Papeles el tiempo de los derechos
|
|
- José María Torregrosa Gutiérrez
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Papeles el tiempo de los derechos Un apunte sobre la interpretación de los derechos sociales Rafael de Asís Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas. Departamento de Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho. Universidad Carlos III de Madrid Palabras clave: Interpretación. Derechos sociales. Número: 2 Año: 2009
2 Un apunte sobre la interpretación de los derechos sociales 1 Rafael de Asís Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas Departamento de Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho Universidad Carlos III de Madrid En este trabajo, plantearé algunas reflexiones sobre los rasgos que individualizan la interpretación de los derechos sociales. Como es sabido, existen diversas maneras de entender el concepto de interpretación jurídica que se corresponden con otras tantas maneras de concebir el Derecho. En este trabajo adoptaré (i) una posición predominantemente escéptica y (ii) amplia de la interpretación, (iii) en el marco de una concepción sistemática del Derecho básicamente posivista. Es conocida la existencia, en el ámbito jurídico, de los llamados criterios de interpretación. Se trata de herramientas que sirven para dotar o justificar el significado que se atribuye a las normas. Aunque existe una pluralidad de criterios interpretativos, es cierto que estos pueden reconducirse a los siguientes: el literal o gramatical (sentido propio de los términos de la norma); el histórico (se toma como referencia los antecedentes históricos de la norma); el sistemático (se toma como referencia el sistema jurídico para guiar o para limitar); el de la voluntad (se toma como referencia la voluntad del autor); el sociológico (se toma como referencia la realidad social del momento). La utilización de estos criterios no esta exenta de problemas, siendo tal vez el principal de ellos la ausencia de jerarquización que trae como consecuencia la posibilidad de decidir de diferente manera según el criterio que se utilice. A pesar de ello, hay dos criterios que, en la interpretación jurídica poseen un significado mayor. Se trata de los criterios literal y sistemático. En principio podemos considerar que el primero es requisito previo de cualquier interpretación; el segundo, de la interpretación jurídica. Pero conviene subrayar como, a pesar de la relevancia de la literalidad, no se trata de un límite absoluto, al menos cuando proyectamos nuestro razonamiento en el ámbito de 1 Este papel se enmarca dentro del Proyecto Consolider-Ingenio 2010 El tiempo de los derechos. CSD
3 normas no constitucionales. En ese ámbito, el criterio de la literalidad puede ser finalmente abandonado tomando como referencia, por ejemplo, fines y valores constitucionales. Es común afirmar que la interpretación de las normas de derechos fundamentales difiere, en algunos aspectos, de la interpretación del resto de las normas. Existen al menos cuatro argumentos que individualizan esta interpretación al actuar conjuntamente. El primero de ellos tiene que ver con la propia naturaleza de los derechos; el segundo con la situación en el Ordenamiento; el tercero con su indeterminación; el cuarto con el conflicto. El argumento de la naturaleza se refiere a la triple dimensión presente en los derechos y, por consiguiente, en la interpretación del significado de las normas que los reconocen. En este sentido, los derechos son instrumentos que poseen una justificación ética, que desempeñan una función política y que se presentan como los criterios de validez material de los Ordenamientos jurídicos que los reconocen. Y esto hace que esas tres dimensiones estén siempre presentes en su interpretación, lo que imposibilita la descripción de esta tarea exclusivamente desde una de esas dimensiones considerada de forma aislada. El argumento de la situación se refiere a la posición jerárquica de las normas de derechos fundamentales en los Ordenamientos jurídicos. Las normas de derechos fundamentales se encuentran en los sistemas jurídicos en su norma básica, esto es en la Constitución. Y este hecho condiciona su interpretación ya que, a diferencia de lo que ocurre con el resto de las normas, no se posee un marco normativo limitador de los significados posibles. Dicho de otra forma, así como en la interpretación jurídica de las normas en general el intérprete posee siempre un marco normativo de referencia representado por la Constitución, la interpretación de las normas constitucionales carece de dicho marco. El argumento de la indeterminación se refiere a la vaguedad presente en las normas de derechos fundamentales. Tradicionalmente, este argumento se funda en la consideración de estas normas como principios y no como reglas. Como es sabido existen, al menos, dos teorías sobre los principios; la fuerte y la débil. La primera de las teorías implica afirmar que es posible encontrar una única respuesta correcta en la aplicación de los principios mientras que la segunda señala como esto no es posible. En este sentido, ambas difieren en el alcance y las consecuencias de la indeterminación de los principios. Y, en este punto, también es conocida la existencia de tres posturas ante la indeterminación; la del noble sueño, la de la vigilia y la de la pesadilla. 2
