Técnico en Prevención de Riesgos Laborales UPD Salamanca 4 UPD Salamanca 4

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2 María José Porras Rubio Ángel Luis Rodríguez Sánchez Técnico en Prevención de Riesgos Laborales Asesor Jurídico UPD Salamanca 4 UPD Salamanca 4 1

3 INTRODUCCIÓN INDICE TRAMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS TRÁMITES COMUNES PLAN DE PREVENCIÓN Evaluación inicial de Riesgos Planificación de la Actividad Preventiva COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO O REANUDACION DE LA ACTIVIDAD TRAMITES QUE ADEMÁS HAY QUE REALIZAR EN LAS ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN... IDENTIFICACIÓN TIPO DE OBRA DE CONSTRUCCIÓN OBRAS SIN PROYECTO DE EJECUCIÓN OBRAS CON PROYECTO DE EJECUCIÓN PROYECTO DE EJECUCIÓN Y ESTUDIO (O ESTUDIO BÁSICO) DE SEGURIDAD Y SALUD DESIGNACIÓN DE DIRECCIÓN FACULTATIVA DESIGNACIÓN DE COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD LIBRO DE INCIDENCIAS AVISO PREVIO COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO O REANUDACION DE LA ACTIVIDAD ANEXO 2

4 INTRODUCCION Existen una serie de Trámites Técnicos y Administrativos, algunos de los cuales relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales, que hay que realizar o elaborar en todo centro de trabajo. Con este Manual se trata de establecer una planificación temporal de todos los Trámites que se deben realizar antes del comienzo y durante la duración de cualquier ET/CO/TE. En cualquier caso, y siempre en función de las especialidades de la ET/CO/TE, tendremos presente si se trata de un Proyecto cuyo objeto de actuación sea una Obra de Construcción, en cuyo caso deberá cumplir lo establecido en el R.D. 1627/97, de 24 de Octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. Dada la diversidad de situaciones que dentro de las ET/CO/TE podemos encontrar, ya que no siempre la Entidad Promotora de la ET/CO/TE actúa en calidad de Promotor Titular de la Obra, condiciona una mayor complejidad a la hora de determinar que figuras existen en cada caso y quien asume una u otra función. Por esta razón es necesario estudiar adecuadamente cada caso concreto, para dar una respuesta a cada supuesto. 3

5 TRAMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS Se engloban tanto los Trámites Técnicos y Administrativos anteriores al inicio de cualquier actividad, como aquellos que deben estar previstos al comienzo de la ET/CO/TE para su realización durante el desarrollo del mismo. Dentro de estos trámites se indican aquellos: - Trámites Comunes - Hay que realizarlos en todos los casos. - Trámites que además hay que realizar en los casos de ET/CO/TE que tengan como objeto de actuación la ejecución de una Obra de Construcción. TRAMITES COMUNES. - PLAN DE PREVENCIÓN - Según es Art. 16 de la Ley 31/1995 de P.R.L.,...la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa... a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales... que deberá incluir la...: Evaluación Inicial de los Riesgos. Planificación de la Actividad Preventiva. En las ET/CO/TE la Entidad Promotora (como empresa), a través del Servicio de Prevención de que disponga según lo establecido en los Art. 30 y 31 de la Ley 31/95 de PRL, será la encargada de elaborar dicho Plan de Prevención (este Plan puede ser el que ya tenga elaborado la Entidad Promotora). La Evaluación Inicial de Riesgos y la Planificación de la Actividad Preventiva deben ser únicamente de cada ET/CO/TE, teniendo en cuenta sus peculiaridades, particularidades o situaciones específicas que en función de sus actividades concretas puedan aparecer o tengan que ser objeto de estudio, tanto desde el punto de vista de la ET/CO/TE como centro donde se desarrolla una Actividad Formativa como desde el punto de vista de las Actividades de Obra o Servicio que pueden ser desarrolladas en distintas instalaciones o lugares de trabajo. 4

6 Como ejemplo orientativo se adjunta un cuadro del guión con los datos a tener en cuenta en la elaboración de un Plan de Prevención: DATOS GENERALES DE LA ET/CO/TE IDENTIFICACIÓN DE LA ET/CO/TE Al comienzo se identificará la ET/CO/TE, incluyendo al menos, los siguientes datos. Nombre Entidad Promotora Dirección Teléfono Actividad CIF: IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Enumeración de puestos de trabajo y funciones a desempeñar en cada uno de ellos (agrupando trabajadores que realizan funciones similares y se someten a los mismos riesgos). INSTALACIONES DE LA ET/CO/TE Enumeración de todas las Actividades a realizar dentro de la ET/CO/TE ( la Actividad Formativa y las distintas Actividades de Obra o Servicio objeto de actuación), así como descripción detallada de instalaciones de los centros de trabajo donde desarrollan las Actividades (descripción de salas, despachos, talleres, zonas comunes, zonas trabajos en el exterior...,características de instalaciones, servicios higiénicos y locales de descanso...). MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO. Indicar las herramientas y maquinaria con la que cuentan (y el número de unidades) en los distintos trabajos y talleres a desarrollar. Indicar también las herramientas con las que cuentan en la oficina: ordenadores, impresoras, fotocopiadoras, retroproyectores, teléfonos... MEDIOS AUXILIARES. Se indicarán los medios auxiliares con los que se cuentan en las ET/CO/TE: protecciones colectivas, equipos de protección individual, encofrados, andamios, escaleras... CONTRATOS DE MANTENIMIENTO Y PRIMEROS AUXILIOS Indicar los contratos que tiene adquiridos las ET/CO/TE: Revisiones y mantenimiento periódico de maquinaria. Contratos de asistencia técnica. Contratos de limpieza. Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (botiquines fijos o portátiles...). Se irá adjuntando periódicamente un listado con los nuevos contratos para llevar un control de todos los servicios con los que cuentan las ET/CO/TE. MEDIOS DE EXTINCIÓN, EVACUACIÓN DE INCENDIOS. Se indicarán los medios de extinción y evacuación de incendios disponibles. OTROS. Descripciones que puedan existir en las ET/CO/TE y sean de interés para la EIR. 5

