Resumen de la resolución: Particular vs. Orange Espagne S.A.U. Amena.com en Casa

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Resumen de la resolución: Particular vs. Orange Espagne S.A.U. Amena.com en Casa"

Transcripción

1 Resolución del 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange Espagne S.A.U. La Sección estimó la reclamación, declarando que la publicidad reclamada vulnera la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL (principio de veracidad) y el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online. Frente a dicha resolución, Orange Espagne S.A.U. interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de Resumen de la resolución: Particular vs. Orange Espagne S.A.U. Amena.com en Casa Resolución de 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange Espagne S.A.U. La reclamación se formula frente a una publicidad difundida a través de Internet. En el primer banner se inserta el siguiente texto: Tu Wifi 4G en casa o donde estés. Amena.com en casa. Más rápido que el ADSL más barato que la fibra. Navega sin límites 29,95 /mes (IVA incl.). Ver tarifa. La quiero. En el segundo banner leemos: Amena.com en casa. Tu wifi 4G en casa o donde estés más rápido que el ADSL, más barato que la fibra. 29,95 /mes (IVA incl.). Navegación sin límites y 5GB para descargas. La quiero. Para terminar en una página web leemos, entre otra, la siguiente información: Para salvaguardar la red 4GB y mantener su calidad, para navegación también hay un límite, 100GB a máxima velocidad. Si superas este límite la velocidad se reducirá a 128Kbps. Pero ten en cuenta que el 50% de los clientes de ADSL no superan los 10GB al mes, por lo que si haces un uso normal de la navegación, correo, redes sociales, etc. puedes considerar que para navegación, el servicio es ilimitado. El Jurado entendió que la publicidad reclamada infringía la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL, en la medida en que se destacaba la alegación Navega sin límites. 29,95 /mes (IVA incl.), mediante la cual se transmitía la idea de que la tarifa promocionada era ilimitada cuando, a la vista de la información contenida en un segundo banner, dicha tarifa tenía una limitación de 5 GB para descargas y 100 GB de navegación (límite este último que una vez alcanzado suponía un descenso muy significativo y relevante en la velocidad de navegación, lo que sólo se desvela en una la página web de información). Frente a estas conclusiones, el Jurado indicó que no cabía alegar que el límite de 5 gigas se aplicaba a las descargas, y que un consumidor medio diferencia entre navegación (sin límites) y descargas (con un límite de 5 gigas) ya que un consumidor medio cuando se le presenta la posibilidad de navegar sin límites, entiende que en dicha navegación sin límites se incluyen también las descargas. Asimismo, el Jurado precisó que aun cuando se admitiera a efectos dialécticos que los consumidores realizan semejante diferenciación entre navegación y descargas, lo cierto es

2 que la navegación también se veía sometida a un límite de 100 gigas, superados los cuales la velocidad de navegación (una de las características distintivas de una conexión 4G) se veía drásticamente reducida. Por último, dado que el Jurado había apreciado una vulneración de la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria, y en la medida en que la publicidad frente a la que se dirigía la reclamación había sido difundida a través de Internet, se consideró infringido asimismo el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online. II. Recurso de Alzada Frente a dicha resolución, Orange Espagne S.A.U. interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.

3 Texto completo de la resolución: Particular vs. Orange Espagne S.A.U. Amena.com en Casa En Madrid, a 1 de julio de 2014, reunida la Sección Segunda del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, presidida por Dª. Mª José Morillas Jarillo para el estudio y resolución de la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange Espagne S.A.U., emite la siguiente. RESOLUCIÓN I.- Antecedentes de hecho. 1.- Un particular presentó el pasado día 9 de junio de 2014 una reclamación frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange Espagne S.A.U. (en adelante, Orange ). 2.- La reclamación se formula frente a una publicidad que ha sido difundida a través de Internet. En el primer banner se inserta el siguiente texto: Tu Wifi 4G en casa o donde estés. Amena.com en casa. Más rápido que el ADSL más barato que la fibra. Navega sin límites 29,95 /mes (IVA incl.). Ver tarifa. La quiero. En el segundo banner leemos: Amena.com en casa. Tu wifi 4G en casa o donde estés más rápido que el ADSL, más barato que la fibra. 29,95 /mes (IVA incl.). Navegación sin límites y 5GB para descargas. La quiero. Para terminar en una página web leemos, entre otra, la siguiente información: Para salvaguardar la red 4GB y mantener su calidad, para navegación también hay un límite, 100GB a máxima velocidad. Si superas este límite la velocidad se reducirá a 128Kbps. Pero ten en cuenta que el 50% de los clientes de ADSL no superan los 10GB al mes, por lo que si haces un uso normal de la navegación, correo, redes sociales, etc. puedes considerar que para navegación, el servicio es ilimitado. 3.- En su escrito de reclamación, el particular alega que la publicidad reclamada infringe tanto el Código de Conducta Publicitaria como el Código Ético de Confianza Online, en la medida en que, tras ver el primer banner y pinchar sobre éste, se encuentra una primera limitación que consiste en que no se trata de una navegación ilimitada sino una navegación sin límites y 5 GB para descargas motivo por el cual existe una contradicción respecto al mensaje principal con base en el artículo 3.3 del Código de Conducta Publicitaria. Asimismo, el particular indica que, si un consumidor medio acepta que no es lo mismo navegación que descargas, tal y como se configura la web en su conjunto, la única información clara que recibe es que esta tarifa, si la contrata, le dará derecho a una navegación ilimitada cuando, sin embargo, en un momento posterior, al acceder a la sección correspondiente Qué puedo hacer con 5GB para descargas? se desvela que la tarifa promocionada también tiene límites: 100 GB a máxima velocidad.