4 La posición representada por el noble sueño es una posición que difícilmente puede dar cuenta de la realidad jurídica y que participa de los problemas tradicionales de las posiciones iusnaturalistas. Las otras dos posiciones ponen de manifiesto, en relación con los criterios interpretativos, la existencia de problemas con la utilización de las dos herramientas que señalé como básicas en el ámbito de la interpretación jurídica en general, esto es, con el criterio literal y con el sistemático. Con ello, cobran fuerza, con diferentes denominaciones y variantes, los criterios de la historia, de la realidad social, y del espíritu y finalidad. En efecto, tanto el criterio de interpretación literal como el sistemático, presentan dificultades en la interpretación de las normas de derechos fundamentales. Esta interpretación debe basarse en el resto de criterios lo que unido a la naturaleza de los derechos, tiene como consecuencia la apertura a consideraciones extrajurídicas. La decisión interpretativa es así una toma de postura que tiene tras de sí componentes éticos y políticos, lo que complica de alguna manera la consideración de cuando es válida dicha decisión. El argumento del conflicto se refiere al resultado de cualquier interpretación de los derechos. Así, este argumento parte de la consideración del conflicto como situación siempre presente al abordar el desarrollo interpretativo de los derechos. Con él se da cuenta de cómo, toda interpretación de un derecho puede afectar y se ve afectada por la del resto de los derechos y de otros bienes constitucionales. Obviamente, la solución del conflicto se vería facilitada si existiera una jerarquización entre los derechos. Sin embargo, y aunque existan argumentos ideológicos o tomados del régimen jurídico de los derechos que se pronuncian por la mayor relevancia de unos en detrimento de otros, no es posible determinar de manera definitiva dicha prevalencia. En todo caso, la existencia de conflictos entre derechos permite diferenciar dos categorías de éstos dependiendo de la manera en la que se soluciona el conflicto. Así, es posible hablar de derechos ponderables y de derechos imponderables. Los derechos ponderables son aquellos que al entrar en conflicto éste puede ser solucionado sopesando el peso y alcance de los derechos, esto es, a través principalmente de la ponderación. Normalmente, los derechos individuales son ponderables. Los derechos imponderables son los que al entrar en conflicto este no puede ser solucionado a través de la ponderación. La solución de un conflicto en el que participa un derecho imponderable conlleva bien la satisfacción de ese derecho bien su insatisfacción. Habitualmente, los derechos sociales son derechos imponderables. 3
5 Con independencia de lo anterior, los rasgos de las normas de derechos fundamentales que hemos señalado a través de los cuatro argumentos anteriores, llaman la atención sobre la importancia que posee el órgano competente y, con ello, las razones que determinan el por qué de la competencia (más allá de la norma habilitadora). Dicho de otra forma, a la vista de las consideraciones anteriores, la cuestión de la legitimidad del intérprete es un aspecto fundamental en el análisis de la interpretación de los derechos fundamentales. Y en lo referente a la legitimidad, como esa sabido, nos encontramos con dos grandes criterios posibles que pueden ser identificados como el criterio del interés y el de la imparcialidad, que plantean la tensión entre Parlamento y Juez. En términos genéricos, la utilización de estos criterios supone defender que la garantía e interpretación última de normas de derechos de carácter determinado debe estar en manos de los jueces, mientras que la garantía e interpretación última de normas de derechos de carácter indeterminado debe quedar en manos del Parlamento. Por último, teniendo en cuenta el que las normas de derechos se refieren a pretensiones, exigencias y necesidades que deben ser satisfechas, destacaré dos dimensiones siempre presentes en este tipo de normas y que denominaré como la dimensión del contenido y la dimensión de las medidas. La dimensión del contenido se corresponde con la pretensión, exigencia o necesidad a las que alude el derecho; la dimensión de las medidas se corresponde con aquellas prácticas que deben realizarse para llevar a buen término el contenido del derecho. Estas prácticas o medidas, pueden de una manera general, reconducirse a dos grandes tipos que denominaré como medidas de protección y medidas de promoción. Las primeras tienen como finalidad restringir aquellas actuaciones que entorpecen el contenido del derecho en cuestión y son básicamente medidas que limitan el comportamiento de terceros. Estas medidas son fáciles de garantizar ya que implican una abstención. Las segundas tienen como finalidad programar actuaciones que favorecen el contenido del derecho en cuestión y son básicamente medidas que fomentan el comportamiento de terceros. Se trata de medidas más difíciles de garantizar ya que la norma no precisa el comportamiento positivo. De esta forma, y adoptando la referencia de la determinación e indeterminación, puede afirmarse que las medidas de protección son determinadas mientras que las medidas de promoción son indeterminadas. 4
