REGLAMENTO I. Objeto II. Miembros Miembros individuales: Miembros institucionales académicas: Miembros institucionales OSC: Colaboradores:
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- María Luisa Martín Martínez
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1 REGLAMENTO I. Objeto 1. El presente reglamento fija las normas y procedimientos, así como las responsabilidades que regirán entre los asociados, colaboradores y participantes de la Red Internacional de Migración y Desarrollo, A.C., complementando lo ya dispuesto en sus Estatutos. II. Miembros 2. Como lo estipula el Décimo Segundo de los Estatutos, son miembros de esta Red: a) Miembros individuales: son personas físicas que voluntariamente han decidido pertenecer a la Red y se adhieren a sus principios. b) Miembros institucionales académicas: son instituciones académicas admitidas por el Consejo Directivo. c) Miembros institucionales OSC: son organizaciones de la sociedad civil (OSCs), admitidas por el Consejo Directivo. d) Colaboradores: son los individuos involucrados en las actividades y tareas de la organización que son remunerados o voluntarios de su tiempo y trabajo. 3. Para ser miembro individual se requiere: a) Ser una persona física, con interés en el proyecto de la Red. b) Llenar una solicitud de admisión. c) Adherirse a los principios de la Red. d) Pagar la cuota correspondiente. 4. Las causas por las cuales se pierde el carácter de miembro individual: a) No renovar su pago de cuota. b) Renuncia expresa del miembro o no renovación de membresía. c) Realizar actividades contrarias a los principios de la Red. d) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos de la Red, sin razón justificada. 1
2 e) Incumplimiento grave del reglamento 5. Son derechos de los miembros individuales: a) Participar en las actividades que organice la Red. b) Recibir el reglamento y los documentos de identidad de la Red. c) Recibir información periódica de las actividades y eventos de la Red. d) Descuento y preferencia en actividades de la Red como talleres, coloquios y eventos. e) Obtener el reconocimiento por su participación en trabajos o investigaciones. f) Firmar las declaraciones de la Red. g) Acceso a información y administración de la página Web, bajo supervisión del administrador: Acceso a secciones exclusivas para miembros. Publicación de currículum, foto, trabajos e investigaciones. Derechos de imprimir la revista-e. Acceso a foros de comunicación. Acceso a las bases de datos. 6. Son obligaciones de los miembros individuales: a) Conocer el reglamento. b) Respetar los principios de la Red. c) Mantenerse al corriente con el pago de sus cuotas. d) Cumplir con los compromisos adquiridos en proyectos y actividades. e) Renovar anualmente su membresía 7. Para ser miembro institucional se requiere: a) Completar un formato de solicitud que incluye: Carta de motivos e intereses por participar. Tener un miembro individual como parte de la Red. Voluntad para adherirse a los principios de la Red. Recursos humanos, financieros y materiales en condiciones de aportar a la Red de manera institucional. b) Su solicitud de ingreso haya sido aprobada por el Consejo Directivo. 2
3 c) Pagar una cuota proporcional, según su tamaño e ingresos anuales. d) Firmar un convenio entre la Red y la institución, donde se especifique su aportación, el nombramiento de un miembro representante de la institución, su participación en la Asamblea y su cuota de membresía institucional. 8. Las causas por las cuales se pierde el carácter de miembro institucional académico son: a) Renuncia expresa del miembro institucional. b) Termino de los compromisos adquiridos o no renovación del convenio. c) Que el miembro representante nombrado de la institución no asista a las Asambleas y reuniones a las que haya sido convocada la institución, de manera recurrente. d) Incumplimiento de actividades y compromisos con la Red, sin razón justificada. e) Uso indebido de la identidad de la Red. f) Incumplimiento grave del reglamento. g) Incumplimiento de las obligaciones y/o principios de la Red. 9. Para ser miembro institucional como OSC se requiere: a) Completar un formato de solicitud