COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN REGLAMENTO DE LOS COMITÉS DE AULA Y GRADO

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1 COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN REGLAMENTO DE LOS COMITÉS DE AULA Y GRADO I. CONCEPTOS BASICOS Art 1. Para los efectos del presente Reglamento se denomina: a) NIVEL EDUCATIVO: Son periodos graduales del proceso educativo articulado dentro de las etapas educativas. Se distinguen 3 niveles: Pre School: Inicial. Elementary: Primaria. High: Secundaria. a) GRADO: División anual del proceso de enseñanza aprendizaje. Pre School: Conformado por los grados de nursery, pre kinder y kinder de inicial. Elementary: Conformado por 1, 2, 3, 4, 5 y 6 grado de primaria. High: Conformado por I, II, III, IV y V grado de secundaria. b) AULA: Conjunto de alumnos que estudian en el mismo salón. Se identifica al aula por su grado y letra (Ej. 1 "A", 2 "B", 3 "C", 4 "D", etc). c) PROMOCION: Conjunto de alumnos que ingresando el mismo año al colegio proyectan terminar el mismo año que la identifica (Ej. Promoción 2010, Promoción 2020, etc). d) PLAN ANUAL DE ACTIVIDADES: Planificación de las actividades instituidas dentro de la calendarización del colegio. e) PLAN DE TRABAJO: Planificación de las actividades determinadas por los comités de padres de familia, con cronogramas y presupuestos del grado. Debe ir de acuerdo con el Plan de Actividades del Colegio. f) HOMEROOM TEACHER: Profesor tutor sobre el cual recae la responsabilidad de la formación y el control de los alumnos de un aula específica. g) ASESOR DE ACTIVIDADES: Profesor encargado de coordinar los asuntos específicos del plan de anual de actividades en coordinación con los comités de padres de familia. Responsable del colegio de velar estrictamente la ejecución del reglamento de los comités de padre de familia. h) JEFE DE NIVEL: Profesor encargado de la coordinación académica, de la disciplina y el orden en cada nivel; debe coordinar con los homeroom teacher, los alumnos y los padres de familia, los asuntos específicos del nivel. i) COMITE DE AULA: Grupo de padres de familia elegidos a nivel de aula responsables de la ejecución del plan de trabajo del comité. j) COMITE DE GRADO: Presidentes de los comités de aula que proyectan, coordinan y controlan la ejecución del plan de trabajo del comité del grado. II. GENERALIDADES Art 2. Art 3. Art 4. Art 5. El presente documento norma la organización y funcionamiento de los comités de padres de familia del Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln. Los comités de padres de familia canalizan organizadamente su apoyo a la tarea educativa, particularmente al plan anual de actividades del colegio a través del asesor de actividades. Los comités de padres de familia se organizan en dos instancias: Comités de aula y comités de grado y sus acciones se adecuan al reglamento interno del colegio y al manual de normas de convivencia. Sus decisiones se toman por mayoría. En caso de empate el voto de presidente tiene carácter de dirimente. Si el consejo de administración invita a algún integrante de algún comité de aula a formar parte de un comité de apoyo de la cooperativa, este podrá aceptar el cargo, sin dejar de pertenecer al comité de aula.

