SISTEMA DE INFORMACIÓN DE MEDIDAS ELÉCTRICAS

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1 SISTEMA DE INFORMACIÓN DE MEDIDAS ELÉCTRICAS Tratamiento de medidas en puntos frontera de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura (Versión 2, mayo de 2015) Dirección de Servicios de la Operación

2 Control de Cambios: Versión Fecha Modificaciones Fecha de aplicación 2 Mayo Se introduce procedimiento de consultas y reclamaciones 01/06/ Se incluye la dirección de correo simel@ree.es como única dirección para las comunicaciones con el dpto. de Medidas de REE - Se modifica el procedimiento para la solicitud de incidencias, objeciones y revisión de objeciones que será de aplicación a partir del 1 de junio de 2015: Solicitudes de incidencias, objeciones y revisión de objeciones a través de formularios de la web del SIMEL Envío de estimación de medidas a través del formulario de la Web del SIMEL 1 Marzo 2013 Versión inicial. Sustituye a los siguientes documentos: Procedimiento de tratamiento de incidencias y objeciones en fronteras distintas de clientes. (Versión 11. Abril 2010). Tratamiento de datos de medida y publicaciones de fronteras de generación de régimen especial tipo 1 y 2 (Versión 2. Marzo 2012). Página 2 de 24

3 ÍNDICE 1. OBJETO ALCANCE DOCUMENTOS DE REFERENCIA CONSULTAS Y RECLAMACIONES SOLICITUDES DE ACCESO SEGURO AL CONCENTRADOR PRINCIPAL (SIMEL) ADQUISICIÓN DE MEDIDAS VALIDACIÓN DE MEDIDAS Cualificadores de la medida Firma electrónica Procedimiento para el caso de medidas inválidas o con firma incorrecta o pendiente CÁLCULO DEL MEJOR VALOR EN PUNTO FRONTERA Prelación de las medidas Publicaciones de medidas en punto frontera Medidas liquidables Estimaciones INCIDENCIAS EN PUNTOS DE MEDIDA Plazos de comunicación y respuesta a incidencias Criterios para el tratamiento de una incidencia CIERRE PROVISIONAL DE MEDIDAS OBJECIONES EN PUNTOS FRONTERA Plazos de comunicación, resolución y publicación de objeciones Criterios para el tratamiento de objeciones Solicitud de una revisión a la respuesta que el Operador del Sistema ha dado a una objeción Criterios para que se trate la solicitud de revisión de la respuesta a una objeción Página 3 de 24

4 11.5. Publicaciones posteriores a la revisión CIERRE DEFINITIVO DE MEDIDAS ANEXO: PUBLICACIONES DE MEDIDAS Página 4 de 24

5 1. OBJETO Este documento es una guía dirigida a los participantes de puntos frontera de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura en relación con el tratamiento de medidas de los mismos en el concentrador principal. 2. ALCANCE Tratamiento de la medida de puntos frontera de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura: Puntos frontera de generación tipo 1 y 2 Puntos frontera de distribución con distribución Puntos frontera de distribución con transporte 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA La documentación de referencia completa que describe el funcionamiento y obligaciones del sistema de medidas eléctricas está disponible en la sección Documentación de la página web de Red Eléctrica de España (REE): 4. CONSULTAS Y RECLAMACIONES Para cualquier consulta relacionada con este procedimiento, se puede contactar con el de REE a través de su dirección de correo simel@ree.es Asimismo, el solicitante tiene a su disposición un canal de atención de reclamaciones a lo dispuesto en este procedimiento a través del formulario disponible en la sección Digame de la página web de REE ( ). 5. SOLICITUDES DE ACCESO SEGURO AL CONCENTRADOR PRINCIPAL (SIMEL) Para realizar cualquiera de las operaciones descritas en este procedimiento se deberá disponer de un acceso seguro al Concentrador Principal (SIMEL). Los accesos seguros al Concentrador Principal (SIMEL) se solicitarán de acuerdo a lo indicado en el documento Guía para la solicitud de un acceso seguro al Concentrador Principal (SIMEL) disponible en la sección Documentación de la página web de REE ( ) Página 5 de 24