que incluye: Carta de motivos e intereses por participar. Tener un miembro individual como parte de la Red. Voluntad para adherirse a los principios de la Red. Recursos humanos, financieros y materiales en condiciones de aportar a la Red de manera institucional. b) Que su solicitud de ingreso haya sido aprobada por el Consejo Directivo. c) Pagar una cuota proporcional, según su tamaño e ingresos anuales. d) Firmar una carta de entendimiento entre la Red y la institución, donde se especificará su aportación, el nombramiento de un miembro representante de la institución, su participación en la Asamblea y su cuota de membresía institucional. 10. Las causas por las cuales se pierde el carácter de miembro institucional OSC son: a) Renuncia expresa del miembro institucional. b) Termino de los compromisos adquiridos o no renovación de la carta de entendimiento. 3
4 c) Que el miembro representante de la institución no asista a las Asambleas y reuniones a las que haya sido convocada la institución, de manera recurrente. d) Incumplimiento de actividades y compromisos de la Red sin razón justificada. e) Uso indebido de la identidad de la Red. f) Incumplimiento grave del reglamento. g) Incumplimiento de las obligaciones y/o principios de la Red. 11. Son derechos de los miembros institucionales: a) Participar en las actividades que organice la Red. b) Recibir el reglamento y los documentos de identidad de la Red. c) Recibir información periódica de las actividades y los eventos de la Red. d) La participación con voz y voto en la Asamblea, según los términos definidos en el convenio o carta de entendimiento vigente. e) Los créditos institucionales en los eventos a los que la institución haya contribuido directamente. f) Su logo aparecerán en la portada de la revista y la página web de la Red, con vínculos a su página institucional. g) Un ejemplar físico de revista será enviado a su centro de documentación o biblioteca. h) Ser anfitriones de las actividades de la Red. i) Presentar propuestas de trabajo articulado y proponer grupos de trabajo. j) Utilizar la imagen de la Red, bajo autorización del Comité Ejecutivo. k) Contar con el respaldo de la Red ante eventualidades. l) Acceso a la administración de la página Web, en su sección de miembros institucionales: Acceso a secciones exclusivas para miembros. Publicación de currículum, foto, trabajos e investigaciones. Derechos de imprimir la revista-e. Acceso a foros de comunicación. Acceso a las bases de datos. 12. Son obligaciones de los miembros institucionales: a) Conocer el reglamento. 4
5 b) Designar un representante con capacidad de propuesta y decisión en su ámbito de trabajo. c) Aportar recursos humanos y materiales. d) Respetar los principios de la Red. e) Firmar y renovar el convenio con la Red. f) Cumplir con los compromisos adquiridos en proyectos y actividades g) Pedir autorización para uso de la imagen de la Red. h) Cumplir con su pago oportuno de la cuota de membresía institucional. i) Compromiso de compartir la información relevante de la Red con sus miembros. III. Órganos de gobierno 13. Los órganos de gobierno de la Red en orden jerárquico son: 1. Asamblea General 2. Consejo Directivo 3. Comité Ejecutivo 4. Consejo Asesor 5. Director Ejecutivo 6. Comisiones de trabajo 14. Participarán en la Asamblea como socios con voz y voto, los miembros que componen el Consejo Directivo, los Coordinadores de Comisiones y los representantes de los miembros institucionales con convenio o carta de entendimiento vigente. 15. Según lo dispuesto en el Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos, se prevé realizar una Asamblea ordinaria anual. Esta Asamblea deberá convocarse, al menos con 15 días de anticipación y se realizará en la primera convocatoria con el 51% de los asociados, y en la segunda con el número de ellos presente. 16. Según lo dispuesto en el Artículo Décimo Octavo de los Estatutos y aquí complementario, las funciones de la Asamblea serán: a) Velar por el cumplimiento de los objetivos generales y la misión de la Red. b) Elegir a los miembros del Consejo Directivo. 5
