126 AÑOS LICEO DE HOMBRES DE ANTOFAGASTA MARIO BAHAMONDE SILVA
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- Encarnación Tebar Morales
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1 126 AÑOS LICEO DE HOMBRES DE ANTOFAGASTA MARIO BAHAMONDE SILVA Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2015 Siembra tu corazón en la Verdad Página 1
2 INTRODUCCIÓN De acuerdo a las disposiciones del Decreto Exento N 511 de 1997 y sus modificaciones (Enseñanza Básica); Nº 112 de 1999 (1º y 2º medios) y N 083 de 2001 (3º y 4º medios), la Unidad Educativa del Liceo de Hombres de Antofagasta Mario Bahamonde Silva, encauzará su accionar de acuerdo al presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º El presente Reglamento de Evaluación se aplicará en Educación Básica desde Primer a Octavo año, en la Enseñanza Media Humanístico Científica de Primer a Cuarto Año Medio, de acuerdo a los planes y programas oficiales del Ministerio de Educación. Artículo 2 El Año Lectivo se organizará en dos períodos semestrales. Las fechas de inicio y de término de cada uno de ellos serán las que fije la Secretaría Regional Ministerial de Educación. Alumnos, Padres y Apoderados serán informados de dichas fechas al inicio del año escolar. Artículo 3 Se hará difusión del presente Reglamento a toda la comunidad Liceana mediante la publicación del mismo en la página oficial del Liceo: extracto de éste para Padres y Apoderados presente en la libreta oficial de comunicaciones del Liceo y análisis del mismo en los Consejos de Curso con los alumnos. Artículo 4 La revisión y actualizaciones necesarias del presente Reglamento se efectuarán con consenso del Consejo de Profesores, cada vez que sea necesario, al finalizar el año escolar. TÍTULO II: DISPOSICIONES SOBRE EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES Artículo 5 Formas de Evaluación y momentos de aplicación Las evaluaciones para el logro de los Objetivos de Aprendizajes; Aprendizajes Esperados y Objetivos Fundamentales Transversales, de acuerdo a nuestro Proyecto Educativo y Manual de Convivencia Escolar, serán las siguientes: 5.1 Evaluación Diagnóstica: Su propósito es rescatar las experiencias y aprendizajes previos. Es la base de la adaptación de la enseñanza a las características, demandas y exigencias concretas de cada situación de aprendizaje. Siembra tu corazón en la Verdad Página 2
3 Los procedimientos e instrumentos a utilizar serán elaborados según consenso de los profesores de una misma asignatura y se deben detectar las necesidades de reforzamiento, que se implementarán en el desarrollo de las unidades que respecta a cada marco curricular, bases curriculares y programas de estudio Estos procedimientos se aplicarán durante la primera semana de clases y los resultados se registrarán en el Libro de Clases, en términos de Logrado (L) y No Logrado (NL). 5.2 Evaluación Formativa: Su propósito es obtener información que permita tomar decisiones, ya sea para retroalimentar o reforzar Aprendizajes de escasos logros, realizar adecuaciones metodológicas o establecer actividades remediales complementarias. Estará presente durante todo el proceso de enseñanza aprendizaje Se podrán considerar los siguientes instrumentos de evaluación: autoevaluación, co-evaluación y hetero-evaluación, para los cuales se usarán variados procedimientos que se aplicarán en forma individual o grupal, según corresponda. Se sugiere lo siguiente: Observación directa, Interrogaciones Orales, Entrevistas, Trabajos grupales, Desarrollo de cuestionarios, Revisión de cuadernos, Trabajos prácticos individuales. 5.3 Evaluación Sumativa. Esta se realiza una vez finalizado los indicadores que se establecen en los objetivos de aprendizaje y aprendizajes esperados. Determinados claramente en las planificaciones curriculares ( Cartas Gant). Tiene la finalidad de comprobar el logro de los objetivos propuestos analizando la relación que existe entre los aprendizajes esperados y los aprendizajes logrados. Esta evaluación es cuantificable, referida a los objetivos de aprendizajes y aprendizajes esperados de los Programas de Estudio, Marco curricular y Bases curriculares vigentes. Debe considerar conocimientos, capacidades, habilidades y destrezas. Al aplicar este tipo de Evaluación se debe utilizar una variada gama de procedimientos algunos de ellos pueden ser: Carpetas o Portafolios, Dramatizaciones, Trabajos de investigación, Paneles, Confección de álbum, Diario mural, Proyectos de aula, Pruebas, Interrogaciones orales, Desarrollo de cuestionarios, Informes de trabajos grupales, Trabajos prácticos individuales, Disertaciones. Todos estos con su respectiva rúbrica, pauta de observación o puntajes, según sea el caso. Siembra tu corazón en la Verdad Página 3