4 Por todo ello, el particular insta a la retirada de la publicidad al tratarse de una publicidad engañosa sobre la base de los Códigos anteriormente indicados. 4.- Trasladada la reclamación a Orange, esta compañía ha presentado escrito de contestación oponiéndose a las alegaciones del reclamante en los siguientes términos. En primer lugar, Orange alega que el reclamante está considerando que la publicidad del producto Amena en casa es incierta cuando, sin embargo, queda claro que a través de la web de Amena el cliente obtiene toda la información completa de las condiciones de la oferta. Asimismo, indica que la publicidad reclamada no es una publicidad independiente sino que se trata de un banner en el que no puede incluirse toda la información pero que, al encontrarse insertada en la web principal de Amena, queda complementada con la información facilitada en dicha web en un momento posterior. En segundo lugar, añade la reclamada que no existe una limitación a la posibilidad de navegación, sino que el cliente puede navegar indefinidamente y lo único que ocurre es que si el cliente alcanza los 100GB de navegación, la velocidad bajará a 128kbps, velocidad a la que se puede seguir accediendo al servicio de navegación con normalidad, motivo por el cual se puede denominar navegación sin límites. En tercer lugar, Orange considera que, incluso aplicando el umbral de 100 GB a la navegación, también podría defenderse que se trata de una navegación ilimitada por cuanto que puede considerarse así a todos los efectos para un cliente particular, y que desde el lanzamiento de la tarifa no ha habido ningún cliente que haya alcanzado tal umbral, siendo el consumo medio total de menos de 10 veces por debajo de éste. Asimismo indica que dichos 100 GB son un umbral de protección de red para evitar que pueda haber clientes fraudulentos que utilicen el servicio con fines diferentes a los de un usuario particular. Por último, la reclamada indica, en relación con la limitación de 5GB de descargas, que el cliente conocerá desde el primer momento la existencia de dicho límite. Por todo ello, Orange manifiesta que la publicidad objeto de reclamación no debe considerarse engañosa, al recoger de forma clara y transparente todas las características de la oferta, solicitando que se desestime la reclamación presentada. II.- Fundamentos deontológicos. 1.- A la vista de los antecedentes de hecho expuestos, entrando en el fondo del asunto sometido ante este Jurado, esta Sección debe analizar la presente controversia, en primer lugar, a la luz de la Norma 14 del Código de Conducta Publicitaria la cual dispone lo siguiente: La publicidad no deberá ser engañosa. Se entiende por publicidad engañosa aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico, siempre que incida sobre alguno de los siguientes

