REGLAMENTO INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE Y VIALIDAD MUNICIPAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE Y VIALIDAD MUNICIPAL"

Transcripción

1 REGLAMENTO INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE Y VIALIDAD MUNICIPAL

2 REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE TRANSPORTE Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE TEMASCALAPA ESTADO DE MÉXICO BASADOS EN EL REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO Y SERVICIOS CONEXOS DEL ESTADO DE MÉXICO EN EL CUAL, ARTURO MONTIEL ROJAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 77 FRACCION IV DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 2, 7 Y 8 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y C O N S I D E R A N D O Que uno de los propósitos de la presente administración es la modernización integral y adecuación permanente del marco jurídico que rige la acción de gobierno, orientada con un sentido humano y visión de largo plazo, para satisfacer las necesidades y expectativas de la población, basada en las cambiantes condiciones sociales, económicas y políticas de la entidad. Que el perfeccionamiento del marco jurídico y de la normatividad en general, contribuirá a que la administración pública pueda cumplir con absoluto respeto a las instituciones y al estado de derecho, con la misión y visión de los ocho ejes rectores que sustentan el Plan de Desarrollo del Estado de México Que la H. LIV Legislatura del Estado mediante decreto número 41, expidió el Código Administrativo del Estado de México, publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno el 13 de diciembre de Que el ordenamiento legal de referencia, regula en su Libro Séptimo al transporte, a fin de establecer condiciones que permitan contar con un transporte seguro, eficiente y de calidad. Que el Artículo Sexto Transitorio del Código Administrativo del Estado de México, prevé que el Ejecutivo a mi cargo expedirá los reglamentos necesarios para su aplicación. Que para cumplir el mandato legal referido, se ha elaborado el presente Reglamento en el cual se desarrollan preceptos relativos al transporte público, a los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, así como servicios conexos, estableciendo la congruencia de tales preceptos con los principios de seguridad jurídica, igualdad y legalidad, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Este Reglamento señala reglas claras para el otorgamiento, modificación y extinción de concesiones y permisos; destacando las relativas al rescate de concesiones, el que se sustentará en principios de buena fe, veracidad, igualdad, imparcialidad, audiencia, economía, transparencia y legalidad. Asimismo, se precisan las obligaciones a cargo de los operadores y se establecen

3 Prevenciones para el mantenimiento de los vehículos afectos al servicio público de transporte, con el fin de garantizar la seguridad y comodidad de los usuarios. El régimen de concesiones y permisos exige reglas claras para la operación del servicio, incluidas las relacionadas con los operarios y bienes afectos a la prestación del servicio y para realizar de manera eficiente y expedita, el trámite de los servicios de transporte público, arrastre, salvamento, depósito de vehículos y conexos, en beneficio de los usuarios. Para obtener e integrar información relacionada con el transporte, se establecen disposiciones adjetivas para el Registro Estatal de Transporte e Infraestructura Vial, en el cual se inscribirán los actos sobre concesiones y permisos estatales; placas de matriculación, calcomanías y tarjetas de circulación; constitución de garantías; estatutos y representación de concesionarios y permisionario; padrón de operadores; licencias para conducir, entre otros. El ordenamiento establece el procedimiento y requisitos que deben cumplir los interesados ante las autoridades del transporte, a fin de obtener la licencia para conducir un vehículo destinado al servicio público de transporte, substituyéndose con ello el esquema tradicional ante las autoridades de tránsito, logrando simplificar tiempo y recursos para tal efecto. En atención a la seguridad que necesaria e ineludiblemente debe brindarse a los usuarios del servicio, se desaparece la tradicional revista como medio de control de las condiciones físico-mecánicas de los vehículos del servicio público y se le substituye por una bitácora de servicio que prevenga los mantenimientos correctivos y preventivos del equipo y a disposición permanente de la autoridad de transporte, de la Secretaría de Ecología y de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en talleres de inspección y servicio que se autoricen conforme a las prevenciones que se contienen en este Reglamento. La conurbación del territorio del Estado con otras entidades federativas exige normas adecuadas para operar de manera común, servicios entre concesionarios del Estado y los de otras entidades federativas, en beneficio de los habitantes de la entidad. Respecto de las organizaciones de concesionarios y permisionarios, se establecen normas que permitan su desarrollo y mejoramiento, a través del Instituto del Transporte del Estado de México, el cual será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, asegurándose la participación de los municipios en la elaboración y aplicación de los programas de transporte, cuando éstos afecten su ámbito territorial. Destacan las disposiciones sobre el fondo para el mantenimiento de vialidades y reposición del equipo afecto a la prestación del servicio, con ello se garantiza en gran medida la prestación eficiente, segura y continua del servicio. Las actividades y actos administrativos referidos representan una parte de las materias reguladas en el presente ordenamiento, que esta administración se comprometió a normar efectivamente en beneficio de los habitantes del Estado de México.