6 6. ADQUISICIÓN DE MEDIDAS Las medidas de los puntos de medida de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura podrán ser recibidas por el concentrador principal mediante uno de los siguientes métodos, a elección del responsable del punto de medida: Llamada directa del concentrador principal a los equipos de medida: la frecuencia y horas de llamadas en los puntos cuya comunicación se realiza directamente desde el concentrador principal son las siguientes: o Frecuencia de las llamadas : Las llamadas se realizan diariamente para recuperar las medidas del día anterior. Adicionalmente se realizan llamadas diarias para recuperar las medidas y/o firmas electrónicas pendientes del mes en curso y mes anterior. o Horas de las llamadas: con carácter general las llamadas se realizan entre las 00:00 y las 08:00, si bien, la línea telefónica ha de estar disponible las 24 horas del día ya que en casos excepcionales también se podrán realizar llamadas en otros horarios con el fin de recuperar medidas, eventos y/o firmas electrónicas. o Todos los lunes se envían correos automáticos dirigidos al titular y al representante (si aplica), indicando las medidas y/o firmas electrónicas pendientes de cada punto de medida de los que el Operador del Sistema es el encargado de la lectura. Estos correos se refieren únicamente a los tres últimos meses (meses m, m-1 y m-2). Delegación de funciones en un concentrador secundario de libre elección, que será el encargado de comunicar con el equipo y enviar al concentrador principal las medidas. El modelo para delegar funciones está descrito en el anexo 2 del documento Alta, modificación y baja de puntos fronteras de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. Si las medidas se reciben a través de un concentrador secundario, en caso de ausencia de medidas o de firmas electrónicas, se debe contactar con el responsable del concentrador secundario, que será el interlocutor con el operador del sistema. Si las medidas se reciben por llamada directa desde el concentrador principal y se recibe un correo indicando la ausencia de medidas o firmas electrónicas, el responsable del punto de medida deberá revisar los equipos e informar al Operador del Sistema una vez se restablezcan las comunicaciones con los equipos de medida afectados, si aplica. Las primeras comprobaciones que se pueden realizar son las siguientes: i. Chequear los datos de comunicación indicados en el correo frente a los datos reales parametrizados en los equipos. Página 6 de 24

7 ii. Comprobar la alimentación eléctrica del módem. iii. iv. Comprobar que existe cobertura de la línea (en caso de ser GSM). Verificar cualquier intervención que se haya realizado en la instalación de medida que haya podido provocar la ausencia de medidas o firmas electrónicas. En el apartado 7.2 de este documento se puede encontrar más información de aplicación en caso de ausencia o invalidez de medidas o firmas electrónicas en el concentrador principal. Adicionalmente, se dispone de guías de parametrización de módem GSM y RTC publicadas en la sección de documentación de medidas de la Web de REE indicada en el apartado 3 de este documento. Página 7 de 24

8 7. VALIDACIÓN DE MEDIDAS El procedimiento de validación de medidas se desarrolla en el apartado 3.3 del procedimiento de operación Cualificadores de la medida El procedimiento de operación 10.5 establece que las medidas podrán ser válidas o inválidas como consecuencia de la validación de los cualificadores que asigna el registrador a las medidas de cada período horario. Estos bits cualificadores están definidos en el documento Protocolo de comunicaciones entre registradores de medida o terminales portátiles de lectura, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento: Medidas válidas: son aquellas medidas procedentes de registrador sin los bits 1, 2, 3, 5, 6 y 7 marcados. Medidas inválidas: son aquellas medidas procedentes de registrador con el bit 7 marcado. Medidas provisionales por cualificador: son aquellas medidas procedentes de registrador con alguno de los bits 1, 2, 3, 5 ó 6 marcados. Podrán considerarse válidas o inválidas tras los análisis que realice el encargado de la lectura, de acuerdo a lo indicado en el apartado del procedimiento de operación Firma electrónica La firma electrónica es un procedimiento criptográfico con que los registradores a los que se les haya cargado una clave privada autentifican las medidas de cara a una posterior validación por el operador del sistema, garantizando el origen y la integridad de las medidas. Esta carga de clave privada la realiza siempre personal cualificado de REE, habitualmente durante la inspección y verificación del equipo de medida. Se consideran válidas las medidas recibidas con firma electrónica si su verificación resulta correcta. Las medidas recibidas con firma electrónica cuando su verificación resulta incorrecta se considerarán inválidas. En el caso de las medidas a las que se les solicita firma electrónica y no se recibe, denominadas medidas con firma electrónica pendiente, se considerarán estimaciones (por tanto no son liquidables en los cierres de los meses m+1 y m+3) hasta que no se reciba la firma electrónica Procedimiento para el caso de medidas inválidas o con firma incorrecta o pendiente En el caso de que se hayan registrado medidas inválidas por cualificador o firma electrónica incorrecta, se deberá presentar una incidencia u objeción según lo indicado en los apartados 7 y 9 de este documento. El caso de firma electrónica pendiente o incorrecta puede deberse a: Un problema en el firmware del equipo de medida. En este caso se debe contactar con el fabricante del equipo. Pérdida o corrupción de la clave privada cargada en el equipo. Se deberá poner en contacto con el buzón del área de inspección y Página 8 de 24