5 aspectos: [ ] b) Las características principales del bien o servicio, tales como su disponibilidad, sus beneficios, sus riesgos, su ejecución, su composición, sus accesorios, el procedimiento y la fecha de su fabricación o suministro, su entrega, su carácter apropiado, su utilización, su cantidad, sus especificaciones, su origen geográfico o comercial o los resultados que pueden esperarse de su utilización, o los resultados y características esenciales de las pruebas o controles efectuados al bien o servicio. [ ] e) El precio o su modo de fijación, o la existencia de una ventaja específica con respecto al precio. Esta norma recoge y desarrolla el principio de veracidad que debe respetar toda publicidad, tal y como tiene declarado la constante y consolidada doctrina del Jurado de la Publicidad, conforme a la cual, para calificar un mensaje publicitario como engañoso, es preciso que éste sea apto para desencadenar falsas expectativas o para generar una falsa impresión entre el público de los consumidores, lo que exige una delicada tarea interpretativa. En efecto, lejos de atenerse a criterios puramente literales o gramaticales, debe atenderse ante todo al significado que el anuncio publicitario posee para el público de los consumidores. Es decir, debe precisarse cómo interpreta o percibe el público de los consumidores el correspondiente mensaje publicitario para, a continuación, verificar si la percepción que han tenido los consumidores del mensaje publicitario se corresponde o no con la realidad. Al acometer esta tarea, ha de tenerse presente que, tanto la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como el Considerando 18 de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre prácticas comerciales desleales, señalan que al analizar el eventual carácter engañoso de un mensaje publicitario, debe partirse siempre de la perspectiva de un consumidor medio normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, en cuanto éste es el modelo de consumidor medio que ha de tenerse presente en todo momento. 2.- Entrando al caso que nos ocupa, observamos que el mensaje principal de la publicidad reclamada consiste en las siguientes alegaciones: Navega sin límites. 29,95 /mes (IVA incl.). A este respecto cabe indicar que existe ya una constante doctrina de este Jurado en la que se considera contraria a la norma 14 del Código de Conducta aquella publicidad en la que una tarifa de telecomunicaciones es presentada como ilimitada, o sin límites, cuando realmente existe algún límite aplicable a la tarifa promocionada. Un ejemplo reciente de esta doctrina se encuentra en la resolución del Pleno del Jurado de 13 de julio de 2013, donde se afirma lo siguiente: Así las cosas, el mensaje que compone la denominada parte captatoria de la publicidad, según el cual la tarifa promocionada es ilimitada aparece contradicho posteriormente a través de un mensaje secundario, no destacado, que desvela la existencia de dichos límites. Concretamente, un límite de minutos por periodo de facturación (esto es del día 18 al 17 del mes siguiente). Como en resoluciones anteriores, entiende este Pleno que existe una contradictio in terminis entre presentar una tarifa precisamente como ilimitada cuando estos límites existen. Dicho esto, ha de concluirse que la publicidad reclamada es susceptible de inducir a error al destinatario, e infringe por ende la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria, ya que presenta como ilimitada una tarifa que efectivamente tiene límites, aunque

6 sean amplios. A este respecto, conviene recordar lo señalado por el Pleno del Jurado en su resolución de 15 de noviembre de 2012: el significado de las palabras tiene un valor en sí mismo que impide entenderlas en un sentido que a la vez es su contrario, por lo que debemos concluir que la tarifa en realidad sí está sometida a límites. 3.- Pues bien, en el caso que nos ocupa, y tal y como hemos adelantado anteriormente, en la publicidad objeto de controversia se destaca la alegación Navega sin límites. 29,95 /mes (IVA incl.), mediante la cual se transmite la idea de que la tarifa promocionada es ilimitada cuando, a la vista de la información contenida en un segundo banner, dicha tarifa tiene una limitación de 5 GB para descargas y 100 GB de navegación (límite este último que una vez alcanzado supone un descenso muy significativo y relevante en la velocidad de navegación, lo que sólo se desvela en una tercera página web de información). Por todo ello, debe concluirse que la publicidad que nos ocupa es contraria a la norma 14 del Código de Conducta, al presentar en su parte principal como sin límites una tarifa de telecomunicaciones que efectivamente sí tiene dichos límites, lo que sólo se desvela en partes menos destacadas de la publicidad. 4.- Frente a estas conclusiones, no cabe alegar, tal y como plantea la reclamada, que el límite de 5 gigas se aplica a las descargas, y que un consumidor medio diferencia entre navegación (sin límites) y descargas (con un límite de 5 gigas). Por un lado, porque el Jurado entiende que un consumidor medio normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, cuando se le presenta la posibilidad de navegar sin límites, entiende que en dicha navegación sin límites se incluyen también las descargas. Y, por otro lado, porque aun cuando se admitiera a efectos dialécticos- que los consumidores realizan semejante diferenciación entre navegación y descargas, lo cierto es que la navegación también se ve sometida en el caso que nos ocupa a un límite de 100 gigas, superados los cuales la velocidad de navegación (una de las características distintivas de una conexión 4G) se ve drásticamente reducida. 5.- Por último, en la medida en que la publicidad frente a la que se dirige la reclamación ha sido difundida a través de Internet, hemos de completar el análisis deontológico de las normas que regulan el engaño acudiendo al Código Ético de Confianza Online. Este Código dispone en su artículo 3.1 que La publicidad en medios electrónicos de comunicación a distancia deberá ser conforme a la ley aplicable, decente, honesta y veraz, en los términos en que estos principios han sido desarrollados por el Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol y por el Código de Práctica Publicitaria de la Cámara de Comercio Internacional. Pues bien, dado que este Jurado ha apreciado una vulneración de la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria, debe apreciar igualmente una infracción del art. 3.1 del Código Ético de Confianza Online. Por las razones expuestas, la Sección Segunda del Jurado de Autocontrol,

7 ACUERDA 1º.- Estimar la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange Espagne S.A.U. 2º.- Declarar que la publicidad reclamada infringe la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol así como el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online. 3º.- Instar a Orange Espagne S.A.U la rectificación de la publicidad reclamada en el sentido expuesto en los fundamentos deontológicos de la presente Resolución.

