CONSULTA PÚBLICA PLAN PARA LA GENERALIZACIÓN DEL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA

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1 Y PARA CONSULTA PÚBLICA PLAN PARA LA GENERALIZACIÓN DEL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA 1 INTRODUCCION DATOS SOBRE FACTURA ELECTRÓNICA EN EUROPA Y EN ESPAÑA MEDIDAS DE CARÁCTER NORMATIVO PARA EL IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA MEDIDAS DE APOYO PARA EL IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA PROGRAMAS PARA FACILITAR EL DESARROLLO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN LAS EMPRESAS ACTIVIDADES DE DINAMIZACIÓN ACTUACIONES DESTINADAS A LA ADAPTACIÓN DE LAS AAPP COMO RECEPTORAS DE FACTURAS ELECTRÓNICAS FOROS INTERNACIONALES SOBRE FORMATOS TÉCNICOS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA CONSULTA PÚBLICA SOBRE MEDIDAS PARA LA GENERALIZACIÓN DEL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA EN ESPAÑA LA FACTURA ELECTRÓNICA EN ESPAÑA: BARRERAS E INDICADORES CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN PARA EL IMPULSO DEL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DESARROLLO Y DIFUSIÓN DE SOLUCIONES DE FACTURA ELECTRÓNICA AYUDAS PÚBLICAS PARA LA INCORPORACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA ACTUACIONES DIRIGIDAS A POTENCIAR LA OFERTA DE SERVICIOS DE FACTURA ELECTRÓNICA ACTUACIONES HORIZONTALES RELATIVAS A LA INTEROPERABILIDAD, LA ACCESIBILIDAD, LA CALIDAD Y LA SEGURIDAD EN LA FACTURA ELECTRÓNICA COLABORACIÓN DE ORGANIZACIONES Y ASOCIACIONES EMPRESARIALES OTRAS CONSIDERACIONES EN RELACIÓN CON EL IMPULSO DEL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA de 11

2 Y PARA 1 INTRODUCCION La generalización del uso de la factura electrónica supone una oportunidad para mejorar la eficiencia y aumentar la competitividad y productividad. En este contexto, la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (en adelante, LMISI) incorpora en su artículo primero un mandato para la elaboración de un Plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. Entre los objetivos del citado Plan para la generalización del uso de la factura electrónica, la LMISI identifica el desarrollo del comercio electrónico entre empresarios, profesionales y demás agentes del mercado, en particular, entre las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas microempresas. Asimismo, la LMISI dispone que el Plan deberá tener en cuenta, entre otros, los criterios de accesibilidad y la promoción de la interoperabilidad de las distintas soluciones de facturación electrónica, así como la inclusión de esquemas específicos de ayudas económicas para la implantación de la factura electrónica. En cuanto al proceso de elaboración del citado Plan, se prevé que se lleve a cabo un proceso de consulta a las asociaciones relevantes representativas de las entidades proveedoras de soluciones técnicas de facturación electrónica, a las asociaciones relevantes de usuarios de las mismas y a los colegios profesionales que agrupen a técnicos del sector de la Sociedad de la Información y de las Telecomunicaciones. El presente documento constituye la base para realizar esta consulta pública prevista en la Ley. 2 DATOS SOBRE FACTURA ELECTRÓNICA EN EUROPA Y EN ESPAÑA En lo que se refiere a los datos sobre facturación electrónica en el ámbito europeo, si se consideran las estimaciones publicadas por la entidad Billentis 1 (publicadas en febrero 2009), 1 millón de empresas europeas y 23 millones de consumidores intercambiaron un millones de facturas electrónicas durante 2008 y se estima que, en 2009, negocios y consumidores se convierten cada día en nuevos usuarios de factura electrónica. En cuanto a los datos de estimación de la mejora de la eficiencia, si se consideran las estimaciones de Billentis, una entidad que implante procesos de factura electrónica y automatice el tratamiento de las mismas, podría ahorrar hasta un 60%-80% de los costes correspondientes al procesamiento de facturas basadas en papel. Por otra parte, si comparamos los datos de penetración del uso de la factura electrónica en España con el resto de países europeos, según Billentis, España se sitúa una posición intermedia/alta en facturación B2B (entre 6% y 12%) y en una posición más rezagada en el caso de la facturación electrónica B2C, con una penetración estimada menor del 1% de 11

