4.- CONVENIO DE COLABORACION DE LA "ESCUELA TECNICA PROFESIONAL "REVILLAGIGEDO" PARA DESARROLLO DE ACCION FORMATIVA - EJERCICIO 2016
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- Magdalena Montoya Benítez
- hace 6 años
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1 DILIGENCIA: La pongo yo, Concejal-Secretario Suplente de la Junta de Gobierno Local, para hacer constar que este órgano, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de Julio de 2016, adopto, entre otros, el siguiente acuerdo: 4.- CONVENIO DE COLABORACION DE LA "ESCUELA TECNICA PROFESIONAL "REVILLAGIGEDO" PARA DESARROLLO DE ACCION FORMATIVA - EJERCICIO 2016 ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO.- Uno de los objetivos de los acuerdos de concertación con los agentes sociales consiste en impulsar la mejora de competencias específicas sobre todo de quienes precisan adecuar su perfil formativo a las necesidades demandadas por el mercado laboral. SEGUNDO.- La ESCUELA TECNICA PROFESIONAL P. ESPAÑA COMPAÑIA DE JESUS ("REVILLAGIGEDO"), con CIF nº R F tiene una larga trayectoria formativa en las especialidades profesionales de Electrónica, Electricidad, Electromecánica, Mecánica y Calderería/Soldadura y en la gestión de prácticas en empresas, en la actualidad disponen de 300 convenios firmados con empresas de toda Asturias lo que les permite tener una relación estrecha con las empresas de su sector y estar muy al corriente de sus necesidades y expectativas. TERCERO.- El interés público de las actuaciones a financiar se fundamenta en que los proyectos presentados favorecen la especialización profesional e inserción laboral de las personas desempleadas y suponen la colaboración efectiva con el de Gijón en el diseño y seguimiento de las políticas activas de empleo desarrolladas en el municipio. CUARTO.- De conformidad con lo establecido en el Decreto 68/2014, de 10 de Julio, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por el que se regula el procedimiento para la obtención de los informes previstos en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de racionalización y sostenibilidad financiera, se ha procedido a solicitar sendos informes de la Administración competente en cada caso, por razón de la materia, acerca de la no puesta en riesgo en la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como la inexistencia de duplicidades en la ejecución del servicio público.
2 QUINTO.- En el presupuesto municipal para el presente año, la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") figura a su favor una subvención con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo). SEXTO.- Como respuesta, la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") ha presentado un proyecto formativo "Mantenimiento Industrial" a ejecutar a lo largo del año 2016 y dirigido a personas preferentemente desempleadas y empadronadas en Gijón dispuestos a mejorar sus oportunidades laborales. SÉPTIMO.- La Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") tiene acreditado encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudora, mediante certificados expedidos por los correspondientes organismos oficiales. OCTAVO.- Una vez estudiado el proyecto formativo presentado por la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo"), habiéndose tramitado el pertinente informe de no duplicidad y considerándolo idóneo a los fines formativos, desde la Área de empleo se informa favorablemente a la suscripción de un convenio de colaboración que regule los términos que han de regir la ejecución de la acción formativa en el marco de la colaboración institucional entre el de Gijón y la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") y el compromiso de financiación, según las condiciones estipuladas en el convenio regulador mediante la concesión de una subvención de ,00 con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016, destinado a financiar la acción formativa "Mantenimiento Industrial", destinado preferentemente a personas desempleadas empadronadas en Gijón y con una duración prevista de 200 horas teórico-prácticas. FUNDAMENTOS DE DERECHO: PRIMERO.- A la Alcaldía le corresponde, en aplicación de lo previsto en el artículo 124 ñ de la Ley 57/2003 de 16 de Diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, aquellas funciones que le atribuyan expresamente las leyes y aquellas que la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales, siendo la concesión de subvenciones una medida de fomento atribuida a los municipios en el ámbito de su competencia. SEGUNDO.- Es competencia de la Alcaldía, de conformidad con el artículo ñ) de la Ley 7/85 de 2 de Abril, la concesión de subvenciones y ayudas, correspondiéndole asimismo el estudio de convenios y protocolo, competencia que puede delegar en la Junta de Gobierno Local, conforme al art de la antedicha Ley y cuya delegación ha sido hecha efectiva por Resolución de Alcaldía de 1 de Julio de 2015 a favor de la referida Junta de Gobierno Local. TERCERO.- Es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 5, así como la normativa de desarrollo contenida básicamente en el RD 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y en la