Resolución de 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima

Resolución de 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima 1 Resolución del 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil Orange

Más detalles

Resolución de 4 de septiembre de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se

Resolución de 4 de septiembre de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se 1 Resolución de 4 de septiembre de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil

Más detalles

Resolución de 4 de septiembre de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la

Resolución de 4 de septiembre de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la 1 Resolución de 4 de septiembre de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable Tuenti Technologies,

Más detalles

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014.

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014. 1 Resolución de 11 de septiembre de 2014 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía

Más detalles

Frente a dicha resolución, AUC interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su resolución de 10 de septiembre de 2015.

Frente a dicha resolución, AUC interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su resolución de 10 de septiembre de 2015. 1 Resolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Danone, S.A. La

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs Orange Espagne, S.A.U. ( 4G EN CASA )

Resumen de la Resolución: Particular vs Orange Espagne, S.A.U. ( 4G EN CASA ) 1 Resolución de 10 de septiembre de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la compañía Orange

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Telefónica de España, S.A.U. Fusión Movistar

Resumen de la Resolución: Particular vs. Telefónica de España, S.A.U. Fusión Movistar Resolución de 17 de septiembre de 2015 de la Sección Primera del Jurado de AUTOCONTROL por la que se desestima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable

Más detalles

Resumen de la Resolución: PARTICULAR vs. TELECABLE DE ASTURIAS, S.A. Tarifa dtodo Ilimitada

Resumen de la Resolución: PARTICULAR vs. TELECABLE DE ASTURIAS, S.A. Tarifa dtodo Ilimitada 1 Resolución de 18 de septiembre de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable Telecable de Asturias,

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. France Telecom España S.A. ( Nueva tarifa Delfin )

Resumen de la Resolución: Particular vs. France Telecom España S.A. ( Nueva tarifa Delfin ) Resolución de 16 a b r i l de 2013 de la Sección S e x t a del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable France Telecom España

Más detalles

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014.

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014. 1 Resolución de 11 de septiembre de 2014 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía

Más detalles

Resumen de la Resolución: PARTICULAR vs. TUENTI TECHNOLOGIES, S.L. Tuenti Móvil Vozdigital

Resumen de la Resolución: PARTICULAR vs. TUENTI TECHNOLOGIES, S.L. Tuenti Móvil Vozdigital 1 Resolución de 18 de septiembre de 2014, de la Sección Segunda del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que responsable Tuenti Technologies,

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular (OMIC Villafranca de los Barros) vs. Vodafone España, S.A.U. ( Tarifa One 30 MB/M/TV )

Resumen de la Resolución: Particular (OMIC Villafranca de los Barros) vs. Vodafone España, S.A.U. ( Tarifa One 30 MB/M/TV ) 1 Resolución de 10 de septiembre de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor

Más detalles

Resumen de la resolución: Particular vs Más Móvil Telecom 3.0, S.A.U. Tarifa 5

Resumen de la resolución: Particular vs Más Móvil Telecom 3.0, S.A.U. Tarifa 5 1 Resolución de 4 de septiembre de 2014, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una pieza publicitaria de la que es responsable la

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Groupon Spain, S.L. ( Cupón Solmedic )

Resumen de la Resolución: Particular vs. Groupon Spain, S.L. ( Cupón Solmedic ) 1 Resolución de 1 de marzo de 2012 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Groupon

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL JURADO

RESOLUCIÓN DEL JURADO 1 RESOLUCIÓN DEL JURADO Resumen de la resolución Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. CABLE EUROPA, S.A.U. (ONO) ( 9 Mes ) El pasado día 30 de julio de 2007 la Sección Cuarta del Jurado

Más detalles

Resumen de la resolución Particular vs. Universidad Internacional Valenciana Máster Universitario en Terapias Psicológicas de Tercera Generación

Resumen de la resolución Particular vs. Universidad Internacional Valenciana Máster Universitario en Terapias Psicológicas de Tercera Generación 1 Resolución de 17 de enero de 2013, de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la Universidad Internacional

Más detalles

Resumen de la resolución PARTICULAR vs. BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A ( Programa Adiós Comisiones Cuenta 59+ )

Resumen de la resolución PARTICULAR vs. BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A ( Programa Adiós Comisiones Cuenta 59+ ) 1 Resolución de 3 de abril de 2014, de la Sección Quinta del Jurado, por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable Banco Bilbao