9 verificación del departamento de Medidas de REE, para solicitar una nueva carga de clave. Errores en las telecomunicaciones. En el caso de problemas con la firma electrónica que se producen en días alternos, habitualmente se deben a errores puntuales en la comunicación. En estos casos se debe revisar la cobertura (en caso de telecomunicaciones con tecnología móvil), posibles equipos conectados de telemedida en tiempo real que puedan interferferir en la comunicación y posteriormente solicitar al responsable del concentrador secundario o al Operador del Sistema que se vuelva a recuperar la información de esos días. Cambio de registrador. El cambio de registrador (o de contador - registrador en el caso de equipos con ambos dispositivos integrados en una misma envolvente) supone la pérdida de la firma electrónica. En estos casos, se deberá proceder a comunicar previamente la sustitución para su autorización de acuerdo al documento Alta, modificación y baja de puntos fronteras de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura disponible en la sección de documentación cuyo enlace se indica en el apartado 3 de este documento. Página 9 de 24

10 8. CÁLCULO DEL MEJOR VALOR EN PUNTO FRONTERA El procedimiento de cálculo del mejor valor de energía en punto frontera se desarrolla en el apartado 4 del procedimiento de operación Prelación de las medidas Se ha definido una jerarquía de las medidas recibidas según el tipo de medida en punto de medida. Esta jerarquía establece la mejor medida que se tendrá en cuenta en el cálculo de medidas en punto frontera en el caso de disponer de varias medidas de diferente tipo para un mismo período horario (lecturas remotas, locales, estimaciones, etc.). En el caso de configuraciones en las que intervenga más de un punto de medida, si existen para un mismo periodo puntos con medida de registrador y medida estimada, se tomará como tipo de medida en punto frontera el correspondiente a la medida de prelación inferior entre las utilizadas para el cálculo del valor de energía en el punto frontera. Pueden consultar la prelación de los diferentes tipos de medida en el selector de informes disponible en la web de REE: En el caso de que la mejor medida publicada para el punto frontera no se considere correcta, se deberá presentar una incidencia u objeción según lo indicado en los apartados 9 y 11 de este documento Publicaciones de medidas en punto frontera El concentrador principal pondrá a disposición del sistema de liquidaciones del Operador del Sistema los datos de medidas de acuerdo a los plazos definidos en el procedimiento de operación Adicionalmente, el concentrador principal publicará la información de medidas necesaria para que los sujetos de mercado puedan comprobar sus liquidaciones. En el anexo de este documento se detallan los distintos ficheros publicados según la fecha de publicación. Página 10 de 24

