MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN DE LAS LICENCIATURAS DEL DEPARTAMENTO DE ONLINE DE LA UPAEP

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN DE LAS LICENCIATURAS DEL DEPARTAMENTO DE ONLINE DE LA UPAEP 1

2 CONTENIDO Introducción Sección I. Requisitos de Titulación Sección II. Opciones de Titulación... 6 Sección III. Procedimiento de Titulación Tesis Procedimiento Aspectos a considerar Características y formato académico Trabajos prácticos Procedimiento Aspectos a considerar Características y formato académico Acreditación de asignaturas de posgrado Procedimiento Aspectos a considerar Características y formato académico Monografía Procedimiento Aspectos a considerar Características y formato académico Prototipo didáctico Procedimiento Aspectos a considerar Prácticas de laboratorio o taller Procedimiento Aspectos a considerar Examen general de conocimientos Procedimiento Aspectos a considerar Artículo especializado Procedimiento Aspectos a considerar

3 8.3 Características y formato académico Titulación extemporánea Procedimiento Aspectos a considerar Características y formato académico Titulación automática Procedimiento Sección IV. Protocolo del Examen Profesional Anexo A Reglamento General de Titulación Anexo B Formatos de Titulación Anexo C Acta de Examen, Toma de Protesta y Código de Ética

4 Puebla, Puebla, México. junio de 2012 Con el fin de estandarizar los procedimientos que se realizan en el Departamento de Online de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP), y conforme a lo señalado en el Reglamento de General de Titulación de la propia Universidad, se expide el presente Manual que servirá como guía práctica a profesores y alumnos, de las normas generales que deberán observarse en el departamento durante el proceso de titulación y presentación del examen profesional de las licenciaturas e Ingenierías. Las disposiciones son obligatorias, aunque nunca por encima del Reglamento General de Titulación vigente (Anexo A). Cualquier situación que no se haya considerado en este documento, deberá presentarse al director del departamento para su evaluación. 4

5 Sección I. Requisitos de Titulación Los requisitos generales para obtener el grado de Licenciatura o Ingenierías, se establecen en el Reglamento General de Titulación vigente, en combinación con lo dispuesto en este manual del Departamento de Online de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla y son los siguientes: a) La aprobación de todas y cada una de las asignaturas que comprenden el programa escolar del plan de estudios de la licenciatura que corresponda. b) El cumplimiento del servicio social, conforme a los lineamientos que señale el Reglamento General de Servicio Social de la UPAEP. c) La acreditación de las prácticas profesionales, en el caso que sean obligatorias o formen parte del plan de estudios de la licenciatura. d) Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General Académico de Licenciatura y los propios del Departamento Académico al que pertenece el programa de Licenciatura. e) La autorización oficial por parte del coordinador del programa académico respectivo, sobre la opción de titulación seleccionada y su cumplimiento. f) Presentar comprobante oficial, avalado por el departamento de Lenguas, del dominio de una lengua extranjera. Requisito mínimo: inglés 500 puntos TOEFL o la puntuación que fija el departamento de Estudios de Lengua y Cultura para el dominio de algún otro idioma. g) Cubrir todos los pagos que apliquen en el proceso de titulación y no tener adeudo alguno con la Universidad. Los becarios estarán sujetos a lo dispuesto en el Reglamento de Apoyos Financieros. h) Entregar oportunamente, toda la documentación que le hubiere sido requerida, a fin de que las autoridades administrativas universitarias integren el expediente completo. 5

6 Sección II. Opciones de Titulación Las opciones de titulación que señala el reglamento y en entre las que puede elegir el alumno de licenciatura, son: a) Elaboración de tesis y sustentación de examen en defensa de la misma. b) Elaboración de trabajo práctico y sustentación de examen en defensa del mismo. c) Cursos de posgrado con presentación de ensayo o monografía y sustentación de examen en defensa de los mismos. d) Elaboración de una monografía y sustentación de examen en defensa de la misma. e) Elaboración de un prototipo didáctico y sustentación de examen en defensa del mismo. f) Sustentación de un examen general de conocimientos oral o escrito. g) Elaboración de un artículo especializado, publicado en una revista arbitrada y sustentación de examen en defensa del mismo. h) Titulación extemporánea. i) Titulación automática. 6