4 Artículo 6º De los Procedimientos e Instrumentos de Evaluación y los plazos. a) Todos los instrumentos o procedimientos de evaluación deben ser entregados en la UTP 48 horas antes de su aplicación a fin de revisar y proceder a autorizar su reproducción. Se debe adjuntar junto al instrumento de evaluación la Tabla de Especificaciones y Pauta de corrección. No se autorizará instrumentos evaluativos después del plazo dispuesto. b) Todos los procedimientos evaluativos (formativa y sumativa) deben ser informados a UTP por todos los profesores de las diferentes asignaturas, incluyéndose en la planificación anual correspondiente (Carta Gant). c) Los criterios para asignación de puntajes en escalas de apreciación, listas de cotejo u otros instrumentos utilizados para evaluar aprendizajes, deben ser conocidos por los alumnos y ser coherentes con los objetivos planteados y las metodologías empleadas en el logro de los mismos. d) En ningún caso se utilizará la escala de evaluación para calificar aspectos conductuales y/o de asistencia que no correspondan a la evaluación de aprendizajes. e) No se podrá aplicar más de dos (2) Pruebas escritas en un mismo día, prevaleciendo las registradas en el calendario adjunto al libro de clases. Lo anterior no impide la exigencia de entrega de trabajos de investigación dados con a lo menos, una semana de anticipación. f) El plazo para entregar los resultados de las evaluaciones a los alumnos no podrá exceder de diez días hábiles, contados desde el momento de aplicar una prueba o recibir un trabajo, no pudiendo aplicar una nueva evaluación sin haber dado a conocer la nota obtenida anteriormente. Todo estudiante tiene derecho a conocer y conservar evaluativo corregido. su procedimiento g) Como una instancia más del proceso de evaluación de los aprendizajes, los(as) profesores(as) deben realizar junto a los estudiantes un análisis de resultado de las evaluaciones, dando a conocer el ítem con indicadores más descendido, iniciando inmediatamente la retroalimentación y evaluación de aquello. Se considerará el ítem evaluado como parte de la prueba realizada anteriormente. Una vez finalizado se registrará la nota en el libro de clases, según corresponda. Esta etapa que no debe superar más de 2 horas pedagógicas Siembra tu corazón en la Verdad Página 4
5 h) Ningún procedimiento evaluativo es válido si no es autorizado por la Unidad Técnico Pedagógica. i) Con respecto a los alumnos que su nota sea inferior a 2,0 se registrará su calificación en el libro de clases en la asignatura correspondiente. j) Cuando uno o más alumnos entreguen una evaluación sin responder, No tendrán derecho a una nueva evaluación y se registrará la calificación según corresponda en el libro de clases. (*) k) El registro de las evaluaciones se consignará tanto en el sistema computacional, como en el libro de clases, en cada asignatura, siendo responsabilidad del docente, que imparte la asignatura, mantener actualizados dichos registros. Artículo 7º. De las Calificaciones En todas las asignaturas, que conforman los respectivos Planes de Estudio, los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones durante el año escolar. a) Calificaciones Parciales: corresponderán a las evaluaciones de tipo teórico práctico que se realicen durante el semestre. b) Calificaciones Semestrales: serán al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el período, aproximado a la décima superior cuando corresponda. c) Calificaciones Anuales: serán al promedio aritmético de las calificaciones semestrales, aproximado a la décima superior cuando corresponda. d) Calificaciones Finales: Sin Prueba Especial será el promedio aritmético de las calificaciones semestrales, aproximado a la décima superior cuando corresponda. Con Prueba Especial: será solamente cuatro coma cero, siempre y cuando la nota de este procedimiento sea cuatro coma cero o más. 7.1 Procedimiento de obtención de calificaciones: a) Se privilegiará la evaluación de proceso tendiente a establecer logros parciales de los aprendizajes y obtener calificaciones en las distintas asignaturas. b) Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones en cada una de las asignaturas, exceptuando la calificación conceptual de Religión, para fines de registrarlas en el libro de clases se expresarán numéricamente de 1.5 a 7.0, hasta con un decimal. Siembra tu corazón en la Verdad Página 5