2 III. COMITES DE AULA De su composición y elección Art 6. Art 7. Cada comité de aula estará integrado por 3 padres de familia elegidos del aula. Entre ellos se designará al presidente, secretario y tesorero. Las elecciones se realizarán anualmente al inicio del año escolar, bajo la convocatoria de la Dirección, a través de las jefaturas de nivel, asesoría de actividades y los homeroom teachers. Art 8. Para ser elegido miembro del comité de aula se requiere: a) Ser padre de familia y/o apoderado de un alumno del aula. b) Ser elegido por mayoría simple. Art 9. No podrán participar como candidatos al comité de aula: a) Los miembros de la junta directiva de la cooperativa y del consejo de vigilancia. b) Los padres de familia que tengan alguna deuda con la cooperativa. Art 10. Para las elecciones del comité de aula, se establece un voto por familia y es intransferible. La participación de los candidatos es voluntaria. Art 11. En el caso de que el comité de aula no quede conformado en la reunión convocada para las elecciones de los comités de padres de familia; la Dirección del colegio, conjuntamente con la asesoría de actividades, invitarán a 3 padres para actuar como representantes del aula. Art 12. El derecho de participar en un comité de aula se ejerce por familia, por lo que en un mismo año solo uno de los padres podrá ser miembro de un comité de aula, independiente de cuantos hijos tenga en el colegio. Art 13. Ningún padre de familia podrá integrar más de un comité de aula a la vez y en caso de ser electo en más de uno, deberá optar por uno de ellos. Art 14. La familia cuyo padre o madre participe en un comité para un año determinado no podrá participar en el siguiente año en ningún comité de aula. También aplica a las familias que hubieran renunciado a su cargo después de los 30 días de la conformación del comité que fueron elegidos. Art 15. La familia, padre o madre, sólo podrá participar por cada hijo hasta 3 veces por nivel educativo. De sus Funciones Art 16. Difundir y reafirmar los principios axiológicos del colegio entre los padres de familia y alumnos del grado al que pertenecen. Art 17. Colaborar con los homeroom teachers en las actividades que les solicite la Dirección del plantel, a través de la jefatura de nivel y/o asesoría de actividades. Art 18. Colaborar con su comité de grado en las acciones que se le solicite y que esten establecidas funcionalmente. Art 19. Promover y conducir la participación constructiva de los padres de familia del aula en el desarrollo de las actividades. Art 20. Apoyar la organización y ejecución de las actividades del colegio señaladas en el plan anual de actividades. Art 21. Los integrantes del comité de aula están obligados a participar en la elaboración del plan de trabajo del comité del grado.

3 Art 22. El presidente concurrirá en nombre de su comité a las reuniones convocadas por las autoridades del plantel en la hora y fecha señaladas. Art 23. Los comités de aula se reunirán a convocatoria de la Dirección del plantel a través de la jefatura de nivel, asesoría de actividades y/o del presidente del comité de grado. De los Aspectos Económicos Art 24. Los comités de aula son responsables de la recaudación de las cuotas dirigidas exclusivamente a solventar los gastos de: Primera comunión (4to. de elementary), confirmación (IV de high), promoción (V de high), de acuerdo con las jefaturas de nivel correspondiente, y con autorización de la Dirección. Art 25. Esta permitido que los comités de aula de IV y V de High realicen actividades pro fondos en los diversos eventos que se ejecuten en la institución, previa coordinación con las autoridades del colegio. IV. COMITES DE GRADO De su composición y elección Art 26. El Comité de Grado está constituido por los presidentes de los comités de aula de un mismo grado. Art 27. En la sesión de instalación del comité de Grado, se elegirá al: Presidente de grado, secretario de grado y tesorero de grado. El vocal de grado será elegido únicamente si hay 4 secciones por grado. Art 28. Los integrantes del comité de grado permanecerán en su cargo un año. De sus Funciones Art 29. Presentar por escrito su plan de trabajo a la asesoría de actividades, debidamente sustentado con programas y presupuestos que sólo se ejecutarán previa autorización de la Dirección del plantel, en un máximo de 45 días luego de su conformación. Art 30. Elaborar el presupuesto según su plan de trabajo de actividades, en el que se debe determinar la cuota del año que previamente deberá ser aprobada por la Dirección. Art 31. Es responsable de administrar los fondos del grado conformado por los aportes realizados por cada alumno según la cuota anual aprobada y de rendir cuentas de los gastos efectuados según el plan de trabajo a la asesoría de actividades y/o la Dirección del plantel. Art 32. El comité de grado, es responsable de entregar los fondos personales del alumno a su padre o apoderado, en el caso de que el alumno se retire o repita el año en su gestión, para que este pueda hacer el traspaso respectivo al nuevo comité y/o retirarlo. Esta transacción deberá estar detallado en el último balance general presentado. Art 33. Llevar un libro de actas en la que constarán los acuerdos tomados en todas sus reuniones. Art 34. Presentar por escrito a la Dirección y al Consejo de administración, las iniciativas e inquietudes de los padres de familia en calidad de propuestas, orientadas a mejorar el aspecto formativo de los alumnos del grado. Art 35. Enviar a los padres con la debida anticipación las comunicaciones sobre las actividades oficiales del Comité, aprobadas por la asesoría de actividades y/o la Dirección del plantel.

