Jubilados y Retirados
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- Francisco Javier Vega Prado
- hace 8 años
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1 Objetivo Generar el marco de referencia para el sector que permita estandarizar criterios para asegurar en un Seguro de Vida a grupos o individuos Jubilados, Retirados y/o Pensionados por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (de acuerdo con la ley del IMSS, ISSSTE o ISSFAM) que salen de un grupo de activos asegurados. Definiciones Jubilados, se entenderá como el grupo de individuos Jubilados, Retirados y/o Pensionados por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (de acuerdo con la ley del IMSS, ISSSTE o ISSFAM). Antecedentes 1. En México actualmente es una necesidad el asegurar grupos en donde hay secciones de Jubilados. 2. La proyección en México del crecimiento de la edad en la población de acuerdo a las proyecciones del INEGI, muestra que en los próximos 5 años la población mayor a 60 años crece alrededor de un 20% en tanto que la población total crece un 4%, por lo que será una necesidad muy fuerte el asegurar a éstos grupos como ocurre en USA o Europa. Crecimiento de Población con respecto a % 120.0% 100.0% 80.0% 60.0% 40.0% Total % 0.0% La esperanza de vida a nivel mundial ha aumentado más de 20 años durante el periodo comprendido de 1950 a 2005.
2 En Mexico, de acuerdo a cifras del INEGI, para el año de 2005 la esperanza de vida al nacer es de 75.4 años; las mujeres viven 77.9 años en promedio por 73 años de los varones. Entre 1970 y 2005 el indicador se incrementó en 14.5 años. 4. En relación a la tasa de dependencia, las cifras mundiales al 2008 presentan un 12% y el pronóstico para las próximas décadas es que alcanzará un porcentaje del 25% en el año Selección de riesgos 1. El reglamento del Seguro de Grupo establece en: a. Art. 15 Separación (bajas) del Grupo Asegurado Las personas que se separen definitivamente de la colectividad asegurada dejarán de estar aseguradas desde el momento de la separación, quedando sin validez alguna el certificado individual expedido. En este caso la Compañía restituirá al Contratante la parte de la cuota media no devengada por meses completos.
3 No se considerarán separados definitivamente los Asegurados que sean jubilados o pensionados, y por lo tanto continuarán dentro del seguro hasta la terminación del periodo de seguro en curso. b. Art. 4o Regla para determinar la suma asegurada La suma asegurada deberá determinarse para cada miembro del grupo asegurado, por reglas que eviten la selección adversa a la institución aseguradora. El máximo de suma asegurada que se podrá conceder sobre una vida, en ningún caso será superior a la que resulte de multiplicar la suma asegurada promedio del grupo, por los factores que aparecen a continuación de acuerdo con el número de asegurados en el mismo grupo. No. De Asegurados Factor ó más 10 La suma asegurada promedio de un grupo es la que resulta de dividir la suma asegurada del total del grupo, entre el número de asegurados que lo componen. 2. No se hará selección médica, si los asegurados comprueban que no han tenido un periodo al descubierto entre el momento de la separación del grupo de activos y el alta en el subgrupo de Jubilados. En caso contrario se aplicará selección médica. 3. No existe límite de edad para otorgar la cobertura de fallecimiento, siempre que su alta al subgrupo de asegurados Jubilados no tenga periodo al descubierto y el asegurado haya sido parte del grupo de activos en algún momento de la vida del grupo. En el caso de coberturas adicionales, la edad de cancelación será de 70 años. Diseño del Plan 1. No Otorgar dividendos a ésta colectividad ya que los seguros son temporales a un año y la insuficiencia de reservas es muy importante en un T-1 con el riesgo que implica este subgrupo.