4 Artículo 1. Las disposiciones de este reglamento son de interés público y de observancia Obligatoria para la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México. Artículo 2. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México tendrá las atribuciones de planeación, operativas, de supervisión e inspección que se detallan en los términos del presente reglamento. Artículo 3. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México. Tiene a su cargo los asuntos que expresamente le encomienda el Reglamento del Servicios Públicos del Transporte público de Pasajeros en Autobuses, vagonetas y taxis en Ruta Establecida del Municipio de Temascalapa Estado de México. Artículo 4. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México es la encargada de definir y establecer las políticas y estrategias en materia de Transporte Público de Pasajeros en autobuses, Vagonetas y Taxis en ruta establecida, con el objeto de consolidar un servicio eficiente, seguro, ordenado y acorde a la dinámica de la ciudad; promover el reordenamiento y el establecimiento de rutas y concesiones de transporte público; proponer estrategias, fórmulas de solución, asociación y líneas de acción para afrontar y reducir los conflictos en materia de Transporte Público y Vialidad y efectuar la inspección, vigilancia, revisión de documentos e imposición de las sanciones administrativas, así como la realización de estudios técnicos para la definición de rutas, al transporte público. Artículo 5. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por: I. H, Ayuntamiento: Al Honorable Ayuntamiento de Temascalapa Estado de México. II. Comisión: A la Comisión Municipal de Transporte Y Vialidad; III. Dirección: A la Dirección de Transporte del Municipio de Temascalapa. IV. Director o Directora: Al Director o Directora de Transporte del Municipio de Temascalapa Estado de México. V. Municipio: Al Municipio de Temascalapa Estado de México. VI. Reglamento Interior: Al Reglamento Interior de La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México VII. Reglamento de Transporte: Al Reglamento del Servicio Público del Transporte de pasajeros del Gobierno de Estado de México. Artículo 6. Para el desempeño de sus atribuciones, la Dirección contará con la siguiente Estructura Administrativa: I. Departamento de Planeación, Control y Evaluación del servicio;

5 II. Departamento de Seguridad Pública. III. Departamento de Atención a Usuarios del Transporte Público. Artículo 7. La Dirección conducirá sus actividades en forma programada y con base en las políticas que para el logro de los objetivos de la planeación del desarrollo municipal Establezcan el H, Ayuntamiento y el Presidente o Presidenta Municipal, atendiendo las opiniones y recomendaciones que emita la Comisión. Artículo 8. Son atribuciones del Director o Directora de Transporte y Vialidad del Municipio de Temascalapa Estado de México, las siguientes: I. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este reglamento y demás disposiciones específicas dictadas por el H, Ayuntamiento de Temascalapa en materia del servicio; II. Proponer al Presidente o Presidenta Municipal reformas al presente Reglamento, así como disposiciones específicas que tiendan a mejorar la prestación del servicio; III. Llevar el Registro de Trasporte Municipal, en los términos que señala el presente Reglamento; IV. Auxiliar a la Secretaría General de Transporte del Estado de México en la elaboración de los estudios técnicos que justifiquen la necesidad de otorgar una concesión para la prestación del servicio; V. Ordenar visitas de inspección para verificar que el servicio se preste en forma continua, regular y eficiente, conforme a lo establecido en la Ley de los Municipios, el presente Reglamento, el título concesión respectiva y demás disposiciones aplicables; VI. Ejecutar las acciones que en el ámbito de su competencia sean necesarias para que los concesionarios cumplan con las disposiciones contenidas en las leyes federales, estatales y municipales aplicables en la materia, así como en el título concesión respectiva; VII. Fijar los números económicos, características de rotulación e imagen que deberán tener los vehículos destinados al servicio público; VIII. Vigilar e inspeccionar que el parque vehicular cumpla con los requisitos exigidos por este reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, así como en el título concesión respectivo; IX. Elaborar y aplicar los programas de revista mecánica a los vehículos; X. Ordenar al concesionario el reemplazo de los vehículos cuando haya terminado su vida útil o no cumplan con los requisitos exigidos;

