14/07/15. REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA El régimen financiero es de prima media escalonada Es de capitalización colectiva
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- Beatriz Tebar Carrasco
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1 REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA El régimen financiero es de prima media escalonada Es de capitalización colectiva REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD El régimen es de capitalización individual Tiene un componente solidario Característica Pensión de Vejez RPM Pensión de Vejez RAIS Tipo de sistema Prestación Definida Contribución Definida Derecho a la pensión Cumplimiento de requisitos: 1300 semanas de cotización. Tener una edad de 62 (si es hombre o 57 si es mujer Garantía Estatal Cumplimiento de requisito: Tener un capital en la cuenta suficiente para financiar una pensión del 110% del salario mínimo Para cualquier cuantía de la A los 62 años si es pensión siempre que se hombre o 57si es mujer, cumpla requisitos de edad y siempre que hayan tiempo de cotizaciones cotizado 1150 semanas y no tengan capital para financiar una pensión mínima Fernando Castillo Cadena 3 1
2 Afiliados del Sistema General de Pensiones (Abril 2015). Fuente: Superfinanciera Régimen total Afiliados AcBvos InacBvos CoBzantes No cobzantes Cobertura RPM RAIS TOTAL Sin embargo, el sistema sólo pensiona realmente al 33% de sus afiliados. Mintrabajo (2013) Fernando Castillo Cadena 4 Como régimen de contribución definida la cuantía de la pensión depende del capital acumulado. Sólo existen subsidios para financiar pensiones mínima (Garantía Estatal?) El subsidio se otorga cuando el afiliado no acumula un capital para financiar la pensión mínima, pero cumple con la edad de pensión y 1150 semanas de cotización No hay derecho a la garantía si el afiliado dispone de recursos periódicos, que superen el salario mínimo, provenientes cualquier fuente. La Garantía estatal? se subsidia en primera instancia con aportes de los afiliados. El Estado sólo entra a financiar pensiones cuando se agoten estos aportes. Fernando Castillo Cadena 5 Seguridad Social y Acumulación de capital SEXO EDAD CUANTÍA PV (COP) CN PV (COP) COTIZACIONES, PENSIONES Y DÉFICIT COT REQ COT REAL ITR PV PA ITR PA (COP) (COP) DÉFICIT COT AR AR V. CN(%) H , % % ,41% ,59% M , % % ,41% % H , % % % % M , % % ,34% ,66% El valor actuarial capital necesario para financiar la pensión de vejez fue tomado del Decreto 1748 de 1995 Convenciones Cuantía PV: Cuantía de la pensión de vejez ITR PV: Interés Técnico Real PV PA: Plazo Acumulación ITR PA: Interés Técnico Real PA COT Cotización requerida COT REAL: Cotización Legal REQ: DEF COT: Déficit Cot. AR: Acumulación real CN PV: Capital Necesario PV AR V. CN: Fondeo real como proporción del capital necesario Fernando Castillo Cadena 6 2
3 Seguridad Social y Acumulación de capital COTIZACIONES, PENSIONES Y DÉFICIT. Personas que cobzan sobre 3 SMLMV DÉFICIT O CUANTÍA PV CN PV COT REQ* COT REAL SUPERAVIT SEXO EDAD (COP) (COP) ITR PV PA ITR PA (COP) (COP) COT AR CN** VS. AR (%) H , % % % % M , % % % % H , % % 207, % % M , % % % % Para alcanzar una pensión mínima; ** Capital Necesario para financiar una pensión mínima Convenciones Cuantía PV: Cuantía de la pensión de vejez ITR PV: Interés Técnico Real PV PA: Plazo Acumulación ITR PA: Interés Técnico Real PA COT Cotización requerida COT REAL: Cotización Legal REQ: DEF COT: Déficit Cotización AR: Acumulación real CN PV: Capital Necesario PV AR V. CN: Fondeo real como proporción del capital necesario Fernando Castillo Cadena 7 Pensionados Pensionados RAIS. Fuente: Superfinanciera Modalidad Pensionados Sólo por vejez ReBro programado Renta vitalicia RP sin negociación de bono Fallo Judicial Fernando Castillo Cadena 8 El mercado de rentas vitalicias sufre un estancamiento. Los aseguradores señalan que no ofrecen rentas vitalicias por: - Falta de Actualización de las tablas de mortalidad - Estipulación de una tasa de interés técnico fija, no flexible - Incremento del salario mínimo (variable política) Fernando Castillo Cadena 9 3
