Seminario de actualización Reforma Tributaria Julio 6 y 13 de 2013
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- José Ignacio Molina Ortiz de Zárate
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1 Seminario de actualización Reforma Tributaria 2012 Julio 6 y 13 de 2013
2 Agenda IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1. Cambio para las personas naturales 2. Cambio para las personas jurídicas CREE
3 1. Clasificación de las personas naturales para efectos del impuesto sobre la renta 2. Quiénes son empleados 3. Diferencia entre el impuesto y la retención 4. Quienes son declarantes 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta 6. Sistemas de depuración de la retención en la fuente 7. Criterios de residencia 8. Declaraciones válidas presentadas por no obligados 9. NISS 10.Decretos reglamentarios 11.Conceptos de la DIAN 12.Ganancias ocasionales
4 1. Clasificación de las personas naturales para efectos del impuesto sobre la renta 2012: Asalariados, independientes y otros 2013: Empleados, trabajadores por cuenta propia, otros Los cambios de la reforma rigen a partir de 2013, hacia atrás aplican las normas que estaban vigentes
5 2. Quiénes son empleados Residentes Ingresos >= 80% por prestación de servicios de manera personal o realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante Mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de su denominación.
6 3. Diferencia entre el impuesto y la retención Retención: pago anticipado durante la vigencia fiscal Obligación del agente retenedor Impuesto: Obligación definitiva a cargo del contribuyente año vencido
7 4. Quienes son declarantes Condición Valor 2012 Asalariados con ingresos iguales o superiores a $ (4.073 UVT). Quienes cuentan con un patrimonio bruto igual o superior a Quienes hayan efectuado consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a Quienes hayan efectuado compras y consumos iguales o superiores a $ (4.500 UVT). $ (2.800 UVT). $ (2.800 UVT). Quienes hayan efectuado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $ (4.500 UVT).
8 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta 2012: Sistema ordinario y renta presuntiva 2013: Sistema ordinario, renta presuntiva, IMAN, IMAS
9 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta Sistema ordinario: Ingresos, INCRNGO, deducciones, renta gravable Tabla del impuesto Aportes a pensiones y AFC (INCRNGO) Límite del 30% Permanencia 5 años. Excepción adquisición vivienda Aportes obligatorios a salud Salud y educación o intereses para adquisición de vivienda (100 UVT ) Aportes a pensiones y AFC (Rentas exentas) Límite del 30% UVT anuales (102 mill) Permanencia 10 años. Excepción adquisición vivienda Aportes obligatorios a salud Salud prepagada (adiciona dependientes) (16 UVT mes ) e intereses y corrección monetaria (100 UVT ) Dependientes: Hijos menores de 18, Hijos de 18 o 23 a quienes se le paga la educación, Mayores de 23 con discapacidad, cónyuge o CP con discapacidad, padres o hermanos con discapacidad, ingresos menores a 260 UVT ( mes) (10% ingreso bruto, límite 32 UVT )
10 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta IMAN: No existía INGRESOS BRUTOS, menos: Aportes obligatorios a salud y pensiones a cargo del empleado, Dividendos y participaciones no gravados, Daño emergente, Pagos catastróficos no cubiertos (aplican limitaciones), Pérdidas sufridas por desastres o calamidades públicas (a reglamentar) Aportes a seguridad social pagados por empleado o empleada doméstica, Costo fiscal de bienes enajenados. Indemnización seguros de vida, exceso del salario básico FFAA, indemnización por accidentes de trabajo o enfermedad, licencia de maternidad y gastos funerarios, Retiros de fondos de cesantías
11 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta Renta Presuntiva: Patrimonio Líquido año anterior Menos activos que pueden excluirse Base x 3% Patrimonio Líquido año anterior Menos activos que pueden excluirse Base x 3%
12 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta Mayor de los tres aplica tarifa impuesto a cargo EJEMPLOS PRÁCTICOS. CONCLUSIONES.
13 5. Sistemas de depuración del impuesto de renta IMAS: No existía Residentes con ingresos inferiores a UVT ( ) Depuración y tabla diferente
14 6. Sistemas de depuración de la retención en la fuente No declarantes: Sistema ordinario (Procedimiento 1 y 2) Declarantes: Sistema ordinario e IMAN EJEMPLOS PRÁCTICOS..