6 Pues bien, tomando como referencia la distinción entre contenido y medidas, y a la vista de las conclusiones alcanzadas sobre la interpretación de los derechos, nos podemos encontrar con cuatro posibles situaciones: a) Interpretación de derechos con un contenido determinado. En estos casos, la interpretación debe ajustarse a ese contenido, con lo que su garantía debe quedar en manos de un órgano que fundamente su legitimidad en la imparcialidad. b) Interpretación de derechos con un contenido indeterminado. En estos casos, la interpretación posee dimensiones amplias de discrecionalidad, con lo que su garantía debe quedar en manos de un órgano que fundamente su legitimidad en su naturaleza democrática. c) Interpretación de derechos con unas medidas determinadas. En estos casos, la interpretación debe ajustarse a esas medidas, con lo que su garantía debe quedar en manos de un órgano que fundamente su legitimidad en la imparcialidad. d) Interpretación de derechos con unas medidas indeterminadas. En estos casos, la interpretación posee dimensiones amplias de discrecionalidad, con lo que su garantía debe quedar en manos de un órgano que fundamente su legitimidad en su naturaleza democrática. Pues bien, teniendo en cuenta las reflexiones efectuadas en el punto anterior, es posible establecer alguna diferencia entre la interpretación de los derechos sociales y la del resto de los derechos. En efecto, en el punto anterior señalaba como aspecto relevante de la interpretación de los derechos, el de su relativa indeterminación. Pues bien, tomando como referencia ese rasgo de la interpretación de los derechos en general, es posible afirmar como, desde el punto de vista del contenido, la interpretación de los derechos sociales es menos indeterminada que la del resto de derechos, pero que, sin embargo, la interpretación de las medidas destinadas a la satisfacción de ese contenido, presenta un ámbito de indeterminación mayor. La distinción entre contenido y medidas, a la hora de interpretar los derechos en general, y los derechos sociales en particular, pone de manifiesto como, cuando se habla de la vaguedad de los derechos sociales, a lo que se está haciendo alusión es más bien a las medidas y no a su contenido. Por el contrario, es posible afirmar como existen diferentes maneras de lograr la satisfacción de esos derechos, es decir, su contenido puede lograrse mediante diferentes medidas. En este sentido, la cuestión de qué medidas se enfrentan a los derechos y qué medidas no, es una cuestión más difícil de resolver. 5
7 La consecuencia es que es más fácil establecer cuando una interpretación es contraria al contenido del derecho social. Pero como tanto contenido como medidas forman parte de la norma de derechos fundamentales, y permiten lograr la efectividad de un derecho, eso hace que lo más relevante y problemático sea la cuestión de las medidas. Tradicionalmente se ha considerado que estos derechos necesitan de la acción del Parlamento y que, por tanto, hasta ese momento no pueden ser objeto de control judicial. Incluso, se considera que en su determinación, un papel importante debe ser llevado por el Gobierno. Todo ello limita enormemente la intervención judicial en la protección de estos derechos, ya que puede suponer suplantar al legislador e invadir potestades presupuestarias necesarias para la acción política. Algunas regulaciones jurídicas, como la Constitución española, favorecen esta interpretación. Sin embargo, y desde las consideraciones realizadas, creo que es posible diferenciar entre dos tipos de situaciones o, si se prefiere, entre dos posibles vulneraciones de estos derechos. Por un lado la que implica una clara vulneración de su contenido u objeto (que puede ser realizada incluso por el Parlamento) y la que implica una forma de alcanzar ese contenido u objeto. La primera de las situaciones, que puede producirse tanto por actividad como por inactividad, debe ser examinada por un órgano de naturaleza judicial. Por el contrario, la segunda, debe quedar en manos de un órgano de naturaleza parlamentaria. 6
Los derechos y la argumentación judicial
Universidad Carlos III de Madrid Repositorio institucional e-archivo Área de Filosofía del Derecho http://e-archivo.uc3m.es DDIEFD - FIL - Artículos de Revistas 2004 Los derechos y la argumentación judicial
DERECHO CONSTITUCIONAL. Profesor: LUIS A. MARILL DEL ÁGUILA
DERECHO CONSTITUCIONAL Profesor: LUIS A. MARILL DEL ÁGUILA PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Supremacía de la Constitución Separación de Poderes Inmutabilidad Democrática Supremacía de la Constitución Definición
TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA. José Enrique Sotomayor Trelles
TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA José Enrique Sotomayor Trelles Teoría de la argumentación jurídica LA TAJ es el análisis teórico de los procesos argumentativos en el Derecho (Alfonso García Figueroa)
EL CONCEPTO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. La perspectiva dualista
EL CONCEPTO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES La perspectiva dualista El fundamento responde al por qué de los derechos humanos y se sitúa como una pretensión moral justificada. Se ve complementada por el
Cómo se interpretan las leyes fiscales?
9 Cómo se interpretan las leyes fiscales? Cómo se interpretan las leyes fiscales? Índice I. II. III. IV. V. Introducción Interpretación de normas jurídicas Métodos de interpretación Interpretación de
ESCUDERO ALDAY, Rafael y GARCÍA AÑÓN, José
ESCUDERO ALDAY, Rafael y GARCÍA AÑÓN, José, Cómo se hace un trabajo de investigación en Derecho, Catarata, Madrid, 2013, ISBN 978-84-8319-865-0, 141 pp. El título del libro que recensionamos es suficientemente
CONTENIDO E INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION PR. DR. JUAN J. BONILLA SÁNCHEZ
CONTENIDO E INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION PR. DR. JUAN J. BONILLA SÁNCHEZ CONTENIDO DE LA CONSTITUCIÓN El constituyente tiene que resolver tres problemas en la Constitución: *ordenar políticamente
LA ACTIVIDAD JUDICIAL: PROBLEMAS INTERPRETATIVOS Marina Gascón Abellán
LA ACTIVIDAD JUDICIAL: PROBLEMAS INTERPRETATIVOS Marina Gascón Abellán CURSO: TÉCNICAS DE ARGUMENTACIÓN, INTERPRETACIÓN Y MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES. MIGUEL PUENTE HARADA LA ACTIVIDAD JUDICIAL: PROBLEMAS
El poder judicial en el estado legislativo de derecho (ELD). El poder judicial en el estado constitucional de derecho (ECD).
