MINUTA NUMERO 48/2008

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1 MINUTA NUMERO 48/2008 En la Ciudad de Segorbe, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho. La Junta de Gobierno Local se reunió en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, en sesión ordinaria en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde D. Rafael Calvo Calpe y asisten los Sres. Concejales miembros de la Junta de Gobierno Local, D. Vicente Hervás García, D. Angel Berga Pérez, Dña. Soledad Santamaría Lara y D. Manuel Martín Sánchez, con la asistencia del Sr. Secretario Titular, D. Jose María Garzón Marijuan. Abierta la sesión por la Presidencia a las trece horas y treinta minutos, se trataron los asuntos y se adoptaron los acuerdos siguientes: 1.- LECTURA Y APROBACION EN SU CASO DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. De conformidad con lo dispuesto en el art. 91 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre, el Sr. Presidente preguntó si algún miembro de la Junta de Gobierno Local tenía que formular alguna observación al acta número 47/2008 de la sesión de 19 de Noviembre de 2008, la cual había sido distribuida con la convocatoria. No habiendo alegaciones, la minuta queda aprobada por unanimidad. 2.- EXAMEN Y APROBACION DE LA RELACION DE FACTURAS NUMERO 46/2008. Examinada la relación de facturas número 46/2008 que importan la cantidad de euros, la Junta de Gobierno Local, acordó: Aprobar la relación de facturas número 46/2008 por la cantidad de euros, autorizando, comprometiendo y reconociendo las obligaciones según los casos con cargo a las partidas del Presupuesto que en la misma se detallan.

2 3.- CONCESION DE LICENCIAS DE OBRAS. Dada cuenta de las instancias presentadas, solicitando licencia municipal para efectuar en los inmuebles de los respectivos propietarios y situación reseñada, en esta ciudad, las obras que se detallan en su solicitud, la Junta, de conformidad con los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales, acuerda: conceder a los interesados que se relacionan, las licencias solicitadas en las condiciones reglamentarias, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, para que puedan realizar las obras indicadas en su escrito, previo pago de los tributos municipales correspondientes, con sujeción a los informes emitidos y a la normativa de la zona de situación, aprobando igualmente las liquidaciones del impuesto y de la tasa correspondiente. OBRAS MENORES 1 TITULAR: AMPARO SILVESTRE RODRIGUEZ EMPLAZAMIENTO: c/ Castellón núm. 6. OBRAS CONSISTENTES: Sanear fachada consistente en reparación grietas y desconchados y pintar utilizando plataforma elevadora. CONDICIONADA: Cumplimiento medidas de seguridad y salud. OBRAS MAYORES 2 TITULAR: C I E G S A EMPLAZAMIENTO: Colegio Pintor Camarón OBRAS CONSISTENTES: Reforma Colegio Público Pintor Camarón. CONDICIONADA: Presentación Acta Inicio de Obras 3 TITULAR: VICENTE JOSE MARTINEZ MARCO EMPLAZAMIENTO: C/ Romano núm. 53. OBRAS CONSISTENTES: Rehabilitación vivienda unifamiliar entre medianeras. CONDICIONADA: Cumplimiento art. 110 P.G.O.U. Presentación Acta Inicio de Obras. 4- TITULAR: JOSE MORALES MORENO. EMPLAZAMIENTO: C/ Octavio Frígola núm. 14. OBRAS CONSISTENTES EN: Derribo edificio. CONDICIONADA: Cumplimiento medidas de seguridad y salud. Presentación Acta Inicio de Obras.