7 EVALUACIÓN DE RIESGOS ANÁLISIS DEL RIESGO. Comprende las fases de identificación de peligros y estimación de los riesgos, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el peligro. VALORACIÓN DEL RIESGO. Permite enjuiciar si los riesgos detectados resultan tolerables. ACCIONES PREVENTIVAS FORMACIÓN TEÓRICA Y PRÁCTICA EN MATERIA PREVENTIVA. VIGILANCIA DEL ESTADO DE SALUD DE LOS TRABAJADORES. ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EN CASO DE CONTRATAS Y SUBCONTRATAS. PROTECCIÓN DE TRABAJADORES SENSIBLES A DETERMINADOS RIESGOS. PROTECCIÓN DE MATERNIDAD. PROTECCIÓN DE MENORES. Nota: Toda esta documentación debe permanecer en la ET/CO/TE (Centro de Trabajo) a disposición de la Autoridad Laboral Correspondiente. - COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO Ó REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD - La Comunicación de Apertura o Reanudación de Actividades en los centros de trabajo está regulada por la Orden de 6 de Mayo de 1988, modificada por la Orden de 29 de Abril de Se comunicará a la Autoridad Laboral correspondiente (OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO ) en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de los trabajos en la ET/CO/TE. Esta comunicación debe ser presentada por las empresas, en este caso por la Entidad Promotora de la ET/CO/TE. 6

8 Nota: Se adjuntan las direcciones de las Unidades de Seguridad y Salud Laboral de todas las Provincias de Castilla y León. UNIDADES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ÁVILA BURGOS LEÓN Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo C/ Segovia, 25, bajo Ávila Teléfono: Fax: C/ Virgen del Manzano, Burgos Teléfono: Fax: Gran Vía de S. Marcos,27,4º León Teléfono: Fax: Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral C/ Segovia, 25, bajo Ávila Teléfono: Fax: C/ Virgen del Manzano, Burgos Teléfono: Fax: Avda. Portugal, s/n León Teléfono: Fax: PALENCIA SALAMANCA SEGOVIA Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo C/ Dr. Cajal, 4-6, bajo Palencia Teléfono: Fax: Pº Carmelitas, Salamanca Teléfono: Fax: Pl. La Merced, Segovia Teléfono: Fax: Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral C/ Dr. Cajal, 4-6, Palencia Teléfono: Fax: Pº Carmelitas, Salamanca Teléfono: Fax: Pl. La Merced, Segovia Teléfono: Fax: SORIA VALLADOLID ZAMORA Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo Oficina Territorial de Trabajo Pº, Espolón, Soria Teléfono: Fax: C/ Santuario, Valladolid Teléfono: Fax: Avda. Requejo, 4, pl 2 y Zamora Teléfono: Fax: Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral Unidad Seg. y Salud Laboral Pº, Espolón, Soria Teléfono: Fax: Pl España 13,port izd, 3º izd Valladolid Teléfono: Fax: Avda. Requejo, 4, 2º Zamora Teléfono: Fax:

9 Nota: Se adjunta modelo de Comunicación de Apertura o Reanudación de la Actividad. ( Se pueden encontrar en la página ) FICHA 1 8

10 TRAMITES QUE ADEMÁS HAY QUE REALIZAR EN. LAS ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN... IDENTIFICACIÓN TIPO DE OBRA DE CONSTRUCCIÓN A efectos del Real Decreto 1627/97, y según la Guía Técnica del INSHT para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las Obras de Construcción, se entenderá por Obra de Construcción u Obra:... el lugar donde se desarrolla con carácter temporal cualquiera de las actividades señaladas en el Anexo I del R.D. 1627/97 o en las relacionadas en el Apartado 45 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE 93 (RD 1560/1992, de 18 de Diciembre), siempre que estén referidas a trabajos intrínsecamente asociados a actividades de Construcción / Edificación e Ingeniería Civil) y se efectúen con tecnologías propias de este tipo de industrias. En esta Guía Técnica del INSHT también se especifican los distintos tipos de obra en función de la existencia o no de Proyecto de Ejecución (En adelante Proyecto de Ejecución hace referencia a la Obra de Construcción que es objeto de actuación dentro de la ET/CO/TE). Nota: En todos los casos los Técnicos encargados de elaborar las Memorias de Obra o Actuación necesarios para la solicitud del Proyecto de la ET/CO/TE serán los encargados de determinar, y poner en conocimiento de la Entidad Promotora la documentación necesaria a elaborar (Ejem: caso de Proyecto de Ejecución,...) una vez concedido dicho Proyecto de ET/CO/TE, en función del tipo de intervención a realizar en la Obra de Construcción objeto de la ET/CO/TE. 9