El poder judicial en el estado legislativo de derecho (ELD). El poder judicial en el estado constitucional de derecho (ECD). Organizaciones y Teoría de la Decisión - Año 2011 El poder judicial en el estado
Constitución, democracia y control
MANUEL ARAGÓN Constitución, democracia y control UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSTITUCIÓN, DEMOCRACIA Y CONTROL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS Serie DOCTRINA JURÍDICA, Núm. 88 Cuidado
Interpretación y Argumentación Jurídica. Sesión 5: Métodos de Interpretación
Interpretación y Argumentación Jurídica Sesión 5: Métodos de Interpretación Contextualización En esta sesión se presentarán métodos de interpretación con el fin de usar uno o varios dependiendo sea el
Argumentación jurídica y método jurídico
Argumentación jurídica y método jurídico El objetivo fundamental del método jurídico es la racionalidad de las soluciones jurídicas. El método jurídico debe ser concebido como la actividad de justificar
El eje de la accesibilidad Rafael de Asís
El eje de la accesibilidad Rafael de Asís 1. El significado del eje de la accesibilidad universal 2. El eje de la accesibilidad y los derechos. 3. La cuestión de los límites en el eje de la accesibilidad.
Sesión 48: Interpretación de las normas jurídicas
Asignatura: Introducción al Derecho Unidad 3: Las fuentes del Derecho Tema 23: Interpretación de las normas jurídicas Sesión 48: Interpretación de las normas jurídicas 1. Nociones Preliminares La interpretación
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANINDEYÚ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO CÁTEDRA DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANINDEYÚ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO CÁTEDRA DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA Guía de lectura Unidad I Primera Parte 1. Define lo que se entiende por la
ANTECEDENTES. "Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas: (... )
Sc. Comisión Consultiva. GK/. Recomendación 8/2008, de 13 de mayo, sobre los convenios de colaboración con las entidades públicas y personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, en especial
LAS ACTIVIDADES SUJETAS A COMUNICACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE. MARCO NORMATIVO Y NOVEDADES EN SU REGULACIÓN
LAS ACTIVIDADES SUJETAS A COMUNICACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE. MARCO NORMATIVO Y NOVEDADES EN SU REGULACIÓN CURSO SOBRE VERIFICACIÓN Y CONTROL DE ACTIVIDADES COMUNICADAS Diputación de Barcelona Dr.
Interpretación y Argumentación Jurídica
Interpretación y Argumentación Jurídica INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1 Sesión No. 5 Nombre: Métodos de Interpretación Contextualización La presente sesión presentará una compilación de los métodos
Los derechos y la argumentación judicial 1
Rafael de Asís Roig * Los derechos y la argumentación judicial 1 Sumario: I. INTRODUCCIÓN. II. LOS DERECHOS EN LA ARGUMENTACIÓN JUDICIAL. 2.1. Perspectiva de validez. 2.2. Perspectiva de corrección. III.
JUSTIFICACION DE LAS DECISIONES JUDICIALES
JUSTIFICACION DE LAS DECISIONES JUDICIALES Según Robert S. Summers Atienza, Manuel. LAS RAZONES DEL DERECHO. Teorías de la Argumentación Jurídica. UNAM. México. 2008 Robert S. Summers es licenciado en
ÍNDICE PRIMERA PARTE METODOLOGÍA JURÍDICA
ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 15 PRIMERA PARTE METODOLOGÍA JURÍDICA INTRODUCCIÓN... 21 CAPÍTULO I. LA APLICACIÓN DEL DERECHO. CASOS FÁCILES, CASOS DIFÍCILES Y JUSTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA... 25 1. INTRODUCCIÓN...
persona para reclamar ante los órganos de derechos de que es titular.
Tutela judicial efectiva y tutela constitucional Guatemala, 2016 Concepto Derecho fundamental que asiste it a toda persona para reclamar ante los órganos de la jurisdicción, ió la protección de los derechos
María del Carmen BARRANCO AVILÉS, Derechos y decisiones interpretativas, Marcial Pons, Madrid, 2004, 158 pp.
María del Carmen BARRANCO AVILÉS, Derechos y decisiones interpretativas, Marcial Pons, Madrid, 2004, 158 pp. PATRICIA CUENCA GÓMEZ Universidad Carlos III de Madrid PALABRAS CLAVE: interpretación jurídica,
Cuestiones Constitucionales, El concepto de facultades del Senado en materia de relaciones exteriores
Cuestiones Constitucionales, El concepto de facultades del Senado en materia de relaciones exteriores José Ramón Cossío D. / Gabriela Rodríguez Huerta Profesores del Departamento de Derecho del itam. En
TEMA I... 1 CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 I. CONCEPTO DE DERECHO PENAL DERECHO PENAL OBJETIVO DERECHO PENAL SUBJETIVO... 2 II.
ÍNDICE TEMA I... 1 CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 I. CONCEPTO DE DERECHO PENAL... 1 1. DERECHO PENAL OBJETIVO... 1 2. DERECHO PENAL SUBJETIVO... 2 II. CONTENIDO... 2 1. CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS...
SOBRE EL CONCEPTO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
SOBRE EL CONCEPTO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL Rafael de Asís Roig Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas, UC3M No cabe duda de que el concepto de accesibilidad es un concepto clave en materia
INTERPRETACIÓN DE LA LEY LECCIÓN 1 LA INTERPRETACIÓN
INTERPRETACIÓN DE LA LEY LECCIÓN 1 LA INTERPRETACIÓN INTERPRETACIÓN Puede denotar una actividad o el resultado o producto de esa actividad PRODUCTO/PROCESO El producto del proceso de interpretación es
INTERPRETACIÓN EN MATERIA ELECTORAL
INTERPRETACIÓN EN MATERIA ELECTORAL BLANCA BELEM MEJÍA GODÍNEZ Un texto requiere interpretación cuando su significado es oscuro o discutible, cuando se duda sobre si es aplicable o no a un determinado
Introducción al Estudio del Derecho
Introducción al Estudio del Derecho 1 Sesión No. 11 Nombre: Teoría de la decisión judicial Contextualización Las decisiones que toman los juzgadores tienen la finalidad de dirimir controversias que se
El Poder Judicial.