3 Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de Ayudas y Subvenciones del de Gijón, aprobada por el Pleno el 14 de octubre de VISTO el expediente de razón, la Junta de Gobierno acuerda: PRIMERO.- Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre el y la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") con NIF R F para el desarrollo, durante el año 2016, de la acción formativa descrita. SEGUNDO.- Autorizar la firma del convenio una vez incorporado al expediente el preceptivo informe de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, tras la reforma introducida por Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local por un importe máximo de subvención de con cargo a la aplicación presupuestaria D (Otras Transferencias, Formación, Empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016 y la publicidad de la presente subvención nominativa a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones, en su redacción dada tras las modificaciones introducidas por la Ley 19/2013, de 9 de Diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como por la Ley 45/2014, de 16 de Septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. TERCERO.- Autorizar y disponer un gasto total de con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016, destinado a financiar la acción formativa "Mantenimiento Industrial" destinado preferentemente a personas desempleadas empadronadas en Gijón y con una duración prevista de 200 horas. CUARTO.- Proceder al abono de la subvención previa justificación de la realización de las acción subvencionadas y una vez verificado por el Servicio de Orientación, Formación y Empleo que el proyecto ejecutado se ajusta al proyecto presentado
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5 ESCUELA TECNICO PROFESIONAL P ESPAÑA COMPAÑIA JESUS CALLE MARIANO POLA, GIJON ASTURIAS Pongo en su conocimiento, que la Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de Julio de 2016, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: 4.- CONVENIO DE COLABORACION DE LA "ESCUELA TECNICA PROFESIONAL "REVILLAGIGEDO" PARA DESARROLLO DE ACCION FORMATIVA - EJERCICIO 2016 ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO.- Uno de los objetivos de los acuerdos de concertación con los agentes sociales consiste en impulsar la mejora de competencias específicas sobre todo de quienes precisan adecuar su perfil formativo a las necesidades demandadas por el mercado laboral. SEGUNDO.- La ESCUELA TECNICA PROFESIONAL P. ESPAÑA COMPAÑIA DE JESUS ("REVILLAGIGEDO"), con CIF nº R F tiene una larga trayectoria formativa en las especialidades profesionales de Electrónica, Electricidad, Electromecánica, Mecánica y Calderería/Soldadura y en la gestión de prácticas en empresas, en la actualidad disponen de 300 convenios firmados con empresas de toda Asturias lo que les permite tener una relación estrecha con las empresas de su sector y estar muy al corriente de sus necesidades y expectativas. TERCERO.- El interés público de las actuaciones a financiar se fundamenta en que los proyectos presentados favorecen la especialización profesional e inserción laboral de las personas desempleadas y suponen la colaboración efectiva con el de Gijón en el diseño y seguimiento de las políticas activas de empleo desarrolladas en el municipio. CUARTO.- De conformidad con lo establecido en el Decreto 68/2014, de 10 de Julio, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por el que se regula el procedimiento para la obtención de los informes previstos en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de racionalización y sostenibilidad financiera, se ha procedido a solicitar sendos informes de la Administración competente en cada caso, por razón de la materia, acerca de la no puesta en riesgo en la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como la inexistencia de duplicidades en la ejecución del servicio público. QUINTO.- En el presupuesto municipal para el presente año, la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") figura a su favor una subvención con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo).