Más detalles

Resumen del Dictamen: Particular vs. Ágora Control y Gestión Empresarial, S.L. Pack ahorro 200 por solo 24,13 /mes

Resumen del Dictamen: Particular vs. Ágora Control y Gestión Empresarial, S.L. Pack ahorro 200 por solo 24,13 /mes 1 Dictamen de 28 de abril de 2015 de la Sección Tercera del Jurado, por el que se expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la entidad Ágora Control y Gestión Empresarial, S.L. La

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular (OMIC Villafranca de los Barros) vs. Vodafone España, S.A.U. ( Tarifa One 30 MB/M/TV )

Resumen de la Resolución: Particular (OMIC Villafranca de los Barros) vs. Vodafone España, S.A.U. ( Tarifa One 30 MB/M/TV ) 1 Resolución de 10 de septiembre de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Euskaltel, S.A. Tarifa Family. Tarifas Planas Libres

Resumen de la Resolución: Particular vs. Euskaltel, S.A. Tarifa Family. Tarifas Planas Libres 1 Resolución de 18 de septiembre de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil

Más detalles

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014.

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014. 1 Resolución de 4 de septiembre de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía Orange

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Iahorro Business Solutions, S.L. TAE Préstamos

Resumen de la Resolución: Particular vs. Iahorro Business Solutions, S.L. TAE Préstamos 1 Resolución de 30 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Iahorro

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs Reial Automóbil de Catalunya (RACC) Tarifas Planas

Resumen de la Resolución: Particular vs Reial Automóbil de Catalunya (RACC) Tarifas Planas 1 Resolución de 18 de septiembre de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la compañía Reial

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Xfera Móviles, S.A.-Yoigo Yoigo Revolución

Resumen de la Resolución: Particular vs. Xfera Móviles, S.A.-Yoigo Yoigo Revolución 1 Resumen de la Resolución: Particular vs. Xfera Móviles, S.A.-Yoigo Yoigo Revolución Resolución de la Sección Quinta del Jurado de 8 de enero de 2009 por la que se desestima la reclamación presentada

Más detalles

Resumen de la Resolución: OMIC Mancomunidad de Servicios Uribe Kosta (Particular) vs. BBK BANCO BILBAO BIZKAIA Préstamo Hipotecario Joven

Resumen de la Resolución: OMIC Mancomunidad de Servicios Uribe Kosta (Particular) vs. BBK BANCO BILBAO BIZKAIA Préstamo Hipotecario Joven 1 Resumen de la Resolución: OMIC Mancomunidad de Servicios Uribe Kosta (Particular) vs. BBK BANCO BILBAO BIZKAIA Préstamo Hipotecario Joven Resolución de 4 de Febrero de 2010 de la Sección Tercera del

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Reel Spain, Plc Pokerstars

Resumen de la Resolución: Particular vs. Reel Spain, Plc Pokerstars 1 Resolución de 12 de febrero de 2015 de la Sección Primera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la entidad Reel

Más detalles

Resolución de 23 de mayo de 2013, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la

Resolución de 23 de mayo de 2013, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la 1 Resolución de 23 de mayo de 2013, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por Campofrío Food Group, S.A. contra una publicidad de la que es responsable El Pozo

Más detalles

Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región vs vs. Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, S.L., S.A. ( Dentix Implante Dental a 249 )

Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región vs vs. Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, S.L., S.A. ( Dentix Implante Dental a 249 ) 1 Resolución de 8 de noviembre de 2012 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región contra una publicidad de la

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular (Queja Transfronteriza -Asa) vs. ENGRANDE, S.L. Holiday Apartment Rental in London

Resumen de la Resolución: Particular (Queja Transfronteriza -Asa) vs. ENGRANDE, S.L. Holiday Apartment Rental in London 1 Resolución de 3 de octubre de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular ante la Advertising Standards Authority, contra una publicidad de la que es

Más detalles

Resolución de 12 de junio de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima

Resolución de 12 de junio de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima 1 Resolución de 12 de junio de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región contra unas inserciones

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL JURADO

RESOLUCIÓN DEL JURADO 1 RESOLUCIÓN DEL JURADO Resumen de la Resolución: PARTICULAR (CONFIANZA ONLINE) vs. TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U ( PUBLICIDAD SMS ) La Sección Sexta del Jurado resolvió el pasado 7 de febrero la reclamación

Más detalles

Resolución de 30 de octubre de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la

Resolución de 30 de octubre de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la 1 Resolución de 30 de octubre de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), contra una publicidad de la

Más detalles

Resumen de la Resolución: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Vs. FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A. ( ADSL Orange al mejor precio )

