CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN: SECUNDARIA OBLIGATORIA, SECUNDARIA DE ADULTOS

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1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN: SECUNDARIA OBLIGATORIA, SECUNDARIA DE ADULTOS SECUNDARIA OBLIGATORIA 1. CRITERIOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo y tendrá en cuenta los diferentes elementos que lo constituyen. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje. La evaluación será diferenciada según las distintas materias del currículo, por lo que observará los progresos del alumnado en cada una de ellas y tendrá como referente las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa. La evaluación continua será realizada por el equipo docente, que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinado por quien ejerza la tutoría. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del departamento de orientación. El profesor o la profesora responsable de cada materia decidirá la calificación de la misma. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos, como los resultados de la intervención educativa. Asimismo, en la evaluación del proceso de aprendizaje de alumnado se considerarán las características propias de éste y el contexto sociocultural del centro. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje (registros, tareas del alumnado, cuaderno de clase, participación, actitud ante la materia, preguntas en clase ) de cada alumno o alumna y de su maduración personal, sin perjuicio de las pruebas que, en su caso, realice el alumnado. En todo caso, los criterios de evaluación de las materias serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de los objetivos, valorando el grado de adquisición de las competencias básicas, en función de los descriptores establecidos. Los criterios de evaluación de cada una de las materias, recogidos en el anexo II del Real Decreto 1631/2006, tendrán que ser posteriormente concretados en la programación didáctica de la materia y en sus unidades didácticas. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a 1

2 conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los profesores y profesoras informarán al alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las materias, incluidas las materias pendientes de cursos anteriores. El alumnado podrá solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen para la mejora de su proceso de aprendizaje. Asimismo, los padres, madres o tutores legales ejercerán este derecho a través del profesor tutor o profesora tutora. Al menos tres veces a lo largo del curso, el tutor o tutora informará por escrito al alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo. Esta información se referirá a los progresos y dificultades detectadas en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las materias. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente. Al finalizar el curso, se informará por escrito al alumnado y a su padre, madre o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas materias cursadas, la decisión acerca de su titulación o promoción al curso siguiente y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las materias, según los criterios de evaluación correspondientes. Con el fin de garantizar el derecho que asiste al alumnado y a las familias a ser oídos en la adopción de la decisión de promoción y la obtención de la titulación, el centro educativo, durante el tercer trimestre y a través de los tutores/as, remitirá una comunicación al alumnado y, si estos son menores de edad, a los padres, madres y tutores legales, en el que se informe de este derecho. El alumnado y las familias, mediante cita con el tutor/a del grupo correspondiente, pueden manifestar, por escrito, los intereses y expectativas académicos y profesionales del alumnado en cuestión y aportar su opinión fundamentada sobre la promoción y titulación del mismo. El alumnado y sus familias podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación ordinaria y de la extraordinaria. 2. SESIONES DE EVALUACIÓN La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente, coordinada por quien ejerza la tutoría y contará con el apoyo del Departamento de Orientación, para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora. La Dirección velará por el correcto funcionamiento de la misma. 2

