CARTA DE SERVICIOS DE LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA

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1 αadministración GENERAL DEL ESTADO DELEGACIÓ DEL GOVERN A CATALUNYA Secretaria General DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CATALUÑA Secretaría General I N D I C E CARTA DE SERVICIOS DE LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA I. Identificación y fines II. III. IV. Servicios que se prestan Derechos de los ciudadanos Participación de los ciudadanos y usuarios V. Normativa reguladora de los servicios prestados VI. VII. VIII. IX. Quejas y sugerencias de los ciudadanos y usuarios Compromisos de calidad Sistemas de aseguramiento de la calidad, Gestión Medioambiental y Prevención de Riesgos. Indicadores para el seguimiento y evaluación de la calidad en los servicios prestados X. Medidas de subsanación en caso de incumplimiento de los compromisos declarados XI. XII. Identificación y dirección de la Unidad responsable de la carta Directorio postal, telefónico y telemático XIII. Ubicación y acceso en transporte público XIV. Versiones de la Carta de Servicios

2 CARTA DE SERVICIOS I. IDENTIFICACIÓN Y FINES La Subdelegación del Gobierno en Barcelona es una unidad administrativa dependiente de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña, y como ésta, adscrita al. Compete a esta unidad la función de gestionar en su ámbito, todas aquellas competencias que sin perjuicio de la aprobación, entrada en vigor y desarrollo del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 19 de Julio de 2006, y después de la integración de servicios de la Administración General del Estado (en adelante AGE), operada por la entrada en vigor de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (en lo sucesivo LOFAGE), ostenta la AGE en la provincia de Barcelona. Además de los servicios propios, la Subdelegación del Gobierno en Barcelona asume el impulso, supervisión e inspección de los servicios no integrados de la AGE. Asimismo desempeña funciones de colaboración, comunicación y cooperación con las Corporaciones Locales y con los órganos territoriales de la Administración Autonómica de ámbito provincial. Dependen directamente de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona las Áreas Funcionales de Alta Inspección de Educación; de Agricultura y Pesca; de Trabajo y Asuntos Sociales; de Industria y Energía; de Sanidad y de Fomento, que integra el Servicio Regional del Instituto Geográfico Nacional. Las Áreas Funcionales ejercen tareas coordinadoras de sus Dependencias existentes, en su caso, en las provincias de Girona, Tarragona y Lleida. 2

3 II. RELACIÓN DE SERVICIOS QUE SE PRESTAN Entre los servicios que presta la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, cabe distinguir los que son gestionados a través de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno en Cataluña y las Areas Funcionales. Unidades dependientes de la SECRETARÍA GENERAL A. Oficina de Información, Registro General y Archivo Información administrativa general al ciudadano: Organización administrativa, direcciones y teléfonos de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas. Recepción, registro, compulsa y remisión de todo tipo de documentos dirigidos a cualquier Administración Pública. Oferta de empleo público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local y Unión Europea. Premios, becas, ayudas y subvenciones. Información sobre legislación básica del Estado y procedimientos administrativos. Información sobre cursos y concursos. Información especializada, a través de la Oficina de Información Socio-laboral. Archivo Histórico y Archivo General. B. Servicio de Derechos de los Ciudadanos y Autorizaciones Administrativas Expedientes sobre ejercicio del derecho de reunión y manifestación. 3

4 Autorización de armerías y minipolvorines, depósitos comerciales y/o industriales de pirotecnia y depósitos comerciales de explosivos y Autorizaciones de establecimientos para la venta de productos pirotécnicos y para espectáculos de fuegos artificiales. Autorización o denegación para armeros de empresas de seguridad y prestación de servicios de seguridad privada con armas. Denegación y revocación de licencias de armas tipo E e informes sobre licencias de armas tipo B. Autorizaciones de concursos o actividades con armas de fuego. Autorización o denegación para la utilización habitual de explosivos, consumo eventual de explosivos o voladuras especiales (grandes voladuras, demoliciones). Informes sobre vuelos de propaganda comercial aérea. Instrucción de expedientes sancionadores en materia de seguridad privada. Información y tramitación de solicitudes derivadas de la aplicación de la ley de solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. Registro de Intérpretes Jurados. Autorizaciones de derribos de fincas urbanas (LAU 1964). Peticiones de asistencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. C. Servicio de Infracciones Administrativas Sustanciación de expedientes sancionadores por infracciones administrativas en materia de armas, consumo de drogas, violencia en el deporte, infracciones relativas al derecho de manifestación, policía de dominio público, 4

5 carreteras, extranjería, e información, en su caso, a los interesados. Sustanciación de procedimientos sancionadores en materia de precursores. Instrucción de expedientes sancionadores en lo relativo a uso de explosivos. D. Servicio de Relaciones con las Administraciones Territoriales Examen de legalidad de los actos y acuerdos de las Corporaciones locales a través de las copias o extractos de las actas, el inventario de bienes, las plantillas de personal y sus ofertas de empleo público y los presupuestos municipales. Informe de los expedientes de solicitud de subvenciones estatales destinadas directamente a las Corporaciones Locales, dentro de las líneas de cooperación económica establecidas por el Estado a los proyectos de modernización administrativa local y participación de la sociedad civil; así como el informe de las solicitudes de ayudas para entidades locales con cargo a la Subvención Global del Fondo Social Europeo. Registro Delegado del Registro Central de Sustancias Químicas Clasificadas (Precursores). Oficina de Acreditación para la obtención de Firma Electrónica. Expropiación Forzosa. E. Unidad de Protección Civil Revisión de Planes de Emergencia de Protección Civil. Coordinación de actuaciones y asesoramiento técnico, si proceden, en situaciones de emergencia, siniestro o gra- 5

