R E S U M E N O B R A S S O C I A L ES A Ñ

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1 R E S U M E N D E O B R A S S O C I A L ES A Ñ

2 I N D I C E 1 ) SWISS MEDICAL ART. 2 ) AGUA Y ENERGIA 3 ) CONSEJO PROFESIONAL C.ECONOMICAS 4 ) SADAIC 5 ) UNSA 6 ) OSPRERA 7 ) JERSALUD 8 ) EXPERTA ART (EX -LA CAJA ART) 9 ) ASOCIACION ECLESIASTICA SAN PEDRO 10) OSPAT 11) POLICIA FEDERAL 12) UNION PERSONAL 13) OSAM 14) RECETARIO SOLIDARIO 15) OSFATLYF 16) ART. GALENO 17) AMSTERDAM 18) EXPERIENCIA ART ( EX-ART.QBE) 19 ART.LA HOLANDO 20) BOREAL 21) MEDICUS 22) OSPERYHRA 23) FATFA 24) BRAMED 25) OSPATCA 26) SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL 27) OSDOP 28) OSMATA 29) PODER JUDICIAL 30) NORDICA SALUD 31) OSPE 32) ART.PROVINCIA 33) SALTMED 34) ACA SALUD 35) OSPLAD - FARMANEXUS 36) MEDIFE

3 37) SWISS MEDICAL 38) SANCOR SALUD 39) OMINT 40) TV SALUD 41) OSPECON 42) SALUD JUJUY 43) OSFE 44) OSPEDYC 45) OBRA SOCIAL DEL PAPEL 46) PREVENCION SALUD 47) ART.BERKLEY 48) ART.LA SEGUNDA 49) OSPPRA 50) MEP-LIFE SALUD 51) ASOCIAR ART.

4 1 Fecha de vigencia: 01/07/13 1. DESCUENTOS ART SWISS MEDICAL A cargo SMG ART 100% 2. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL BENEFICIARIO Documento de identidad Receta 3. REQUISITOS DE LA RECETA Tipo de Recetario Convencional (no es obligatorio que tenga membrete personal o institucional) Datos escritos por el médico: Denominación de la ART (si no se expresa debe ser completado por el farmacéutico). Fecha de emisión Nombre y apellido del beneficiario Número de DNI o CUIL Nombre de la empresa donde trabaja el beneficiario (si no se expresa debe ser completado por farmacéutico) Firma y sello del profesional en el que conste claramente su nombre, apellido y número de matrícula. Detalle de los medicamentos Cantidades de los medicamentos en números y letras en el caso de que se trate de más de una unidad. Validez de la receta: Para la venta: 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha de prescripción e incluyendo la misma. Para la presentación: 60 (sesenta) días corridos a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. Para la refacturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA. Cantidad de medicamentos distintos por receta: Cantidad de envases por medicamento: Sin límite Lo indicado por el profesional con un máximo de 2 (dos) por producto, sin necesidad de aclarar que se trata de un Tratamiento Prolongado.

5 Contenido máximo de cada Tamaño especificado: lo requerido en la receta producto: Tamaño no especificado: vender la menor presentación. Especifica grande : vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. No se aceptarán los envases denominados Hospitalarios o con troquel invalidado. Antibióticos inyectables Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas por receta del mismo antibiótico. (con copia de denuncia del Multidosis: 1 (una) caja de 5 (cinco) ampollas por receta ò 2 (dos) accidente): cajas de 3 (tres). Psicofármacos: Lista II (receta archivada) - Receta de Salud Pública - Receta adjunta de la Institución. Lista III y IV (receta Receta oficial por duplicado, con firma archivada) y sello del médico, aún estando impreso. 4. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO Deberá cumplimentarse lo Pegar o abrochar el troquel o la solapa identificatoria de cada uno de siguiente: los productos vendidos. Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. Importes unitarios y totales (tomar como valor el sugerido por el Manual Farmacéutico). Fecha de expendio Firma del beneficiario, aclaración y Nº de documento En caso de no concurrir el afiliado, firma del tercero comprador con aclaración, tipo y Nº de documento, que debe ser exhibido al momento de realizar la compra. En el supuesto que se verifique que los datos de identificación del comparador no se ajusten a la realidad, SMG ART se reserva el derecho de debitar las prestaciones objetadas aún cuando hayan sido previamente abonadas. Las recetas deberán de estar acompañadas por la copia del Ticket de venta emitido por el controlador fiscal que expende la farmacia. No se aceptarán otros documentos sin valor fiscal como presupuestos, tickets emitidos por el sistema de validación on-line o por los sistemas de administración de farmacias. (no excluyente para el Interior del país). Sello de la farmacia y firma del farmacéutico Director Técnico. 5. GENERICOS Recetas Prescriptas por la Frente a las prescripciones genéricas, Swiss Medical Medicina Denominación Genérica de la Privada reconocerá el medicamento entregado en la farmacia, cuyo Droga: troquel se encuentre adherido a la receta. El asociado deberá firmar en la receta su conformidad de que ha optado libremente por el medicamento que finalmente adquiere. 6. ENMIENDAS Recordar: 7. AUTORIZACIONES On Line Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional Médico con su sello y firma. El farmacéutico podrá salvar los datos del beneficiario en las recetas con su sello y firma, y con conformidad del beneficiario o tercero. Las recetas no se validan por ningún sistema on line. Solo se deben verificar los requisitos enumerados en la presente norma para el expendio. Importante: * Antes de rechazar cualquier receta, llamar al Centro de Atención 24 hs. de SMMP al teléfono: INCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENITDAD Consultar listado detallado de productos cubiertos del plan que se actualizará mensualmente y se publicará en el sitio web de Farmalink (

6 9. EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD Salvo autorización escrita en la receta por Auditoría Médica de Farmacia INDICANDO LO CONTRARIO, están excluidos de la norma operativa las siguientes familias de productos: Medicamentos y/o Productos de Venta Libre. Pastas, Polvos o Líquidos Dentífricos. Fórmulas Especiales o artículos para limpiar o fijar dentaduras. Jabones (aún los que contengan fórmulas medicamentosas), excepto los indicados para dermatitis de contacto. Callicidas Cepillos de todo tipo. Productos de perfumería, tocador y belleza. Productos para la estética corporal. Accesorios médicos tales como instrumental de cirugía, jeringas, productos para diagnóstico, termómetros, atomizadores, inhaladores, nebulizadores. Mamaderas, pañales, etc. Champúes, lociones y/o productos que no tengan fórmula medicamentosa y/o la leyenda Venta bajo receta, aún recetados por dermatólogos. Pantallas solares (FPS menor a 20), cremas antiestrías, cremas reductoras. Herboristería, Recetas Magistrales y productos Homeopáticos. Productos para contraste radiológico y de diagnóstico. Productos o sustancias alimenticias y dietéticas en general. Leches comunes o maternizadas Material radiactivo. Gammaglobulinas inespecíficas o polivalentes. Medicamentos importados no autorizados por Salud pública. Anorexígenos. Productos que contengan ORLISTAT. Medicamentos antiesterilidad. Productos para la disfunción sexual masculina. Anestésicos. Parches de nicotina. Solventes indoloros (se aceptará su prescripción, sólo acompañado del correspondiente antibiótico) Productos alimenticios. Anticonceptivos. Hemoderivados y sustitutos de la sangre. Productos para provocar y/o inhibir la fertilidad. Productos de presentación y/o uso hospitalario.

7 2 AGUA Y ENERGIA PLAN: ambulatorios, internados, jubilados y pensionados, materno infantil, reciprocidad, medicamentos y/o drogas antineoplasicas RECETARIO: oficial o médico autorizada % CARGO O.SOCIAL: 30 % AMBULATORIOS 100 % PLAN MATERNO INFANTIL-RECIPROCIDAD 50 % MEDICAMENTOS Y/O DROGAS ANTINEOPLASICAS VALIDEZ RECETA: 30 días Nº PRESCRIPCION: 3 (tres) medicamentos por receta, se autorizarán 1 (un) sólo medicamento tamaño grande. En caso de 2 (dos) unidades de un mismo medicamento y 2 (dos) medicamentos distintos se autorizarán 1 (una)sola unidad del mismo medicamento. ANTIBIOTICOS INYECTABLES: hasta 6 (seis) unidades MATERIAL DESCARTABLE: con receta autorizada TROQUELADO: si SUEROS: si, únicamente INTERNADOS LECHES: si PROD.DERMATOLOGICOS: si, recetados por dermatólogo RADIOPACOS: si, de venta bajo receta OBSERVACIONES: - Internados: se autorizará la cantidad de medicamentos que indique la receta, debiendo llevar la misma el sello INTERNADO - Causas de débito: falta de troqueles ( salvo medicamentos homeopáticos), falta de datos del afiliado, falta firma de conformidad del beneficiario, precio de medicamentos no de acuerdo al manual farmacéutico. - VADEMECUM: NO TIENE SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 7 de 212

8 3 CONSEJO PROFESIONAL C.ECONOMICAS PLAN: ambulatorios, internados RECETARIO: médico % CARGO O.SOCIAL: PLAN A AMBULATORIOS 40 %, INTERNADOS 80 % - CARNET AZUL INTEGRAL PLAN B AMBULATORIOS 24 %, INTERNADOS 55 % - CARNET ROJO PLAN BASICO PLAN JOVEN AMBULATOR.20 %, INTERNADOS 40 %- CARNET VERDE VALIDEZ DE LA RECETA: 30 dias NºPRESCRIPCION: sin límite CANTIDAD PRESCRIPCION: sin límite, tamaño cualquier recetado, sino se prescribe tamaño considerar el de menor contenido ANTIBIOTICOS: multidosis 2(dos) envases por receta, inyectables unitarios hasta 8(ocho) por receta PRODUCTOS DERMATOLOGICOS: si LECHES Y ALIMENTOS: si, por reintegro PRODUCTOS RADIOLOGICOS: si PRODUCTOS DERMATOLOGICOS: si SUEROS: hasta 4 (cuatro) de cada tipo por receta MATERIAL DESCARTABLE: si TROQUELADO: si INSULINAS: 100 % Sin Cargo VADEMECUM: NO TIENE OBSERVACIONES: PLAN JOVEN, vigencia a partir del 19/08/97, color del carnet celeste y verde con el logo y nombre del Departamento de Seguridad Social del Consejo de Ciencias Económicas.

9 4 S.A.D.A.I.C. A CARGO A CARGO COBERTURA O.S. AFILIADO SOBRE MEDICAMENTOS (*) 50% 50% VADEMECUM AMBULATORIO COADYUVANTES ONCOLOGICOS 50% 50% MANUAL FARMACEUTICO LECHES (*1) 100% --- VADEMECUM AMBULATORIO MEDICAMENTOS (*2) 100% --- VADEMECUM AMBULATORIO AUTORIZACIONES ESPECIALES (*3) 100% --- VADEMECUM AMBULATORIO CREDENCIAL Oficial: SI (*4) Provisoria: NO DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI TIPO DE RECETARIO Oficial: SI (*5) Ver modelos Particular: SI VALIDEZ DE LA RECETA: 30 días corridos (incluida la fecha de prescripción) PSICOFARMACOS: Duplicado: SI Fotocopia: NO ACLARACIÓN FIRMA MEDICO Y Nº MATRICULA Con sello: SI Manuscrito: NO ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES Letras o Números: SI LIMITACIONES CANTIDAD Hasta tres (3) especialidades por receta y hasta una (1) unidad por especialidad. EXCEPCION: - Alimentos en envase de 237 ml (Ensure Plus, Nero, etc.), hasta 5 (cinco) envases por receta Con la leyenda de TRATAMIENTO PROLONGADO : - Medicación inyectable monodosis: Hasta 5 (cinco) unidades. LIMITACIONES TAMAÑO El tamaño se deberá indicar en números. Ej: 50 comprimidos. Si indica: Lo requerido Si no indica: El menor Si erra el contenido: El menor ESPECIALIDADES EXCLUIDAS para aquellos casos en que el Principio Activo no se halle incluído en el Vademécum: ANOVULATORIOS (Excepto si el médico indica en la receta la prescripción con fines terapéuticos) ARTICULOS DE CAUCHO O PLASTICO (Bolsas, cánulas, tubos, sondas de todo tipo, jeringas de goma, etc.) ARTICULOS DE TOCADOR o BELLEZA (Jabones, lociones, champúes, emulsiones, etc.) CEPILLOS (Todos) CITOSTATICOS, ONCOLOGICOSY MEDICAMENTOS ESPECIFICOS PARA TRATAMIENTO ONCOLOGICO CREMAS MEDICAMENTOSAS QUE SEAN DE VENTA LIBRE ENVASES HOSPITALARIOS FORMULAS MAGISTRALES HOMEOPATICAS o ALOPATICAS HERBORISTERIA INTERFERON LIMPIA Y FIJA DENTADURAS PASTAS, POLVOS, LIQUIDOS DENTIFRICOS PRODUCTOS DIETETICOS PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCION SEXUAL MASCULINA (ej. SILDEFIL, VIMAX, LUMIX, VIAGRA o SIMILARES) PRODUCTOS PARA TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DEL SIDA TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LA DROGA Y/O PRINCIPIO ACTIVO: A) ETANERCEPT (EJ.:ENBREL) B) LINEZOLID (ZYVOX ORAL) VENTA LIBRE AUTORIZACIONES: (*6) ENMIENDAS SALVADAS: Por el médico: SI (errores de prescripción) Por el afiliado: SI (errores de expendio) PRESENTACION (*7) Planilla de ADMIFARM por Triplicado FACTURACION Y REFACTURACION: Ver normas generales de atención y presentación. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 9 de 212

10 (*) COBERTURA Los productos que se detallan a continuación, se encuentran cubiertos aún cuando no figuren en el vademécum: - Nutrición Enteral (Ej.: Jevity, Osmolite). - Suplementos Nutricionales que no sean de venta libre, ej.: Secablum, Polimerosa, Nutrosa, etc.. - Medios de contraste. - Tiras reactivas de glucosa. MUY IMPORTANTE: a) Sólo se reconocerán con descuento las recetas que estén prescriptas de la siguiente forma: Consignando nombre genérico del medicamento (principio activo) indicando forma farmacéutica, concentración y cantidad de unidades por envase.- Aclaración: 1- Si el profesional agregase nombre comercial sugerido, sólo se reconocerán las marcas incluidas en vademécum, ya sea por coincidencia con la prescripción o por sustitución de la marca sugerida. En el caso de la sustitución, el farmacéutico deberá consignar la leyenda: Sustitución de medicamento firmando él y el afiliado dando conformidad.- 2- Consignando nombre genérico de vademécum seguido de la marca comercial justificada, y a continuación, de puño y letra del médico, la justificación fundada que avale tal decisión, bajo el título Justificación de la prescripción por marca, dejando luego nuevamente asentada su firma y sello. Cumpliendo con esto, se deberá entregar lo prescripto, siempre que no forme parte de las ESPECIALIDADES EXCLUIDAS descriptas en la presente norma. En estos casos no será necesario que la receta se halle previamente autorizada por S.A.D.A.I.C..- b) Cuando se prescriban asociaciones y/o combinaciones de monodrogas, no será necesario que se indique la dosis, pero sí la potencia y cantidad de unidades por envase: Ej. de prescripción válida: Amoxicilina + clavulánico, ác. 500 mg x 20 c) Cuando se prescriba un principio activo cuya presentación se halle en vademécum: El afiliado podrá elegir la marca comercial de las incluidas en Vademécum, cuando la prescripción disponga en este de varias opciones. El farmacéutico sólo podrá reemplazar por marcas incluidas en el Vademécum. d) Cuando se prescriba un principio activo, forma farmacéutica y/o presentación que no se halle en vademécum: El farmacéutico expenderá el producto de menor valor existente en su farmacia, respetando el principio activo, la concentración y dosis, y siempre que no forme parte de las ESPECIALIDADES EXCLUIDAS descriptas en la presente norma. (*1) LECHES La receta deberá estar prescripta por médico PEDIATRA, previamente autorizada por S.A.D.A.I.C., mediante el sello 100% A CARGO DE S.A.D.A.I.C..- MUY IMPORTANTE:

11 a) El afiliado podrá retirar hasta dos (2) kg mensuales por receta con cobertura al 100 % de S.A.D.A.I.C. b) Si no cuenta con sello 100% A CARGO DE S.A.D.A.I.C., se podrá dispensar a través del Plan MEDICAMENTOS (50% a cargo del afiliado y 50% a cargo S.A.D.A.I.C.), hasta dos (2) kg por receta. c) Si la marca comercial solicitada no se encontrara en el VADEMECUM AMBULATORIO, podrá ser dispensado, a través del Plan AUTORIZACIONES ESPECIALES, si cuenta con autorización de cualquiera de los Médicos Auditores detallados en el punto *6 AUTORIZACIONES. (*2) MEDICAMENTOS 100% Únicamente para los afiliados TITULARES que en cuya credencial conste la leyenda "ACTA 63/75".- MUY IMPORTANTE: a) El afiliado deberá presentar la credencial conjuntamente con el DOCUMENTO DE IDENTIDAD, coincidiendo el nombre que figure en los mismos. b) La receta se deberá encontrar previamente autorizada con firma y sello (ver modelo) de S.A.D.A.I.C., caso contrario el descuento a aplicar será del 50%. (*3) AUTORIZACIONES ESPECIALES Se podrán aceptar recetas que se encuentren previamente autorizadas por S.A.D.A.I.C., con firma y sello 100% A CARGO DE SADAIC. (*4) CREDENCIAL Al dorso deberá llevar el cupón de pago al día, con una tolerancia en el pago no mayor de cuatro (4) meses, a saber: MES PRESENTACION CUOTA MINIMA EXIGIBLE Enero 2002 Septiembre 2001 Febrero 2002 Octubre 2001 Marzo 2002 Noviembre 2001 MUY IMPORTANTE: Los afiliados incluidos en el ACTA 63/75 están exceptuados del pago de cuotas, por lo tanto NO se les deberá exigir la presentación del cupón. (*5) RECETARIO DATOS A COMPLETAR POR EL MEDICO: El profesional prescribiente deberá indicar en la receta: a) Nombre, apellido del afiliado. b) Número de afiliado. c) Fecha de prescripción. d) Medicamentos prescriptos y cantidad a dispensar en números o en letras. MUY IMPORTANTE: SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 11 de 212

12 a) No se deberán aceptar las recetas cuya prescripción esté indicada en el lugar destinado a PRÁCTICAS. b) No resulta indispensable que se halle completo el espacio destinado al diagnóstico médico en los nuevos recetarios. c) Son válidos los recetarios que no posean código de barras. DATOS A COMPLETAR POR EL FARMACEUTICO: La farmacia deberá completar la receta con los siguientes datos: a) Fecha de expendio en números. b) Código de farmacia. c) Cantidad entregada. d) Precio unitario de cada medicamento. e) Total del renglón. f) Total de la receta. g) Porcentaje a cargo del afiliado. h) Porcentaje a cargo de S.A.D.A.I.C. i) Troqueles en el espacio asignado y colocados en el mismo orden prescripto. j) Firma y sello del farmacéutico. k) Firma y aclaración de conformidad, número de documento y teléfono del afiliado o tercero interviniente. NOTA: En caso de quien retira los medicamentos sea un tercero interviniente, deberá presentar credencial y documento de identidad del afiliado.- (*6) AUTORIZACIONES Los Médicos Auditores que se detallan a continuación podrán validar cualquier excepción a las normas operativas: - Aquila, Susana - Bollasina, Raquel - González, Luis - Macris, Miriam - Mauro, Domingo O. - Ramirez, Miguel Angel - Sánchez, Luis Roberto - Zeballos, Elena (*7) PRESENTACIÓN Las facturaciones y re facturaciones se deberán presentar en planillas por separado, identificándose de la siguiente manera: - 50% MEDICAMENTOS - 50% COADYUVANTES ONCOLOGICOS - 100% LECHES - 100% ACTA 63/75-100% AUTORIZACIONES ESPECIALES MUY IMPORTANTE: TODO LO NO ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES NORMAS OPERATIVAS ESPECIALES SE RIGE POR LAS NORMAS GENERALES DE ATENCION Y PRESENTACION ENTREGADAS OPORTUNAMENTE.

13 MODELO DE CREDENCIAL Número Nuevo Foto Número de Documento MODELO DE RECETA OFICIAL DE S.A.D.A.I.C. MODELO DE RECETARIO OFICIAL SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 13 de 212

14 * Los recetarios sin código de barras son igualmente válidos MODELOS DE SELLOS DEL ACTA 63/75

15 5 U.N.S.A. PLAN: ambulatorios, RECETARIO: oficial VALIDEZ RECETA: 30 días TRATAMIENTO PROLONGADO: recetas que requieran mayor cantidad de envases deben ser autorizadas por la O.Social con leyenda tratamiento prolongado NO SE PODRA PRESCRIBIR: venta libre, preparaciones biologicas, preparaciones magistrales, alopaticas u homeopaticas, solventes indoloros TROQUELADO: si MEDICAMENTOS SIN CARGO: En todos los casos los medicamentos SIN CARGO, tienen que estar autorizados por la O.SOCIAL GENERICOS: informamos a las farmacias adheridas que a partir del 09/09/02, se acepta la prescripción de medicamentos por nombre genérico UNSA - AUMENTO DE COBERTURA Comunicamos a las Farmacias que por resolución Nº OS-037/2.10 la Obra Social a incrementado la cobertura para los medicamentos recetados a sus afiliados se encuentren o no en vademécum de O.S.UNSa. 50 % a cargo O. Social y 50 % a cargo Afiliado. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 15 de 212

16 INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS AMPLIACION A LAS NORMAS OPERATIVAS INFORMADAS OPORTUNAMENTE: 1) CANTIDAD MEDICAMENTOS: medicamentos y/productos por receta, en recetario particular, 3 (tres) por receta, medicamentos con nombre de la monodroga. TAMAÑO: los 3 (tres) medicamentos recetados pueden expedirse en envases de mayor tamaño, siempre que se trate de medicamentos y/o productos diferentes 2) ANTIBIOTICOS INYECTABLES máximo 5 (cinco) ampollas o frasco ampolla en presentaciones unitarias y hasta 3 (tres) frasco ampollas de antibióticos multidosis 3) LECHES DEL P.M.I. O CUALQUIER OTRA LECHE EXCLUSIVAMENTE POR FARMACIA U.N.S.A. 4) MEDICAMENTOS CON MONODROGA ORLISTAT EXCLUSIVAMENTE POR FARMACIA U.N.S.A. 5) MEDICAMENTOS CON MONODROGA SINDENAFIL NO SE RECONOCE 6) MEDICAMENTOS PATOLOGIA CRONICA O LARGO TRATAMIENTO SON PROVISTOS EXCLUSIVAMENTE POR FARMACIA U.N.S.A.

17 6 O.S.P.R.E.R.A. RECETARIO: Oficial de O.S.P.R.E.R.A.color verde. RECETARIO DEL MEDICO SI, autorizada por boca de expendio. Todos los espacios sombreados del recetario deberán ser llenados por la boca de expendio frente y contrafrente del recetario PLANES DE COBERTURA: RURAL, MONOTRIBUTO, P.M.I. PROCREACION ANTICONCEPTIVOS, TODOS LOS PLANES SON CON MONTOS FIJOS, LOS MISMOS ESTAN ESTABLECIDOS EN EL VADEMECUM. CREDENCIAL: Oficial de la O.S.P.R.E.R.A., o último bono de sueldo, con su Nº de CUIL y DOCUMENTO DE IDENTIDAD VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días de prescripta por el médico, y 30 días desde la emisión de la boca de expendio a la prescripción médica CANTIDAD PRESCRIPCION: 2 (dos) R/p por receta. Uno grande y uno chico o dos chicos CANTIDAD UNIDADES: 1 (una) unidad por medicamento TAMAÑOS: si no indica tamaño, se dispensará el más chico, si indica grande, se dispensará el envase que le sigue, si indica tamaño grande, deberá consignar además TRATAMIENTO PROLONGADO, para que le sea dispensado el tercer tamaño ANTIBIOTICOS MONODOSIS hasta 5 (cinco) unidades, MULTIDOSIS, 1 (una) unidad PLAN MATERNO INFANTIL: EMBARAZADAS; desde el diagnóstico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al parto, medicamentos que figuren en vademécum. NIÑO: desde el nacimiento hasta el 1º año de vida, en medicamentos que figuren en vademécum LECHES MATERNIZADAS O MEDICAMENTOSAS, QUEDAN EXCLUIDAS EN P.M.I. EXCLUSIONES DE COBERTURA: MEDICAMENTOS PARA LAS INTERNACIONES, MEDIOS DE CONTRASTE, ONCOLOGICOS, PREPARACIONES MAGISTRALES, PRODUCTOS DE VENTA LIBRE, TODA MONODROGA QUE NO FIGURE EN VADEMECUM RECOMENDACIONES DE AUDITORIA: - Datos de la persona que retira los medicamentos completos SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 17 de 212

18 - Firma y aclaración - Nº de documento - Domicilio completo, en zona rural se deberá colocar la localidad, y la leyenda zona rural, para reforzar dicho dato se podrá completar con el nombre de la estancia o finca en donde trabaja - Enmiendas salvadas por el médico prescriptor con firma y sello - En caso de no ser legible el nombre y matrícula del médico en el sello, deberá estar aclarado de puño y letra - Enmiendas en la valorización, siempre salvadas al dorso de la receta con la firma y sello del farmacéutico, conformada con la firma y aclaración del afiliado o tercero interviniente. - Deberán ser rechazadas todas aquellas recetas que sean prescriptos por Médicos Auditores, medicamentos fuera de vademécum salvo expresa autorización de REVISAR S.A. - Médicos odontólogos no podrán prescribir psicofármacos, estupefacientes, anabólicos - Fecha prescripción deberá ser conformada en Nº arábigos, y no se aceptarán en Nº romanos - Nombre del titular, Nº de CUIL, Nº de CUIT del empleador Edad y Sexo, es imprescindible colocar estos datos, en razón que se ha observado que la prescripción no está acorde con la edad o sexo del beneficiario Recetario, en el caso de que se trate de un segundo, tercero, o cuarto recetario se debe marcar en el margen superior derecho en el casillero que corresponde - RECETAS FUERA DE TERMINO: Las recetas omitidas en la facturación de la quincena correspondiente, podrán ser presentadas hasta una quincena posterior a la correspondiente de la fecha de dispensa, pasado ese tiempo serán debitadas. FACTURACION: presentar los dias 12 y 27 de cada mes AUTORIZACIONES AL DORSO DEL RECETARIO: el sello de la boca de expendio al dorso del recetario, significa una constatación de afiliación. NO ES AUTORIZACION PARA EL EXPENDIO FORMULARIO TERAPEUTICO: DECRETO 326/2002 El nuevo vademécum se ha diseñado de acuerdo al decreto 326/02, el cual prevee la prescripción por monodroga o denominación genérica.en el formulario terapéutico se describen las monodrogas y/o asociaciones con su concentración forma farmacéutica y unidad las que tendrán cobertura por parte de la obra social con los descuentos que se detallan en los siguientes puntos: Al expender una receta deberá tener en cuenta: - Si el médico prescribre por denominación genérica monodroga y/o asociación, se deberá verificar en el formulario terapéutico si ésta se encuentras reconocida por la obra social y ofrecer al beneficiario todas las alternativas posible para que el mismo decida cual adquirir. Una vez acordado el o los medicamentos se le realizará al beneficiario el 50%,40% o 100% a cargo de la obra social según corresponda - Si el médico prescribe por nombre comercial, a solicitud del beneficiario, se podrá reemplazar el medicamento por igual monodroga, concentración, forma y unidades que el prescripto, reconociendo descuento por parte de la obra social si éste se encuentra expresamente definido en el formulario terapéutico y en el porcentaje de reconocimiento antes descripto y que se especifica para cada plan - Si el médico prescribiere por nombre comercial aclarando con la leyenda no sustituible, con firma y sello y justificando su decisión, el medicamento no podrá ser reemplazado, En este caso también se deberá verificar si la monodroga,concentración, forma farmacéutica y unidades se encuentra comprendida dentro del formulario terapéutico con descuento.

19 - Para todos los casos de sustitución, se deberá colocar el troquel del medicamento expendido debiendo el beneficiario avalar con su firma la aceptación del reemplazo y que ha comprendido todas las explicaciones e informarción en relación a la dispensa efectuada El reconocimiento por parte de la obra social será para todas las marcas comerciales cuya monodroga, concentración,forma farmacéutica y unidades estén expresamente definidas en el formulario terapéutico. A modo de ejemplo en el formulario terapéutico se cubre la AMOXICILINA 500 mg. en comprimidos por 16 y la AMOXICILINA 500 mg en cápsulas x 16. Esto significa que si el médico prescribe AMOXICILINA 500 mg comprimidos x 16 permite que el farmacéutico dispense cualquiera de las marcas comerciales del mercado que correspondan a esta descripción tales como TRIFAMOX 500 mg comprimidos x 16, NOBACTAN 500 mg comprimidos x 16, AMOXICLER 500 mg comprimidos x 16, GRINSIL 500 mg comprimidos X 16 etc. En el ejemplo citado no quedaría contemplado el reemplazo por las AMOXICILINAS en cápsulas como es el caso del AMOXIDAL 500 mg o la FULLCILINA 500, pero si estarían comprendidos estos sí el médico prescribe AMOXICILINA 500 mg cápsulas x 16 quedando fuera los medicamentos antes citados. ACLARACION MEDICAMENTOS CON COBERTURA Medicamentos de venta libre: se reconocerán con descuento a cargo de la O.Social todos los medicamentos que por su monodroga, concentración, forma farmacéutica y presentación se encuentren contemplados en el formulario terapéutico vigente. Para estos casos cuando se trate de un medicamento que no posee troquel, se colocará en su lugar S/T Como ejemplo de lo expuesto se puede mencionar a la Bromhexina Jarabe x 120 ml, en donde la mayoría de las marcas comerciales son de venta libre, sin embargo el Bisolvon jarabe x 120 ml tiene cobertura ENVASES HOSPITALARIOS: no se reconocerá con descuento a cargo de la Obra Social medicamentos que se comercialicen bajo esta modalidad SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 19 de 212

20 7 ASOCIACION MUTUAL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES (JERARQUICOS SALUD) PORCENTAJES RECONOCIDOS POR PLANES PLANES % C/O.SOCIAL VADEMECUM C 40% SI P.M.I. 40% NO P.M.I % NO P.M.I.2886 SOLTERO 40 % NO P.M.I. MONOTRIBUTO 40 % NO P.M.I. MONOT.SOLTERO 40 % NO P.M.I. SOLTERO 40 % NO P.M.I. CONTINUIDAD 40 % NO P.M.I. JUBILADOS 40% NO P.M.I % NO P.M.I 2886/ % NO P.M.I MONOTRIBUT 60 % NO P.M.I. JUBILADOS % NO PLAN PMI % NO P.M.O(sujeto a resol ) 40 % NO PLANES ESPECIALES AUTORIZADOS VIA FAX: En los planes PMI, PMI 2000, PMI 2886, PMI 2886/2000, existen programas especiales como PLAN MATERNO INFANTIL, DIABEITCOS, INTERNACION Y PROGRAMAS ESPECIALES, los cuales tienen cobertura especial del 100% o 70%. Para facturar estos programas se deberá exigir al afiliado la AUTORIZACION FAXEADA POR JERSALUD. :CANTIDADES RECONOCIDAS POR PLANES PLAN C : 2 ( DOS ) PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA 2 ( DOS) ENVASES CHICOS O 1 (UNO) GRANDE EN UN SOLO RENGLON 5 (CINCO) ANTIBIOTICOS INYEC. MONODOSIS 1 (UNO) ANTIBIOTICO INYEC.MULTIDOSIS PLAN PMI PMI 2886 PMI 2000 PMI 2886/ ( TRES) PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA 2 (DOS) ENVASES CHICOS Y/O 1 (UNO) GRANDE 5 (CINCO) ANTIBIOTICOS INYEC.MONODOSIS

21 1 (UNO) ANTIBIOTICO INYEC.MULTIDOSIS RECETARIO: es el oficial de Jerárquicos Salud con la nueva disposición de genéricos, no obstante a esto se reconoce cualquier orden dispensada por el médico que cumpla con todos los datos requeridos,además debe figurar el diagnóstico CREDENCIALES: color verde oscuro, con identificación del plan PMI, PMI-2000 TROQUELADO: si EXCLUSIONES : A) Medicamentos de venta libre. Medicamentos sin troqueles. Medicamentos que no figuren en el Manual Farmacéutico. Accesorios médicos (instrumental médico para cirugía, agujas para suturas, agujas para inyecciones. Jeringas de todo tipo, termómetros, atomizadores, inhaladores, vaporizadores, material descartable). Antisépticos de uso externo (alcohol, agua oxigenada). Materiales para curaciones (vendas, gasas, apósitos, adhesivos, algodón, talcos, guantes, etc.). Herboristería. Pantallas y protectores solares. Anhidro ticos. Trat. Cesación tabáquica. Películas radiográficas. Productos homeopáticos. Productos dietéticos. Productos de celuloterapia. Extractos de órganos y tejidos. Pastas dentales (Venta libre), shampoo (Venta libre), jabones (Venta libre). Cereales, y alimentos. Fórmulas magistrales. Leches maternizadas y medicamentosas. Medicamentos para tratamiento de la obesidad. Inductor Ovulación. Emolientes Orexigeno. Dermatocosmeticos. Nutriente Dérmico. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 21 de 212

22 Reconstituyente Dérmico. Energizante Psicofísico. Poli vitamínico Poli mineral. Bioenergizante. Poli vitamínico. HPV Vac. Papiloma Humano Medicamentos excluidos por drogas: Norelgestromin + etinilestradiol Drospirenona + etinilestradiol Sildenafil. Vardenafil. B) EXCLUSIONES CONDICIONADAS A AUDITORIA Y AUTORIZACION PREVIA: Oncología. Todo medicamento y/o descartable usado durante la internación. Todo medicamento con coberturas especiales (70% o 100%) por los programas Materno infantil madre, Materno infantil Niño, Diabéticos y programas especiales. Leches maternizadas y medicamentosas por el programa Materno infantil niño. Medicamentos condicionados a auditoria y autorización previa por nombre comercial: ENBREL - pres.: 25 mg f.a.x 4 HUMIRA - pres.: jga.prell.x 2 x 0.8 ml REMICADE - Pres: 100 mg IV liof.f.a.x 1 CUPRIMINE - Pres: caps.x 100 CUPRIPEN - Pres: 250 mg caps.x 30 INFORMACION A TENER EN CUENTA: Ley de monodrogas: - Están reconocidos por parte de la Obra Social todos aquellos medicamentos que estén sujetos a la ley de monodrogas, es decir se aceptara la sustitución de marcas comerciales diferentes teniendo en cuenta el principio activo del fármaco, potencia, presentación del mismo y menor precio, quedando excluidos todos aquellos medicamentos de uso hospitalario. Período Materno Infantil, programa diabéticos: - En los planes existen programas especiales como el Materno Infantil-Madre, Materno Infantil-Niño, Diabéticos, Internación y Programas Especiales, los cuales tienen cobertura especial del 100% o 70%. Para poder facturar estos programas se deberá exigir al socio, credencial, la receta original y la autorización digitalizada en donde figuran los medicamentos/descartables con sus coberturas correspondientes la cual es remitida vía mail o faxeada por la auditoria de Jerárquicos Salud