El Poder Judicial. www.fernocas.com 301.- Qué Título de la Constitución española de 1978 está dedicado a la regulación del Poder Judicial? a) El Título II. b) El Título III. c) El Título IV. d) El Título
El artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos tras la reforma del artículo 50.1.b) LOTC
El artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos tras la reforma del artículo 50.1.b) LOTC Autor Manuel Sánchez Bercedo I Durante los últimos años es notorio el problema de colapso y acumulación
LA LEY. -Concepto de ley -Procedimiento legislativo. -Las leyes orgánicas -Posición de la ley: -Común -Especiales
LA LEY -Concepto de ley -Procedimiento legislativo -Común -Especiales -Las leyes orgánicas -Posición de la ley: -Privilegio jurisdiccional -Presunción de legitimidad constitucional -Fuerza de ley -Reserva
ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19
ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 CAPITULO 2: EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL DERECHO PENAL 27 CAPITULO 3: EL PRINCIPIO
DERECHO ADMINISTRATIVO I
DERECHO ADMINISTRATIVO I http:webdelprofesor.ula.ve/economia economia/fremoba 1 Principio de legalidad y sus implicaciones a) Es considerado la columna vertebral del derecho administrativo. b) Presenta
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUYO CARRERA: MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUYO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES CARRERA: MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO PROFESOR RESPONSABLE: DRA. ROMINA V. VELAZQUEZ PEREYRA
Gabinete Jurídico. Informe 0006/2010
Informe 0006/2010 La consulta plantea si resulta posible, a la luz de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, ceder los datos contenidos
Taller: Herramientas jurídicas para el procesamiento penal de violaciones de derechos humanos. Tema 1: Derecho Penal Constitucional - Parte
Taller: Herramientas jurídicas para el procesamiento penal de violaciones de derechos humanos Tema 1: Derecho Penal Constitucional - Parte General Profesor de Derecho Constitucional - PUCP Lima, 8 de mayo
LISTADO DE PREGUNTAS BÁSICAS PARA LA ASIGNATURA DERECHO ADMINISTRATIVO I
LISTADO DE PREGUNTAS BÁSICAS PARA LA ASIGNATURA DERECHO ADMINISTRATIVO I En el presente listado figuran las preguntas básicas correspondientes a la asignatura Derecho Administrativo I, impartida en las
DERECHO PROCESAL CIVIL
DERECHO PROCESAL CIVIL CONCEPTOS BÁSICOS, B PRINCIPIOS Y TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Dr. Pablo Díaz D Piscoya RELACIÓN N PROCESAL: SU VALIDEZ A B CONFLICTO DE INTERESES CON RELEVANCIA JURÍDICA Autotutela
Interpretación y Argumentación Jurídica
Interpretación y Argumentación Jurídica INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1 Sesión No. 12 Nombre: Modelos de Argumentación Jurídica Contextualización A lo largo de toda la asignatura se ha podido
Expte. DI-1323/ I.- Antecedentes
Expte. DI-1323/2009-4 DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN Edificio Pignatelli. María Agustín, 36 50071 Zaragoza ZARAGOZA 16 de diciembre de 2009 I.- Antecedentes Primero.- Con fecha
Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta
Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta Punto de partida Jurisprudencia Qué se entiende por Jurisprudencia Concepto amplio: Arte
Las normas de la OIT: Presentación general. Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos
Las normas de la OIT: Presentación general Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos beaudonnet@oit.org.pe Origen institucional de las NIT de carácter multilateral Naciones Unidas Organización
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO POR EL CUAL SE ADICIONA UN ARTICULO A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. El Congreso de Colombia DECRETA:
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO POR EL CUAL SE ADICIONA UN ARTICULO A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA El Congreso de Colombia DECRETA: Articulo 1. Adiciónese a La Constitución Política el siguiente artículo. Artículo
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 18 de abril pasado, registrado de entrada en Diputación el día 25 del mismo mes, solicita del Departamento de Asistencia a Municipios
- Contratos de obras de importe igual o superior a Ptas. - Contratos de suministro de importe igual o superior a Ptas.