6 XI. Autorizar conjuntamente con el Director de Desarrollo Urbano Municipal, la colocación de anuncios en los vehículos; XII. Aplicar programas de capacitación, adiestramiento, protección al ambiente, atención al público, seguridad e higiene para los concesionarios, permisionarios y operadores, así como promover la celebración de convenios con instituciones públicas y privadas para tales efectos; XIII. Coordinarse con las autoridades de tránsito para la aplicación de los programas de inspección médica para los operadores, a efecto de detectar el consumo de drogas o bebidas alcohólicas durante la prestación del servicio; XIV. Diseñar y establecer el sistema de quejas ciudadanas, así como mecanismos de consulta para mejorar el servicio; XV. Analizar las solicitudes y los estudios técnicos que presenten los concesionarios y Permisionarios, para la ampliación o modificación de sus rutas; XVI. Realizar los estudios correspondientes a efecto de determinar y autorizar conjuntamente con el Director de Desarrollo Urbano Municipal, los lugares estratégicos para la instalación de paraderos, bases de ruta y de encierro, así como de señalización del servicio; XVII. Autorizar las características de los boletos que comprueben el pago del servicio por parte de los usuarios; XVIII. Actuar como mediador en los conflictos que se susciten entre concesionarios o Permisionarios, cuando los involucrados lo soliciten o se afecte la prestación del servicio, sin perjuicio de las sanciones que procedan; XIX. Proponer al Secretario General el traspaso, intervención, caducidad, rescate, revocación y/o rescisión de concesiones y la cancelación de permisos; XX. Imponer las sanciones a los concesionarios, permisionarios, operadores y usuarios por infracciones al presente Reglamento, cuando éste se lo permita; XXI. Emitir los informes que le solicite el Presidente o Presidenta Municipal, así como el H, Ayuntamiento de Temascalapa Estado de México, respecto a la prestación del servicio; y las demás que establezcan las leyes y reglamentos aplicables, así como los acuerdos específicos del H, Ayuntamiento de Temascalapa Estado de México, los títulos concesión. Artículo 9. Son atribuciones del departamento de planeación, control y evaluación, las Siguientes: I. Coadyuvar con el Director o Directora de Seguridad Publica para el cumplimiento del Reglamento de Transporte, el presente reglamento y los demás ordenamientos legales aplicables en la materia; II. Proponer al Director o Directora Transporte las medidas tendientes al mejoramiento en la prestación del servicio público de transporte; III. Someter a la aprobación del Director o Directora de Transporte los estudios y proyectos de trascendencia que se elaboren en el área de su responsabilidad; IV. Elaborar los estudios técnicos necesarios que sustenten la justificación de propuestas para rutas así como tarifas aplicables al servicio público de transporte;

7 V. Elaborar los dictámenes que contengan el sustento técnico para la autorización de terminales de vehículos de transporte público y zonas de ascenso y descenso de pasajeros; VI. Elaborar dictámenes sobre la procedencia para la ampliación o modificación de rutas y frecuencias del transporte público, previo estudio técnico; VII. Proponer las medidas técnicas necesarias, para que los concesionarios cumplan puntual y eficazmente la prestación del servicio; VIII. Proponer diseños de identificación de rutas, así como el color, franja, y número económico de las unidades de transporte público, con el propósito de facilitar el sistema de control y vigilancia; IX. Emitir los parámetros operativos, indicadores de calidad y de desempeño del servicio público del transporte, así como la evaluación en la prestación a cargo de concesionarios y permisionarios; X. Elaborar los estudios que induzcan a la incorporación de tecnología de punta, así como facilidades para personas con distintas capacidades y condiciones óptimas de comodidad y limpieza en el transporte público; XI. Solicitar la documentación de operador a los conductores de vehículos destinados al servicio público de transporte; XII. Llevar el registro y control de las concesiones y permisos otorgados para la prestación del servicio; XIII. Llevar un registro con información relativa al servicio, conteniendo: a) Nombre y domicilio de los concesionarios o permisionarios; b) Descripción de las rutas y sus planos; c) Descripción y número económico de los vehículos; d) Datos estadísticos de los usuarios atendidos; e) Registro de operadores; f) Inventario de infraestructura vial; g) Pólizas de Seguro; h) Título, concesión o permiso; y i) Las demás que señale el Reglamento de Transporte. XIV. Las demás relativas al área de su competencia o que le asigne el Director o Directora de Transporte. Artículo 10. Son atribuciones del Departamento de Transporte y Vialidad, las siguientes: I. Ejecutar todas y cada una de las órdenes que emanen de la Dirección de Transporte del Estado de México; II. Vigilar, dirigir, controlar, e inspeccionar, que los vehículos y prestadores del servicio público cumplan con las obligaciones, condiciones y demás formalidades establecidas en las disposiciones legales aplicables;