4 Art 36. Se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario. Art 37. Entregará a fin de año un informe a la asesoría de actividades con todos los documentos sustentatorios correspondientes a su gestión, incluyendo copia del libro de actas. Art 38. En los grados donde no exista el vocal de grado, el comité de grado asumirá sus funciones. Art 39. Es responsable de velar por el estricto cumplimiento del reglamento de comités de padres de familia. De su Organización Art 40. Los comités de grado estan constituidos por: Presidente de grado Secretario de grado Tesorero de grado Vocal de grado (en el caso de haber 4 secciones). Art 41. Son funciones del presidente de grado: a) Es la única persona autorizada por la institución para realizar las comunicaciones y solicitudes de las actividades que se realizarán así como sus requerimientos. b) Presidir las sesiones de su comité y la de los padres de familia de su grado. c) Supervisar las funciones y actividades de los otros miembros del comité. d) Proponer el plan de trabajo y presentar el informe anual final correspondiente. e) Es responsable junto con el tesorero de grado, de rendir cuentas ante las autoridades del colegio sobre los fondos de la promoción que representa. f) Asistir las veces que sea convocado por los directivos del colegio para colaborar con las actividades educativas que beneficien a los alumnos del grado. Art 42. Son funciones del secretario de grado: a) Reemplazar al Presidente en casos de ausencia. b) Dirigir a los secretarios de aula de su promoción. c) Asistir a las reuniones convocadas por el comité de grado y colaborar con éste en las tareas que se le asignen. d) Redactar las actas, comunicaciones y documentos que se generen en el comité de grado. e) Mantener informado a los padres de familia mediante la publicación de las actas, sobre las actividades propias del comité de grado. Art 43. Son funciones del tesorero de grado: a) Dirigir a los tesoreros de aula de su promoción. b) Llevar al día el registro y documentación sustentatoria del manejo de fondos de su promoción. c) Recaudar las cuotas ordinarias y extraordinarias acordadas. d) Asistir a las reuniones convocadas por el comité de grado y colaborar con éste en las tareas que se le asignen. e) Mantener informado al comité de grado sobre la situación económica de las actividades que se realizan, presentando un informe escrito mensual. f) Es responsable junto con el presidente de grado, de rendir cuentas ante las autoridades del colegio sobre los fondos de la promoción que representa. Art 44. Son funciones del vocal de grado: a) Conformar y dirigir el equipo de arte, deportes y formación familiar. b) Asistir a las reuniones convocadas por el comité de grado y colaborar con éste en las tareas que se les asignen. c) Mantener informado al comité de grado sobre las actividades de arte, deportes y formación familiar del grado, presentando un informe escrito mensual. d) Promover la participación artística, deportiva y de formación de las familias del aula y de los alumnos.