Informe 23/00,, de 6 de julio de 2000. "Publicidad en el Diario io Oficial de las Comuni munidad dades Europeas.. Umbral ales aplicabl ables a contratos de las Comu munida nidade des Autónom nomas". ANTE
INTERPRETACIÓN JURÍDICA Y TEORÍA DEL DERECHO
INTERPRETACIÓN JURÍDICA Y TEORÍA DEL DERECHO ISABEL LIFANTE VIDAL (Editora) Profesora Titular de Filosofía del Derecho Universidad de Alicante (España) INTERPRETACIÓN JURÍDICA Y TEORÍA DEL DERECHO Palestra
SISTEMA DEDUCTIVO Y SISTEMA INTERPRETATIVO
SISTEMA DEDUCTIVO Y SISTEMA INTERPRETATIVO Eugenio Bulygin* I E n un relativamente reciente y, por cierto, muy interesante trabajo Cristina Redondo analiza y compara dos concepciones de la estructura del
Lección impartida por el Prof. Dr. Marcos Francisco Massó Garrote, Titular de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de
Lección impartida por el Prof. Dr. Marcos Francisco Massó Garrote, Titular de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de Albacete. El derecho no solo está compuesto de reglas sino
VALORES SUPERIORES E INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
A FRANCISCO JAVIER DÍAZ REVORIO VALORES SUPERIORES E INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL Prólogo de EDUARDO ESPÍN TEMPLADO CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES Madrid, 1997 Prólogo, por Eduardo Espín
ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES
EL ESTADO ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES Presenta: Lic. Efraín E. Reyes Romero Asignatura: Análisis Institucional Estado La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público
CAPÍTULO I. LO QUE NO ES ESTADO DE DERECHO
ÍNDICE Págs. AGRADECIMIENTOS... 15 PRÓLOGO... 19 PRESENTACIÓN... 27 CAPÍTULO I. LO QUE NO ES ESTADO DE DERECHO... 39 1. ESTADO DE DERECHO Y MEMORIA HISTÓRICA.. 40 1.1. Fascismo y Estado totalitario: crítica
Derecho Constitucional I
Derecho Constitucional I Objetivos generales: 1. El programa a desarrollar en la materia Derecho Constitucional I tiene como finalidad iniciar a los alumnos de primer año de la carrera de Derecho en el
CONSEJO CONSULTIVO DE JUECES EUROPEOS (CCJE) INFORME N.º 2 (2001) DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LOS JUECES EUROPEOS (CCJE)
Estrasburgo, 23 de noviembre de 2001 [ccje/doc2001/ccje(2001)op n. 1f] CCJE (2001) OP N. 2 CONSEJO CONSULTIVO DE JUECES EUROPEOS (CCJE) INFORME N.º 2 (2001) DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LOS JUECES EUROPEOS
Accesibilidad y ajustes razonables como ejes de los derechos de las personas con discapacidad
Accesibilidad y ajustes razonables como ejes de los derechos de las personas con discapacidad Rafael de Asís rafael.asis@uc3m.es @Rarfid Congreso Derecho y Discapacidad Elche 2017 EL EJE DE LA ACCESIBILIDAD
Gabinete Jurídico. Informe 0343/2009
Informe 0343/2009 La consulta plantea qué información puede ser objeto de comunicación a la Junta de Personal, respetando lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos
UN PROYECTO INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIO A TODA LA MODERNA NORMATIVA EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
UN PROYECTO INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIO A TODA LA MODERNA NORMATIVA EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Comentario al proyecto de Ley del Diputado del PRO Julián Obiglio que pretende regular la participación
El Tribunal Constitucional alemán y la Unión Europea una relación entre soberanos y la solución de ambigüedades
El Tribunal Constitucional alemán y la Unión Europea una relación entre soberanos y la solución de ambigüedades Matthias Hartwig * Barcelona, Universitat Pompeu Fabra, 27/28 de Noviembre de 2008 1. La
PRINICIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO II PRINICIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Antes de comenzar con el estudio de los principios del procedimiento administrativo, tal cual los clasifica la doctrina que nosotros seguimos, debemos
I. RESUMEN. 1 II. INTRODUCCIÓN.. 2 III. MARCO TEÓRICO. 7 CAPÍTULO I EL ESTADO Y LA REALIDAD NACIONAL 1. EL ESTADO. UN ENSAYO DE DEFINICIÓN...
I. RESUMEN. 1 II. INTRODUCCIÓN.. 2 III. MARCO TEÓRICO. 7 CAPÍTULO I EL ESTADO Y LA REALIDAD NACIONAL 1. EL ESTADO. UN ENSAYO DE DEFINICIÓN... 10 1. Los elementos tradicionales del Estado.. 11 1.1. El poder
Introducción al Estudio del Derecho
Introducción al Estudio del Derecho 1 Sesión No. 6 Nombre: Los conceptos básicos del derecho (segunda parte) Contextualización El estudio del Derecho requiere el conocimiento y dominio de algunos conceptos
INTRODUCCION AL DERECHO.-
Formal Acepciones Material Histórico M. Sc. Freddy Mora Bastidas / Profesor - Investigador (FACES - FACIJUP) ULA / Abogado litigante 1 Legislación: Modo de formación de ciertas normas: Ley. Constituye
MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO CONSTITUCIONAL CRONOGRAMA DE DOCENCIA
MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO CONSTITUCIONAL Departamento de Derecho Constitucional, Ciencia Política y de la Administración Universitat de València Año académico 2016-2017 CRONOGRAMA DE DOCENCIA MATERIA
Los derechos fundamentales y la Constitución. Vanessa Tassara Zevallos
Los derechos fundamentales y la Constitución Vanessa Tassara Zevallos El Estado Constitucional de Derecho La Constitución es norma jurídica suprema (1) Fuerza normativa de la Constitución (2) Rematerialización
VII. Interpretación constitucional El criterio subjetivo: la ley y la Constitución. como normas jurídicas... 61
VII. Interpretación constitucional....... 59 1.Criterio objetivo: la ley y la Constitución como normas jurídicas...... 61 2.El criterio subjetivo: la ley y la Constitución desde la perspectiva de su intérprete..................