3 Y PARA Asimismo, puede destacarse que en el contexto europeo se han puesto en marcha políticas para la generalización de la factura electrónica, particularmente en entornos B2B, en países tales como Dinamarca 2, Noruega 3 y Suecia 4 (más información sobre las actuaciones llevadas a cabo en estos países se puede obtener en los enlaces que figuran a pie de página). En España, los datos sobre la adopción de la factura electrónica en las empresas en 2008, publicados en el informe Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la empresa española, edición 2009, elaborado por el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (ONTSI), a partir de datos del INE, muestran una mayor adopción de la factura electrónica en las empresas de 10 o más empleados que realizan algún tipo de intercambio automatizado de datos 5, con un 31,7% de estas empresas que reciben facturas electrónicas y un 19,8% que las emite, frente a un 26,6% de empresas de hasta 9 empleados que reciben facturas electrónicas y 17,1% que las emiten. A continuación se inserta un gráfico que muestra el porcentaje de empresas que realizan intercambios automatizados de datos con sistemas TIC externos, según el objetivo de la comunicación. Tipo de intercambio automatizado de datos con sistemas TIC externos (según objetivo de la comunicación) Envío de instrucciones de pago a entidades bancarias Intercambio automatizado de información con la AAPP Envío o recepción de información sobre productos Envío de pedidos a sus proveedores Envío o recepción de documentación sobre transporte, envíos o entregas Recepción de facturas electrónicas Envío de facturas electrónicas Recepción de pedidos de clientes 48,6 42,0 45,8 28,6 34,4 29,8 33,4 31,7 26,6 17,1 19,8 14,1 22,4 61,2 72,0 58,8 Microempresas (de 0 a 9) Pymes y grandes (de 10 o más) Base: empresas que realizan intercambio automatizado de datos con sistemas TIC externos Fuente: ONTSI a partir de los datos del INE El porcentaje de empresas de 10 o más empleados que realiza intercambio automatizado de datos es del 32%, y el de microempresas de 0 a 9 empleados, del 9,4%. El intercambio automatizado de datos entre la empresa y otros sistemas TIC externos a la misma, consiste en el intercambio de información (por ej. pedidos, facturas, transacciones de pago o descripción de productos), a través de Internet u otras redes telemáticas, en un formato acordado que permita el procesamiento automático del mismo (por ej. XML 5, EDIFACT 5, ). No están incluidos en el concepto de intercambio automatizado de datos, los correos electrónicos escritos de forma manual. 3 de 11

4 Y PARA 3 MEDIDAS DE CARÁCTER NORMATIVO PARA EL IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Desde el punto de visto normativo, la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, constituye una norma relevante en materia de facturación electrónica, abordando los requisitos que afectan a la validez tributaria de la facturación electrónica. A partir de la publicación de dicha la citada Orden EHA/926/2007, la facturación electrónica ha recibido un impulso adicional con la aprobación de diversas medidas recogidas en la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LMISI) y en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP). En este sentido, la LMISI incorpora en su artículo 1 un mandato para la elaboración de un Plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. En concreto, el apartado 2 del citado artículo establece lo siguiente: 2. El Gobierno determinará el órgano competente de la Administración General del Estado que impulsará el empleo de la factura electrónica entre empresarios, profesionales y demás agentes del mercado, en particular, entre las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas microempresas, con el fin de fomentar el desarrollo del comercio electrónico. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las competencias que tengan reconocidas por sus Estatutos, colaborarán en coordinación con la Administración del Estado en el impulso del empleo de la factura electrónica. El Gobierno, o en su caso las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, establecerán, en un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta Ley o en el plazo que en su lugar establezca la Administración competente, en coordinación con las Comunidades Autónomas cuando no les corresponda la elaboración propia y previa consulta a las asociaciones relevantes representativas de las entidades proveedoras de soluciones técnicas de facturación electrónica, a las asociaciones relevantes de usuarios de las mismas y a los colegios profesionales que agrupen a técnicos del sector de la Sociedad de la Información y de las Telecomunicaciones, un plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. El citado Plan contendrá, entre otros, los criterios de accesibilidad y promoverá la interoperabilidad de las distintas soluciones de facturación electrónica. El Plan de la Administración General del Estado establecerá esquemas específicos de ayudas económicas para la implantación de la factura electrónica, en los cuales se contemplarán unos fondos generales para las Comunidades Autónomas que desarrollen su propio Plan para la generalización del uso de la factura electrónica, y serán estas últimas las que precisarán los destinos y condiciones de tramitación y concesión de las ayudas derivadas de estos fondos. Por otra parte, hay que considerar la obligación progresiva de utilización de la factura electrónica en la contratación con el sector público estatal introducida en la Disposición final novena de la citada LCSP. Textualmente, la parte más destacada de la citada disposición final es la siguiente: 4 de 11