6 ve riesgo, en coordinación con la Generalitat de Catalunya y actuación en los supuestos de declaración de interés nacional, conflicto bélico o riesgo nuclear. Tramitación de solicitudes de ayuda en materia de situaciones de naturaleza catastrófica. F. Jurado Provincial de Expropiación Forzosa Desempeñar la Secretaría del mismo. El Jurado fija el justiprecio de los bienes expropiados en caso de discrepancia entre la Administración expropiante o beneficiario y los expropiados. G. Oficina Única de Extranjeros Información y tramitación especializada en materia de extranjería. Resolución de las distintas autorizaciones de residencia y de residencia con trabajo: Iniciales y Renovaciones. Aplicación normativa especial sobre ciudadanos de la Unión Europea. Cédulas de inscripción y título de viaje, Prórrogas de Estancia y Autorizaciones de regreso. Informe sobre las solicitudes de visado de estancia por estudios y sobre los programas de desplazamiento temporal de menores por escolarización, enfermedad o vacaciones. Reagrupación Familiar. Resoluciones sancionadoras por infracciones en materia de extranjería con efectos económicos o de expulsión. Aplicación de la normativa en materia de Asilo y Refugio. 6

7 H. Procesos Electorales De acuerdo con el art de la L.O. de Régimen Electoral General, provisión de medios personales y materiales a la Junta Electoral Provincial y a las Juntas de Zona para el desarrollo de los diferentes procesos electorales de alcance y/o responsabilidad de la Administración General del Estado; Elecciones Generales, Elecciones Locales, Parlamento Europeo y Referéndum. AREAS FUNCIONALES A. Area Funcional de Agricultura y Pesca Inspección veterinaria zoosanitaria de animales vivos (Aeropuerto de El Prat de Llobregat), de productos de origen animal no destinados al consumo humano, de materias primas de productos de origen animal, de origen vegetal, minerales y químicos con destino a la alimentación de los animales procedentes de terceros países y certificación de su aptitud. Inspección veterinaria zoosanitaria de animales vivos, de cualquier especie y raza, de productos de origen animal destinados o no al consumo humano, de materias primas de productos de origen animal, de origen vegetal, minerales y químicos con destino a la alimentación de los animales destinados a terceros países y certificación de su aptitud. Inspección de productos farmacológicos y biológicos de uso veterinario y material de investigación procedente o destinado a terceros países y certificación de su aptitud. Inspección e informe para apertura de centros de cuarentena y núcleos zoológicos y de laboratorios para la higiene y cuidado de los animales. Inspección fitosanitaria y de calidad de vegetales, productos vegetales y otros objetos procedentes de terceros países y certificación de su aptitud. 7

8 Inspección fitosanitaria de vegetales, productos vegetales y otros objetos a la exportación a petición del interesado o por exigencias fitosanitarias en el país de destino y certificación con los comprobantes oficiales y cláusulas adicionales que se exijan en el país importador. Inspección y control de las fumigaciones con bromuro de metilo y tratamiento en calor en las exportaciones y certificación con los comprobantes oficiales y cláusulas adicionales que se exijan en el país importador. Inspección fitosanitaria y de calidad de plantas ornamentales procedentes de terceros países y certificación de su aptitud. Inspección fitosanitaria de vegetales, productos vegetales y otros objetos para las Islas Canarias (cabotaje) y certificación de su aptitud. Establecimiento y vigilancia de cuarentenas fitosanitarias en puntos de inspección. Tramitación de altas y bajas en el censo de la flota pesquera operativa, de cambio de modalidad de pesca, de cambio de base operativa de buques, de hundimiento de buques por desguace, de permisos de pesca especiales, de varias titulaciones profesionales de pesca marítima y tarjetas de identidad profesional (radiotelefonista naval restringido y competencia marinera), de expedientes sobre proyectos de interés general, de datos de capturas de pesca vendido en las lonjas de pesca. Certificados de equipos de pesca. Fichas de verificación de embarcaciones de pesca. Instrucción de los expedientes sancionadores en materia de pesca marítima en aguas exteriores. Inspección, marítima o aérea, y vigilancia pesquera, levantamiento de actas de infracción, control de descargas en puertos y lonjas y verificación de diarios de pesca y declaraciones de desembarco o transbordo. Control descarga terceros países. 8