11 8.3. Medidas liquidables Se entiende por medida liquidable aquella que se publica al sistema de liquidaciones en los cierres de medidas, calculada como mejor valor de energía en punto frontera (según el procedimiento de operación 10.5). Para las publicaciones realizadas en los meses m+1 y m+3 únicamente serán liquidables, en aplicación del apartado 5 del procedimiento de operación 10.5, aquellas medidas procedentes de registrador o estimaciones realizadas por el Operador del Sistema como consecuencia de la resolución de incidencias en punto de medida, consideradas como firmes o como provisionales por causas no imputables al responsable del punto de medida, respectivamente. Se corresponderán con los tipos de medida siguientes: TIPO DE MEDIDA EN PUNTO FRONTERA DESCRIPCIÓN 1 Lectura remota de configuración principal Lectura local de configuración principal procedente 2 del Operador del Sistema 4 Lectura remota de configuración redundante 6 Lectura remota de configuración comprobante Lectura local por parte del Operador del Sistema de 7 configuración redundante Combinación de lecturas locales de configuración 8 Comprobante procedente del OS Lectura local de configuración redundante no 10 realizada por el Operador del Sistema Lectura local de configuración redundante no 11 realizada por el Operador del Sistema Estimación d) del PO 10.5: Estimación técnicamente justificada de configuración 59 redundante Estimación d) del PO 10.5: Estimación 60 técnicamente justificada de configuración principal Estimación d) del PO 10.5: Estimación técnicamente justificada de configuración 61 comprobante Por lo tanto, ninguna propuesta de estimación enviada por los participantes se pondrá a disposición del sistema de liquidaciones en los cierres de los meses m+1 y m+3, independientemente de que haya sido enviada por el participante 1 o el participante 2 del punto frontera. Para las publicaciones realizadas en el cierre provisional (mes m+7) y cierre definitivo (m+9) se tendrán en cuenta como medidas liquidables todas las medidas con las que se haya calculado energía en el punto frontera, independientemente de su procedencia, en aplicación del apartado 6.1 del procedimiento de operación Página 11 de 24

12 El informe con los códigos de tipos de medidas en punto frontera, ordenados por prioridad, se encuentra disponible en la página web de REE: Estimaciones Los participantes del punto frontera podrán proponer al encargado de la lectura las estimaciones que consideren oportunas para los periodos en los que se haya producido cualquier incidencia o hueco en la medida, con las que el encargado de lectura estimará los periodos sin medida de los equipos reglamentarios de acuerdo al apartado 4.4 del procedimiento de operación Sólo se admitirán en el sistema propuestas de estimación de periodos para los que previamente se haya comunicado una incidencia, una objeción o una solicitud de revisión de respuesta del encargado de lectura a una objeción según lo indicado en los apartados 9 y 11 de este documento, por lo que la operativa de envío de propuestas de estimación será necesariamente la siguiente: 1. Se enviará el fichero de comunicación de incidencia ( INCPM), objeción (OBJEPF) o solicitud de revisión de respuesta del encargado de lectura a una objeción (REVO), de los cuales se amplía la información en los apartados 9 y 11 de este documento. Las incidencias y objeciones también podrán comunicarse a través de los formularios disponibles en la web de SIMEL (opciones Medidas- EdLOS/Incidencia en Punto de Medida u Objeciones en punto frontera ). 2. Se esperará a recibir el acuse de recibo de carga correcta en el concentrador principal (fichero.ok) o los posibles errores (ficheros.bad /.bad2) de los ficheros anteriores. 3. Se enviarán, si aplica, los ficheros PMEST. Las estimaciones también podrán enviarse utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas-EdLOS/Propuesta de estimación de medidas en Punto de Medida ) Es necesario seguir estos pasos en el orden indicado con el fin de que se procesen los ficheros PMEST antes de los ficheros INCPM, OBJEPF o REVO, ya que de lo contrario las propuestas de estimación se rechazarían por no tener asociada una incidencia, objeción o solicitud de revisión necesaria. Las propuestas de estimación serán remitidas según los plazos establecidos para la comunicación y resolución de incidencias, objeciones y solicitudes de revisión de respuesta a objeciones: PERIODO Antes del cierre provisional Después del cierre provisional (periodo de recepción de objeciones) Después del Cierre Provisional (periodo de revisión de resolución de objeciones) FICHEROS A ENVIAR INCPM PMEST (opcional) OBJEPF INCPM (opcional) PMEST (opcional) REVO PMEST (opcional) Página 12 de 24