23 METODOLOGIA A APLICAR SOBRE LA PRESCRIPCION DE VACUNAS ANTIGRIPALES. La siguiente es la cobertura de JS para la Vacuna Antigripal: En el Calendario de Vacunación 2012 estan incluidos: Niños de 6 meses a 24 meses inclusive, Puérperas de hasta 6 meses, Embarazadas durante toda la gestación y Trabajadores de la Salud los cuales serán vacunados en los vacunatorios públicos. Son Extracalendario el resto de las indicaciones: mayores de 65 años y para los niños y adultos que tienen entre 2 y 64 años con enfermedades crónicas (respiratorias, cardíacas, renales, diabetes, obesidad mórbida). Para la autorización de la vacuna en estos casos se requerirá AUDITORÍA PREVIA con receta médica. especificando la indicación. Esta será condición necesaria para poder facturar el producto. VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días a partir de la prescripción FACTURACION: PRESENTAR LOS DIAS 12 Y 27 DE CADA MES SE DEJA ACLARADO QUE TODA PRESENTACION DE RECETA DEBERÁ SER ENVIADA CON TICKET O FACTURA DE LA VENTA REALIZADA, Y AL DORSO DE LA RECETA DEBERA CONSTAR COMO CONFORMIDAD DEL SOCIO: FIRMA, ACLARACION Y Nº DE DOCUMENTO DEL MISMO. DIAGNOSTICO: EN LA RECETA DEBE FIGURAR EL DIAGNOSTICO JERSALUD PROGRAMA MATERNO INFANTIL PLAN COBERTURA MADRE: CARNET DE COBERTURA MADRE La afiliada deberá presentar carnet para acceder a la cobertura 100%, en medicamentos del listado, de drogas consideradas de uso frecuente en el embarazo, parto y puerperio e inherentes a los mismos, NO requieren autorización. IMPORTANTE: para el resto de los medicamentos, la cobertura será la prevista en el servicio de salud ( 40% para plan PMI y 60 % de cobertura PMI 2000 y PMI 3000) LISTADO DE DROGAS QUE NO REQUIEREN AUTORIZACION PREVIA PLAN COBERTURA MADRE DROGAS FORMA FARMACEUTICA CONDICION/OBSERVACIONES Sulfato de hierro / Hierro polimaltosato / Oral o Instramuscular Solos o asociados / Hasta 1 envase por Mes Acido fólico Polivitamínicos o Polivitamínicos y Oral Hasta 1 envase por mes Poli- Minerales Isoxuprina En todas sus formas farmacéuticas Para maduración pulmonar Progesterona o Hidroxiprogesterona En todas sus formas farmacéuticas Propinox Oral SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 23 de 212

24 Metoclopramida En todas sus formas farmacéuticas Doxilamina + Vitamina B6 Oral Betametasona o Dexametasona 8 Instramuscular mg. Hidróxido de Aluminio/Hidróxido Oral Solos o asociados de Magnesio/Asoc. Lactulosa Oral Plantago Ovata + Cassia Oral Angustifolia Cefalexina En todas sus formas farmaceúticas Metildopa Oral Metronidazol Miconazol Ovulos, tabletas vaginales o cremas Isoconazol Inmunoglobulina Anti-RHO Instramuscular 600 ml de la emulsión Dermaglós En todas sus formas farmacéuticas (*) (*) Para acceder a la misma, la Socia deberá presentarse en la Farmacia con el Voucher de cremas. Válido para el tratamiento de la piel durante todo el embarazo. No requiere prescripción médica. Para acceder a la /s crema/s la SOCIA deberá presentarse en la farmacia con VOUCHER DE CREMAS, el mismo tiene logo JERARQUICOS - PLAN DE COBERTURA MADRE VOUCHER DE CREMA, con los siguientes datos; apellido y nombre de la madre, DNI, N de socia Vigencia de la cobertura; desde hasta.. Completar al momento de la dispensa, 600 ml de la emulsión Dermaglos, seleccionando sólo una de las opciones impresas en el voucher con una x. PLAN COBERTURA NIÑO MENOR A UN AÑO CARNET DE COBERTURA Este carnet permitirá identificar al Socio para acceder a la cobertura del 100%, en los medicamentos del listado, NO requieren autorización. Si por algún motivo particular, el médico considera necesario prescribir otra medicación, el Socio deberá solicitar AUTORIZACION y presentar la misma a la farmacia para acceder a la medicación. Quedan excluídas todas aquellas formulaciones cuya condición de dispensa sea VENTA LIBRE. Se tomará como referencia el Manual Farmaceútico correspondiente al mes de venta LISTADO COMPLETO DE DROGAS CON COBERTURA AL 100% PLAN DE COBERTURA NIÑO MENOR A UN AÑO ACCION TERAPEUTICA DROGAS FORMA FARMACEUTICA/VIA ADM. Antidiarreicos/reguladores de la flora Crema de bismuto Suspensión Intestinal Saccharomyces boulardii Sobres y cápsulas Bacillus clausii Suspensión bebible Antibióticos Amoxicilina Amoxicilina+asoc. (ac.clavul/sulbactam) Claritromicina Azitromicina Cefalexina Metronidazol Mebendazol Nitazoxanida Nistatina Ketoconazol Trimetoprima/Sulfametoxazol Jarabe/Suspensión oral-polvo para uso Oral Antibióticos de uso tópico Ac Fusídico Presentación en crema/ungüento

25 Antibióticos de uso oftálmico (solo o Asociado) Antipiréticos/analgésicos (solos o asociados entre sí) Ac Fusídico + Betametasona Ac Fusídico + Hidrocortisona Mupirocina Mupirocina + Hidrocortisona Rifamicina Tobramicina Ciprofloxacina Eritromicina Dipirona Dipirona + Paracetamol Paracetamol Paracetamol + Ibuprofeno Ibuprofeno Solución o loción de uso externo /spray Colirios y geles oftalmológicos Jarabe/Suspensión oral/polvo para uso Oral o Gotas orales Corticoides Broncodilatadores antiasmáticos (Solos o asociados entre sí) Antiflatulentos ( Solos o asociados ) Antieméticos Betametasona Metilprednisona Budesonide Salbutamol Bromuro de Ipratropio Beclometasona Fenoterol Fluticasona Fluticasona + Salmeterol Simeticona Simeticona + Domperidona Homatropina Homatropina + Simeticona Metoclopramida Domperidona Gotas orales, Jarabe/Suspensión oral Sprays/Aerosoles/Solución para nebulizar: Solos /con aplicador/con aerocámara Gotas/Jarabe Gotas Pediátricos, Ampollas y jeringas Prellenadas Gotas orales Laxantes Lactulosa Jarabe/suspensión oral/ Polvo para uso Oral Rehidratante oral Sales de rehidratación oral Jarabe/suspensión oral/polvo para uso Oral Antiulceroso/antiacido Ranitidina Jarabe/suspensión oral/polvo para uso oral Humidificante/fluidificante vías Cloruro de Na Sprays/Aerosol aéreas Antianémico Hierro(Polimaltosato, Sulfato, Succinato) Acido fólico Vitamina A + C + D Vitamina A + C + D + FLUOR Gotas/Jarabe Antihistaminicos Difenhidramina Jarabe/Suspensión oral/polvo para uso SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 25 de 212

26 Antitusivo/mucolítico Hedera helix Jarabe/suspensión oral/polvo para uso Oral Oral RECETARIO OBLIGATORIO DE CREMAS PARA EL CUIDADO DEL BEBE Para facilitar el acceso a las cremas dentro del primer año de vida del niño, cada socio dispondrá de 8 (ocho) recetarios, para utilizarlos de acuerdo a los meses del bebé y la acción terapéutica que corresponda, es decir dos recetarios por trimestre. La dispensa se realizará presentando el recetario obligatorio correspondiente, la credencial de Jerárquicos, carnet del programa materno infantil y DNI. RECETARIOS POR TRIMESTRE NUMERO RECETARIO TIEMPO ACCION TERAPEUTICA meses Cuidado preventivo de la piel (crema con vitamina A Zinc y asociados) meses Tratamiento de dermatitis específicas (crema con antimicóticos o antibióticos corticoides) meses Cuidado preventivo de la piel (crema con vitamina A Zinc y asociados) meses Tratamiento de dermatitis específicas (crema con antimicóticos o antibióticos corticoides) meses Cuidado preventivo de la piel (crema con vitamina A Zinc y asociados) meses Tratamiento de dermatitis específicas (crema con antimicóticos o antibióticos corticoides) meses Cuidado preventivo de la piel (crema con vitamina A Zinc y asociados) meses Tratamiento de dermatitis específicas (crema con antimicóticos o antibióticos corticoides) IMPORTANTE Hasta que no se concluya el trámite de adhesión del recién nacido para obtener el carnet de cobertura del Programa Materno Infantil Plan de cobertura Niño Menor a un año, se deberá requerir la correspondiente autorización de JERSALUD. VACUNAS DEL CALENDARIO Para las vacunas del calendario vigente, el socio deberá concurrir a los Hospitales o Centros de Salud públicos, es importante que la aplicación de estas vacunas se realice en estas instituciones para contribuir a la vigilancia epidemiológica de las patologías cubiertas y asegurar las condiciones de bioseguridad. FUERA DEL CALENDARIO No requieren autorización previa y presenta la cobertura de su Plan de Salud como medicamento prescripto ( planes de cobertura al 40% y planes de cobertura PMI 2000 y 3000 al 60% )

27 8 LA CAJA A.R.T. DESCUENTOS A CARGO DE LA CAJA ART: AMBULATORIO.: 100% (Cien por ciento) DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO DOCUMENTO DE IDENTIDAD y RECETA RECETARIO CONVENCIONAL DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: NOMBRE DE LA ART ( LA CAJA ART ) Nombre y Apellido del paciente. Número de DOCUMENTO ó CUIL Número de Siniestro (La ausencia de este dato es motivo de débito) Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. VALIDEZ DE LA RECETA 10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción. LÍMITES DE CANTIDADES CANTIDAD DE RENGLONES:3 (tres). POR RECETA: Hasta 3 (tres) envases. POR RENGLÓN: Hasta 1 (un) envase. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases LÍMITES DE TAMAÑOS HASTA 1 (UNO) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 27 de 212

28 OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MÉDICO No indica tamaño Sólo indica GRANDE Equivoca cantidad DEBE ENTREGARSE El de menor contenido La tamaño SIGUIENTE AL MENOR El tamaño inmediato inferior DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con cinta adhesiva. Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario) Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente. Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia. MEDICAMENTOS FALTANTES: Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. EXCLUSIONES: Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales de venta bajo receta comprendidas en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos. Quedan excluidos los productos que figuran en el listado de GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA, MUY IMPORTANTE Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar autorización al (fax), las 24 hs. los 365 días del año), indicando que el beneficiario se encuentra en la farmacia esperando dicha autorización.

29 GRUPOS TERAPÉUTICOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURA ALIMENTICIOS Y DIETÉTICOS ANESTÉSICOS ANOREXÍGENOS Y ANABÓLICOS ANTICONCEPTIVOS Y ANOVULATORIOS FÍSICOS O QUÍMICOS ARTICULOS DE ORTOPEDIA COSMETICA CHAMPUES DE TODO TIPO ESTÉTICOS (Anticelulíticos, Antiarrugas, Fotoenvejecimiento, etc.) ESTIMULANTES DE LA DISFUNCIÓN SEXUAL. EXTRACTOS DE ORGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS DE CULTIVO ANIMALES Y/O VEGETALES. FLORES DE BACH GINSENG HORMONAS DE CRECIMIENTO LECHES EN POLVO SIMPLES O COMPUESTAS MATERIAL DESCARTABLE ODONTOLÓGICOS (Pastas, polvos, dentífricos, artículos de limpieza, etc.) PARCHES DE NICOTINA PRODUCTOS PARA INTERNACIÓN PRODUCTOS SIN TROQUEL. REACTIVOS PARA EL DIAGNÓSTICO RECETAS MAGISTRALES HOMEOPÁTICAS Y ALOPÁTICAS SUSTITUTOS DE LA SAL VENTA LIBRE SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 29 de 212

30 9 ASOC.ECLESIASTICA DE SAN PEDRO PLAN: ambulatorios RECETARIO: oficial, del médico % CARGO O.SOCIAL: 40 % ambulatorios INTERNADOS 100% ( con sello o agregar de puño y letra del médico la leyenda PACIENTE INTERNADO. INSULINAS: 50 % VALIDEZ RECETA: 30 días de emisión CANTIDAD PRESCRIPCION: 3 (tres) medicamentos por receta y hasta un máximo de 2 (dos) unidades grandes de cada especialidad. Si el profesional no especifica el tamaño del medicamento se entregar el de menor contenido ANTIBIOTICOS: inyectables en envases unitarios hasta 5 (cinco) unidades LEYENDA TRATAMIENTO PROLONGADO: cuando se solicite más de una unidad de una especialidad CREDENCIAL DE SAN PEDRO: con su cupón de pago al dia o con el mes inmediato anterior como máximo, con respecto a la fecha de venta.. PRODUCTOS ESPECIALES RECONOCIDOS:: JABONES MEDICINALES (*). LOCIONES CAPILARES (*), LOCIONES DERMICAS(*), PASTAS DENTALES MEDICINALES(*), SOLUCIONES PARENTERALES, VITAMINAS. ( * ) Estas especialidades sólo podrán ser despachadas, cuando la receta médica provenga de un especialista dermatólogo y odontólogo en el caso de las pastas dentales. PRODUCTOS NO RECONOCIDOS: ANOVULATORIOS, ANOREXIGENOS, CITOSTATICOS, EDULCORANTES, FORMULAS MAGISTRALES, HOMEOPATIA, LECHES MODIFICADAS, PERFUMERIA, COMPLEMENTOS DIETARIOS, VENTA LIBRE, MEDICAMENTOS PARA DISFUNCIÓN SEXUAL. TROQUELADO: si MEDICAMENTOS ONCOLOGICOS E INMUNOLOGICOS (HIV).: En el caso de estos medicamentos, el socio deberá enviar la receta por fax con indicación de domicilio adonde entregarlas..no se abonan en el momento de su recepción sino que la mutual facturara el 50% a posteriori directamente. Esta modalidad es para medicamentos que excedan los $ 1000 por caja. En

31 el caso de ser oncológicos pero de costa menor, la farmacia tendrá que pedir autorización a San Pedro antes de su entrega al socio. FACTURACION: las farmacias deber n presentar las facturaciones los d as 12 y 27 de cada mes SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 31 de 212

32 10 O.S.P.A.T. O.SOCIAL PERSONAL DEL TURF VIGENCIA CONVENIO : a partir del 20/09/02 PLANES: AMBULATORIOS, PLAN MATERNO INFANTIL, INTERNADOS PORCENTAJES DE COBERTURA: PLANES % C/OBRA SOCIAL AMBULATORIOS 40 % PLAN MATERNO 100 % INFANTIL INSULINAS 100 % INTERNADOS (Autorizados) 100% RECETARIO: oficial OSPAT. Recetario del médico únicamente podrán extenderse, cuando los mismos sean prescriptos los días sábados, domingos, feriados y que constituyan medicamentos de urgencia. VALIDEZ RECETA: 30 días PRESCRIPCIONES POR RECETA: hasta 2 (dos) especialidades distintas, pudiendo ser una de ellas de TAMAÑO GRANDE TAMAÑOS : en el caso de presentaciones con tres o más tamaños de un mismo medicamento, la expresión GRANDE, deberá interpretarse como la inmediata superior a la menor Tamaño menor 1 por renglón, tamaño grande 1 por receta ANTIBIOTICOS INYECTABLES: monodosis hasta 6 (seis) unidades por receta, multidosis 1 por receta. LECHES: sin cobertura PRESCRIPCIONES POR GENERICOS: O.S.P.A.T. aceptará la prescripción por parte del profesional interviniente de medicamentos genéricos es decir que el mismo indicará en la receta el nombre de la monodroga requerida, sin aclarar ninguna marca comercial. VADEMECUM P.M.O: se reconocerán todos los productos incluídos en el P.M.O. FACTURACION: presentar al COLEGIO los días Viernes

33 O.S.P.A.T. - AUTORIZACION DE RECETAS Informamos a las farmacias adheridas que para la dispensa de recetas deben solicitar a los afiliados de O.S.P.A.T., recetario oficial, DNI y recibo de sueldo. Para el descuento del 40% NO NECESITAN AUTORIZACION PREVIA DEL MEDICO AUDITOR, mientras el producto de encuentre dentro del vademécum, UNICAMENTE SERAN AUTORIZADAS las recetas que llevan el descuento del 70% y el 100% SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 33 de 212

34 11 POLICIA FEDERAL VIGENCIA CONTRATO: 01/07/03 PLANES: ambulatorios, internados, materno infantil RECETARIO: oficial CARGO O.SOCIAL: AMBULATORIOS 50 % INTERNADOS 100 % ( SELLO INTERNADOS EN RECETA, Y EL DE LA CLINICA O SANATORIO Y/O HOSPITAL MAT.INFANTIL 100 % VALIDEZ RECETA: 30 días Nº PRESCRIPCION: 2 (dos) productos por receta, de diferente presentación y acción terapéutica pero de distintas formas farmacéuticas CANTIDAD PRESCRIPCION: 2 (dos) unidades de cada uno ( no podrá exceder de 4 unidades por receta TAMAÑOS DEL MEDICAMENTO: será indicado por el profesional, en productos que posean dos o más presentaciones distintas para la misma forma farmacéutica se entregará por envase grande la presentación que siga a la menor. La entrega de tamaños mayores deberá ser indicado expresamente, acompañada con al leyenda TRATAMIENTOS PROLONGADO Si el profesional no aclara tamaño y dosis del medicamento deberá entregarse la unidad o dosis menor existente ANTIBIOTICOS: hasta 8 (ocho) ampollas o frasco ampollas sin fraccionar MEDICAMENTOS RECONOCIDOS: especialidades de venta bajo receta aprobadas por el Ministerio de Salud y Acción Social. - Sustancias de contraste utilizables en radiología que sean venta bajo receta. - Preparaciones magistrales alopáticas - Medicamentos anticonceptivos cuando sean recetados por ginecólogo u obstretas - Bolsas de colostomía recetadas por protólgos o cirujanos. Serán entregadas sin cargo hasta un máximo de 2 por día o 60 por mes. - Los medicamentos incluídos en lista 1 y 2 se prescribirán en los recetarios provistos por la autoridad local correspondiente. El profesional confeccionará además una receta oficial de la Obra Social.

35 - Los medicamentos bajo control de lista número 3 y 4 y otras especialidades de venta bajo receta archivada, se prescribirán en recetario de la Obra Social por duplicado con firma originalen ambas recetas. - Los medicamentos de las listas 1,2,3 y 4 no podrán ser reemplazados sus tamaños en caso de falta momentánea de los mismos. NO SE RECONOCERAN LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: venta libre, productos para la higiene, pastas dentales, polvos o líquidos odontológicos, artículos de belleza, de tocador, y/o productos para la estética y antisépticos de uso externo, accesorios para la terapéutica ( agua oxigenada, algodón, gasas, apósitos, jeringas, agujas descartables etc. Accesorios para diagnósticos ( frascos, termométros, reactivos y placas radiológicas, elementos de contraste o radiopacos etc.), edulcorantes BENEFICIO MADRE HIJO la mujer embarazada, personal policial o conyuge, dispondrá de los medicamentos sin cargo, desde el momento de la comprobación del embarazo y hasta 45 días del alumbramiento, los hijos gozarán de dicho beneficio hasta el primer año de vida. LECHES MODIFICADAS: se entregarán sin cargo hasta el sexto mes de vida y a partir de ese momento abonará el 50 % hasta el año de vida. Estas será entregadas en un máximo de un 1 kilo por semana o cuatro(4) por mes. Las recetas deberán ser certificadas por médico de la Delegación DATOS EN RECETAS: apellido y nombre del afiliado, número de carnet, prescripción, jerarquía o grado de parentesco, situación de revista, fecha, firma del facultativo, aclaración firma, matrícula profesional FACTURACION: Presentar al COLEGIO los días 12 y 30 de cada mes SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 35 de 212

36 12 CLASSIC FAMILIAR UP 10 PMO MONOTRIBUTO PMI Cobertura de Unión Personal 50% 50% 40 % 40% 40% 100% Afiliado Paga 50% 50 % 60 % 60% 60% - Vademécum sí sí sí sí sí sí Descuento adicional U PCN (1) 20% 20% Listado de médicos y/o instituciones prescriptoras no no no no no no Credencial Oficial sí, exclusivamente (validación de acuerdo a instructivos anexos) Provisoria no, carece de validez Doc. de Identidad Beneficiario sí, consignar Tipo y Nº Tipo de recetario Validez de la receta Adquirente sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con propaganda médica) Psicofármacos Duplicado sí, exclusivamente Fotocopia 30 días a partir de la fecha de prescripción no se acepta Aclaración de firma Con sello sí, exclusivamente médico y Nº matrícula Manuscrita Aclaración cant. unidades Limitación cantidad y tamaño Medicamentos excluidos de cobertura P MI no se acepta sí, en letras y números hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por especialidad. Hasta una (1) unidad Grande por receta. Ver listado de excepciones. sí, se aplica para todos los planes. Ver vademécum y excepciones. se valida la condición del afiliado por conexia. Cobertura PMI Madres en medicamentos hasta 30 días después del parto Leches medicamentosas Prescripción medicamentos Recibo de sueldo para descuento adicional U PCN Enmiendas salvadas Niños en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad con autorización de auditoria médica exclusivamente el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación genérica (conforme Ley 25649) no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto: descuento UPCN por médico: sí (errores de prescripción) por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)

37 (1) Otras OBRAS SOCIALES a las que se les podrá efectuar el Descuento Adicional: D.A.S. DIRECCION DE AYUDA SOCIAL P.A.M.I. (PROGRAMA DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL) MEDICUS VIALIDAD (O. SOCIAL DE DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD) DIBPFA DIBA IOSE U.P.C.N. descuento directo: Obra Social cubre 20 % y Afiliado paga 80 %. El descuento se realizará sobre el 100% del valor del medicamento y será adicional al otorgado por Unión Personal. EXCEPCIONES anovulatorios (Excepto los prescriptos por ginecólogos y/u obstetras) Vacunas de todo tipo, excepto: Vacuna antipiógena y orales para uso neumonológico o inmunológico; Antitoxina Tetánica y Antitoxina Tetánica Inmuno Globulina.- Se deja expresamente aclarado que la exclusión sólo corresponde para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires. Anorexígenos (Excepto los prescriptos por endocrinólogos, diabetólogos y nutricionista). Anticonceptivos Buenos Aires, debiendo en el resto del país ser cubierta por la Farmacia. Deben estar prescriptos por médicos Ginecólogos u Obstetras. Los Profesionales Odontólogos podrán prescribir exclusivamente medicamentos acordes a su especialidad. EXCEPCIONES A L AS LIMITACIONES DE CANTIDAD Y TAMAÑO a.1 Antibióticos y solventes inyectables en envases monodosis: hasta ocho (8) unidades a.2 Antibióticos y solventes inyectables en envases multidosis: hasta dos (2) unidades b. Cuando el profesional consigne de puño y letra tratamiento prolongado, podrán dispensarse los productos prescriptos por el profesional, respetando forma y tamaño: Máximo: - Dos (2) productos por receta de distinto principio activo. - Se acepta igual principio activo y distinta forma farmacéutica. - Por producto se puede expender como máximo un (1) envase (excepto puntos a.1 y a.2) c. Si indica la palabra GRANDE : el inmediato siguiente al menor d. Si erra tamaño: el inmediato inferior al indicado. e. Si especifica dosis y/o potencia: lo requerido f. Si erra: el inmediato inferior al indicado SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 37 de 212

38 NORMAS OPERATIVAS PARA LA ATENCIÓN DE NUESTROS AFILIADOS EN FARMACIAS AC 211 C 101 AC 102 PMI Cobertura de Accord Salud 50% 50% 40% 50% 40% 40% 100% Afiliado Paga 50% 50% 60% 50% 60% 60% - Vademécum no no no no sí sí según plan Manual Farmacéutico sí sí sí sí no no según plan (con exclusiones Descuento adicional U PCN 20% 20% 20% 20% Listado de médicos y/o instituciones prescriptoras no no no no no no según plan Credencial Oficial sí, exclusivamente Provisoria no, carece de validez Doc. de Identidad Beneficiario sí, consignar Tipo y Nº Tipo de recetario Validez de la receta Adquirente sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con propaganda médica) Psicofármacos Duplicado sí, exclusivamente Fotocopia 30 días a partir de la fecha de prescripción no se acepta Aclaración de firma Con sello sí, exclusivamente médico y Nº matrícula Manuscrita no se acepta Aclaración cant. unidades Limitación cantidad y tamaño Medicamentos excluidos de cobertura P MI sí, en letras y números hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por especialidad. Hasta una (1) unidad grande por receta. Ver listado de excepciones. sí, se aplica para todos los planes. Ver listado de exclusiones o vademécum de acuerdo al plan se valida la condición del afiliado por conexia. Cobertura PMI Madres en medicamentos hasta 30 días después del parto Niños en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad Leches medicamentosas Prescripción medicamentos Recibo de sueldo para descuento adicional U PCN Enmiendas salvadas con autorización de auditoria médica exclusivamente. el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación genérica (conforme Ley 25649) no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto: descuento UPCN por médico: sí (errores de prescripción) por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)

39 LISTADO DE MEDICAMENTOS EXC LUIDOS DE COBERTURA EN TODOS LOS PLANES DE ACCORD SALUD ALBUMINA, PLASMA Y EXPANSORES PLASMATICOS ALIMENTACION ENTERAL ANFOTERICINA ANOREXIGENOS - TRATAMIENTOS PARALAOBESIDAD - ANTICELULITICOS ANTIASTENICOS - ENERGIZANTES ANTICONCEPTIVOS - ANOVULATORIOS, EXCEPTO LOS PRESCRIPTOS POR GINECOLOGOS U OBSTETRAS DE UP ANTIETILICOS ANTIESTROGENICOS ANTIHEMOFILICOS ANTILEUCEMICOS ANTINEOPLASICOS ANTIOXIDANTES ANTITABAQUICOS ANTIANDROGENICOS AGONISTAS LHRH ALIMENTOS EN GENERAL (EXCEPTO LAS LECHES MEDICAMENTOSAS DEL PMI AUTORIZADAS PREVIAMENTE) ANTISCEPTICOS DE SUPERFICIE, EXCEPTO LOS DE VENTA BAJO RECETAY QUE LLEVEN TROQUEL COADYUVANTES ANTINEOPLASICOS CELULOTERAPIA- LISADO DE CELULAS - EXTRACTO DE ORGANOS Y TEJIDOS CINTAS Y REACTIVOS DE DIAGNOSTICO DENTIFRICO Y PASTAS GINGIVALES DERMATOLOGICOS DE USO COSMETOLOGICO DISFUNCION SEXUAL MASCULINA DNASAHUMANARECOMBINANTE DIETETICOS EDULCORANTES ENOXAPARINA ERITROPOYETINA ESTREPTOQUINASA ETANERCEP FENTANILO PARCHES FORMULAS MAGISTRALES, Excepto: los preparados para la dermatitis del pañal (Pasta Lazar, Pasta al Agua, Linimento Oleo Calcáreo, etc.) siempre y cuando sean prescriptos en recetas contempladas dentro del PMI HORMONAS PARA EL CRECIMIENTO HEMODERIVADOS Y SUSTITUTOS DE LA SANGRE INMUNOSUPRESORES E INMUNOMODULADORES HORMONOSUPRESORES INTERFERONES JABONES MEDICINALES, Excepto los de venta bajo receta y que lleven troquel JERINGAS LECHES DE TODO TIPO, Excepto las autorizadas por la Gerencia Médica) LINEZOLID, PALIBIZUMAB, RILUZOL, TEICOPLAMINA LIMPIADORES DE LA PIEL ACNEICO LOS PROFESIONALES ODONTÓLOGOS podrán prescribir exclusivamente medicamentos acordes a su especialidad. LLOPROST, OPRELVEKIN, ABCIXIMAB, LEVOSIMENDAN, DACLIZUMAB LOCIONES CAPILARES Y LOCIONES DERMICAS, Excepto los de venta bajo receta y que lleven troquel MEDICAMENTOS QUE NO CONTENGAN TROQUELNI CODIGOS DE BARRAS MEDICAMENTOS QUE NO FIGURAN EN EL MANUAL FARMACEUTICO MEDICAMENTOS DE USO EN INTERNACION MEDICAMENTOS DE ALTO COSTO Y BAJA INCIDENCIA (Interferones, Inmunoestimuladores, Lacetil, Carnitina, Mestinon, Dnasa, Interferón alfa 2B + Ribavirina - Hepatitis C Crónica y Tobi) MEDICAMENTOS ESPECIFICOS PARAELTRATAMIENTO ONCOLOGICO (Ej: Gliadel) MEDIOS DE CONTRASTE RADIOTOMOGRAFICOS, Excepto los autorizados MYCBACTERIUM BOVIS ONCOLOGICOS Y COADYUVANTES AL TRATAMIENTO PROHIBICIONES GENERALES Productos ENSURE PLUS MIRENA PASIS DE PRESENTACION Y/O USO HOSPITALARIO HOMEOPATICOS PARAEL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCION SEXUAL MASCULINA (Ej: Sildefil, Lumix, Viagra o similares) PARAEL TRATAMIENTO DEL HIV INDUCTORES PARA LA FERTILIZACION ASISTIDA RADIOPACOS TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS Y/O PRINCIPIOS ORLISTAT (Ej: Xenical) TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS O PRINCIPIOS ACTIVOS ETANERCEPT (Ej: Embrel) TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS O PRINCIPIOS ACTIVOS PALIZUMAB (Ej: Synagis) QUERATOLITICOS SOLVENTES INDOLOROS, Excepto las ampollas por 1,5 ml SOMOTOSTATINA, SOMATOTROPINAHUMANA SURFACTANTES PULMONARES TOBI - TOBRAMICINAGEN MED - ZYVOX - SEPTOPAL TRATAMIENTO CONTRA ELSIDA TRATAMIENTO DE LA ESTERILIDAD TRATAMIENTO CONTRA EL ALCOHOLIMO ULTRASE - ULTRASEMT VACUNAS, EXCEPTO: VACUNA ANTIPIOGENA Y ORALES PARA USO NEUMONOLOGICO O INMUNOLÓGICO; ANTITOXINA TETANICA Y ANTITOXINA TETANICA INMUNO GLOBULINA.- (La exclusión sólo corresponde para la Ciudad de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, debiendo en el resto del país ser cubiertas por la farmacia) INSULINAS DE TODO TIPO HIPOGLUCEMIANTES ORALES EXCEPCIONES A L AS LIMITACIONES DE CANTIDAD Y TAMAÑO a.1 Antibióticos y solventes inyectables en envases monodosis: hasta ocho (8) unidades a.2 Antibióticos y solventes inyectables en envases multidosis: hasta dos (2) unidades b. Cuando el profesional consigne de puño y letra tratamiento prolongado, podrán dispensarse los productos prescriptos por el profesional, respetando forma y tamaño: Máximo: Dos (2) productos de distinto principio activo por receta Se acepta igual principio activo y distinta forma farmacéutica. Por producto se puede expender como máximo un (1) envase (excepto puntos a.1 y a.2) c. Si indica la palabra GRANDE : el inmediato siguiente al menor d. Si erra tamaño: el inmediato inferior al indicado. e. Si especifica dosis y/o potencia: lo requerido f. Si erra: el inmediato inferior al indicado SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 39 de 212 DESCUENTO ADICIONAL UPCN El descuento se realizará sobre el 100% del valor del medicamento y será adicional al otorgado por Accord Salud.

40 NORMAS OPERATIVAS PARA LA ATENCIÓN DE NUESTROS AFILIADOS EN FARMACIAS PLATINO DORADO VERDE AZUL OSLERA OSLERA DORADO OSLERA PLATINO PMI Cobertura de Accord Salud 50% 50% 50% 40% 50% 50% 50% 100% Afiliado Paga 50% 50% 50% 60% 50% 50% 50 % - Vademécum no no sí sí sí no no según plan Manual Farmacéutico sí sí no no no si sí según (con exclusiones) plan Descuento adicional U PCN 20% 20% 20% Listado de médicos y/o instituciones prescriptoras no no no no no no no Credencial Oficial sí, exclusivamente Provisoria no, carece de validez Doc. de Identidad Beneficiario sí, consignar Tipo y Nº Tipo de recetario Validez de la receta Adquirente sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con propaganda médica) Psicofármacos Duplicado sí, exclusivamente Fotocopia 30 días a partir de la fecha de prescripción no se acepta Aclaración de firma Con sello sí, exclusivamente médico y Nº matrícula Manuscrita no se acepta Aclaración cant. unidades Limitación cantidad y tamaño Medicamentos excluidos de cobertura P MI sí, en letras y números s/ plan hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por especialidad. Hasta una (1) unidad grande por receta. Ver listado de excepciones. sí, se aplica para todos los planes. Ver listado de exclusiones o vademécum de acuerdo al plan se valida la condición del afiliado por conexia. Cobertura PMI Madres en medicamentos hasta 30 días después del parto Niños en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad Leches medicamentosas Prescripción medicamentos Recibo de sueldo para descuento adicional U PCN Enmiendas salvadas con autorización de auditoria médica exclusivamente. el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación genérica (conforme Ley 25649) no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto: descuento UPCN por médico: sí (errores de prescripción) por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)

41 13 VIGENCIA CONTRATO: 8/09/03 PORCENTAJES DE COBERTURA O.S.A.M. PLANES %CARGO % CARGO VADEMECUM O.SOCIAL AFILIADO AMBULATORIOS 40% ( * ) 60% SI PLAN MAT.INFANTIL 100% -.- SI-Señalizados sigla PMI PLAN MAT.INFANTIL 40% 60% SI ( * ) ACLARACION % DESCUENTO: EN MEDICAMENTOS NO ETICOS, EL AFILIADO ABONA EL 60% DEL VALOR KAIROS, MIENTRAS EL 40% ES ABSORBIDO POR LA FARMACIA SIN FACTURARLO A OSAM. EN MEDICAMENTOS ETICOS, que no puedan sustituirse y previa AUTORIZACION de INTEGRAL, el 60% abonará el afiliado y el 40% se facturará a INTEGRAL RECETARIO: oficial, validez 20 días de emitido VALIDEZ RECETA : 15 días de prescripta, fecha en números arábigos y no se aceptará en números romanos CANTIDAD PRESCRIPCION: 2 (dos) medicamentos por receta, uno grande y uno chico o dos chicos TAMAÑOS: si no se indica tamaño se dispensará el más chico, si se indica grande se acompañará de la leyenda tratamiento prolongado y la patología crónica ANTIBIOTICOS: inyectables monodosis hasta 6 (seis) unidades, multidosis 1 (una) unidad EXCLUSIONES DE COBERTURA: quedan excluidos de las prestaciones los medicamentos para INTERNACIONES, MEDIOS DE CONTRASTE, ONCOLOGICOS, PREPARACIONES MAGISTRALES, PROD.VENTA LIBRE (no contemplados en vademécum), Y TODA MONODROGA QUE NO SE ENCUENTRE EXPRESADA EN EL FORMULARIO TERAPEUTICO. PLAN MATERNO INFANTIL ( AUTORIZADAS): tendrá un descuento del 100 % para aquellos medicamentos contemplados en el formulario terapéutico con la sigla PMI, el resto de los medicamentos que no se señalan con la sigla antes mencionada y que se encuentran en el formulario terapéutico tendrán un descuento del 40 % EMBARAZADAS, desde el diágnostico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al parto SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 41 de 212

42 RECIEN NACIDOS: la cobertura para los niños es desde el nacimiento hasta el primer año de edad en medicamentos que figuren en vadémecum OBSERVACIONES: DE LA PERSONA QUE RETIRA LA MEDICACION: deberá colocar sin excepción: tipo y nº de documento, firma y aclaración de la misma con nombres y apellidos completos y domicilio completo ACREDITACIONES: el afiliado deberá exhibir credencial oficial, último recibo de sueldo, documentos de identidad GENERICOS: Prescripción de medicamentos a través de su nombre genérico y eventualmente la facultad de sustitución del farmacèutico si la prescripción es por nombres comerciales TROQUELADO: La no exigencia de adjuntar troqueles, excepto en medicamentos éticos autorizados por INTEGRAL. VADEMECUM: SI FACTURACION: presentar al COLEGIO los días 12 y 27 de cada mes

43 14 RECETARIO SOLIDARIO DESCUENTOS A CARGO DEL RECETARIO SOLIDARIO: RECETARIO: AMBULATORIO: 20% (Veinticinco por ciento) La prescripción debe hacerse por D.C.I acompañada por la marca comercial. OFICIAL (No se aceptan fotocopias) PARA QUE EL RECETARIO SEA VALIDO DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL: Nombre y Apellido del paciente. Tipo y N de Documento. Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Forma farmacéutica y potencia de cada producto prescripto. Marca comercial sugerida Firma y sello con número de matrícula del profesional legible. Fecha de prescripción. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. La tinta de la prescripción deberá coincidir con la de la firma del médico. Todos los ítems de la receta deben estar completos. VALIDEZ DE LA RECETA: 30 (TREINTA) días contando la fecha de prescripción. LÍMITES DE CANTIDADES: CANTIDAD DE RENGLONES: Tres (3). POR RECETA: Hasta cuatro (4) envases. POR RENGLÓN: Hasta un (1) envase excepto para Tamaño Menor: dos (2) envases solamente para una especialidad. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta cinco (5) envases para una sola especialidad por receta. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta un (1) envase por receta. LÍMITES DE TAMAÑOS: Hasta 1(uno) del de Mayor Tamaño por renglón. Hasta 2(dos) del de Menor Tamaño para una única especialidad por receta. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 43 de 212

44 En caso de discontinuidad o baja en la comercialización de alguna de las presentaciones indicadas en el vademécum, se podrá dispensar el tamaño inmediato inferior o el existente en ese momento, previa aclaración al dorso de la receta convalidada por la firma del farmacéutico. El beneficiario deberá firmar en conformidad. OTRAS ESPECIFICACIONES Las prescripciones deberán realizarse respetando las disposiciones vigentes. CUANDO EL MÉDICO LA FARMACIA DEBE ENTREGAR No indica tamaño El de menor contenido Sólo indica GRANDE El tamaño SIGUIENTE AL MENOR DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA: Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. pegar con cinta adhesiva Para acceder al descuento comercial los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencia o marca de sustancias adhesivas). Sin signos de desgaste del material (en todo o parte del troquel) o del color de la impresión. Sin impresiones gomígrafas mediante sellos de cualquier tipo o leyendas legibles o no. Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel, para un mismo producto, presentación y lote. No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso del troquel. Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales, total facturado, importe a cargo del beneficiario y a cargo del Recetario Solidario (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario) Sello y firma de la farmacia. Firma del paciente o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). La farmacia deberá adjuntar a la receta el triplicado del ticket fiscal de venta. En caso que no cuenten con esta posibilidad deberán presentar por escrito una justificación de motivos antes del 30/1/2004 y manifestar de que manera ofrecen suplir el mismo, para seguir obteniendo el descuento. El caso será resuelto por la auditoria del sistema. Transitoriamente, para los casos que no cuenten con duplicado del ticket fiscal, deberán adjuntar un comprobante de venta que acredite que la dispensa fue realizada con el pertinente descuento. Asimismo, la farmacia deberá identificar de manera inequívoca en el recetario el número de registración fiscal de la operación. El libro IVA y la copia de la factura o ticket deberá ser exhibido a la auditoría cada vez que sea requerido. PSICOFÁRMACOS: De acuerdo a las leyes vigentes.