4 El Gobierno actualizó las tablas de mortalidad y flexibilizó la tasa de interés técnico que afecta el capital actuarial de la pensión de vejez Así el valor presente esperado de la pensión se ajustaba a la realidad y el único recargo que debía existir es el que se ocasiona por costos administrativos: R ca La inflación K se tiene como un parámetro que influye sobre el capital actuarial. En la fórmula, lo que implica es tenerla en cuenta al momento del reajuste anual Fernando Castillo Cadena 10 Las medidas tomadas no bastaron; las aseguradoras impulsaron un mecanismo de cobertura, el cual fue estudiado por el Gobierno Nacional. El argumento presentado se basa en que el aumento del salario mínimo es una variable de carácter político, y por tanto, imposible de predecir. Fernando Castillo Cadena 11 El Gobierno Nacional estableció el parámetro P de deslizamiento del salario mínimo, Al introducir el parámetro P, lo que permite el Gobierno es internalizar el incremento esperado en términos reales del salario mínimo Desde luego, consideramos que si existe un riesgo, la aseguradora debe cobrar un recargo por internalizar el riesgo. Fernando Castillo Cadena 12 4
5 El asegurador introduce en el cálculo de la reserva matemática un nuevo parámetro, el cual se define, como: - El equivalente al promedio aritmético del crecimiento real anual de la productividad acordada por el comité tripartito de productividad de que trata el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, observado en los últimos diez (10) años al momento de la emisión de la renta vitalicia, en ningún caso inferior a cero (0%) Fernando Castillo Cadena 13 Cuando los incrementos en el salario mínimo legal mensual vigente ocasionen que las mesadas calculadas al momento de emisión de la renta sean diferentes a las mesadas efectivamente pagadas al beneficiario, el mecanismo garantizará una adecuada reserva matemática a las rentas vitalicias inscritas, de tal forma que la aseguradora de vida será responsable por el pago total de las mesadas. El mecanismo permite que la reserva matemática de cada una de las rentas vitalicias inscritas corresponda al valor actuarial de las obligaciones futuras, asumiendo que las mesadas de salario mínimo crecen en términos reales de acuerdo con el parámetro de deslizamiento. Dependiendo del deslizamiento observado, la cobertura podría ser de tres tipos: a) Cobertura positiva: El Ministerio de Hacienda y Crédito Público pagará a las aseguradoras el faltante en reserva matemática, para que la misma refleje el valor actuarial de las obligaciones futuras. Se reconocerá cuando el deslizamiento observado sea mayor al parámetro de deslizamiento b) Cobertura negativa: Las aseguradoras pagarán al Ministerio de Hacienda y Crédito Público un monto equivalente al exceso de reserva matemática, para que la misma refleje el valor actuarial de las obligaciones futuras. Se reconocerá cuando el deslizamiento observado sea menor al parámetro de deslizamiento c) Cobertura neutra: No habrá intercambio de flujos entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las aseguradoras. Este escenario ocurrirá cuando no haya diferencia entre el parámetro establecido y el deslizamiento observado. También ocurrirá en los casos de las rentas vitalicias que reconocen mesadas superiores al salario mínimo legal mensual vigente y cuyo cálculo de reservas no se ve afectado por los ajustes anuales en salario mínimo. Fernando Castillo Cadena 14 En la práctica el mecanismo de cobertura es un subsidio a la oferta Recarga en primer lugar el valor de la prima de seguro a cargo del afiliado que se pensiona En caso de que no sea suficiente ese recargo, el Estado le subsidia a la Aseguradora lo que haga falta para garantizar la suficiencia actuarial de la reserva matemática. Fernando Castillo Cadena 15 5