5 Y PARA 3. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, el Ministro de Economía y Hacienda aprobará las normas de desarrollo necesarias para hacer posible el uso de las facturas electrónicas en los contratos que se celebren por las entidades del sector público estatal. 4. Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. Por Orden conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, se extenderá progresivamente la obligatoriedad del uso de las facturas electrónicas para otras personas físicas y jurídicas en función de sus características y el volumen de su cifra de negocios. En todo caso, transcurridos dieciocho meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior, el uso de la factura electrónica será obligatorio en todos los contratos del sector público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión. 5. El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, adoptará las medidas necesarias para facilitar la emisión de facturas electrónicas por las personas y entidades que contraten con el sector público estatal, garantizando la gratuidad de los servicios de apoyo que se establezcan para las empresas cuya cifra de negocios en el año inmediatamente anterior y para el conjunto de sus actividades sea inferior al umbral que se fije en la Orden a que se refiere el párrafo anterior. En lo que se refiere a los formatos de la factura electrónica, el artículo 1.3 de la LMSI incorpora un mandato para facilitar la interoperabilidad del sector público con el sector privado: 3. Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta las competencias reconocidas a las Comunidades Autónomas, aprobarán, en un plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las normas sobre formatos estructurados estándar de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la interoperabilidad del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento automatizado de las mismas. Estas normas no serán restrictivas y fomentarán que el sector público adopte los formatos de amplia implantación definidos por las organizaciones de estandarización globales pertinentes. Los formatos estructurados de las facturas electrónicas permitirán su visualización y emisión en las distintas lenguas oficiales existentes, con la finalidad de garantizar los derechos de los usuarios. La normativa de referencia en relación con los formatos de factura electrónica es la Orden PRE/2971/2007, de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares, que define el formato facturae. 5 de 11