11 OBRAS DE CONSTRUCCIÓN SIN PROYECTO DE EJECUCIÓN A efectos del R.D. 1627/97, las efectuadas Sin Proyecto de Ejecución se clasifican en: - Obras en las que el Proyecto de Ejecución no es exigible para su tramitación Administrativa (Obras menores, pinturas de fachadas, patios o cajas de escalera, cableado fachadas,...). - Obras de Emergencia (Demolición por peligro inminente, apeos o apuntalamientos,...). - Obras de Corta Duración (Acometidas de instalaciones a edificios, pequeñas reparaciones de aceras,...). Cuando sea este el caso en el que se encuentre la ET/CO/TE, y siempre contando con el asesoramiento del Técnico correspondiente, la Memoria de Obra o Actuación elaborada para la solicitud del Proyecto de ET/CO/TE será suficiente para realizar los trabajos correspondientes (en caso de aprobación del Proyecto de ET/CO/TE con modificación en las intervenciones a realizar será necesario modificar la Memoria de Obra o Actuación para que recoja todas las actuaciones en la Obra por parte de la ET/CO/TE ). Nota: Las ET/CO/TE que se encuentren en esta situación tendrían que realizar únicamente los TRÁMITES COMUNES para todos los casos, es decir: Plan de Prevención y Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo o Reanudación de la Actividad. OBRAS DE CONSTRUCCIÓN CON PROYECTO DE EJECUCIÓN Aquellas donde es legalmente exigible un Proyecto de Ejecución según lo dispuesto en la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación (LOE). 10

12 Una vez determinado por los Técnicos correspondientes que, entre las intervenciones a realizar por la ET/CO/TE, se encuentran actuaciones en una Obra de Construcción, los trámites necesarios a realizar serán: Proyecto de Ejecución con Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud Designación de Dirección Facultativa Designación de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra Plan de Seguridad y Salud Aprobación del Plan de Seguridad y Salud Libro de Incidencias Aviso Previo Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo o Reanudación de Actividad (Obra de Construcción) - PROYECTO DE EJECUCIÓN y el pertinente ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD - O, en su caso, ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD (Art. 4, 5 y 6 del R.D. 1627/97), requisito necesario para el Visado del Proyecto de Ejecución por el Colegio Profesional Correspondiente de los Técnicos Competentes encargados de su elaboración y expedición de la Licencia de Obra (Art 17 del R.D. 1627/97). - DESIGNACIÓN DE DIRECCIÓN FACULTATIVA - Para el comienzo de las actuaciones en las Obras de Construcción por parte de la ET/CO/TE, el Promotor Titular de la Obra (no siempre coinciden la Entidad Promotora de la ET/CO/TE con Promotor Titular de la Obra objeto de actuación) designará una Dirección Facultativa que serán los Técnicos Competentes encargados de la Dirección y del Control de la Ejecución de la Obra. El Colegio Profesional Correspondiente de los Técnicos designados será el encargado de facilitar el LIBRO DE ORDENES, que permanecerá en la Obra junto con una copia del Proyecto de Ejecución Visada. 11

13 - DESIGNACIÓN DEL COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA - Cuando en la ejecución de la Obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos (los trabajadores de la ET/CO/TE y otros trabajadores o empresas externos a la Entidad Promotora para partidas concretas de la Obra), el Promotor Titular de la Obra, antes del inicio de los trabajos en la Obra, designará un Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la Obra (Art. 3 del R.D. 1627/97). En los casos en que no sea necesaria la designación de Coordinador de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra, la Dirección Facultativa incluirá entre sus funciones además del control de la ejecución de la Obra, dar las indicaciones y órdenes que afecten a la Seguridad y Salud dentro de la Obra. Nota: Se adjunta modelo orientativo de Designación de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto o durante la Ejecución de la Obra. 12

14 FICHA 2 DESIGNACIÓN DE COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD En..., a... de... de REUNIDOS: DE UNA PARTE: (REPRESENTANTE), con D.N.I. nº..., quien actúa en su calidad de (CARGO) de la Empresa (PROMOTORA / PROPIEDAD), con domicilio en..., según resulta de la escritura de poder..., a quien en adelante se designará como PROMOTOR. Y DE OTRA PARTE: (TÉCNICO), provisto del D.N.I. nº..., adscrito, con el nº,..., al Colegio Oficial de..., quien actúa en este acto en su propio nombre y derecho. Ambas parte se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para suscribir el presente documento y para obligarse en derecho, y a tal efecto: PRIMERO: Mediante la suscripción del presente documento, (PROMOTORA / PROPIEDAD) designa a (TÉCNICO) Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la (elaboración del Proyecto) y / o (durante la Ejecución) de la Obra que aquella pretende acometer y que a continuación se identifica: - Denominación de la Obra... - Emplazamiento / Dirección... - Autor / es del Proyecto... - Dirección Facultativa... Técnico / s... Técnico / s... - Contratista / s directo / s de la Obra... De igual forma de encarga la redacción del Estudio / Estudio Básico de Seguridad y Salud de la indicada Obra. SEGUNDO: En consonancia con lo previsto en el punto anterior, (TÉCNICO) se obliga a prestar por cuenta y provecho de (PROMOTORA / PROPIEDAD), y en lo que a las Obras objeto de este documento se refiere, las siguientes tareas y funciones, todas ellas a cumplir por la promotora de las Obras según el R.D. 1627/97: A. Coordinar, durante la elaboración del Proyecto de Ejecución de Obra, la aplicación al mismo de los principios que se recogen y regulan en el Art. 8 del R.D. 1627/97, de 24 de Octubre, a cuyo efecto queda obligado (PROMOTOR) a facilitar su integración funcional a estos fines en el equipo de proyectistas, a que se le provea en cada momento de la documentación requerida para la realización de sus cometidos, y especialmente para la elaboración del Estudio de Seguridad y Salud. Asimismo (PROMOTOR) se obliga a adoptar, aquellas otras medidas que fuesen necesarias para permitir que por parte de (TÉCNICO) se puedan acometer las funciones que, en su condición de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de Ejecución de la Obra, le son asignadas por el R.D. 1627/97. B. Coordinar, durante la Ejecución de la Obra, la aplicación de las tareas que determina el Art. 9 del R.D. 1627/97, de 24 de Octubre, para lo cual se integrará en la Dirección Facultativa de dicha Obra, y especialmente para la Aprobación del / los Plan / es de Seguridad y Salud elaborado / s por el / los Contratista / s. Asimismo (PROMOTOR) se obliga a adoptar aquéllas otras medidas que fuesen pertinentes. Fdo.: El Representante de la Empresa Fdo.: El Técnico 13

