MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A.. FEBRERO DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS

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1 MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A.. FEBRERO DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS V I S T O, para resolver la ADJUDICACION DE BIENES en el expediente número 331/2015, deducida del JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de, denunciado por ; y, R E S U L T A N D O PRIMERO.- Mediante escrito recibido el., en la Oficialía Común de Partes de los Juzgados Mixtos de Primera Instancia de esta Ciudad, y turnado el mismo día a esta Autoridad, compareció a promover la Sucesión Testamentaria a bienes de su finado padre ; expresó los hechos motivo de su denuncia, invocó los preceptos legales que consideró aplicables al caso, concluyó con los petitorios de estilo y anexó las documentales con las que se acreditó el deceso del autor de la herencia, así como el entroncamiento del promovente con aquel. Una vez substanciada la primera sección del juicio, se pronunció interlocutoria el.., en la que se declaró como únicos y universales herederos a.. a quien del mismo modo se le designó como albacea definitivo de los bienes que forman el acervo hereditario del de cujus... SEGUNDO.- Por auto de.se procedió a la apertura de la segunda sección denominada inventario y avalúo, dentro de la cual el albacea formuló el inventario y avalúo de los bienes que forman el acervo hereditario, mismo que se puso a la vista de los interesados por el término legal, sin que fuera objetado. Posteriormente, en acuerdo de., se aprobó el inventario y avalúo de los bienes que forman el acervo hereditario, se omitió la tercera sección y se decretó la apertura de la cuarta sección denominada de partición y adjudicación,

2 dentro de la cual fue formulado el proyecto de partición respectivo y mediante acuerdo que precede, se citó a las partes para oír sentencia de adjudicación dentro de la presente testamentaria; y, C O N S I D E R A N D O : UNICO: El artículo 1603 del Código Civil del Estado establece:...aprobados los inventarios y la cuenta de administración, el albacea debe hacer en seguida la partición de la herencia.... Por su parte, el artículo 714 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, literalmente establece: Concluido el proyecto de partición, el juez lo mandará poner a la vista de los interesados en la secretaría por un término de diez días. Vencido este término sin hacerse oposición o cuando se presente el proyecto suscrito de conformidad por todos los interesados, el juez lo aprobará y dictará sentencia de adjudicación mandando entregar a cada interesado, los bienes que le hubieren sido aplicados, con los títulos de propiedad, después de ponerse en ellos, por el secretario, una nota en la que se haga constar la adjudicación.. Bajo ese contexto, dentro del presente sumario consta que formuló el inventario y avalúo de los bienes que forman el acervo hereditario del de cujus, listándolos conforme al ordinal 662 de la Ley Adjetiva Civil, y refirió que lo constituye cuatro bienes raíces y que son: 1. El primero, bien inmueble consistente en un terreno identificado como lote 233, de la manzana 15, ubicado en el respecto del cual le corresponde al de cujus una parte alícuota del 50% en razón de la copropiedad que tenia con la señora, por partes iguales y proindiviso, con el cual se deducen los derechos que corresponden al de cujus, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 232. SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXXXXXX

3 ORIENTE: Mide treinta y siete metros con cinco centímetros y linda con lote 231 PONIENTE: Mide treinta y siete metros con cinco centímetros y linda con propiedad de la señora XXXXXXXXXXXX Adujo que dicho inmueble se encuentra registrado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número XX a fojas sin numero del Tomo XXX, de escrituras Privadas de fecha.., a favor de..tal y como se acredita con la escritura de propiedad que ampara el citado inmueble cual se adjuntó en su original, al escrito inicial de denuncia de la presente inestamntaria. 2. El segundo, bien inmueble consistente en un terreno identificado como lote numero 6 seis, de la manzana numero 156 ciento cincuenta y seis, ubicado en., respecto del cual le corresponde al de cujus una parte alícuota del 50% en razón de la copropiedad que tenia con la señora.., por partes iguales y proindiviso, con el cual se deducen los derechos que corresponden al de cujus, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 13. SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXX ORIENTE: Mide veintinueve metros y linda con lotes 7,8 y 9 PONIENTE: Mide veintinueve metros y linda con lote número 5. Adujo que dicho inmueble se encuentra registrado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número 597 a fojas 191 vuelta del Tomo 3 o tercero, de Escrituras Privadas de fecha., tal y como se acredita con la escritura de propiedad que ampara el citado inmueble, la cual se adjuntó en su original, al escrito inicial de denuncia de la presente intestamentaria.

4 3. El tercero, consistente en un terreno identificado como lote 82 ochenta y dos, de la manzana número 7 siete, ubicado en el respecto del cual le corresponde al de cujus una parte alícuota del 50% en razón de la copropiedad que tenia con la señora.. por partes iguales y proindiviso, con el cual se deducen los derechos que corresponden al de cujus, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 81. SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXXXXXX. ORIENTE: Mide veinticinco metros y linda con lote 80. PONIENTE: Mide veinticinco metros y linda con lote 84. Adujo que dicho inmueble se encuentra registrado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número XXX a fojas sin numero del Tomo 5 o quinto, de Escrituras Privadas de fecha.. a favor de.., tal y como se acredita con la escritura de propiedad que ampara el citado inmueble, la cual se adjuntó en su original, al escrito inicial de denuncia de la presente inestamentaria. 4. El cuarto consistente en un terreno ubicado en el.respecto del cual le corresponde al de cujus una parte alícuota del 50% en razón de la copropiedad que tenia con la señora... por partes iguales y proindiviso, con el cual se deducen los derechos que corresponden al de cujus, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con calle XXXXXX. SUR: Mide diez metros y linda con XXXXXXXX. ORIENTE: Mide veinticinco metros y linda con XXXXXX.