13 Las estimaciones recibidas podrán ser admitidas o no por el encargado de la lectura tras el procedimiento de validación descrito en el apartado 3.3 del procedimiento de operación INCIDENCIAS EN PUNTOS DE MEDIDA Se define como incidencia en una medida cualquier suceso que haya podido ocurrir en los equipos de medida o instalaciones de un punto de medida y que puedan afectar al valor de energía intercambiada en un punto frontera. En el apartado 3.4 del procedimiento de operación 10.5 se puede encontrar información más desarrollada sobre incidencias. Para comunicar una incidencia se utilizará el fichero INCPM, cuyo formato se define en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. Existen dos opciones para comunicar una incidencia: Enviar la incidencia en punto de medida utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas- EdLOS/Incidencia en Punto de Medida ). Enviar el fichero INCPM, descrito en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. El fichero puede enviarse utilizando la opción de transferencia de ficheros disponible en la página web de SIMEL o bien a través de un concentrador secundario. Además del fichero de la incidencia, se podrán enviar propuestas de estimación de medidas (ver nota) mediante el fichero PMEST por cualquiera de los dos métodos que se indican a continuación: Enviar estimaciones en punto de medida utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas- EdLOS/Propuesta de estimación de medidas en Punto de Medida ). Enviar el fichero PMEST, descrito en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. El fichero puede enviarse utilizando la opción de transferencia de archivos disponible en la web de SIMEL o bien a través de un concentrador secundario. Nota: Antes de enviar propuestas de estimaciones de datos de medidas se deberá haber enviado y cargado en el Concentrador Principal la incidencia Plazos de comunicación y respuesta a incidencias El periodo de comunicación de incidencias está abierto hasta el fin del plazo de recepción de objeciones de cada mes. En función de la fecha de recepción el Operador del Sistema las tratará y responderá según los plazos indicados en la tabla siguiente, que proceden del apartado del procedimiento de operación Las incidencias recibidas con menor antelación a treinta días antes del cierre provisional no tendrán respuesta y se entiende que deberá comunicarse una objeción, que sí será respondida por el Operador del Sistema en los plazos establecidos. Página 13 de 24

14 CIERRE RECEPCIÓN RESPUESTA m+1 hasta el primer día hábil del mes siguiente de la incidencia día 6 del mes m+1 m+3 hasta el primer día hábil del segundo mes siguiente (m+2) de la incidencia día 1 del mes m+3 provisional treinta día antes del cierre provisional día del cierre provisional 9.2. Criterios para el tratamiento de una incidencia El tratamiento de la incidencia sólo aplicará sobre el punto de medida que se incluya en la incidencia, y nunca sobre otros puntos de medida, aunque pertenezcan a la misma u otra configuración del punto frontera. Por ejemplo, si el punto de medida interviene en una configuración principal, se revisará solamente la medida del punto principal y nunca de los puntos redundantes o comprobantes, por lo que deberá comunicarse incidencia en todos y cada uno de los puntos de medida que tengan incidencia. De igual forma solo aplicará la resolución de incidencias para las fechas que se indican en la incidencia. Debido a la resolución de las incidencias, puede ocurrir que la medida en punto frontera no sea liquidable en los cierres de los meses m+1 y m+3 si se anula una medida liquidable y, en el cálculo de mejor valor posterior, la medida en punto frontera resulte no ser liquidable, de acuerdo a lo indicado en el apartado 8.3 de este documento. Por ejemplo, si se envía una incidencia de las medidas de un registrador y propuestas de estimación de un punto frontera sin medida redundante y el Operador del Sistema acepta la incidencia en su resolución, se anularía la medida de registrador, que podría ser liquidable, y pasaría a calcularse el valor de energía en el punto frontera con las propuestas de estimación (si el Operador del Sistema las valida), que no son liquidables hasta el cierre provisional. Página 14 de 24

15 10. CIERRE PROVISIONAL DE MEDIDAS Antes del cierre provisional de medidas se estimarán los periodos sin medida en punto frontera según lo indicado en el apartado del procedimiento de operación 10.5, y de acuerdo con la tabla que se muestra a continuación: Puntos frontera con medidas inválidas de registrador por periodo incompleto por fallo de alimentación (1) Puntos frontera con menos de 24 horas sin medidas en el mes Puntos frontera sin medida en el mes y sin registrador asociado Puntos frontera de servicios auxiliares de generación con registrador de medidas asociado Puntos frontera con más de 24 horas sin medida en el mes con registrador asociado que no son inválidas Estimación con la misma energía marcada por el registrador (2) Estimación en base a datos históricos Estimación con medida cero Estimación con medida cero en magnitud activa saliente Estimación de medida cero o en base a históricos según el tipo de frontera. (1) El detalle sobre los bit de invalidez puede encontrarse en el apartado del documento Protocolo de comunicaciones entre registradores de medida o terminales portátiles de lectura publicado en la sección de documentación de medidas de la Web de REE indicada en el apartado 3 de este documento (2) La energía medida en los casos de fallo de alimentación siempre es igual o inferior a la energía que realmente ha circulado La publicación del cierre provisional del mes m-7 se realizará mensualmente el vigésimo día natural o el primer hábil inmediatamente anterior si el día 20 fuera inhábil, según el apartado 6 del procedimiento de operación Esta publicación, al igual que el resto de plazos e hitos de los cierres de medidas, se puede consultar en el calendario anual que el Operador del Sistema publica en la sección de documentación indicada en el apartado 3 de este documento. En el anexo de este documento se incluye una relación con los ficheros que se publican en cada cierre provisional, tanto de datos estructurales como de medidas de puntos frontera de los que el Operador del Sistema es encargado de la lectura. Página 15 de 24