6 c) En caso que ningún estudiante alcance el ideal planteado en un instrumento de evaluación se hará una adecuación entre el puntaje real e ideal, siempre y cuando la diferencia entre ambos puntajes no supere el 10 % del total del instrumento. De ser mayor al 10 % y posterior al proceso de retroalimentación se emitirá informe a Unidad Técnico Pedagógica. d) La nota semestral obtenida en los talleres de apoyo a las diferentes asignaturas, será consignada como una nota parcial en el sector afín a dicha actividad, entregado por UTP. El registro de la calificación en la asignatura afín lo efectuará el profesor de la misma. La distribución para el presente año es la siguiente: Educación Básica De Primero Octavo básico se incorporará una evaluación parcial de acuerdo a las asignaturas afines a los talleres ofertados y el de Computación incorporará su evaluación a Educación Tecnológica. Educación Media Primer año medio: Taller de Sexualidad y Afectividad incorporará la evaluación en la asignatura de Biología; Taller de Formación Ciudadana en Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Taller de Vida Sana a Educación Física. Segundo año medio: Taller Simce de Lenguaje a Lenguaje y Comunicación; Taller Simce de matemática a matemática y Taller de Ambiente y Ecología a Bilogía. Tercer Año Medio: Preparación PSU Lenguaje a Lenguaje y Comunicación: Preparación PSU Matemática a Matemática ; Preparación Ciencias (Naturales y Sociales) a Historia y Ciencias Sociales en los cursos con plan humanista o a Biología en el caso de los cursos que cumplen con el plan Biólogo y Física en cursos con plan matemático. Cuarto Año Medio. Preparación PSU Lenguaje a Lenguaje y Comunicación: Preparación PSU Matemática a Matemática ; Preparación Ciencias (Naturales y Sociales) a Historia y Ciencias Sociales en los cursos con plan humanista o a Biología en el caso de los cursos que cumplen con el plan Biólogo y Física en cursos con plan matemático. e) Cada asignatura, deberá contemplar un 60% de procedimientos evaluativos escritos (Pruebas objetivas o de ensayo) y el 40% restante corresponderá a evaluaciones de trabajos personales o grupales, tales como: informes de laboratorios, investigaciones, exposiciones, portafolios, etc. Se exceptúan de esta exigencia las asignaturas de Educación Física, Educación Artística y Educación Tecnológica. Siembra tu corazón en la Verdad Página 6
7 f) En la asignatura de Religión, las calificaciones parciales, semestrales y finales se registrarán mediante una escala conceptual, como se indica: MB : Muy Bueno B : Bueno Puntajes entre 74 % y 86 % del puntaje real S : Suficiente Puntajes entre 60% y 73 % del puntaje real I : Insuficiente Puntajes inferiores al 60 % del puntaje real Puntajes entre 87 % y 100 % del puntaje real 7.2 Número de calificaciones y calificación mínima de aprobación: a) La cantidad de notas parciales dependerá del número de horas que tenga semanalmente cada asignatura, como se indica a continuación: Mínimo de Nº de horas calificaciones y más 6 y más Esta cantidad de notas no incluye la nota de taller. b) La calificación mínima de aprobación de cada asignatura es 4,0. El porcentaje de exigencia para esta nota dependerá del grado de dificultad del procedimiento aplicado. El grado de dificultad se obtendrá mediante la fórmula: Donde Gd = Grado de dificultad X = Promedio de los puntajes obtenidos Pi = Puntaje ideal 7.3. Prueba Especial a) De 1º a 4º básico el Liceo no aplicará Prueba Especial. b) De 5º a 8º Básico y de 1º a 4º Medio, ambas modalidades, se aplicará una Prueba Especial a todos los alumnos y alumnas cuyos promedios al término del año sean entre 3,5 y 3,9, ambas cifras inclusive., en un máximo de dos (2) asignaturas, exceptuando el sector de Religión. c) Los contenidos a evaluar en la Prueba Especial serán informados a los alumnos a mediados del segundo semestre y se dispondrá de las dos semanas previas al examen para su reforzamiento. Siembra tu corazón en la Verdad Página 7