5 PONIENTE: Mide veinticinco metros y linda con XXXXXX. Adujo que dicho inmueble se encuentra registrado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número 77 setenta y siete, a fojas del Tomo 36 treinta y seis, de escrituras Públicas de.., a favor de.., tal y como se acredita con la escritura de propiedad que ampara el citado inmueble cual se adjuntó en su original, al escrito inicial de denuncia de la presente testamentaria. En términos de lo dispuesto por el artículo 656 segundo párrafo del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, y no haber existido oposición al respecto, el albacea estimó justo fijar al conjunto de los inmuebles descritos un valor total de $... Ahora bien, el albacea acredita la procedencia de la adjudicación con las escritura de propiedad que obran a fojas de la 10 diez a la 14 catorce de las que se obtienen los datos a que se refirió el albacea; documentales públicas que merecen pleno valor probatorio en el presente juicio, en términos de lo dispuesto por los artículos 323 fracción I y 388 del código adjetivo civil, por tratarse de escrituras privadas otorgada de acuerdo a los requisitos legales establecidos. En ese orden de ideas, tomando en consideración que el Inventario y Avalúo formulado por el Albacea Definitivo fue aprobado en sus términos al no haber sido objetado por parte alguna, y en atención a que el promovente y albacea definitivo,, así como.., fueron declarados únicos y universales herederos dentro de la presente sucesión, se adjudica en propiedad a favor de. la parte alícuota que perteneció al de cujus en proporción del 50% de los siguientes inmuebles:

6 1. El primero bien inmueble consistente en un terreno identificado como lote 233, de la manzana 15, ubicado en el Fraccionamiento de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 232., SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXX ORIENTE: Mide treinta y siete metros con cinco centímetros y linda con lote 231, PONIENTE: Mide treinta y siete metros con cinco centímetros y linda con propiedad de la señora. registrado e el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número 42 a fojas sin numero del Tomo 116 ciento dieciséis, de escrituras Privadas de fecha 09 nueve de junio de 1981, 2. El segundo Bien inmueble consistente en un terreno identificado como lote numero 6 seis, de la manzana numero 156 ciento cincuenta y seis, ubicado en el. de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 13, SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXXXXX, ORIENTE: Mide veintinueve metros y linda con lotes 7,8 y 9, PONIENTE: Mide veintinueve metros y linda con lote número 5; inmueble que se encuentra registrado e el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número XXX a fojas 191 vuelta del Tomo 3 o tercero, de Escrituras Privadas de fecha 18 dieciocho de octubre de 1989, a favor de 3. Terreno identificado como lote 82 ochenta y dos, de la manzana número 7 siete, ubicado en el.. de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con lote 81, SUR: Mide diez metros y linda con calle XXXXXXXX, ORIENTE: Mide veinticinco metros y linda con lote 80, PONIENTE: Mide veinticinco metros y linda con lote 84, inmueble se encuentra registrado en el Registro

7 Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número 245 a fojas sin numero del Tomo 5 o quinto, de Escrituras Privadas de fecha.. a favor de. A favor de en las mismas proporciones 1. Un terreno ubicado en el de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Mide diez metros y linda con calle XXXXXX, SUR: Mide diez metros y linda con XXXXXX, ORIENTE: Mide veinticinco metros y linda con XXXXXX, PONIENTE: Mide veinticinco metros y linda con XXXXXXXXXXXXXX. Inmueble que se encuentra registrado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Segundo Distrito judicial, bajo la inscripción número 77 setenta y siete, a fojas del Tomo 36 treinta y seis, de escrituras Públicas de fecha 17 de septiembre de Al efecto, envíese el oficio con los insertos necesarios al Notario Público en ejercicio en esta ciudad de Matehuala, San Luis Potosí, que señale el accionante, para la protocolización del título de propiedad respectivo, acorde a lo estipulado por el numeral 737 de la Ley Adjetiva Civil. Por ultimo, dado que las partes no hicieron manifestación alguna ni se opusieron, se les hace de su conocimiento que la presente resolución, una vez que cause ejecutoria, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, incluyendo sus datos personales señalados en el artículo tercero fracción XV, de la Ley en cita; pues esa falta de oposición presume su consentimiento; lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto obre en su favor. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los numerales 78 fracción III, 80, 81, 83 y 84 de la Ley Adjetiva Civil, se resuelve:

8 PRIMERO: Se Adjudica en propiedad a favor de, a la primera los tres primeros bienes inmuebles descritos en la parte final del considerando único de la presente resolución, en los términos precisados y con las medidas y colindancias que en el mismo se indican, cuyas partes alícuotas respectivas fueron propiedad del autor de la herencia y a. el predio especificado con el número 4 cuatro en los mismos términos. SEGUNDO: Envíese el oficio respectivo con los insertos necesarios al Notario Público en ejercicio en este Distrito Judicial, que la parte accionante designe para la elaboración del título de propiedad correspondiente. TERCERO: Dado que las partes no hicieron manifestación alguna ni se opusieron, se les hace de su conocimiento que la presente resolución, una vez que cause ejecutoria, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, incluyendo sus datos personales señalados en el artículo tercero fracción XV, de la Ley en cita; pues esa falta de oposición presume su consentimiento; lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto obre en su favor. TCUARTO: Notifíquese personalmente. A S I, lo sentenció y firma el Licenciado ALFREDO OCHOA ROJAS, Juez Primero Mixto de Primera Instancia de este Segundo Distrito Judicial quien actúa con Secretaria de Acuerdos que autoriza Licenciada MARIA DEL REFUGIO ORTIZ FLORES.- Doy fe.- L AOR/L RARL.*

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