6 Y PARA Asimismo, existe otro mandato legal en relación con el impulso del uso de la factura electrónica en ámbitos administrativos diferentes de la contratación. Este mandato está ubicado en el artículo 1.4 de la LMISI, que establece lo siguiente: 4. Además, las diversas Administraciones Públicas promoverán en el ámbito de sus competencias y según su criterio la incorporación de la factura electrónica en las diferentes actuaciones públicas distintas de la contratación, en particular, en materia de justificación de ayudas y subvenciones. 4 MEDIDAS DE APOYO PARA EL IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA La adopción de los sistemas de factura electrónica y la extensión de su uso ha sido una de las actuaciones identificadas en el marco del Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Información y de convergencia con Europa y entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas (Plan Avanza). Asimismo, la factura electrónica formará parte de los contenidos del Plan Avanza2. En los cuatro apartados siguientes se resumen las principales actuaciones realizadas para el impulso de la factura electrónica en el contexto del Plan Avanza. 4.1 Programas para facilitar el desarrollo de la factura electrónica en las empresas Los programas para facilitar el desarrollo de la factura electrónica en las empresas españolas se basan en el otorgamiento de subvenciones y préstamos con un doble objetivo: facilitar la incorporación de la factura electrónica como herramienta básica para el desarrollo del negocio electrónico. facilitar a las empresas TIC el desarrollo de sistemas y servicios basados en la factura electrónica, así como la formación de personal cualificado. Entre los programas de ayudas, el subprograma Avanza PYME, encuadrado dentro de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Plan Nacional de I+D+i, tiene por objeto la realización de proyectos y acciones dirigidas al estudio, desarrollo, implantación y promoción de soluciones de negocio electrónico, incluyendo la factura electrónica, en las pequeñas y medianas empresas, de manera que, de forma progresiva, éstas vayan incorporando las tecnologías de la información y las comunicaciones a sus procesos de negocio, a fin de contribuir a la mejora de su productividad y competitividad. En la convocatoria de 2008 de Avanza Pyme, se han presentado un total de 65 proyectos cuya principal área temática es la factura electrónica, con un presupuesto total de euros. Estos proyectos representan el 11% del total de los presentados a ésta convocatoria. De ellos, se han estimado 11 proyectos dirigidos a la participación directa de pymes, con un presupuesto total de euros y una subvención total de euros. En lo que se refiere al desarrollo de sistemas y servicios de factura electrónica, el subprograma Avanza I+D viene realizando anualmente una convocatoria de concesión de ayudas para proyectos que incorporen soluciones TIC para la PYME, entre ellos soluciones de factura electrónica, siempre que dichos proyectos puedan calificarse como proyectos de I+D+i. Para la convocatoria de 2009, tiene previstas subvenciones por importe de euros y préstamos por importe de euros. 6 de 11

7 Y PARA En materia de formación, el subprograma Avanza Formación, encuadrado dentro de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Plan Nacional de I+D+i, va dirigido a proyectos y acciones de formación general en telecomunicaciones y tecnologías de la información que permitan a las pequeñas y medianas empresas, de forma progresiva, incorporar las tecnologías de la información y de las comunicaciones a sus procesos de negocio, a fin de contribuir a incrementar su competitividad y a la mejora de su productividad. De especial relevancia en el ámbito de la factura electrónica es la línea de formación de Profesionales de Negocio Electrónico, capaces de aplicar las TIC, especialmente Internet, al desarrollo de nuevos productos y servicios y/o a la introducción de nuevos procesos que mejoren la eficacia y la eficiencia de la actividad de la empresa. En esta línea formativa se incluye el aprendizaje sobre todos los aspectos de factura electrónica, incluida su implantación. En los dos procedimientos selectivos de Avanza Formación 2008, se han aprobado 18 proyectos de formación de profesionales de negocio electrónico, destinados a la formación de alumnos, para lo cual se destinan un total de euros en subvenciones. Por último, cabe destacar el Préstamo TIC encuadrado en la línea de financiación Préstamos ICO- Avanza, que tiene como destinatarias las pequeñas y medianas empresas que realicen inversiones en software y hardware destinadas a mejorar sus procesos empresariales o a implantar el negocio y la factura electrónica. Desde el inicio de la línea, en septiembre de 2006, se han concedido total de más de 749 millones de euros en Préstamos TIC, para un total de PYME, correspondientes a un volumen de inversión total de más de 881 millones de euros. El importe medio de Préstamo TIC por PYME es de ,05 euros. 4.2 Actividades de dinamización En relación con las actividades de dinamización, puede destacarse la creación del portal por parte de los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda, que ha contribuido a la difusión de la factura electrónica, informando sobre el formato facturae y facilitando herramientas a las empresas. En este portal se proporciona información sobre factura electrónica, formatos, aplicaciones, normativa y guías. Asimismo, es importante destacar las contribuciones diversas entidades tales como Red.es 6, ASIMELEC o Fundetec en la divulgación y difusión de las ventajas de la factura electrónica, facilitando guías y organizando de actos públicos de dinamización. 4.3 Actuaciones destinadas a la adaptación de las AAPP como receptoras de facturas electrónicas Las AAPP son receptoras principalmente de facturas electrónicas por lo que su adaptación constituye un factor importante de impulso para la implantación de la factura electrónica en las empresas. 6 RED.ES, en colaboración con ASIMELEC, ha publicado la segunda edición al principio de 2008 del Manual sobre facturación electrónica que ya ha sido objeto de más de descargas. 7 de 11

