TEMA 2 DERECHO ADMINISTRATIVO
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- Juan Manuel Ricardo Vega San Segundo
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1 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com TEMA 2 DERECHO ADMINISTRATIVO 1. La creación de las Comunidades Autónomas en la Constitución Española está regulada en el art Expresar qué características y condiciones establece la Constitución Española para que las provincias se puedan constituir en Comunidad Autónoma (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.985). 1. De acuerdo con el art. 143 CE En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el art. 2 CE, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos. La iniciativa del proceso Autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años. 2. No obstante, las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán por motivos de interés nacional (art. 144 CE): a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del art b) Autorizar o acordar, en su caso, un estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. c) Sustituir la iniciativa de las corporaciones locales a que se refiere el art Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en CCAA si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros y así lo autoricen las Cortes Generales, mediante una ley orgánica, en los términos previstos en el art. 144 (Disposición Transitoria Quinta CE). 4. En el caso de Navarra, en lugar de lo que establece el art. 143 CE, la iniciativa corresponde al Órgano Foral competente, el cual adoptará su decisión por mayoría de los miembros que lo componen. Para la validez de dicha iniciativa será preciso, además, que la decisión del Órgano Foral competente sea ratificada por referéndum expresamente convocado al efecto, y aprobado por mayoría de los votos válidos emitidos. Si la iniciativa no prosperase, solamente se podrá reproducir la misma en distinto período de mandato del Órgano Foral competente, y en todo caso cuando haya transcurrido el plazo mínimo que establece el art. 143 (Disposición Transitoria Cuarta CE). 2. Cuáles son los recursos financieros de las Comunidades Autónomas de acuerdo con el art de la Constitución Española? (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.987). Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por: a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado, recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado. b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales. c) Transferencias de un fondo de compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los presupuestos Generales del Estado. d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado. e) El producto de las operaciones de crédito. 1 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
2 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com 3. Estructura orgánica de las Comunidades Autónomas y breve definición de los órganos que las componen (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.988). A. Comunidades Autónomas de régimen normal. La organización de cada Comunidad Autónoma queda sometida, dentro de la libertad absoluta que se establece a priori, a los principios constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación establecidos en el art CE, al señalar que La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. B. Comunidades Autónomas de régimen especial. Según el art CE, su organización territorial se basa en: 1. Una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio. Serán políticamente responsables ante ella el Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno. 2. Un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, que puede ser nombrado por el Presidente o la Asamblea. Es el órgano ejecutivo de la Comunidad Autónoma. 3. Un Presidente, elegido por la Asamblea de entre sus miembros, y nombrado por el Rey. Sus principales funciones son: - La dirección del Consejo de Gobierno. - La suprema representación de la respectiva Comunidad. - La representación ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea. 4. Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. C. Comunidades Autónomas de régimen excepcional. Al no señalarse nada respecto a su régimen jurídico, será de aplicación la estructura establecida para las Comunidades Autónomas de régimen normal. 4. El texto de un Estatuto de Autonomía Es el único que debe ser tenido en cuenta a efectos de interpretación del mismo? Razónese la respuesta (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.990). A pesar de ser la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma, el Estatuto de Autonomía no es el único que debe ser tenido en cuenta a efectos de interpretación del mismo, pues debe respetar los límites constitucionales. Así lo señala el art CE: Dentro de los términos de la presente Constitución, los estatutos serán la normativa institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico. Por otro lado, los estatutos de autonomía se configuran como leyes orgánicas, de forma que su aprobación, modificación y derogación deberá realizarse respetando el quórum previsto en el art. 81 CE (mayoría absoluta del Congreso en votación final sobre el conjunto del proyecto). Todo ello sin perjuicio de las particularidades que pueden ofrecer este tipo de leyes orgánicas en lo relativo a la iniciativa del proceso autonómico, elaboración del proyecto de estatuto de autonomía por una asamblea, entre otros. 2 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