3 El profesor tutor o la profesora tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión. En las sesiones se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales. 2.1 EVALUACIÓN INICIA L Durante el primer mes de cada curso escolar todo el profesorado realizará una evaluación inicial del alumnado. En este mismo período cada tutor o tutora analizará los informes personales del curso anterior correspondientes a los alumnos y alumnas de su grupo. Al término de este período se convocará una sesión de evaluación con el fin de conocer y valorar la situación inicial del alumnado en cuanto al grado de desarrollo de las competencias básicas y al dominio de los contenidos de las distintas materias. Dicha evaluación inicial tiene un carácter cualitativo y será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado. El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas de atención a la diversidad del alumnado que considere necesarias y pertinentes Para que las sesiones de evaluación inicial sirvan de procedimiento para la detección de indicios de NEAE se desarrollarán las siguientes actuaciones: Antes de la sesión, obtención de datos por el tutor/a, mediante el análisis de los informes finales de curso, ciclo y/o etapa. Por parte del equipo docente, priorización de alumnos/as cuya evaluación requiera mayor detenimiento. Después de la sesión de evaluación, el/la tutor/a informará a las familias del alumnado con el que el equipo docente haya decidido adoptar alguna medida educativa. Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre la etapa de educación primaria y la de educación secundaria obligatoria, así como de facilitar la continuidad de su proceso educativo, los centros docentes que imparten la educación secundaria obligatoria establecerán mecanismos de coordinación con los centros docentes de procedencia del alumnado que se incorpora a la etapa. Con esta finalidad, durante el último trimestre del curso escolar, el jefe de estudios del instituto mantendrá reuniones con los de los centros de educación primaria adscritos al mismo EVALUACIONES PARCIALES A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, dos sesiones de evaluación parciales: 3

4 Entre las sesiones de evaluación, se podrán realizar reuniones de los equipos docentes de cada grupo para determinar la marcha general del curso, conocer las dificultades del alumnado y así realizar un seguimiento más continuo de los mismos; a petición del tutor/a y jefatura de estudios EVALUACIÓN A LA FINALIZACIÓN DEL CURSO En el mes de Junio, al término del curso se realizará una Evaluación Ordinaria donde se valorará el progreso global de cada alumno y alumna en las diferentes materias, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo. Para el alumnado con evaluación negativa, el profesor o profesora de la materia elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que el centro organizará durante los primeros cinco días hábiles del mes de Septiembre. 3. PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Los instrumentos y procedimientos de evaluación nos servirán para recoger toda la información relevante sobre los aprendizajes del alumnado. Estos instrumentos y procedimientos deben reunir algunos requisitos: Ø Permitir una recogida continua de información. Ø Ser adecuados a las capacidades y contenidos que se van a evaluar. Ø Variados. Ø Utilizar distintos códigos (verbales, sean orales o escritos, icónicos, gráficos, numéricos, audiovisuales), de modo que se adecuen a las distintas aptitudes, necesidades y estilos de aprendizaje del alumnado. La concreción final de los instrumentos y procedimientos de evaluación debe quedar reflejada en la Programación Didáctica de cada departamento, debiendo ser respetada por todo el profesorado que la desarrolle, sin perjuicio de su adecuación a cada grupo de alumnos. 4. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN La concreción final de los criterios de calificación, es decir, el valor o porcentaje que se otorga a cada uno de los instrumentos o procedimientos de evaluación debe quedar reflejada en la Programación Didáctica de cada departamento, especificando cómo se valorarán en la evaluación ordinaria (junio) y en la extraordinaria (septiembre) debiendo ser respetada por todo el profesorado que la desarrolle, sin perjuicio de su adecuación a cada grupo de alumnos. Igualmente tienen que estar publicados en los tablones de anuncios de los Departamentos y en el tablón de anuncios del aula del grupo al que se le imparta clase. Los criterios de calificación son: Pruebas escritas: máximo 60% del total evaluado Otros instrumentos de evaluación: 40% del total evaluado Los resultados del proceso de evaluación de cada materia se expresarán por medio de 4