15 - PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD - En aplicación del Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud, cada Contratista que intervenga en la Obra de Construcción elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud, en función de su propio sistema de Ejecución de la Obra (Art. 7 del R.D. 1627/97). La elaboración de este Plan le corresponderá al Contratista = Entidad Promotora de la ET/CO/TE a través de su Servicio de Prevención. Para su elaboración se tendrán en cuenta: - Proyecto de Ejecución de la Obra. - Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud. - Plan de Prevención del Contratista y de sus Subcontratistas. - Procedimientos de ejecución del Contratista y de sus Subcontratistas. - Condiciones Expresas de la Obra. Al Plan se pueden incorporar, durante el proceso de ejecución de la Obra, cuantas modificaciones sean necesarias. El Plan de Seguridad y Salud acompañará necesariamente a la Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo de la Obra, que debe presentar el Contratista (Entidad Promotora de la ET/CO/TE en la mayoría de los casos), (Art. 19 R.D. 1627/97), a la Autoridad Laboral Competente. Una copia sellada debe permanecer en la Obra durante su ejecución y estará a disposición permanente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los Técnicos de los Órganos Especializados en Materia de Seguridad y Salud de las Administraciones Públicas Competentes (Art. 19 del R.D. 1627/97). 14

16 - APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD - En las ET/CO/TE al tratarse de Obras de la Administración, el Plan de Seguridad y Salud, antes del inicio de los trabajos en la Obra de Construcción, con el correspondiente Informe Favorable del Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra (o la Dirección Facultativa cuando sea el caso), se elevará para su aprobación a la Administración Pública que haya adjudicado la Obra (El Promotor Titular de la Obra objeto de actuación por parte de la ET/CO/TE, que no siempre coincide con la Entidad Promotora de la ET/CO/TE, en los casos que sea una Administración). En Obras de Carácter Privado, deberá ser aprobado, también antes del inicio de los trabajos en la Obra de Construcción, por el Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra (o la Dirección Facultativa cuando sea el caso). Debe quedar documentado con el correspondiente Acta de Aprobación del Plan de Seguridad y Salud (Art. 7.2 del R.D. 1627/97). Los casos más comunes que se pueden encontrar en las ET/CO/TE respecto quien es la Administración Pública encargada de la Aprobación del Plan con el Informe Favorable del Coordinador (o la Dirección Facultativa cuando sea el caso), serán: En aquellos casos en que el Promotor Titular de la Obra = Contratista = Entidad Promotora de la ET/CO/TE, la Administración es la Entidad Promotora de la ET/CO/TE. En los casos en que existe por una parte Promotor Titular de la Obra y por otra Contratista = Entidad Promotora de la ET/CO/TE, La Administración que lo aprueba es el Promotor Titular de la Obra y la Entidad Promotora de la ET/CO/TE es la encargada de elaborar dicho Plan a través de su servicio de Prevención. 15

17 Cuando no sea necesaria la designación de un Coordinador, según lo indicado en el apartado correspondiente, las funciones que se le atribuyen en relación con el Informe Favorable o Acta de Aprobación del Plan de Seguridad y Salud, serán asumidas por la Dirección Facultativa. Nota: Se adjuntan modelos orientativos de Acta de Aprobación del Plan de Seguridad y Salud para los cuatro casos posibles que pueden encontrarse: Obras de la Administración... Por el Coordinador de Seguridad y Salud...Por la Dirección Facultativa Obras Carácter Privado...Por el Coordinador de Seguridad y Salud...Por la Dirección Facultativa 16