4 2. Solo se podrán otorgar dividendos cuando el subgrupo de Jubilados comparta experiencia con el subgrupo de activos. 3. Coberturas: a. Beneficio básico por fallecimiento. b. Beneficios adicionales: Muerte Accidental, Pérdidas Orgánicas y Accidente Colectivo con edad de cancelación de 70 años. 4. Regla de suma asegurada limitada al promedio de la suma asegurada de los activos con un máximo de 12 veces la pensión del jubilado. 5. Limites de edad, siempre que haya sido parte del grupo de asegurados activos: a. Renovación hasta los 99 años para la cobertura de fallecimiento. b. Renovación hasta los 69 años para los beneficios adicionales. 6. El subgrupo de Jubilados, solo podrá asegurarse cuando se cuente con el grupo de activos en la misma aseguradora. Como excepción se podrá aceptar un grupo solo de Jubilados siempre que la experiencia y la información histórica sea suficiente para determinar el precio del seguro. Suscripción (tarifas) 1. Grupos Asegurables: Se define como el subgrupo de asegurados que en algún momento formaron parte de los empleados activos al servicio del contratante, y que de acuerdo a la ley del ISSSTE, IMSS o ISSFAM, cumplen con los requerimientos para jubilarse, retirarse y/o pensionarse por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. No se aceptarán asegurados que hayan tenido un periodo al descubierto entre el momento de la separación del grupo de activos y el alta en el subgrupo de Jubilados. 2. Separar la experiencia de los jubilados de la experiencia de los activos para determinar el precio. Al momento de emitir la póliza se compartirá la experiencia en el resultado del negocio con el subgrupo de activos. 3. Suscribir por edad, no cuotas promedio. 4. Quedara a criterio de cada Compañía el recargar la tabla de mortalidad para edades de jubilación o retiro, de acuerdo a su experiencia en siniestralidad con este tipo de negocios. 5. En cuestión a las extraprimas para este grupo por exposición al riesgo mientras fueron activos, el comité de Médicos con base en sus investigaciones recomienda no considerar factor alguno. Casos por excepción 1. Licitaciones En estos casos, se deberán de ajustar las condiciones de la cobertura a la necesidad de la convocante pero aplicando el criterio de precio definido en la sección de Suscripción (tarifas). 2. Grupos Cautivos
5 Considerando que los Jubilados conservan la cobertura básica del seguro y que la única causa de salida del colectivo es por fallecimiento, esto implica de manera general, otorgar una protección con un plazo mucho mayor a un año. 3. Grupos Deudores Un crédito por 10, 15 o 20 veces la pensión del jubilado, resulta que no será pagado sino hasta su fallecimiento, mediante un seguro de vida, lo cual resulta que un seguro se transforma en un método de financiamiento, no de medida de riesgo.
6 Anexo 1. Tabla Comparativa Seguro de Vida para Jubilados en otros países País Cobertura S.A. / Primas USA SI Baja / Alta Argentina Brasil Chile España No esta regulado. Generalmente no se les da cobertura. Generalmente las grandes empresas lo solicitan y el mercado otorga cobertura. No se da cobertura SI Con máximos determinados. Pensión mensual Reducción del 50 % del capital al momento de la jubilación con máximos en valor absoluto (bajos) Frecuentemente lo pagan las personas, no la empresa Siempre con suma asegurada reducida Beneficios / edad Aceptación Muerte exclusivamente. Edad de salida, de 75 años (con excepciones). Sin edad de salida y con coberturas completas (todos los beneficios y sin restricciones a las sumas aseguradas En general en este tipo de seguros se elimina la cobertura de invalidez a los 65 años, ya que esa es la edad de jubilación. La cobertura básica se otorga hasta los 70 años, en algunos casos hasta los 75 años Observaciones Para tarificación se tiene un especial Cuidado grupos cerrados Usualmente se suscriben en grupo compartiendo experiencia con la póliza de empleados activos aunque se tarifican por separado Si cae la póliza de activos, cae la de jubilados. En caso de participación en utilidades, se contempla el resultado en conjunto: activos y jubilados. Se comparte experiencia Los jubilados españoles viven una media de 18 años En España y Europa se quiere retrasar la edad de la jubilación La edad de jubilación en el mundo aumenta progresivamente. Retrasar la edad de jubilación se ha convertido en la última tendencia del ámbito laboral
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