5 calificaciones, que será numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez. Si un alumno o alumna no se presenta a la prueba extraordinaria de Septiembre de alguna materia, se reflejará como No Presentado (NP), que tendrá, a todos los efectos, la consideración de calificación negativa. Tras cada evaluación se realizará un análisis de los resultados que contendrá: Logros alcanzados Dificultades encontradas. Propuestas de mejora. 5. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DEL GRADO DE ADQUISICIÓN DE CADA COMPETENCIA BÁSIC A En la Enseñanza Secundaria Obligatoria, el equipo docente de cada alumno debe apreciar, el grado de adquisición de las competencias básicas. Con este fin se emplearán los siguientes términos: Iniciado (I), Medio (M) y Avanzado (A). EDUCACIÓN SECUNDARIA DE ADULTOS Las enseñanzas de esta etapa para las personas adultas se organizarán de forma modular en tres ámbitos y dos niveles en cada uno de ellos. En el caso de nuestro centro, sólo estamos autorizados a ofertar el Nivel II de cada uno de estos tres ámbitos en la modalidad Semipresencial y que puede ser realizado en un solo curso. La evaluación del alumnado será continua y diferenciada para cada uno de los módulos que forman los ámbitos que componen el currículo. Dicha evaluación será realizada preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje y de la madurez personal de cada alumna o alumno y los criterios de evaluación establecidos en los módulos que forman los ámbitos serán el referente fundamental en cada nivel, tanto para valorar la adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos propuestos. El equipo docente actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo. Al inicio de cada curso, el profesorado responsable de los distintos ámbitos (Científico-Tecnológico, Comunicación y Social) realizará una evaluación inicial. Asimismo, en la primera quincena de curso, el profesorado del grupo informará al alumnado de los aspectos más relevantes en cada ámbito: objetivos, del mismo, contenidos, criterios metodológicos y criterios de evaluación. Durante el período lectivo de esta etapa, se realizará al menos una vez al trimestre la evaluación de los módulos que componen cada ámbito. Su evaluación positiva supondrá la superación definitiva de los mismos. Aquellos alumnos que no superen algún módulo en la sesión de evaluación correspondiente, podrán recuperarlo antes de la finalización del curso escolar, haciéndose constar la calificación correspondiente a dicho módulo en la sesión de evaluación final de curso. Los criterios de calificación son: 5

6 Pruebas escritas: 60% del total evaluado Actividades telemáticas: 20% del total evaluado Otros instrumentos de evaluación: 20% del total evaluado Se organizará una prueba extraordinaria en septiembre para el alumnado con evaluación negativa en uno o varios módulos de los distintos ámbitos. El alumnado matriculado con un único módulo pendiente en uno o varios ámbitos del nivel correspondiente podrá solicitar de la dirección del centro durante la segunda quincena del mes de enero la realización de una prueba extraordinaria adicional, que se llevará a cabo durante el mes de febrero. A partir de los datos recogidos en cada sesión de evaluación, la persona titular de la tutoría de cada grupo elaborará un informe sobre los resultados del proceso de aprendizaje, que será comunicado al alumnado. Dicho informe incluirá al menos: La calificación de los distintos ámbitos En su caso, las recomendaciones para superar las dificultades de aprendizaje detectadas. Cada ámbito del nivel correspondiente recibirá una única calificación, que sólo recibirá calificación positiva cuando el alumnado la obtenga en todos los módulos que componen el ámbito. En ese caso, la calificación del ámbito se establecerá teniendo en cuenta la media de las calificaciones recibidas en dichos módulos. Se tendrán en cuenta, además de los resultados de las pruebas presenciales parciales, la realización de tareas propuestas, el grado y calidad de las participaciones en los foros temáticos propuestos y cualesquiera otros elementos contemplados en las respectivas programaciones didácticas. El equipo educativo, presidido por la persona titular de la tutoría del grupo, podrá considerar que un alumno o alumna ha superado cada módulo del ámbito y nivel correspondiente cuando, dentro del proceso de evaluación continua, dicho alumno o alumna haya alcanzado, con carácter general, las competencias básicas y los objetivos establecidos para aquel. Los resultados del proceso de evaluación de cada materia se expresarán por medio de calificaciones, que será numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez. Para poder cursar un ámbito correspondiente al nivel II, el alumno deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos: a) Haber superado previamente al menos dos de los módulos que componen dicho ámbito en el Nivel I. b) Haber obtenido valoración positiva para la adscripción a dicho nivel en cada ámbito en el proceso de valoración inicial. c) Haber superado el 2º curso de la educación secundaria obligatoria. d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar. 6

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