8 Artículo 8.- De la Eximición de una asignatura. La Eximición de una asignatura dependerá de la certificación otorgada por el especialista, quien deberá fundamentar claramente el diagnóstico médico, psicopedagógico o psicológico, el tratamiento y el tiempo requerido. La Eximición anual será considerada como situación excepcional y procederá sólo en una (1) asignatura del Plan de Estudios, situación que deberá resolver el Director del Establecimiento con los antecedentes del (o los) especialista (s). Para acceder a la eximición se debe tener en cuenta que: a) La solicitud de eximición la hará el Apoderado (a) presentando los certificados del o los especialista en UTP, donde llenará un formulario para tal fin. b) La Unidad Técnica revisará la documentación presentada por el Apoderado y procederá a elaborar la Resolución Interna. c) La solicitud de eximición deberá ser presentada antes del 15 de Abril del año lectivo, de lo contrario el alumno será evaluado normalmente durante el primer Semestre. Se excluye de este plazo las situaciones de accidentes o enfermedades graves producidas después de esta fecha. En caso de accidente o enfermedad grave, el certificado médico deberá ser presentado en UTP, en un plazo máximo de 15 días, contados desde el momento del alta. d) Con la presentación de la documentación completa, certificados, tratamiento, solicitud de eximición y Resolución Interna, el Director autorizará la eximición siempre y cuando se cumpla con los requisitos necesarios. Artículo 9º.- Programa de Integración Escolar (PIE) y Evaluación Diferenciada a) La Evaluación Diferenciada de los alumnos (as) con necesidades educativas especiales contempla una escala de calificaciones de 1,5 a 7,0. Este tipo de evaluación se aplicará en todas aquellas asignaturas que se requiera y no implica promoción automática. b) El Equipo del PIE del establecimiento, implementa un sistema de evaluación y seguimiento del progreso de los aprendizajes de los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorias y permanentes. Este sistema de evaluación y sus resultados debe estar disponibles para las familias. c) El Equipo PIE según la pertinencia en relación a la necesidad del alumno (a), serán los encargados de sugerir las instancias metodológicas y evaluativas a ser aplicadas. d) Esta evaluación consistirá en la aplicación de procedimientos y/o instrumentos evaluativos, los cuales se adaptarán a las características de aprendizaje que presenta el alumno en las distintas asignaturas. Siembra tu corazón en la Verdad Página 8
9 e) Será responsabilidad de los padres y/o apoderados (as) mantener actualizada la documentación que acredite la necesidad educativa especial del alumno/a para ser entregada en la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento. f) La Unidad Técnica Pedagógica autorizará e informará por escrito y bajo firma de compromiso de los docentes en cuyas asignaturas debe aplicarse la evaluación diferenciada, la que debe ajustarse a la evaluación especifica en las adecuaciones curriculares realizada a los alumnos/as del Programa de Integración Escolar. g) Las estrategias a implementar en la Evaluación Diferenciada deberán permitir ajustar y adaptar el proceso evaluativo a las características y diferencias individuales de los estudiantes con necesidades educativas especiales de manera que se puedan considerar los niveles de inicio (nivel curricular en el cual se encuentra) ritmos de avances, estilos de aprendizajes y procedimientos entre otros. Artículo 10.- De las Inasistencias y Cumplimiento a las evaluaciones a) La inasistencia a una evaluación fijada con anticipación deberá ser justificada personalmente por el apoderado, en Inspectoría, presentando Certificado Médico si así correspondiera con un plazo máximo a 24 horas (documento en original y con fecha actualizada). b) Inspectoría informará de inmediato a UTP de la inasistencia del alumno. A su reintegro a clases UTP entregará al alumno una autorización para rendir la evaluación pendiente en fecha y hora que acuerde el profesor del sector afectado. c) Sin las justificaciones descritas, la evaluación deberá ser aplicada, inmediatamente al reintegro del alumno a clases. Lo mismo ocurrirá con los alumnos que han sido suspendidos por incumplimiento de normas estipuladas en el Manual de Convivencia. Y no se dará cumplimiento al Artículo 6º Letra h. d) Si uno o más alumnos deben concurrir a eventos para representar al Liceo y en consecuencia, faltar a una o más evaluaciones, será el Coordinador Extraescolar respectivo quien entregue a UTP la nómina de alumnos por escrito, firmada y timbrada, a fin de tramitar la calendarización de cada evaluación, salvaguardando así, el cumplimiento del proceso escolar, pero favoreciendo la participación del alumnado en esos eventos. e) Los alumnos o alumnas que encontrándose en el Liceo, no se presenten a un procedimiento evaluativo programado, podrán ser calificados con la nota mínima dejándose constancia del caso en el Libro de Clases, en la Hoja de Registro de Observaciones del estudiante. Se procederá de igual manera cuando el alumno(a) abandone la sala de clases sin hacer entrega de un instrumento o procedimiento evaluativo aplicado durante su permanencia en ella. Siembra tu corazón en la Verdad Página 9