9 Participación en misiones de inspección y vigilancia que se establezcan en colaboración con los inspectores de la Comunidad Europea, de las Comunidades autónomos o de otros estados, tanto en territorio nacional como extranjero, y en otros caladeros comunitarios o internacionales. Control y certificación de los cursos o jornadas técnicas organizados por Organizaciones Profesionales Agrarias y Pesqueras y Federación de Cooperativas que perciben ayudas económicas para su desarrollo. Verificación documental e in situ de expedientes muestreados por el MAPA sobre ayudas que concede la Unión Europea para la mejora de las estructuras agrarias e instalación de jóvenes agricultores gestionadas por la Comunidad Autónoma (Reglamento CE 445/2002). Diligencia de los documentos de exportación de productos vinícolas a terceros países para que puedan cobrar la correspondiente restitución a la exportación (Reglamento CE 3290/94). Expedición de certificados para la exportación de fertilizantes a los países que solicitan dicha certificación. Comprobación y elaboración de informe de los actos promocionales de productos agroalimentarios en campañas realizadas en colegios, en mercados, en paradores y en bodegas productoras de cava, al percibir ayudas económicas para su desarrollo. Participación en Seguros Agrarios: Comisión Territorial y grupos de trabajo, informes de precios agrarios incluidos en el seguro, seguimiento de los daños y situaciones excepcionales. Seguimiento de los convenios entre el de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Comunidad Autónoma; emisión de informes técnicos de valoración de bienes y derechos de naturaleza rústica para el Jurado Provincial de Expropiación 9

10 B. Area Funcional de Alta Inspección de Educación Sin perjuicio de lo dispuesto en el art d) del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, la Alta Inspección de Educación actúa desde el respeto absoluto a las competencias de la Generalitat en materia de Educación y gestiona e interviene únicamente en y con las atribuciones que el Estado tiene reservadas en este ámbito. Información y curso de las solicitudes sobre convalidación y homologación de estudios y títulos de la competencia de la Administración General del Estado. Información y curso de solicitudes sobre Programas de actividades de alumnos, de la competencia de la Administración General del Estado. Información especializada sobre las competencias y actividades del de Educación y Ciencia. C. Area Funcional de Fomento Seguimiento de las inversiones del Estado en Catalunya en materia de infraestructuras terrestres, marítimas, aeroportuarias, vivienda y 1% cultural. Información y tramitación de las solicitudes institucionales para la obtención de financiación con cargo al 1% cultural para la conservación y rehabilitación del Patrimonio Histórico- Artístico Español. Seguimiento e inspección de las correspondientes actuaciones. Exposición de información pública de los proyectos de Infraestructuras Ferroviarias y de Medio Ambiente. Participación en representación de la Administración General del Estado en las Comisiones Superior y Territoriales de Urbanismo de la Generalitat de Catalunya. 10

11 Instrucción de expedientes de reclamación por responsabilidad patrimonial por daños ocasionados en la red de carreteras de interés general del Estado en Catalunya, hasta Estadística de edificación de vivienda en la Comunidad de Catalunya en colaboración con la D.G. de Programación Económica del de Fomento. Estadística de licitación en construcción de todas las obras públicas en la Comunidad Autónoma de Catalunya publicadas en el BOE, DOG y BOPS.( Información, compulsa y tramitación de solicitudes en materia de Transportes Terrestres: licencias comunitarias, subvenciones y sanciones de la Inspección General. Descalificación y cancelación de hipotecas en viviendas de protección oficial. Titulaciones de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API S). Homologación de titulaciones académicas expedidas por los Estados miembros de la U.E. para ejercer en España profesiones reguladas por los s de Fomento y Vivienda: ingenieros de caminos, aeronáuticos, arquitectos técnicos y otras ( Elaboración de informes técnicos para el Delegado y Subdelegado del Gobierno. Funciones del Servicio del Instituto Geográfico Nacional Revisión, mantenimiento y conservación de la red geodésica de orden inferior. Tramitación de expedientes relacionados con el estado o cambio de ubicación de señales geodésicas. Información sobre coordenadas y reseñas de las señales de las redes geodésicas (ROI, REGENTE, REDNAP) Gestión de la ubicación de sensores sísmicos Información sobre distintos parámetros geofísicos y astronómicos que son competencia del IGN Informes sobre deslindes y replanteos de términos municipales 11

12 Elaboración de cartografía Recogida de información para la confección del Atlas Nacional de España, mantenimiento del Nomenclator Nacional en lo que respecta a la Comunidad. Representación del Instituto Geográfico Nacional y del Centro Nacional de Información Geográfica. Venta de publicaciones y cartografía en general, Gestión de la venta pública de datos y cartografía digital y gestión de los derechos de reproducción de los productos comercializados D. Area Funcional de Industria y Energía Tramitación, sometimiento a Información Pública y emisión de informes, previos a la autorización por la Dirección General de Política Energética y Minas de los proyectos relativos a Instalaciones eléctricas, refinerías de petróleo y oleoductos, instalaciones de gas natural y gasoductos, competencia del Estado.Seguimiento de la ejecución de los proyectos, y emisión, al final, de la correspondiente Acta de puesta en Marcha. Autorización de obras en zonas afectadas por las instalaciones citadas en los puntos anteriores. Promoción Industrial: Impulso y difusión de los planes y programas ministeriales en materia de promoción, modernización y competitividad industriales, en el marco de la política industrial y de I+D+i. (Programas varios de ayudas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica incluyendo el vigente Programa de Fomento de la Investigación Técnica - PROFIT, el Programa de Fomento de Investigación Técnica del Sector Textil Confección, las ayudas al Sector del Carbón, Plan de Seguridad Minera, etc.). Seguimiento de los proyectos financiados o subvencionados. Inspecciones en materias de explosivos, cartuchería y pirotecnia, así como seguimiento en la ejecución de proyec- 12