15 7. Criterios de residencia Hasta 2012: Criterio de permanencia, casos especiales para los colombianos (familia y asiento principal de los negocios) Tributación de extranjeros sobre rentas de fuente mundial a partir del 5to año Desde 2013: 183 días, nuevos criterios para los colombianos (familia residente, + 50% ingresos de fuente nacional, no residentes en el exterior, paraísos fiscales) Tributación de los extranjeros sobre rentas de fuente mundial a partir del primer año
16 8. Declaraciones válidas presentadas por no obligados Art. 1 de la Ley 1607 de 2012 Convalida saldos a favor para solicitar en devolución
17 9. NISS Nuevo sistema de identificación de las personas naturales Pendiente de reglamentación
18 10.Decretos reglamentarios Decreto 99 de 2013 Decreto 1070 de 2013
19 11.Conceptos de la DIAN de 2013 El concepto sugiere que para establecer el porcentaje fijo a aplicar durante el segundo semestre de 2013, se deben tener en cuenta los factores de depuración vigentes para el año gravable Esto conlleva una importante modificación frente a la noción de pagos gravables históricos que tradicionalmente se ha considerado para estos efectos y según la cual se trataba de una consolidación de ingresos gravables, no gravables y exenciones aplicables al momento del pago de cada uno de los doce meses anteriores al recálculo.
20 12.Ganancias ocasionales 2012: Tabla 2013: 10%
21 Cambio para las personas Jurídicas 1. Concepto de sociedad nacional y extranjera 2. Concepto de establecimiento permanente 3. Definición de dividendos 4. Manejo de la prima en colocación de acciones 5. Dividendos y participaciones no gravados 6. Tarifa para las sociedades 7. Tarifa para dividendos recibidos por EP 8. Descuento por impuestos pagados en el exterior 9. Reorganizaciones empresariales 10.Normas antievasión 11.Ganancias ocasionales
22 Cambio para las personas Jurídicas 1. Concepto de sociedad nacional y extranjera Se consideran nacionales en Colombia para efectos tributarios las sociedades y entidades que: Regla general: Durante el respectivo año o periodo gravable tengan su sede efectiva de administración sede de dirección efectiva en el territorio colombiano. Tengan su domicilio principal en el territorio colombiano Hayan sido constituidas en Colombia, de acuerdo con las leyes vigentes en el país. El criterio de sede efectiva de administración indica Lugar en donde materialmente se toman las decisiones comerciales y de gestión decisivas y necesarias para llevar a cabo las actividades de la sociedad o entidad como un todo. Para determinar la sede efectiva de administración deben tenerse en cuenta todos los hechos y circunstancias que resulten pertinentes, en especial el relativo a los lugares donde los altos ejecutivos y administradores de la sociedad o entidad usualmente ejercen sus responsabilidades y se llevan a cabo las actividades diarias de la alta gerencia de la sociedad o entidad.
23 Cambio para las personas Jurídicas 2. Concepto de establecimiento permanente Se entiende por establecimiento permanente un lugar fijo de negocios ubicado en el país, a través del cual una empresa extranjera, ya sea sociedad o cualquier otra entidad extranjera, o persona natural sin residencia en Colombia, según el caso, realiza toda o parte de su actividad. No se entiende que una empresa extranjera tiene un E.P. en el país cuando: (i) realiza sus actividades a través de un agente independiente que actúa en el giro ordinario de s actividad; y (ii) la actividad realizada por dicha empresa es de carácter exclusivamente auxiliar o preparatorio. Está inspirado en el concepto OCDE con ciertos cambios: 1. no es claro si pueden existir varios E.P.; 2. No incluye reglas especiales aplicables a (i) obras o proyectos de construcción e instalación, (ii) ni a sociedades controlantes y controladas. Las personas que desarrollen actividades a través de un E.P. son contribuyentes respecto a las rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional que le sean atribuibles. La atribución se realiza con base en criterios de funciones, activos, riesgos y personal involucrados en la obtención de las rentas y ganancias ocasionales Los E.P. deberán llevar contabilidad separada para efectos de discriminar los ingresos, costos y gastos atribuibles.