18 FICHA 3 INFORME FAVORABLE DEL COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PARA LA APROBACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LAS OBRAS DE CARÁCTER PÚBLICO - Denominación de la Obra... - Emplazamiento / Dirección... - Promotor Público... - Autor / es del Proyecto... - Dirección Facultativa... - Contratista titular del Plan de la Obra... - Fase / s del trabajo que ejecuta el Contratista titular del Plan relativa / s a su intervención en la Obra... - Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de la Obra... - Autor / es del estudio /estudio básico de Seguridad y Salud Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra... Por..., Técnico que emite este Informe Favorable, en su condición de Coordinador en Materia de Seguridad y de Salud durante la Ejecución de la Obra reseñada en el encabezamiento, se ha recibido del representante legal de la empresa contratista, que ha quedado asimismo identificada, el Plan de Seguridad y Salud un el Trabajo correspondiente a su intervención contractual en la obra. Analizado el contenido del mencionado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que queda unido por copia a este Informe Favorable, se hace constar: 1. Que el indicado Plan ha sido redactado por la empresa contratista y desarrolla el Estudio de Seguridad y Salud el Estudio Básico de Seguridad y Salud elaborado para esta Obra. 2. En el Plan se proponen medidas alternativas cuya valoración económica se indica Etc... Considerando que, con las indicaciones antes señaladas, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo al que se refiere este Informe Favorable reúne las condiciones técnicas requeridas por el R.D. 1627/97, el Coordinador de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra, que suscribe, procede a la remisión del presente Informe Favorable sobre el reseñado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se eleva para su aprobación por la...(administración Pública que haya adjudicado la Obra). Del Plan una vez aprobado se dará traslado por la empresa Contratista: a la Autoridad Laboral competente; la Servicio de Prevención constituido en la empresa o concertado con entidad especializada ajena a la misma, según previene la Ley 314/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, a las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes o concurrentes en la Obra; y a los representantes de los trabajadores a efectos de que puedan presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas (Art. 7.4 del R.D. 1627/97). Se advierte que, conforme establece en su Art. 7.4 del R.D. 1627/97, cualquier modificación que se pretenda introducir por la Empresa al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado, en función del proceso de ejecución de la Obra, de la evolución de los trabajos o de las incidencias y modificaciones que pudieran surgir durante su ejecución, requerirá de un nuevo Informe Favorable expreso del Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra para su efectiva aplicación, y habrá de someterse al mismo trámite de aprobación, información y traslado a los diversos agentes intervinientes que han quedado reseñados en el párrafo anterior. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo al que se refiere el presente Informe Favorable, una vez aprobado, habrá de estar en la Obra, en poder del Contratista o persona que le represente, a disposición permanente de la Dirección Facultativa, además de a la del Coordinador, personal y servicios de prevención anteriormente reseñados, Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los Órganos Técnicos en esta materia de la Comunidad Autónoma. En... a... de... de El Coordinador en Materia de Seguridad y Salud Durante la Ejecución de la Obra. El Representante Legal del Contratista Fdo.:... Fdo.:... 17

19 FICHA 4 INFORME FAVORABLE DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA (CUANDO NO ES NECESARIA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA) PARA LA APROBACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LAS OBRAS DE CARÁCTER PÚBLICO - Denominación de la Obra... - Emplazamiento / Dirección... - Promotor... - Autor / es del Proyecto... - Contratista titular del Plan de la Obra... - Fase / s del trabajo que ejecuta el Contratista titular del Plan relativa / s a su intervención en la Obra... - Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de la Obra... - Autor / es del estudio /estudio básico de Seguridad y Salud Componentes de la Dirección Facultativa de la Obra Titulación D D D Por...el / los Técnico / s titulado / s que emite / n (de forma colegiada, en su caso), este Informe Favorable en su condición de Dirección Facultativa de la Obra reseñada en el encabezamiento, se ha recibido del representante legal de la empresa contratista, que ha quedado asimismo identificada, el Plan de Seguridad y Salud un el Trabajo correspondiente a su intervención contractual en la obra. Analizado el contenido del mencionado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que queda unido por copia a este Informe Favorable, se hace constar: 1. Que el indicado Plan ha sido redactado por la empresa contratista y desarrolla el Estudio de Seguridad y Salud el Estudio Básico de Seguridad y Salud elaborado para esta Obra. 2. En el Plan se proponen medidas alternativas cuya valoración económica se indica Etc... Considerando que, con las indicaciones antes señaladas, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo al que se refiere este Informe Favorable reúne las condiciones técnicas requeridas por el R.D. 1627/97, la Dirección Facultativa de la Obra, que suscribe, procede a la remisión del presente Informe Favorable sobre el reseñado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se eleva para su aprobación por la...(administración Pública que haya adjudicado la obra). Del Plan una vez aprobado se dará traslado por la empresa Contratista: a la Autoridad Laboral competente; la Servicio de Prevención constituido en la empresa o concertado con entidad especializada ajena a la misma, según previene la Ley 314/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, a las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes o concurrentes en la Obra; y a los representantes de los trabajadores a efectos de que puedan presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas (Art. 7.4 del R.D. 1627/97). Se advierte que, conforme establece en su Art. 7.4 del R.D. 1627/97, cualquier modificación que se pretenda introducir por la Empresa al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado, en función del proceso de ejecución de la Obra, de la evolución de los trabajos o de las incidencias y modificaciones que pudieran surgir durante su ejecución, requerirá de un nuevo Informe Favorable expreso de la Dirección Facultativa, y habrá de someterse al mismo trámite de aprobación, información y traslado a los diversos agentes intervinientes que han quedado reseñados en el párrafo anterior. Si después del otorgamiento de este Informe Favorable se dieran los supuestos que hacen obligada la designación de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra (Art. 3.2 del R.D. 1627/97), corresponderá a este último redactar el Informe Favorable correspondiente tanto de las modificaciones antes mencionadas, como del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y de sus posibles modificaciones, que deberá presentar cada una de las nuevas empresas contratistas que concurran en la Obra. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo objeto del presente Informe Favorable, una vez aprobado, habrá de estar en la Obra, en poder del Contratista o persona que le represente, a disposición permanente de quienes intervengan en la Ejecución de la Obra, de los representantes de los trabajadores, de la Dirección Facultativa, del personal y servicios de prevención anteriormente reseñados, Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los Órganos Técnicos en esta materia de la Comunidad Autónoma y del Coordinador, en su caso (Art. 3.2 R.D. 1627/97). En... a... de... de La Dirección Facultativa de la Obra El Representante Legal del Contratista Fdo.:... Fdo.:... 18