6 c) Revisar y aprobar los informes del Consejo Directivo sobre las actividades de la Red. d) Permanecer al tanto de la planeación anual y de largo plazo de la Red. e) Conocer los resultados de las evaluaciones periódicas realizadas en la Red. f) Conocer los principales planes y participar en las actividades para la procuración de financiamiento de la Red. g) Aprobar los informes financieros de la Red presentados por el Consejo Directivo h) Discutir y aprobar las modificaciones de los Estatutos. i) Aprobar y modificar el Reglamento de la Red. 17. El orden del día de la Asamblea se enviará junto con la convocatoria, firmada por el Director Ejecutivo y el Secretario de Organización, por lo menos 15 días antes de llevarse a cabo. 18. Si no se pudiesen tratar todos los asuntos para los que fue convocada la Asamblea por falta de tiempo, podrá suspenderse la misma para proseguir uno o más días después sin necesidad de una nueva convocatoria y con cualquiera que sea el número de asociados activos que concurran. Los asociados que se retiren o los que no concurran a la reanudación de una Asamblea que se suspendiere por falta de tiempo, se entenderá que emiten su voto en el sentido de la mayoría de los presentes. 19. De toda Asamblea se levantará un acta en el libro de Actas de la Red, en la que se hará constar los puntos tratados y los acuerdos tomados por la Asamblea. Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple. Salvo en los casos en que se propongan cambios a los Estatutos, en esa circunstancia se requiere la aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes. El acta será firmada por los miembros del Consejo Directivo. Cuando así lo ameriten las condiciones, todos los miembros asistentes firmarán acuerdos resolutorios que también constarán en el libro de Actas. 20. Las actas de las Asambleas se enviarán, con un fin informativo, a más tardar un mes después de haberse llevado a cabo, a todos los miembros con derecho a voz y voto, es decir, a los miembros que participan en el Consejo Directivo, los Coordinadores de Comisiones y los representantes de miembros institucionales con convenio o carta de entendimiento vigente. 6
7 IV. Consejo Directivo 21. El Consejo Directivo se reunirá de manera presencial por lo menos una vez al año y por medios electrónicos cada cuatro meses, y tendrá las facultades y poderes para dirigir las actividades de la Red. 22. El Consejo Directivo estará integrada por 15 miembros, que cumplan con los siguientes requisitos: Haber sido miembro de la Red por lo menos 2 años. Haber participado en alguna Comisión de trabajo. Ser propuesto por la Asamblea o el Consejo Consultivo. 23. Los miembros del Consejo Directivo serán electos por la Asamblea de acuerdo a los siguientes criterios: Expansión geográfica, representación de distintas localidades y regiones. Atraer más recursos y vínculos. Sus intereses se subscriban dentro de las áreas de la red. 24. Los miembros del Consejo Directivo durarán en su cargo 3 años y podrán ser reelectos para el período inmediato siguiente. Su renovación se hará de manera escalonada, de modo que cada año sólo se renueven/reelijan 5 miembros del Consejo Directivo. 25. Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes: a) Promover la inclusión de nuevos miembros individuales e institucionales a la Red. b) Elegir al Director Ejecutivo. c) Elegir a los miembros del Comité Ejecutivo. d) Formar nuevas Comisiones de trabajo y revisar los avances de éstas. e) Formar nuevos Grupos de trabajo temático y revisar los avances de éstas. f) Resolver respecto a los informes y proyectos que le sean presentados. g) Aprobar a los nuevos miembros institucionales de la Red. h) Definir las cuotas anuales de los miembros. 7