TEMARIO NORMATIVA GENERAL TEMARIO NORMATIVA SANITARIA COMÚN
OPE VALENCIA 2017 TEMARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO OPOSICIONES COMUNIDAD VALENCIANA TEMARIO NORMATIVA GENERAL Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales,
DERECHO ADMINISTRATIVO I
DERECHO ADMINISTRATIVO I http:webdelprofesor.ula.ve/economia economia/fremoba 1 Procedimiento Administrativo: Delimitación n de conceptos Proceso Judicial Procedimiento Administrativo 1) Sede Judicial
REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
MINISTERIO DE JUSTICIA REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 1 OBJETIVOS 2 MEJORAS PROCESALES 3 RECURSOS Y CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD 4 ORGANIZACIÓN DEL TC 1 Objetivos Facilitar
Capítulo IX. Formas de Estado y de Gobierno
Capítulo IX. Formas de Estado y de Gobierno 9.1. Formas de Estado Existen formas simples y compuestas dependiendo esto del Estado en que se ubiquen. En las formas de Estado simple un sólo Estado ejercita
Acepciones de la palabra Derecho. La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son:
Acepciones de la palabra Derecho La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son: Derecho Objetivo y sus diversas ramas El Derecho Objetivo es el conjunto
I.- LA PRÁCTICA EXISTENTE EN LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES
I.- LA PRÁCTICA EXISTENTE EN LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES La manera de proceder en buena parte de las Comunidades Autónomas es sustancialmente similar: Los denominados Conciertos de servicios
Diapositivas N 02: El Constitucionalismo - Segunda parte
Formación profesional: From the SelectedWorks of Prof. David Aníbal Ortiz Gaspar. Winter April 1, 2015 Diapositivas N 02: El Constitucionalismo - Segunda parte David A Ortiz, Gaspar, Universidad de San
BASES. AUXILIAR ADMINISTRATIVO-GRUPO V: Titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
BASES PRIMERA: Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en las puebas selectivas, los interesados deberán reunir los requisitos generales para el acceso a la función pública, más las titulaciones
EL RAZONAMIENTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES EL RAZONAMIENTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES
EL RAZONAMIENTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES EL RAZONAMIENTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES 1 JUAN IGARTUA SALAVERRÍA 2 EL RAZONAMIENTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES JUAN IGARTUA SALAVERRÍA Catedrático
Realismo Escandinavo
Realismo Escandinavo Para este realismo la base del conocimiento se encuentra en la experiencia, se conoce un objeto observándolo, se parte de la observación de objetos concretos para llegar a leyes generales
Sesión 41: Fuentes del Derecho
Asignatura: Introducción al Derecho Unidad III: Fuentes del Derecho Tema 17: Fuentes del Derecho Sesión 41: Fuentes del Derecho Generalidades: La palabra fuente la usamos todos a diario. En su más correcta
Incompatibilidad de Concejal para su contratación temporal. 247/12
ASUNTO: ORGANIZACIÓN/INCOMPATIBILIDAD Incompatibilidad de Concejal para su contratación temporal. 247/12 FC ************ INFORME I. HECHOS.ANTECEDENTES Por el Ayuntamiento de Referencia se nos plantea
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES CURSO DE INTERPRETACION Y ARGUMENTACION JURIDICA CICLO II-2012 PROGRAMA OBJETIVOS
LA LEY CATALANA DE CONSULTAS POPULARES POR VÍA DE REFERÉNDUM 1
LA LEY CATALANA DE CONSULTAS POPULARES POR VÍA DE REFERÉNDUM 1 ESTHER MARTÍN Profesora Titular de Derecho Constitucional Universidad de Barcelona 1 INTRODUCCIÓN 1 Este trabajo se enmarca en las actividades
Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL
Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL Cátedra del profesor Carlos Künsemüller L. Ayudante Andrés Valenzuela Donoso. Nota: estos apuntes fueron
SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO DE MANUEL SEGURA
SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO DE MANUEL SEGURA Ramón Ortega* M anuel Segura Ortega ha sido profesor titular de filosofía del derecho en la Universidad de Santiago de Compostela durante los últimos
DERECHO ESPAÑOL. 3. Leyes Estatales y Leyes Autonómicas / Disposiciones del Gobierno con Fuerza de Ley. (Decretos Leyes y Decretos Legislativos)
DERECHO ESPAÑOL El Ordenamiento Jurídico Español En el sistema jurídico español, las fuentes formales del Derecho, son las que reconoce expresamente la propia Constitución y se manifiestan y desenvuelven
Los derechos humanos. accionar de la Administración. Martín n Risso Ferrand Noviembre de 2011
Los derechos humanos como guía a y como límite l al accionar de la Administración Martín n Risso Ferrand Noviembre de 2011 Plan Enfoque Nuevos paradigmas jurídicos Cultura jurídica Herramientas para el
Revocación por asistencia presencial a la Junta General de Accionistas
IX. DISPOSICIONES COMUNES A LA REPRESENTACIÓN Y AL VOTO A DISTANCIA IX.1 Verificación La validez tanto de la representación conferida como del voto a distancia emitido mediante correspondencia postal o
Derecho Constitucional. Sesión 9: Tribunales Judiciales Federales y Competencia del Poder Judicial de la Federación
Derecho Constitucional Sesión 9: Tribunales Judiciales Federales y Competencia del Poder Judicial de la Federación Contextualización En sesiones anteriores hemos podido observar la separación de poderes
Escenarios de Participación de las Entidades Territoriales en la Actividad Minera: Interpretación y Aplicación del Fallo C-273 de 2016
Escenarios de Participación de las Entidades Territoriales en la Actividad Minera: Interpretación y Aplicación del Fallo C-273 de 2016 Milton Fernando Montoya Director de Investigaciones Departamento de
(Gaceta Oficial Nº del 3 de diciembre de 2009) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SALA PLENA
CATEGORÍA: Acuerdo NOMBRE: Acuerdo mediante el cual se dictan las orientaciones sobre los criterios que deben ponderar los Jueces y Juezas de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
SABERES DECLARATIVOS PROPÓSITOS
ASIGNATURA: GRADO: BLOQUE SABERES DECLARATIVOS PROPÓSITOS Ética I Primer Semestre, Bachillerato I. Identifica a la ética como disciplina filosófica y reconoce las diferentes teorías morales a lo largo
Criterios técnicos-normativos del INVASSAT. Equipos de trabajo: Condiciones de adaptación y utilización.