8 III. Llenar por conducto de los inspectores, las boletas de infracción, en los términos señalados en el Reglamento de Transporte; IV. Turnar a disposición de la autoridad competente, al chofer del servicio público de transporte, que conduzca en estado de ebriedad, o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos, y demás casos previstos en las disposiciones legales aplicables; V. Efectuar revisiones físico-mecánicas a los vehículos del servicio público de transporte, con el objeto de verificar sus condiciones de seguridad, e higiene en beneficio del usuario, de conformidad con el Reglamento de Transporte. VI. Formular, controlar y vigilar los programas y sistemas de revalidación de placas, licencia de chofer y tarjeta de circulación que anualmente se llevan a cabo; VII. Vigilar que el servicio se preste conforme a los términos de las concesiones y permisos correspondientes; VIII. Vigilar y controlar la aplicación de exámenes toxicológicos, con el objeto de verificar que quienes presten el servicio, se abstengan de tomar sustancias tóxicas, estupefacientes o cualquier otra que perturbe sus facultades para manejar en forma segura; IX. Llevar un programa para el mantenimiento de las unidades destinadas a la vigilancia y supervisión del transporte público, y de los equipos de radio comunicación, utilizados por el personal adscrito al departamento; X. Controlar y vigilar el proceso de revisión mecánica del transporte público; y XI. Las demás relativas al área de su competencia o que le asigne el Director o Directora de la Dirección de Transporte del Estado de México. Artículo 11. Son atribuciones del departamento de Transporte y Vialidad, las siguientes: I. Coordinar la elaboración de proyectos que se requieran para la atención a usuarios del Transporte Público; II. Atender las quejas, denuncias y peticiones de los usuarios del transporte público; III. Elaborar, promover y difundir programas para concientizar a los usuarios, respecto a los servicios de transporte público, promoviendo el cuidado responsable del mismo y dar a conocer a la ciudadanía las rutas del transporte.

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base

Más detalles

Dirección de Obras Publicas y Servicios

Dirección de Obras Publicas y Servicios INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO.

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO. EL C. P. RICARDO ARMANDO REBOLLLO MENDOZA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO, DGO., A LOS HABITANTES HACE SABER: QUE EL PROPIO AYUNTAMIENTO, CON FUNDAMENTO

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO . muidos m ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LA ASAMBLEA GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 90 FRACCION VI DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACION DEL ESTADO

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE CONTENIDO MANUAL DE ORGANIZACIÓN INTRODUCCIÓN OBJETIVO DEL MANUAL FUNDAMENTO LEGAL MISIÓN Y VISIÓN ESTRUCTURA ORGÁNICA

Más detalles

Jefatura de Unidad Departamental de Orientación para Situaciones de Emergencia

Jefatura de Unidad Departamental de Orientación para Situaciones de Emergencia Jefatura de Unidad Departamental de Orientación para Situaciones de Emergencia Atribuciones. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Capitulo IX Artículo 119 D. A los titulares

Más detalles

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL. Artículo 9. La dirección de Desarrollo Económico y Turismo tendrá, además de las facultades y obligaciones contenidas

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 5 de junio de 2008 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD Publicado en el Periódico Oficial el 1 de Enero del 2002 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Víctor Manuel Tinoco Rubí, Gobernador Constitucional del

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I

Más detalles

TESORERÍA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA

TESORERÍA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ACTIVIDADES MÁS IMPORTANTES ATRIBUCIONES LEY ORGANICA MUNICIPAL Artículo

Más detalles

Dirección Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

Dirección Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología Dirección Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología Área: Superior Inmediata Presidencia Municipal Puesto: Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES Le Reporta a: Presidencia

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA LICENCIADO ENRIQUE PEÑA NIETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LAS FRACCIONES II,

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ QUE EN EL ACTA CORRESPONDIENTE A LA CUADRAGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL CUATRO, EN EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TLALNEPANTLA

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS 2013-2015 GACETA MUNICIPAL No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS RESERVA No. 01238/09 04 DE OCTUBRE DEL 2014 MAESTRO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC.

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. ACUERDO de la Junta de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Municipal de fecha 15 de febrero de 2014, que expide el REGLAMENTO INTERNO

Más detalles

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE TIJUANA.

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE TIJUANA. TOMO4\TIJUANA\REGINDIV Actualizado en Internet: 15/AGOSTO/2000 REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE TIJUANA. Publicado en el Periódico Oficial No. 3, de fecha

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA DEL AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA ADMINISTRACIÓN 2013-2015 CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II JUSTIFICACIÓN.

Más detalles

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito.