13 tos de fábrica de explosivos, fábricas de armas, talleres de cartuchería y pirotecnia. Control de instalaciones en materias reguladas por los Reglamentos de Armas y Explosivos, para la prevención de accidentes. Explosivos (polvorines y minipolvorines; depósitos y almacenes de explosivos consumidores habituales y eventuales, incluyendo la firma de pedidos; registro voladuras especiales; cartillas de artilleros; talleres de pirotecnia; instalaciones de venta de productos pirotécnicos; manipulación y uso de productos pirotécnicos en castillos y espectáculos; campos galerías y polígonos de tiro; armerías; etc.) E. Area Funcional de Sanidad Vigilancia de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones de los locales de Puerto, Aeropuerto y recintos aduaneros. Autorización de desembarco de viajeros o tripulantes enfermos. Vacunación e información sanitaria a viajeros internacionales. Policía sanitaria mortuoria internacional. Comprobación de la higiene y salubridad de los barcos a fin de proceder a su abanderamiento. Botiquines barcos. Inspecciones y controles en el tráfico de productos alimenticios y alimentarios procedentes de países terceros destinados al consumo humano. Control sanitario de plaguicidas y otras mercancías que pudieran afectar a la salud y seguridad física de las personas. 13

14 Autorización de entradas y salidas de tejidos para transplantes. Inspección farmacéutica de géneros medicinales y productos sanitarios en aduanas. Control e inspección de hemoderivados. Control de sustancias estupefacientes y psicotrópicas Análisis de sustancias decomisadas en tráfico ilícito. Inspección previa a la autorización por el de Sanidad y Consumo a instalaciones de productos sanitarios y cosméticos para la fabricación, importación, exportación o almacenaje. Control e inspección de las condiciones higiénicosanitarias de los medios de transporte internacional y de su adecuada desinfección, desinsectación y desratización. F. Area Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales Resolver por delegación, sobre los diferentes permisos de trabajo que no sean competencia del Director General de Ordenación de Emigración. Resolver por delegación, ayudas en favor de los emigrantes españoles que no sean competencia del Director General de Emigración. Resolver, por delegación, reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido improcedente, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 924/1982, de 17 de abril. Proporcionar información individualizada, tanto en presencia física de los ciudadanos como telefónica o escrita sobre toda la normativa laboral, a través de la Oficina de Información Socio-Laboral. 14

15 Participación en la gestión del contingente anual de trabajadores extranjeros Coordinación de los servicios periféricos del de Trabajo y Asuntos Sociales con la presidencia de los distintos comités ejecutivos y consultivos constituidos al efecto. Gestión y seguimiento del Patrimonio Sindical Acumulado. Gestión sobre migraciones interiores y ayudas retorno a emigrantes españoles. III. DERECHOS DE LOS CIUDADANOS De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos tienen derecho: A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tenga la condición de interesado y obtener copias de documentos contenidos en ellos. A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento. A utilizar el catalán en sus relaciones con la Administración General del Estado en Cataluña. A formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia. A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. 15

16 A obtener información y orientación (presencial, telefónica, informática o telemática) acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. Al acceso a archivos y registros de las Administraciones en los términos previstos en la Constitución, en la propia Ley 30/1992 u otras Leyes. A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones (atención directa y personal). A exigir las responsabilidades de las Administraciones y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente. Cualesquiera otros que les reconozca la Constitución y las Leyes. IV. PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS Los ciudadanos y usuarios podrán colaborar en la prestación del servicio a través de los siguientes medios: Mediante la formulación de Quejas y Sugerencias conforme a lo dispuesto en esta Carta. Mediante la expresión de sus opiniones en las encuestas que se realicen para recabar los comentarios del usuario sobre la calidad de los servicios prestados por la Delegación del Gobierno. Mediante correo electrónico dirigido a: central@barcelona.map.es (Oficina de Extranjeros) infoext.barcelona@map.es 16

17 Mediante fax al número V. NORMATIVA REGULADORA DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LA SUBDELE- GACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA. Sobre régimen y funcionamiento Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 280,de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero). Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano (BOE nº 55, de 4 de marzo). Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (BOE nº 189,de 15 de abril), modificada por Ley 53/2002, de 30 de Diciembre. Real Decreto 1892/1996, de 2 de agosto, de estructura básica del (BOE nº 189, de 6 de agosto), modificado por Real Decreto 2826/1998 de 23 de diciembre (BOE nº 307, de 24 de diciembre). Real Decreto 263/1996, de 16 de Febrero modificado por Real Decreto 209/2003 de 21 de Febrero, por el que se regulan los registros, notificaciones telemáticas y utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos. Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las Oficinas de Registro (BOE nº 122, de 22 de mayo). Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado. 17