3 5 TITULAR: JOSE MORALES MORENO Y VICENTA CEBRIAN GIL. EMPLAZAMIENTO: C/ Octavio Frígola núm. 14. OBRAS CONSISTENTES EN: Ejecución vivienda unifamiliar entre medianeras. CONDICIONADA: Acta Inicio de Obras Obtención Licencia Ocupación 4.- EXCESO DE OBRA REALIZADO POR LA EMPRESA SEGORBE PORCELANICO S.A. POR CONSTRUCCION DE NAVES INDUSTRIALES EN CALLE GALICIA DE SEGORBE. A la vista del informe facilitado por los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento en relación a la construcción de una nave industrial en c/ Galicia del Polígono Industrial de La Esperanza de Segorbe donde ha venido desarrollando su actividad la empresa SEGORBE PORCELANICO S.A., se han detectado que las obras e instalaciones fijas existentes exceden de los contenidos de las diversas licencias concedidas. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su art. 103 Gestión del Impuesto- determina lo siguiente: Liquidación Provisional: Cuando se conceda la licencia preceptiva o cuando no habiéndose solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia preceptiva, se inicie la construcción, instalación u obra o se practicara una liquidación provisional a cuenta, determinándose la base imponible: a) En función del presupuesto presentado por los interesados, siempre que hubiera sido visado por el colegio oficial correspondiente cuando ello constituya un requisito preceptivo. b) Cuando la ordenanza fiscal así lo prevea, en función de los índices o módulos que ésta establezca al efecto. Liquidación Definitiva: Debe establecerse que una vez finalizada la construcción, instalación u obra y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, el Ayuntamiento mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará, en su caso, la base imponible practicando la correspondiente liquidación definitiva, y exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda. Considerando que por este Ayuntamiento se han practicado liquidaciones en concepto de tasa e impuesto de licencias urbanísticas por los expedientes concedidos en función de unos presupuestos presentados y que ascienden a la cantidad total de ,84.

4 Teniendo en cuenta el exceso de obra realizado, por los técnicos municipales se ha realizado una estimación orientativa del valor de las mismas dando como resultado una valoración que asciende a la cantidad de (veinte millones ciento doce mil seiscientos euros) de exceso de presupuesto. De todo ello resulta un valor final de las obras e instalaciones realizadas (incluyendo las ya liquidadas en los distintos expedientes de obra iniciados en este ayuntamiento.) de ,84 (veinticuatro millones novecientos ochenta y tres mil setecientos noventa y cinco euros con ochenta y cuatro céntimos). La Junta de Gobierno Local acordó: Primero.- Aprobar el exceso de obra realizado por la empresa SEGORBE PORCELANICO S.A. con motivo de la Construcción de Naves Industriales en c/ Galicia del Polígono Industrial La Esperanza de Segorbe, ya que dichas obras e instalaciones fijas existentes exceden de los contenidos de las licencias concedidas por este Ayuntamiento según los siguientes expedientes: 54/2006 (aprobación Junta Gobierno de fecha ); expte. 306/2005 (J.G ); expte. 233/2007 (J.G ). Segundo.- Practicar nueva liquidación por una valoración final de por exceso de presupuesto, según anexo valorado por los Técnicos Municipales. Tercero.- Notificar el presente acto al interesado. 5.- MODIFICACIÓN ERROR MATERIAL DETECTADO EN ACUERDO ADOPTADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Atendido el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en fecha 3 de junio de 2008, por el que se acuerda la contratación, mediante contrato menor de obras, de los trabajos de Construcción de nichos y criptas en el Cementerio municipal de Segorbe, por importe de Cuarenta y dos mil ciento noventa y siete euros y cuarenta céntimos (42.197,40), más IVA. Habiéndose detectado un error material en el apartado segundo de dicho acuerdo, en cuanto se refiere a la designación de la partida presupuestaria a la que deberá cargarse el gasto de la ejecución de la obra.