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito. Página 1 de 2 Denominación del Empleo Código Grado Nivel Dependencia Naturaleza del cargo Jefe Inmediato MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Director

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Manual de Organización y de Servicios

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Manual de Organización y de Servicios GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Red Estatal de Autopistas de Nuevo León I. ORGANIGRAMA II. MISIÓN Contribuir al Desarrollo Económico y social del Estado mediante el Planear, Proyectar, Promover, Conservar,

Más detalles

FACULTADES DEL TITULAR DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL

FACULTADES DEL TITULAR DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL LAS FACULTADES LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES: Ley Federal de Responsabilidades

Más detalles

Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México MARCO JURÍDICO RELACIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZABLES CON EL OSFEM

Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México MARCO JURÍDICO RELACIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZABLES CON EL OSFEM MARCO JURÍDICO RELACIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZABLES CON EL OSFEM Artículo 116, fracción II, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 61, fracciones XXXII,

Más detalles

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ,

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO TOLUCA DE LERDO, MÉXICO JUNIO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DIPUTADO ALFONSO JESÚS MARTÍNEZ ALCÁZAR PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PRESENTE Leonardo Guzmán Mares, diputado integrante de la Septuagésima Segunda

Más detalles

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES

Más detalles

OBJETIVO MISIÓN VISIÓN FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

OBJETIVO MISIÓN VISIÓN FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES OBJETIVO Vigilar y defender los intereses legales del municipio y Representar jurídicamente al ayuntamiento ante toda clase de autoridades, atendiendo satisfactoriamente a los procesos legales, para otorgar

Más detalles

Secretaría General de Gobierno Manual de Organización

Secretaría General de Gobierno Manual de Organización Secretaría General de Gobierno Manual de Organización ó Número de Registro MO 0101011401112015/1 Elaboró Validó y Autorizó Orlando Reyes Suárez; Director General de Seguridad Privada Guillermo V. Fernández

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA LIC. TOMÁS GARCÍA VILLAR ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNCIPAL DE LERMA, ESTADO DE MÉXICO Lic. Tomás García Villar Encargado

Más detalles

MUNICIPIO DE XALTOCAN PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

MUNICIPIO DE XALTOCAN PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Eje Rector o Programa del PMD: Programa Según Catálogo OFS: Proyecto: 1 BUEN GOBIERNO 24. EFICIENCIA EN LA GESTIÓN DE POLÍTICAS GUBERNAMENTALES 033. APOYO A LAS POLÍTICAS GUBERNAMENTALES DESCRIPCIÓN: Se

Más detalles

PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR

PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR TOLUCA DE LERDO, MÉXICO AGOSTO DEL 2004 PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

Más detalles

Manual Único de Procesos

Manual Único de Procesos I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre

Más detalles

SECRETARÍA DE FINANZAS REGLAS DEL FONDO PARA ESTABILIZAR LOS RECURSOS PRESUPUESTALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS REGLAS DEL FONDO PARA ESTABILIZAR LOS RECURSOS PRESUPUESTALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 10 de Junio de 2015 SECRETARÍA DE FINANZAS REGLAS DEL FONDO PARA ESTABILIZAR LOS RECURSOS PRESUPUESTALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. EDGAR ABRAHAM

Más detalles

e. Definir los criterios para los procesos de salida del Programa y transición al Esquema Diferenciado de Apoyos de los hogares beneficiarios.

e. Definir los criterios para los procesos de salida del Programa y transición al Esquema Diferenciado de Apoyos de los hogares beneficiarios. Dirección General de Planeación y Evaluación a. Dirigir los trabajos para identificar y proponer las localidades susceptibles de ser atendidas por el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades con base

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS ARTÍCULO 35. - Para la más eficaz atención y el eficiente despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría contará con órganos administrativos desconcentrados que le estarán jerárquicamente subordinados.

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONES DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

MANUAL DE FUNCIONES DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MISI Ó N Ejecutar para la ciudadanía los servicios y obras de infraestructura necesarios así como establecer los programas de control, vigilancia y ordenamiento de los centros

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008.