Resumen de la Resolución: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Vs. FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A. ( ADSL Orange al mejor precio ) 1 Resolución de 12 de septiembre de 2012, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por Telefónica de España, S.A.U. frente a una publicidad de la que es responsable

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. France Telecom España, S.A. (Orange) Tarifa Plana

Resumen de la Resolución: Particular vs. France Telecom España, S.A. (Orange) Tarifa Plana 1 Resumen de la Resolución: Particular vs. France Telecom España, S.A. (Orange) Tarifa Plana Resolución de la Sección Tercera del Jurado de 20 de enero de 2009 que estima la reclamación presentada por

Más detalles

Resumen de la Resolución del Jurado: PROCTER & GAMBLE ESPAÑA S.A. vs. COLGATE PALMOLIVE ESPAÑA S.A. Maximum Protection Caries

Resumen de la Resolución del Jurado: PROCTER & GAMBLE ESPAÑA S.A. vs. COLGATE PALMOLIVE ESPAÑA S.A. Maximum Protection Caries 1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por Procter & Gamble España S.A contra una publicidad de la que es responsable la compañía

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Gas Natural SDG, S.A. ( Tarifas Planas Luz y Gas )

Resumen de la Resolución: Particular vs. Gas Natural SDG, S.A. ( Tarifas Planas Luz y Gas ) 1 Resolución de 7 de mayo de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la entidad

Más detalles

Resumen de la Resolución: ASGECO vs. Telefónica de España, S.A.U. ( Movistar Fusión )

Resumen de la Resolución: ASGECO vs. Telefónica de España, S.A.U. ( Movistar Fusión ) 1 Resolución de 8 de noviembre de 2012 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación General de Consumidores contra una publicidad de la

Más detalles

Resumen de la Resolución: Istituto dell Autodisciplina Pubblicitaria vs. Akamon Entertainment Millenium, S.L. Akamon MundiGiochi

Resumen de la Resolución: Istituto dell Autodisciplina Pubblicitaria vs. Akamon Entertainment Millenium, S.L. Akamon MundiGiochi 1 Resolución de 4 de marzo de 2015, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por el Istituto dell Autodisciplina Pubblicitaria contra una publicidad de la que es

Más detalles

Resumen de la Resolución AUC vs. Circus Salones, S.L. ( Circus.es )

Resumen de la Resolución AUC vs. Circus Salones, S.L. ( Circus.es ) 1 Resolución de 1 de julio de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, contra una publicidad de la que

Más detalles

Resumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs Verti Aseguradora, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.

Resumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs Verti Aseguradora, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. 1 Resolución de 23 de diciembre de 2014, de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que

Más detalles

Resumen de la Resolución: AUC vs. Racebets International Gaming LTD. ( www.racebets.com )

Resumen de la Resolución: AUC vs. Racebets International Gaming LTD. ( www.racebets.com ) 1 Resolución de 3 de julio de 2013 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, contra una publicidad de la que es

Más detalles

Particular vs. CÍRCULO DE VIAJEROS ( Esencias de Turquía )

Particular vs. CÍRCULO DE VIAJEROS ( Esencias de Turquía ) 1 Resolución de 3 de julio de 2013 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Círculo de

Más detalles

Resumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Danone S.A. Activia

Resumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Danone S.A. Activia 1 Resolución de 5 de junio de 2014, de la Sección Primera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una pieza publicitaria

Más detalles

Resumen del Dictamen: ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN vs. LABORATORIOS ARBORAL, S.L. Duoprotector

Resumen del Dictamen: ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN vs. LABORATORIOS ARBORAL, S.L. Duoprotector 1 Dictamen de 18 de marzo de 2015, de la Sección Sexta del Jurado por el que expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la mercantil Laboratorios Arboral, S.L. La Sección concluyó

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Planeta ECommerce Network, S.L. Mil millones de mejillones

Resumen de la Resolución: Particular vs. Planeta ECommerce Network, S.L. Mil millones de mejillones 1 Resumen de la Resolución: Particular vs. Planeta ECommerce Network, S.L. Mil millones de mejillones Resolución de 4 de enero de 2011 de la Sección Quinta del Jurado por la que se desestima la reclamación

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. OKI Systems Ibérica, S.A.U.