16 11. OBJECIONES EN PUNTOS FRONTERA El procedimiento de comunicación, análisis y resolución de objeciones en punto frontera se desarrolla en el apartado 7 del procedimiento de operación Podemos encontrar dos tipos de objeciones: Asociadas a datos de medidas Cambios de datos estructurales o configuraciones de puntos frontera. Independientemente del tipo de objeción, existen dos vías para comunicar una objeción: Enviar la objeción en punto frontera utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas-EdLOS/Objeciones en Punto de Frontera ) Enviar el fichero OBJEPF, descrito en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. El fichero puede enviarse utilizando la opción de transferencia de ficheros disponible en la página web de SIMEL o bien a través de un concentrador secundario Plazos de comunicación, resolución y publicación de objeciones El plazo de emisión de objeciones es de veinte días hábiles a partir de la publicación del cierre provisional según se recoge en apartado 7.2 del procedimiento de operación Después de la resolución de las objeciones por parte del operador del sistema, el decimoquinto día hábil después del fin de plazo de recepción de objeciones se publicarán a los participantes los ficheros indicados en el anexo de este documento. A partir de esta publicación, los participantes disponen de otros cinco días hábiles para comunicar las solicitudes de revisión a la respuesta de las objeciones mediante el fichero REVO, tras cuyo plazo se realiza una nueva publicación de los ficheros indicados en el Anexo. Después de esta última publicación previa al cierre definitivo y salvo comunicación contraria del participante a la mayor brevedad posible para su análisis y resolución, las medidas publicadas pasarán a ser firmes definitivas en la publicación del cierre definitivo que se realizará el décimo día hábil posterior a la publicación tras la resolución de las objeciones Criterios para el tratamiento de objeciones A continuación se describen los criterios generales que se tienen en cuenta en el análisis y resolución de las objeciones: Toda objeción debe concretar día y hora o periodo afectado. Se rechazará aquella que no se indique en el campo Descripción el detalle del motivo de objeción. Ejemplo: se rechazarán las objeciones en las que únicamente se indique energía incorrecta en el campo Descripción. Página 16 de 24

17 Se rechazará una objeción donde en la descripción únicamente se indique la energía publicada y reclamada sin aportar más información de la objeción. Siempre prevalece la medida redundante de un punto frontera sobre una estimación de participante, mientras el valor sea válido y no haya habido incidencia comunicada en el equipo. Por lo tanto, y como ejemplo, cuando se disponga de medida principal con firma incorrecta, y exista medida redundante válida, nunca se anulará para considerar la estimación enviada por el participante. No se aceptarán objeciones que indiquen en su descripción que se comunique de nuevo con los equipos, ya que debido a su profundidad de registro las medidas no están disponibles en los equipos 8 meses después Solicitud de una revisión a la respuesta que el Operador del Sistema ha dado a una objeción Una vez publicado el fichero de respuesta del Operador del Sistema a las objeciones (fichero REOB) en el plazo indicado anteriormente, cualquiera de los participantes afectados puede comunicar una solicitud de revisión de la respuesta a la objeción mediante el fichero REVO en el caso en que no esté de acuerdo con la resolución de la objeción por parte del operador del sistema. El plazo de envío de la solicitud de revisión es de 5 días hábiles desde la publicación posterior a la resolución de objeciones. Las solicitudes de revisión se pueden realizar por cualquiera de los siguientes procedimientos: Enviar la revisión de objeción en punto frontera utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas- EdLOS/Incidencia en Punto de Medida ) Enviar el fichero REOB, descrito en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. El fichero puede enviarse utilizando la opción de transferencia de archivos disponible en la web de SIMEL o bien a través de un concentrador secundario. Además de la solicitud de revisión, se podrán enviar propuestas de estimación de medidas (ver nota) por cualquiera de los métodos que se indican a continuación: Enviar estimaciones en punto de medida utilizando el formulario disponible en la página web de SIMEL (opción Medidas- EdLOS/Propuesta de estimación de medidas en Punto de Medida ). Enviar el fichero PMEST, descrito en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. El fichero puede enviarse utilizando la opción de transferencia de archivos disponible en la web de SIMEL o bien a través de un concentrador secundario. Nota: Antes de enviar propuestas de estimaciones de datos de medidas se deberá haber enviado y cargado en el Concentrador Principal la solicitud de revisión de objeción. Página 17 de 24