6 SEXTO.- Como respuesta, la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") ha presentado un proyecto formativo "Mantenimiento Industrial" a ejecutar a lo largo del año 2016 y dirigido a personas preferentemente desempleadas y empadronadas en Gijón dispuestos a mejorar sus oportunidades laborales. SÉPTIMO.- La Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") tiene acreditado encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudora, mediante certificados expedidos por los correspondientes organismos oficiales. OCTAVO.- Una vez estudiado el proyecto formativo presentado por la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo"), habiéndose tramitado el pertinente informe de no duplicidad y considerándolo idóneo a los fines formativos, desde la Área de empleo se informa favorablemente a la suscripción de un convenio de colaboración que regule los términos que han de regir la ejecución de la acción formativa en el marco de la colaboración institucional entre el de Gijón y la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") y el compromiso de financiación, según las condiciones estipuladas en el convenio regulador mediante la concesión de una subvención de ,00 con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016, destinado a financiar la acción formativa "Mantenimiento Industrial", destinado preferentemente a personas desempleadas empadronadas en Gijón y con una duración prevista de 200 horas teórico-prácticas. FUNDAMENTOS DE DERECHO: PRIMERO.- A la Alcaldía le corresponde, en aplicación de lo previsto en el artículo 124 ñ de la Ley 57/2003 de 16 de Diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, aquellas funciones que le atribuyan expresamente las leyes y aquellas que la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales, siendo la concesión de subvenciones una medida de fomento atribuida a los municipios en el ámbito de su competencia. SEGUNDO.- Es competencia de la Alcaldía, de conformidad con el artículo ñ) de la Ley 7/85 de 2 de Abril, la concesión de subvenciones y ayudas, correspondiéndole asimismo el estudio de convenios y protocolo, competencia que puede delegar en la Junta de Gobierno Local, conforme al art de la antedicha Ley y cuya delegación ha sido hecha efectiva por Resolución de Alcaldía de 1 de Julio de 2015 a favor de la referida Junta de Gobierno Local. TERCERO.- Es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 5, así como la normativa de desarrollo contenida básicamente en el RD 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y en la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de Ayudas y Subvenciones del de Gijón, aprobada por el Pleno el 14 de octubre de VISTO el expediente de razón, la Junta de Gobierno acuerda: PRIMERO.- Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre el y la Escuela Técnica Profesional P. España compañía de Jesús ("Revillagigedo") con NIF R F para el desarrollo, durante el año 2016, de la acción formativa descrita. SEGUNDO.- Autorizar la firma del convenio una vez incorporado al expediente el preceptivo informe de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, tras
7 la reforma introducida por Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local por un importe máximo de subvención de con cargo a la aplicación presupuestaria D (Otras Transferencias, Formación, Empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016 y la publicidad de la presente subvención nominativa a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones, en su redacción dada tras las modificaciones introducidas por la Ley 19/2013, de 9 de Diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como por la Ley 45/2014, de 16 de Septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. TERCERO.- Autorizar y disponer un gasto total de con cargo a la aplicación D (Otras transferencias. Formación para el empleo) del presupuesto municipal correspondiente al año 2016, destinado a financiar la acción formativa "Mantenimiento Industrial" destinado preferentemente a personas desempleadas empadronadas en Gijón y con una duración prevista de 200 horas. CUARTO.- Proceder al abono de la subvención previa justificación de la realización de las acción subvencionadas y una vez verificado por el Servicio de Orientación, Formación y Empleo que el proyecto ejecutado se ajusta al proyecto presentado Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos. Gijón/Xixón, 22 de Julio de 2016 El Secretario-Suplente de la Junta de Gobierno Fdo. Esteban Aparicio Bausili Recibí un duplicado: Gijón/Xixón, de de ESCUELA TECNICO PROFESIONAL P ESPAÑA COMPAÑIA JESUS ES-R F
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