5 La Junta de Gobierno, acordó: Modificar el error material detectado en el apartado segundo de dicho acuerdo, en el siguiente sentido: Donde dice: SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente a la adjudicación de la ejecución de la obra con cargo a la partida del vigente Presupuesto. Debe decir: SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente a la adjudicación de la ejecución de la obra con cargo a las partidas (hasta euros) y (18.948,98 euros) del vigente Presupuesto. 6.- PAGO A LA CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL JUCAR, EN CONCEPTO DE SANCION POR LA REALIZACION DE OBRAS EN LA RAMBLA DE MONTERO, UNIDAD DE EJECUCION 23. Atendido el escrito remitido por la Agencia Tributaria, Delegación de Valencia, sobre notificación de inicio del procedimiento de compensación de oficio de deudas de entidades públicas. Resultando que realizadas las averiguaciones oportunas se comprueba que por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar se abrió expediente sancionador por la realización de obras de urbanización en la zona de la Rambla de Montero, afectando a zona de policía, sin la correspondiente autorización de la Confederación. Considerando que por la Confederación Hidrográfica del Júcar, se emite liquidación correspondiente a la citada sanción y que asciende a la cantidad total de Considerando que las obras realizadas se encuentran dentro de la Unidad de Actuación 23, la cantidad a abonar por este Ayuntamiento a la Agencia Tributaria, deberá repercutirse posteriormente en las cuotas de urbanización.

6 A la vista de ello, la Junta de Gobierno Local acordó: Primero.- Abonar a la Agencia Tributaria, la cantidad de 1000, correspondiente a la tasa por apertura de expediente sancionador incoado por la Confederación Hidrográfica del Júcar a este Ayuntamiento de Segorbe, con motivo de la realización de obras en la Rambla de Montero, para la urbanización de la UA 23, afectando a zona de policía, sin la correspondiente autorización de la citada Confederación. Segundo.- Notificar el presente acuerdo al Departamento de Intervención para que proceda al pago correspondiente. 7.- RENOVACIÓN CON LA EMPRESA SECOTE PARA LA UBICACIÓN DE POSTES DE SEÑALIZACIÓN. Estudiada la concesión de licencia para la ubicación de postes de señalización, que se firmó entre este Ayuntamiento y la empresa Secote, en noviembre de 2001, para la colocación de postes de señalización siendo, el 50% para publicidad de la propia empresa y el 50 % para señalización turística del Ayuntamiento. Considerando que la licencia se concedió por un total de siete años, pudiendo prorrogarse de común acuerdo entre ambas partes, finalizando tal acuerdo en noviembre del presente año. Resultando que desde la Concejalía de Turismo se considera que ha sido beneficioso este contrato, en cuanto a la labor señalítica que dichos postes han realizado. La Junta de Gobierno Local, acordó: Prorrogar la licencia concedida a la empresa Secote durante cinco años más para la ubicación de postes de señalización, fijando las siguientes condiciones: 1) El Ayuntamiento de Segorbe continuará ocupando la superficie del 50 % del total de los postes 2) Los gastos ocasionados por la instalación, materiales, pintura, reposición, seguro de responsabilidad civil, mantenimiento, etc., serán por cuenta de la empresa.

7 3) La empresa se encargará de la sustitución de los postes obsoletos por los nuevos, previo estudio, así como los cambios que desee realizar el Ayuntamiento, en la superficie que le corresponde del 50 %, correrán a cargo de la empresa. 4) El diseño de los postes y carteles, tanto en el caso de tener que sustituir los actuales o colocar nuevos, deberán contar con el visto bueno del Ayuntamiento. 8.- APROBACIÓN PAGO A JUSTIFICAR A FAVOR DE DÑA. MARIA ESPUIG PARA ASISTENCIA A FERIAS. Visto que las bases de ejecución de Presupuesto aprobado por el Pleno de la Corporación, contemplan es su Base nº 36 la posibilidad de que se autoricen pagos a justificar estableciendo las normas que los regulan. Visto que con fecha de 25 de noviembre fue solicitado por Dña. María Espuig Martín en su calidad de personal del departamento Turismo, pago a justificar por importe de 350 euros, a fin de atender el siguiente gasto: gastos ocasionados por la asistencia a feria Expo-Ocio en Madrid, durante los días 3 a 8 de diciembre. Visto que con fecha de 25 de noviembre fue emitido por Intervención informe sobre la autorización del pago a justificar. Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, La Junta de Gobierno Local, acordó: Primero.- Autorizar el gasto con el carácter de «a justificar» por importe de 350 euros, a favor de Dña. María Espuig Martín para atender el siguiente gasto: 350 imputables a la partida presupuestaria del Plan de Actuaciones, Asistencia a Ferias. Segundo.- Ordenar el pago a justificar por importe de 350 y poner los fondos a disposición del perceptor Dña. María Espuig Martín, que deberá justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la percepción de los fondos, y reintegrar las cantidades no invertidas o no justificadas.