45 MUY IMPORTANTE PARA ACCEDER AL DESCUENTO DEL LABORATORIO LA DISPENSACION DEBERA REALIZARSE CUMPLIENDO TODOS LOS PUNTOS DETALLADOS EN ESTA NORMA. LA OMISIÓN DE CUALQUIER REQUISITO SERÁ CAUSAL DE DÉBITO. FACTURACION. Presentar la facturación de acuerdo al cronograma de fechas establecido. ULTIMA NOVEDAD: A partir del 01/12/04 entran en vigencia estas modificaciones. A partir del 01/06/07 rige nuevo descuento 20% SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 45 de 212

46 15 OSFATLYF OSFATLyF Obra Social Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza ANEXO I: NORMA OPERATIVA - Vigencia Febrero 2014,- 1. DESCUENTOS A CARGO DE OSFATLyF PLAN PLAN PMO (Ex BÁSICO) Ambulatorio PLAN ESPECIALES y ADHERENTES Ambulatorio PLAN MATERNO INFANTIL PLAN PMO (Ex BÁSICO) Cronicidad PLAN ESPECIALES y ADHERENTES Cronicidad COBERTURA 40% Para los productos incluidos en el Vademécum PMO según validación on line 50% Para los productos incluidos en el Vademécum Especial según validación on line VER ESPECIFICACIONES 70% ó 100% Para los productos incluidos en el Vademécum Especial Cronicos según validación on line, únicamente para afiliados empadronados como CRONICOS 70% ó 100% Para los productos incluidos en el Vademécum PMO Cronicos según validación on line, únicamente para afiliados empadronados como CRONICOS El descuento por prestaciones farmacéuticas, se realiza a los afiliados vigentes en la Obra Social según validación on line 2. DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO Credencial según modelo adjunto, Documento de Identidad y Receta 3. PLAN MATERNO INFANTIL Mujeres Embarazadas: Hasta un mes despues del parto: 100% Para todos los productos incluidos en el vademécum PMI según validación on line Fuera del Vademécum PMI rigen los descuentos habituales 40, 50% para todos los productos incluidos en el vademécum ambulatorio de PMO BASICO y/o Especial según corresponda Niños Hasta el 1º Año de vida: Leches: Descuento del 100% para todos los productos incluidos en el vademécum ambulatorio de PMO BASICO y/o Especial según corresponda y con validación on line Exclusivamente con voucher autorizante de la Obra Social según modelo adjunto. Este segmento no requiere validación online 4. RECETARIO TIPO: Oficial, particular o de instituciones. (No propaganda médica)

47 VALIDEZ: 30 (treinta) días contados a partir de la fecha de prescripción. Deben figurar los siguientes datos de puño y letra del profesional y con la misma tinta: Apellido y Nombre del Beneficiario Denominación de la Obra Social Número de Beneficiario (Cuando en una receta el Nº de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe aclararlo al dorso en forma correcta, indicando junto al Nº consignado por el médico la frase "VER AL DORSO". El beneficiario debe firmar nuevamente como muestra de conformidad). Medicamentos recetados por principio activo (ley 25649), detallando tamaño y cantidad de cada uno con eventual sugerencia de marca comercial Firma y sello con número de matrícula del profesional. Fecha de Prescripción Toda correción o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y firma. Diagnostico (no excluyente) 5. LÍMITES DE CANTIDADES POR RECETA CANTIDAD DE RENGLONES: ENVASES POR RENGLON: ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: ANICONCEPTIVOS: 5. LÍMITES DE CANTIDADES POR MES AMBULATORIO: hasta 4 (cuatro) unidades por afiliado y por mes 2 (dos). De diferentes principios activos 1 (uno) envase independientemente del tamaño Hasta 5 (cinco) por receta Hasta 1 (uno) por receta Hasta 1 (uno) envase por receta y por mes CRONICOS: la que valide el sistema según empadronamiento presentado por el afiliado, estos afiliados no serán alcanzados por el tope de 2 recetas o 4 unidades mes en la drogas declaradas en dicho empadronamiento 6. OTRAS ESPECIFICACIONES Cuando el Médico: No especifica cantidades Sólo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido Deberá Entregarse: El envase de menor contenido La presentación siguiente a la menor El tamaño inmediato inferior al indicado PSICOFARMACOS El profesional debe confecionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. MEDICAMENTOS FALTANTES Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. 7. VALIDACION ON LINE La validación on line es obligatoria y se realizará para todos los planes excepto Leches, Tener en cuenta que el sistema valida los siguientes ítems: Afiliado Validez entre fechas de prescripcion y venta Productos según vademécum Porcentaje 40, 50, 70 o 100 según corresponda SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 47 de 212

48 Cantidades: en el caso de pacientes Ambulatorios tomará el tope de 2 recetas o 4 unidades mes afiliado, en el caso de pacientes CRONICOS tomará el tope según empadronamiento presentado por el afiliado 8. DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Número de orden de la receta. Fecha de Venta. De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido que dificultan la lectura del código de barras). Precios unitarios y totales (tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos), las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario. Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). Consignar los importes: Unitarios y Totales, TOTAL GENERAL, A CARGO de OSFATLyF, A CARGO Afiliado. Adjuntar copia del ticket de venta a la receta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará en el legajo de la farmacia. 9. PRESENTACION La presentación de recetas se realizará mensualmente,. Plazo de presentación: 60 días corridos a partir de la fecha de dispensa. Validez para refacturación: 60 días corridos a partir de haber recibido la liquidación El porcentaje de descuento aplicado en cada caso debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la prescripcion en forma manuscrita. IMPORTANTE: Toda farmacia tiene la obligación de ajustarse en todo ala Resolución 435/11 del Ministerio de salud de la Nación y las demás normas complementarias como las disposiciones 3683/11 y 1831/12 del ANMAT y Resolucion 362/12 de la Superintendencia de Servicios de Salud por las cuales se compreten mediante el hardware y el softwareadecuado a satisfacer las normativas y artículos que ellas establecen en función de la trazabilidad de los medicamentos. 10. CREDENCIALES VIGENTES

49 11. VOUCHER PARA LECHES SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 49 de 212

50 16 GALENO ART DESCUENTOS A CARGO DE GALENO ART: AMBULATORIO.: 100% (Cien por ciento) DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO DOCUMENTO DE IDENTIDAD RECETARIO CONVENCIONAL DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: NOMBRE DE LA ART ( GALENO ART ) Nombre y Apellido del paciente. Número de DOCUMENTO ó CUIL Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. VALIDEZ DE LA RECETA 10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción. LÍMITES DE CANTIDADES CANTIDAD DE RENGLONES: 3 (tres). POR RECETA: Hasta 6 (seis) envases. POR RENGLÓN: Hasta 2 (dos) envases. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: LÍMITES DE TAMAÑOS HASTA 2 (DOS) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN

51 OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MÉDICO No indica tamaño Sólo indica GRANDE Equivoca cantidad DEBE ENTREGARSE El de menor contenido La tamaño SIGUIENTE AL MENOR El tamaño inmediato inferior DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos). Las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario). Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente. Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia. MEDICAMENTOS FALTANTES: Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En los casos que el faltante sea debido a circunstancias del mercado, la farmacia deberá contactar al profesional médico para notificar esta situación. EXCLUSIONES: Quedan excluidos los productos que figuran en el listado de GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 51 de 212

52 MUY IMPORTANTE Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar autorización al (las 24 hs. los 365 días del año). GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA ALIMENTOS ANTIANDROGÉNICOS ANTICONCEPTIVOS ANTIESTROGÉNICOS ANTINEOPÁSICOS COSMÉTICOS DIETÉTICOS DROGAS INMUNOMODULADORAS DROGAS INMUNOSUPRESORAS FÓRMULAS MAGISTRALES HERBORISTERÍA HOMEOPÁTICOS LECHES MEDIOS DE CONTRASTE RADIOLÓGICO ONCOLÓGICOS Y CITOSTÁTICOS PRODUCTOS DE PRESENTACIÓN Y/O USO HOSPITALARIO PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCIÓN SEXUAL MASCULINA (Ej.: Vimax, Sidefil, Lumix, etc.). PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD (Ej.: Xenical). SOLUCIONES PARENTERALES SONDAS / GUIAS PARA SUERO

53 17 AMSTERDAM SALUD S.A. Vigencia del contrato: Abril/05 PLANES: 40%, 50%, 70% y 100 %, de acuerdo a lo autorizado al reverso de la receta VADEMECUM PLAN PMO, UNO y PMI, RECETARO OFICIAL: si PLAN PMO 40% RECETARIO COLOR AMARILLO (1/12/06) VALIDEZ RECETA: en el recetario figura fecha de vencimiento del mismo, controlar bien este dato caso contrario serán debitadas CANTIDAD PRESCRIPCIONES. 2 ( dos ) productos por receta, 1 (uno) por especialidad PRESCRIPCION POR NOMBRE GENERICO O PRINCIPIO ACTIVO Y NOMBRE ETICO: toda receta debe llevar cada medicamento prescrito por sus dos nombres es decir genérico o principio activo y nombre ético. Se reconocerá medicamento ético en caso que el profesional considere necesario por la patología y deberá justificar prescripción por marca, firmando el justificativo en la receta al dorso. El beneficiario podrá optar por la compra de la medicación ética, pero la farmacia realizará el descuento correspondiente sobre el valor del genérico, salvo en los casos en que el medicamento tenga justificativo debidamente firmado por el profesional, entonces el descuento será sobre el valor del producto ético PLAN MATERNO INFANTIL: 100% c/oo.social, LECHES: Unicamente medicamentosas acompañadas de historia clínica hasta 4 (cuatro) kilos por mes y hasta el tercer mes de vida. DIAGNOSTICO: en el recetario el casillero del diagnóstico debe estar llenado por el Médico, de manera que la medicación a proveer esté en concordancia a la patología NO SE RECONOCE: PREPARADOS MAGISTRALES, HOMEOPATICOS, PRODUCTOS DE USO ESTÉTICO Y MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE, CREMAS DERMATOLOGICAS: Se reconocerán solo aquellas que sean prescriptas por el profesional Dermatólogo FACTURACION: Presentar al COLEGIO los días 27 de cada mes VACUNAS: No se reconocerán vacunas sin la firma y sello del médico auditor autorizándolas, aun teniendo el descuento y sello de la Obra social, SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 53 de 212

54 AMSTERDAN SALUD ACTUALIZACION NORMAS- PROD.QUE SUPERAN $ 250, INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS QUE A PARTIR DE LA FECHA, 10/7/14 EL MEDICAMENTO QUE SUPERA EL IMPORTE DE $ 250,00, DEBERA CONTAR CON LA AUTORIZACION DEL MEDICO AUDITOR (NO DEBE DISPENSARSE MEDICAMENTO SIN PREVIA AUTORIZACION). ASIMISMO RECORDAMOS QUE EL PLAN MATERNO INFANTIL, EMBARAZADAS CUENTA CON UNA COBERTURA DEL 100 % EN MEDICAMENTOS REFERENTE UNICAMENTE AL EMBARAZO. POR SU PARTE EL PLAN MATERNO INFANTIL, HASTA 1 AÑO CUENTA CON LA COBERTURA DEL 100% EN MEDICAMENTOS REFERENTE A LA EDAD. NO SE RECONOCE LECHES MATERNIZADAS. LA LECHE MEDICAMENTOSA, GOZA DE COBERTURA LOS TRES PRIMEROS MESES DE VIDA, CON LA AUTORIZACION DEL MEDICO AUDITOR. AMSTERDAM SALUD PLAN AMS 30 Y AMS 40 PRESCRIPCION EN RECETARIO DEL MEDICO Informamos a las farmacias adheridas que a partir del , la prescripción de medicamentos para los planes AMS 30 y AMS 40, únicamente en RECETARIO DEL MEDICO, los demás planes, continúan la provisión de medicamentos en RECETARIO OFICIAL DE AMSTERDAM SALUD

55 18 ART. QBE PLAN DE COBERTURA PLAN COBERTURA AMBULATORIOS 100% Vademécum Premium DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO TIPO DE RECETARIO De Hospital, Clinica, Sanatorio, Médico (con membrete) DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: NOMBRE DE LA ART ( QBE. ART ) Nombre y Apellido del paciente. Número de DOCUMENTO ó CUIL Nombre de la Empresa Medicamentos recetados (PRESCRIPCION MEDICA CON D.C.I + MARCA SUGERIDA) y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción (ante algún error no puede ser salvada) VALIDEZ DE LA RECETA 10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción. CANTIDAD DE RENGLONES: ( 3 ). POR RECETA: Hasta ( 2 ) envases. LÍMITES DE CANTIDADES SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 55 de 212

56 POR RENGLÓN: Hasta ( 2 ) envases. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases LÍMITES DE TAMAÑOS: HASTA ( 2 ) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MÉDICO No indica tamaño Sólo indica GRANDE Equivoca cantidad DEBE ENTREGARSE El de menor contenido El tamaño SIGUIENTE AL MENOR El tamaño inmediato inferior DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario) Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente. Adjuntar copia del ticket fiscal de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia. PROVISION DE INSUMOS NO ESPECIFICADOS EN MANUAL FARMACEUTICO/KAIROS GASAS ESTERILES, TODAS LAS MEDIDAS (USUALES) VENDAS TIPO CAMBRIC VENDAS ELASTICAS TOBILLERAS CABESTRILLOS JERINGAS Y AGUJAS DESCARTABLES GUANTES DESCARTABLES

57 MUY IMPORTANTE Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar autorización al (las 24 hs. los 365 días del año) o al (011) En los casos que se detecte que los productos recetados no se corresponden con la patología del paciente o que ostensiblemente no correspondan a la especialidad del médico prescriptor, informar a la Auditoría Médica de Q.B.E. ART, a los teléfonos indicados en el párrafo anterior. EXCLUSIONES: GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA ANTIANDROGÉNICOS ANTICONCEPTIVOS ANTIESTROGÉNICOS ANTINEOPÁSICOS COSMÉTICOS DIETÉTICOS DROGAS INMUNOMODULADORAS FÓRMULAS MAGISTRALES HERBORISTERÍA HOMEOPÁTICOS LECHES MEDIOS DE CONTRASTE RADIOLÓGICO ONCOLÓGICOS Y CITOSTÁTICOS PRODUCTOS DE PRESENTACIÓN Y/O USO HOSPITALARIO PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD (Ej.: Xenical). SOLUCIONES PARENTERALES SONDAS / GUIAS PARA SUERO SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 57 de 212

58 19 ART. LA HOLANDO COBERTURA Afiliados a La Holando ART 100% de descuento sobre precio al público en todos los medicamentos 1. ACREDITACIONES. Los beneficiarios de LA HOLANDO ART podrán acceder a la cobertura en medicamentos exhibiendo: Denuncia de accidente. Documento de identidad. Receta debidamente conformada, conteniendo datos del Nombre y Apellido del Beneficiario, Nº de DNI, CUIL, que tenga la leyenda LA HOLANDO A.R.T y si es posible el nombre de la Empresa, fecha de emisión, con sello y firma del médico. 2. DEL RECETARIO. Validez del Recetario: Tres días a partir de la fecha de prescripción. 3. PRESCRIPCIÓN La prescripción deberá estar hecha de puño y letra del médico tratante, en recetario de la entidad prestadora y con firma y sello. DEBERA AJUSTARSE A LAS NORMAS LEGALES VIGENTES (Prescripción por DCI y marca comercial sugerida) 4. LIMITACIONES Se aceptarán por receta: Cantidades: Unidades: Tamaños: Dos (02) R/P por receta. 01 unidad por R/P Antibióticos monodosis hasta 05 unidades. Antibióticos multidosis hasta 01 unidad. Si no indica tamaño, se dispensará el más chico. Si indica tamaño grande, se dispensará el envase que le sigue. 5. EXCLUSIONES DE COBERTURA (SOLO CON AUTORIZACION DE LA ART) Quedan excluidos de las prestaciones, los medicamentos para las internaciones, medios de contraste, oncológicos, las preparaciones magistrales, los productos de venta libre, tiras reactivas y toda medicación que no figure en Vademécum. 6. ENMIENDAS Toda enmienda hecha en la prescripción, deberá ser salvada por el médico tratante bajo la leyenda de digo...(lo enmendado), firmando y sellando nuevamente lo salvado. 7. DE LA PERSONA QUE RETIRA LA MEDICACION

59 Toda persona que retira la medicación deberá colocar sin excepción: Tipo y N de documento, firma y aclaración de firma con nombre y apellido y domicilio completo. 9. DE LA PRESENTACION DE LA FACTURACION: Con resumen de recetas, desglosado por paciente, el que contendrá: 1) Recetas numeradas; 2) CUIL del beneficiario; 3) Precio total facturado con ticket legal y Fiscal. 4) El troquel deberá estar en perfectas condiciones para no dificultar su lectura. ANTE CUALQUIER DUDA: TELEFONO PARA AUTORIZACIONES: FACTURACION; PRESENTAR LOS DIAS 25 DE CADA MES SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 59 de 212

60 20 Planes BOREAL: NORMATIVAS PARA DISPENSACION PARA FARMACIAS PMI Recetario oficial de Boreal DTO. 100 % Hasta 2 medicamentos A 2 Recetario oficial de Boreal DTO. 50 % Hasta 3 medicamentos A 3 Recetario oficial de Boreal DTO. 50 % Hasta 3 medicamentos EXT.DE COBERT Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos SUB DE DESEMP Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos BASICO-CLASICO Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos VIP Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos CLASICO Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos M1 Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos MAGNUM Recetario oficial de Boreal DTO. 50 % Hasta 3 medicamentos M2 Recetario oficial de Boreal DTO. 50 % Hasta 2 medicamentos PMO Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos PMO-OSSIMRA Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos PMOE Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos GENUINOS Recetario oficial de Boreal DTO. 40 % Hasta 2 medicamentos Validez del recetario: hasta el día impreso en el recetario, valida hasta el: Validez de la prescripción: Hasta 10 días corridos Facturación: Mensual (del 1 al 31 de cada mes) Presentación: del 1 al 10 de cada mes Refacturación : Serán refacturables las recetas hasta 30 días posteriores de la fecha de devolución tomando como referencia la indicada en el sello de Boreal facturación.- Cantidad de medicamentos: 1 por prescripción, mayor cantidad autorizado por BOREAL Antibióticos iny: Monodosis hasta 3 unidades Antibióticos iny: Multidosis hasta 1 unidad por receta Vacunas: solo con autorización de BOREAL (excepto vacuna antitetanica que no requiere autorizacion) Dermatológicos: únicamente prescriptos por dermatólogos.salvo Champúes, jabones medicinales y lacas que están todos excluidos. Oftalmológicos: si por oftalmólogos Troquel con código de barras: SI (únicamente) NO SE RECONOCE: Radiópacos y/o medios de diagnósticos. Soluciones parenterales. Citostáticos. Anorexígenos. Lipolíticos. Leches, alimentos y/o suplementos nutricionales. Albúmina humana. Aminoácidos. Productos cosmetológicos. Anestésicos en general. Medicamentos de uso en internación. Hormonas y/o drogas estimulantes de

61 las gónadas femeninas y masculinas. Inmunomoduladores (estimulantes y supresores). Calcitonina. Anabólicos. Sidenafil. Orlistat. Sibutramina. Medicamentos con Ginseng y/o Vitamina E. Synvisc. Antipsicóticos (Olanzapinas). Prevenar, Rotarix, Neisvac-c. Drogas Anti HIV. Venta Libre. Material descartable. Anticonceptivos. Etanercept. Verteporfin. Glucosamina. Cartílago de Tiburón. Insaponificables de palta-soja. Esclerosantes venosos en general. NUTRIENTES DÉRMICOS (Dermaglos, Euroderm A, Hipoglós y similares). Carnitina sola y/o asociada. Bupropión. Gamaglobulina Humana+Histamina. Gammaglobulina polivalente. Laxantes en general. Apomorfina. Medicamentos con aminoácidos. Coadyuvantes en oncología. Eritropoyetina. Fórmulas Magistrales. Hormonas de crecimiento. Jabones y shampúes medicinales. Lacas para uñas. Pediculicidad. Medicamentos para el Alzehimer (Donopecilo, Rivastigmina). Mebeverina. Antimigrañosos (derivados de la ergotamina). NO REQUIEREN AUTORIZACION PREVIA A PARTIR DEL Medicamentos con: Isotretinoína. Vasodilatadores Periféricos: Pentoxifilina. Blufomedil. Cilostazol. Antihipertensivos: Losartán, Irbesartán. Candesartan, Telmisartán, Olmesartán, Valsartán. Tibolona Plantago Psyllium (Metamucil, Konsyl, Motional, Salutaris) Plantago Ovata Forsk (Agiofibras, Plantaben) Plantago Ovata Forsk + Cassia Angustifolia vahl (Agiolax, Gelax, Kronolax, Rapilax Fibras) Multivitaminicos que en su fórmula no contengan Ginseng y vitamina E como componente principal en su formulación. A partir de Diciembre de 2002: 1. Si el médico prescribe un medicamento por su nombre genérico, Ud. podrá ofrecer a nuestros socios productos de diferentes costos pero con igual droga o principio activo, concentración, forma farmacéutica y tamaño (igual o menor) y por lo tanto la misma acción farmacéutica. 2. Si el médico prescribe un medicamento por su nombre de fantasía, Ud. podrá ofrecer a nuestros socios productos más económicos que el prescripto, pero con igual droga o principio activo, concentración, forma farmacéutica y tamaño (igual o menor) y por lo tanto la misma acción Farmacéutica. 3. Se reconocen productos genéricos con estuche y TROQUEL, siempre que figuren en Manual Farmacéutico con precio público sugerido. 4. No se reconocen medicamentos con TROQUELES ANULADOS. 3) SE RECONOCEN CON AUTORIZACION PREVIA DE BOREAL: Medicamentos con: Heparinas de bajo peso molecular. Gamma globulina Anti D. Leflunomida. Dabigartrán etexilato. Validez de la prescripción: Hasta 10 días corridos SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 61 de 212

62 Refacturación: Serán refacturables las recetas hasta 30 días posteriores de la fecha de devolución tomando como referencia la indicada en el sello de boreal facturación MEDICAMENTO CON VALOR MAYOR A $ DEBE LLEVAR AUTORIZACION DE AUDITORIA MEDICA Y/O FARMACEUTICA DE BOREAL A PARTIR DEL 21/12/15 RECETARIO MEDICO PLANES VIP / A3 /MAGNUM: A PARTIR DEL 05/11/12, LOS AFILIADOS DE LOS PLANES VIP / A3/MAGNUM PUEDEN ADQUIRIR MEDICAMENTOS EXTENDIDOS EN RECETARIO DEL MEDICIO TROQUELES LECHES: Las leches en latas, tienen un sticker auto adhesivo o código de barras impreso, que se despega y se adhiere a la receta, en el caso de leches líquidas se aceptan que se agregue manualmente los códigos de barras, debido a que los brik no pueden ser recortados y no poseen adhesivos.

63 21 MEDICUS Fecha de Vigencia: 01/10/ AMBITO DE APLICACIÓN: Todo el país MEDICUS 2. DESCUENTOS Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. Plan: A cargo del afiliado: A cargo de la entidad: 60% 40% Ambulatorio PMI 0% 100% Ver detalle de anexos: 1 mod credencial 2 mod recetario 3 planes y descuentos 4 vacunación Antineumococcica 5 vacunatorios (solamente centros destinados para tal función) 6 modelos de autorización (descargar en 3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES Recetario Convencional: Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de Hospitales Públicos. Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el sello y firma del profesional prescriptor sea en original. Datos contenidos en la receta: (Los datos manuscritos por el profesional deberán presentar la misma tinta tanto en la prescripción como en la firma) No se aceptan fotocopias de recetas. Denominación de la entidad Nombre del profesional o institución Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación Fecha de emisión de la receta. Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún figurando las recetas impresas con los datos del profesional). Detalle de los medicamentos Cantidades de los medicamentos en números y letras Leyenda Tratamiento Prolongado, si corresponde (excepto planes Azules). Validez 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. a) para la venta: b) para la presentación: 60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. c) Para la refacturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. Cantidad máxima de Medicamentos y de envases por receta: Contenidos máximos de cada medicamento según RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA. Tratamiento Normal: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 1 (uno) envase por renglón (plan Azul exento a esta disposición). Tratamiento Prolongado: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 2 (dos) envases por renglón. (plan Azul exento a esta disposición) Tamaño especificado: Lo requerido en la receta. Tamaño no especificado: Vender la menor presentación. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 63 de 212

64 su tamaño: Antibióticos inyectables: Especifica grande : Vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta. Psicofármacos: Lista II (receta oficial): Receta de Salud Pública Receta adjunta de la institución. No se aceptan fotocopias de Lista III y IV ( receta Receta oficial por duplicado, con sello y recetas. archivada): firma del médico, aún estando el sello impreso. 4. REQUISITOS DEL AFILIADO: Deberá presentar: Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales) Receta correspondiente. Deberá verificarse: Existencia del afiliado en el padrón 5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO: La farmacia deberá cumplimentar lo sgte.: 6. ENMIENDAS: Recordar: Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos. Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo: Fecha de dispensación Detalle de los medicamentos entregados Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta. De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura. De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos datos solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también la copia del Ticket Fiscal o Factura. Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al dorso de la receta. Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma, al igual que los errores en nombre del afiliado y nº del mismo. 7. VALIDACION ON LINE: Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan una autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual. Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor, fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación on line con la receta física. Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en su próxima compra. Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al (Capital) ó al (Interior) 8. AUTORIZACIONES: Importante: Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono ( 011) , de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número (011) (completar con número de teléfono de la entidad) 9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD: INCLUSIONES : Consultar listado de productos cubiertos que se actualizará mensualmente y se EXCLUSIONES GENERALES: Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura podrá ser dispensado únicamente con una autorización de la Entidad. La receta al momento de la presentación deberá traer adjunta dicha autorización.

65 publicará en la página web de Farmalink ( Se aclara, que en todos los planes Azules, se permite la dispensa prescripta por el profesional, sin topes ni restricciones en cuanto a cantidad de productos y unidades diferentes por receta. NO ES NECESARIA, para este plan, la leyenda TRATAMIENTO PROLONGADO. ANEXOS Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes: AZUL CORPORATE MIROT PROVISORIA AZUL PEUGEOT FAMILY CARE OSADRA ARBITRAR CORPORATE CL5 AZUL FORD BLANCA MC CENTROS MEDICUS AZUL SIEMENS CELESTE MET GALICIA AZUL GALICIA CELESTE SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 65 de 212

66 Anexo 2: Modelo de Recetario: (no existen recetarios oficiales) RECETARIOS: Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de Hospitales Públicos. Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el sello y firma del profesional prescriptor sea en original. No se aceptan fotocopias de recetas. Anexo 3: Detalle de Planes y Descuentos. PLAN DESCUENTO CODIFICACIÓN AZUL 40% AZ4 AZUL 50% 50% AZ5 AZUL 60% CERAS JOHNSON 60% ACJ AZUL PEUGEOT 60% AP6 AZUL 70% MODULO VACUNAS 70% AZ7 BLANCO CELESTE CON VACUNAS 70% BV7 CELESTE 40% BC4 CELESTE 50% 50% BC5 AZUL SIEMENS 50% AS5 BLANCO CELESTE 60% CERAS JOHNSON 60% BCJ BLANCO PEUGEOT 60% CELESTE INC. MOD. VACUNAS 60% BP6 AZUL FORD 70% AF5 AZUL FORD FO 70% AF5 BLANCO CELESTE 40% BC4 BLANCO CELESTE 50% 50% BC5 BLANCO - CELESTE SIEMENS 50% BS5 CORPORATE FAMILY CARE MC 50% CP5 MIROT 40% MI4 MET ROSARIO 40% MR5 MET ROSARIO 40% MR4 MET CERRADO CAP solo farmacias habilitadas- 40% ME4 OSADRA ARBITRAR solo farmacias habilitadas interior- 40% OA4 BLANCO - CELESTE MODULO VACUNAS 40% BV4 CORPORATE FAMILY CARE - MC / MODULO VACUNAS 40% CV4 BLANCO CELESTE 50% - MODULO VACUNAS 50% BV5 MIROT MODULO VACUNAS 40% MV4 MET ROSARIO MODULO VACUNAS 40% RV5 MET ROSARIO MODULO VACUNAS 40% RV4 MET CERRADO CAPITAL MODULO VACUNAS 40% MEV CORPORATE MODULO VACUNAS 50% CL5 CENTROS MEDICUS 40% CM4 GALICIA AZUL INCLUYE MODULO VACUNAS 40% GA GALICIA CELESTE INCLUYE MODULO VACUNAS 40% GC GALICIA AZUL - INCLUYE MODULO VACUNAS 50% GA5 GALICIA CELESTE INCLUYE MODULO VACUNAS 50% GC5 GALCIA SEGUROS AZUL 50% AZ5 GALICIA SEGUROS CELESTE 50% GC5 AZUL PLUSPETROL 50% APE AZUL PLUSPETROL AP8 80% AP8 AZUL PEUGEOT 40% AP4 AZUL PEUGEOT INC. MOD. VACUNAS 60% AP6

67 BLANCO PEUGEOT 60% BP6 CORPORATE PEUGEOT INC. MOD. VACUNAS 60% CP6 ASOCIACION ESCUELAS LINCOLN PLAN AZUL 50% AEL SUPLE SERVICIOS EMPRESARIOS 40% MTB MC MODULO CON VACUNAS 50% CV5 ASOCIACION ESCUELAS LINCOLN PLAN CELESTE 50% BEL ANEXO 4 VACUNACION ANTINEUMOCOCCICA Esta cobertura solo tendrá validez en el Interior del Pais y Gran Buenos Aires La misma contempla una cobertura del 50%, que afectará solo a los planes del 40% (en el caso que el plan posea mayor descuento no se aplicará el beneficio). CONDICIONES Afiliado de 65 años o más: Cobertura automática por sistema IMED - No requiere autorización. Afiliados menores a 65 años: Deberán poseer alguna de las siguientes patologías y deberán poseer Autorización Medica de la Institución (MEDICUS): Residentes de geriátricos - Enfermedad pulmonar crónica incluida el asma - Hepatopatia crónica Alcoholismo Diabetes - Insuficiencia renal crónica - Síndrome nefrótico - Fistula de liquido cefalorraquideo - Implantes cocleares - Asplenia funcional o anatômica - Anemia drepanocítica - Infección por HIV (Se resguardara el secreto medico) - Neoplasias hematológicas - Transplante de medula ósea Quimioterapias - Tratamiento prolongado con corticoides - Tabaquismo. ANEXO 5 : VACUNATORIOS (solo centros habilitados) LISTADO DE COBERTURA Cubre a Producto Presentación HIJO ACTACEL vial x 1 dosis x 0.5 ml HIJO AG-B 10 UNIJECT 10mcg jga.prell.x1x0.5ml HIJO AG-B 20 UNIJECT 20mcg jga.prell.x1 x 1ml HIJO B.C.G. f.a.x 10 dosis+solv. HIJO BIOVAC HB 10 mcg f.a.x 0.5 ml HIJO BIOVAC HB 20 mcg f.a.x 1 ml HIJO ENGERIX-B jga.prell.x 1 ml HIJO ENGERIX-B PEDIATRICO jga.prell.x 0.5 ml HIJO HB VAX II 10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HIJO HB VAX II PEDIATRICA 5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml HIJO HB VAX PRO 10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HIJO HB VAX PRO 40 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HIJO HB VAX PRO 5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml HIJO HEPATIVAX f.a.x 1 x 1 ml HIJO HEPATIVAX JUNIOR f.a.x 1 x 0.5 ml HIJO IMOVAX POLIO jga.prell.x 0.5 ml HIJO INFANRIX HEXA pvo.liof.+susp.iny. HIJO MMR II iny.liof.f.a.x 1+jga. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 67 de 212

68 HIJO PENTAXIM fco.+jga.prell.x 0.5 ml HIJO POLIACEL f.a.x 1+a.x 1 x 0.5 ml HIJO TETABULIN T 250 UI f.a. HIJO TRITANRIX-HB HIB pvo.liof.+f.a.x 1 HIJO VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB 10 mcg Pediát.f.a.x 1 ml HIJO VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB 20 mcg Adulto f.a.x 1 ml HIJO VACUNA ORAL SABIN fco.x 10 dosis c/gotero MADRE BAYRHO-D 300 mcg jga.prell.x 1 MADRE GAMMA ANTI-RHO UNC 250 mcg f.a.x 1 MADRE GAMMA ANTI-RHO UNC 300 mcg f.a.x 1 MADRE GAMMA ANTITETANICA UNC 250 UI f.a.x 1 MADRE GAMMA ANTITETANICA UNC 500 UI f.a.x 1 MADRE GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS 250 UI f.a.x 1 MADRE GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS 500 UI f.a.x 1 MADRE GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA 250UI liof.f.a.+dis.x2ml MADRE GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA 500UI liof.f.a.+dis.x2ml MADRE GAMMATET T 250 UI iny.f.a.x 1+jga. MADRE GAMMATET T 500 UI iny.f.a.x 1+jga. MADRE HEMOGAMA T 320 mg env.x 2 ml MADRE HEMOGAMA T 800 mg env.x 5 ml MADRE IGANTID 300 mcg jga.prell.x 2 ml MADRE IMMUNORHO 300mcg IM iny.x 1+a.x2ml MADRE IT SD-T 250 UI iny.a.x 1 MADRE IT SD-T 500 UI iny.a.x 1 MADRE KAMRHO D 250 mcg IM f.a.x 1x1.7ml MADRE KAMRHO D 300 mcg IM f.a.x 1 x 2ml MADRE PARTOBEN 250 mcg f.a.+jga. MADRE PARTOBEN 300 mcg f.a.+jga. MADRE PARTOBEN 330 mcg f.a.+jga. MADRE PARTOGAMMA SDF 250 mcg jga.prell.x 1 MADRE PARTOGAMMA SDF 330 mcg jga.prell.x 1 MADRE PARTOGAMMA T 250 mcg jga.prell.x 1 MADRE PARTOGAMMA T 330 mcg jga.prell.x 1 MADRE TETABULIN T 250 UI f.a. MADRE TETABULIN T 500 UI f.a. MADRE TETANOL a.x 0.5 ml+jga.desc. MADRE TETAVAX jga.prell.x 0.5 ml MADRE TETAVENIN 5000 UI liof.f.a.+solv. MADRE TOXOTET a.x 1 MADRE VACUNA ANTITETANICA BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. MADRE VACUNA ANTITETANICA IMMUNO a.x 0.5 ml MADRE VACUNA ANTITETANICA PURISSIMUS iny.a.x 1 x 0.5 ml MADRE VACUNA DOBLE ADULTOS BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. MADRE VIROHEP-A jga.prell.x 0.5 ml VACUNAS EN PLANES AZUL Tendrán cobertura con el descuento que se asigna las vacunas que se rigen por el listado Vacunas Plan Azul AZUL 40% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO

69 AZUL PEUGEOT 40% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO AZUL FORD 60% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO AZUL SIEMENS - 50% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO TAMBIEN SE INCLUIRÁN DIFERENTES PLANES QUE INCLUYEN VACUNAS DENTRO DEL VADEMECUM, QUE NO FIGURAN EN EL LISTADO PLASMADO. LA FORMA DE IDENTIFICARLOS ES CHEQUEAR QUE EN LA CREDENCIAL FIGURE LA LEYENDA MODULO VACUNAS. LAS VACUNAS INCLUIDAS DENTRO DE ESTOS PLANES, DEBEN CHEQUEARSE EN EL VADEMECUM CUYO NOMBRE ES: RESTO DE PLANES MAS VACUNAS, AL CUAL TENDRÁN ACCESO POR MEDIO DE LA PÁGINA DE FARM+ S.A ( Vacunas Plan Azul Producto Presentación ACT HIB jga.prell.x 1 ACTACEL vial x 1 dosis x 0.5 ml AG-B 10 UNIJECT 10mcg jga.prell.x1x0.5ml AG-B 20 UNIJECT 20mcg jga.prell.x1 x 1ml AVAXIM jga.prell.x 0.5 ml AVAXIM 80 U PEDIATRICO jga.prell.x 0.5 ml B.C.G. f.a.x 10 dosis+solv. BERIGRIPINA jga.prell.x 0.5 ml BIOVAC HB 10 mcg f.a.x 0.5 ml BIOVAC HB 20 mcg f.a.x 1 ml BUSTRIX jeringa prellenada DT VAX jga.prell.x 0.5 ml ENGERIX-B jga.prell.x 1 ml ENGERIX-B PEDIATRICO jga.prell.x 0.5 ml EVAGRIP iny.a.x 1 FLUAD iny.jga.prell.x 0.5 ml FLUARIX jga.prell.x 0.5 ml GADOGRIP Cepa2006 jga.prell.x1ds. GAMMA ANTITETANICA UNC 250 UI f.a.x 1 GAMMA ANTITETANICA UNC 500 UI f.a.x 1 GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS 250 UI f.a.x 1 GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS 500 UI f.a.x 1 GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA 250UI liof.f.a.+dis.x2ml GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA 500UI liof.f.a.+dis.x2ml GAMMATET T 250 UI iny.f.a.x 1+jga. GAMMATET T 500 UI iny.f.a.x 1+jga. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 69 de 212

70 HAVRIX 1440 EL.U. ADULTOS jga.prell.x 1 HAVRIX 720 EL.U. MONO DOSIS jga.prell.x 1 HB VAX II 10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HB VAX II PEDIATRICA 5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml HB VAX PRO 10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HB VAX PRO 40 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml HB VAX PRO 5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml HEPATIVAX f.a.x 1 x 1 ml HEPATIVAX JUNIOR f.a.x 1 x 0.5 ml HEXAVAC jga.prell.x0.5ml c/aguja IMOVAX DT ADULTOS jga.prell.x 0.5 ml IMOVAX GRIPE jga.prell.x 0.5 ml IMOVAX POLIO jga.prell.x 0.5 ml INFANRIX HEXA pvo.liof.+susp.iny. INFLEXAL V jga.prell.x 0.5 ml INFLUVAC jga.prell.x 0.5 ml ISIFLU ZONALE S.U. jga.prell.x 1 ISTIVAC jga.prell.x 1 x 0.5 ml ISTIVAC JUNIOR Ped.jga.prell.x 0.25 ml IT SD-T 250 UI iny.a.x 1 IT SD-T 500 UI iny.a.x 1 LIRUGEN liof.f.a.+jga.pre.x0.5ml MENJUGATE liof.f.a.x 1+solv.x0.5ml MMR II iny.liof.f.a.x 1+jga. NEISVAC-C jga.x 1 x 0.5 ml NILGRIP jga.prell.x 0.5 ml PENTAXIM fco.+jga.prell.x 0.5 ml PNEUMO 23 VACUNA ANTINEUMOCOCC jga.prell.x 0.5 ml PNEUMOVAX 23 vial monodosis x 0.5 ml POLIACEL f.a.x 1+a.x 1 x 0.5 ml PREVENAR f.a.x 0.5 ml PROTE NEU liof.f.a.x 1+a.solv.x 1 RIBOVAC iny.a.x 1 RIBOVAC iny.a.x 3 RUDIVAX liof.f.+jga.prell.x0.5ml STAVACIN iny.a.x 10 x 1 ml TETABULIN S/D 250 UI jga.prell.x 1 TETABULIN S/D 500 UI jga.prell.x 1 TETABULIN T 250 UI f.a. TETABULIN T 500 UI f.a. TETANOL a.x 0.5 ml+jga.desc. TETAVAX jga.prell.x 0.5 ml TETAVENIN 5000 UI liof.f.a.+solv. TOXOTET a.x 1 TRIACEL f.a.x 1 x 0.5 ml TRIMOVAX f.a.monodosis x 10 TRIMOVAX jga.prell.x 1 TRITANRIX-HB HIB pvo.liof.+f.a.x 1 TWINRIX Ad.jga.prell.x 1 TWINRIX Ped.jga.prell.x 1 TYPHIM VI jga.prell.x 0.5 ml VACUNA ANTIGRIPAL CONNAUGHT jga.prell.x 0.5 ml VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB 10 mcg Pediát.f.a.x 1 ml VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB 20 mcg Adulto f.a.x 1 ml VACUNA ANTIMENINGOCOCCICA A+C liof.f.a.+jga.solv. VACUNA ANTIPIOGENA POLIVALENTE iny.a.x 10 x 1 ml VACUNA ANTIPIOGENA POLIVALENTE iny.a.x 2 x 1 ml VACUNA ANTIRRABICA HUMANA liof.f.a.+jga.solv.

71 VACUNA ANTITETANICA BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. VACUNA ANTITETANICA IMMUNO a.x 0.5 ml VACUNA ANTITETANICA PURISSIMUS iny.a.x 1 x 0.5 ml VACUNA DOBLE ADULTOS BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. VACUNA DOBLE NIÑOS BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. VACUNA LIOFILIZADA CASASCO Broncopulm.a.ser.x 5 VACUNA LIOFILIZADA CASASCO Broncopulm.f.a.x 10 ml VACUNA LIOFILIZADA CASASCO Piodermitis f.a.x 10 ml VACUNA TRIPLE BIOL a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag. VACUNA TRIPLE PURISSIMUS iny.a.x 1 x 0.5 ml VA-MENGOC-BC iny.a.x 0.5 ml VAQTA 25 iny.f.a.x 1 x 0.5 ml VAQTA 50 iny.f.a.x 1 x 1 ml VARICELA BIKEN f.a.x 1 x 0.5 ml VARILRIX f.a.+jga.prell. VAXIGRIP jga.prell.x 0.5 ml VIROHEP-A jga.prell.x 0.5 ml EXCEPCIONES Autorizaciones Médicas Las otorga la Auditoria Médica de Medicus Otorga la cobertura para recetas de la/las vacunas específicamente con el descuento que el auditor medico especifique y únicamente para la receta en cuestión. (se trata de una excepción) Deberán contener el sello y firma de cualquier Medico Auditor de Medicus (lo indica el sello) (La autorización puede presentarla el asociado en original o en un fax pero deberá adjuntarse siempre la receta original.) Con respecto a las vacunas Antimeningococcica, Medicus reconocerá al 100 % la vacuna Synflorix M.R. de 10 valencias. Cabe aclarar que dicha cobertura es sólo para los primeros 2 años de vida, según Calendario Oficial VACUNACION HPV La cobertura de la vacuna del HPV sera del 100 % sólo para las niñas de 11 años, la 1º dosis al cumplir esa edad, la 2º 1 mes después y la 3º 6 meses después de la 1º dosis. Antes de esa edad NO se debe aplicar y para las que tienen más de 11 años, en todos los casos se cubren al 40 %. Estas vacunas estarán incluidas en la cobertura, previa autorización de Auditoria Medica. Vacunas cubiertas por PMO Se establece el 100 % de cobertura, según parámetros de edad de Calendario Oficial de Vacunas (Ver adjunto) Excepciones: Cobertura al 100% en embarazadas: 1 dosis de Antitetánica y 1 dosis de Doble adultos, en el 5º y 7º mes respectivamente.- Cobertura Antineumocóccica: se cubre al 100% únicamente SYNFLORIX.- Prevenar 13, tiene un descuento especial (70% S/Valor manual farmacéutico) la diferencia es abonada por el asociado. Cobertura HPV: se cubre al 100% según parámetros de calendario a los 11 años.- En aquellos casos que el asociado se encuentre fuera del parámetro de edad, deberá SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 71 de 212

72 abonar la vacuna con el 40% de descuento.- Vacunas NO cubiertas por PMO Se establece un 40% de cobertura, según el esquema que su Pediatria le indique y el asociado abona la diferencia. Cobertura especial Empresas: Corporate 250 (Empleados de Medicus), cobertura del 50% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Ostel, cobertura del 50% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Peugeot (Empresa 30183, Plan MZ_10120), cobertura del 60% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Shell (Plan A T45130), cobertura del 85% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Telefónica, cobertura del 70% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Telered, cobertura del 80% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- Toyota (Empresa 690/3 y 124/0), cobertura del 50% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.- ANEXO 6: MODELOS DE AUTORIZACION Se deben descargar de la página de Farm+ S.A:

73 22 OBRA SOCIAL OSPERYHRA ( PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL ) Informamos a las farmacias adheridas que a partir del día 27/11/08, está vigente el convenio con esta O.Social, que se regirá con las siguientes normas de atención: PLANES DE COBERTURA: P L A N E S % DESCUENTO AUTORIZADOS VADEMECUM AMBULATORIOS 40 % -.- SI CRONICOS 70 % SI SI PLAN M,INFANTIL 100 % SI SI DOCUMENTACION DEL BENEFICIARIO: Credencial verificar vencimiento o cupón de pago al día, documento de identidad RECETARIO: Oficial VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días a partir de la fecha de prescripción. Deben figurar los siguientes datos de puño y letra del profesional con la misma tinta: Apellido y nombre Número de beneficiario Edad, sexo y peso Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras ( si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno) Firma y sello con número de matrícula del profesional Fecha de prescripción Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y firma LIMITES DE CANTIDADES Cantidad de medicamentos 2 (dos) por receta, hasta 2 (dos) envases. ANTIBIOTICOS INYECTABLES MONODOSIS Hasta 5 (cinco) por receta ANTIBIOTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS Hasta 1 (uno) por receta SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 73 de 212

74 LIMITES TAMAÑOS: Hasta 1 (uno) del primer tamaño por renglón Hasta 1 (uno) del segundo o tercer tamaño por receta En caso de existir una única presentación se considerará como tamaño mayor Cuando el Médico no indica contenido, deberá entregarse el de menor contenido. Equivoca cantidad o contenido, el tamaño inmediato inferior. Sólo indica grande, la presentación siguiente al menor. PSICOFARMACOS: El profesional debe confeccionar, además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. PLAN MATERNO INFANTIL: Autorización previa de OSPERYHRA 100% descuento para los medicamentos incluídos en el vademécum, para la madre desde el diagnóstico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al parto y para el recién nacido hasta el año de vida LECHES: 100 % de descuento, receta autorizada previamente por OSPERYHRA, y hasta el tercer mes de vida. TROQUELADO: Adjuntar de acuerdo al orden de prescripción, incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar ( no utilizar abrochadora, ni cinta adhesiva, debido que dificultan la lectura del código de barras. DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA EN RECETARIO: Número de orden de la receta, fecha de venta, precio unitario, sello y firma de la farmacia, firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira, nombre completo, domicilio, teléfono y documento de identidad. Cuando en la receta el Nº DE AFILIADO SE ENCUENTRE INCOMPLETO O SEA POCO LEGIBLE, LA FARMACIA PUEDE CORREGIRLO, FIRMANDO Y SELLANDO JUNTO A LA CORRECCION REALIZADA. Adjuntar copia del ticket de venta, En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. PRESENTACION DE RECETAS: Toda receta no presentada en el mes correspondiente, podrá ser presentada hasta el mes siguiente, pasado dicho plazo serán rechazadas. AUTORIZACIONES ESPECIALES: Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con los requisitos indicados en esta norma de atención, cuando se hallen autorizadas por OSPERYHRA GRUPOS TERAPEUTICOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURA: ANOREXIGENOS. ADELGAZANTES DERMATOLOGICOS CON ACIDOS RETINOIDES DIETETICOS ALIMENTICIOS DROGA ORLISTAT DROGAS ONCOHEMATOLOGICAS ENERGIZANTES ESTIMULANTES DE LAS DISFUNCION SEXUAL FLORES DE BACH GINSENG FORMULAS MAGISTRALES HERBORISTERIA HOSPITALARIOS

75 INTERNACION LECHES ( EXCEPTO EN PMI) PARCHES Y CHICLES PARA DEJAR DE FUMAR PERFUMERIA, COSMETICA, DERMATOCOSMETICA PRODUCTOS PARA TRATAR LA ESTERILIDAD QUIMIOTERAPIA ANTINEOPLASICA (ONCOLOGICOS) TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN ALGUNAS DE LAS SIGUIENTES DROGAS: ACETATO DE LEUPROLIDE ETANERCEPT LINEZOLID - PALVIZUMAB SIBUTRAMINA FACTURACION: Presentar al Colegio los días 27 de cada mes SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 75 de 212

76 23 O.S.P.FARMACIA 01/08/13 DESCUENTOS A CARGO DE O.S.P.F. AMBULATORIO 40%: AMBULATORIO 70%: PMI: ANTICONCEPTIVOS OSPF Y C.C. Se reconocerá como descuento del 40% del precio de venta al publico, todas las especialidades medicinales que figura en el vademecum según corresponda. Se reconocerá como descuento del 70% del precio de venta al publico, todas especialidades medicinales que figura en el vademecum según corresponda. Se reconocerá como descuento el 100% (cien por ciento) del precio de venta la público, con sello de PMI- Plan Mterno Infantil, todos las especialidades medicinales incluidas en el vademecum. Se recomocerá como descuento el 100% (cien por ciento) del precio de venta al público según lo establecido por la Ley Nº 25673, Salud Sexual y Reprod, todas las especialidades medicinales incluidas en vademecum según corresponda. DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO Credencial, Documento de Identidad y recetario OFICIAL O.S.P.F. RECETARIO TIPO: OFICIAL, CON SELLO INSTITUCIONAL. (Recetarios Ambulatorio color blancos, recetario Convenio Colectivo blanco con leyenda convenio colectivo en gris) 7 (siete) días corridos a partir de la fecha de prescripción médica VALIDEZ: inclusive. Se reconocerán como validos los datos del afiliacion que figuran pre-impreso Apellido y Nombre del Beneficiario Número de Beneficiario Deben figurar los siguientes datos de puño y letra del profesional y con la misma tinta: Categoria. Sexo. Edad. Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Diagnóstico ( En cualquier forma, su ausencia es motivo de débito). Firma y sello con número de matrícula del profesional. Fecha de Prescripción Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y firma. Prescripción por nombre genérico o Denominacion Comun Internacional -DCI-Ley LA FALTA DE CUALQUIERA DE ESTOS DATOS SERA MOTIVO DE DEBITO

77 LÍMITES DE CANTIDADES CANTIDAD DE RENGLONES: POR RECETA: POR RENGLÓN: ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: 2 (dos) Hasta 2 (dos) envases Hasta 1 (un) envase Hasta 5 (cinco) por receta Hasta 1 (uno) por receta LÍMITES DE TAMAÑOS HASTA 1 (UNO) DEL PRIMER TAMAÑO POR RENGLÓN HASTA 1 (UNO) DE TAMAÑO SIGUIENTE AL MENOR POR RECETA HASTA 1 (UNO) DE TAMAÑO GRANDE POR RECETA OTRAS ESPECIFICACIONES Cuando el Médico: No indica Contenido Equivoca Cantidad o Contenido Deberá Entregarse: El de Menor Contenido El tamaño inmediato inferior PSICOFARMACOS/PSICOTROPICOS El profesional debe confecionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. PLAN MATERNO INFANTIL 100% de descuento para la madre desde el diagnóstico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al parto y para el recién nacido hasta el año de vida. 100% de descuento en Leches Medicamentosas en recetas autorizadas previamente por la O.S.P.F.: se cubrirá hasta los 3 (tres) meses de edad.excepcionalmente, en caso de extenderse el tratamiento, se debera contar con la autorizacion de los profesionales de la O.S.P.F. CENTRAL. MEDICAMENTOS FALTANTES Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe anular el renglon de el producto no entregado, DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 77 de 212

78 Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido que dificultan la lectura del código de barras). Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos), las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario. Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento (La ausencia de estos datos es motivo de débito). Consignar los importes: Total, A CARGO de O.S.P.F., A CARGO Afiliado. Adjuntar copia del ticket oficial o factura, legible cumpliendo con las Normas Legales vigentes. EXCLUSIONES PROHIBICIONES: ACCESORIOS ALIMENTOS EN POLVO Y CEREALES VENTA LIBRE ARTICULOS DE PERFUMERIA AZUCARES SIMPLES Y COMPUESTAS EDULCORANTES ELEMENTOS DESCARTABLES ELEMENTOS PARA CURACIONES LECHES SIMPLES O COMPUESTAS LECHES MATERNIZADAS LOCIONES CAPILARES, JABONES Y CHAMPUES PLACAS RADIOGRAFICAS PRODUCTOS Y SUPLEMENTOS DIETETICOS REACTIVOS ANOREXIGENOS FORMULAS MAGISTRALES MEDICAMENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD A CARGO DEL SISTEMA DE COBERTURA DE OSPF: ONCOLOGICOS INMUNOSUPRESORES, ERITROPOYETINAS, DAPSONA e INTERFERON INMUNOESTIMULADORES (Tipo Neupogen) CALCITRIOL, L-ACETIL, CARNITINA y D NASA FACTOR VIII y ANTIHEMOFILICOS SOMATOTROPINA CEREDACE (TRAT. ENFERMEDAD DE GAUCHER) MEDICACION HIV - SIDA

79 AUTORIZACIONES ESPECIALES Sólo podrán expenderse productos que no se encuentren en los vademécum, cuando se hallen autorizadas por los profesionales de la O.S.P.F. CENTRAL, CON SELLO donde conste los siguientes datos: AUTORIZADO, FECHA, DATOS DEL PROFESIONAL.Son validaz las autorizaciones via FAX, siempre que se adjunten a la receta original y sean emitidas por O.S.P.F CENTRAL. El sello de las delegaciones no valida el expendio de medicamentos. Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales incluidas en el Formulario Terapeutico P.M.O. de la Superintendencia de Servicios de Salud - Res. 310/04 MS y sus modificatorias SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 79 de 212

80 24 BRAMED OBRA SOCIAL DE PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS - BRAMED S.R.L. Medicina Privada REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS RECETAS PARA LA DISPENSACION DE MEDICAMENTOS AMULATORIOS, A LOS AFILIADOS DE LA OBRA SOCIAL PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS - BRAMED S.R.L. Medicina Privada, PARA LOS QUE RIGE EL MISMO VADEMECUM, APLICANDO EL DESCUENTO SEGÚN EL PLAN DE COBERTURA. (VER PUNTOS 2; 3 y 4) 1. VALIDEZ DE LA RECETA: Para el beneficiario 5 (cinco) días contando desde la fecha de prescripción. Vencido ese plazo, no corresponde el descuento a favor del afiliado.- 2. PARA LAS FARMACIAS: Caducará a los 30 (treinta) días corridos desde el expendio de los medicamentos. Sin excepción. Transcurrido ese plazo, no genera derecho de reclamo de pago de la prestación. 3. BRAMED S.R.L. - OSPACARP (Obra Social Patrones de Cabotaje de Ríos y Puertos) Plan INTEGRAL 40% Plan SUPERIOR 50% Plan GOLDEN 50% Plan OMEGA 40% Plan GENESIS 50% 4. PLAN MATERNO INFANTIL: 100 % CON EL SELLO QUE AVALE LA COBERTURA, Y EN TANTO LAS PRESCRIPCIONES Y FORMALIDADES SE ENCUENTREN DENTRO DEL VADEMECUM DE MONODROGAS RESPECTIVO Y DE LA OPERATORIA ACORDADA.- 5. DATOS A VERIFICAR: NOMBRE Y APELLIDO DEL AFILIADO. EDAD NUMERO DE AFILIADO COMPLETO Y PLAN DE COBERTURA FECHA DE PRESCRIPCION.- ESPECIFICACION DE LOS MEDICAMENTOS PRESCRIPTOS POR EL MÉDICO, CON NOMBRE GENÉRICO (MONODROGA) Y NOMBRE COMERCIAL, FORMA DE PRESENTACION Y CANTIDAD DESCRIPTA HASTA DOS (2) DISTINTOS POR RECETA Y DEBERÁ TENER LA TOTALIDAD DE LOS RUBROS ESPECIFICADOS Y REQUERIDOS POR EL MÉDICO QUE PRESCRIBE CON SU MATRÍCULA, FIRMA Y ESPECIALIDAD, INDICANDO PRESENTACION FARMACÉUTICA Y CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRAS. 6. EN CASO DE PRESCRIBIRSE MÁS DE UN (1) ENVASE DEL MEDICAMENTO, EN LA RECETA DEBERÁ CONSTAR LA LEYENDA TRATAMIENTO PROLONGADO 7. DIAGNÓSTICO 8. FIRMA Y SELLO DEL FACULTATIVO.- 9. EN EL MOMENTO DEL EXPENDIO DEL / LOS MEDICAMENTOS, EL AFILIADO DEBERÁ COMPLETAR FIRMA DE CONFORMIDAD, ACLARACION, Nº DE DOCUMENTO Y DOMICILIO.- EL NO CUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE ÉSTOS REQUISITOS, ES CAUSAL DE DÉBITOS POR PARTE DE LA OBRA SOCIAL

81 USO NORMALIZADO (*) PRESCRIPCION UNICAMENTE POR ESPECIALISTAS.- (**) PRESCRIPCION CON RESUMEN DE HISTORIA CLINICA, DIAGNOSTICO PRESUNTIVO, DOSIS DIARIA Y TIEMPO ESTIMADO DE TRATAMIENTO, GENERALMENTE USADAS CON EXCLUSIVIDAD EN INTERNACION, EVENTUALMENTE PARA USO EN PACIENTES AMBULATORIOS Y EN INTERNACIONES DOMICILIARIAS PERO UNICAMENTE CON VISACION DE LA AUDITORIA MÉDICA DE BRAMED S.R.L. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 81 de 212

82 25 OSPATCA DESCUENTO : O.S. AFILIADO PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto Común : SI 40% 60% principio activo. Patologias crónicas 70% 30% Antidiabéticos orales: 70% 30% Insulinas 100% 0 UNIDADES POR RENGLÓN : 1 (uno) PMI 100% 0 Antibioticos iny: monodosis 5 multidosis 1 DISCAPACIDAD 100% 0 RECONOCIMIENTOS DE TAMAÑOS : 1 (uno) TIPO DE RECETARIO : Oficial : SI grande o mediano por receta si se encuentra prescripto como tal. VALIDEZ DE LA RECETA : 15 días RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS : medicamentos Se reconocerán para el plan común los TROQUELADO: SI (con código de barra) (prescriptos por nombre génerico) que figuren en el FORMULARIO TERAPEUTICO con una cobertura del FECHA DE EXPENDIO : SI 40% de descuento. La Obra Social, mediante receta autorizada podrá reconocer mayores porcentajes. Asimismo reconoce: ACLARACION FIRMA MEDICO Y Nº DE MAT: Antidiabeticos orales y patologías crónicas : 70% Dto con Autorización previa de la Obra Social. Sello : SI Manuscrito : NO (Solo si es Insulinas: 100% Dto con autorización. ilegible el sello). Todo medicamento excluido de dicho Formulario ACLARACION CANTIDAD DE UNIDADES: Letras : SI Números: SI Terapeutico según R : 310/04 MS, se podrá dispensar solamente con previa autorización del Médico Auditor donde figurará el porcentaje autorizado son válidas las autorizaciones vía FAX)

83 ENMIENDAS SALVADAS: DISCAPACIDAD : se reconocera 100% con previa autorización de la Obra Social. Por el Médico : SI (no sobre liquido corrector) Por el afiliado (enmiendas del farmaceutico): SI En todas las AUTORIZACIONES constará la firma y sello del Médico Auditor. (no sobre liquido corrector) El afiliado o tercero al retirar la medicación FACTURACION: deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI. Presentación : Mensual LOS DIAS 27 DE CADA MES No se aceptan enmiendas sobre corrector liquido. Odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados con su especialidad. Debe figurar en la receta la edad del afiliado. OBSERVACIONES: CON EL PROPOSITO DE FACILITAR LA COMPRA DE MEDICAMENTOS RECETADOS EN FORMA GENERICA, LA OBRA SOCIAL HA DECIDIDO FLEXIBILIZAR LA NORMA Y REEMPLAZARA EL USO DEL FORMULARIO TERAPEUTICO POR EL MANUAL FARMACEUTICO PARA AQUELLOS MEDICAMENTOS QUE LES CORRESPONDA EL 40 %. POR LO EXPUESTO NO ES NECESARIA LA AUTORIZACION PREVIA PARA AQUELLOS QUE NO ESTEN EN EL FORMULARIO TERAPEUTICO Y SI FIGUREN EN EL KAIROS SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 83 de 212

84 26 SERVICIOPENITENCIARIO FEDERAL SISTEMA DE VALIDACION COFA PORCENTAJES DE COBERTURA A CARGO DE LA OBRA SOCIAL MEDICAMENTOS Según Validación 40% 70% 100% CON VADEMECUM DE LA OBRA SOCIAL USO DE CREDENCIALES Credencial Oficial: SI (Según modelo) y/o Documento de Identidad. TIPO DE RECETARIO Recetario Oficial (Según modelo) o Recetario alternativo que reúna las mismas características Deberán verificar que las recetas cumplan con los siguientes requisitos: - Fecha de prescripción - Datos del afiliado (Apellido y nombre, Numero de Beneficiario, D.N.I.). - Diagnostico. - Los medicamentos prescriptos por su nombre genérico/comercial, especificando presentación, forma farmacéutica, dosis y cantidades - Si se trata de Tratamiento Prolongado debe estar especificado. - Firma y sello legible del profesional. VALIDEZ DE RECETA : 30 días corridos a contar de la fecha de prescripción. TROQUELADO: SI, incluido código de barras. ACLARACION FIRMA MEDICO Y Nº MATRICULA Con sello: SI Manuscrito: NO ACLARACION CANTIDAD UNIDADES Letras y Números arábigos : SI ENMIENDAS SALVADAS: por el médico: SI por el afiliado y farmacéutico: SI ENMIENDA DE FECHA: Solo puede salvar la fecha la Auditoría Medica o Sanitaria de la Obra Social. LÍMITES DE CANTIDADES: CANTIDAD DE RENGLONES: 2 (dos). POR RECETA: Hasta 2 (dos) envases de distinta especialidad. POR RENGLÓN: Hasta 1 (un) envase. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases. LÍMITES DE TAMAÑOS: HASTA 1 (UNO) DEL DE TAMAÑO CHICO POR RENGLÓN

85 HASTA 1 (UNO) DEL TAMAÑO MAYOR O SIGUIENTE AL MENOR POR RECETA CONFORMIDAD DEL AFILIADO O TERCERO: Deberá prestar conformidad completando sus datos personales (nombre, apellido, domicilio y Nº de teléfono) en la receta y en el comprobante de validación que se adjuntará a la receta. DE LA PRESENTACION DE LA FACTURACIÓN: En lotes de 50 recetas, numeradas, acompañadas por el comprobante de validación y con la Caratula de Lote y Caratula Resumen que otorga el Validador de COFA. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 85 de 212

86 PLANES Y DESCUENTOS 27 O.S.D.O.P NORMAS OPERATIVAS a/c Obra Social a/c Beneficiario Con Form. Ter. (2) Con Manual Fco. Ambulatorio Co OS (3) D (3) SI NO Plan Materno Infantil (1) 100% PVP 0% SI NO (1) Cubre embarazo, parto, 30 días post parto y hasta el año de vida del bebé. (2) Formulario terapéutico OSDoP. (3) Co OS (cobertura de la Obra Social) 40%, 50%, 70% ó 100% según corresponda del PVP. PVP = Precio Venta al Público. D (Diferencia) = PVP Co OS. RECETARIO PRESCRIPCIÓN - TROQUEL PRESCRIPCI ÓN Por nombre GENERICO (A) DIAGNOS TICO (A) Ver Ley de Genéricos. RECETA VALIDEZ DE LAS RECETAS SI OFICIAL 15 días desde la fecha de prescripción. MEDICAMENTOS POR RECETAS MEDICAMENTOS POR RECETA (Rp x Rec.) a) NO se cuentan repetidos. TROQ UEL SI FIRMA Y ACLARAC. DEL MEDICO Sello: SI Manuscrito: SI 2 (a) UNIDADES POR MEDICAMENTO Y TAMAÑO TAMAÑO (a-c-d-) CANTIDAD CHICO o UNICO 1 SUBSIGUIENTE AL CHICO (b) 1 GRANDE (3º TAMAÑO o más) (b) 1 ANTIBIOTICOS INY. MONODOSIS 5 ANTIBIOTICOS INY. MULTIDOSIS 1

87 a) En una misma receta NO pueden coexistir dos o mas medicamentos distintos de tamaño grande o medicamentos distintos de tamaño grande y subsiguiente al chico. b) Con dosificación y tiempo de tratamiento. c) Se debe especificar la concentración, unidades y tamaño de cada medicamento. Cuando el profesional no especifique claramente concentración y/o unidad y/o tamaño, se entregará el de menor concentración y/o unidad y/o tamaño, según corresponda. d) Cuando el profesional prescriba grande sin otra especificación, se dispensará el tamaño subsiguiente al chico. PRODUCTOS NO RECONOCIDOS a) Medicamentos NO incluidos en el formulario terapéutico de OSDoP b) Leches. PRODUCTOS RECONOCIDOS a) Medicamentos incluidos en el formulario terapéutico OSDoP. ENMIENDAS a) Todas las enmiendas que se hagan en el sector de la receta destinado a la farmacia, deberán ser salvadas y el afiliado deberá firmar y aclarar su firma, avalando dicha salvedad. b) Toda enmienda hecha en la prescripción deberá ser salvada por el médico tratante bajo leyenda: Digo...(lo enmendado) firmando y sellando el médico nuevamente lo salvado. Por ninguna razón se aceptará, con cargo a LA OBRA SOCIAL, recetas con enmiendas, raspaduras o agregados con distinta lapicera, sino están salvados expresamente por el profesional prescribiente. Excepto en los ítems: Nombre y apellido del beneficiario, Número de afiliado y Fecha de prescripción, que puede estar escrito por la secretaria del profesional). AFILIACION Se acredita con CARNET Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD. NOMBRE, APELLIDO Y Nº DE AFILIACION Si fueran ilegibles o poco claros o incompletos o faltasen, el farmacéutico colocará en la receta los datos correctos que obren en el carné o credencial del afiliado. LEY DE GENERICOS a) Si se prescribe por nombre genérico (monodroga) se podrá dispensar cualquier nombre comercial correspondiente a la monodroga prescripta, que figure en el formulario terapéutico OSDoP y tenga igual concentración, forma farmacéutica y cantidad indicada. El farmacéutico deberá informar al público todas las especialidades medicinales que contengan el mismo principio activo o combinación de ellos, y los distintos precios de esos productos que deben estar disponibles en lugar visible de la oficina de farmacia. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 87 de 212

88 Para formalizar el acto de dispensar otro medicamento (nombre comercial que no esté en el Formulario Terapéutico OSDoP) que con el mismo principio activo que el prescripto con la misma cantidad de unidades por envase, forma farmacéutica, concentración y menor costo, al cual está facultado el farmacéutico, dicho profesional deberá consignar en la receta el consentimiento del destinatario del servicio y/o adquirente, con relación a la información recibida y el medicamento expendido individualizado por su nombre genérico y marca comercial, según el caso, seguido de la fecha, firma y sello donde conste su nombre y apellido y número de matrícula profesional (Firman por segunda vez paciente y farmacéutico). b) Si se prescribe por nombre genérico seguido de nombre comercial (prescripción por marca), se permite el reemplazo por otros nombres comerciales que figuren en el formulario terapéutico OSDoP., siempre que tengan igual: Monodroga, concentración, forma farmacéutica y cantidad y cuyos precios sean iguales o menores al medicamento cuyo nombre comercial se prescribió. Para tal actividad, que no constituye sustitución de medicamentos, el profesional farmacéutico deberá informar al público todas las especialidades medicinales que contengan el mismo principio activo o combinación de ellos, y los distintos precios de esos productos y deberá consignar en la receta el consentimiento del destinatario del servicio y/o adquirente, con relación a la información recibida y el medicamento expendido, seguido de su firma y sello, que debe cumplir con los requisitos referidos en el artículo 3 de la presente (...según el caso, seguido de la fecha, firma por segunda vez- y sello donde conste su nombre y apellido y número de matrícula profesional). c) Si el médico prescribe por nombre comercial precedido del nombre genérico (prescripción por marca) y estima que no cabe reemplazar el medicamento denominado por marca debe agregar a continuación de la firma correspondiente a la prescripción y de su puño y letra la justificación fundada que avale tal decisión, bajo el título: Justificación de la prescripción por marca, dejando nuevamente asentada su firma y sello (segunda firma). En este caso el medicamento no podrá ser reemplazado. O.S.D.O.P. COBERTURA ANTICONCEPTIVOS Informamos a las farmacias adheridas que la O.SOCIAL OSDOP, ha decidido modificar la cobertura vigente para los anticonceptivos orales, adecuándose a la RES.310/04 Los productos no incluídos en la misma pasarán a una cobertura del 40%. Sin perjuicio de ello, los tratamientos en curso con dichos productos tendrán una cobertura del 70%, previa autorización de OSDOP mediante confección del formulario F5 Se adjuntan listado de productos que reducen su cobertura y listado de productos que CONTINUAN con la cobertura del 100%, con la siguiente modificación: AVANCEL y CUIDAFEM están en los dos listados ( los que se cubren al 100% y los que pasan al 40-70%) y corresponden que se cubran al 100% porque tienen una asociación incluida en la RESOLUCION 310. Como resultado del análisis efectuado por la Gerencia de Prestaciones de Salud a las recetas de anticonceptivos indicados a las beneficiarias de la OSDOP

89 durante el período abril 2010 / abril 2011, surge que la Obra Social ha reconocido una cobertura del 100% en anticonceptivos que, por Res. 310/04 y modificatorias no tienen cobertura, como por ejemplo ANGELIQ - Comp. Rec. x 28 AVANCEL - Comp. Rec. x 21 CAMELIA - 75mcg Comp. Rec. x 28 CARMIN - Comp. Rec. x 28 CERAZETTE - comp.rec.x 28 CICLOCUR blister x 21 grag. CUIDAFEM - Comp. Rec. x 21 DAMSEL - Comp. Rec. x 28 DAMSELLA - Env. Comp. Rec. x de Placebo DIVA - Comp. Rec. x 28 DIVA TOTAL - Comp. Rec. x de Placebo DIVINA - Comp. Rec. x 28 EQUIFEM - Comp. Rec. x 28 ISIS - Blst. x 1 Comp. x 28 ISIS - Blst. x 2 Comp. x 28 ISIS MINI - Comp. Rec. x 28 ISIS MINI - Comp. Rec. x 56 ISIS MINI 24 - Comp. Rec. x 28 (24 Act+4 Inact KALA - Comp. Rec. x 28 KALA MD - Comp. Rec. x 28 KALA MD 24 - Comp. Rec. x 28 KIRUM - Comp. Rec. x 28 LUMILAC - Comp. x 28 MAXIMA - Comp. Rec. x 28 MAXIMA MD - Comp. Rec. x 28 MAXIMA MD 24 - Comp. Rec. x de Placebo YASMIN - Comp. Rec. x 28 YASMINELLE - Comp. Rec. x 21 YAZ - Comp. Rec. x 28 A partir del 15 de Octubre de 2011, se adecue la cobertura de los anticonceptivos orales no incluidos en la Res 310/04 de la manera que se detalla: Para quienes inicien tratamiento, se otorgará una cobertura del 40% Para quienes estaban recibiendo estos fármacos, se podrán autorizar los mismos, con una cobertura del 70% mediante la confección de un formulario F5, de no cumplirse este requisito el porcentaje a cubrir será del 40%. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 89 de 212