20 FICHA 5 ACTA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR EL COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PARA LAS OBRAS DE CARÁCTER PRIVADO - Denominación de la Obra... - Emplazamiento / Dirección... - Promotor... - Autor / es del Proyecto... - Dirección Facultativa... - Contratista titular del Plan de la Obra... - Fase / s del trabajo que ejecuta el Contratista titular del Plan relativa / s a su intervención en la Obra Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de la Obra... - Autor / es del estudio /estudio básico de Seguridad y Salud Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra... Por (el Técnico que autoriza este Acta), en su condición de Coordinador en Materia de Seguridad y de Salud durante la Ejecución de la Obra reseñada en el encabezamiento, se ha recibido del representante legal de la empresa contratista, que ha quedado asimismo identificada, el Plan de Seguridad y Salud un el Trabajo correspondiente a su intervención contractual en la obra. Analizado el contenido del mencionado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que queda unido por copia a este Acta, se hace constar: 1. Que el indicado Plan ha sido redactado por la empresa contratista y desarrolla el Estudio de Seguridad y Salud el Estudio Básico de Seguridad y Salud elaborado para esta Obra. 2. En el Plan se proponen medidas alternativas cuya valoración económica se indica Etc... Considerando que, con las indicaciones antes señaladas, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo al que se refiere este Acta reúne las condiciones técnicas requeridas por el R.D. 1627/97, el Coordinador de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra, que suscribe, procede a la aprobación formal del reseñado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, del que se dará traslado por la empresa Contratista: a la Autoridad Laboral competente; la Servicio de Prevención constituido en la empresa o concertado con entidad especializada ajena a la misma, según previene la Ley 314/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, a las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes o concurrentes en la Obra; y a los representantes de los trabajadores a efectos de que puedan presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas (Art. 7.4 del R.D. 1627/97). Se advierte que, conforme establece en su Art. 7.4 del R.D. 1627/97, cualquier modificación que se pretenda introducir por la Empresa al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado, en función del proceso de ejecución de la Obra, de la evolución de los trabajos o de las incidencias y modificaciones que pudieran surgir durante su ejecución, requerirá de la expresa aprobación del Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra para su efectiva aplicación, y habrá de someterse al mismo trámite de información y traslado a los diversos agentes intervinientes que han quedado reseñados en el párrafo anterior. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo objeto de la presente Acta habrá de estar en la Obra, en poder del Contratista o persona que le represente, a disposición permanente de la Dirección Facultativa, además de a la del Coordinador, personal y servicios de prevención anteriormente reseñados, Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los Órganos Técnicos en esta materia de la Comunidad Autónoma. En... a... de... de El Coordinador en Materia de Seguridad y Salud Durante la Ejecución de la Obra. El Representante Legal del Contratista Fdo.:... Fdo.:

21 FICHA 6 ACTA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA (CUANDO NO ES NECESARIA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA) PARA LAS OBRAS DE CARÁCTER PRIVADO - Denominación de la Obra... - Emplazamiento / Dirección... - Promotor... - Autor / es del Proyecto... - Contratista titular del Plan de la Obra... - Fase / s del trabajo que ejecuta el Contratista titular del Plan relativa / s a su intervención en la Obra... - Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de la Obra... - Autor / es del estudio /estudio básico de Seguridad y Salud Componentes de la Dirección Facultativa de la Obra Titulación D D D Por (el / los Técnico / s titulado / s que aprueba / n de forma colegiada, en su caso), este Acta, en su condición de Dirección Facultativa de la Obra reseñada en el encabezamiento, se ha recibido del representante legal de la empresa contratista, que ha quedado asimismo identificada, el Plan de Seguridad y Salud un el Trabajo correspondiente a su intervención contractual en la obra. Analizado el contenido del mencionado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que queda unido por copia a este Acta, se hace constar: 1. Que el indicado Plan ha sido redactado por la empresa contratista y desarrolla el Estudio de Seguridad y Salud el Estudio Básico de Seguridad y Salud elaborado para esta Obra. 2. En el Plan se proponen medidas alternativas cuya valoración económica se indica Etc... Considerando que, con las indicaciones antes señaladas, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo al que se refiere este Acta reúne las condiciones técnicas requeridas por el R.D. 1627/97, la Dirección Facultativa de la Obra, que suscribe, procede a la aprobación formal del reseñado Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, del que se dará traslado por la empresa Contratista: a la Autoridad Laboral competente; la Servicio de Prevención constituido en la empresa o concertado con entidad especializada ajena a la misma, según previene la Ley 314/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, a las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes o concurrentes en la Obra; y a los representantes de los trabajadores a efectos de que puedan presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas (Art. 7.4 del R.D. 1627/97). Se advierte que, conforme establece en su Art. 7.4 del R.D. 1627/97, cualquier modificación que se pretenda introducir por la Empresa al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado, en función del proceso de ejecución de la Obra, de la evolución de los trabajos o de las incidencias y modificaciones que pudieran surgir durante su ejecución, requerirá de la expresa aprobación de la Dirección Facultativa de la Obra para su efectiva aplicación, y habrá de someterse al mismo trámite de información y traslado a los diversos agentes intervinientes que han quedado reseñados en el párrafo anterior. Si después del otorgamiento de este Acta se dieran los supuestos que hacen obligada la designación de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra (Art. 3.2 del R.D. 1627/97), corresponderá a este último la aprobación tanto de las modificaciones antes mencionadas, como del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y de sus posibles modificaciones, que deberá presentar cada una de las nuevas empresas contratistas que concurran en la Obra. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo objeto de la presente Acta habrá de estar en la Obra, en poder del Contratista o persona que le represente, a disposición permanente de quienes intervengan en la Ejecución de la Obra, de los representantes de los trabajadores, de la Dirección Facultativa, del personal y servicios de prevención anteriormente reseñados, Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los Órganos Técnicos en esta materia de la Comunidad Autónoma y del Coordinador, en su caso (Art. 3.2 R.D. 1627/97). En... a... de... de La Dirección Facultativa de la Obra El Representante Legal del Contratista Fdo.:... Fdo.:... 20