8 Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la Intervención a los efectos oportunos. 9.- APROBACIÓN PAGO A JUSTIFICAR A FAVOR DE DÑA. VANESA BERBIS ROCAMORA PARA ASISTENCIA A FERIAS. Visto que las bases de ejecución de Presupuesto aprobado por el Pleno de la Corporación, contemplan es su Base nº 36 la posibilidad de que se autoricen pagos a justificar estableciendo las normas que los regulan. Visto que con fecha de 25 de noviembre fue solicitado por Dña. Vanesa Berbís Rocamora en su calidad de personal del departamento Turismo, pago a justificar por importe de 500 euros, a fin de atender el siguiente gasto: gastos ocasionados por la asistencia a feria Expo-Ocio en Madrid, durante los días 29 de noviembre a 5 de diciembre. Visto que con fecha de 25 de noviembre fue emitido por Intervención informe sobre la autorización del pago a justificar. Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, La Junta de Gobierno Local, acordó: Primero.- Autorizar el gasto con el carácter de «a justificar» por importe de 500 euros, a favor de Dña. Vanesa Berbís Rocamora para atender el siguiente gasto: 500 imputables a la partida presupuestaria del Plan de Actuaciones, Asistencia a Ferias. Segundo.- Ordenar el pago a justificar por importe de 500 y poner los fondos a disposición del perceptor Dña. Vanesa Berbís Rocamora, que deberá justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la percepción de los fondos, y reintegrar las cantidades no invertidas o no justificadas. Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la Intervención a los efectos oportunos.

9 10.- AUTORIZACIÓN DEL PAGO A CARITAS INTERPARROQUIAL DENTRO DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN SOCIAL. Atendido el informe de la Concejalía de Bienestar Social respecto al programa de cooperación social. Visto que la Entidad de cooperación social Cáritas Interparroquial ha acreditado el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la aplicación del convenio suscrito entre esta Entidad y el Excmo. Ayuntamiento de Segorbe para el ejercicio 2008, consistentes en prestar el programa de atención a transeúntes, colaborar con el reparto de alimentos en especie a las familias más necesitadas o en riesgo de exclusión, así como facilitar a este colectivo leche y pañales cuando así se propusiera por el Departamento de Servicios Sociales. Atendido que transcurrido el ejercicio, la Entidad Cáritas Interparroquial ha justificado un gasto por importe de 1.966,83 Euros, de conformidad con la Cláusula octava del convenio, habiéndose suscrito éste por importe de Euros Teniendo en cuenta la existencia de consignación presupuestaria suficiente, La Junta de Gobierno Local, acordó: Autorizar el pago de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS Y OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (1.966,83 ) a través de cheque nominativo a la Entidad Cáritas Interparroquial de Segorbe, a cargo del convenio con dicha denominación ACEPTACION DE LA PROPUESTA DE BAJAS DE RECIBOS FORMULADA POR EL SERVICIO DE RECAUDACION DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLON. Atendida la propuesta de baja de recibos formulada por el Servicio Provincial de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación de Castellón, según relación propuesta BJ8002GE.