24 Cambio para las personas Jurídicas 3. Definición de dividendos Artículo 30 ET: Incluyen utilidades de sucursales de sociedades extranjeras
25 Cambio para las personas Jurídicas 4. Manejo de la prima en colocación de acciones Tratamiento fiscal para la sociedad Hasta A partir del Aporte Distribución INCRNGO siempre que se mantenga como superávit no susceptible de distribución. Renta gravable al 33%. No es ingreso (sigue las reglas del capital). No gravable. Reembolso de la prima, sometido a los términos de la ley mercantil? Capitalización INCRNGO. No gravable. Impuesto de registro La prima no es base del impuesto de registro. Los aportes a título de capital estaban sujetos a impuesto de registro del 0,7%. Las capitalizaciones con prima están sujetas a impuesto de registro con tarifa máxima del 0,3% (sobre la porción de capital y prima).
26 Cambio para las personas Jurídicas 5. Determinación de los dividendos y participaciones no gravados Renta líquida gravable + GO gravables (-) Impuesto básico renta + impuesto GO (-) Descuentos tributarios por impuestos pagados en el exterior por dividendos y participaciones (+) Dividendos y participaciones de Soc. Nalesy CAN no gravadas (+) Beneficios (p.e. art ) (=) Utilidad máxima a ser distribuida como INCRNGO La Utilidad utilidad fiscal se contabilizará es > comercial, en el patrimonio exceso se hasta podrá concurrencia imputar a utilidades de utilidad Transferencia comercial comerciales utilidades, gravadas, rentas dentro y de GO los obtenidas 5 años siguientes a través de (CFWD), EP o Sucursales o en los dos periodos anteriores (CBack) Se entenderá que los mismos se causan al momento de la transferencia de Exceso Utilidad Retención deberá comercial en la ser fuente > registrado fiscal sobre = Gravadas exceso, y controlado pago en año en o abono, de cuentas distribución, de de acuerdo orden cuando con no las utilidades al exterior sea porcentajes dado el Cfwdo que establezca CBack el Gobierno
27 Cambio para las personas Jurídicas 6. Tarifa para las sociedades Tipo de contribuyente Sociedadesnacionales,limitadasyasimiladas Sociedades yotras entidades extranjeras, obtengan rentasatravésde EP ysucursales Sociedades y otras entidades extranjeras, que no tienenepysucursales Tarifa 25% 25% 33% Entidadesdel régimen especial 20% UIBSde ZonasFrancas 15%
28 Cambio para las personas Jurídicas 7. Tarifa para dividendos recibidos por sociedades extranjeras o personas naturales 25%: Nacionales y extranjeras con EP 33%: No atribuibles a EP
29 Cambio para las personas Jurídicas 8. Descuento por impuestos pagados en el exterior Descuento del impuesto en Colombia (renta y CREE) Impuesto pagado en el exterior Sobre rentas de fuente extranjera Sin exceder el impuesto colombiano
30 Cambio para las personas Jurídicas 9. Reorganizaciones empresariales Aportes a sociedades en especie A sociedades nacionales -Gravados -No gravados (tratamiento opcional): Diferimiento del impuesto al momento de la venta de las acciones A sociedades extranjeras Gravados Entre sociedades extranjeras de activos localizados en Colombia -Gravados * No está regulado expresamente en la reforma
31 Cambio para las personas Jurídicas 9. Reorganizaciones empresariales Fusiones y escisiones Fusiones y escisiones adquisitivas (entre sociedades nacionales y nacionales y extranjeras) Entre sociedades independientes Fusiones y escisiones reorganizativas (entre sociedades nacionales y nacionales y extranjeras) - Entre sociedades vinculadas (bajo criterios del ET) - Entre matriz y subordinadas - Escisión para creación cuando el patrimonio de la nueva sociedad sea únicamente el patrimonio escindido Fusiones y escisiones entre entidades extranjeras Que involucren la transferencia de activos localizados en Colombia
32 Cambio para las personas Jurídicas 10.Normas antievasión Nuevos criterios de vinculación para precios de transferencia Aplicación de TP a operaciones locales Establecimiento permanente Operaciones con paraísos fiscales Recaracterizaciónde las operaciones Reglas de capitalización delgada Abuso del derecho
33 Cambio para las personas Jurídicas 11.Ganancias ocasionales Artículos 102 y siguientes Ley 1607 de 2012 Conceptos que dan origen a la ganancia ocasional Como se determina su valor Tarifa
34 CREE Impuesto a la equidad 1. Hecho generador 2. Tarifa 3. Destinación 4. Declaración y pago 5. Retenciones (Decreto 862 de 2013 INQUIETUDES
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