22 - LIBRO DE INCIDENCIAS - En aplicación del Art. 13 del R.D. 1627/97, para el control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud existirá un Libro de Incidencias, facilitado y habilitado por: - En Obras de las Administraciones Públicas, la Oficina de Supervisión de Proyectos u Órgano equivalente. - El Colegio Profesional al que pertenezca el Técnico que haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud. Este Libro de Incidencias debe mantenerse siempre en la Obra, y, efectuada una anotación en él, el Coordinador en Materia de Seguridad y Salud (o la Dirección Facultativa cuando sea el caso) estará obligado a remitir, en el plazo de 24 h., una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. - AVISO PREVIO - En cumplimiento del Art. 18 del R.D. 1627/97 se debe remitir a la Autoridad Laboral, en el caso de actividades recogidas en el Anexo I (Relación no exhaustiva de las obras de Construcción o de Ingeniería Civil) y Anexo II (Relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y la salud de los trabajadores), del R.D / 97, mediante escrito con el contenido del Anexo III del mismo. Este Aviso Previo debe ser tramitado con anterioridad al comienzo de los trabajos en la Obra por el Promotor Titular de la Obra (no siempre coincide con Entidad Promotora de la ET/CO/TE). Deberá exponerse en la Obra de forma visible y será actualizado, las veces que sea necesario, cuando se produzcan modificaciones en el contenido del mismo y/o se produzcan nuevas incorporaciones de trabajadores. Estas actualizaciones seguirán el mismo trámite inicial. 21

23 FICHA 7 AVISO PREVIO En cumplimiento del Art. 18 del R.D. 1627/97, de 24 de Octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, el Promotor abajo firmante efectúa el presente aviso a la Autoridad Laboral antes del comienzo de los trabajos. Este AVISO PREVIO se redacta con arreglo a lo dispuesto en el Anexo III del mencionado Real Decreto y será expuesto en la Obra de forma visible, actualizándose si fuera necesario. 1. Fecha Dirección exacta de la Obra Nombre del Promotor... Dirección del Promotor Tipo de Obra Proyectista... Dirección del Proyectista Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Elaboración del Proyecto de la Obra... Dirección del Coordinador Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra... Dirección del Coordinador Fecha prevista para el comienzo de la Obra Duración prevista de los trabajos de la Obra Número máximo estimado de trabajadores en la Obra Número previsto de Contratistas, Subcontratistas y Trabajadores Autónomos en la Obra Datos de identificación de Contratistas, Subcontratistas y Trabajadores Autónomos, ya seleccionados... En... a... de... de Fdo.:... 22

24 - COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO O REANUDACIÓN DE ACTIVIDAD (Obra de Construcción) - El contenido de este documento es el indicado dentro del apartado de Trámites Comunes para Apertura de Centro de Trabajo, pero los datos que deben constar en concreto son los referentes a la Obra de Construcción objeto de actuación por parte de la ET/CO/TE. La comunicación a la Autoridad Laboral correspondiente será en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de los trabajos en la Obra de Construcción objeto de actuación por parte de la ET/CO/TE. Como se indica en el apartado correspondiente al Plan de Seguridad y Salud, junto a esta Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo debe acompañarse el Plan de Seguridad y Salud Esta comunicación debe ser presentada por las empresas, en este caso por la Entidad Promotora de la ET/CO/TE (Art. 19 R.D. 1627/97), a la Autoridad Laboral Competente. 23

25 ANEXO En este Anexo se incluyen dos cuadros resumen: TRÁMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS A REALIZAR AL COMIENZO DE LAS ET/CO/TE. La enumeración de los trámites no indica un orden cronológico exhaustivo ya que algunos trámites pueden coincidir en el tiempo, pero se trata de tener una visión de todos los trámites necesarios en las ET/CO/TE. PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. Una vez definidos todos los Trámites Técnicos y Administrativos, relacionados con Prevención de Riesgos Laborales, a realizar o elaborar en las ET/CO/TE, con esta planificación se trata de tener una temporización de dichos trámites así como tener claro quién/es son los encargados de su elaboración ó tramitación y donde hay que entregarlos, presentarlos o tenerlos a disposición de los técnicos o Autoridades correspondientes. 24