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. TEXTO ORIGINAL Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. DECRETO NÚMERO 194 La Sexagésima Legislatura Constitucional

Más detalles

Manual de Organización de Participación Ciudadana y Organización Social

Manual de Organización de Participación Ciudadana y Organización Social Manual de Organización de ENERO 2015 1 Social Municipal Manual de Organización de Desarrollo Social Municipal C. José Emiliano Márquez Hernández C. Herón Ortiz Ortega C. Gloria Ortiz Cruz Jefe del Departamento

Más detalles

DIRECCIÓN DE MOVILIDAD

DIRECCIÓN DE MOVILIDAD DIRECCIÓN DE MOVILIDAD DIRECTORIO INTERNO José Luis García Ramírez Director de Movilidad Subdirector de Movilidad Departamento de Transporte Departamento de Señalización Departamento de Estudios y Proyectos

Más detalles

XV. Realizar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles en propiedad o tenencia del Instituto; XVI.

XV. Realizar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles en propiedad o tenencia del Instituto; XVI. SON FACULTADES ESPECÍFICAS DE LA DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN DE PROGRAMAS PARA LA ATENCIÓN DE LA MUJER, LAS CONTENIDAS EL ARTÍCULO 40 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTTO ESTATAL DE LAS MUJERES, LAS QUE SE

Más detalles

H. Ayuntamiento de Yecapixtla

H. Ayuntamiento de Yecapixtla Sección: Pág. 1 de 15 H. Ayuntamiento de Yecapixtla Secretaría Privada Manual de Organización Secretaría Privada Yecapixtla, Mor., 15 de Abril de 2013 Sección Pág. 2 de 15 CONTENIDO Sección Tema Página

Más detalles

Manual de Organización de. La Dirección de Obras Y Servicios Públicos

Manual de Organización de. La Dirección de Obras Y Servicios Públicos Manual de Organización de La Dirección de Obras Y Servicios Públicos Enero 2014 PRESENTACION Con la intención de contar con un documento que nos apoye y nos permita cumplir con los objetivos se elaboro

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO ARTESANAL DEL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO ARTESANAL DEL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales Decreto por el que se expide el Reglamento del Consejo de Desarrollo Artesanal del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco y se reforma el artículo 32 y adiciona el artículo 82 bis del Reglamento Interior

Más detalles

ANEXO 3. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN

ANEXO 3. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN I. POLÍTICA La propuesta contiene lo siguiente? 1. Política autorizada por la Alta Dirección. II. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS. La propuesta contiene lo siguiente? 2.1. Dictamen técnico

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1413-2CP1-16 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma diversos artículos de la Ley del Instituto Nacional de las

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE BIENES MUEBLES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE BIENES MUEBLES PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Dirección de Recursos Materiales DEPARTAMENTO DE BIENES MUEBLES TOLUCA DE LERDO, MÉXICO 11 DE MAYO DE 2007 PODER LEGISLATIVO

Más detalles

Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28

Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28 Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28 AVISO por el que se hacen del conocimiento a los usuarios del autotransporte, permisionarios y conductores de vehículos de autotransporte

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y GOBERNANZA

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y GOBERNANZA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ACTIVIDADES MÁS IMPORTANTES ATRIBUCIONES LEY ORGANICA MUNICIPAL ARTÍCULO

Más detalles

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV De la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales CAPÍTULO IV DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN IMPLEMENTADORA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE SONORA.

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN IMPLEMENTADORA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE SONORA. REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN IMPLEMENTADORA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE SONORA. ARTÍCULO 1.- El presente reglamento tiene por objeto fijar las reglas

Más detalles

ATRIBUCIONES REGLAMENTO INTERNO DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TUXPAN, NAYARIT

ATRIBUCIONES REGLAMENTO INTERNO DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TUXPAN, NAYARIT REGLAMENTO INTERNO DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TUXPAN, Artículo 7.- La Junta de Gobierno es el Órgano máximo del Organismo Operador, que se integra

Más detalles

FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN GENERAL Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y JURÍDICAS

FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN GENERAL Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y JURÍDICAS FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN GENERAL Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y JURÍDICAS ARTÍCULO 9.- Facultades y Obligaciones de la Coordinación General: I.- Planear, programar, organizar, dirigir,

Más detalles

INE/JGE97/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE97/2016 ANTECEDENTES INE/JGE97/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL. Oficialía del Registro Civil

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL. Oficialía del Registro Civil Oficialía del Registro Civil 1 CONTENIDO I. AUTORIZACIÓN 3 II. OBJETIVOS DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN 4 III. FILOSOFÍA DEL DEPARTAMENTO 4 a. Objetivo del Departamento b. Misión c. Visión d. Valores e. Política

Más detalles

Manual de Organización

Manual de Organización Manual de Organización Coordinación General de Finanzas AUTORIZACIÓN Con fundamento en la ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Chiapas, Articulo 25, Fracción I y Artículo 18 Fracción V, y en cumplimiento

Más detalles

Atribuciones y Servicios Secretaria de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente

Atribuciones y Servicios Secretaria de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente Atribuciones y Servicios Secretaria de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente Artículo 20.- La Secretaria de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, tendrá a su cargo el cumplimiento