3 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com 5. Territorios que pueden constituirse en Comunidad Autónoma (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.990). 1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el art. 2 CE, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos (art CE). 2. Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán por motivos de interés nacional autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del art (art. 144 a) CE). 3. Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en CCAA si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros y así lo autoricen las Cortes Generales, mediante una ley orgánica, en los términos previstos en el art. 144 (Disposición Transitoria Quinta CE). 6. Quién ejerce el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas? (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.991). Establece el art. 153 CE que El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de Ley. b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del art c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias. d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario. 7. El control de la actividad de las Comunidades Autónomas en la Constitución (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.994). Pregunta ya respondida para la convocatoria de Técnicos de Hacienda de (pregunta número 6 de este tema). 8. Contenido necesario de los Estatutos de Autonomía (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.997). Según el art CE Los Estatutos de autonomía deberán contener: a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica. b) La delimitación de su territorio. c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias. d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas. 9. Sobre cuáles de las siguientes materias tiene el Estado competencia exclusiva y excluyente? a) Relaciones internacionales. b) Asistencia social. c) Sanidad e higiene. d) Defensa. e) Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior. f) Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. g) Nacionalidad. h) Artesanía. i) Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio (Técnicos de Hacienda, convocatoria 1.999). 3 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
4 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com a) Relaciones internacionales. d) Defensa. e) Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior. g) Nacionalidad. 10. Describa brevemente en qué consiste una ley marco (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2.000). Su concepto se recoge en el art CE al establecer que Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una Ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada Ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas. 11. Indique qué órganos ejercen el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas y en qué materias, de acuerdo con el art. 153 de la Constitución (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2.001). Pregunta ya respondida para la convocatoria de Técnicos de Hacienda de (pregunta número 6 de este tema). 12. Estatutos de Autonomía: concepto y contenido (Técnicos de Auditoría y Contabilidad, convocatoria 2.004). Los Estatutos de Autonomía se definen en el art CE, según el cual Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico. Su contenido se recoge en el art CE, al disponer que Los Estatutos de autonomía deberán contener: a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica. b) La delimitación de su territorio. c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias. d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas. 13. Enumere los principios generales de la organización territorial del Estado según la Constitución Española (Técnicos de Hacienda, convocatoria Promoción Interna). Se recogen en el Capítulo I, y son los siguientes: 1. El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses (art. 137CE). 2. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el art. 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales (art. 138 CE). 3. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español (art. 139 CE). 4 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
5 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com 14. Indique si las siguientes afirmaciones son verdaderas ( V ) o falsas ( F ): a) Los alcaldes de los municipios pueden ser elegidos por los concejales o por los vecinos. Un real decreto regulará las condiciones en que procede el régimen de concejo abierto. b) En los archipiélagos, las islas tienen su administración propia en forma de cabildos y consejos. c) Existen Comunidades Autónomas de régimen especial, constituidas según el artículo 151 o disposición transitoria segunda, que pueden alcanzar la plenitud de autonomía. d) Pueden existir Comunidades Autónomas en las que el autogobierno venga otorgado o impuesto por una ley, considerándose en este caso Comunidades Autónomas de régimen excepcional. e) Los Estatutos de Autonomía, según lo establecido en el artículo 147 de la Constitución Española, no deben hacer referencia a la delimitación de su territorio, cuestión recogida en otra normativa legal (Técnicos de Auditoría y Contabilidad, convocatoria 2.006). a) Falsa. b) Verdadera. c) Verdadera. d) Verdadera. e) Falsa. 15. Señale los recursos financieros con que cuentan las Comunidades Autónomas según el artículo 157 de la Constitución Española (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2.007). Pregunta ya respondida para la convocatoria de Técnicos de Hacienda de (pregunta número 2 de este tema). 16. Indicar si las siguientes afirmaciones son verdaderas ( V ) o falsas ( F ): a) Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, según el Reglamento de Bases de Régimen Local. b) Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. c) La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado y se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia. d) La alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica. e) En los archipiélagos, las islas tendrán su administración propia en forma de Cabildos o Consejos (Técnicos de Auditoría y Contabilidad, convocatoria 2.007). a) Falsa. b) Verdadera. c) Verdadera. d) Verdadera. e) verdadera. 17. Cómo se ejercerá el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas según el artículo 153 de la Constitución Española? (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2.008). Pregunta ya respondida para la convocatoria de Técnicos de Hacienda de (pregunta número 6 de este tema). 5 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
