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- José Luis Mendoza Montero
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11 San Isidro, 26 de setiembre de 2014 Señores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - SMV Presente.- Ref.: Expediente Nº De nuestra consideración: Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes con relación a vuestro oficio de la referencia, a través del cual nos solicitan copia de las cartas de CAVALI S.A. ICLV informando el pago de intereses y amortización total de la primera emisión, serie 1, clase B; la segunda emisión serie 1, clase B y la segunda emisión serie 2, clase B del PRIMER PROGRAMA WONG & METRO. Adjunto al presente les remitimos las cartas solicitadas. Sin otro en particular, quedamos de ustedes. Atentamente, SCOTIA SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. Claudia Quiroz Chávez Representante Bursátil
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15 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº SMV/10.2 Lima, 13 de octubre de 2014 El Intendente General de Supervisión de Entidades VISTOS: El Expediente Nº presentado por Scotia Sociedad Titulizadora S.A., así como el Informe Nº SMV/10.2 del 09 de octubre de 2014 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General N EF/94.11 del 19 de mayo de 2006 se dispuso la inscripción del programa denominado Primer Programa de Bonos de Titulización Wong & Metro y del patrimonio fideicometido denominado Patrimonio en Fideicomiso - Decreto Supremo N EF Título XI, Wong & Metro - Primer Programa de Bonos de Titulización, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso la inscripción de los valores correspondientes la primera emisión denominados Bonos de Titulización Wong & Metro Primera Emisión en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución Gerencia General N EF/94.11 del 30 de noviembre de 2006 se dispuso la inscripción de los valores correspondientes a la segunda emisión denominados Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución Directoral de Patrimonios Autónomos Nº EF/ del 20 de enero de 2009, se dispuso la inscripción de los valores correspondientes a la tercera emisión denominados Bonos de Titulización Wong & Metro Tercera Emisión del Primer Programa en el Registro Público del Mercado de Valores. Estos valores no se colocaron dentro de los plazos de colocación y de vigencia del programa; Que, mediante comunicación presentada el 10 de setiembre de 2014 Scotia Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la exclusión de los valores correspondientes a la primera emisión denominada Bonos de Titulización Wong & Metro Primera Emisión y la segunda emisión denominada Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa ; Que, como sustento de su solicitud, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. presentó copia del testimonio de la escritura pública de Terminación del Contrato Marco de Constitución de Fideicomiso de Titulización, Liquidación y Extinción del Patrimonio Fideicometido, otorgada por Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en calidad de fiduciario;
16 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO Que, en la cláusula segunda, numeral 2.6, de la referida escritura pública Scotia Sociedad Titulizadora S.A. declara que se ha cumplido con la cancelación total de los bonos que fueron emitidos en el marco del Primer Programa de Bonos de Titulización Wong & Metro ; Que, mediante cartas del 24 de octubre de 2013 CAVALI S.A ICLV informó a Scotia Sociedad Titulizadora S.A. que el 14 de marzo de 2011 se realizó la redención total de los valores correspondientes a la Serie 1, Clase B, de los Bonos de Titulización Wong & Metro Primera Emisión y la Serie 1, Clase B, de los Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa ; asimismo, informó que el 31 de enero de 2013 se realizó la redención total de los valores correspondientes a la Serie 2, Clase B, de los Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa ; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 37, literal b), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, en concordancia con el artículo 23 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, procede la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores a solicitud del emisor, por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores, cuando se hubieren extinguido los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa, sin que sea necesario efectuar una oferta pública de compra a que hace referencia el artículo 38 de la Ley del Mercado de Valores; Que, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 21 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, para la exclusión de valores correspondientes a los Bonos de Titulización Wong & Metro Primera Emisión y a los Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa, del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, como consecuencia de su amortización total; tal como se desarrolla en el Informe N SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; Que, respecto de los Bonos de Titulización Wong & Metro Tercera Emisión del Primer Programa, teniendo en consideración que la colocación de valores no se realizó dentro de plazos de colocación y de vigencia del programa, corresponde su exclusión de oficio de conformidad con el artículo 23, cuarto párrafo, del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; Que, atendiendo a lo expuesto en los párrafos anteriores, corresponde excluir el Primer Programa de Bonos de Titulización Wong & Metro y, consecuentemente, el patrimonio fideicometido denominado Patrimonio en Fideicomiso - Decreto Supremo N EF Título XI, Wong & Metro - Primer Programa de Bonos de Titulización del Registro Público del Mercado de Valores; en aplicación de lo dispuesto por el artículo 48 del Reglamento de Registro Público del Mercado de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 8, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº EF.
17 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la exclusión de los valores denominados Bonos de Titulización Wong & Metro Primera Emisión, Bonos de Titulización Wong & Metro Segunda Emisión del Primer Programa y Bonos de Titulización Wong & Metro Tercera Emisión del Primer Programa del Registro Público del Mercado de Valores, así como del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2.- Disponer la exclusión del programa de emisión de valores denominado Primer Programa de Bonos de Titulización Wong & Metro del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Disponer la exclusión del Patrimonio en Fideicomiso - Decreto Supremo N Ef Titulo XI, Wong & Metro - Primer Programa de Bonos de Titulización del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores ( Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; a E. Wong S.A. y Cencosud Retail Perú S.A., en calidad de originadores; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. Armando Manco Manco Intendente General Intendente General de Supervisión de Entidades
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