Más detalles

FEDERAL ESTATAL MUNICIPAL 1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1.- Constitución Política del Estado de Jalisco

FEDERAL ESTATAL MUNICIPAL 1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1.- Constitución Política del Estado de Jalisco 1.- INTRODUCCIÓN: El presente manual de organización ha sido creado con el fin de clarificar la normatividad que cada área del Ayuntamiento debe considerar en sus actividades cotidianas, pero también las

Más detalles

CONTRALORIA MUNICIPAL I.-OBJETIVOS

CONTRALORIA MUNICIPAL I.-OBJETIVOS I.-OBJETIVOS Planear, evaluar, coordinar e implementar sistemas operativos, administrativos y legales, que permitan el control y vigilancia de los procesos; para garantizar el ejercicio correcto de los

Más detalles

Política de Igualdad de Género

Política de Igualdad de Género Política de Igualdad de Género 2013 2018 Unidad de Igualdad de Género Contenido I. Presentación II. Política de Igualdad de Género III. Unidad de Igualdad de Género Política de Igualdad de Género 2014-2018

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA Área que genero la información: Atención y Participación Ciudadana Funcionario encargado de generar la información: Misael Martínez

Más detalles

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas Documento de consulta Nuevo Reglamento P.O. del 4 de julio de 2013. Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura

Más detalles

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u

Más detalles

Criterio administrativo CI/001/2016 CONTRALORÍA INTERNA

Criterio administrativo CI/001/2016 CONTRALORÍA INTERNA Criterio administrativo CI/001/2016 CONTRALORÍA INTERNA Que en fecha 07 de octubre de 2011, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto Número 106, a través del cual se adicionó una fracción

Más detalles

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE SANTA MARÍA DEL ORO, NAYARIT

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE SANTA MARÍA DEL ORO, NAYARIT Director del OROMAPAS RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACION DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Y DE ATENDER LA PRESTACIÓN DE DICHO SERIVICIO PÚBLICO, ASÍ COMO DE LOS RELATIVOS

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. DECRETO por el que se crea la Comisión Reguladora de Energía como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento

Más detalles

MICHOACÁN DE OCAMPO H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ALUMBRADO PUBLICO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO

MICHOACÁN DE OCAMPO H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ALUMBRADO PUBLICO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO PÁTZCUARO, MICH., MARZO 2016 Contenido I.- INTRODUCCIÓN...3 II.- MARCO JURÍDICO...4 III.- OBJETIVO...5 IV.- MISIÓN...6 V.- VISIÓN:...6 VI.- ATRIBUCIONES...7

Más detalles

CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN 1. El Sistema Nacional de Planificación del Consejo de la Judicatura Es el conjunto ordenado de

Más detalles

MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 GUADALAJARA, JALISCO 32 SECCIÓN V

MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 GUADALAJARA, JALISCO 32 SECCIÓN V MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X V I I 32 SECCIÓN V 3 FE DE ERRATAS Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno. Gobierno del Estado de Jalisco.

Más detalles

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. CONSIDERANDOS Reflexionando lo plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el

Más detalles

Uso de espacios físicos IPN

Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos a partir del año 2014 En esta Casa de Estudios, el uso de espacios físicos se otorga por medio de un contrato validado por la Oficina del Abogado General

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA JEFATURA DE GABINETE CAPÍTULO I COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN

REGLAMENTO INTERIOR DE LA JEFATURA DE GABINETE CAPÍTULO I COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 46, fracción 1, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes,

Más detalles

Ayuntamiento de Yecapixtla

Ayuntamiento de Yecapixtla Sección Pág. 1 de 17 H. Ayuntamiento de Yecapixtla Dirección de Derechos Humanos Manual de Organización Dirección de Derechos Humanos Yecapixtla, Mor., 29 de agosto de 2014 Sección Pág. 2 de 17 CONTENIDO

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE CRÉDITO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE CRÉDITO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección General Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Dirección de Crédito Av. Javier Barros Sierra No. 515, 5 Piso, Col. Lomas de Santa Fe, Delegación

Más detalles

LEY QUE REGULA A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN SERVICIO DE ACCESO A INTERNET EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

LEY QUE REGULA A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN SERVICIO DE ACCESO A INTERNET EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA Ley que Regula a los Establecimientos que Prestan Ley que Regula a los Establecimientos que Prestan Servicio de Acceso a Internet en el Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado No. 75 del 17 de

Más detalles

REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL

REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL EL GOBIERNO DE AMATITAN, JALISCO, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL EXPIDE EL PRESENTE REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA JEFATURA DE GABINETE

REGLAMENTO INTERIOR DE LA JEFATURA DE GABINETE CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 46, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes,

Más detalles

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias.