90 Como dato de mercado es importante recordar que las Obras Sociales de Dirección, en sus planes más altos, brindan una cobertura del 40% en este tópico. Se adjunta: Archivo por marcas comerciales y laboratorio que contiene el listado de anticonceptivos orales con cobertura del 100% incluidos en el Formulario Terapéutico de la OSDOP. Archivo cobertura de anticonceptivos orales que contiene la transcripción de lo normado en la Res. 310/2004 relativo a la cobertura en métodos anticonceptivos orales. ANTICONCEPTIVOS ORALES CON COBERTURA DEL 100% INCLUIDOS EN EL FORM. TERAPÉUTICO Etinilestradiol En asociación con Ciproterona AVANCEL BAGO En asociación con Ciproterona DIANE-35 BAYER (BSP) En asociación con Ciproterona MILEVA 35 ELEA En asociación con Ciproterona TESS 35 comp.rec. BIOTENK En asociación con Desogestrel MARVELON ORGANON En asociación con Desogestrel MERCILON ORGANON En asociación con Gestodeno ALELI LABORATORIOS BERNABO En asociación con Gestodeno BIOFEM comp.rec. BIOTENK En asociación con Gestodeno CUIDAFEM LABORATORIOS BERNABO En asociación con Gestodeno FEMIANE Grageas BAYER (BSP) En asociación con Gestodeno GINELEA ELEA En asociación con Gestodeno GINELEA MD ELEA En asociación con Gestodeno GINELEA MD 28 ELEA En asociación con Gestodeno GINELEA T ELEA En asociación con Gestodeno GYNOVIN Grageas BAYER (BSP) En asociación con Gestodeno HARMONET Grageas WYETH En asociación con Gestodeno LIVIANNE BAGO MINESSE comp.rec. WYETH

91 En asociación con Gestodeno En asociación con Gestodeno MINULET Grageas WYETH En asociación con Gestodeno MIRELLE BAYER (BSP) En asociación con Gestodeno SECRET 28 ELEA En asociación con Gestodeno VENISSE BAGO En asociación con Levonorgestrel AFRODITA comp.rec. DUNCAN En asociación con Levonorgestrel ANUBIS Comprimidos INVESTI En asociación con Levonorgestrel APRIL GADOR En asociación con Levonorgestrel APRIL 28 GADOR En asociación con Levonorgestrel DOSDIAS N Comprimidos ELEA En asociación con Levonorgestrel EVELEA MD ELEA En asociación con Levonorgestrel FEMEXIN ELEA En asociación con Levonorgestrel LOETTE comp.rec. WYETH En asociación con Levonorgestrel MICROGYNON BAYER (BSP) En asociación con Levonorgestrel MICROVLAR BAYER (BSP) En asociación con Levonorgestrel MIRANOVA BAYER (BSP) En asociación con Levonorgestrel NEOGYNON BAYER (BSP) En asociación con Levonorgestrel NORDETTE Grageas WYETH En asociación con Levonorgestrel NORFEN Comprimidos BAGO En asociación con Levonorgestrel NORGESTREL MINOR comp.rec. BIOTENK En asociación con Levonorgestrel NORGESTREL PLUS comp.rec. BIOTENK En asociación con Levonorgestrel TRIDESTAN N GADOR En asociación con Levonorgestrel TRINORDIOL Grageas WYETH En asociación con Levonorgestrel TRIQUILAR BAYER (BSP) En asociación con Norgestimato CILEST JANSSEN-CILAG En asociación con Norgestimato TRIDETTE GADOR FACTURACION: LOS DIAS 27 DE CADA MES SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 91 de 212

92 28 OSMATA 2013 PLANES COBERTURA VEDEMECUM Observaciones PMO 40 % s/ PVP SI Plan Médico 50 % s/pvp SI CRONICOS: Res. 310 Hipoglucemiantes Orales Plan Infantil Materno % S/ PVP SI (*) 70 s/ PVP SI (*) 100 % s/pvp SI (*) Anticonceptivos 100 % s/ PVP SI (*) Observaciones CRONICOS Res 310: abarca todas las patologías crónicas prevalentes descriptas en Res. 310/04 del Ministerio Salud Nación. A) Enfermedades Cardiovasculares y Tratamientos de Prevención primaria o secundaria (Hipertensión Arterial Esencial, Hipertensión Arterial Secundaria, Insuficiencia Cardiaca, Arritmias, Terapéutica Antiagregante, Prevención Primaria, Cardiopatía Isquémica). B) Enfermedades Respiratorias (Asma Bronquial, Fibrosis Pulmonar). C) Enfermedades Neurológicas (Enfermedad de Parkinson, Epilepsia). D) Enfermedades Psiquiátricas (Trastorno Bipolar, Psicosis orgánicas). E) Enfermedades Inflamatorias Crónicas y Enfermedades Reumáticas (Gota Crónica). F) Enfermedades Oftalmológicas (Glaucoma) G) Enfermedades Endocrinas (Hipertiroidismo, Hipotiroidismo, Dislipemias) PLAN MATERNO INFANTIL: Ver ítem 5 AUTORIZACIONES Se aceptarán como válidas todas las autorizaciones emitidas por la Obra Social, donde conste sello de la Obra Social y firma y sello del médico auditor habilitado: Ver listados adjuntos (1) Médicos habilitados. VALIDACION ON LINE La validación on line, se realizará en todas las recetas para todos los planes, con la obligatoriedad de la misma utilizando el sistema de MIS VALIDACIONES. 2- CREDENCIAL Para obtener el descuento establecido, el afiliado deberá acreditar su identidad con el documento respectivo y la credencial. 3- RECETARIO

93 Oficial, Particular o de Instituciones. Validez para la dispensa: 30 días corridos desde la fecha de emisión. Validez para la presentación: 60 días corridos a partir de la fecha de dispensa. Validez para la Re facturación: 60 días corridos a partir de haber recibido la liquidación. El médico u odontólogo deberá prescribir los medicamentos por su nombre genérico o denominación común internacional y el farmacéutico aplicará los principios y mecanismos establecidos en la Ley y su decreto reglamentario, en la que deberán constar de su puño y letra los siguientes datos: 1- Denominación de la Obra Social. 2- Apellido y Nombre del afiliado. 3- DNI del afiliado: Ver credencial adjunta. 4- Detalle de los medicamentos. 5- Cantidad de medicamentos en números y/o letras. Si el médico omitiese este dato se entregará la menor cantidad o sea 1 (uno). 6- Fecha prescripción. 7- Firma y sello profesional. 4- DE LA CANTIDAD Y TAMAÑO Hasta dos especialidades medicinales y hasta 3 unidades totales por receta. Hasta 2 envases del menor tamaño o único renglón por receta. Antibióticos inyectables monodosis: hasta 5 (cinco) por receta. Antibióticos inyectables multidosis: hasta 1 (uno) por receta. Tratamiento Prolongado: solo en recetas con medicamentos para pacientes crónicos con cobertura del 70 % 100 %, se dispensará lo indicado por el profesional. Anticonceptivos: hasta un envase por receta y por mes. 5- PLAN MATERNO INFANTIL Madre Cobertura 100 % según vademécum, durante el embarazo y hasta un mes posterior al parto. Niño Medicamentos: cobertura 100 % según vademécum, hasta el año de vida del niño. Leches Medicamentosas: hasta el tercer mes de vida del niño y hasta 4 kgrs. por mes. 6- REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO La farmacia deberá cumplimentar lo siguiente: Colocar en la receta el número de orden correspondiente Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción/ Incluyendo el código de barras, si lo hubiera / Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras) Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas) / Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel / Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. / No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel. Fecha de dispensación. Importes unitarios y totales y A/C de la entidad por medicamentos. Importe Total, a c/ob.soc. y a c/afiliado por receta. Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. Firma del asociado y aclaración. Firma del tercero, aclaración de firma y número de documento de identidad, el cual deberá ser exhibido. Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico. La farmacia deberá adherir la copia del ticket fiscal de la venta a cada receta. Ticket fiscal propiamente dicho. Documento no fiscal HOMOLOGADO. Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo NO FISCAL Facturas A, B, C. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 93 de 212

94 Si en el ticket que se adjunta a la receta constan todos los datos requeridos en este ítem, la Farmacia podrá omitir completar la receta, no obstante será obligatorio la firma, aclaración y nº de documento del beneficiario o tercero y el sello y firma del farmacéutico tanto en la receta como en el ticket. 7- ENMIENDAS Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma en lo que atañe a la prescripción y por el profesional farmacéutico y el afiliado o tercero interviniente en lo que atañe a la dispensa. 8- PRESENTACION La presentación de las recetas se realizará del 1 al 10 de cada mes en Avda. Belgrano 665 9º piso, cada plan de descuento por separado, con carátula según modelo adjunto. Las entidades Farmacéuticas deberán confeccionar una carátula y el soporte magnético respectivo (este deberá ser remitido mensualmente por a mutualmecanica@smata.com.ar, con los siguientes datos: CUIT Farmacia / Localidad / Provincia / Importe Total Facturado que resulta de sumar todos los planes presentados por la Farmacia / Importe a cargo Entidad / Total Recetas. En el caso de recetas mixtas estas deberán presentarse en el ítem de mayor porcentaje. Ej. Si en una receta se dispensó un producto al 40 % y el otro al 70 % la receta deberá sumarse de manera completa junto al lote de las recetas puras del 70 %. LISTADO MEDICOS AUDITORES HABILITADOS: Dr. César Pérez MN Dr. Juan Carlos Mazzú MN Dr. Ricardo Rodríguez MN Dr. Edgardo Rivas MN Dr. Ariel Sarlo MN Dra. Inmaculada Larrea Leon MN Dra. Paula Cristina Castellano MN Dr. Carlos A. Aguirre Lucy MN Dr. Jorge Weingast MN Dr. Leonardo Daniel Brosqui MN OSMATA SELLOS HABILITADOS PARA AUTORIZACION DE RECETAS: LIC. MIRTA FERNANDEZ JEFA ADMINISTRATIVA SANATORIO SAN CAYETANO OSMATA ELIDA LEONE JEFA DE ADMISION EGRESOS Y ARCHIVOS SANATORIO SAN CAYETANO OSMATA SUSANA MOSQUERA COORDINACION SANATORIO SAN CAYETANO OSMATA ANTONELA TARSITANO COORDINACION SANATORIO SAN CAYETANO OSMATA DAVID RODRIGO COORDINACION SANATORIO SAN CAYETANO OSMATA

95 29 OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 1) PLANES Y COBERTURAS PLAN COBERTURA PRODUCTOS CUBIERTOS Ambulatorio 70% Según validación on line Recetas autorizadas Según autorización (*) Según Autorización (*) Con autorización previa de la Obra Social. Ver ítem Autorizaciones IMPORTANTE: las recetas deberán validarse el mismo día en que se realizó la dispensa. 2) REQUISITOS DE LA RECETA Tipo de Recetario 1. Oficial pre impreso y numerado según modelos adjuntos (Ambulatorio PMI) 2. De Instituciones Sanatoriales que la Obra Social autorice y habilite. HOSPITAL ALEMAN 3. De hospitales públicos (nacionales, provinciales o municipales) que cuenten con la identificación pre impresa de los datos del mismo. 4. De la empresa de Servicios de urgencias y emergencias domiciliarias con que cuente la Obra Social del PJN. La empresa actual en CABA y Conurbano se llama "International Health Services S.A. (Emergencias) y en el Interior del país Emergencia Médica Integral S.A." En los dos últimos casos solo podrán dispensarse medicamentos destinados a tratamientos de procesos agudos. Para el caso de los recetarios de hospitales públicos podrán expenderse, además, medicamentos para la continuidad de procesos crónicos. Validez de la Receta 30 (treinta) días corridos, a partir de la fecha de prescripción. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 95 de 212

96 Datos contenidos en la Receta Datos del afiliado, apellido y nombre, número de afiliado. o Si el número plasmado en la receta es correcto pero le falta la barra y el código de parentesco, la Farmacia NO podrá dispensar la receta, el médico prescriptor deberá completarlo y salvarlo si hubiese cambio de tinta o Si el número plasmado en la receta fuera incorrecto deberá estar salvado por el médico prescriptor para proceder a la dispensa. Fecha de prescripción. Prescripción de medicamentos por nombre genérico o monodroga, vale decir, nombre de la droga, concentración y forma farmacéutica, pudiéndose sugerir asimismo una marca comercial determinada. Cantidad de envases expresada en letras y números. Nº de prestador profesional o Institución correspondiente. Por el momento y hasta nuevo aviso no excluyente Firma del médico con sello aclaratorio y número de matrícula legible. En caso de que hubiera enmienda, la misma debe estar salvada, firmada y sellada por el médico interviniente, incluso cuando existiere cambio de tinta. Solo en el caso de recetas de servicios de urgencias y emergencias, podrán ser salvadas por otro profesional de la misma empresa. Cruzar campos correspondientes a medicamentos recetados que no se usen. Tope Receta: cinco recetas por mes por afiliado. Si el afiliado necesitara utilizar más recetas deberá solicitar autorización en la Obra Social. Los odontólogos podrán solamente prescribir medicamentos relacionados a su especialidad (antibióticos de uso habitual y administración oral, analgésicos y antiinflamatorios) Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 Limitación en cantidad y tamaño. Hasta 3 (tres) especialidades distintas y hasta 4 (cuatro) unidades totales por receta. En consecuencia, la cantidad máxima por receta es de 4 (cuatro) envases en total. Se podrá dispensar hasta 2 (dos) unidades de cualquier tamaño (chico, mediano o grande), de uno solo de los tres productos con la leyenda Tratamiento Prolongado. La única forma NO valida de expresar Tratamiento Prolongado será T.P. Cuando no se especifique tamaño: siempre se dispensará el menor, cuando indique Grande: se dispensará el tamaño siguiente al menor, si equivoca la cantidad o contenido: se dará el inferior al indicado. Antibióticos inyectables: Inyectables en envase de una ampolla o frasco ampolla: hasta 6 (seis) Inyectables en envase de más de una ampolla: NUNCA superar las seis ampollas (Ej: envase x 3 ampollas, dar 2 unidades) Inyectables en envase por cuatro ampollas: dar solo un envase. Aclaración: Si la menor presentación farmacéutica contiene más de 6 (seis) unidades se entregará un envase. Psicofármacos: No se aceptan fotocopias de recetas. Lista II (receta oficial): Receta de Salud Pública Receta adjunta de la institución. Lista III y IV (receta archivada): Receta oficial por duplicado, con sello y firma del médico, aún estando el sello impreso.

97 3) REQUISITOS DEL AFILIADO Deberá presentar: -Receta -Credencial 4) REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO La farmacia deberá cumplimentar lo siguiente: 5) ENMIENDAS -El Farmacéutico deberá negar la dispensa de cualquier receta que no cumpla con los requisitos anteriormente detallados: -Completar el precio unitario y total, valores que deben ser iguales o menores a las publicaciones que se manejan en el mercado farmacéutico (Kairos o Manual Farmacéutico) -Indicar la fecha de dispensación. -Agregar el troquel entero y en óptimas condiciones referido a cada envase dispensado. -Adjuntar a cada receta dispensada copia del ticket oficial correspondiente. Si en el ticket de venta que se adjunta a la receta figuran todos los importes unitarios y totales no será necesario transcribir los mismos a la receta, -Firma de conformidad del afiliado o tercero que retira la medicación, aclaración de la misma, DNI, domicilio y Nº de teléfono. -Sello de la farmacia y firma del farmacéutico. -Toda enmienda debe ser salvada por el médico, en caso de enmiendas en prescripción, y por el farmacéutico y afiliado, en caso de enmiendas en la dispensa. SADAIC NORMAS OPERATIVAS Página 97 de 212

98 Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 6) VALIDACIÓN 1. Ingresar a Deberán validarse todas las recetas excepto las autorizadas por la Obra Social, en las que la Farmacia solo deberá validar el N de afiliado en el sistema on line, si no figurara en el sistema y el n plasmado en la receta no coincidiera con el de la credencial con talón vigente no la deberán dispensar más allá de la Autorización de OSPJN. Estas últimas deberán cargarse en el SPRWeb de Farmalink Las Farmacias deberán tener en cuenta lo siguiente * N de afiliado, deberán ingresar el que conste en la receta y/o en la credencial sin guiones y sin barras. Cuando el código de parentesco tenga un (1) solo dígito deberá anteponerse un cero (0) * Matrícula del médico u odontólogo, deberán ingresar MN o MP si la matrícula corresponde a un médico y ON o OP si corresponde a un Odontólogo, N si es nacional, M si es provincial. * T.P. (Tratamiento Prolongado), deberán tildar esta opción si correspondiese 7) MEDIC AMENTOS CUBIERTOS COBERTURA: todo medicamento de venta bajo receta según validación on line. Ver ítem autorizaciones para excepciones en cobertura de medicamentos 8) AUTORIZACIONES ESPECIALES CABA-CONURBANO: firma y sello de la Farmacia Social + firma y sello de Farmacéutico habilitado. INTERIOR: firma y sello de médico auditor o representante. En el caso de recetas con medicación de alto costo: fax de la planilla de autorización con firma y sello de farmacéutica habilitada + receta original con firma y sello del representante. Listado de Farmacéuticos, Médicos Auditores y Representantes habilitados para emitir autorizaciones Médicos Auditores OSPJN Nombre y apellido Delegación Nombre y apellido Delegación Dr. Juan José Nicolás Comodoro Rivadavia Dr. Oscar Repetto C.A.B.A. Dr. Carlos Martinez Cano Cordoba Dr. Alberto Rodgers C.A.B.A. Dr. Juan Napoli Gianti Rosario Dr. Eduardo Almira C.A.B.A. Dr. Hugo Pedro Mendoza Dr. Raúl Basail C.A.B.A. Dr. Martín Saladino Corrientes Dr. Víctor Poggi C.A.B.A. Dr. Juan Carlos Vallatti Bahía Blanca Dra. Romina Álvarez C.A.B.A. Dra. Mara Inés Pallero La Rioja Dra. Susana González C.A.B.A. Dra. Susana Pedernera C.A.B.A.

99 Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 Listado de Representantes BUENOS AIRES AZUL BAHIA BLANCA CAMPANA DOLORES JUNIN LA PLATA MAR DEL PLATA MERCEDES NECOCHEA SAN NICOLAS Nombres: Gabriel Andres Eirlers/ Mónica ALBISTUR Graciela P. Rompani/ Miriam Anuchnik de Bekerman Víctor Alberto Cáceres/ Fabian Cayetano Oriolo Jorge E. CERDA/ Francisco MORCELLA Ana María Izquierdo/ Sergio G. GARBARINI María Pía Olmedo/ Florencia FORESI Susana Mónica SALLES /Maria Estela Rodriguez Margarita BOTTA/ Elina Révora Mariela CROCITTA/ Pablo CONSTANTINO Clara Lamberti / Mónica MARE CATAMARCA Marcelo BIZE / Ma. Del Carmen Guzman CORDOBA BELL VILLE RIO CUARTO VILLA MARIA SAN FRANCISCO Ledy Di Pascuantonio de Sabadías/ Angeles Courel Belen Thomas Anabella Villar / Walter Alfredo D Eramo Susana Acuña / Elba Torres David Fabian GUEVARA CORRIENTES PASO DE LOS LIBRES Nidia Vanesa Salazan / Guillermo Miguel Jurado Estefania Roberta BURGOS / Noemi LUCIETTI CHACO RESISTENCIA ROQUE SAENZ PEÑA Irene Romero / Gloria Aida Suarez de Wilken Daniel Manetti CHUBUT COM. RIVADAVIA ESQUEL RAWSON Ernesto HERRERA /Miriam Alvarez Emilia Trubian / María Laura VILA QUINTANA Etel Magali Collinamum /Lorna Tahiana Nichols ENTRE RIOS CONCEPCION DEL URUGUAY PARANA Julio Patriarca/ Cecilia Ines GUINDA María Imelda TRUCCO/ Diego Quintana FORMOSA Juan Manuel Araoz /Francisco Alfonso JUJUY Rosalina LETIER/ Roberto R. Vergara LA PAMPA SANTA ROSA Leandro Esteban AGUIRRE/ Juan Pablo MONTIGNI

100 Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 LA RIOJA Listado de Representantes Daniela Herrera Iturbe / Ana Gabriela CORTES MENDOZA SAN RAFAEL WILSON NATALIA/ Carlos DI NASSO Alicia Prieto/ Estela Mary LUNA MISIONES ELDORADO POSADAS OBERA JAGMIN MARIA BELEN / José Markievich María Hilda Alderete/ María Laura Yamaguchi Paola Cecilia TOLEDO NEUQUEN NQ ZAPALA Florencia Sayago Martinez Stagnaro Felix Martin N./Gladys Eva Calfuqueo* RIO NEGRO BARILOCHE GENERAL ROCA VIEDMA Florencia Viedma/ Leandro D. OLIVA Néstor M. Lambrecht /Carina Sastre Hannelore G.S. de Peña / Adriana Elizabeth Cardozo SALTA ORAN Mariana Angelina / Jimena Nogueira Martearena Gabriella Soledad Ramos / Carlos Horacio Vergara SAN JUAN Monica Gladys Ferro/Mauricio Sebastian Chavez Martinez SAN LUIS Marcelo GARRO / Griselda Lucero Perroni SANTA CRUZ RIO GALLEGOS CALETA OLIVIA Valeria Toledo / Irma Barros Miguel PEREZ SANTA FE RECONQUISTA ROSARIO Ramiro Ambroseli / Guillermo Ramón RAFFA Irma Luisa BRAIDOT Sebastian Ciaralucci / Gabriela F. Ortiz SANTIAGO DEL ESTERO Ana L. CHAVEZ / Miriam Guzmán de Machulsky TIERRA DEL FUEGO USHUAIA RIO GRANDE Mariana Badarad / Florencia HEREÑU Laura B. Bossio / Soledad Marchisio TUCUMAN Gabriela Zaccheo de Terán / Mónica Gordillo

101 Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/2016 9) PRESENTACIÖN Mensual: El plazo máximo para presentar la receta dispensada es de 60 (sesenta) días corridos desde la fecha de venta. Cierre de lote y presentación on line según cronograma de todas las recetas validadas. Cierre de lote y presentación Manual (SRPWeb) según cronograma de todas las recetas autorizadas Recetas Refacturadas en lote aparte. TODAS LAS RECETAS CON FECHA DE DISPENSA ANTERIOR AL 01/01/2016 DEBERAN SER PRESENTADAS AL ADMINISTRADOR ANTERIOR. Si por algún motivo son presentadas a Farmandat, las mismas serán devueltas para que sean presentadas ante quien corresponda. 10) MODELOS RECETARIOS AMBULATORIO PLAN MATERNO INFANTIL

102 Obra Social del Poder Judicial de la Nación NORMAS DE ATENCIÓN Fecha de Vigencia:15/02/ ) MODELOS RECETARIOS PLAN MATERNO INFANTIL

103 30 NORDICA SALUD INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS, LA VIGENCIA DEL NUEVO CONVENIO CON NORDICA SALUD A PARTIR DEL 14/02/11, P L A N E S % C/DE LA % C/AFILIADO ENTIDAD AMBULATORIOS 40% 60 % AMBULATORIOS 50 % 50 % PLANMATERNOINFANT. 100 % 0 % INTERNADOS % 0 % AUTORIZADOS AL 100% 100 % 0 % AUTORIZADOS AL 70 % 70 % 30 % PLAN MATERNO, INTERNADOS, AUTORIZADOS AL 100% -70%, LLEVARAN AUTORIZACION PREVIA DE NORDICA CON FIRMA Y SELLO RECETARIO: OFICIAL VALIDEZ RECETA: 30 DIAS MONTO A/CARGO O.SOCIAL $ 350.,00 LOS RECETARIOS QUE EL MONTO A CARGO DE LA O.SOCIAL SUPERE LOS $ 350,00, SERAN AUTORIZADOS POR NORDICA SALUD, MONTO MENOR SIN AUTORIZACION CANTIDAD PRESCRIPCION: HASTA 2 (DOS) MEDICAMENTOS DISTINTOS POR RECETA, MAS DE 1 (UN) ENVASE DEL MEDICAMENTO, DEBERA CONSTAR LA LEYENDA TRATAMIENTO PROLONGADO. REQUISITO DE LA RECETA: DIAGNOSTICO, EDAD, PRESCRIPCION CON NOMBRE GENERICO Y SUGERENCIA COMERCIAL. FIRMA DEL AFILIADO EN EL RECETARIO, DNI, DOMICILIO, TELEFONO TAMAÑOS: CUANDO LA RECETA NO ESPECIFIQUE CANTIDAD, TAMAÑO Y DOSIS, DEL MEDICAMENTOS PRESCRIPTO, LA FARMACIA ENTREGARA LA PRESENTACION MENOR. EXCLUSIONES: PRODUCTOS, DROGAS O FORMULAS MAGISTRALES HOMEOPATICAS FORMULAS MAGISTRALES ALOPATICAS INSTRUMENTAL DE CIRUGIA, AGUJAS PARA INYECCIONESC O JERINGAS DE TODO TIPO TERMOMETROS, ATOMIZADORES E INHALADORES VAPORIZADORES, NEBULIZADORES O ALMOHADILLAS ANATOMICAS CALIENTA PIES, TERMOS, PASTAS O LIQUIDOS DENTRIFICOS FORMULAS O ESPECIALIDADES PARA LIMPIAR O FIJAR DENTADURAS JABONES, CHAMPUES DE TODO TIPO, CEPILLOS DE TODO TIPO CALLICIDAS, MAMADERAS Y EXTRACTORES DE LECHE, AGUAS MINERALES ARTICULOS DE TOCADOR Y/P BELLEZA, PRODUCTOS PARA LA ESTETICA FRASCOS, RECEPTACULOS, VASIJAS DE TODO TIPO, BOLSAS DE GOMA O PLASTICO HERBORISTERIA, ALCOHOL, AGUA OXIGENADA, GASA DE TODO TIPO, TELA ADHESIVA, ALGODÓN PRODUCTOS DIETETICOS, LECHES EN POLVO SOLVENTES, SONDAS DE TODO TIPO, GUIA PARA SUEROS, APIROTRANSFUSORES, SUEROS ELEMENTOS DE CONTRASTE, ANESTESICOS, VENTA LIBRE EN GENERAL, ELEMENTOS DE CURACION MEDICAMENTOS, DROGAS Y MATERIALES EN INTERNACION MEDICAMENTOS Y MATERIALES PARA EL TRATAMIENTOS DE PATOLOGIAS O LESIONES NO CUBIERTAS POR LA MANDANTE PRODUCTOS DE 3313VENTA LIBRE. FACTURACION: LOS DIAS 30 DE CADA MES.

104 OBSERVACIONES: INFORMAMOS QUE A PARTIR DEL DIA , SE MODIFICA EL MONTO DE LA RECETA QUE SUPERE $ SE DEJA ACLARADO QUE EL IMPORTE A CARGO DE LA OBRA SOCIAL ES EL QUE DEBE SUPERAR EL IMPORTE ARRIBA MENCIONADO, PARA SER AUTORIZADO.

105 31 NORMAS PARA LAS FARMACIAS: OSPE EXPENDIO : Completar la receta con los datos correspondientes a la farmacia: o Código de farmacia: nº asignado por OSPE a la farmacia. o Orden: N correlativo que identifica a la receta dentro del lote. Es decir que si se presentan 30 recetas las mismas deberán numerarse del 1 al 30 (margen superior derecho ). o Fecha venta: día, mes y año de venta, en ese orden (llenar c/cero a la izq. para el 1 al 9). o Precio unitario: precio de cada envase, regido por Manual Farmacéutico vigente al momento del expendio. o Cantidad Entregada: cantidad de envases entregados en números. o Importe $: precio unitario x Cantidad Entregada o Total receta: suma de la columna importe. o A cargo beneficiario: importe total a pagar por el beneficiario. o A cargo obra social: importe que reconoce OSPE. o Sello y firma farmacéutico: sello y firma. o Troqueles: adherir los troqueles de los envases de los medicamentos entregados, en la orden que figuran en los renglones RP. En virtud que los troqueles adheridos a las recetas representan la fiscalización del expendio de los medicamentos, los mismos no podrán tener signos de utilización previa, es decir no podrán tener perforaciones múltiples, ni estar preengomados y/o precintados y vueltos a pegar. A tal efecto la Obra Social considerará causal de débito el incumplimiento de lo precedentemente expuesto. Cabe aclarar que si la Farmacia opera con sistema de vale para entrega diferida, reintegro, cuenta corriente, devolución o cambio de productos, tendrá que implementar los procedimientos que correspondan para facturar las recetas con los troqueles totalmente inalterados. o o o o o o Verificar que el comprador (benef. o tercero interviniente) complete todos los datos y firme. Adjuntar ticket fiscal a la receta y/o en su defecto el nº del mismo. El ticket de venta que acompañe a la receta deberá ser exclusivamente el emitido por el Controlador Fiscal, es decir: Si Usted tiene una Impresora Fiscal homologada por la AFIP deberá adjuntar a la receta el voucher que emite el controlador fiscal con carácter de no fiscal. Si Usted tiene una Caja Registradora Electrónica Fiscal homologada por la AFIP deberá adjuntar a la receta el ticket emitido por el sistema interno de la farmacia, consignando en el mismo el nª de ticket de la registradora fiscal. Se deberá emitir un ticket por receta, o caso contrario (por diferencia de cobertura), dos ticket con igual fecha de venta por receta. LIQUIDACION: Enviar por triplicado la carátula (Anexo I) y el resumen ( Anexo II) de recetas impreso que deberá contener como mínimo los siguientes datos: * Carátula: Nombre de la farmacia C.U.I.T. Nombre del farmacéutico Código de farmacia Provincia Localidad C.P. Período Ambulatorio Importe bruto total Importe a cargo de la obra social Importe a cargo obra social bonificado

106 Cantidad total de recetas Los importes totales y a cargo de la Obra Social que se detallan en resumen, deben ser sumados y ese importe debe ser colocado (según corresponda) en la carátula que acompaña al lote RESUMEN: Nota: Razón social o Nombre fantasía Código de farmacia Nª de Preliquidación Período Presentación de recetas: correspondientes al mes de cierre Vencimiento de presentación de recetas: se reconocerán las prescripciones médicas que sean de hasta 60 días anteriores Tipo de descuento: 1 lote general para todos los planes (las recetas no validadas denunciadas - ver Instructivo general de farmacias- deberán presentarse en lote aparte) C.U.I.T. Nª de orden (Numerar cada una de las recetas de cada plan, de acuerdo a la fecha de expendio) Fecha de venta Id. De validación Nª de receta Número de beneficiario / paciente Importe bruto Importe a cargo de la Obra social. Las refacturaciones deben ser enviadas separadas conformando otro lote aparte. Se reconocerán prescripciones médicas con un plazo para refacturar de hasta 90 días posteriores a su presentación. PRESENTACION: La fecha de presentación será del 1 al 10 de cada mes - Enviar en forma conjunta los distintos lotes confeccionados a: Rivadavia piso. Capital Federal -C1002AAE- CABA. - La fecha límite a presentar será el último día hábil de cada mes, es decir, que la facturación será a mes completo. - La carátula y el resumen de recetas deberá estar firmado y sellado por el responsable de la farmacia - El incumplimiento de las normas de presentación de la facturación será causal de devolución de la misma. GENERALIDADES: El cumplimiento del presente instructivo es imprescindible para el procesamiento de la documentación ingresada en tiempo y forma y su acatamiento será beneficioso para todas las partes intervinientes. Ante cualquier duda se podrá comunicar al donde se canalizarán todas las inquietudes que surjan sobre este convenio. Ante cualquier duda se podrá comunicar al donde se canalizarán todas las inquietudes que surjan sobre este convenio. Cambio de domicilio de la farmacia (u otros datos): Comunicar a OSPE treinta (30) días antes como mínimo (nuevo domicilio y teléfono). No se reconocerán medicamentos que no tengan relación con la edad y/o sexo del paciente Los odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad VALIDACIÓN WEB:

107 Requerimientos: para utilizar el sistema solo se requiere el Internet Explorer 5 o superiores y cualquier tipo de conexión a Internet. Especificaciones técnicas mínimas El sistema es de uso sencillo e intuitivo y no requiere de conocimientos específicos, Solo deben acceder a la pagina de GMS y colocar su código y contraseña de farmacia, la cual se le otorgara llamando al numero de informes: Tel.: (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sa.8:30a13:30)

108 MODELO DE CREDENCIALES DE LA OSPE TIPO DE PLAN DISEÑO ANTERIOR (VIGENTE) NUEVO DISEÑO PMO Afiliado Inactivo en cobertura obligatoria (Credencial Única de Personal dado de Baja) PMO-PMO MT-PMO SD-Monotributo- A 300-A 301-A 302- A 303-A 305-A 307- A 321- A 323-A 325- A 350-D 371 MuPe-A 303 HE- A 304 HE-A 400- A 401-A 402-A 403- A 404-A 405-A 406- A 408-A 421-A 423- A 425-A 500- O/AFIP-C 400- D 400-D 402-D 450- D 452-D 454-D 471- D 473-D 500- O/EMPLA-O/M- O/M E-O/NASA- O/NASA AT-PLUS-

109 A 404HE-A 600- A 602-A 604-A 606- A 608-A 610-A 700- A 702-A 704-D 650- D 750- D 752- O/YPF-A O/YPF-B O/YPF-BC O/YPF-U

110 MODELO DE RECETAS PARA CRONICOS- NO OBLIGATORIO ( formulario histórico en uso )

111 RECHAZOS * Los siguientes motivos de débitos son rechazos no refacturables: - FALTA FECHA DE EMISION - FARMACIA NO POSEE CONTRATO ACTIVO - FALTA TROQUEL - AFILIADO NO EXISTE EN EL PADRON - RECETA INVALIDA - TROQUELES NO VALIDOS - AFILIADO DADO DE BAJA - RECETARIO FUERA DE VIGENCIA - VENCIDO EL PLAZO PARA REFACTURAR - MEDICAMENTO FUERA DE VADEMÉCUM - EL TROQUEL NO ES PMI - TROQUELES NO CORRESPONDEN - DEBITO NO REFACTURABLE - RECETA DUPLICADA - NO COINCIDE VALIDACION CON DATOS DE LA RECETA - RECETA NO VALIDADA - PLAN NO COINCIDE CON LO VALIDADO - NÚMERO DE RECETA NO COINCIDE CON LO VALIDADO - TROQUEL DETERIORADO - TROQUEL RECHAZADO EN VALIDACIÓN - CODIGO DE FARMACIA EN VALIDACION NO CORRESPONDE - FECHA DE VENTA DIFIERE EN VALIDACIÓN - NÚMERO DE AF. PACIENTE DIFIERE EN VALIDACIÓN - RECETA CANCELADA EN VALIDACION POR FARMACIA - MEDICAMENTO NO VALIDADO - TROQUEL NO COINCIDE CON LO VALIDADO - MEDICAMENTO DE VENTA LIBRE

112 Obra Social Petroleros "O.S.Pe. 40% con Cobertura Medicamentos OSPe Marzo 2009 Afiliados: PLAN OSPe-A406, OSPe-A408, OSPe-A423 OSPe- A602, OSPe-704 E, Ospe-D452, Ospe D456- OSPe-D650 Leandro N. Alem C. Federal CUIT: VALIDACIÓN: La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales. Tel.: (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Aires. Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público. DESCUENTO según Plan Validado: O.Social: Afiliado: Según PLan: 40% 60% PMI: SI (1) 100% --- Resolución 310/04 (2) Monto Fijo resto Autorizaciones Espeiales: Según Autorización resto ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema. Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil (Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan TIPO DE RECETARIO: Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009. DE LA PRESCRIPCIÓN: Prescripción por genérico según la ley Nro /02. VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días. RENGLONES POR RECETA: 2 (dos) UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos) TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es necesario aclarar tratamiento prolongado. Cobertura Medicamentos OSPe: La validación actúa con la cobertura OSPe y con el descuento que corresponda en cada caso. Los medicamentos no reconocidos para venta en farmacias ambulatorias, integran las bandas terapéuticas que se listan en (3). Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una Mesa de Ayuda OSPe (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). SUSTITUCIONES: El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma: La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin tener en cuenta el importe del mismo. El producto sustituto debe siempre respetar el nombre genérico, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades de la prescripción del profesional médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad de unidades a la presentación que tenga una variación del +/- 25% en el número de unidades (redondeado). Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5 ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA: Con sello: SI Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello) ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: SI Números: SI ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI

113 OBSERVACIONES: (1) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI, indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos). (2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado Resolución 310 con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado en el sistema de validación de la Obra Social. Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma. (3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas: Adelgazantes/ Anoréxigenos Alimentos Antialopécicos Antisépticos de Superficie Antiretrovirales Antivirales Sistémicos Citostáticos/ Oncológicos Cosméticos Edulcorantes Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa Fórmulas Magistrales Gammaglobulinas Específicas Gangliósidos y/o Derivados Herboristería y Homeopáticos Hormonas de Crecimiento Ind. de Ovulación / Espermatogénesis Interferones inyectables Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados Lociones Capilares Lociones Dérmicas Medicamentos de Internación Medicamentos sin clasificar altas Pantallas y Filtros Solares Pastas Dentales Producto para disfunción sexual Productos sin troquel Radiopacos: únicamente con autorización previa Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados Solventes Indoloros. Toxina Botulínica Vaselina Líquida Venta Libre Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa, exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses. Leches Enteras Leches Maternizadas

114 Obra Social Petroleros "O.S.Pe. 40% con Cobertura OSPe Planes PMO Marzo 2009 Afiliados: PLAN -OSPe-A 301, OSPe-A 303, OSPe-A 305, OSPe-D 371, P.M.O, P.M.O. MT, P.M.O. SD, MONOTRIBUTO Leandro N. Alem C. Federal CUIT: VALIDACIÓN: La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales. Tel.: (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Aires. Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público. DESCUENTO según Plan Validado: O.Social: Afiliado: Según PLan: 40% 60% PMI: SI (1) 100% --- Resolución 310/04 (2) Monto Fijo resto Autorizaciones Espeiales: Según Autorización resto ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema. Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil (Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan TIPO DE RECETARIO: Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009. DE LA PRESCRIPCIÓN: Prescripción por genérico según la ley Nro /02. VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días. RENGLONES POR RECETA: 2 (dos) UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos) TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es necesario aclarar tratamiento prolongado. Cobertura Medicamentos OSPe: La validación actúa con el Vademécum IOMA y con el descuento que corresponda en cada caso. Los medicamentos no reconocidos para venta en farmacias ambulatorias, integran las bandas terapéuticas que se listan en (3). Mesa de Ayuda OSPe (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). SUSTITUCIONES: El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma: La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que estén incluidos en el Vademécum IOMA sin tener en cuenta el importe del mismo. El producto sustituto debe siempre respetar el nombre genérico, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades de la prescripción del profesional médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad de unidades a la presentación que tenga una variación del +/- 25% en el número de unidades (redondeado). Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5 ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA: Con sello: SI Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello) ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: SI Números: SI ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI

115 OBSERVACIONES: (2) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI, indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos). (2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado Resolución 310 con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado en el sistema de validación de la Obra Social. Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma. (3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas: Adelgazantes/ Anoréxigenos Alimentos Antialopécicos Antisépticos de Superficie Antiretrovirales Antivirales Sistémicos Citostáticos/ Oncológicos Cosméticos Edulcorantes Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa Fórmulas Magistrales Gammaglobulinas Específicas Gangliósidos y/o Derivados Herboristería y Homeopáticos Hormonas de Crecimiento Ind. de Ovulación / Espermatogénesis Interferones inyectables Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados Lociones Capilares Lociones Dérmicas Medicamentos de Internación Medicamentos sin clasificar altas Pantallas y Filtros Solares Pastas Dentales Producto para disfunción sexual Productos sin troquel Radiopacos: únicamente con autorización previa Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados Solventes Indoloros. Toxina Botulínica Vaselina Líquida Venta Libre Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa, exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses. Leches Enteras Leches Maternizadas

116 Obra Social Petroleros "O.S.Pe. 50% con Cobertura Medicamentos OSPe Marzo 2009 Afiliados: PLAN OSPe-A404,OSPe-A 500, OSPe-A 600, OSPe-A 700, OSPe-D 450,OSPe-MuPe, OSPe- PLUS Leandro N. Alem C. Federal CUIT: VALIDACIÓN: La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales. Tel.: (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Salta Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público. DESCUENTO según Plan Validado: O.Social: Afiliado: Según PLan: 50% 50% PMI: SI (1) 100% --- Resolución 310/04 (2) Monto Fijo resto Autorizaciones Espeiales: Según Autorización resto ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema. Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil (Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan TIPO DE RECETARIO: Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009. DE LA PRESCRIPCIÓN: Prescripción por genérico según la ley Nro /02. VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días. RENGLONES POR RECETA: 2 (dos) UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos) TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es necesario aclarar tratamiento prolongado. Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5 ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA: Con sello: SI Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello) ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: SI Números: SI ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI Cobertura Medicamentos OSPe: La validación actúa con la cobertura OSPe y con el descuento que corresponda en cada caso. Los medicamentos no reconocidos para venta en farmacias ambulatorias, integran las bandas terapéuticas que se listan en (3). Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una Mesa de Ayuda OSPe (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). SUSTITUCIONES: El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma: La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin tener en cuenta el importe del mismo. El producto sustituto debe siempre respetar el nombre genérico, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades de la prescripción del profesional médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad de unidades a la presentación que tenga una variación del +/- 25% en el número de unidades (redondeado).