6 Realmente, las aseguradoras no pueden prever el riesgo de aumento del salario mínimo? Fernando Castillo Cadena 16 La teoría señala que el riesgo se debe asignar a la parte que lo pueda soportar al más bajo costo. Así: - Si el riesgo es creado por el Estado de manera discrecional (incremento del salario mínimo), el seguro privado no funciona. Sería mejor en este caso la administración del sistema de pensiones por el Estado - Si el riesgo se puede medir con variables razonablemente objetivas, entonces el seguro privado es una alternativa. Fernando Castillo Cadena 17 Parágrafo. Para la fijación del salario mínimo, la Comisión deberá decidir a más tardar el quince (15) de diciembre. Si no es posible concertar, a parte o partes que no están de acuerdo deben, obligatoriamente, explicar por escrito las razones de la salvedad dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes. Las partes tienen la obligación de estudiar esas salvedades y fijar su posición frente a ellas en el término de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas. De nuevo, la Comisión deberá reunirse para buscar el consenso según los elementos de juicio que se hubieren allegado antes del treinta (30) de diciembre. Cuando definitivamente no se logre el consenso en la fijación del salario mínimo, para el año inmediatamente siguiente, a más tardar el treinta (30) de diciembre de cada año, el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC). Fernando Castillo Cadena 18 6
7 El riesgo de incremento del salario mínimo es asegurable: depende del primer lugar de la concertación tripartita; pero en todo caso, de variables razonablemente objetivas que no dependen del gobierno: meta de inflación, variación del PIB, participación de salarios, productividad. Por tanto, no se justifica la cobertura: el recargo aparece como medida suficiente. En todo caso, existe la posibilidad de reaseguro. Fernando Castillo Cadena 19 Salarios, inflación y PIB. Fuente. Dane Banco de La República Δ Inflación Año Sal Mín. Nom IPC Δ Nom. SM (%) Δ real PIB (%) Δ Real SM (%) ,00 61, ,00 66,73 9,96 7,65 1,7 2, ,00 71,40 8,04 7,00 2,5 0, ,00 76,03 7,44 6,48 3,9 0, ,00 80,21 7,83 5,50 5,3 2, ,00 84,10 6,56 4,85 4,7 1, ,00 87,87 6,95 4,48 6,7 2, ,00 92,87 6,30 5,69 6,9 0, ,00 100,00 6,41 7,68 3,5-1, ,00 102,00 7,67 2,00 1,7 5, ,00 105,24 3,64 3,18 4 0, ,00 109,16 4,00 3,72 6,6 0, ,00 111,82 5,81 2,44 4 3, ,00 113,98 4,02 1,93 4,3 2, ,00 118,15 4,50 3,66 4,6 0, ,00-4, En términos reales el salario mínimo en Colombia se ha incrementado en un 1.56% anual. Fernando Castillo Cadena 20 El mecanismo de cobertura del salario mínimo no deja de ser un subsidio a la oferta. Si se eliminaron los subsidios pensionales directos, no parece existir razón de eficiencia para asignarlos a la oferta pensional. Las razones argumentadas para la implementación de la cobertura no son del todo ajustadas a la realidad, pero preocupa más el silencio guardado por el Gobierno en cuánto a otras alternativas: el seguro privado de resorte público o el mismo seguro público. Puede existir un mecanismo superior para la administración de pensiones de salario mínimo en el régimen de prestación definida, toda vez que se reducen los costos administrativos (valor esperado de la administración, reaseguro y otros) Fernando Castillo Cadena 21 7
8 FIN Fernando Castillo Cadena 22 8
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