ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA.

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1 ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA. El 20 de diciembre de 2012, el Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra aprobó el Reglamento regulador de las prácticas externas de los estudiantes de la Universidad Pública de Navarra, (B.O.N 11/01/2013). Dicho Reglamento se basaba en lo dispuesto en el Real Decreto1707/2011 que fijaba el marco legal que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. El Real Decreto 1707/2011, fue anulado por Sentencia de 21 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo. El Real Decreto 592/2014 de 11 de julio ha establecido el marco legal que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y que sustituye al Real Decreto 1497/1981 de 19 de junio y al 1845/1994 de 9 de septiembre en vigor, una vez anulado el R.D. 1707/2011. Con el fin de corregir las referencias que el Reglamento de la Universidad hace al Real Decreto anulado, así como introducir determinados ajustes que faciliten la gestión de las prácticas, se ha decidido suprimir el compromiso de estudios salvo en los casos en los que en la estancia práctica incluya la realización del Trabajo Fin de Grado, por entender que no aporta información adicional y tampoco el Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, lo contempla. Por todo lo anterior, se hace necesario aprobar esta modificación. En su virtud, a propuesta de la Vicerrectora de Estudiantes y Empleo, el Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 14 de octubre de 2014, adopta el siguiente: ACUERDO: Primero. Aprobar la modificación del Reglamento Regulador de las Prácticas Externas de los estudiantes de la Universidad Pública de Navarra según consta en el Anexo I de este acuerdo. Segundo. Comunicar el presente Acuerdo al Vicerrectorado de Ordenación Académica, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo, a las Direcciones de los Centros y Departamentos, a la Fundación Universidad Sociedad y al Servicio de Estudiantes y Apoyo Académico. Tercero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. 1

2 ANEXO I Artículo único. Modificación del Reglamento Regulador de las Prácticas Externas de los estudiantes de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por el Consejo de Gobierno el 20 de diciembre de Se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento regulador de las prácticas externas: Uno. Se modifican el apartado b del artículo 3, que queda redactado de la siguiente forma: Las prácticas extracurriculares, reguladas por el Real Decreto 592/2014 son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 4, que queda redactado de la siguiente forma: 1. La duración de las prácticas será la siguiente: a) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de Estudios correspondiente. No obstante la duración de la estancia en la empresa, excepcionalmente y con la aprobación del vicerrector competente, podrá extenderse por el tiempo necesario para la realización del TFG y/o para conseguir la formación complementaria de 6 ECTS prevista en el plan de estudios siempre que lo autorice el Vicerrectorado competente y no alteren los objetivos formativos previstos en los planes de estudios. b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán preferentemente una duración no superior al cincuenta por ciento del curso académico, asegurando el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante. La dedicación a actividades de prácticas extracurriculares y académicas no podrán superar a lo establecido en la normativa de estudios de grado. Tres. Se modifica los apartados 1 y 2 del artículo 8 que quedan redactados de la siguiente forma: 2

3 1. Cada Centro podrá tener una Comisión de prácticas externas formada al menos por: Presidente: el Decano o Director del Centro o persona en quien delegue. Vocales: los Subdirectores o Vicedecanos responsables de las titulaciones impartidas y Directores de Master del Centro y con responsabilidad en el programa de prácticas externas de la titulación Esta Comisión podrá ampliarse según lo establezca cada Centro. 2.- Corresponde a esta Comisión a) Establecer los procedimientos de configuración de la oferta, difusión, solicitud y adjudicación de las prácticas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. Cuatro.- Se suprime el primer párrafo del apartado 3 del artículo 10 y el segundo párrafo de dicho artículo queda como sigue: Cuando en la estancia prevista se incluya la realización del Trabajo Fin de Grado, el proyecto formativo deberá recoger los contenidos previstos en las fichas docentes de la titulación y un compromiso de estudios en el que se recogerán los aspectos referentes a la evaluación y reconocimiento. Cinco.-. Se adiciona un nuevo apartado, d), en el artículo 12.1 del Reglamento de Prácticas Externas, y el antiguo apartado d) pasa a ser el apartado e). d) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo. e) Aquellas otras consideraciones específicas que la universidad pueda establecer en el correspondiente Convenio de Cooperación Educativa. Seis.- Se da nueva redacción a la letra e) del artículo 12.2: a)emitir el informe final e intermedio en su caso, a que se refiere el artículo 14 de esta normativa. Siete.- Se modifican las letras a), b) y d) del artículo 13.2 que quedan redactadas de la siguiente manera: a) Realizar el Plan Formativo conforme con el estudiante 3