117 OBSERVACIONES: (3) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI, indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos). (2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado Resolución 310 con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado en el sistema de validación de la Obra Social. Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma. (3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas: Adelgazantes/ Anoréxigenos Alimentos Antialopécicos Antisépticos de Superficie Antiretrovirales Antivirales Sistémicos Citostáticos/ Oncológicos Cosméticos Edulcorantes Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa Fórmulas Magistrales Gammaglobulinas Específicas Gangliósidos y/o Derivados Herboristería y Homeopáticos Hormonas de Crecimiento Ind. de Ovulación / Espermatogénesis Interferones inyectables Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados Lociones Capilares Lociones Dérmicas Medicamentos de Internación Medicamentos sin clasificar altas Pantallas y Filtros Solares Pastas Dentales Producto para disfunción sexual Productos sin troquel Radiopacos: únicamente con autorización previa Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados Solventes Indoloros. Toxina Botulínica Vaselina Líquida Venta Libre Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa, exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses. Leches Enteras Leches Maternizadas

118 Obra Social Petroleros "O.S.Pe. 70% con Cobertura Medicamentos OSPe Marzo 2009 Afiliados: PLAN OSPe YPF-A, OSPe YPF-B Leandro N. Alem C. Federal CUIT: VALIDACIÓN: La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales. Tel.: (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Aires. Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público. DESCUENTO según Plan Validado: O.Social: Afiliado: Según PLan: 70% 30% PMI: SI (1) 100% --- Resolución 310/04 (2) Monto Fijo resto Autorizaciones Espeiales: Según Autorización resto ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema. Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil (Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan TIPO DE RECETARIO: Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009. DE LA PRESCRIPCIÓN: Prescripción por genérico según la ley Nro /02. VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días. RENGLONES POR RECETA: 2 (dos) UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos) TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es necesario aclarar tratamiento prolongado. Cobertura Medicamentos OSPe: La validación actúa con la cobertura OSPe y con el descuento que corresponda en cada caso. Los medicamentos no reconocidos para venta en farmacias ambulatorias, integran las bandas terapéuticas que se listan en (3). Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una Mesa de Ayuda OSPe (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30). SUSTITUCIONES: El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma: La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin tener en cuenta el importe del mismo. El producto sustituto debe siempre respetar el nombre genérico, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades de la prescripción del profesional médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad de unidades a la presentación que tenga una variación del +/- 25% en el número de unidades (redondeado). Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5 ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA: Con sello: SI Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello) ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: SI Números: SI ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI

119 OBSERVACIONES: (4) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI, indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos). (2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado Resolución 310 con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado en el sistema de validación de la Obra Social. Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma. (3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas: Adelgazantes/ Anoréxigenos Alimentos Antialopécicos Antisépticos de Superficie Antiretrovirales Antivirales Sistémicos Citostáticos/ Oncológicos Cosméticos Edulcorantes Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa Fórmulas Magistrales Gammaglobulinas Específicas Gangliósidos y/o Derivados Herboristería y Homeopáticos Hormonas de Crecimiento Ind. de Ovulación / Espermatogénesis Interferones inyectables Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados Lociones Capilares Lociones Dérmicas Medicamentos de Internación Medicamentos sin clasificar altas Pantallas y Filtros Solares Pastas Dentales Producto para disfunción sexual Productos sin troquel Radiopacos: únicamente con autorización previa Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados Solventes Indoloros. Toxina Botulínica Vaselina Líquida Venta Libre Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa, exclusivamente en el PMI y hasta año de vida. Leches Enteras Leches Maternizadas: únicamente con autorización previa, exclusivamente en el PMI y hasta los cuatro meses

120 32 PROVINCIA ART DESCUENTOS A CARGO DE PROVINCIA ART: AMBULATORIO.: 100% (Cien por ciento) DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO DOCUMENTO DE IDENTIDAD (DNI, CI o Pasaporte), RECETA y FOTOCOPIA DEL FORMULARIO DE DENUNCIA DEL SINIESTRO (Perfectamente legible y con todos los datos identificatorios completos). En aquellos casos en que la denuncia de siniestro tenga una antigüedad mayor a 30 días la farmacia deberá comunicarse la para solicitar autorización. RECETARIO CONVENCIONAL DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: NOMBRE DE LA ART ( PROVINCIA ART ) Nombre y Apellido del paciente. Número de DOCUMENTO ó CUIL Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Firma, aclaración y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción. Toda corrección, agregado, raspadura o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. VALIDEZ DE LA RECETA 5 (CINCO) Días hábiles de expedida la receta. LÍMITES DE CANTIDADES CANTIDAD DE RENGLONES: Hasta 3 (tres) productos de distinta especialidad. POR RENGLÓN: Lo prescripto por el médico Antibióticos inyectables MONODOSIS: Lo prescripto por el médico Antibióticos inyectables MULTIDOSIS: Lo prescripto por el médico

121 LÍMITES DE TAMAÑOS Lo prescripto por el médico OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MÉDICO No indica tamaño Sólo indica GRANDE Equivoca cantidad DEBE ENTREGARSE El de menor contenido La de tamaño SIGUIENTE AL MENOR El tamaño inmediato inferior PSICOTROPICOS El profesional debe confeccionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. Si el BENEFICIARIO concurriese sólo con el original, la farmacia podrá sacar una copia fiel legible autenticada con la firma del farmacéutico responsable de LA FARMACIA DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras, perfectamente legible, sin enmiendas, tachaduras ni cubierto con cinta de remarque. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Para el caso de medicamentos sin Troquel colocar al lado del medicamento la sigla S/T. Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario) Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente. Adjuntar copia del ticket de venta o Presupuesto. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia. MEDICAMENTOS FALTANTES Si por cualquier motivo en la farmacia faltare el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En los casos que el faltante sea debido a circunstancias del mercado, la farmacia deberá contactar al profesional médico para notificar esta situación. EXCLUSIONES Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales de venta bajo receta comprendidas en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos.

122 Quedan excluidos los siguientes GRUPOS TERAPÉUTICOS oncológicos, productos para SIDA, alimenticios y dietéticos, productos para cosmetología. Respecto de los productos de venta libre, los mismos podrán ser expendidos siempre y cuando se cuente con autorización expresa emitida por escrito por Provincia ART S.A. MUY IMPORTANTE Cuando el valor de la mercadería a entregar supere los $ 350, la farmacia deberá solicitar autorización a Provincia ART. En aquellos casos en que la solicitud de Asistencia Médica ó Denuncia tenga una antigüedad superior a 30 días la farmacia deberá comunicarse con Provincia ART para solicitar autorización. TELEFONOS DE PROVINCIA ART: De lunes a viernes de 9:45 a 17:45 hs: Tel: Fuera de dicho horario, los 365 días del año: Tel:

123 33 ACA SALUD Vigente a partir del 1º de Agosto de Las identifican los puntos que deben procesarse OBLIGATORIAMENTE en el momento de la venta a través del sistema de validación ingresando en o bien mediante los sistemas de facturación integrados. En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse OBLIGATORIAMENTE utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin. Aclaración: El CIERRE DE LOTES electrónico SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 14). Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de ACA SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de ACA SALUD ( Plan MIXTO MANUAL ) 1. Cobertura General: Credencial (Su presentación es obligatoria al momento de la venta) Universal: Plan Descuento (Según se indica en el ángulo inferior derecho de la credencial o según validación on line) Plan Plan 7 40% ó %Dto. Universal + : Plan 21 Plan 23 40%, 50% ó

124 Integral: Plan 1 Plan 4 Plan 11 Plan 14 n 18 40% ó %Dto. Clásica: Plan 9 %Dto. Cerca: Plan 50 %Dto. PMO: 40% ó 50% Requiere previa autorización de ACA SALUD para su expendio. %Dto. (Estas recetas NO deben procesarse electrónicamente) 2. Habilitación del beneficiario: Credencial (según muestras). Cabe destacar que la presentación de la credencial es OBLIGATORIA al momento de la venta. Habilitación del Beneficiario según validación on-line Ingresar el número de beneficiario tal como figura en la credencial. Por ejemplo: No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. Recetario:

125 Tipo de recetario: De todo tipo (Particular o de Instituciones). Cobertura acorde a lo informado vía Centro Autorizador. Ingresar en el Sistema el número de matrícula del profesional (ver punto 3.3). ATENCIÓN: son válidos los recetarios preimpresos, siempre y cuando cuenten con fecha, firma (de puño y letra) y sello original del médico prescriptor, y cumplan con el resto de las normas vigentes (por ejemplo: topes, productos cubiertos, Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Denominación de la entidad (*); Nombre y apellido del paciente (*); Número de afiliado (*) (**); Diagnóstico (dato opcional) (*); Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca sugerida, incluida en el Vademécum (*); Cantidad de cada medicamento (*); Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción; (*) Datos que pueden figurar preimpresos. (**) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando junto al número consignado por el médico la frase ver al dorso. El beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad. Prestadores INHABILITADOS: Las recetas prescriptas por los siguientes profesionales NO GOZAN DE COBERTURA a través de ACA SALUD: Profesional Matrícula ALVARADO, SILVANA M.P. CORDOBA BARRIENTOS, DANIEL E. M.P. SANTA FE BERARDO, RUBEN (*) M.P. CORDOBA BESOZZI, CLAUDIO MARCELO M.P. CORDOBA M.P. SANTA FE BIAGGI, EDUARDO M.P. CORDOBA12737 BORTOLOZZI, MARIA BETINA M.P. SANTA FE BUGNON, ALEJANDRO M.P. SANTA FE DE LOS RIOS VALDEZ, WALTER M.P. CORDOBA FARJAT, ALFREDO M.P. SALTA 3366 FERLATTI, NESTOR M.P. SANTA FE FILIPPA, ROGELIO M.P. SANTA FE 911 GARMA, MANUEL M.P. SANTA FE GSCHWIND, ROXANA M.P. SANTA FE HACHEN, ENRIQUE A. M.P. SANTA FE 8933 HERRERO, MIGUEL ANGEL M.P. CORDOBA IAFRATE, AMALIA M.P. SANTA FE LEIVA, CECILIA M.P. SANTA FE MAC RAE, ANDRES M.P. SANTA FE MAGNINO, LUCIANO ANTONIO M.P. LA PAMPA MAZZURCO, MARTIN M.P. SANTA FE MIDAUAR, JUAN CARLOS M.P. SANTA FE8960 PAMPARANA, SILVINA M.P. SANTA FE PETRUCCI, AUGUSTO M.P. SANTA FE 9179 SANTA COLO, RODOLFO M.P. SANTA FE 3531 SOLDEVILLA, JOSE M.P. SANTA FE 6931 TUEGOLS, JORGE M.P. CORDOBA VALENZUELA QUAGLIA, MARIA DE LOS A. M.P. SANTA FE 4216 VARVELLO, CARLOS ALBERTO M.P. SANTA FE 6685 WULFSOHN, CLAUDIA M.P. SANTA FE ZAMAGNI, MARCELO M.P. SANTA FE ZIRONE, SANDRA M.P SANTA FE (*) Exclusivamente Localidad de Laborde, Pcia. de Córdoba. Cabe destacar que el Sistema de Validación On Line efectúa dicho control.

126 Validez de la receta: El día de la prescripción y los 30 días Topes de cobertura: Límites de cantidades: Sin Tratamiento Prolongado Con Tratamiento Prolongado (5.2) Renglones por receta: Envases por renglón: Tratamiento Prolongado: Hasta 3 (tres) de distinta droga o potencia Hasta 1 (uno) de cualquier tamaño Hasta 3 (tres) de distinta droga o potencia Hasta 2 (dos) de cualquier tamaño Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase Tratamiento prolongado, su equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades que se indican en la columna con T.P.. Debe indicarse además el tamaño y/o contenido de cada uno, por lo que, de omitirse este requisito sólo se entregará un envase del menor tamaño y/o contenido existente. En estos casos debe indicarse en el sistema de Validación On Line que la receta corresponde a Tratamiento Prolongado. Sueros y Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 4 (cuatro) ampolla. Psicofármacos: Otras especificaciones: Plan Materno Infantil: El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: No especifica cantidades Sólo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido Debe entregarse: El envase de menor contenido. La presentación siguiente a la menor. El tamaño inmediato inferior @ Descuento: 100% según validación on Recetario: De todo tipo (particular o de instituciones). No requiere autorización de la Entidad. Recetario Oficial Plan Materno Infantil (según muestra). No debe procesarse electrónicamente. No requiere autorización de la Productos Cubiertos: Medicamentos cubiertos por el plan Límites de cantidades y renglones por receta: Similar al resto de los Pacientes con Patologías Crónicas:

127 Recetario Especial de Medicamentos: E s t a s r e c e t a s n o s e p r o c e s a n e l e c t r ó n i c a m e n t e. NO requiere autorización adicional. Debe contar indistintamente con la firma del profesional prescribiente o de la Auditoría Médica de ACA Salud (casillero Profesional Interviniente ). Validez de la receta: Similar a la cobertura general. Productos cubiertos y límites de cantidades: Los indicados en el recetario. Renglones por receta: Lo que se encuentre autorizado. Descuento: El que figure preimpreso. Cuando indica Res. 310 debe aplicarse el Monto Fijo o descuento que se indique en el Vademécum para Patologías Crónicas. Coberturas Especiales (CON validación): Recetario Patologías Crónicas: Si bien el formulario consta de varios cuerpos, el socio presentará cada uno como recetario independiente. NO requiere previa autorización, pero debe VALIDARSE OBLIGATORIAMENTE (a través de o bien mediante sistemas de facturación integrados). Caso contrario, es motivo de rechazo del mismo. Validez de la receta: el día de la prescripción y los 30 días posteriores. Descuento a aplicar, productos cubiertos y límites de cantidades: Según indique el sistema de validación online. Principio/s activo/s, fecha, firma y sello del profesional deben figurar en original y de puño y letra. Los datos del afiliado (Apellido y Nombre, Número de Socio, etc.) deben figurar IMPORTANTE: Aún cuando se trate de una medicación que requiere previa autorización, NO RECHACE al socio. Su farmacia DEBE CONTINUAR CON LA VALIDACIÓN ONLINE ya que el sistema resolverá el trámite

128 Recetario Anticoncepción: Recetario válido únicamente para la prescripción de anticonceptivos orales. Si bien el formulario consta de varios cuerpos, el socio presentará cada uno como recetario independiente. NO requiere previa autorización, pero debe VALIDARSE OBLIGATORIAMENTE (a través de o bien mediante sistemas de facturación integrados). Caso contrario, es motivo de rechazo del mismo. Validez de la receta: el día de la prescripción y los 360 días posteriores. Descuento a aplicar y productos cubiertos: Según indique el sistema de validación online. Medicación prescripta, fecha, firma y sello del profesional deben figurar en original y de puño y letra. Los datos del afiliado (Apellido y Nombre, Número de Socio, etc.) deben figurar pre-impresos. Límite de cantidades: hasta 2 (dos) envases del mismo producto por receta. Continúa siendo válida la prescripción de anticonceptivos orales en recetarios distintos al Productos cubiertos: Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales APROBADAS POR EL SISTEMA DE VALIDACIÓN ON Autorizaciones Especiales:

129 E s t a s r e c e t a s n o s e p r o c e s a n e l e c t r ó n i c a m e n t e. La siguiente Orden de Autorización Previa (según muestra) es válida para efectuar autorizaciones por productos que así lo requieran y cualquier otra excepción a la norma. Debe estar acompañada SIN EXCEPCIÓN por la orden médica original correspondiente para su expendio. Atención: Dicha orden deberá presentarse en COMPAÑÍA acompañada OBLIGATORIAMENTE por la receta original correspondiente. Caso contrario, será motivo de débito. Porcentaje de cobertura a aplicar (40%, 100% o el que se indique). Productos cubiertos y límites de cantidades: los indicados en dicha orden. Plazo de validez: 15 días a partir de la fecha de la autorización. Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos (productos fuera de cobertura, recetarios, descuentos, etc.), cuando se hallen autorizadas mediante firma y sello de los siguientes Médicos Auditores de ACA SALUD: Dra. Claudia Paviotti Dra. Mónica Frati Dr. José L. Genta Dra. Dolores Gómez Glorioso Dra. Viviana Wolanow Dr. Martín Dal Santo Dra. María Laura Delzoppo Dr. Ariel Giovanetti Dr. Néstor Banfi Dra. María Cecilia Presti Dr. Enrique Oscar Fernández Dr. Oscar Malerbi Dra. Mariana Guereño Dr. Guillermo Adolfo Diez Dr. Roberto Sánchez No es necesario que la autorización exprese aclaraciones adicionales (por ejemplo: vale producto no cubierto). Medicamentos Faltantes: Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta TR: XXXX, o bien puede imprimirse el comprobante que emite el Fecha de venta; Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo. Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) La farmacia deberá adjuntar cualquiera de los Ticket fiscal propiamente dicho. comprobantes de venta detallados: Documento no fiscal HOMOLOGADO Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo NO FISCAL ). Facturas A, B o C. Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden correspondiente;

130 Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa. Cierre electrónico de lotes: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas). Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel. Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto, presentación y lote. No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel. MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema. Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el Resumen de Facturación general (ver punto 15). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre el Cierre de Lotes que emite el sistema. Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 15). Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente: Todas las recetas de ACA SALUD no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan MIXTO. Es decir que estas liquidaciones MANUALES no deben separarse por porcentaje de descuento. El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la prescripción en forma manuscrita. Estos importes deben figurar en la Planilla de Liquidación, así como en el RESUMEN DE FACTURACIÓN, identificando el lote como PLAN MIXTO. Asimismo el Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA) que presenta su Farmacia, de igual modo que figuran las recetas sin validación on line. Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de ACA SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de ACA SALUD ( Plan MIXTO MANUAL ) Atención Colegios, Cámaras y/o agrupaciones farmacéuticas: En el Resumen de Presentaciones por Farmacia deberá indicarse por separado las recetas procesadas ON LINE y las que no lo están. Atención de Consultas:

131 Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA al (011) Fax: (011) info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas. Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo electrónico a validaciones@csf.com.ar indicando en el titulo la palabra Problema más el código de su Farmacia. Muestra de recetario Plan Materno Cabe aclarar que también son válidos los recetarios en tinta color verde. Transacciones On Line Rechazadas: Si la transacción resulta RECHAZADA ver en el comprobante el/los motivos del rechazo. Ejemplos: "Requiere intervención médica de Aca Salud": Debe intervenir Aca Salud previamente, evite el expendio. MUY IMPORTANTE: Entregue el comprobante donde consta el motivo del rechazo y número de transacción al asociado para que complete el trámite en Aca Salud. Prestación anulada : Si uno de los medicamentos ingresados en una receta no está cubierto o requiere intervención de Aca Salud para su expendio, la autorización se rechaza en su totalidad. Por lo tanto, al resto de medicamentos que comparten dicha transacción le anula la autorización. Afiliado no habilitado (B) : Asociado No habilitado al consumo. La prescripción está vencida : Viola norma de validez de la receta (ver punto 4).

132 34 OSPLAD FARMANEXUS Descuentos: AMBULATORIO 40% PLAN MATERNO INFANTIL 100% 1.3. CRONICOS 70% 1.4. ANTICONCENCEPTIVOS 100% Los descuentos mencionados se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM que se adjunta. Cuando se prescribe una marca no incluida en el vademécum la farmacia debe sustituirla por otra que figure en el mismo (que contenga el mismo principio activo, concentración y forma farmacéutica). Cuando se prescribe por principio activo la farmacia debe expender la marca que figura en el vademécum (que contenga el principio activo, concentración y forma farmacéutica indicados). Si hubiere una marca sugerida por el profesional, la farmacia debe expender la misma, en caso de no haber sugerencia alguna ofrecerá al beneficiario todas las alternativas disponibles para ese principio activo y presentación. Habilitación del beneficiario: Credencial (según muestra) Documento de Identidad (DNI, LC, LE) Recetario: Tipo de recetario: Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Oficial de la Obra Social o con el Membrete del Hospital Publico. Nombre y apellido del Beneficiario Número de Beneficiario (Cuando en una receta el Nº de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe aclararlo al dorso en forma correcta, indicando junto al Nº consignado por el medico la frase VER AL DORSO.El beneficiario debe firmar nuevamente como muestra de conformidad). Medicamentos recetados y cantidad de cada uno (en caso de ausencia de la cantidad se expenderá solamente uno).la prescripción debe contener el nombre del principio activo o DCI con dosis y forma farmacéutica pudiendo consignarse seguidamente el nombre comercial sugerido. LA RECETA NO

133 PODRA CONTENER SOLAMENTE EL NOMBRE COMERCIAL DEL PRODUCTO. Firma y sello con número de matrícula del profesional. Fecha de prescripción Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el medico con sello y firma. Recetas con autorización previa firmadas por DR Norberto Isjaqui; comunicarse para validarlas al call center de Farmanexus para CABA y BUENOS AIRES para el interior del país al PMI 100% de descuento para la madre desde el momento de la detección del embarazo y hasta 30 días posteriores al parto y para el recién nacido hasta el año de vida sobre los productos incluidos en el vademécum, deberán presentar la siguiente documentación: Las mujeres embarazadas deberán concurrir a la farmacia con la receta, el carnet y copia del certificado de embarazo (tienen que dejar una copia del mismo). Los menores de 1 año, el responsable debe ir con la receta, el carnet y el certificado de nacimiento (tienen que dejar una copia del mismo), para poder recibir el descuento del 100% en la medicación. Validez de la receta: Para la Venta: El día de la prescripción y los 15 días siguientes. Para la Presentación: 60 días a partir de la fecha de venta. Topes de cobertura: Límites de cantidades: Cantidad de renglones: Por receta Limites de tamaño 2(dos) Hasta 2 (dos) envases HASTA 2(DOS) DEL TAMAÑO QUE FIGURE EN VADEMECUM POR RENGLON. Téngase en cuenta que solamente se puede expender dos productos por receta. Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar MONODOSIS Hasta 5 (cinco) por receta. MULTIDOSIS Hasta 1 (uno) por receta. Psicofármacos: Otras especificaciones: El profesional debe confeccionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. Cuando el médico: Debe entregarse: No especifica cantidades El envase de menor contenido. Sólo indica la palabra grande La presentación siguiente a la menor. Equivoca la cantidad y/o contenido El tamaño inmediato inferior al indicado. Medicamentos Faltantes: Si por cualquier motivo en la farmacia faltan el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 48 Hs. De haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez haya transcurrido dicho plaza. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: Código de farmacia Fecha de venta; Sigla S/T, si correspondiera. Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; Ticket de venta, copia o factura manual Las correcciones y enmiendas sobre datos de filiación del paciente deberán ser salvadas por el farmacéutico con su sello y firma. De existir alguna enmienda hecha por la farmacia en los importes de la receta, ésta deberá estar salvada con la firma del afiliado y consignar la aclaración del error cometido, al dorso de la receta. Los cambios evidentes en la tinta o letra que detalla los importes a cargo de Obra Social y/o del afiliado, así como la fecha de venta y las enmiendas en el número de orden, deberán estar salvados convenientemente por el farmacéutico. Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden correspondiente; Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, Adheridos con cinta adhesiva ó goma de pegar (no utilizar abrochadora, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Forma de Validación

134 Con la receta a validar en mano, ingresar los datos solicitados. Ingresar a la página Web de Farmanexus. ( donde al ingresar su usuario y contraseña encontrara la opción de menú: Validación Recetas Ambulatorias.Anotar en la receta el código de validación emitido por el sistema. De no contar con conexión Internet llamar al (FARMA), o (CABA y Gran Buenos Aires) con la receta en la mano e informar a la operadora los datos de la misma. Anotar en la receta el código de validación informado por la operadora de nuestro de Centro de Atención al Usuario. Forma de Reintegro Pago con un deposito bancario a los 45 días de realizada la presentación. Remisión de Recetas - Causas de Debito: Las recetas deberán ser remitidas del 1 al 07 de cada mes a nuestras oficinas sito en Teniente Juan Domingo Perón º 7º CABA.(CP. 1037). Las mismas deberán venir separadas según banda de cobertura 40% - PMI (100%) por cada plan deberán colocar la carátula de presentación. La falta de remisión de las recetas completas según las indicaciones descriptas precedentemente en estas normas, serán causa suficiente para que Farmanexus produzca el ajuste correspondiente.

135 35 Fecha de Vigencia: 01/07/2012 Fecha última modificación: 03/07/2013 MEDIFE ASOCIACION CIVIL 1. AMBITO DE APLICACIÓN: Todo el país 2. DESCUENTOS Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. Plan: A cargo del afiliado: A cargo de la entidad: Ambulatorio 25%, 30%, 50%, 60% 40%, 50%, 70%, 75% PMI 0% 100% Crónicos 30% 70% Ver Detalle de Planes en Anexo 2 3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES Recetario Convencional: Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales El Plan MF101 utiliza recetarios propios. En el caso de uso de recetario particular debe ser autorizado por Auditoría Médica de Medife. No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de Hospitales Públicos. Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el sello y firma del profesional prescriptor sea en original. No se aceptan fotocopias de recetas. Datos contenidos en la Denominación de la entidad receta: Nombre del profesional o institución (Los datos manuscritos Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación por el Fecha de emisión de la receta. profesional deberán Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún presentar la misma tinta figurando las recetas impresas con los datos del profesional). tanto en la prescripción Detalle de los medicamentos como en la firma) Cantidades de los medicamentos en números y letras Leyenda Tratamiento Prolongado, si corresponde. Validez 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. a) para la venta: b) para la presentación: 60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. c) Para la refacturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA. Cantidad máxima de Tratamiento Normal: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y Medicamentos y de hasta 1 (uno) envase por renglón. envases por receta: Tratamiento Prolongado: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 2 (dos) envases por renglón. Contenidos máximos de Tamaño especificado: Lo requerido en la receta. cada medicamento según Tamaño no especificado: Vender la menor presentación. su tamaño: Especifica grande : Vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. Antibióticos inyectables: Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta. Psicofármacos: Lista II (receta oficial): Receta de Salud Pública No se aceptan fotocopias de recetas. Lista III y IV ( receta Receta adjunta de la institución. Receta oficial por duplicado, con sello y firma archivada): del médico, aún estando el sello impreso.

136 4. EQUISITOS DEL AFILIADO: Deberá presentar: Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales) Receta correspondiente. Deberá verificarse: Existencia del afiliado en el padrón 5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO: La farmacia deberá cumplimentar lo sgte.: 6. ENMIENDAS: Recordar: Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos. Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo: Fecha de dispensación Detalle de los medicamentos entregados Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta. De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura. De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos datos solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también la copia del Ticket Fiscal o Factura. Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al dorso de la receta. Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma. 7. VALIDACION ON LINE: Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan una autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual. Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor, fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación on line con la receta física. Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en su próxima compra. Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al (Capital) ó al (Interior) 8. AUTORIZACIONES: Importante: Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono ( 011) , de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número (011) Centro de Servicios al cliente de Medife: Atención las 24 horas, todos los días. Consultar listado de auditores habilitados para autorizar medicamentos en Anexo INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD: INCLUSIONES : Consultar listado de productos cubiertos que se actualizará mensualmente y se publicará en la página web de Farmalink ( EXCLUSIONES GENERALES: Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura podrá ser dispensado únicamente con una autorización de la Entidad. La receta al momento de la presentación deberá traer adjunta dicha autorización. 2

137 ANEXOS Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes: Nueva credencial (vigente a partir del 01/10/12) Reemplazará progresivamente a las credenciales anteriores de los planes Bronce, Plata y Oro 3

138 Anexo 2: Detalle de Planes y Descuentos. Plan Cobertura AZUL 40% VERDE 40% BLANCO 40% M40 40% M40 APS 40% 30 MF101 21GR1 40% % 31 I 31 C 40% 31 IC 35 GR 40% MEDIFE FIAT (En farmacias contratadas) 75% MEDIFE AC CONCER 50% ORO 40% PLATA 40% BRONCE 40% TITANIO 40% COBRE 40% NIQUEL 40% PLATINUM 40% PLATINUM (Convenio 70% Especial) Otras coberturas: PLAN MATERNO INFANTIL (PMI) 100% de cobertura con credencial PMI vigente, con o sin recetarios propios.