8 i) Permanecer al tanto de la situación financiera de la organización. j) Conocer las propuestas, proyectos y escritos formales en nombre de la Red. k) Participar en la gestión de los recursos financieros y materiales para el funcionamiento de la Red y el cumplimiento de sus objetivos. V. Consejo asesor 26. El Consejo asesor será el órgano de consulta de la Red. Sus miembros del Consejo Asesor tienen derecho a asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias, con voz y sin voto, recibiendo toda la información (convocatoria, informes y actas de Asambleas pasadas) para poder emitir una opinión informada. 27. Los candidatos a miembros del Consejo asesor serán miembros de la Red, propuestos por el Consejo Directivo y la Asamblea. Quienes aspiren a formar parte de dicho Consejo deberán distinguirse por su interés y compromiso con los objetivos de la Red, por su trayectoria profesional y por las contribuciones que puedan hacer a las actividades y fines de la Red. Los miembros del Consejo Consultivo al aceptar la invitación a formar parte de éste, expresarán su acuerdo con los principios y objetivos de la Red. 28. Las tareas del Consejo Asesor serán: a) Asesorar en la definición de la misión y los propósitos de la organización. b) Opinar y contribuir a la continuidad del planeación estratégico de la Red. c) Asesorar, monitorear y fortalecer los programas y proyectos de la Red. d) Colaborar en la evaluación del desempeño y del impacto de la Red, así como de sus miembros y colaboradores. e) Contribuir en la visibilidad y la vinculación de la Red con causas y organizaciones afines a sus objetivos. f) Acompañar y contribuir en la procuración de recursos, tanto humanos como financieros para el cumplimiento de los fines de la Red. g) Velar por la integridad legal y ética de la Red y la rendición de cuentas hacia la sociedad en general. h) Apoyar al Consejo Directivo en sus labores. 8
9 29. Los miembros Consejo Asesor serán elegidos por dos años, y podrán ser reelectos, según convenga a sus intereses. VI. Comité Ejecutivo 30. El Comité Ejecutivo es un órgano colegiado, de consulta y apoyo al Director Ejecutivo. Estará formado por 5 miembros del Consejo Directivo, incluyendo al Director Ejecutivo. 31. El Consejo Ejecutivo reunirá al menos 2 veces al año de forma presencial y se comunicará mensualmente por medios electrónicos. 32. Los miembros del Comité Ejecutivo durarán en su cargo 3 años y podrán ser reelectos para el período inmediato siguiente. Su renovación se hará de manera escalonada, de modo que cada año sólo se renueven/reelijan hasta 2 miembros del Comité Ejecutivo. 33. Las funciones del Comité Ejecutivo serán las siguientes: a) Dar seguimiento a la ejecución de los acuerdos tomados en las Asambleas y reuniones del Consejo Directivo. b) Conocer los acuerdos y avances de las Comisiones de trabajo y los Grupos de trabajo temáticos. c) Aprobar las decisiones que tanto las Comisiones de trabajo y los Grupos de trabajo temáticos pongan a su consideración. d) Firmar las actas de las Asambleas realizadas. e) Definir los términos de los convenios con los miembros institucionales académicos y OSCs. f) Conocer trimestralmente los estados financieros. g) Gestionar recursos financieros necesarios para el funcionamiento de la Red. h) Aprobar proyectos y financiamiento para la Red. i) Preparar los informes de actividades de la Red. j) Proponer al Consejo Directivo las cuotas anuales que deban cubrir los miembros. k) Informar a la Asamblea de los convenios propuestos y firmados que contribuyan al cumplimiento de los fines de la Red. 9
10 l) Representar a la Red ante otras organizaciones. m) Tomar decisiones en materia de desarrollo institucional y membresía. VII. Director Ejecutivo 34. El Director Ejecutivo será elegido de entre los miembros del Consejo Directivo por un período de 3 años y podrá ser reelecto por un ciclo consecutivo similar. 35. El Director Ejecutivo tendrá las siguientes funciones: a) Representar legalmente a la Red y contar con los poderes y facultades descritos en el Artículo Vigésimo Sexto de los Estatutos. b) Convocar a las Asambleas de asociados y ejecutar los acuerdos tomados en las mismas. c) Presidir las reuniones del Consejo Directivo, Comité Ejecutivo y Asamblea, comprobando el quórum necesario para llevarlas a cabo y los resultados finales de las votaciones, así como que otros requisitos de los Estatutos y del presente Reglamento se cumplan. d) Preparar los informes de actividades de la Red. e) Firmar convenios y acuerdos en nombre de la Red. f) Cumplir con las obligaciones fiscales de la Red. g) Presentar, con ayuda de los colaboradores, informes periódicos sobre el estado financiero de la Red ante el Comité Ejecutivo, el Consejo Directivo y la Asamblea. h) Coordinar, con ayuda del staff, la logística para las reuniones presenciales del Consejo Directivo y las Asambleas. i) Proponer modificaciones al Reglamento y las políticas de la Red. j) Seleccionar y contratar a los coordinadores y principales colaboradores de la Red, cuyo trabajo sea retribuido. 10