18 11.4. Criterios para que se trate la solicitud de revisión de la respuesta a una objeción Toda revisión de una objeción, debe aportar nueva información o aclarar la objeción de la que proviene para que pueda tenerse en cuenta. De no cumplirse lo anterior, la objeción se mantendrá en el estado en el que se publicó en la primera respuesta Publicaciones posteriores a la revisión Una vez analizadas todas las solicitudes de revisión y finalizado el plazo de comunicación de solicitudes de revisión, se publican las medidas y las respuestas a las objeciones con las correcciones que apliquen. Salvo comunicación contraria del participante las medidas publicadas pasarán a ser firmes definitivas en la publicación del cierre definitivo que se realizará el décimo día hábil posterior a la publicación tras la resolución de las objeciones. Página 18 de 24

19 12. CIERRE DEFINITIVO DE MEDIDAS Las medidas del cierre provisional que no hayan sido objetadas en los plazos anteriormente indicados, pasarán a considerarse como firmes definitivas de acuerdo a lo establecido en el Reglamente unificado de puntos de medida. Para el resto de medidas objetadas, una vez terminados los plazos de reclamación, pasarán a ser firmes también. El Operador del Sistema pasará a publicar el cierre definitivo de medidas el quinto día hábil posterior al fin del plazo de solicitud de revisión de objeciones, en aplicación del apartado 8.3 del procedimiento de operación Tras la publicación de un cierre definitivo únicamente es posible solicitar la corrección de medidas en las condiciones que contempla el artículo 15 del Real Decreto 1110/2007. Página 19 de 24

20 ANEXO: PUBLICACIONES DE MEDIDAS Las publicaciones que realiza el Operador del Sistema pueden consultarse a través de: Los concentradores secundarios, si el participante está adscrito a uno La web de participantes del SIMEL, para lo que el participante debe de disponer de un acceso seguro según lo indicado en el apartado 5 de este documento El formato de cada fichero de la siguiente tabla está disponible en el documento Ficheros para el intercambio de información de medidas, disponible en el enlace indicado en el apartado 3 de este documento. Lo indicado entre paréntesis después de cada fichero corresponde con el apartado del documento de ficheros anteriormente citado: PUBLICACIÓN FICHERO Diaria con datos del mes m (antes de las 10:00) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) UPR_HD_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) Diaria con datos del mes m (antes de las 12:00) PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_HD_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) NOCUPS_YYYY_aaaammdd.v (5.1.6) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPR_PAR_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.12) UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) UFI_HD_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) RECPM_YYYY_aaaammdd.v (5.5.1) RECPF_YYYY_aaaammdd.v (5.5.2) OC_EEFEST_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.5.3) OC_EEFIHA_YYYY_aaaammdd.v (5.5.4) Diaria los días 1 al 5 con datos del mes m -1 (antes de las 10:00) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) UPR_HD_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) Página 20 de 24

21 PUBLICACIÓN FICHERO Diaria los días 1 al 5 con datos del mes m -1 (antes de las 12:00) PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_HD_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPR_PAR_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.12) UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) UFI_HD_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) Semanal los domingos con datos del mes m-2 EPFPF_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) Mensual el día 6 con datos del mes m-1 (antes de las 10:00) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) UPR_H2_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) Mensual el día 6 con datos del mes m-1 (antes de las 12:00) PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_H2_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPR_PAR_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.12) UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_H2_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_H2_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) AMCIL_H2_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.8) UFI_H2_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) Mensual el día 1 con datos del mes m-3 (antes de las 13:00) PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_H3_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPR_PAR_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.12) Página 21 de 24