139 36 Fecha de Vigencia: 01/07/2012 SWISS MEDICAL MEDICINA PRIVADA - QUALITAS- MEDICIEN- NUBIAL- APSOT- FSST- DOCTHOS SMG LIFE 1. AMBITO DE APLICACIÓN: Todo el país 2. DESCUENTOS Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. Plan: A cargo del afiliado: A cargo de la entidad: Ambulatorio 60% 40% Planes Docthos Descuento según credencial Apsot y FSST 50% 50% PMI 0% 100% PMO 30% 70% Ver Detalle de Planes en Anexo 3 REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES Recetario Convencional: Datos contenidos en la receta: (Los datos manuscritos por el profesional deberán presentar la misma tinta tanto en la prescripción como en la firma) Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de Hospitales Públicos. Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el sello y firma del profesional prescriptor sea en original. No se aceptan fotocopias de recetas. Denominación de la entidad Nombre del profesional o institución Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación (número de afiliado completo de 19 dígitos. Planes Apsot y Fsst: 11 dígitos). Fecha de emisión de la receta. Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún figurando las recetas impresas con los datos del profesional). Detalle de los medicamentos Cantidades de los medicamentos en números y letras Validez 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. a) para la venta: b) para la presentación: 60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. c) Para la refacturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA. Cantidad máxima de Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 2 (dos) envases Medicamentos y de por renglón. envases por receta: Contenidos máximos de Tamaño especificado: Lo requerido en la receta. cada medicamento según Tamaño no especificado: Vender la menor presentación. su tamaño: Especifica grande : Vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. Antibióticos inyectables: Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta. Psicofármacos: Lista II (receta oficial): Receta de Salud Pública

140 No se aceptan fotocopias de Receta adjunta de la institución. 1

141 recetas. Lista III y IV ( receta Receta oficial por duplicado, con sello y firma archivada): del médico, aún estando el sello impreso. 4. REQUISITOS DEL AFILIADO: Deberá presentar: Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales) Receta correspondiente. Deberá verificarse: Existencia del afiliado en el padrón 5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO: La farmacia deberá Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el cumplimentar lo sgte.: troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos. Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo: Fecha de dispensación Detalle de los medicamentos entregados Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta. En el supuesto que se verifique que los datos de identificación del comprador no se ajusten a la realidad, SMMP se reserva el derecho a debitar las prestaciones objetadas aún cuando éstas hayan sido previamente abonadas. De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura. De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos datos solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también la copia del Ticket Fiscal o Factura. Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al dorso de la receta. 6. ENMIENDAS: Recordar: Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. No se aceptarán recetas cuya caligrafía y/o tinta de la prescripción se perciban adulteradas y no se encuentren salvadas por el médico. Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma. Si el número de credencial del afiliado indicado en la receta constara ilegible, incompleto, errado o enmendado, la farmacia podrá salvarlo capturando los datos de la credencial y firmando y sellando al dorso. El afiliado deberá firmar la conformidad. 7. VALIDACION ON LINE: Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan una autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual. Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor, fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación on line con la receta física. Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en su próxima compra. Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al (Capital) ó al (Interior) 8. AUTORIZACIONES:

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143 Importante: Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono (011) , de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número (011) Centro de Atención a Prestadores de SMMP: En los casos en que el número de afiliado de APSOT, APSOT Básico y/o FSST no se encuentre incluido en el padrón vigente al momento de la venta, se deberá comunicar con APSOT al de Lunes a Viernes de 8 a 20 hs. 9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD: INCLUSIONES: EXCLUSIONES GENERALES: Consultar listado de Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura podrá productos cubiertos ser dispensado únicamente con una autorización de la Entidad. La que se actualizará receta al momento de la presentación deberá traer adjunta dicha mensualmente y se autorización. publicará en la página web de Farmalink ( 3

144 ANEXOS Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes Cred. Swiss Plata Cred. Plata SMG Santander Cred. Qualitas Premium Cred. SMG Oro Cred. Qualitas Gris Cred. Nubial Clásica Cred. Nubial Quality Cred. PMI Cred. SMG Life Cred, Docthos Básico Cred. Docthos Family Cred. Docthos Global Cred. Docthos Grupo Salud Cred. Docthos Plus Cred. Docthos Premium 4

145 Modelos de Credenciales FSST y APSOT: Anexo 2: Modelo de Recetario APSOT 5

146 Anexo 3: Detalle de Planes y descuentos. 6

147 Otras coberturas: PLAN MEDICO OBLIGATORIO (PMO) CITOSTÁTICOS MEDICACIÓN ANTIRETRO-VIRAL PLAN DIABÉTICOS Cobertura 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia. Cobertura 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia. Insulinas y jeringas: cobertura 100% con autorización de SMMP. Hipoglucemiantes orales, tiras reactivas y lancetas: 70% con autorización de SMMP. DISCAPACIDAD Las autorizaciones llevarán los siguientes datos: -Número de autorización -Fecha de autorización -Detalle de la medicación prescripta por el médico en la receta. En caso de existir diferencias, SIEMPRE tomar como válido el medicamento de la receta. -Firma y aclaración del autorizante Cobertura 100% con autorización de SMMP. PLAN MATERNO INFANTIL (PMI) PLAN MATERNAL 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia solo para las recetas que no puedan validarse on line. PLAN INFANTIL 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia solo para las recetas que no puedan validarse on line. P.M.I. 100% sólo con bono de PMI (ver Recetario Apsot en Anexo 2) APSOT y FSST

148 37 SANCOR SALUD-COMPAÑIA Vigente a partir del 1º de Agosto de ATENCIÓN: Las identifican los puntos que deben procesarse OBLIGATORIAMENTE en el momento de la venta a través del sistema de validación ingresando en o bien mediante los sistemas de facturación integrados. En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse obligatoriamente utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin. Aclaración: El CIERRE DE LOTES electrónico es OBLIGATORIO. SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 16). Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de SANCOR SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de SANCOR SALUD ( Plan MIXTO MANUAL ) Descuentos Cobertura Principal: Planes Convenios General Coberturas PMI (punto 11) Antiartrósicos Crónic os (punto 12) SANCOR 500 (*) SANCOR 560 C PLATINO SANCOR 1000 SANCOR 2000 SANCOR 3000 SANCOR 4000 SANCOR 4065 SANCOR SALUD SANCOR SALUD SANCOR SALUD 40% 100% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) 60% Según Vademécum exclusivo Plan C 40% Resto de los productos excepto Listado de Exclusiones (Anexo IA) Todo el país (excepto CABA, Gran Buenos Aires y Pcia. de Buenos Aires) 40% 100% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) 100% Resto de los productos excepto Listado de Exclusiones (Anexo IA) 100% No posee cobertura No posee cobertura 40% ó 50% (según la región) Según Vademécum 70% ó 100 % Según Vadem écum Crónic os (Anex o IC)

149 Exclusivamente CABA, Gran Buenos Aires y Pcia. de Buenos Aires 50% Antiartrósicos (Anexo IE) Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) SANCOR P (CREDENCIAL DORADA) SANCOR SALUD 60% 100% 50% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) Según Vademécum Antiartrósicos (Anexo IE) SANCOR 1000 SANCOR 2000 SANCOR 3000 SANCOR 3000 E SANCOR 4000 CORPORATIVOS 40% 50% ó 60% 100% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) 40% 50% ó 60% Según Vademécum Antiartrósicos (Anexo IE) C (*) OSPERSAAMS OSSACRA C PLUS 40% Según Vademécum exclusivo Plan C 100% Según Vademécum PMI 60% Según Vademécum exclusivo Plan C (Anexo ID) No posee cobertura (*) Planes SIN cobertura en la localidad de San Francisco (Pcia. de Córdoba) debido a que SanCor Salud canaliza estos asociados a través de un circuito especial. E s t a s r e c e t a s N O S E V A L I D A N e l e c t r ó n i c a m e n t e : Coberturas Planes Convenios Recetario General PMI (Punto 11) Antiartrósicos Crónic os (Punto 12) AMPS A4000 A3000 A2000 SANCOR 4000 SANCOR 3000 SANCOR 2000 Todo Tipo A1000 SANCOR 1000 Todo Tipo A500 AMCC SANCOR 500 SANCOR C 40% 100% 40% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) Vademécum Antiartrósicos (Anexo IE) 35% 100% 35% Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) Vademécum Antiartrósicos (Anexo IE) Todo Tipo 35% 100% No posee cobertura 70% ó 100 % Según Vadem écum Crónic os (Anexo IC)

150 AMADH AMJUB ADHERENTE JUBILADOS Según Listado de Exclusiones (Anexo IA) Descuento Cobertura por Coseguro: AMPS como Cobertura Complementaria E s t a s r e c e t a s N O S E V A L I D A N e l e c t r ó n i c a m e n t e : - Cuando el socio cuenta con una obra social principal y cobertura AMPS como complemento, se suman los descuentos de ambas coberturas: debe aplicarse un 35% ó 40% adicional (según el caso) al descuento que haya recibido el paciente a través de su obra social principal. - Cuando el afiliado figura en el padrón con cobertura de AMPS y de SanCor Salud se suman los descuentos de ambas coberturas. En estos casos deben aplicarse las reglas del plan principal. Cabe aclarar que cuando la suma de ambos descuentos supere el 100% debe aplicarse el descuento necesario para llegar al 100% (Por ej. si el descuento de la obra social principal es del 70%, el de SanCor debe ser del 30%). Cobertura Complementaria SanCor P (Credencial Dorada) En caso que el socio cuente con una obra social principal y la credencial dorada de SanCor como complemento, se suman los descuentos de ambas coberturas: debe aplicarse un 50% adicional al descuento que haya recibido el paciente a través de su obra social principal. Asimismo, cuando la suma de ambos descuentos supere el 100% debe aplicarse el descuento necesario para llegar al 100% (Por ej. si el descuento de la obra social principal es del 70%, el de SanCor debe ser del 30%). Cabe aclarar que los socios que no poseen credencial dorada y/o cobertura AMPS no pueden utilizar su cobertura como adicional de otra obra social. Requisitos para la correcta liquidación a Compañía de recetas con Cobertura por Coseguro: Estas recetas NO se validan electrónicamente. Adjuntar copia de la receta principal y del ticket de venta. La FIRMA del BENEFICIARIO SIEMPRE debe figurar en ORIGINAL junto a los valores aplicados PARA EL COSEGURO en prueba de conformidad, indicando además aclaración y número de documento de identidad. NO es válida sólo la fotocopia de la firma en conformidad por el descuento de la obra social principal. En la fotocopia de la receta de la obra social principal deben visualizarse claramente los troqueles correspondientes y el descuento aplicado (para dicha cobertura). Su farmacia debe agregar el número de beneficiario de SanCor en la fotocopia de la receta para su presentación en Compañía. Descuentos Cobertura en Internación: E s t a s r e c e t a s N O S E V A L I D A N e l e c t r ó n i c a m e n t e : INTERNACIÓN Planes Convenios Recetario TODOS LOS CONVENIOS Descuento Cobertura Anticonceptivos: De todo tipo (Particular o de Instituciones) con leyenda Paciente Internado General Coberturas PMI (Punto 11) Crónic os (Punto 12) 100% (según Listado de Exclusiones Anexo IA) Habilitación del Beneficiario: Productos Cubiertos: Según validación online o bien mediante Credencial de Paciente Crónico (según muestra) en la que figuran los productos autorizados (que también se validan electrónicamente). Según validación online, o bien los indicados en la credencial e incluidos en el Vademécum Crónicos (Anexo IC) que se validan

151 Descuento: 40%, 50%, 60% ó 100% según indique el sistema de validación online. Límites de cantidades: Igual al resto de los planes. Cobertura Vacunas Antigripales: E s t a s r e c e t a s N O S E V A L I D A N e l e c t r ó n i c a m e n t e Habilitación del Beneficiario: Debe figurar en el Archivo de Beneficiarios vigente. Formulario Especial de Vacunas Antigripales (según muestra). Particularidades del formulario: No requiere autorización previa por parte de la Entidad (Formulario F4). Recetario: Validez del formulario: Productos Cubiertos: Descuento: Habilitación del beneficiario: Credencial (según muestra). Según Validación On Line: Según Archivo de Beneficiarios: Sólo cuenta con fecha de vencimiento. Es decir, no tiene fechas de prescripción ni de emisión. No es necesario que esté acompañado por la prescripción original correspondiente. Por lo tanto, el troquel correspondiente debe adjuntarse en el Formulario en cuestión. Hasta la fecha de vencimiento que indica el recetario. El beneficiario debe elegir la marca comercial y firmar la dispensa en conformidad. Lo que indique el formulario. Debe ingresarse de corrido el número de grupo familiar y los dos dígitos del integrante, sin barras ni espacios en blanco. No se deben cargar los 0 a la izquierda ya que al hacerlo, el sistema lo rechaza. Para las recetas que no se procesan on line (AMPS, autorizaciones especiales, leches e Internación), se debe controlar que el beneficiario figure en el listado de habilitados que se emite cada mes. ATENCIÓN: Si el afiliado plantea inconvenientes por figurar inhabilitado o fuera de padrón, la Farmacia podrá realizar la dispensa si el afiliado presenta un Formulario de Autorización F4 (Formulario Único). Documento de Identidad (DNI, LC, LE). No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. Recetario: Tipo de recetario: De todo tipo (Particular o de Instituciones) (*) (*) La farmacia debe indicar además el Número de Validación que le brinda el sistema ya sea en la receta, en el ticket o bien preimpreso en el ticket. Asimismo el beneficiario o quien retira los medicamentos debe indicar su conformidad colocando su firma, aclaración y número de documento de identidad. Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Atención: Dichos datos son válidos también si figuran en forma preimpresa en la receta, excepto la firma del profesional que en todos los casos debe ser original de puño y letra: Nombre y apellido del paciente; Número de afiliado (*) DIAGNÓSTICO (**) Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca sugerida incluida en el Vademécum; Cantidad de cada medicamento; Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción; (*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y

152 correcta, indicando junto al número consignado por el médico la frase ver al dorso. El beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad. Validez de la receta: (**) El requisito de Diagnóstico NO es obligatorio para aquellas farmacias ubicadas en Cdad. de Buenos Aires, Gran Buenos Aires y Provincia de Tierra del Fuego. Por lo tanto, en dichas zonas, su ausencia no es motivo de débito. GENERAL: El día de la prescripción y los 15 días siguientes. AMPS: El día de la prescripción y los 15 días siguientes. INTERNACIÓN: El día de la prescripción y los 5 días siguientes. Topes de cobertura: Límites de cantidades: Sin Tratamiento Prolongado Renglones por receta: Envases por renglón: Hasta 2 (dos) de distinto principio activo o de igual principio activo pero distinta forma farmacéutica. Hasta 1 (uno) grande o 2 (dos) chicos en un solo y único renglón por receta y hasta 1 (uno) chico en el renglón restante. Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco) ampolla. Envases de más de 1 (una) ampolla o El menor número posible de frasco ampolla. envases hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por ejemplo: si el producto se presenta en envases de 2 ampollas, pueden expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis) ampollas. AMPS: Igual al resto de lo planes (puntos 9.1 y 9.2) INTERNACIÓN: Psicofármacos: Otras especificaciones: Productos Cubiertos: SIN LÍMITES El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: Debe entregarse: No especifica cantidades El envase de menor contenido. Sólo indica la palabra grande La presentación siguiente a la menor. Equivoca la cantidad y/o contenido El tamaño inmediato inferior al indicado. Los descuentos mencionados en los puntos 1, 2 y 3 se aplicarán sobre las especialidades medicinales comprendidas en el Manual Farmacéutico o similares, teniendo en cuenta las coberturas allí indicadas en cada caso. Asimismo solicitamos tener en cuenta lo siguiente: Planes que operan según Listado de Exclusiones (Anexo IA): Procesamiento Aclaración: - Ver las 2 solapas del archivo Excel remitido. Los productos que requieren autorización (2º solapa) no se procesan electrónicamente. - Las vacunas NO requieren previa autorización. Cuentan con cobertura al descuento del plan (40%, 50%, 60%), aún para el caso de Plan Materno Infantil. - Las siguientes Acciones Farmacológicas cuentan con 100% de cobertura, sin requerir previa autorización. Acción Nº Medio de contraste No iónico Acción Nº Contraste radiológico Al ingresar el identificador del producto (troquel o código de barras) en el sistema, no se deben cargar los 0 a la izquierda, ya que al hacerlo el sistema lo rechaza.

153 Plan Materno Infantil: IMPORTANTE: Aquellos productos identificados como AP, tanto en el Listado de Exclusiones como en el Vademécum, deben contar con Autorización Previa de SanCor y no deben validarse. Habilitación del Beneficiario: Según validación On Según validación On Line, de acuerdo a cada plan (Exclusiones, Anexo IA Vademécum PMI, Anexo ID). Productos Cubiertos: Para el caso de los planes según Listado de Exclusiones (Anexo IA), cabe aclarar que las vacunas NO requieren previa autorización. Cuentan con cobertura al descuento del plan (40%, 50%, 60%), aún para el caso de Plan Materno Infantil. Planes según Listado de Exclusiones (Anexo IA) Leches: Únicamente con Autorización Previa de Sancor mediante el Formulario de Autorización Nro. 4 (No se Validan electrónicamente) Límites de cantidades: Pacientes con Patologías Crónicas: Habilitación del Beneficiario: Recetario: Productos Cubiertos: Planes según Vademécum PMI (Anexo ID) Leches y vacunas: Únicamente con Autorización Previa de Sancor mediante el Formulario de Autorización Nro. 4 (No se Validan electrónicamente) Medicamentos: Igual al resto de los planes. Leches: la cantidad que autorice la entidad en el Formulario de Autorización. (No se Validan electrónicamente) Credencial de paciente crónico según muestra, en la que figuran los productos autorizados. Se controla a través de la validación On Line. Recetario habitual (punto 7.1) o bien en Formulario Especial para Patologías Crónicas (según muestra) que descarga el beneficiario vía web según empadronamiento crónico. Ninguno de ellos requiere previa autorización (F4). Únicamente los productos indicados en la credencial e incluidos en el Vademécum Crónicos (Anexo IC), que se Descuento: 70% ó 100% sobre Precio de Venta al Público (PVP) según indique el Sistema de Validación On-Line. Límites de cantidades: Autorizaciones Especiales: Recetario habitual: Igual al resto de los planes Formulario especial: 1 (un) envase de cada producto detallado. E s t a s r e c e t a s N O S E V A L I D A N e l e c t r ó n i c a m e n t e Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos (por ejemplo, productos no cubiertos, límites de cantidades, afiliados inhabilitados, etc.), cuando se encuentren autorizadas por SanCor mediante el Formulario de Autorización Nro. 4 (según muestra punto 21). En dicho formulario figura la fecha de vencimiento del mismo. Por lo tanto, carece de validez cualquier otro comprobante, documentación o modalidad de autorización diferente a la mencionada. Medicamentos Faltantes:

154 Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta TR: XXXX, o bien puede imprimirse el comprobante que emite el sistema. Fecha de venta; Si la presentación no contiene número de troquel, adjuntar código de barras del mismo; Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) La farmacia deberá adjuntar cualquiera de los comprobantes de Ticket fiscal propiamente dicho. venta detallados: Documento no fiscal HOMOLOGADO Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo NO FISCAL ). Facturas A, B o C. Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración y número de documento de identidad de quien retira los medicamentos; Cierre Electrónico de Lotes: MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema. Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el Resumen de Facturación general (ver punto 17). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre el Cierre de Lotes que emite el sistema. Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de recetas: Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 17). Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente: ATENCIÓN: Las recetas no procesadas electrónicamente (AMPS, autorizaciones especiales, leches e Internación) deben liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía y teniendo en cuenta el Instructivo de Presentación vigente. El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la prescripción en forma manuscrita. En los resúmenes de liquidación y facturaciones se deben volcar los importes correspondientes identificando el plan como MIXTO MANUAL o COSEGURO. El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación online. Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de SANCOR SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de SANCOR SALUD ( Plan MIXTO MANUAL )

155 Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden correspondiente; Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa. Atención de Consultas: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas). Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel. Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto, presentación y lote. No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel. Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo electrónico a validaciones@csf.com.ar indicando en el titulo la palabra Problema más el código de su Farmacia. Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA al (011) Fax: (011) info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas, o bien a nuestra Receptoría de Córdoba al csfcordoba@arnetbiz.com.ar, de Lunes a Viernes de 9 a 18 hs. Muestra de Credenciales: Número de tarjeta (NO de afiliado) Número de asociado y Plan Número de tarjeta (NO de afiliado) Muestra de Formularios Especiales:

156 Formulario Especial de Vacunas Antigripales El porcentaje de cobertura (40%, 50%, 60% ó 100%) será indicado en este campo. Validez del Formulario Formulario Especial Patologías Crónicas El recetario NO requiere previa autorización (Formulario F4), pero debe VALIDARSE OBLIGATORIAMENTE (a través de o bien mediante sistemas de facturación integrados). Caso contrario, es motivo de rechazo del mismo. Los datos de afiliación y prescripción están preimpresos electrónicamente.

157 No es necesario que esté acompañado por la prescripción original correspondiente. Por lo tanto, el troquel correspondiente debe adjuntarse en el recetario en cuestión. Identificación Pacientes Crónicos Corresponde el 70% ó 100% sobre PVP indicado en el Vademécum de Crónicos (Anexo IC) y según el Sistema de Validación Online, inclusive cuando la credencial aún indica 70% sobre precio de referencia.

158 Formulario Nº 4 Prestaciones que requieren autorización previa. Resolución según cada especialidad. Motivo de resolución especialidad no autorizada. Controlar la fecha de vencimiento. NO requiere firma y sello del auditor

159 SANCOR SALUD - VACUNAS ANTIGRIPALES Vacunas antigripales tienen cobertura, presentando FORMULARIO ESPECIAL DE CAMAPAÑA DE VACUNACION ANTIGRIPAL, el porcentaje de cobertura 40% o 100% será indicado en el formulario, asimismo tiene fecha de validez el formulario. Prestar especial atención a las siguientes particularidades de dicho formulario: NO REQUIERE AUTORIZACION PREVIA POR PARTE DE SANCOR NO ES NECESARIO QUE ESTE ACOMPAÑADO POR LA PRESCRIPCION ORIGINAL CORRESPONDIENTE. POR LO TANTO EL TROQUEL CORRESPONDIENTE DEBE ADJUNTARSE EN EL FORMULARIO EN CUESTION. EL AFILIADO DEBE ELEGIR LA MARCA COMERCIAL Y FIRMAR LA DISPENSA EN CONFORMIDAD. NO DEBEN VALIDARSE ELECTRONICAMENTE. DE TODOS MODOS SU FARMACIA DEBE CHEQUEAR LA HABILITACION DEL BENEFICIARIO EN EL ARCHIVO DE HABILITADOS SANCOR SALUD - LISTADO DE PRODUCTOS ANTIARTROSICOS: CON COBERTURA A PARTIR DEL PLANES SANCOR 4000, 4065, 3000,3000 E, 2000, 1000, NO REQUIERE AUTORIZACION PREVIA. VALIDACION ON LINE EFECTUA DICHOC CONTROL.

160 NORMA OPERATIVA Fecha de Vigencia: 16/06/ AMBITO DE APLICACIÓN: OMINT Capital Federal Gran Buenos Aires Interior 3. DESCUENTOS Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. Plan: A cargo del afiliado: A cargo de la entidad: Cerrados 60% 40% (consultar padrones de prestadores habilitados para la prescripción) Abiertos 60% 40% Plan Materno Infantil 0% 100% 3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES Tipo de Recetario: Convencional Datos contenidos en la Denominación de la entidad receta: Nombre y apellido del socio - Número de socio. Las recetas deberán ser Fecha de emisión de la receta. realizadas por el Firma y sello aclaratorio del profesional. Las recetas con membrete del profesional de su puño y profesional donde conste el tipo y número de matrícula podrán no llevar letra. sello médico. Detalle de los medicamentos Cantidades de los medicamentos en números y letras Los datos escritos por el profesional deberán presentar la misma tinta tanto en la prescripción como en la firma. Leyenda Tratamiento Prolongado (en caso de indicar más de un envase de una especialidad medicinal). Validez 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. a) para la venta: b) para la presentación: 60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. Cantidad máxima de Para los socios de la línea O no regirán limitaciones sobre el número de Medicamentos y de especialidades medicinales por receta y número de envases de cada envases por receta: especialidad. Para los socios del resto de las líneas se aceptarán hasta 3 (tres) especialidades medicinales por receta. Tratamiento Normal: se aceptará un envase por cada especialidad Tratamiento Prolongado: se aceptarán hasta 2 (dos) envases por cada especialidad. Será necesaria la inclusión de la leyenda Tratamiento Prolongado (o formas abreviadas de la misma) cada vez que se prescriba más de un envase de una especialidad medicinal. Contenidos máximos de Tamaño especificado: Lo requerido en la receta. cada medicamento según Tamaño no especificado: Vender la menor presentación. su tamaño: Especifica grande : corresponderá entregar el envase de mayor contenido cuando existan dos tamaños y el intermedio cuando existan más de dos. Antibióticos inyectables: Monodosis: hasta 5 (cinco) ampollas individuales por receta. Multidosis: hasta un envase por receta. Psicofármacos: Se deberá proceder de acuerdo a la ley vigente.

161 No se aceptan fotocopias de recetas. Recetas con medicamen- En este caso la receta original acompañará la liquidación de los planes con tos con dos niveles de 100% de cobertura, utilizando fotocopia (con firma original del socio, cobertura en PMI: troqueles, etc.) para la presentación de la liquidación del 40%. 5. REQUISITOS DEL AFILIADO: Deberá presentar: Credencial en vigencia (Ver Anexos: Credenciales) Receta correspondiente. Documento de identidad. Deberá verificarse: Existencia del afiliado en el padrón: 6. Todo socio estará habilitado para adquirir medicamentos siempre que se encuentre incluido en el padrón que la entidad ponga a disposición de las farmacias a través de la página web de Farmalink: 7. Si el socio no se encontrara habilitado dentro del padrón, pero contara con un certificado de habilitación emitido por OMINT, el mismo podrá adquirir medicamentos. En estos casos se deberá adjuntar copia del certificado a la receta. - Si el socio no se encontrara habilitado pero su número de credencial fuese mayor que el último declarado en el padrón de OMINT, el mismo podrá adquirir medicamentos. 9. PLAN MATERNO INFANTIL - En el padrón general de afiliados figurarán los socios habilitados para obtener cobertura del 100% en medicamentos. Aquellos que no se encuentren en el padrón sólo podrán adquirir medicamentos con esa cobertura contra presentación de una carta de habilitación emitida por OMINT. - Se pondrá a disposición de las farmacias un listado mensual de productos con 100% de cobertura en PMI. Todo producto fuera de ese listado requerirá expresa autorización de OMINT para ese nivel de cobertura. (Consultar página web de Farmalink: - Cada vez que se dispense un medicamento con 100% de cobertura se exigirá la presentación de receta debidamente cumplimentada, carnet que acredite la relación del beneficiario con la entidad y DNI que acredite su identidad. Se corroborará además que el socio se encuentre habilitado en el padrón correspondiente o en su defecto se exigirá la presentación de la carta de habilitación emitida por OMINT. Una copia de la carta deberá presentarse junto con la receta. - Para la madre sólo tendrán 100% de cobertura los medicamentos destinados a tratar patologías relacionadas con el embarazo de acuerdo a lo indicado en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Los productos que cumplan con estas condiciones figurarán en el listado antes mencionado. El resto de los medicamentos tendrá la cobertura correspondiente al plan, salvo que OMINT indique algo diferente. - Para el recién nacido y niños hasta el año de vida no tendrán cobertura los medicamentos de forma farmacéutica sólida de administración oral, salvo excepciones previamente establecidas por OMINT. El resto de las formas farmacéuticas tendrán cobertura cuando el preparado se destine a la administración a niños menores de 1 año. Los productos que cumplan con estas condiciones también figurarán en el listado antes mencionado. Todo medicamento no contemplado en la descripción de la cobertura deberá ser previamente autorizado por OMINT. Las leches maternizadas no tendrán cobertura alguna, en tanto las medicamentosas tendrán cobertura establecida en el PMO. 6. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO: La farmacia deberá Pegar o abrochar el troquel con su código de barras o la solapa cumplimentar lo sgte.: identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos. Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. Fecha de dispensación Importes unitarios y totales y porcentaje a cargo de la entidad Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. Firma del asociado y/o de quien retira en su nombre con aclaración Datos a completar por el afiliado o de quien retira en su nombre: número de documento de identidad y dirección Adjuntar a la receta el triplicado del ticket fiscal o la factura de venta Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico. 2

162 7. ENMIENDAS: Recordar: Las correcciones, cambios de tinta y enmiendas a la prescripción deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. El farmacéutico podrá salvar los últimos tres dígitos del número de afiliado si éste estuviese equivocado. 8. AUTORIZACIONES: Importante: Antes de rechazar una receta o por problemas de interpretación de la presente Norma Operativa comunicarse con Farmalink al teléfono (011) , de lunes a viernes de 9 a 18 hs o vía fax al (011) INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD: INCLUSIONES: EXCLUSIONES: consultar Listado detallado de cobertura de productos que se actualizará y publicará mensualmente en la página web de Farmalink ( En el mismo se indica cobertura general y cobertura para PMI Venta libre Fórmulas magistrales y homeopáticas. Envases hospitalarios. Accesorios Consultar Listado detallado de cobertura de productos que se actualizará y publicará mensualmente en la página web de Farmalink. NOTA: hasta no contar con la actualización correspondiente, utilizar el último listado recibido. (embarazada, niño menor de 3 meses y niño mayor de 3 meses hasta el año)

163 39 OSPTV

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168 40 OSPECON

169 INSTRUCTIVO - DROGAS AMBULATORIAS- VIGENCIA: JUNIO 2016 El presente instructivo tiene vigencia a partir de Junio 2016 y deja sin vigencia la norma anterior de vigencia Julio 2015 A. Prescripción por nombre genérico La prescripción de medicamentos deberá hacerse, según establece la ley vigente, por nombre genérico (Ley 25649). En caso de sugerir alguna marca comercial, la misma deberá ajustarse al listado y presentación que figure en la última actualización del Vademécum de Medicamentos Ambulatorios de la Obra Social. B. Llenado del recetario Para que un medicamento sea dispensado por la red de farmacias se deberá completar el recetario oficial con los siguientes datos (sin excepción): Encabezado del recetario oficial Datos filiatorios. - Apellido y Nombre y DNI del paciente - CUIL del titular - Marcar con una cruz el tipo de afiliación del paciente: o O.S.Pe.Con o Monotributista (MON) o Empleada Doméstica (DOM) o Adherente (ADH). - Marcar con una cruz si el paciente correspondiera a alguna de estas poblaciones: o El paciente posee Certificado de Discapacidad vigente (CD). o Si la prescripción fuese para un beneficiario incluido en el Plan Materno Infantil (PMI). En este caso se deberá destacar la Fecha Probable de Parto(FPP) o la Fecha de Nacimiento (FN). - Marcar con una cruz el género que corresponda. Cuerpo del recetario oficial. Requisitos para la prescripción. - Fecha de emisión. - Nombre genérico/monodroga, dosis y presentación comercial, pudiéndose sugerir una marca de Vademécum de Medicamentos Ambulatorios de la Obra Social. - En el caso de las asociaciones se deberá escribir el nombre de al menos una de las monodrogas que la componen con la leyenda + asoc.. - Firma y sello con número de matrícula del profesional que prescribe. - Diagnóstico. Especialidades y envases por receta: - Especialidad por receta: 3 (tres). - Cantidad de envases por especialidad:hasta 2 (dos) envases grandes por especialidad y por receta. - Los envases de las especialidades deben mencionarse en cantidad de comprimidos o mililitros o unidades (No debe colocarse la leyenda envases chicos o grandes).

170 Se deberá tener en cuenta que cuando: - En la receta no se especifican cantidades o tamaño, la farmacia entregara 1 envase en su menor presentación. - Se equivoca la cantidad y/o tamaño o presentación, en la farmacia entregarán el tamaño inmediato inferior al indicado. Recetas inválidas: - Receta que contenga datos ilegibles. - Recetas con enmiendas y tachaduras que no hayan sido convalidadas correctamente con firma y sello del mismo prescriptor. Validez de la receta: 60 (sesenta) días de corridos desde su fecha de emisión.

171 Tipos de descuento A partir de la utilización de este nuevo recetario oficial de la Obra Social, se podrán prescribir distintas especialidades, con distintos descuentos en una misma receta. Ya no se deberá indicar el descuento por escrito. Los porcentajes de descuento para los medicamentos incluidos en este Vademécum, tal como están establecidos en el Plan Médico Obligatorio (PMO), serán los siguientes: COBERTURA DEL 40% Las monodrogas contenidas en esta categoría son de primera, segunda o tercera elección para el tratamiento de problemas agudos o crónicos. El paciente concurrirá a cualquier farmacia de la red y adquirirá el/los medicamento/s recetados abonando el 60% restante. COBERTURA DEL 70% Las monodrogas incluidas en esta categoría son de primera, segunda o tercera elección para el tratamiento de problemas crónicos. El paciente concurrirá a cualquier farmacia de la red y adquirirá estos medicamento/s abonando la diferencia restante. COBERTURA DEL 100% SEGÚN LEY DE DIABETES (Resolución 1156/2014) Las drogas incluidas en esta categoría son: Insulinas, Metformina, Glibenclamida, Glimepirida y Glipizida. Para acceder a esta cobertura el paciente debe presentar la receta correspondiente, y el certificado que acredita su condición de paciente con Diabetes Mellitus. COBERTURA PMI 100% Las beneficiarias embarazadas y los niños menores de un año de edad tienen cobertura del 100% de todas las monodrogas incluidas en este listado. El tiempo de esta cobertura es durante todo el embarazo de la madre y hasta los 30 (treinta) días posteriores a la fecha de parto, y para el niño hasta el primer año de vida. Para acceder a la cobertura la receta debe indicar sin excepción la fecha probable de parto (FPP) de la embarazada o la fecha de nacimiento (FN) del menor. COBERTURA PMO 100% Tendrán cobertura del 100% las siguientes monodrogas, directamente desde la red de farmacias: Dapsona (destinada al tratamiento de la Lepra en cualquiera de sus formas clínicas). Etambutol, Pirazinamida, Isoniacida, Rifampicina y Estreptomicina (Drogas para el tratamiento de la Tuberculosis) COBERTURA 100% SEGUN LEY NACIONAL (SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE): Los anticonceptivos incluidos en esta normativa tendrán cobertura del 100% con autorización previa. AUTORIZACIÓN DE MONODROGAS PARA PACIENTES CON CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD (CD) Las personas con discapacidad deberán tramitar, a través de la carga de expediente, los pedidos de medicamentos adjuntando su correspondiente Certificado de Discapacidad, vigente y actualizado. Se cubrirá al 100% aquellos tratamientos que tengan relación directa con la patología que registra dicho Certificado. RECETARIOS Serán aceptados los recetarios oficiales de Construir Salud con todos los datos mencionados previamente, aunque también se aceptarán con los mismos requerimientos- los recetarios de prestadores externos contratados por Construir Salud y los de prestadores de Urgencias y Atención Domiciliaria, en el formato de receta que estos utilicen.

172 41 SALUD JUJUY PLANES COBERTURAS 1. SALUD JUJUY 50%: cubre el 50% del pvp de los productos incluidos en vademécum PLATA 2. SALUD JUJUY 40%: cubre el 40% del pvp de los productos incluidos en vademécum PLATA 3. SALUD JUJUY 60%: cubre el 60% del pvp de los productos incluidos en vademécum PLATA y el 40% del pvp fuera del vademécum excepto exclusiones 4. SALUD JUJUY PMI: cubre el 100% del pvp de los productos incluidos en vademécum PMI. NORMAS DE ATENCION Tipo de recetario: Oficial de Salud Jujuy Firma y aclaración del profesional prescribiente: Si con sello y numero de matricula. Debe figurar en el padrón de prestadores habilitado. Validez de la receta: 10 (diez) días corridos de prescripción. La receta debe ser prescripta dentro de los 30 días corridos desde la fecha de emisión. Troquelado: si con código de barras en perfecto estado de conservación. Prescripción: por nombre genérico según ley pudiendo el médico sugerir o no, la marca comercial. Cantidad de unidades: si en números y en letras Enmiendas salvadas: si, con firma y sello por el profesional prescribiente (errores en la prescripción) por el farmacéutico y el afiliado (errores en la dispensa) Productos por receta: 2 (dos) Unidades por tamaño: dos chicos o uno chico y uno grande o mediano. Si el profesional indica: "grande": el siguiente al menor Fecha de prescripción, nombre, apellido y n de afiliado si de puño y letra del profesional prescribiente. Ver padrón de afiliados único para todos los planes. Diagnostico: si obligatorio Cie 10 Datos a completar por la farmacia: fecha de venta importes unitarios importe total % a cargo del af. % a cargo de la obra social sello de la farmacia y firma del farmacéutico responsable firma, aclaración, domicilio y documento del afiliado o 3 interviniente obligatorio Reconocimiento de medicamentos Vendas de yeso Placas radiográficas Descartables (perfus y similares) Soluciones parenterales Venta libre no no no no no Antibióticos inyectables monodosis: hasta 5 (cinco) ampollas

173 multidosis: hasta 1 (uno) Adjuntar ticket o copia de comprobante de venta. Se acepta la prescripción por nombre genérico con nombre comercial sugerido o con el nombre genérico solamente respetando siempre las marcas comerciales del vademécum vigente. La farmacia puede sustituir y dispensar una marca comercial de menor valor siempre y cuando la marca de la monodroga prescripta a sustituir figure en el vademécum. Facturación: quincenal Con vademecum Con padrón de prestadores habilitados Con padrón de afiliados habilitados unificado Con padrón de médicos prescriptores habilitados Presentación y forma de liquidación a presentar por farmacia La farmacia deberá confeccionar quincenalmente una liquidación a presentar en Salud Jujuy a través del Colegio Farmacéutico, o podrán ser enviadas personalmente a dicho domicilio o enviadas por correo, 72 hs posteriores al cierre de la quincena correspondiente para aquellas farmacias que no pertenecen a la red del colegio. Dicha liquidación deberá contener carátula por plan con los siguientes datos: a- cantidad de recetas según cobertura b- total facturado según cobertura c- importe a cobrar según cobertura d- comprobante fiscal correspondientes de cada operación en cada receta y con los respectivos troqueles en perfecto estado de conservación e- nombre y código de la farmacia (se recomienda código pami o código interno en caso de no poseer el 1 mencionado) Nota no se aceptan recetas cuya presentación supere 2 ( dos ) periodos inmediatamente posteriores al correspondiente.