Resumen de la Resolución: Particular vs. OKI Systems Ibérica, S.A.U. 1 Resumen de la Resolución: Particular vs. OKI Systems Ibérica, S.A.U. Resolución de la Sección Segunda del Jurado de 29 de enero de 2009 por la que se estima la reclamación presentada por un particular

Más detalles

sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la mercantil Laboratorios Arboral, S.L.

sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la mercantil Laboratorios Arboral, S.L. 1 Dictamen de 18 de marzo de 2015, de la Sección Sexta del Jurado por el que expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la mercantil Laboratorios Arboral, S.L. La Sección concluyó

Más detalles

Resumen de la Resolución: AUC vs. ZETOTESYSTEM LIMITED (Zeturf) ( www.zeturf.com/es )

Resumen de la Resolución: AUC vs. ZETOTESYSTEM LIMITED (Zeturf) ( www.zeturf.com/es ) 1 Resolución de 3 de julio de 2013 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, contra una publicidad de la que es responsable

Más detalles

reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la entidad Arbora & Ausonia, S.L.

reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la entidad Arbora & Ausonia, S.L. 1 Resolución de 3 de julio de 2013 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Arbora

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

Resumen de la Resolución: Particular vs. Desigual Complementos

Resumen de la Resolución: Particular vs. Desigual Complementos 1 Resumen de la Resolución: Particular vs. Desigual Complementos Resolución de 28 de enero de 2010 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un Particular frente

Más detalles

Resolución de 30 de julio de 2015, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se estima la

Resolución de 30 de julio de 2015, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se estima la 1 Resolución de 30 de julio de 2015, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía Genoma,

Más detalles

Resumen de la resolución: Beiersdorf, S.A. vs. Unilever España, S.A. Dove Invisible Dry

Resumen de la resolución: Beiersdorf, S.A. vs. Unilever España, S.A. Dove Invisible Dry Resolución de 8 de julio de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por Beiersdorf, S.A. frente a una publicidad de la que es responsable la mercantil

Más detalles

Resumen de la resolución: Asociación de Consumidores en Red vs. Reckitt Benckiser España, S.L. Cillit Bang (Asunto: Cillit Bang )

Resumen de la resolución: Asociación de Consumidores en Red vs. Reckitt Benckiser España, S.L. Cillit Bang (Asunto: Cillit Bang ) 1 Resolución de 29 de octubre de 2015 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Consumidores en Red contra una publicidad de la que es responsable

Más detalles

CONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen:

CONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen: CONCLUSIONES De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen: 1º. Ha habido un incremento en el número total de consultas y reclamaciones ante las asociaciones

Más detalles

La publicidad engañosa y la publicidad comparativa de medicamentos a la luz del código de conducta publicitaria de autocontrol

La publicidad engañosa y la publicidad comparativa de medicamentos a la luz del código de conducta publicitaria de autocontrol La publicidad engañosa y la publicidad comparativa de medicamentos a la luz del código de conducta publicitaria de autocontrol Ángel García Vidal Profesor acreditado como catedrático de Derecho Mercantil

Más detalles

Resolución de 30 de enero de 2015 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la

Resolución de 30 de enero de 2015 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la 1 Resolución de 30 de enero de 2015 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por Procter&Gamble España, S.A. contra una publicidad de la que es responsable Colgate-Palmolive

Más detalles

: Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos I Región vs Resolución Sección Quinta de 7 de mayo de 2015 Recurso de alzada

: Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos I Región vs Resolución Sección Quinta de 7 de mayo de 2015 Recurso de alzada 1 Resolución de 7 de mayo de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es responsable

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

Resumen de la Resolución: AUC vs. CNCE Innovación S.L. VR6 Definitive Hair

Resumen de la Resolución: AUC vs. CNCE Innovación S.L. VR6 Definitive Hair 1 Resolución de 25 de junio de 2014 de la Sección Primera del Jurado de Autocontrol por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad

Más detalles

Resolución ACTIVIDAD : SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL

Resolución ACTIVIDAD : SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL Resolución Nº 024-2009/CCD-INDECOPI Lima, 18 de marzo de 2009 EXPEDIENTE Nº 140-2007/CCD DENUNCIANTE : TELEFÓNICA MÓVILES S.A. (TELEFÓNICA) DENUNCIADA : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. (AMÉRICA MÓVIL) MATERIA

Más detalles

2. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES

2. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES 2015 1. ANÁLISIS UGT RESPECTO LAS CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL DEL TJUE EN RELACIÓN A LA CUESTIÓN PREJUDICIAL PLANTEADA POR EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 33 DE BARCELONA, SOBRE LA REGULACIÓN EN ESPAÑA

Más detalles

Resumen de la resolución ASGECO vs BANKIA, S.A. ( Te estamos esperando )

Resumen de la resolución ASGECO vs BANKIA, S.A. ( Te estamos esperando ) 1 Resolución de 11 de septiembre de 2014, de la Sección Sexta del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación General de Consumidores frente a una publicidad de la que es

Más detalles

Resolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la

Resolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la 1 Resolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil France