4 b) Velar por el normal desarrollo del Plan Formativo garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante. d) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Plan Formativo Ocho.- Se da nueva redacción a las letras a) y c) del artículo 16 a) Para la evaluación del estudiante, el tutor académico tendrá en cuenta el Plan Formativo, la memoria presentada por el estudiante y el informe emitido por el tutor dela práctica en la empresa o institución. Esta evaluación se plasmará según el Anexo 5 que será remitido al Centro para la cumplimentación del acta oficial. c) En el caso de que el estudiante haya simultaneado su estancia de prácticas con la elaboración de su Trabajo Fin de Grado, la evaluación de este último se realizará conforme a su normativa Nueve.- Se introduce un nuevo apartado 2 en el artículo 18 con la redacción siguiente y en consecuencia el anterior apartado 2 pasa a ser el apartado 3 2. Se otorgará prioridad a los estudiantes que realizan prácticas curriculares frente a los que solicitan prácticas extracurriculares. Asimismo se otorgará prioridad en la elección y en la adjudicación de prácticas a los estudiantes con discapacidad, con objeto de que puedan optar a empresas en las que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas. Diez.- Se modifica la redacción del artículo 19.2 del siguiente modo: 2. El procedimiento mencionado contemplará, entre otros aspectos, la elaboración, según se describe en el Real Decreto 592/2014 de: La memoria final de las prácticas elaborada por el estudiante. El informe de seguimiento intermedio y/o final del tutor de la práctica de la entidad colaboradora. El informe de valoración y aprovechamiento de la práctica elaborado por el tutor académico. El informe de valoración general de los diferentes convenios de prácticas externas llevados a cabo en la Universidad Pública de Navarra. Once.-. Se sustituyen los Anexos 3,4 y 6 por los Anexos incluidos en el Anexo II. 4

5 Razón social de la empresa: ANEXO II ANEXO 3 INFORME DE LA ENTIDAD COLABORADORA PRÁCTICAS EN EMPRESA Tutor de la entidad colaboradora: Apellidos y Nombre del estudiante Titulación Tutor académico o supervisor: Departamento: PRACTICA Denominación y breve descripción de la práctica: CURSO ACADEMICO: Periodo práctica: meses Horas semanales: Desde: Hasta: CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DEL ESTUDIANTE a) Capacidad técnica. b) Motivación e interés c) Responsabilidad d) Integración en la empresa e) Actitud positiva ante el trabajo f) Confianza en uno mismo g) Autocontrol h) Visión positiva i) Gestión del estrés j) Asertividad Al inicio de la práctica (1-10) Al final de la práctica (1-10) 5

6 k) Iniciativa y Creatividad l) Resolución de problemas m) Planificación y Organización n) Empatía o) Trabajo en equipo p) Flexibilidad q) Liderazgo r) Comunicación s) Orientación al cliente t) Resolución de conflictos Evaluación general realizada por el tutor de la empresa: Ha quedado satisfecho con la estancia práctica? Cuál es la situación del alumno tras las prácticas? Otros aspectos que se consideren oportunos Firma del tutor de la entidad colaboradora Fecha 6

7 Apellidos y Nombre del estudiante: Titulación: ANEXO 4 INFORME DEL ESTUDIANTE PRÁCTICAS EN EMPRESA Razón social de la empresa: Tutor de la entidad colaboradora: Tutor académico o supervisor: Departamento: PRACTICA Denominación y breve descripción de la práctica: CURSO ACADEMICO: Periodo práctica: meses Horas semanales: Desde: Hasta: CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN a) Capacidad técnica. b) Motivación e interés c) Responsabilidad d) Integración en la empresa e) Actitud positiva ante el trabajo f) Confianza en uno mismo g) Autocontrol h) Visión positiva i) Gestión del estrés j) Asertividad k) Iniciativa y Creatividad l) Resolución de problemas Al inicio de la práctica (1-10) Al final de la práctica (1-10) 7

8 m) Planificación y Organización n) Empatía o) Trabajo en equipo p) Flexibilidad q) Liderazgo r) Comunicación s) Orientación al cliente t) Resolución de conflictos Evaluación general: (1-10) Valora las funciones que has realizado durante las prácticas Valora la duración de las prácticas. Valora el aprovechamiento de las prácticas. Valora la tutorización de la empresa. Has quedado satisfecho con la estancia práctica? Firma del tutor de la entidad colaboradora Fecha 8

9 Razón social de la empresa: Tutor de la entidad colaboradora: Apellidos y Nombre del estudiante Titulación Tutor académico o supervisor: Departamento: ANEXO 6 INFORME DEL TUTOR ACADEMICO REFERENTE A LA PRÁCTICA Denominación de la práctica: PRACTICA CURSO ACADEMICO: Periodo práctica: meses Horas semanales: Desde: Actividad empresa: Titulación/ Especialidad: Evaluación general (1-10): Hasta: PERFIL DEL ESTUDIANTE Valora el nivel de cumplimiento del Proyecto Formativo Valora las funciones que el alumno ha realizado durante las prácticas (si son acordes al nivel académico, cualificadas y si hay una evolución) Valora la duración de las prácticas. Valora el aprovechamiento de las prácticas. (En función de los conocimientos adquiridos si son cortas o largas) Valora la tutorización de la empresa. Valoración de las condiciones generales de las prácticas (horario, flexibilidad, clima laboral, condiciones..) Satisfacción global con la entidad como destino de las prácticas Firma del tutor de la entidad colaboradora Fecha 9

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