174 42 OSFE Vigencia del convenio: 01 de Septiembre de 2010 Vigencia de las normas de dispensación: 18 de febrero de 2016 Red de farmacias: NOA, según distribución geográfica de los afiliados. Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios) Ambulatorio 40% Los descuentos mencionados se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en Alfabeta. Cuando se prescribe una marca que se encuentre en falta, la farmacia debe sustituirla por otra que contenga el mismo principio activo, concentración y forma farmacéutica. Si hubiere una marca sugerida por el profesional, la farmacia debe expender la misma, en caso de no haber sugerencia alguna ofrecerá al beneficiario todas las alternativas disponibles para ese principio activo y presentación. Habilitación del beneficiario: Credencial (según muestra) Documento de Identidad (DNI, LC, LE) Recetario: Tipo de recetario: Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: De todo tipo (Particular o de Instituciones); Nombre y apellido del paciente; Número de afiliado tal como figura en la credencial Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras; se debe recetar por monodroga. Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. Validez de la receta: Para la Venta: El día de la prescripción y los 15 días siguientes. Para la Presentación: 60 días a partir de la fecha de venta. Topes de cobertura: Límites de cantidades: Recetarios Ambulatorios 40% : Descripción: Cantidad de renglones: Cantidad de envases por renglón Cantidad de envases por receta Limites de tamaño 2(dos) Hasta 1 (un) envase Hasta 2 (dos) envases. Hasta 1(un) envase grande por receta. Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar

175 Psicofármacos: Otras especificaciones: Envase de 1 (una) ampolla o frasco ampolla. Envases de más de 1 (una) ampolla o frasco ampolla. Hasta 5 (cinco) por receta. Se considera tamaño grande a los efectos del límite de envases por receta Hasta 2 (dos) por receta. Se considera tamaño chico a los efectos del límite de envases por receta El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: No especifica cantidades Sólo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido Debe entregarse: El envase de menor contenido. La presentación siguiente a la menor. El tamaño inmediato inferior al indicado. Medicamentos Faltantes: Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: Código de farmacia Fecha de venta; Sigla S/T, si correspondiera. Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; Ticket de venta, copia o factura manual; Las correcciones y enmiendas sobre datos de filiación del paciente deberán ser salvadas por el farmacéutico con su sello y firma. De existir alguna enmienda hecha por la farmacia en los importes de la receta, ésta deberá estar salvada con la firma del afiliado y consignar la aclaración del error cometido, al dorso de la receta. Los cambios evidentes en la tinta o letra que detalla los importes a cargo de Obra Social y/o del afiliado, así como la fecha de venta y las enmiendas en el número de orden, deberán estar salvados convenientemente por el farmacéutico. Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden correspondiente; Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Adheridos con cinta adhesiva ó goma de pegar (no utilizar abrochadora, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Forma de Reintegro Según se establece en contrato. Remisión de Recetas - Causas de Debito: Farmacias Colegiadas: Las recetas deberán ser remitidas AL COLEGIO DE FARMACEUTICOS SEGÚN FECHAS ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO. LAS RECETAS SERAN PRESENTADAS A FARMANEXUS DEL 1 AL 7 DE CADA MES. Contratación Directa: deberán ser remitidas a Farmanexus del 1 al 7 de cada mes a Tte. J. D. Perón 1479 piso 3 of. 7, CABA. CP1037. Las mismas deberán venir separadas según banda de cobertura 40%. La falta de remisión de las recetas completas según las indicaciones descriptas precedentemente en estas normas, serán causa suficiente para que Farmanexus produzca el ajuste correspondiente.

176 IMPORTANTE: Es obligación de las farmacias exigir Credencial, Documento de identidad, comprobar afiliado activo contra padrón enviado a la entidad farmacéutica mensualmente.

177 43 OSPEDYC Vigente a partir del 1º de Febrero de Las identifican los puntos que deben procesarse OBLIGATORIAMENTE en el momento de la venta a través del sistema de validación ingresando en o bien mediante los sistemas de facturación integrados. En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse OBLIGATORIAMENTE utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin. Aclaración: El CIERRE DE LOTES electrónico es OBLIGATORIO. SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 16). Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de OSPEDYC ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de OSPEDYC ( Plan MIXTO MANUAL ) Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios) General: 40% ó 50% Plan Materno Infantil: 100% (*) En caso de registrarse diferencias entre las coberturas indicadas en el recetario y el padrón, su Farmacia siempre debe regirse por la información detallada en este último. Habilitación del beneficiario: Credencial (según muestra). Archivo de Beneficiarios: Habilitación del Beneficiario según validación ON LINE (ver punto Los beneficiarios no habilitados según validación on-line pero que presenten la Constancia de Afiliación (según muestra punto 17) deberán ser atendidos normalmente, verificando la fecha de vencimiento al momento del expendio (validez 30 días). Se debe adjuntar copia de la misma a la receta para su presentación en COMPAÑÍA. Cabe aclarar que dicha constancia es válida tanto para el titular como para los integrantes del grupo familiar allí detallados. Documento de Identidad (DNI, LC, LE) No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. Recetario: Oficial de OSPEDYC o UTEDYC. Tipo de recetario: Atención: Sólo son válidos los modelos de recetarios incluidos en el punto 16. No se aceptarán prescripciones efectuadas en otros modelos de recetario aún cuando estén autorizados por la Delegación Regional de OSPEDYC.

178 Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Validez de la receta: Nombre y apellido del paciente; Número de afiliado (*); Diagnóstico (codificado o en letras) en recetarios que cuenten con el casillero para tal fin. NO es obligatorio en modelos que no cuenten con dicho casillero); Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras; Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción (*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando junto al número consignado por el médico la frase ver al dorso. El beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad. El día de la prescripción y los 30 días Topes de cobertura: Límites de cantidades: Renglones por receta: Envases por renglón: Envase por tamaño: Hasta 2 (dos). Los 2 productos deben ser diferentes (NO PODRÁN entregarse 2 (dos) productos de igual nombre comercial, forma, dosis y contenido). Hasta 1 (uno) Hasta 1 grande por receta* *salvo que cuente con autorización previa de OSPEDYC (Ver Tratamiento Prolongado: No rigen límites de cantidades diferentes a los mencionados aún cuando la receta indique la leyenda Tratamiento Prolongado. Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco) por receta. Se considera ampolla. tamaño grande a los efectos del límite de envases por receta Envases de más de 1 (una) ampolla o frasco ampolla. Hasta 2 (dos) por receta. Se considera tamaño chico a los efectos del límite de envases por Psicofármacos: Otras especificaciones: Plan Materno Infantil: El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: No especifica cantidades Sólo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido Debe entregarse: El envase de menor contenido. La presentación siguiente a la menor. El tamaño inmediato inferior al indicado. Oficial de la entidad para PMI (ver muestra punto 16). REQUIERE VALIDACION Recetario: Productos Cubiertos: Resto de los recetarios válidos (ver punto 16) con la leyenda Plan Materno Infantil o PMI indicada de puño y letra del profesional prescriptor: debe ser atendido de acuerdo a la modalidad tradicional, es decir NO DEBE VALIDARSE. Medicamentos: Los incluidos en el Vademécum, identificados como pertenecientes al PMI. NO requiere Autorización Previa para ninguno de los recetarios Leches: Según vademécum, únicamente con Autorización Previa.

179 Límites de cantidades: Igual al resto de los Productos Cubiertos: ATENCIÓN: La cobertura del Plan Materno Infantil NO REQUIERE AUTORIZACIÓN PREVIA DE OSPEDYC CON EXCEPCIÓN DE LAS LECHES. Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM vigente que se valida electrónicamente. Dicho vademécum identifica en la columna Observaciones las siguientes Coberturas: Cobertura General: 40% de descuento. Cobertura según Resolución M.S.310/04: 40% de descuento en su farmacia. En caso de que el afiliado requiera la cobertura establecida en la resolución mencionada, debe derivarse a la Obra Social para su Cobertura Plan Materno Infantil: 100% de descuento con autorización o sin autorización según corresponda. Autorizaciones Especiales: E s t a s r e c e t a s N O S E P R O C E S A N e l e c t r ó n i c a m e n t e Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, pertenecientes al Plan Materno Infantil (ver punto 6) o por límites de cantidades, cuando se hallen autorizadas mediante firma y sello por cualquiera de las siguientes personas: DR. DANIEL MEZZANOTTE (EXCLUSIVAMENTE CIUDAD DE MAR DEL PLATA) DR. RAFAEL PEREDA (EXCLUSIVAMENTE LA PLATA Y GRAN LA PLATA) DR. SILVIO COISSON (EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE CÓRDOBA) DRA. LILIANA BUSTOS (EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE ENTRE RIOS) DR. CARLOS BONZANO DR. FABIO FRANCO DR. JULIO TROCHON CARDASSI DRA. PATRICIA GIMÉNEZ DRA. ROMINA CICINELLI DRA. SOLANGE BAYNAUD DRA. VERÓNICA MÉNDEZ LAFFONT DRA. VERÓNICA PEREYRA DRA. VERÓNICA VIRUEZ Por lo tanto NO son válidas las autorizaciones especiales efectuadas por personas diferentes a las indicadas. Medicamentos Faltantes: Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta TR: XXXX, o bien puede imprimirse el comprobante que emite el sistema. Código de farmacia Fecha de venta; Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo; Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; Ticket de venta, copia o factura manual; Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden

180 Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Sistema de Trazabilidad: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Es obligatorio dar cumplimiento, en los casos que sea aplicable, al Sistema de Trazabilidad establecido en la Res. 435/11 MS y las Disposiciones 3683/11 y 1831/11 ANMAT, ya sea mediante el propio sistema informático de su farmacia o bien de la página web provista al efecto por la ANMAT. Cabe señalar que dicha normativa rige, cuando corresponda, para todas las coberturas de OSPEDYC indicadas en las presentes normas de atención. Cierre Electrónico de Lotes: MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema. No olvide permitir los elementos emergentes (pop-ups) en su navegador de internet para un correcto funcionamiento de la página y de la herramienta de Cierre de Lotes. Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el Resumen de Facturación general (ver punto 13). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre el Cierre de Lotes que emite el sistema. Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 13). Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente: Todas las recetas de OSPEDYC no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan MIXTO. Es decir sin separarlas por porcentaje de descuento. El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la prescripción en forma manuscrita. Estos importes deben figurar en la PLANILLA DE LIQUIDACIÓN, así como en el RESUMEN DE FACTURACIÓN, identificando el lote como PLAN MIXTO. El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación on line. Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de OSPEDYC ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de OSPEDYC ( Plan MIXTO MANUAL ) Atención de Consultas: Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA al (011) Fax: (011) info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas. Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo electrónico a validaciones@csf.com.ar indicando en el titulo la palabra Problema más el código de su Farmacia. Muestra de

181 Frente Dorso Muestras de recetarios:

182

183 RECETARIO PMI QUE REQUIERE VALIDACIÓN ONLINE Muestra de Constancia de Afiliación: Cabe aclarar que dicha constancia es válida tanto para el titular como para los integrantes del grupo familiar allí detallados.

184 Manual de Uso Archivo de Beneficiarios: Detallamos a continuación la información contenida en el Archivo de Beneficiarios Habilitados que se valida electrónicamente: Columna Cantidad de caracteres NÚMERO DE BENEFICIARIO 10 de 10 PORCENTAJE 2 de 2 PMI 3 de 3 Los datos antes mencionados se presentan separados por espacios en blanco, como en el siguiente ejemplo: PMI

185 44 O.SOCIAL DEL PAPEL PLAN COBERTURA VADEMECUM General 50% SI Plan Materno Infantil 100% SI Res. 310 y Coberturas Especiales Indicado en la Autorización de A.P.P.I. HABILITACIÓN DEL BENEFICIARIO DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI Credencial Definitiva o Provisoria. Recibo de sueldo del mes en curso o de alguno de los dos últimos meses. Constancia de afiliación (para el caso de nuevos beneficiarios). No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. TIPO DE RECETARIO Para Plan General: Receta Oficial (Según Modelo), Particular o de Institución. Para Plan Materno Infantil: Oficial (Según Modelo), Particular o de Institución. DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: Denominación de la Obra Social, completa o sigla OSPPC y Q (en caso que el recetario no sea el oficial) Nombre y Apellido del paciente. Número de Afiliado. Medicamento/s prescripto/s y cantidad de cada uno. Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción. Diagnostico. LA AUSENCIA DE CUALQUIERA DE LOS DATOS INDICADOS ANTERIORMENTE ES MOTIVO DE DÉBITO. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. VALIDEZ DE LA RECETA 30 DIAS CORRIDOS LÍMITES DE CANTIDADES POR RECETA: Hasta 2 (dos) envases. POR RENGLÓN (Sin Tratamiento Prolongado): Hasta 1 (un) envase. POR RENGLON (Con Tratamiento Prolongado): Hasta 2 (dos) envases. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases. ANTIBIOTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: El menor número hasta completar cinco ampollas. Por ejemplo si el producto se presenta en envases de dos ampollas, pueden dispensarse 3 envases = 6 ampollas. OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MEDICO No especifica cantidades Solo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido DEBE ENTREGARSE * El envase de menor contenido * La presentación siguiente a la menor * El tamaño inmediato inferior al indicado

186 PSICOFÁRMACOS El profesional debe confeccionar además un segundo recetario según normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia. PLAN MATERNO INFANTIL: Recetario Oficial, particular o de Institución, el Plan da cobertura a la Madre, desde el diagnostico hasta un año posterior al parto. Al niño/a hasta los tres años de edad. LECHES: Solo Medicamentosas y hasta el año de vida del lactante. (Las maternizadas sólo con Autorización de A.P.P.I.) AUTORIZACIONES ESPECIALES IMPORTANTE Las Autorizaciones correspondientes al Plan Materno Infantil, topes de cobertura, establecidos en la Res. 310/04 y demás excepciones a las normas, son válidas únicamente cuando las realice alguna de las siguientes personas, mediante firma y sello en la receta, o bien via fax. CLAUDIA TOMBAZZI DANIEL RAFFIA LUIS RIVERA JORGE ROMERO MARCELO VALLES ROLANDO CONCAS FABIO LOMBARDO LUZ SUAREZ MEDICAMENTOS FALTANTES: Si por cualquier circunstancia en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el medico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA: Troqueles, o Sigla S/T si correspondiera. Las recetas se presentaran sin valorizar, acompañadas por copia del ticket fiscal o comprobante del sistema de facturación firmado por el afiliado. Sello de la farmacia y firma del farmacéutico. Firma y aclaración de quien retira los medicamentos. RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA LA FACTURACION: Las recetas deberán presentarse numeradas en forma correlativa. Adjuntar los troqueles de acuerdo al orden de prescripción, incluyendo el código de barras, adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva), los troqueles deberán encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo, desgaste del material o cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel.

187 45 PREVENCION SALUD Vigente a partir del 1º de Marzo de Las identifican los puntos que deben procesarse OBLIGATORIAMENTE en el momento de la venta a través del sistema de validación ingresando en o bien mediante los sistemas de facturación integrados. En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse OBLIGATORIAMENTE utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin. Aclaración: El CIERRE DE LOTES electrónico es OBLIGATORIO. SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 16). Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de PREVENCION SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de PREVENCION SALUD ( Plan MIXTO MANUAL ) Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios) Planes: BÁSICO A Con Copago (ACC) A1 A2 A3 A4 A5 A6 JOVEN 40%, 50% ó 60% Según Padrón de Beneficiarios que se valida Personal Grupo SanCor Seguros: 70% (TODOS LOS PLANES - Ver punto Plan Materno Infantil: 100% (ver punto 6) Patologías Crónicas: 70% ó 100% (ver punto 7) Anticonceptivos: 100% (ver @

188 Autorizaciones Especiales: Descuento que indique la autorización (ver punto 10) Habilitación del beneficiario: Credencial definitiva o provisoria (según muestras). Aclaración: En la credencial del Plan Joven se indica el plan de origen del beneficiario (A1, A2, A3, etc.). Habilitación del Beneficiario según validación ON LINE. Aclaración Personal del Grupo SanCor Seguros: No poseen credencial especial. Presentarán la credencial habitual del plan de origen (A2, A3, A4, JOVEN, etc), pero en el sistema de validación ON LINE figurarán habilitados con una cobertura general de 70%. Si tuviera Plan Materno Infantil o alguna Patología Crónica con cobertura superior al 70 %, prevalece la de mayor En caso de que el beneficiario no figure habilitado según validación on line pero presente la credencial provisoria (similar a las definitivas pero en papel ver muestra) deberá ser atendido normalmente, adjuntando una copia a la receta para la presentación en COMPAÑÍA. Verificar fecha de vencimiento al momento del expendio. Documento de Identidad (DNI, LC, LE) No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada. Recetario: Tipo de recetario: De todo tipo (Particular o de Instituciones); NO se aceptan recetarios sin membrete (por ejemplo: recetarios en blanco, de publicidad de medicamentos, etc.). - Exclusivamente Bahía Blanca: Son válidos los recetarios sin membrete. Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta: Denominación de la entidad (en caso de que el recetario no sea el oficial de la entidad) (*); Nombre y apellido del paciente; Número de afiliado (*) Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca sugerida incluida en el Vademécum. Se rechazarán recetas que no presenten Principio Activo. (**) Cantidad de cada medicamento; Firma y sello con número de matrícula y aclaración; Fecha de prescripción; (*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre incompleto y/o la denominación de la entidad haya sido omitida por el profesional, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando junto al número consignado por el médico la frase ver al dorso. El beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad. Las correcciones y/o enmiendas relativas a la prescripción médica deberán estar salvadas por profesional con firma y sello. Validez de la receta: (**) Cabe recordar que si el profesional indica una marca sugerida excluida del Vademécum, la farmacia debe efectuar el reemplazo correspondiente, respetando principio activo, concentración y forma farmacéutica. El día de la prescripción y los 30 días Topes de cobertura: Límites de cantidades: Sin Tratamiento Prolongado Con Tratamiento Prolongado (5.2.) Renglones por receta: Hasta 3 (tres) de distinto nombre comercial y genérico Hasta 3 (tres) de distinto nombre comercial y Envases por renglón: Hasta 1 (uno) Hasta 2 (dos)

189 Envase por tamaño: En todos los casos se aceptan hasta 2 (dos) envases grandes POR RECETA. Los restantes envases deben ser chicos o tamaño siguiente al menor. Los envases de tamaño único son considerados chicos. Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase Tratamiento Prolongado, su equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades indicadas en la columna Con Tratamiento Prolongado. Debe indicarse además el tamaño y/o contenido de cada Tratamiento Prolongado: uno por lo que, de omitirse este requisito, sólo se entregará un envase del menor tamaño y/o contenido existente. En estos casos debe indicarse en el sistema de Validación On Line que la receta corresponde a Tratamiento Prolongado. Antibióticos Inyectables: Presentación Entregar Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco) Psicofármacos: Otras especificaciones: Plan Materno Infantil: ampolla. Envases de más de 1 (una) ampolla o frasco ampolla. El menor número posible de envases hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por ejemplo: si el producto se presenta en envases de 2 ampollas, pueden expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis) ampollas. El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que correspondan según normas legales en vigencia. Cuando el médico: No especifica cantidades Sólo indica la palabra grande Equivoca la cantidad y/o contenido Habilitación del Beneficiario con cobertura PMI según validación on line. Debe entregarse: El envase de menor contenido. La presentación siguiente a la menor. El tamaño inmediato inferior Recetario: Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización. Productos Cubiertos: Medicamentos: - Según validación on line. Cabe destacar que la cobertura PMI distingue productos para MADRE o NIÑO. Leches: - Medicamentosas: Requiere previa autorización (ver punto 10). - Maternizadas: Sin Medicamentos: Igual al resto de los planes. Límites de cantidades: Leches: Hasta 4 kg. por receta por mes. Patologías Crónicas: Habilitación del Beneficiario con cobertura Crónicos según validación Recetario: Productos Cubiertos y descuento a aplicar: Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización. 70% ó 100% según lo que indique el sistema de validación on line. ATENCIÓN: - La cobertura de 70% ó 100% (según Vademécum) se aplica únicamente para los principios activos habilitados para cada asociado en el sistema de validación on line. - Los productos para Patologías Crónicas incluidos en el Vademécum pueden ser expendidos al descuento general del beneficiario cuando no figure habilitado para dicho asociado en el sistema de validación on line. - En el caso de pacientes que cuentan con 70% para la cobertura general (Personal Grupo SanCor Seguros), no es necesaria la habilitación para Patologías Crónicas en el sistema de validación on line para acceder a dicho

190 Límites de cantidades: Igual al resto de los Anticonceptivos: Habilitación del Beneficiario con cobertura Anticonceptivos según validación on Recetario: Productos Cubiertos: Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización. 100% según lo que indique el sistema de validación on line. ATENCIÓN: - Los anticonceptivos incluidos en el Vademécum pueden ser expendidos al descuento general del beneficiario cuando éste no se encuentre habilitado para dicha cobertura en el sistema de validación on Límites de cantidades: Igual al resto de los Productos Cubiertos: Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM vigente, cuyos productos deben validarse electrónicamente. Autorizaciones Especiales: E s t a s r e c e t a s N O S E P R O C E S A N e l e c t r ó n i c a m e n t e. Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos y/o Vacunas fuera del Calendario Oficial cuando se hallen autorizadas por la Entidad mediante Formulario de Autorización en ORIGINAL (según Cabe destacar que dicho formulario debe contar OBLIGATORIAMENTE con firma y sello en ORIGINAL de alguna de las siguientes personas: DR. MATÍAS BUFFA DRA. JULIETA SOLEDAD CARDELLINO DRA. EVANGELINA INÉS PATOCO ATENCIÓN: Son válidos UNICAMENTE formularios originales. NO SON VALIDAS las fotocopias, ni faxes ni ningún tipo de reproducción de este formulario. No es necesario que la autorización exprese aclaraciones adicionales (por ejemplo: "vale producto no cubierto", o "vale enmienda"). El Formulario de Autorización siempre debe estar acompañada por la prescripción original correspondiente. Medicamentos Faltantes: Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya

191 transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. Datos a completar por la farmacia: NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta TR: XXXX, o bien puede imprimirse el comprobante que emite el sistema. Fecha de venta; Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo. Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales) La farmacia deberá adjuntar cualquiera de los comprobantes de venta detallados: Ticket fiscal propiamente dicho. Documento no fiscal HOMOLOGADO Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo NO FISCAL ). Facturas A, B o C. Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico; Firma y aclaración de quien retira los medicamentos; Recomendaciones Especiales: Colocar en la receta el número de orden correspondiente; Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: De acuerdo al orden de la prescripción. Incluyendo el código de barras, si lo hubiera. Se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas). Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel. Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto, presentación y lote. No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel. Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa. Atención de Consultas: Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de COMPAÑÍA al (011) Fax: (011) info@csf.com.ar, de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas. Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo electrónico a validaciones@csf.com.ar indicando en el titulo la palabra Problema más el código de su Farmacia. Cierre electrónico

192 MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema. Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el Resumen de Facturación general (ver punto 16). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre el Cierre de Lotes que emite el sistema. Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 16). Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente: Todas las recetas de PREVENCIÓN SALUD no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan MIXTO. Es decir sin separarlas por porcentaje de descuento. El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la prescripción en forma manuscrita. En los resúmenes de liquidación y facturaciones se deben volcar los importes correspondientes identificando el plan como MIXTO. El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación on line. Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE: - presentación ELECTRÓNICA de PREVENCIÓN SALUD ( Plan MIXTO VALIDACIÓN ) - presentación MANUAL de PREVENCIÓN SALUD ( Plan MIXTO MANUAL ) Atención Colegios, Cámaras y/o agrupaciones farmacéuticas: En el Resumen de Presentaciones por Farmacia debe indicarse por separado las recetas procesadas ON LINE y las que no lo están. Muestra de Credenciales:

193 Planes A Con Copago, A1, A2, A3 y A4 Nombre del plan correspondiente Planes A5, A6 y Plan Joven

194 Nombre del plan correspondiente Credencial Provisoria Plan Materno Infantil Nombre del plan correspondiente

195 46 ART.BERKLEY NORMAS DE ATENCION O. SOCIAL: BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. Vigencia 04/5/2000 PORCENTAJES DE COBERTURA PLAN BERKLEY INT. A.R.T. AFILIADO Unico 100 % DEL RECETARIO TIPO DE RECETARIO Receta Particular del Profesional médico: La misma deberá estar acompañada por fotocopia de la denuncia del siniestro y documento de identidad del beneficiario. Si retira un tercero, debe aclarar sus datos en la receta (nombre, DNI,domicilio y tel.) DE LA PRESCRIPCION: CANTIDAD DE Rp: Según receta ANTIBIOTICOS INYECTABLES: Hasta 10 (diez) ampollas. VALIDEZ DE LA RECETA: 7 (siete) días corridos. PRODUCTOS RECONOCIDOS: Todos los que figuran en el Manual Farmacéutico y/o Agenda Kairos y Accesorios Farmacéuticos. Comentarios: ADJUNTO SE ENVIA COPIA DEL MAIL REMITIDO POR LA ART BERKLEY SOLICITANDO SE INSTRUYA A LAS FARMACIAS PARA QUE A LOS ACCIDENTADOS DE ESA ART NO SE LES SOLICITE DENUNCIA DE SINIESTRO. SOLAMENTE SE LES DEBERA REQUERIR LA RECETA CON DATOS PERSONALES, CUIL O NRO. DE DOCUMENTO Y LA EMPRESA PARA LA CUAL PRESTA SERVICIOS.

196 47 ART LA SEGUNDA DESCUENTOS A CARGO DE LA SEGUNDA ART: AMBULATORIO.: 100% (Cien por ciento) DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO DOCUMENTO DE IDENTIDAD RECETARIO CONVENCIONAL DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y CON LA MISMA TINTA: NOMBRE DE LA ART ( LA SEGUNDA ART ) Nombre y Apellido del paciente. Número de DOCUMENTO ó CUIL Número de SINIESTRO Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa cantidad se expenderá solamente uno). Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad. Fecha de prescripción. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. VALIDEZ DE LA RECETA 10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción. LÍMITES DE CANTIDADES CANTIDAD DE RENGLONES:3 (tres). POR RECETA: Hasta 6 (seis) envases. POR RENGLÓN: Hasta 2 (dos) envases. ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases LÍMITES DE TAMAÑOS HASTA 2 (DOS) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN

197 OTRAS ESPECIFICACIONES CUANDO EL MÉDICO No indica tamaño Sólo indica GRANDE Equivoca cantidad MENOR DEBE ENTREGARSE El de menor contenido La tamaño SIGUIENTE AL El tamaño inmediato inferior DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de prescripción. Incluyendo el código de barras. Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras). Número de orden de la receta. Fecha de Venta. Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario) Sello y firma de la farmacia. Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente. Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia. MEDICAMENTOS FALTANTES: Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En los casos que el faltante sea debido a circunstancias del mercado, la farmacia deberá contactar al profesional médico para notificar esta situación. EXCLUSIONES: Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales de venta bajo receta comprendidas en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos. Quedan excluidos los productos que figuran en el listado de GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA,

198 MUY IMPORTANTE Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar autorización al En los casos que se detecte que los productos recetados no se corresponden con la patología del paciente o que ostensiblemente no correspondan a la especialidad del médico prescriptor, informar a la Auditoría Médica de LA SEGUNDA ART, a los teléfonos indicados en el párrafo anterior. El listado de medicamentos adjunto NO ES UN VADEMÉCUM. El mismo se remite a modo informativo e identifica las especialidades medicinales que reciben aporte de sus laboratorios productores. GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA ALIMENTOS ANTIANDROGÉNICOS ANTICONCEPTIVOS ANTIESTROGÉNICOS ANTINEOPÁSICOS COSMÉTICOS DIETÉTICOS DROGAS INMUNOMODULADORAS DROGAS INMUNOSUPRESORAS FÓRMULAS MAGISTRALES HERBORISTERÍA HOMEOPÁTICOS LECHES MEDIOS DE CONTRASTE RADIOLÓGICO ONCOLÓGICOS Y CITOSTÁTICOS PRODUCTOS DE PRESENTACIÓN Y/O USO HOSPITALARIO PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCIÓN SEXUAL MASCULINA (Ej.: Vimax, Sidefil, Lumix, etc.). PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD (Ej.: Xenical). SOLUCIONES PARENTERALES SONDAS / GUIAS PARA SUERO PRODUCTOS DE VENTA LIBRE

199 48 OSPPRA OBRA SOCIAL: OSPPRA Nombre Completo: Obra Social del Personal de Prensa de la República Argentina Nº de CUIT: Cód. de O.S.: Dirección: Solís Capital Federal

200 DESCUENTO: OS: Afiliado: Plan Ambulatorios (1) 40% El resto Plan Patologías Crónicas (2) 70% El resto Plan Medicamentos Especiales (3) 100% ---- Plan Materno Infantil (4) 100% ---- Plan Discapacidad (5) 100% TIPO DE RECETARIO: Oficial: SI (6) Particular, de SAMO, de Sanatorios, Agremiación y Federación: SI Otros: SI VALIDEZ DE LA RECETA: 30 (treinta) días corridos desde su prescripción TROQUELADO: SI (Completo Nº y código de barra) Si no tuviera, colocar solapa de la caja o leyenda sin troquel. FECHA DE EXPENDIO: SI ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº MATRÍC.: Con sello: SI Manuscrito: NO (sólo cuando el sello es ilegible). ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: SI Números: SI ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI Por el Farmacéutico: SI Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI DEL RESUMEN: Planilla: Carátula On Line Cantidad: 1 (una) Presentación: Mensual Facturación: Todos los Planes por separado. COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Provincia de Buenos Aires DE LA PRESCRIPCIÓN: Cantidad Máxima de: PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto principio activo. UNIDADES POR RENGLÓN: 1 (un) sólo producto por renglón. Más de un envase, con leyenda Tratamiento Prolongado. TAMAÑOS POR RECETA: 1 (un) sólo envase grande o mediano por receta, con leyenda Tratamiento Prolongado. Si no indica, dispensar el menor. Antibióticos Inyectables: Multidosis: 1 (uno) Individual: 5 (cinco). RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS: (1) Plan Ambulatorios: Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluyendo droga, concentración y forma farmacéutica, de venta bajo receta y con troquel incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con las siguientes exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico: -Venta Libre -Cosméticos -Antiacnéicos - Antiacnéicos antipruriginoso -Leches Maternizadas -Vacunas (2) Plan Patologías Crónicas: Reconoce para éste Plan, todos los medicamentos prescriptos por nombre genérico, incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, previa autorización de OSPPRA. (3) Plan Medicamentos Especiales: Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con el 100% de cobertura, en receta autorizada por OSPPRA Central. (4) Plan Materno Infantil: Para la madre y el bebé se reconocerán todos los medicamentos incluidos en el Manual Farmacéutico, con cobertura 100%, previa autorización de OSPPRA. No se reconocen leches maternizadas (excepto aquellas que se encuentren autorizadas por OSPPRA). Leches medicamentosas: únicamente en recetas autorizadas por OSPPRA Central. (5) Plan Discapacidad: Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluidos en Manual Farmacéutico, con el 100% de cobertura, en receta autorizada por OSPPRA Central. VALIDO PARA TODOS LOS PLANES: El expendio de todo medicamento cuyo precio de venta al público sea mayor a $400, deberá contar con autorización expresa de OSPPRA Central. IMPORTANTE: La Obra Social podrá autorizar todo expendio que se contraponga con la siguiente Normativa, debiendo efectuar la dispensa con el descuento correspondiente al Plan.

201 OSPPRA Dorso de OBSERVACIONES: (6) El recetario oficial de OSPPRA es impreso en azul y blanco, con leyenda OSPPRA en su margen superior izquierdo. Posee una validez según sello al dorso. Confección de la receta: 1- Fecha de emisión, edad y sexo. 2- Número de beneficiario y categoría (nunca en trámite), ni otro número que no sea el del carnet de OSPPRA. 3- Apellido y Nombre del afiliado. 4- Firma y sello del profesional con número de matrícula. 5- La prescripción del médico, por nombre genérico, debe incluir forma farmacéutica, unidades por envase, concentración. 6- DIAGNOSTICO: Se aceptan siglas de OMS, CIE Igual tinta y letra. 8- Salvados y aclaraciones: deben ser realizados al frente o al dorso de la receta. CARNET DE AFILIACIÓN: El carnet es color azul y blanco con logo de OSPPRA. Quien retira los medicamentos deberá presentar el carnet actualizado de la Obra Social del afiliado titular de la receta. No es válido el carnet Sindical u otra documentación. Al firmar la receta, el afiliado o tercero, aclarará su firma y colocará tipo y número de documento, dirección y teléfono.

202 49 O.S.PERSONAL FOSFORO OBRA SOCIAL: OSPIF Nombre Completo: Obra social del Personal de la Industria del FOSFORO, Encendido, Pirotecnia, Velas y Afines Nº de CUIT: Cód. de O.S.: Dirección: Ing. Marconi 652 Avellaneda (1870) DESCUENTO: O.S Afiliado Plan Común 40%-100% 60% Patologías crónicas (1) 70% 30%---- PMI (2) 100% ---- Hipoglucemiantes (3) 100% ---- Autorizados (3) 100% ---- Oncología (3) 100% ---- TIPO DE RECETARIO: Oficial: No Otros: (4) VALIDEZ DE LA RECETA: 30 días corridos TROQUELADO: SI FECHA DE EXPENDIO: SI ACLARACION FIRMA MEDICO Y Nro. DE MATRICULA: Con sello: SI Manuscrito: NO (salvo que sea ilegible el sello) ACLARACION CANTIDAD DE UNIDADES: Letras: si Números: si ENMIENDAS SALVADAS: Por el Médico: SI (con firma y sello) Por el Farmacéutico: SI (con firma y sello) Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI (con firma de conformidad del afiliado) DEL RESUMEN: Carátula: on line Cantidad: Una Presentación: Mensual Refacturación: COBERTURA DEL SERVICIO: Toda la provincia de Salta. Diciembre 2015 UNIDADES POR TAMAÑO: Un envase grande o mediano de un producto por receta y un envase chico o único de otro producto. Cuando el profesional no indique tamaño, se expenderá el envase menor. Si el profesional equivocara la presentación, se entregará el inmediato anterior. Si no se aclara el tamaño o dosis y sólo indica grande, se le dispensará el tamaño siguiente al menor. Antibióticos inyectables: Monodosis: cinco (05) Multidosis: uno (01) grande por receta RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS: Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, de venta bajo receta que se encuentren incluidos en el Manual Farmacéutico, excepto: Anorexígenos/adelgazantes Fórmulas Magistrales Medicamentos dados de Baja Venta Libre Productos sin troquel Jabones Dentífricos Shampoo Medicamentos homeopáticos Cremas de uso en general (1) Patologías crónicas: se reconocerán los medicamentos que figuran en el listado confeccionado para este plan, realizado en base a la Resolución 310 de la S.S.Salud. No se necesitará autorización alguna, salvo para aquellos productos que no se encuentren dentro del listado. Se presentará además de la receta, el formulario de cronicidad que luego será elevado adjunto para el cobro.

203 DE LA PRESCRIPCION: Cantidad Máxima de: PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA: Hasta dos (2) productos UNIDADES POR RENGLÓN: 2 (dos) (2) PMI: Se deberá presentar certificado de embarazo, DNI del recién nacido o autorización de la Obra Social firmada por el Sr. Clay E. Jara, Dr. Alberto M. Rodriguez o Lic. Victor S. López. Cobertura 100% en medicamentos con las mismas exclusiones que la cobertura común, para la madre desde el diagnóstico de embarazo hasta 30 días posteriores al parto y para el niño hasta el año de vida.

204 OBSERVACIONES: (3) Las recetas deben contar con sello 100% y encontrarse firmada por alguna de las siguientes personas: Clay E. Jara Dr. Alberto M. Rodriguez Lic. Victor S. López (4) Pueden utilizarse cualquier tipo de recetario (propios del profesional, de federaciones médicas, de propaganda médica, de clínicas o sanatorios, etc.). DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL PRESCRIPTOR Y CON LA MISMA TINTA: Nombre y Apellido del paciente. Nº de afiliado. Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. Forma farmacéutica y potencia de cada producto prescripto. Diagnóstico Firma y sello con número de matrícula del profesional. Fecha de prescripción. Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma. No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL BENEFICIARIO: Carnet de Obra Social DNI Recibo de sueldo (Beneficiarios directos Plan Platino) Comprobante de ticket de pago de Monotributo correspondiente al mes previo de la prestación (Monotributistas y beneficiarios directos Plan Bordo) MODELO DE CARNET BENEFICIARIOS DIRECTOS PLAN PLATINO MONOTRIBUTISTAS y BENEFICIARIOS DIRECTOS PLAN BORDO DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA: Adjuntar los troqueles del siguiente modo: Incluyendo el código de barras. Si no tiene troquel, colocar código de barra o la sigla S/T. Adjuntar copia de ticket o presupuesto o comprobante de validación donde consten fecha de dispensa, los precios unitarios y totales, importes a cargo del afiliado caso contrario la receta deberá ser valorizada Sello y firma de la farmacia. La receta debe tener firma y aclaración del afiliado o tercero con DNI y domicilio. Las enmiendas deberán ser salvadas por el farmacéutico y por la persona que retira los medicamentos. Autorizaciones: Se podrán efectuar dispensas que se contrapongan con la presente Norma de atención, siempre y cuando cuenten con la firma del personal habilitado. Ante consulta por los medicamentos que requieran autorización, podrá dirigirse vía mail a info3@ospif.org ó al teléfono opción 1.

PMI2000 PMI2886/2000" PMI

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