Más detalles

Resumen de la Resolución AUC vs. BANDOE OCEAN GROUP BALANCE PURE

Resumen de la Resolución AUC vs. BANDOE OCEAN GROUP BALANCE PURE 1 Resolución de 1 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es responsable

Más detalles

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5 1 INTRODUCCION... 3 2 PROTECCIÓN DE DATOS... 4 3 NORMATIVA BÁSICA REGULADORA... 4 4 AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS... 4 5 OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS.... 5 5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5 5.1.1

Más detalles

Términos y condiciones de la dinámica: #yosoyclarofanaticos 2015 y gánate una Go Pro Instagram,Facebook,WAP,APP,WEB,RADIO,TV,MT

Términos y condiciones de la dinámica: #yosoyclarofanaticos 2015 y gánate una Go Pro Instagram,Facebook,WAP,APP,WEB,RADIO,TV,MT Términos y condiciones de la dinámica: #yosoyclarofanaticos 2015 y gánate una Go Pro Instagram,Facebook,WAP,APP,WEB,RADIO,TV,MT La promoción estará vigente del 1 de marzo al 17 de abril de 2015 y será

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

Resumen de la Resolución: Recurso de alzada de OMEGA PHARMA ESPAÑA, S.A. vs. Resolución Sección Tercera de 4 de septiembre de 2014 Reduflux

Resumen de la Resolución: Recurso de alzada de OMEGA PHARMA ESPAÑA, S.A. vs. Resolución Sección Tercera de 4 de septiembre de 2014 Reduflux 1 Resolución de 4 de septiembre de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la mercantil Reckitt Benckiser España S.A frente a una publicidad

Más detalles

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del

Más detalles

LAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes

LAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM: 2282/2013 RECLAMANTE: D. RECLAMADA: Grandes Almacenes FNAC España S.A.U. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación

Más detalles

14 de marzo de 2011 INTRODUCCIÓN

14 de marzo de 2011 INTRODUCCIÓN CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓN DE LA PUBLICIDAD DE EMPRESAS DE SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE PAREJA Y AMISTAD, ENCUENTROS, CONTACTOS E INTERMEDIACIÓN DE PAREJAS SEGÚN AFINIDAD Y COMPATIBILIDAD A TRAVÉS DE INTERNET

Más detalles

{ } Bolsas Roaming Brasil BASES DE OFERTA

{ } Bolsas Roaming Brasil BASES DE OFERTA BASES DE OFERTA En Santiago de Chile, a 30 de abril del 2014, comparece ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., en adelante Entel, RUT N 96.806.980-2, sociedad del giro de su denominación, representada por

Más detalles

Escuela de Organización Industrial

Escuela de Organización Industrial TRABAJO: MEJORA DE LA METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE LOS TEMAS RELEVANTES DE RESPONSABILIDAD CORPORATIVA, A TRAVÉS DE LA INVOLUCRACIÓN CON LOS GRUPOS DE INTERÉS. PROMOTOR: VODAFONE ESPAÑA

Más detalles

El Presidente de la Diputación de Granada se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa formulando la siguiente consulta:

El Presidente de la Diputación de Granada se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa formulando la siguiente consulta: Informe 13/12, de 27 de septiembre de 2012. Sistema de ejecución de las encomiendas de gestión por sociedades mercantiles declaradas como medios propios y normas a las que tienen que someterse Clasificación

Más detalles

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional. ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

2) Cumplimiento por parte del vendedor de sus obligaciones. 3) Incumplimiento por parte del comprador de su obligación de pago en el plazo pactado.

2) Cumplimiento por parte del vendedor de sus obligaciones. 3) Incumplimiento por parte del comprador de su obligación de pago en el plazo pactado. DOCTRINA JURISPRUDENCIAL SOBRE EL REQUERIMIENTO RESOLUTORIO DEL VENDEDOR POR INCUMPLIMIENTO DEL COMPRADOR, EN LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES ( SENTENCIA Nº 315/2011 DEL TRIBUNAL SUPREMO ).- 1.- Introducción.-

Más detalles

Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010. ANEXO IV. Fecha Emisión Versión Revisión. ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010

Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010. ANEXO IV. Fecha Emisión Versión Revisión. ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010 Pág. 1 de 8 ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010 TERMINOS Y CONDICIONES CON TERCEROS USUARIOS DEL INSTITUTO DE FIRMA DIGITAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Política de Certificación del Instituto

Más detalles

Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado de la Publicidad por la que se

Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado de la Publicidad por la que se 1 Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado de la Publicidad por la que se estima la reclamación presentada por Johnson & Johnson, S.A. frente a una publicidad de la que es responsable

Más detalles

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: PRECEPTOS: Auditoría de cuentas. Contratación y rotación el auditor. Sobre determinados

Más detalles