18 Resolución de delegación de competencias del Sr. Delegado del Gobierno de 17 de Mayo de Ley Orgánica 4/97, de 4 de Agosto (BOE 5), por la que se regula utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. En materia de autorizaciones Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE nº 55, de 5 de marzo). Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos (BOE nº 61, de 12 de marzo). Orden de 20 de octubre de 1988 del de Relaciones con las Cortes y Secretaría del Gobierno, por la que se regula la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales (BOE nº 260, de 29 de octubre). Orden de 2 de marzo de 1989 del de Relaciones con las Cortes y Secretaría del Gobierno, por la que se completa y perfecciona la normativa reguladora en materia de espectáculos públicos de fuegos artificiales (BOE nº 53, de 3 de marzo). Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (BOE nº 186, de 4 de agosto). Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE nº 8, de 10 de enero). Decreto 4104/1964, de 24 de Diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Real Decreto 596/1999, de 16 de ABRIL (BOE 19), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de Agosto de videovigilancia. 18

19 Real Decreto 1123/2001, de 19 de Octubre (BOE de 23 de Noviembre) por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Seguridad Privada. Real Decreto 277/2005, de 11 de Marzo, por el que se modifica el Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/98, de 16 de Febrero (BOE 12). Orden de 23 de Abril de 1997, por la que se concretan determinados aspectos en materia de medidas de seguridad, en cumplimiento del Reglamento de Seguridad Privada. En materia de infracciones Ley 1/92 sobre protección de la seguridad ciudadana. Secretaría del Jurado de Expropiación Forzosa Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (BOE nº 351, de 17 de diciembre Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE nº 160, de 20 de junio) y disposiciones conexas. Protección Civil Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil (BOE nº 22, de 25 de enero). Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil (BOE nº 105, de 1 de mayo). Fomento Reglamento (CEE) nº 684/92 del Consejo, de 16 de marzo de 1992 por el que se establecen normas comunes para los transportes internacionales de viajeros efectuados con autocares y autobuses (D. O. Nº L 074 de 20/03/92). 19

20 Reglamento (CE) nº 12/98 del Consejo de 11 de diciembre de 1997 por el que se determinan las condiciones de admisión de los transportistas no residentes a los transportes nacionales de viajeros por carretera en un Estado miembro. Trabajo Real Decreto 625/85, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/84, de 2 de agosto, de Protección al Desempleo (BOE nº 109, de 7 de mayo) Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE nº 154, de 29 de junio). Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 75,de 29 de marzo). Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (BOE nº 86, de 11 de abril). En materia de Agricultura y Pesca Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. (BOE nº 99, de 25 abril 2003). Directiva 91/496 del Consejo de 15 de julio de 1991 por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE. (DO L 268, de ) Directiva 92/65/CEE del Consejo de 13 de julio de 1992 por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del Anexo A de la Directiva 90/425/CEE. (DO L 268, de ). 20

21 Directiva 97/78 del Consejo de 18 de diciembre de 1997 por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros. (DO L 24, de ). Reglamento (CE) nº 1774/2002 del Parlamento europeo y del Consejo de 3 de octubre de 2002 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano. (DO L 273, de ). Real Decreto 354/2002, de 12 de abril, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles oficiales en el ámbito de la alimentación animal. (BOE nº 89, de ) Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. (DO L 31, de ). Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios. (BOE nº 53, de ). Reglamento (CE) nº 998/2003 del Parlamento europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003 por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial y se modifica la Directiva 92/65/CEE del Consejo (D0 L 146, de ). Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal. (BOE nº 279, de 21 noviembre 2002). Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros (BOE nº 19, de 22 de enero). Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, por el que se dictan medidas de protección contra la introducción y difusión en 21

22 el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros (BOE nº 300, de 16 de diciembre). Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. (BOE nº 75, de 29 marzo 2001). Real Decreto 176/2003, de 14 de febrero por el que se regula el ejercicio de las funciones de control e inspección de las actividades de pesca marítima. (BOE nº 50, de ). Reglamento (CEE) nº 2847/93 del consejo de 12 de octubre de 1993 por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común. (DO L 261, de ). Reglamento (CE) nº 1626/94 del consejo de 27 de junio de 1994 por el que se establecen determinadas técnicas de conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo. (DO L 171, de ). Educación. Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (artículos 103 y 104) Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (artículo 32). Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del de Educación y Ciencia. Real Decreto 480/1981, de 6 de marzo, del de Educación, por el que se crean las Altas Inspecciones del Estado en materia de enseñanza no universitaria en el País Vasco y Cataluña. Real Decreto 309/05, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 285/04, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior. 22

23 En materia de Sanidad Exterior Orden de 20 de enero de 1994 del de Sanidad y Consumo, por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización (BOE nº 55, de 5 de marzo). Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros (BOE nº 311, de 29 de diciembre). Real Decreto 1418/86, de 13 de junio, sobre funciones en materia de sanidad exterior (BOE nº 164, de 10 de Julio). Industria y Energía Ley de Industria 21/1992, de 16 de junio. Ley de Minas 22/1973, de 21 de julio. Ley del Sector de Hidrocarburos 34/1998, de 7 de octubre. Ley del Sector Eléctrico, 54/1997, de 27 de noviembre. Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica que ampara el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el periodo (BOE ). Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero. Reglamento de Explosivos (BOE ), modificado por R.D. 277/2005 de 11 marzo (BOE ). Real Decreto 1.836/1999, de 3 de diciembre. Reglamento de Instalaciones Eléctricas y Radioactivas. Real Decreto 2.020/1995, de 28 de diciembre. Reglamento de Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. RD 1434/02 de 27 de Diciembre, Reglamento de Hidrocarburos. 23

