 6 de Mayo del 2015 Jonathan Gil Mingorance Socio del Departamento

Más detalles

INFORME. De la documentación remitida pueden extraerse las siguientes circunstancias fácticas de relevancia para la emisión del presente dictamen:

INFORME. De la documentación remitida pueden extraerse las siguientes circunstancias fácticas de relevancia para la emisión del presente dictamen: INFORME CUESTIÓN PLANTEADA Mediante oficio de fecha 13 de enero de 2016, registrado de entrada el 18 del mismo mes, por la Presidencia de la Comarca de... se solicita la emisión de informe jurídico relativo

Más detalles

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO

MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO Circular 17/2013 Fecha: 04/09/2013 MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO NORMATIVA: Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y

Más detalles

Reforma Laboral. Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores. Juan Carlos Trujillo Ortiz

Reforma Laboral. Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores. Juan Carlos Trujillo Ortiz Reforma Laboral Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores Juan Carlos Trujillo Ortiz Contrato Indefinido de apoyo a los emprendedores Empresas de menos de 50 trabajadores Contrato Indefinido

Más detalles

MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN (LEY 14/2013).

MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN (LEY 14/2013). INDICE DE CONTENIDOS: MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN (LEY 14/2013). Apoyos Fiscales y en materia de la Seguridad Social a los emprendedores. Pág. 2-3 Cotización aplicable

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24) En vigor desde el 14 de mayo de 2017 TÍTULO I. De la relación individual

Más detalles

EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: RÉGIMEN JURÍDICO E INCENTIVOS

EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: RÉGIMEN JURÍDICO E INCENTIVOS EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: RÉGIMEN JURÍDICO E INCENTIVOS Abril de 2014 1 1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. 1.1. Objeto del Contrato. 1.2 Condiciones

Más detalles

TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO

TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO El contrato de trabajo. Capacidad para contratar. Forma y contenido del contrato de trabajo. Periodo de prueba Derechos y deberes laborales. Obligaciones del empresario en

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE DATOS DE LA EMPRESA CIF/NIF/NIE D/DÑA NIF/NIE EN CONCEPTO (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA DOMICILIO SOCIAL PAIS MUNICIPIO C POSTAL DATOS DE

Más detalles

ÍNDICE EL CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE

ÍNDICE EL CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE ÍNDICE EL CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE 1. Normativa aplicable 2. Requisitos del trabajador/a 3. Duración 4. Prórrogas 5. Jornada 6. Período de pruebas 7. Extinción del contrato 8. Salario 9. Impartición

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL FONDO SOCIAL EUROPEO El FSE invierte en tu futuro CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL DATOS DE LA EMPRESA CIF/NIF/NIE D./DÑA. NIF./NIE EN CONCEPTO (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA DOMICILIO SOCIAL COMERCIAL

Más detalles

Introducción Derechos básicos de los representantes de los trabajadores en materia de contratación... 6

Introducción Derechos básicos de los representantes de los trabajadores en materia de contratación... 6 Texto elaborado por la Secretaría Confederal de Empleo de CCOO Edita: Secretaría Confederal de Organización y Formación Sindical de CCOO Madrid, diciembre 2008 Realización: Editorial Germania, s.l. Impreso

Más detalles

Cuestiones de Actualidad en materia de negociación colectiva: Reflexiones finales desde el punto de vista de la contratación temporal

Cuestiones de Actualidad en materia de negociación colectiva: Reflexiones finales desde el punto de vista de la contratación temporal Cuestiones de Actualidad en materia de negociación colectiva: Reflexiones finales desde el punto de vista de la contratación temporal Mariola Sánchez Gutiérrez Directora Area Legal Madrid y Barcelona,

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS

CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS FONDO SOCIAL EUROPEO El FSE invierte en tu futuro DATOS DE LA EMPRESA CIF/NIF/NIE D./DÑA. NIF./NIE EN CONCEPTO (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA DOMICILIO SOCIAL

Más detalles

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año

Más detalles

Se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que se inserta a continuación.

Se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que se inserta a continuación. Texto Legal : Fecha Publicación: 29/03/1995 Norma: Estatuto de los Trabajadores Disposición: Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto

Más detalles