5 e) Asistir las veces que sea convocado por los directivos del colegio para colaborar con tareas de arte, deportes y formación familiar. ASPECTOS ECONÓMICOS Art 45. Los comités de grado podrán procurarse fondos dirigidos exclusivamente a solventar los gastos de: Primera Comunión 4to. grado Confirmación y Viaje de Promoción IV High Actividades Promocionales de V High Art 46. Los comités de grado no podrán gastar más de lo programado en el año de su gestión. Art 47. Todos los comprobantes (boletas) de gastos o compras que generen deben estar a nombre de su promoción. Art 48. Los gastos correspondientes a las actividades centrales de primera comunión (4to elementary), confirmación (IV de high) y promoción (V de high), deben decidirse en una reunión convocando a los padres de la promoción donde asistan por lo menos la mitad más uno de los padres y presentando por lo menos 3 proformas presupuestales. Art 49. Del Balance de Grado: a) Al final de cada año, el comité de grado entregará a todos los padres del grado, previa aprobación de la asesoría de actividades, un balance de su gestión, detallando los ingresos y gastos de cada alumno. b) La tesorera del comité de grado saliente deberá realizar la transferencia de la cuenta corriente y/o de ahorro o dinero en efectivo al nuevo comité de grado (como máximo 15 días después de ser conformado), con el nuevo y último balance detallado por alumno. El presidente de grado saliente, será responsable de que esta transacción se lleve a cabo. c) El presidente de grado elegido deberá enviar a los padres, previa aprobación de la asesoria de actividades, el último balance actualizado recibido del comité de grado que los precedió, en un plazo de 15 días. d) La custodia de los fondos de la promoción debé estar a cargo del comité de grado en turno. La transferencia de los fondos será totalmente efectiva en la sucesión del cargo y bajo ningun motivo estos fondos podrán estar en manos de personas ajenas al comité de grado vigente. e) Las cuentas del grado deberán estar a nombre del presidente y tesorero del grado. f) El comité de grado de V año de high school deberá realizar una reunión con los padres de familia del grado para entregar su balance y en caso de existir algún remanente, este deberá ser devuelto a los padres de familia. g) El comité de grado entregará a fin de año un informe con los libros, balances y todos los documentos sustentatorios. DISPOSICIONES FINALES Art 50. Son causales de vacancia del cargo de miembro de los comités de padres de familia: a) La renuncia. b) Las inasistencias injustificadas a 2 sesiones consecutivas. c) Las inasistencias justificadas a 6 sesiones. d) El asumir otro cargo, dentro de los organismos de gobierno de la cooperativa. e) El incumplimiento de las normas previstas en este reglamento. f) Por no cumplir con las funciones propias del cargo, como miembro de comité de aula y/o de grado. g) Por disponer indebidamente de los fondos del comité. Art 51. Los miembros del comité de grado y en general los socios que soliciten contribución económica directa o por intermedio de su cónyuge, sin la debida autorización de la Dirección del colegio, estarán sujetos a la aplicación de las sanciones establecidas en los documentos normativos de nuestra institución educativa.

6 Art 52. Corresponde a la Dirección del colegio la responsabilidad de la correcta aplicación del presente reglamento quien podrá delegar a la sub-dirección el cumplimiento de esta función. Art 53. Los miembros del comité de grado y de aula que incumplan con las disposiciones establecidas en el presente reglamento serán inhabilitados de formar parte de futuros comités. Art 54. Las reuniones solicitadas por los presidentes de grado con las autoridades del colegio y/o miembros educativos, estará conformada por una delegación de no más de 3 miembros de su comité. Art 55. Las comunicaciones que generen los comités deberán ser entregadas con 48 horas de anticipación a la Asesoría de Actividades para su respectiva aprobación. Art 56. Los comités de aula, para cada actividad que implique la movilización o participación de los padres de familia del aula, requerirán de una previa coordinación con el homeroom teacher y de ser necesario con el jefe de nivel y los Directivos. Art 57. En el caso de Nursery el Comité de grado estará integrado por un presidente y un secretario. En los salones de Bachillerato Internacional tendrá un solo comité de Aula. Art 58. La naturaleza de trabajo voluntario de los comités no exime a los miembros de los mismos de cumplir con las tareas y funciones propias del mismo, así como de respetar y promover el presente reglamento. Art 59. Los asuntos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por la Dirección del plantel. La Molina, 24 de Marzo del 2009

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