24 R.D. 137/93 de 29 de Enero (BOE ). Reglamento de Armas. Orden de 20 de Octubre de 1988 del de Relaciones con las Cortes y de Secretaría del Gobierno, que regula la manipulación y uso de artificios en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales (BOE ), modificada por Orden de 2 marzo 1989 (BOE ). Normativa básica de extranjería Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social(boe nº 10 de 12 de enero). Modificada por la Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de Septiembre y 14/03 de 20 de Noviembre Real Decreto RD 2393/2004 de 30 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. Modificada por la Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de Septiembre y 14/03 de 20 de Noviembre, RD 2393/2004 de 30 de Diciembre (BOE de 7 de Enero de 2005) Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Asilo y la condición de Refugiado (BOE nº 74, de 27 de marzo), modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo (BOE nº 122, de 23 de mayo). Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Asilo y de la condición de Refugiado, modificado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de Diciembre, antes citado y por el Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida (BOE nº 174 de 21 de julio). Real Decreto 178/2003, de 14 de Febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. 24

25 Nota final.- El desarrollo normativo y la aplicación del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, aprobado mediante L.O. 6/2006 de 19 de Julio puede incidir en alguna de las normas anteriores. VI. QUEJAS Y SUGERENCIAS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS Los ciudadanos pueden presentar sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la Subdelegación del Gobierno en los lugares y en la forma que se detallan a continuación: a) Lugares En las Oficinas de Registro e Información, dependientes de la Vicesecretaría General, unidad que se encargará, según lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de la gestión de las quejas y sugerencias de los ciudadanos. b) Forma Presencialmente, cumplimentando y firmando el formulario diseñado al efecto. Mediante llamada telefónica a la Oficina de Información y Registro General (Teléfono nº ). Por correo postal a Atención al Ciudadano, Oficina de Información y Registro General, Marquès de l Argentera, 2. (08003 Barcelona) Por correo electrónico: central@barcelona.map.es Mediante fax al número VII. COMPROMISOS DE CALIDAD A.- De carácter general La Delegación del Gobierno de Cataluña y todo el personal que la integra, dentro del principio de servicio a los ciudadanos, 25

26 asegurará la efectividad de los derechos de los mismos en relación con la administración, mediante la mejora continua de los procedimientos, servicios y prestaciones. Para ello, se asumen los principios de eficacia, eficiencia, responsabilidad, agilidad en los procedimientos, objetividad y transparencia, así como los de cooperación y colaboración con los ciudadanos, para conseguir un servicio efectivo a los mismos. Se compromete a asegurar la efectividad de los derechos de los ciudadanos en relación con la administración. Se compromete a estudiar de forma continua los procedimientos, servicios y prestaciones que permitan incrementar la agilidad de los mismos. Se compromete a seguir mediante indicadores de gestión de calidad, la prestación de los servicios. Se compromete a una permanente actualización de la carta de servicios. Se compromete, de acuerdo con lo establecido en las Ordenes PRE/525/2005 y APu/526/2005 de 7 de marzo, a garantizar la igualdad de género y la no discriminación por razón de sexo en el funcionamiento de sus servicios y en la respuesta a los ciudadanos y usuarios. Con carácter general la atención al público en todos los servicios de 9:00 A 14:00 horas de lunes a viernes. El horario de la Oficina Unificada de Registro General e Información ubicada en el edificio de la Delegación del Gobierno en Cataluña será de 9:00 A 17:30 horas, de lunes a viernes y de 9:00 a 14:00 horas los sábados, excepto en horario de verano del 15 de Junio al 15 de Septiembre. 1. Información administrativa general: Presencial: 26

27 El 95 % de las consultas presenciales serán atendidas en un plazo máximo de 5 minutos. El 5% restante lo será en un plazo máximo de 10 minutos. El tiempo de espera para estos trámites será inferior a 5 minutos. Telefónica: Las llamadas telefónicas son atendidas en función del grado de saturación de las líneas; el tiempo medio de espera de las llamadas atendidas no será superior a dos minutos. En caso de no disponer en ese momento de la información solicitada por el ciudadano se le tomarán los datos y el número de teléfono, para, posteriormente, comunicarle los resultados, en un plazo máximo de siete días. Escrita: El plazo medio de contestación de escritos y de correo postal será inferior a 20 días hábiles. Telemática: El plazo medio de contestación de correos electrónicos dirigido a reginfo.barcelona@map.es, será inferior a 20 días hábiles. 2. Información especializada en materia de extranjería: La Oficina de Extranjeros de Barcelona cuenta con un centro de llamadas especializado de información telefónica cuyo compromiso es atender una media mensual superior a las 500 llamadas diarias. La Oficina de Extranjeros cuenta con un servicio de información especializada para profesionales, entidades, colegios profesionales,organizaciones sindicales, etc.,vía correo electrónico infoprof.barcelona@map.es. Esta Unidad tiene el compromiso de atender las consultas que se le formulen sobre información general, vista de expedientes, petición de impresos y duplicados de resoluciones, en un máximo de 72 h. 27