8 Y PARA Por este motivo, desde Avanza Local ( están disponibles un conjunto de aplicaciones que conforman la Plataforma Avanza Local Soluciones, cuyo objetivo es facilitar la prestación de servicios públicos digitales y donde se incluirán aplicaciones y componentes de factura electrónica. Esto supone también que la factura electrónica se incluirá en las acciones de difusión que se pongan en marcha en este marco. Así mismo, la convocatoria Avanza Servicios Públicos Digitales 2008 ha dado apoyo a proyectos en los que se desarrollan e implantan sistemas de facturación electrónica. También cabe destacar la integración de la plataforma de creación de empresas, CIRCE, con la plataforma de gestión del procedimiento administrativo de un expediente, SIGEM, que incorporará una aplicación que posibilite la emisión de facturas electrónicas en formato facturae. 4.4 Foros internacionales sobre formatos técnicos de la factura electrónica Entre los foros y grupos de trabajo en el entorno europeo, pueden destacarse el Grupo de expertos sobre Factura Electrónica de la Comisión Europea (CE Expert Group on einvoicing) y en el CEN/ISSS WS/eInv2. El Grupo de Expertos sobre Factura Electrónica de la Comisión Europea 7 tiene como principal objetivo proponer un marco europeo de referencia para la factura electrónica, capaz de establecer una estructura conceptual común y facilitar la prestación de servicios de facturación electrónica de manera abierta e interoperable en toda Europa. Por otro lado, el CEN/ISSS WS/eInv2 8 es un grupo promovido por la Comisión Europea, y liderado por el CEN (Comité Europeo de Normalización), que tiene como principal objetivo la armonización técnica de la facturación electrónica en el ámbito europeo. 5 CONSULTA PÚBLICA SOBRE MEDIDAS PARA LA GENERALIZACIÓN DEL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA EN ESPAÑA En este apartado se pretende sistematizar y estructurar la recepción de las opiniones de los actores interesados sobre diferentes aspectos relativos al desarrollo de la factura electrónica. En este sentido, la consulta se ha organizado en 7 subapartados con diferente temática, que contienen un total de 14 preguntas. No obstante, tal y como se recuerda al final de este apartado 5, los interesados siempre pueden hacer llegar cualquier otro comentario que no esté recogido de manera específica en las preguntas y que entiendan que pueda tener relevancia en relación con el desarrollo de la factura electrónica en España. 5.1 La factura electrónica en España: barreras e indicadores A la vista de los datos estadísticos sobre la implantación de la factura electrónica en España y según la experiencia de su organización de 11

9 Y PARA 1. Cuáles son las barreras que, en su opinión, impiden la incorporación de la factura electrónica? 2. Qué indicador considera más relevante para efectuar un seguimiento de la implantación de la factura electrónica? 5.2 Campañas de información y sensibilización para el impulso del uso de la factura electrónica Las campañas de información y sensibilización son un instrumento de comunicación que permite hacer llegar a las empresas, y responsables de las mismas, la necesidad y oportunidad de la factura electrónica, sirviendo de complemento a otras medidas como son las ayudas financieras. Sin embargo, son instrumentos intensivos en recursos por lo que es necesario garantizar su impacto. 3. Considera necesaria la puesta en marcha de campañas de este tipo? 4. En caso afirmativo, qué tipo de campañas o acciones de sensibilización le parecen más efectivas, quiénes considera que serían los destinatarios idóneos y cuáles serían, en su opinión, los enfoques más adecuados para los mensajes? 5.3 Desarrollo y difusión de soluciones de factura electrónica A través de se han desarrollado y difundido herramientas y guías para la incorporación de la factura electrónica en las empresas. Así mismo, otros colectivos y asociaciones han desarrollado plataformas y servicios para sus asociados que facilitan dicha incorporación. El Plan podría reforzar el desarrollo y difusión de soluciones de factura electrónica por medio de algunos de los siguientes instrumentos, siempre que se evalúe su utilidad, eficacia y adecuación a los requisitos reales de las empresas: Herramientas software, como aplicativos y componentes basados en software de fuente abiertas que faciliten la incorporación de la factura electrónica en las empresas, tanto para los usuarios finales como para los integradores. Guías didácticas básicas y técnicas destinadas a las empresas o a los integradores que faciliten la sensibilización y favorezcan la implantación de la factura electrónica. Servicios facilitadores para la implantación de la factura electrónica, como por ejemplo, las plataformas de facturación electrónica. 5. Considera necesario reforzar el desarrollo y difusión de herramientas, guías y servicios públicos facilitadores para la implantación de la factura electrónica? 6. En qué condiciones considera que deben coexistir las soluciones anteriores con otros desarrollos de la Industria? 5.4 Ayudas públicas para la incorporación de la factura electrónica Los programas de ayudas que se han puesto en marcha a través del Plan Avanza han permitido facilitar la incorporación de la factura electrónica en las estrategias de negocio electrónico y formar a sus profesionales. 9 de 11