6 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com 18. Especifique los principios generales de la organización territorial del Estado según los artículos 137 y siguientes de la Constitución Española (Técnicos de Auditoría y Contabilidad, convocatoria 2.009). Pregunta ya respondida para la convocatoria de Técnicos de Hacienda de 2.005, Promoción Interna (pregunta número 13 de este tema). 19 Indique cuales son las posibilidades contenidas en la Constitución para que las Comunidades Autónomas amplíen sus competencias más allá de lo previsto en el art (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2010). Son tres las posibilidades contenidas en la Constitución: 1ª La regla general, art Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo ª al vía del art.151 No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del artículo 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143, 2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica. 3ª No obstante, el procedimiento se simplifica en el caso previsto en la disposición transitoria 2ª Los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyecto de Estatuto de Autonomía y cuenten, al tiempo de promulgarse esta Constitución, con regímenes provisionales de autonomía, podrán proceder inmediatamente en la forma que se prevé en el apartado 2º del artículo 148, cuando así lo acordasen, por mayoría absoluta sus órganos preautonómicos colegiados superiores comunicándolo al Gobierno, El proyecto de Estatuto será elaborado de acuerdo con lo establecido en el artículo 151.2, a convocatoria del órgano colegiado preautonómico 20 La provincia en la Constitución Española: definición, gobierno, administración y modificación de límites provinciales. Otros entes locales en la organización territorial del Estado (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2011). En la Constitución Española, la regulación de las Haciendas Locales se encuentra en los arts. 140, 141 y 142. Artículo 140 La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto. Artículo La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica. 2. El gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo. 6 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
7 7 3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia. 4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos. Artículo 142 Las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas. 21 Las Mancomunidades de municipios: definición, carácter y procedimiento de aprobación de sus estatutos de acuerdo con lo estipulado en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Técnicos de Hacienda, convocatoria 2012). Artículo Se reconoce a los municipios el derecho a asociarse con otros en mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia. 2. Las mancomunidades tienen personalidad y capacidad jurídicas para el cumplimiento de sus fines específicos y se rigen por sus Estatutos propios. Los Estatutos han de regular el ámbito territorial de la entidad, su objeto y competencia, órganos de gobierno y recursos, plazo de duración y cuantos otros extremos sean necesarios para su funcionamiento. En todo caso, los órganos de gobierno serán representativos de los ayuntamientos mancomunados. 3. El procedimiento de aprobación de los estatutos de las mancomunidades se determinará por la legislación de las comunidades autónomas y se ajustará, en todo caso, a las siguientes reglas: a) La elaboración corresponderá a los concejales de la totalidad de los municipios promotores de la mancomunidad, constituidos en asamblea. b) La Diputación o Diputaciones provinciales interesadas emitirán informe sobre el proyecto de estatutos. c) Los Plenos de todos los ayuntamientos aprueban los estatutos. 4. Se seguirá un procedimiento similar para la modificación o supresión de mancomunidades. 5. Podrán integrarse en la misma mancomunidad municipios pertenecientes a distintas comunidades autónomas, siempre que lo permitan las normativas de las comunidades autónomas afectadas. 22. Indique si son verdaderas (V) o falsas (F) las siguientes afirmaciones: a) Las Leyes orgánicas deben ser aprobadas por mayoría absoluta de las Cortes Generales. F b) Los Estatutos de Autonomía son normas básicas de estructura, competencias y funcionamiento de las Comunidades Autónomas, pero no son normas estatales. F
8 8 c) El Estado podrá transferir o delegar a las Comunidades Autónomas, mediante ley ordinaria, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. V d) Las Comunidades Autónomas no tienen facultades legislativas, solamente aplican o desarrollan, en su caso, las leyes dictadas por las Cortes Generales. F e) Según el artículo 97 de la Constitución, la titularidad de la potestad reglamentaria se atribuye al Gobierno y a las Comunidades Autónomas. F f) Una de las peculiaridades de las leyes de armonización es la de que antes de que las Cortes Generales entren al análisis del texto concreto que el Gobierno les someta, cada una de las Cámaras por mayoría absoluta se pronunciará, sobre si se considera de interés general el dictar la concreta ley de armonización. V 2. El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas, de acuerdo con la Constitución. (TAC 2013) Artículo 153 CE El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley. b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150. c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias. d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.
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