11 VIII. Comisiones de trabajo 36. Las Comisiones serán propuestas por el Comité Ejecutivo o el Consejo Directivo, y aprobadas por éste último. Estarán formadas por miembros individuales e institucionales, miembros del Consejo Directivo y colaboradores remunerados o voluntarios. 37. Los Coordinadores de las Comisiones deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Haber sido miembro de la Red por lo menos 2 años. b) Haber participado en alguna Comisión de trabajo durante por lo menos 6 meses. c) Ser propuesto por algún miembro que forme parte de la Comisión de trabajo. d) Presentar un programa de trabajo para la Comisión. 38. Se acuerda la creación de las siguientes Comisiones de trabajo: Vinculación con organizaciones Sistema de información Publicaciones Grupos de trabajo temático 39. Los Coordinadores de cada Comisión deberán presentar anualmente al Consejo Directivo: Programas de trabajo, con metas/logros esperados anuales y de largo plazo. Avances del programa de trabajo. Nombre de los miembros activos (individuales e institucionales) de la Comisión de trabajo. IX. Colaboradores remunerados 40. Los colaboradores que perciban un sueldo por parte de la Red --y no sean recursos humanos que miembros institucionales aporten a la Red-- serán seleccionados conforme el proceso y los criterios establecidos por el Comité Ejecutivo. Se procurará en todo momento que se tengan documentos legales que amparen las funciones y obligaciones respectivas, así como indicadores del desempeño esperado. 11
12 41. El Secretario de Organización tendrá las siguientes funciones: a) Llevar el control de la membresía individual e institucional, con nombre y datos generales, ocupación, fecha de admisión (así como la de separación o exclusión, en su caso) y pago de cuotas respectivas. b) Recibir los asuntos para discutir y aprobar por el Comité Ejecutivo, así como convocar, elaborar el orden del día y levantar los acuerdos de este órgano en sus reuniones. c) Recibir los asuntos para discutir y aprobar por el Consejo Directivo, así como convocar, elaborar el orden del día y levantar los acuerdos de este órgano en sus reuniones. d) Dar seguimiento a los acuerdos que se aprueben en Asamblea, así como apoyar al Director Ejecutivo en la convocatoria, elaboración de orden del día y realización de acuerdos de este órgano en sus reuniones. e) Llevar al día las actas, acuerdos y archivos de la Red, así como los convenios y cartas de entendimiento suscritos y otros documentos que registren diversos compromisos de la Red. f) Apoyar al Director Ejecutivo en la elaboración de reportes a los miembros, órganos de gobierno y financiadores de la Red. g) Apoyar a la Comisión de Vinculación en la elaboración del boletín interno y envío a los miembros de la Red. h) Recibir de las Comisiones de trabajo los asuntos para aprobación e información del Comité Ejecutivo y Consejo Directivo, así como dar seguimiento a sus actividades para la elaboración de reportes. 36. El Secretario Técnico tendrá entre sus siguientes funciones: a) Diseñar, crear, programar y mantener el portal de la Red. b) Actualizar las secciones respectivas, de acuerdo a las peticiones de los miembros. c) Difundir los eventos relacionados al tema de interés de la Red. d) Actualizar las bases de datos y directorios de la Red. e) Respaldo continuo de la información del portal. f) Apoyar en la elaboración de informes. g) Diseñar e implementar los sistemas de administración que solventen necesidades de las actividades propias de la red. 12
13 Fecha del acta que creó o modificó el reglamento. Asamblea de Asociados Nombre Firma de miembros Deberán aparecer las firmas de los miembros presentes en la Asamblea y poner sus iniciales al margen de cada una de las páginas del acta. 13
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