28 Se establece el compromiso de mantener permanentemente actualizadas las 80 hojas informativas sobre trámites y procedimientos y comunicarlos telemáticamente a los Colegios Profesionales, organizaciones no gubernamentales y sindicales con las que se mantiene relación habitual, dentro de las 24 h. siguientes a su actualización. Las hojas informativas e impresos de solicitud a petición formulada vía a infoext.barcelona@map.es, se remiten dentro de las 24 h., siguientes a la solicitud. Consulta on line sobre el estado de tramitación de los expedientes a través de Internet en la dirección 3. Registro General Remisión a los organismos públicos correspondientes, dentro de las 24 h. siguientes, de los escritos y documentación presentados al amparo del artículo 38.4.b) de la Ley 30/92. El tiempo máximo de espera para presentar escritos individuales al amparo del art b) de la Ley 30/92 y obtener copia sellada será de 5 minutos. Los escritos presentados para las distintas unidades de la Delegación del Gobierno se remitirán a las mismas dentro de las 24 horas siguientes a su presentación, en el mismo momento en que se efectúe el reparto por el sistema informático. Registro y envío de los edictos recibidos para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en un plazo máximo de 24 horas desde su recepción. Cuando el número de originales presentados a cotejar sea igual o inferior a 50, se realizará el cotejo de la documentación en el momento de la presentación de 28

29 al solicitud o escrito al que acompañe y se devolverán los originales al interesado/a en el mismo acto 4. Quejas y sugerencias El plazo de contestación será inferior a 10 días hábiles desde que se complete el procedimiento B.- De carácter específico Area de Agricultura y Pesca En los Servicios de Sanidad Vegetal y Sanidad Animal la resolución de los expedientes de inspección se resolverá en un plazo de 24 horas, siempre que no se requiera la intervención de los laboratorios específicos de diagnosis y la documentación se presente completa. Area de Industria Informar la totalidad de las solicitudes de autorización en materia de consumo de explosivos y/o pirotecnia en un plazo medio de 72 horas, siempre y cuando la documentación se encuentre completa. Area de Sanidad Atender, en la sede del Area en el día, el 100% de las citas concertadas en vacunación internacional. Además se amplia la atención para la vacunación internacional en 6 centros concertados con la Generalita de Catalunya. Resolver el 100 % de los expedientes de inspección de mercancías en un plazo máximo de 24 h siempre que no se requieran pruebas de laboratorio y las documentaciones se encuentren completas. 29

30 Area de Trabajo Y Asuntos Sociales La Oficina de Información Socio-Laboral responderá a las cuestiones formuladas, a través del contestador telefónico, al día hábil siguiente de su recepción. Las solicitudes de pago de salarios de tramitación se resolverán, como máximo, en el plazo de 10 días hábiles una vez recibidos todos los informes pertinentes. Los certificados de emigrante retornado se entregarán el día hábil siguiente posterior a la recepción completa de la documentación exigida. Las solicitudes de ayudas a emigrantes retornados serán informadas y tramitadas como máximo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción completa de los documentos exigidos. Gestión de autorizaciones de trabajo a través de contingente y/o de temporada. Las solicitudes de contratación mediante proceso selectivo en origen se cursarán a la Dirección General de Emigración, como máximo dentro de los 3 días hábiles siguientes desde que la petición se formalice con toda la documentación exigida.. Las solicitudes de contratación nominativa se resolverán al Día siguiente hábil de la recepción de los informes preceptivos. Oficina de Extranjeros En el mismo día y acto de la formalización de la solicitud se resolverán las autorizaciones de regreso y la documentación de hijos de ciudadanos extranjeros nacidos en España. Las prórrogas de estancia se resolverán en el término de 3 días hábiles desde la formulación de la solicitud. Las renovaciones y certificados de residencia correspondientes a ciudadanos de la Unión Europea se resolverán en el mismo día y acto de la formalización de la solicitud. 30

31 Servicio de Relaciones con las Administraciones Territoriales Las inscripciones en el Registro Delegado del Registro Central de Operadores de Sustancias Químicas Clasificadas y los actos administrativos derivados de las mismas se efectuarán en un plazo máximo de 7 días hábiles. Las solicitudes de certificación para obtención de firma digital que se tramiten ante la Oficina de Acreditación se remitirán en el mismo acto de su formalización. Servicio de Autorizaciones Administrativas y Derechos Ciudadanos. Resolución y notificación en el plazo máximo de 72 horas de todos los procedimientos en materia de ejercicio del derecho de reunión, una vez conocido el último de los informes que, en su caso, se soliciten. Resolución de los procedimientos de autorización en un plazo máximo de 10 días posteriores a la recepción de los correspondientes informes y, en todo caso, dentro del plazo necesario para el ejercicio de la actividad Servicio de Personal de la Administración Periférica Actos Administrativos que se formalizan en el mismo día: Resoluciones de toma de posesión o cese en el puesto de trabajo y acuerdos de cambio de situación administrativa (F.2.R, F.4.R, F.5.R y F.6) Actos Administrativos que se formalizan como máximo en 48 horas desde que se realiza la solicitud y se obtienen los informes pertinentes Acuerdo de comisión de servicios (F.7) Resoluciones de licencia o permiso, reducción de jornada y prolongación servicio activo(f.17,f.25.r y F.28.R) Certificaciones: Expedición y entrega al interesado/a en un plazo máximo de 72 h. 31