10 Y PARA El Plan deberá incorporar un programa de ayudas como indica expresamente el mandato de la LMISI. A la hora de diseñar dicho programa de ayudas: 7. Cuál considera que debería ser el objetivo, la naturaleza y las condiciones de la ayuda? 8. En qué medida considera que la existencia de ayudas condiciona la decisión de las empresas sobre la adopción de la factura electrónica? 5.5 Actuaciones dirigidas a potenciar la oferta de servicios de factura electrónica El desarrollo de la factura electrónica en España constituye una oportunidad de negocio para la Industria TIC mediante el desarrollo de servicios y soluciones tecnológicas. 9. Desde un punto de vista del proveedor de soluciones de factura electrónica, Cuáles son las barreras más significativas que se ha encontrado? 10. Qué condiciones necesitaría para prestar un servicio más eficiente? 5.6 Actuaciones horizontales relativas a la interoperabilidad, la accesibilidad, la calidad y la seguridad en la factura electrónica El proceso de desarrollo e implantación de la factura electrónica debe procurar la máxima interoperabilidad, la accesibilidad, la calidad y la seguridad en la incorporación de los sistemas de factura electrónica. En este sentido, el Plan podría articular algunas de las siguientes actuaciones: Impulso para el desarrollo de nuevos servicios de valor especializados en la gestión avanzada de facturas electrónicas: archivo electrónico, integración con sistemas contables, terceras partes de confianza, servicios de almacenamiento, etc. Promoción de esquemas de autorregulación y certificación que aporten interoperabilidad, accesibilidad, calidad y seguridad a los sistemas de factura electrónica. Promoción de iniciativas que aseguren la calidad y la seguridad de los sistemas de facturación electrónica, en especial, en relación con la interoperabilidad. 11. Qué actuaciones considera que deberían priorizarse en relación con la interoperabilidad, la accesibilidad, la calidad y la seguridad en materia de factura electrónica? 12. En particular, en relación con la interoperabilidad y la accesibilidad, qué medidas considera que deberían adoptarse? 5.7 Colaboración de organizaciones y asociaciones empresariales El desarrollo de la factura electrónica, por su carácter horizontal en la actividad económica, necesita de la participación y compromiso de una amplia diversidad de actores. 13. En caso de que entienda que su organización puede colaborar en el desarrollo general de la factura electrónica en España, describa el papel que podría desempeñar y las barreras que haya detectado para desarrollar dicho papel 14. Cuál considera que sería la forma más efectiva para involucrarse en un Plan de impulso de la factura electrónica? 10 de 11

11 Y PARA Otras consideraciones en relación con el impulso del uso de la factura electrónica Indique si considera que existen aspectos adicionales relevantes en relación con el impulso del uso de la factura electrónica que no hayan sido abordados en las cuestiones anteriores y sus opiniones o propuestas de actuación al respecto 11 de 11

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