10 f) Los estudiantes que no traigan los materiales para algún trabajo evaluado, se calificará con la nota mínima que se estipula en el presente reglamento. Registrando dicha situación en la hoja de observaciones de los estudiantes. Seguidamente se citará al apoderado para informar la situación. g) En cuanto al incumplimiento de la entrega de trabajos, se le evaluará con la nota mínima. Se registrará la situación en la hoja de observaciones de los estudiantes y se le informará al apoderado. Artículo 11.- De las Copias en Pruebas y Trabajos La copia, es decir, recibir y entregar información en una situación de evaluación, implica la trasgresión al valor de la honestidad, lo que en nuestro Liceo es considerado una falta grave; se deja establecido el criterio a seguir y al mismo tiempo las indicaciones para que no se repita esta conducta. a) Si un alumno es sorprendido recibiendo o entregando información (verbal o escrita) durante una prueba, se le retirará el instrumento aplicado y se le aplicará, en lo que resta del tiempo, otro procedimiento ya sea oral o escrito. La negativa del alumno a este punto será causal para la aplicación de la nota mínima (1,5). b) Si se trata de la copia de un trabajo el profesor retirará los trabajos y le dará un tiempo mínimo para rehacerlo aplicando un nivel exigencia mayor. c) Si dos o más alumnos entregan un mismo trabajo, el profesor aplicará una prueba escrita o una interrogación oral sobre los contenidos del trabajo a los estudiantes involucrados. d) Si se han vencido los plazos para la entrega de un trabajo y no hubiera certificado médico, el profesor aplicará una prueba oral o escrita sobre los contenidos del trabajo. e) Cualquiera de las situaciones anteriores debe ser consignada en la Hoja de Registro de Observaciones y comunicada al apoderado del alumno por el profesor afectado el día que corresponda la atención de apoderados con el propósito de revertir dicha conducta en situación de evaluaciones futuras. TITULO III.- DEL SISTEMA DE INFORME DE AVANCE EN EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS. Artículo 12 Los Apoderados serán informados acerca de los logros alcanzados por sus pupilos, tanto en los Aprendizajes Esperados, como en Objetivos Fundamentales Tranversales mediante: a) Informe de notas parciales, entregado a mediados del semestre en reunión de padres y apoderados. b) Informe de notas semestrales, entregado al final de cada período. c) Informe de notas finales al término del año escolar. d) Entrevistas individuales con Padres y Apoderados atendidos por el Profesor Jefe en el horario designado para tales efectos. e) Entrega semestral de un Informe de Desarrollo Personal que incluye los ámbitos dispuestos en los Decretos respectivos: Crecimiento y Autoafirmación Siembra tu corazón en la Verdad Página 10
11 Personal, Desarrollo del Pensamiento, Formación Ética y La Persona y su Entorno. La Evaluación Final será expresada mediante los conceptos: Siempre, Generalmente, Ocasionalmente, Rara Vez. f) Entrega semestral de un informe al hogar con los logros de los aprendizajes en los diferentes ámbitos en los niveles de transición menor y mayor. TÍTULO IV: DE LA PROMOCION Artículo 13º Para la promoción al curso inmediatamente superior, se considerarán conjuntamente la Asistencia y el Rendimiento de los alumnos. Artículo 14º Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 8º básico y de 1º a 4º medio, ambas modalidades, que hayan asistido a lo menos al 85% de las clases del calendario escolar. No obstante, la Dirección del Liceo, autorizará la promoción de alumnos con menores porcentajes de Asistencia, por razones debidamente justificadas (enfermedades avaladas con certificado médico, viajes al extranjero, etc.) Artículo 15º Serán promovidos todos los alumnos de 4º a 8º básico y de 1º a 4º medio, ambas modalidades, que hubieran aprobado todas las asignaturas. Artículo 16º Serán promovidos los alumnos de 4º a 8º básico y de 1º a 4º medio, que hubieran reprobado una asignatura siempre que su promedio general corresponda a un 4,5 o más, incluido el no aprobado. Artículo 17º Serán promovidos los alumnos 4º a 8º básico y de 1º a 4º medio que hubieran