32 Certificaciones del Registro Central de Personal: se efectúan en el mismo día y acto de la solicitud. Reconocimiento de trienios: Como mínimo 30 días antes del mes de vencimiento del trienio (F.8.R) CENTROS Y HORARIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL Oficina de Información y Atención al Ciudadano y Registro General de la Delegación del Gobierno en Cataluña Horario de 16 de Septiembre a 15 de Junio a h., ininterrumpidamente de lunes a viernes y de 9 a 14 h. los sábados Horario de 16 de Junio a 15 de Septiembre a h. de lunes a viernes y de a h. los sábados Oficina de Registro Auxiliar de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de 9 a 14 h. de lunes a viernes, mes de Agosto cerrado, se atiende en el Registro General de Marqués d Argentera, 2. Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales. Oficina de Información Socio-Laboral: Horario de 16 de Septiembre a 15 de Junio a h., ininterrumpidamente de lunes a viernes y de 9 a 14 h. los sábados Horario de 16 de Junio a 15 de Septiembre a h. de lunes a viernes y de a h. los sábados Oficina de Extranjeros. Horario de 16 de Septiembre a 15 de Junio a h., ininterrumpidamente de lunes a jueves y de 9 a 14 h. los viernes 32

33 Horario de 16 de Junio a 15 de Septiembre a h. de lunes a viernes Area Funcional de Alta Inspección de Educación: De lunes a viernes, de 9 h. a 14 h. Área Funcional de Sanidad: De lunes a viernes: De 9 a 14 horas PIF Puerto de Barcelona de 9 a 14 h. PIF Aeropuerto de lunes a viernes de 9 a 14 Area de Agricultura y Pesca: PIF Aeropuerto de Barcelona Inspección Sanidad Animal: - Atención al público de 9 a 14 horas - Inspección de 9 a 14 horas - Tardes: Animales vivos (sólo peces) previo aviso 24 horas. Inspección Sanidad Vegetal: - Atención al público de 9 a 14 horas - Inspección de 9 a 14 horas - Tardes previo aviso 24 horas. PIF Puerto de Barcelona Inspección Sanidad Animal: - Atención al público de 9 a 14 horas - Inspección de 9 a 14 horas Inspección Sanidad Vegetal: - Atención al público de 9 a 14 horas - Inspección de 9 a 14 horas Área Funcional de Fomento e Instituto Geográfico Nacional: De lunes a viernes: De 9 a 14 horas VIII. SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD; GESTION MEDIOAM- BIENTAL Y PREVENCION DE RIESGOS 1.- Aseguramiento de la calidad 33

34 La Delegación del Gobierno en Cataluña dispone de un sistema de aseguramiento de la calidad que tiene por objeto, de una parte, la actualización permanente de los ficheros básicos para la gestión de sus competencias y de otra, la actualización de la información. Dicho sistema cuenta con los siguientes elementos: a) Actualización de la Base de Datos La Delegación del Gobierno crea y actualiza de forma permanente la base de datos, adecuándola a criterios de mayor control de calidad en la gestión, con las consiguientes innovaciones y mejora de las transacciones informáticas creadas a tal fin. b) Revisión de Sistemas de Información Anualmente se revisarán los indicadores de gestión de calidad. Se analizarán las quejas, sugerencias y opiniones recibidas, con el fin de estudiarlas y servir como mecanismo de revisión de procedimientos así como de los servicios de atención al ciudadano. c) Formación continua del personal Cursos de formación en las materias a que hace referencia esta carta de servicios, especialmente en lo que se refiere a nuevas tecnologías, lenguas extranjeras, catalán y extranjería. d) Coordinación de las Subdelegaciones del Gobierno y de las Áreas Funcionales dependientes de esta Delegación del Gobierno para la unificación de criterios de actuación administrativa. e) Actualización permanente de la legislación aplicable en la materia de esta carta de servicios. f) Realización de jornadas de trabajo y reuniones periódicas con los responsables de la gestión directa de los servicios expuestos. 34

35 g) Proceso de Autoevaluación (Modelo EFQM). La Delegación del Gobierno formula el plan anual de mejoras a través de su Equipo de Calidad y del proceso de autoevaluación según el modelo EFQM. 2.- Gestión medioambiental La Delegación dispone además de sistemas de aseguramiento de la calidad medioambiental y de higiene. En este sentido, cabe destacar entre otras las siguientes medidas: Transporte a planta incineradora y destrucción total mediante incineración de los decomisos de estupefacientes incautados por las fuerzas de seguridad. Contenedores ad hoc para el depósito, hasta su retirada, de desechos y residuos sanitarios, biosanitarios, químicos y citotóxicos. Retirada y reciclaje o destrucción, según proceda, a cargo de empresa especializada, de residuos biosanitarios (agujas, jeringas, viales y otros), residuos químicos y residuos citotóxicos. Desguaces y achatarramientos de vehículos oficiales dados de baja en el servicio, realizados en plantas autorizadas para el reciclaje de vehículos. Uso preferente de toner reciclado para fotocopiadoras e impresoras. Retirada periódica y reciclaje de documentación expurgada, papel y cartón, a cargo de empresa especializada. Mantenimiento y revisiones periódicas para la prevención de emisiones radiológicas, a cargo de empresa especializada, de arcos detectores de metales y de equipos de inspección de paquetería por rayos X. Servicio de control de plagas, desratización e higienización a cargo de empresa especializada. 35

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