Criterios técnicos-normativos del INVASSAT Equipos de trabajo: Condiciones de adaptación y utilización. octubre 2016 Asunto: Fecha: Octubre 2016 EQUIPOS DE TRABAJO: CONDICIONES DE ADAPTACIÓN Y UTILIZACIÓN
El Juez del Siglo XXI: más justo, más humano, más cercano
El Juez del Siglo XXI: más justo, más humano, más cercano Una visión desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos Soledad Villagra Principio de independencia de judicatura Basado en sistema de
ÍNDICE SISTEMáTICO. AGRADECIMIENTOS... 9 PRÓLOGO PREFACIO ABREVIATURAS PARTE I RéGIMEN VIGENTE DEL RECURSO DE AMPARO
ÍNDICE SISTEMáTICO AGRADECIMIENTOS... 9 PRÓLOGO... 11 PREFACIO... 31 ABREVIATURAS... 45 PARTE I RéGIMEN VIGENTE DEL RECURSO DE AMPARO 1. CONCEPTO, NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS... 49 2. ÁMBITO DEL RECURSO
Máster Avanzado en Ciencias Jurídicas Asignatura: Argumentación y técnicas de interpretación jurídica
Máster Avanzado en Ciencias Jurídicas 2014-2015 Asignatura: Argumentación y técnicas de interpretación jurídica Profesor: Josep Maria Vilajosana Horas de oficina: lunes, 15.00 a 16.00, despacho 40.053
La jurisprudencia del TJUE en materia de discriminación por razón de edad
La jurisprudencia del TJUE en materia de discriminación por razón de edad ERA. 5 de mayo de 2016 Rafael Bustos Gisbert Profesor de Derecho UE y Constitucional Escuela Judicial. España Índice 1. Contexto
Formación en materia de seguridad y salud en la construcción
SECRETARÍA GENERAL DE EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN NORMATIVA O F I C I O S/REF: N/REF: DGT-SGON-592GG FECHA: 16 de junio de 2009 ASUNTO: Formación en materia de
DICTAMEN 104/2011. (Pleno)
DICTAMEN 104/2011 (Pleno) La Laguna, a 15 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias en relación con la Proposición de Ley por la que se propone la
I.- INTRODUCCIÓN II.- NECESIDAD DE LA NORMA
MEMORIA JUSTIFICATIVA Y ECONOMICA RELATIVA AL PROYECTO DE DECRETO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN POR EL QUE SE CONSTITUYE EL CONSEJO ARAGONES DE SALUD PÚBLICA. I.- INTRODUCCIÓN La presente memoria se elabora en
CINCO OBSERVACIONES SOBRE VALIDEZ Y DEROGACIÓN
CINCO OBSERVACIONES SOBRE VALIDEZ Y DEROGACIÓN Riccardo Guastini Universidad de Génova I. Sobre validez y aplicabilidad Claudina ORUNESU, Jorge RODRÍGUEZ y Germán SUCAR (de ahora en adelante OR&S) se preguntan
ANTECEDENTES. 4. Desde que fue traspasado a la Comunidad de Madrid, TIVE se ha encuadrado en la estructura de la Dirección General de Juventud.
INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE 20 DE OCTUBRE DE 2008. CONSULTA. INGRESOS PÚBLICOS. EXAMEN DE LA NATURALEZA JURÍDICA DEL TIVE Y DEL CONTROL DE LAS OPERACIONES ECONÓMICAS
ÉTICA EN LA GESTIÓN PÚBLICA
ÉTICA EN LA GESTIÓN PÚBLICA PROGRAMA SECIGRA DERECHO 2017 Abog. Mario Farfán Carrillo Es deber de los gobernantes formar a los ciudadanos en la virtud y habituarles a ella. Aristóteles CÓMO DEBEMOS ENTENDER
Argumentación y redacción Jurídica Clave 24 Periodo lectivo
Asignatura Argumentación y redacción Jurídica Clave 24 Periodo lectivo Cuarto Requisitos Ninguno Nivel Licenciatura Carácter Obligatoria Horas por semana Cinco Horas por curso Ochenta y cinco OBJETIVO