26 TRAMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS A REALIZAR AL COMIENZO DE LAS ET/CO/TE TRAMITES COMUNES INCLUYE ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN SIN PROYECTO DE EJECUCIÓN ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN CON PROYECTO DE EJECUCIÓN ELABORACIÓN PROYECTO EJECUCIÓN con su correspondiente ESTUDIO O ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD VISADO por el Colegio Oficial Correspondiente DESIGNACIÓN DIRECCIÓN FACULTATIVA En fase de ejecución LIBRO DE ÓRDENES Habilitado por Colegio Oficial Correspondiente DESIGNACIÓN COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD En fase de ejecución (Cuando sea necesario) PLAN DE PREVENCIÓN del centro de trabajo, incluyendo la EVALUACIÓN INICIAL DE RIESGOS Y la PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA Elaborado por el Servicio de Prevención de la Entidad Promotora PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD Elaborado por el / los Contratista / s INFORME FAVORABLE Obra Administración ACTA APROBACIÓN PLAN Obra Promoción Privada LIBRO INCIDENCIAS Oficina Supervisión de Proyectos LIBRO INCIDENCIAS Colegio Profesional Correspondiente AVISO PREVIO Comunicación del PROMOTOR (Titular de la Obra) a la Autoridad Laboral Correspondiente. COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO de la ET/CO/TE Comunicación a la Autoridad Laboral Correspondiente, por la Entidad Promotora de la ET/CO/TE, en el plazo máximo de 30 días desde el comienzo de los trabajos de la ET/CO/TE. COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO (Obra de Construcción) junto con el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD (De la Obra) Comunicación a la Autoridad Laboral Correspondiente, por la Entidad Promotora de la ET/CO/TE, en el plazo máximo de 30 días desde el comienzo de los trabajos de la Obra. En toda Obra de Construcción deben encontrarse en dicha Obra: - Copia Visada del Proyecto de Ejecución. - Libro de Ordenes. También se dispondrá en la Obra, a disposición de la Autoridad Laboral la documentación correspondiente al: - Plan de Seguridad y Salud (Con el sello de la Autoridad Laboral Correspondiente). - Libro de Incidencias. - Aviso Previo. - Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo (de la Obra) - 25

27 PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO ACCION TIPO TRAMITES A REALIZAR TEMPORALIZACION ELABORACIÓN ó TRAMITACIÓN ENTREGAR ó PRESENTAR FICHA ORIENTATIVA ACTUALIZACION ó MODIFICACIÓN COMUNES INCLUYE ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN SIN PROYECTO DE EJECUCIÓN Plan de Prevención de la ET/CO/TE (Incluye EIR y Planificación Actividad Preventiva) Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo (ET/CO/TE) Al Comienzo de la ET/CO/TE Plazo máximo de 30 días desde el comienzo de la ET/CO/TE Entidad Promotora (como empresa) a través de su Servicio de Prevención Debe ser presentada por la empresa, en este caso la Entidad Promotora de la ET/CO/TE Permanecer en el centro de trabajo a disposición de la Autoridad Laboral Comunicar a la Autoridad Laborar Correspondiente -- Ficha 1 Elaborar un ANEXO cuando se produzcan cambios Presentar una Comunicación por cada centro de trabajo Proyecto de Ejecución de la Obra y Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud Antes del Comienzo de la Obra Técnicos Competentes por encargo del Promotor Titular de la Obra VISADO por el Colegio Profesional Correspondiente Una copia permanecerá en la Obra TRAMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS ET/CO/TE CUYO OBJETO DE ACTUACIÓN SEA UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN CON PROYECTO DE EJECUCIÓN Designación de Dirección Facultativa Antes del Comienzo de la Obra Designación por el Promotor Titular de la Obra Designación del Coordinador en Materia de Seguridad y Salud Durante la Ejecución de la Obra (cuando sea necesario) Plan de Seguridad y Salud Libro de Incidencias Aviso Previo Antes del Comienzo de la Obra Antes del Comienzo de la Obra Antes del Comienzo de la Obra Con anterioridad al comienzo de los trabajos en la Obra Designación por el Promotor Titular de la Obra (cuando sea necesario) ELABORACIÓN Cada Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud de sus actuaciones en la Obra (a través de su Servicio de Prevención) TRAMITACIÓN En Obras de la Administración, el Plan de Seguridad y Salud, con el correspondiente INFORME FAVORABLE del Coordinador en Materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra (o la Dirección Facultativa cuando sea el caso) se ELEVARÁ para su APROBACIÓN por la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA que haya Adjudicado la Obra En Obras de Carácter Privado, el Coordinador en Materia de Seguridad y Salud en fase de Ejecución (o Dirección Facultativa cuando sea el caso) redactará un ACTA DE APROBACIÓN del Plan de Seguridad y Salud En Obras de Administración, por la Oficina de Supervisión de Proyectos. En Obras de Carácter Privado, por el Colegio Profesional del Técnico que haya aprobado el Plan Debe ser tramitado por el Promotor Titular de la Obra El Colegio Profesional de los Técnicos Designados facilitará el LIBRO DE ORDENES que permanecerá en la Obra a disposición de la Dirección Facultativa, Promotor, Contratista, Ficha 2 -- Entregar a la Autoridad Laboral Correspondiente con la Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo (Obra) y una copia sellada debe permanecer en Obra a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Técnicos y Órganos Especializados en Materia de Seguridad y Salud de Administraciones Públicas Competentes Debe permanecer en la Obra. Efectuada una anotación en él, se debe remitir una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de 24 horas. Remitir a la Autoridad Laboral Correspondiente mediante escrito con el contenido del Anexo III del R.D. 1657/97. Deberá exponerse en la Obra de forma visible. -- Fichas 3 y 4 Fichas 5 y 6 Cuando se produzcan cambios en el Plan de Seguridad y Salud se deberá someter al mismo trámite de aprobación para su efectiva aplicación Ficha 7 Se actualizará cuando sea necesario. Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo (Obra de Construcción) adjuntando Plan de Seguridad Plazo máximo de 30 días desde el comienzo de las Obras de Construcción Debe ser presentada por la empresa, en este caso la Entidad Promotora de la ET/CO/TE Comunicar a la Autoridad Laborar Correspondiente, adjuntando el Plan de Seguridad y Salud de la Obra. 26 Ficha 1

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