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias. A) s. La Secretaría de Desarrollo Social es la dependencia encargada de establecer las políticas públicas orientadas a proponer, promover y realizar en el Municipio programas y proyectos de asistencia

Más detalles

Reglamento para la Prestación del Servicio Social en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos

Reglamento para la Prestación del Servicio Social en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos REGLAMENTOS Reglamento para la Prestación del Servicio Social en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos Aprobado por la Junta Directiva mediante Acuerdo 04/25/90 de fecha 2 de agosto de

Más detalles

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público I.- INTRODUCCIÓN La Dirección de Adquisiciones fue creada para llevar a cabo las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios que requiera el Municipio mediante la aplicación de procesos licitatorios

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. Publicado en el Periódico Oficial No. 40, De fecha 22 de Septiembre del 2000, Tomo CVII. CAPITULO

Más detalles

DIRECCION DE EDUCACION PUBLICA DEL ESTADO

DIRECCION DE EDUCACION PUBLICA DEL ESTADO GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA Secretaría de Educación ATRIBUCIONES SECRETARIA DE EDUCACION 1. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Artículo 3o. de la Constitución Política de

Más detalles

Dirección de Vialidad y Tránsito Municipal OBJETIVO GENERAL ESTRUCTURA ORGANICA

Dirección de Vialidad y Tránsito Municipal OBJETIVO GENERAL ESTRUCTURA ORGANICA Código MFVIAL-APM/14-18 Página 1 de 12 Dirección de Vialidad y Tránsito Municipal OBJETIVO GENERAL Llevar a cabo proyectos y programas específicos de señalización, reordenamiento e impacto vial, de educación

Más detalles

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005.

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 08 de junio de 1971. LEY DE LA CASA DE LA CULTURA OAXAQUEÑA

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL ADULTO MAYOR. Publicado en Periódico Oficial de fecha 16 mayo 2012

REGLAMENTO INTERIOR DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL ADULTO MAYOR. Publicado en Periódico Oficial de fecha 16 mayo 2012 REGLAMENTO INTERIOR DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL ADULTO MAYOR Publicado en Periódico Oficial de fecha 16 mayo 2012 RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ, Gobernador Constitucional del Estado y Presidente de

Más detalles

CLASIFICADOR POR FUENTES DE FINANCIAMIENTO

CLASIFICADOR POR FUENTES DE FINANCIAMIENTO CLASIFICADOR POR FUENTES DE JUNIO 2013 Página: 1/7 INDICE 1.- INTRODUCCIÓN... 3 2.- OBJETIVOS... 4 3.- ALCANCE... 4 4.- MARCO LEGAL... 4 5.- RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES... 4 6.- DEFINICIONES GENERALES...

Más detalles

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MEXICO CONTRALORIA DEL PODER LEGISLATIVO 2013.

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MEXICO CONTRALORIA DEL PODER LEGISLATIVO 2013. PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MEXICO CONTRALORIA DEL PODER LEGISLATIVO 2013. BASE JURÍDICA FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL UBICACIÓN DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL ASPECTOS GENERALES Constitución

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a modificar el nombre de la Secretaría de Desarrollo

Más detalles

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización H. AYUNTAMIENTO DEYECAPIXTLA Sección Pág. 1 de 15 H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa Dirección de Contabilidad y Presupuestos. Manual de Organización Dirección de contabilidad y Presupuestos. Yecapixtla, Mor.,

Más detalles

FACULTADES Y ATRIBUCIÓNES DE LA TESORERIA MUNICIPAL

FACULTADES Y ATRIBUCIÓNES DE LA TESORERIA MUNICIPAL FACULTADES Y ATRIBUCIÓNES DE LA TESORERIA MUNICIPAL Ley Municipal para el Estado de Nayarit Artículo 117.- Son facultades y deberes del Tesorero: I.- Cobrar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD)

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD) IDENTIFICACIÓN Nombre del cargo Técnico Operativo Nivel: Técnico Código y Grado 314-02 Naturaleza del Cargo: Carrera Administrativa Clase: Tiempo Completo MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Realizar labores

Más detalles

Código de puesto CF E-C-M Número de vacantes UNA

Código de puesto CF E-C-M Número de vacantes UNA Denominación del Puesto SUBDIRECTOR DE RELACIONES LABORALES Código de puesto 15-413-2-CF01012-0000005-E-C-M Número de vacantes UNA Adscripción Ciudad Grupo, Grado y Nivel Administrativo Remuneración Mensual

Más detalles