reprobado dos asignaturas siempre que su promedio general corresponda a un 5.0 o más, incluidas las no aprobadas. No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos Asignaturas reprobadas se encuentren las Asignaturas de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los alumnos de 3º y 4º medio serán promovidos siempre que su promedio corresponda a un 5,5 o más, incluidos los no aprobados. Artículo 18º La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Liceo entregará a todos los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El Certificado Anual de Estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. Sin embargo, mientras el alumno permanezca en el Liceo los certificados se mantendrán en Inspectoría General hasta su egreso. Artículo 19º Las situaciones no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas por El equipo de Gestión del Liceo. Siembra tu corazón en la Verdad Página 11
12 TÍTULO V: DE LOS CASOS ESPECIALES Artículo 21. Del Cierre Anticipado El Director del Liceo autorizará el cierre anticipado del año escolar de un alumno debido a razones de salud o traslado, previa solicitud del apoderado e informe de UTP, siempre que tenga finalizado el primer semestre y que haya cumplido por lo menos con el 70 % de las evaluaciones del segundo semestre. La promoción de estos alumnos se regirá por lo estipulado en este reglamento en sus artículos. Artículo 22. De las Embarazadas. Las alumnas embarazadas que no asistan a clases por períodos prolongados y con prescripción médica, durante los semestres serán autorizadas para comenzar el sistema de tutoría o asistir en horario alternativo a rendir evaluaciones, entregar trabajos o informes, según calendario que acordarán con los profesores de las diferentes asignaturas, previa autorización de UTP. Si debieran finalizar anticipadamente el año escolar, deben cumplir con lo establecido en el artículo anterior. Artículo 23. Estudiantes con problemas de salud Graves. En el caso que un estudiante no pueda asistir a clases regularmente por algún diagnóstico médico y que indique reposo absoluto prolongado por más de 15 días, UTP autorizará el sistema de tutoría, en el cuál se calendarizará actividades y evaluaciones, hasta el alta médica. Artículo 24. De los Ingresos tardíos Los alumnos(as) que ingresen tardíamente al Establecimiento, según su procedencia, estarán sujetos a las siguientes disposiciones: De Establecimientos con Régimen Semestral: a) Si el ingreso se produce antes del término del primer semestre el alumno deberá traer registradas en su Informe Parcial una cantidad de notas acorde al momento de su ingreso, en caso contrario se calendarizarán tantas evaluaciones como notas le falten. b) Si el ingreso se produce después del término del primer semestre el alumno deberá traer el Informe Semestral de Notas y un Informe con las Notas Parciales del Segundo Semestre registradas hasta el momento de su traslado. De no traer notas parciales se calendarizarán tantas evaluaciones como notas le falten al momento de su ingreso. Siembra tu corazón en la Verdad Página 12
13 24.2. Para estos casos cualquier situación de eximición o aplicación de Evaluación Diferenciada, será analizada y resuelta por la Unidad Técnica Pedagógica. TÍTULO VI: DE LOS ALUMNOS EXTRANJEROS Artículo 25. A los alumnos(as) extranjeros matriculados en el Liceo que deban validar estudios y que asistan desde el inicio del año escolar, UTP les entregará un calendario de exámenes y los correspondientes temarios a mediados del mes de Marzo de manera que su situación quede normalizada a mediados del mes de Abril. Artículo 26. Los alumnos extranjeros deben rendir las evaluaciones realizadas, en el curso en el que se encuentran matriculados provisoriamente. Las calificaciones así obtenidas se registrarán en el curso definitivo, que se conocerá una vez finalizado el proceso de validación. Artículo 27. Inspectoría General es responsable de entregar a UTP toda la documentación de los alumnos, necesaria para solicitar la Validación de Estudios. Esta documentación es: Certificado de Nacimiento, Autorización de Matrícula extendida por SECREMINEDUC y Certificado del último año aprobado en el extranjero. Artículo 28. Los alumnos extranjeros que ingresen al Liceo en el transcurso del año escolar tendrán el plazo de un mes, contados desde que se le entrega el calendario de exámenes y los temarios para regularizar su situación. Siembra tu corazón en la Verdad Página 13
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