22 PUBLICACIÓN FICHERO UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_H3_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_H3_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) AMCIL_H3_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.8) UPR_H3_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) UFI_H3_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) Mensual con datos del mes m-7 Cierre Provisional (día 20 o hábil inmediatamente anterior) PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_HP_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_HP_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HP_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) UPR_HP_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) UFI_HP_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) PRT_HP_AAAAMMDD.v (5.3.3) REPRT_HP_AAAAMM.v (5.3.4) BALD_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.3.5) Mensual con datos del mes m-9 Tras resolución de objeciones PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) EPFPF_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) REOB_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (3.3.5) Mensual con datos del mes m-9 Tras resolución de revisión de objeciones PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) EPFPF_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) Página 22 de 24

23 PUBLICACIÓN FICHERO ACUM_HD_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) REOB_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (3.3.5) Mensual con datos del mes m-9 Cierre Definitivo PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.1.1) PFCIL_HC_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.5) PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.9) PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v (5.1.10) UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v (5.1.13) EPFPF_HC_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.1) ACUM_HC_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v (5.2.2) AMCIL_HC_YYYY_RR_AAAAMMDD.v (5.2.8) UPR_HC_YYYY_AAAAMMDD.V (5.2.9) UFI_HC_YYYY_AAAAMMDD.v (5.2.10) PRT_HC_AAAAMMDD.v (5.3.3) REPRT_HC_AAAAMM.v (5.3.4) BALD_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.3.5) Mensual con datos del mes m-9 Cierre Excepcional Provisional EXDIHO_P_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.13) EXDI_P_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.14) EXCO_P_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.15) BALD_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.3.5) Mensual con datos del mes m-10 Cierre Excepcional Definitivo EXDIHO_D_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.13) EXDI_D_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.14) EXCO_D_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.2.15) BALD_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v (5.3.5) Página 23 de 24

24 CALENDARIO RESUMEN DE PUBLICACIONES POR FICHERO FICHEROS Datos del mes m (antes de las 10:00) Datos del mes m (antes de las 12:00) DIARIA SEMANAL MENSUAL Datos del mes m -1 Días del 1 al 5 (antes de las 10:00) Datos del mes m -1 Días del 1 al 5 (antes de las 12:00) Datos del mes m-2 Domingos ACUM_CC_AAA_YYYY_RR_AAAAMM.v X X X X X X X X X AMCIL_CC_YYYY_RR_AAAAMMDD.v X X X BALD_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X X X X EPFPF_CC_AAA_YYYY_RR_AAAAMMDD.v X X X X X X X X X EXCO_X_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X X EXDI_X_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X X EXDIHO_X_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X X Datos del mes m-1 Día 6 (antes de las 10:00) Datos del mes m-1 Día 6 (antes de las 12:00) Datos del mes m-3 Día 1 (antes de las 13:00) Datos del mes m-7 Cierre Provisional Datos del mes m-9 Tras resolución de objeciones Datos del mes m-9 Tras resolución de revisión de objeciones NOCUPS_YYYY_aaaammdd.v X OC_EEFEST_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X OC_EEFIHA_YYYY_aaaammdd.v X PFCIL_CC_YYYY_AAAAMMDD.v X X X X X X PFRON_YYYY_RR_AAAAMMDD.v X X X X X X PFUFI_YYYY_AAAAMMDD_RR.v X X X X X X X X PFUPR_YYYY_AAAAMMDD_RR.v X X X X X X X X PRT_AAAAMMDD.v X X RECPF_YYYY_aaaammdd.v X RECPM_YYYY_aaaammdd.v X REOB_YYYY_AAAAMM_aaaammdd.v X X REPRT_CC_YYYY_AAAAMM.v X X UFI_CC_YYYY_AAAAMMDD.v X X X X X X UPR_CC_YYYY_AAAAMMDD.V X X X X X X UPR_PAR_YYYY_AAAAMMDD.v X X X X UPRSL_YYYY_AAAAMMDD.v X X X X X X Datos del mes m-9 Cierre Definitivo Datos del mes m-9 Cierre Excepcional Provisional Datos del mes m-10 Cierre Excepcional Definitivo Página 24 de 24

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