10 La Junta de Gobierno Local, acordó: Aceptar la propuesta de baja de los recibos que se incluyen en la relación, de acuerdo con el siguiente resumen: Nº de propuesta Importe Euros Motivo baja BJ8002GE Baja por nueva liquidación 12.- CONCESIÓN CAMBIO DE TITULARIDAD A SERVICIOS HOSTELEROS BRUON SL., DE LA ACTIVIDAD DE CAFETERIA, CON EMPLAZAMIENTO EN LA CALLE SAN ISIDRO LABRADOR Nº 1, BAJO, DE ESTA LOCALIDAD. "Examinado el expediente que se instruye a instancia de SERVICIOS HOSTELEROS BRUON SL., sobre Cambio de Titularidad de la actividad de "CAFETERIA", con emplazamiento en la CALLE SAN ISIDRO LABRADOR, 1- BAJO, de esta localidad. Vista el acta de comprobación favorable, expedida por el Ayuntamiento a solicitud del interesado, así como la liquidación de los derechos y tasas que se ha practicado, de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora del tributo. A la vista de ello, la Junta de Gobierno Local acordó: Primero.- Autorizar, a partir de la fecha de esta comunicación, el Cambio de Titularidad de la actividad de referencia. Segundo.- Aprobar la liquidación de la tasa sobre licencia de apertura de establecimientos, cuya cuota queda fijada en 65, CONCESION DE LICENCIA DE APERTURA MUNICIPAL A KART PALANCIA C.B. "Examinado el expediente que se instruye a instancia de KARTPALANCIA CB., sobre Licencia de Apertura Municipal para establecer la actividad de "VENTA Y ALQUILER DE BUGGIES Y SCOOTERS", con emplazamiento en la AV NAVARRO REVERTER, 51 BAJO, de esta localidad,

11 y visto que la calificación de la actividad es la de MOLESTA INDICE BAJO Y PELIGROSA INDICE BAJO, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de Noviembre (artículos 1 a 6), siendo su informe favorable a la concesión de la licencia. A la vista de ello, la Junta de Gobierno Local, acordó: Primero.- Conceder la licencia solicitada, con las condiciones establecidas en el Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalidad, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental: a) No podrá comenzar a ejercerse la actividad antes de que se haya expedido el acta de comprobación favorable por parte del Ayuntamiento. b) Para obtener dicha acta, deberá solicitarse del Ayuntamiento que efectúe la oportuna visita de comprobación acompañando la solicitud de una certificación del técnico director de las instalaciones, en la que se especifique la conformidad de las mismas a la licencia que las ampara, así como la eficacia de las medidas correctoras. c) La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. d) Se adoptarán las siguientes medidas correctoras: Deberá cumplir los artículos 8 y 9 de la Ordenanza Municipal del Ruido y las Vibraciones. Segundo.- Notificar en forma esta resolución al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en el plazo de seis días posteriores a la adopción del acuerdo." 14.- CONTRATO MENOR DE OBRAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NICHOS Y CRIPTAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE SEGORBE Atendida la necesidad de este Ayuntamiento de contratar las obra de Construcción de nichos y criptas en el Cementerio municipal de Segorbe,

12 cuyo precio total ascendería a la cantidad de Cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho euros y noventa y ocho céntimos de euro, IVA incluido. Visto que se ha emitido informe de Intervención, en el que se acredita la existencia de crédito suficiente y adecuado para financiar el gasto que comporta la celebración del contrato y de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acordó: Primero.- Contratar con la empresa Construcciones y Prefabricados PREM, S.L., con NIF núm. B , la ejecución de las obras de construcción de 40 nichos en el cementerio municipal de Segorbe, por la cantidad de Veintisiete mil ochocientos veintiocho euros y ochenta y seis céntimos de euro (27.828,86), desglosados en Veintitrés mil novecientos noventa euros y cuarenta céntimos de euro (23.990,40) y Tres mil ochocientos treinta y ocho euros y cuarenta y seis céntimos (3.838,46). Segundo.- Contratar con la empresa Construcciones y Prefabricados PREM, S.L., la ejecución de las obras de construcción de 6 criptas en el cementerio municipal de Segorbe, por la cantidad de Veintiún mil ciento veinte euros y doce céntimos de euro (21.120,12), desglosados en Dieciocho mil doscientos siete céntimos de euro (18.207) y Dos mil novecientos trece euros y doce céntimos (1.913,12). Tercero.- Aprobar el gasto correspondiente a la adjudicación de la ejecución de la obra con cargo a la partida del vigente Presupuesto. Cuarto.- Una vez realizada la obra, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levantó la sesión siendo las catorce horas y quince minutos, de todo lo cual, como Secretario, certifico. Vº Bº EL ALCALDE,

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