7 Sección III. Procedimiento de Titulación El proceso de titulación, en cualquiera de sus modalidades, abarca los siguientes pasos: 1. El solicitante, una vez cubiertos los cuatro primeros requisitos de titulación señalados en la Sección I de este manual, y presentadas las respectivas constancias al Coordinador Académico (CA) del programa respectivo, deberá manifestar por escrito al CA la opción de titulación para su autorización y desarrollo, conforme lo especificado más adelante para cada opción. 2. El coordinador del programa académico, evaluarán junto con la Academia, la solicitud de titulación a que se refiere el inciso anterior, para su aprobación o rechazo y de conformidad con los siguientes criterios: a) Validación de las constancias a las que se refiere el inciso uno de esta Sección. b) Expediente académico del alumno. c) Tendencias o inclinaciones que se desprendan. d) Beneficios mediatos o inmediatos para el alumno, el programa, el departamento y la propia universidad. El resultado de la evaluación, cualquiera que éste sea, deberá hacerse del conocimiento del alumno, mediante escrito elaborado por el CA de la carrera y firmado por el director del Departamento, en un plazo no mayor a quince días calendario a partir de recibida la solicitud. Para la firma del director, el documento deberá llevar la firma de visto bueno del Coordinador de la Carrera. Si por alguna razón se presentara un cambio de la opción autorizada, el alumno deberá informar por escrito al CA, y solicitar al mismo tiempo, la nueva opción de titulación para su aprobación. El proceso deberá ser complementado conforme a lo que se señala a continuación, para cada opción de titulación. 7

8 1. Tesis La tesis se define como aquel documento escrito en el que el estudiante describe y explica el contenido y los resultados de una investigación científica original o de una investigación metodológica y sistemática, efectuada bajo la dirección de un director de tesis. La tesis podrá ser elaborada en cualquier idioma, en forma individual o colectiva, máximo tres integrantes, y contar con la dirección de uno o más asesores. 1.1 Procedimiento El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de titulación: el tema a desarrollar, a los demás integrantes, si es el caso, y al o los asesores propuestos. La intervención de dos o más asesores deberá estar plenamente justificada y deberán ser de áreas diferentes o complementarias del conocimiento. El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en el campo de la investigación a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar, junto con la solicitud, el curriculum vitae del o los asesores propuestos, anexando copia de la cédula profesional de los grados académicos obtenidos e indicar quién será el responsable directo de la asesoría y que fungirá como director de la tesis. El interesado, junto con la solicitud de opción de titulación, deberá presentar al coordinador académico del programa, un protocolo donde proponga su tema de tesis, así como el plan para el desarrollo de la investigación (anexo B1). La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o con el, deliberarán y en su caso autorizarán la propuesta de tesis como opción de titulación. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario, a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA, así como la invitación oficial al director de tesis y asesores, la cual será entregada por el alumno; recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al CA para su archivo. En caso de ser 8

9 aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el director de tesis no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del director de tesis, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA un borrador del documento y su aprobación por parte del director de tesis y asesores, mediante un escrito dirigido al CA, el cual formará parte del documento final. En un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido el borrador, el CA entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto, extenderá el visto bueno para la impresión del mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador. Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el Coordinador Académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así como conocer ampliamente el contenido de la tesis. El director de tesis podrá ser parte del jurado, en calidad de vocal. Para los casos donde exista más de un asesor, sólo el director de la tesis podrá ser parte del jurado. 9

10 La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentar el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y actualización del trabajo, para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de titulación Aspectos a considerar para la elaboración del documento La tesis impresa se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá tener el formato descrito en el anexo B Características y formato académico Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a desarrollar, están señalados en el anexo B4. 2. Trabajos prácticos Esta opción de titulación consiste en la presentación por escrito, de un informe de algún trabajo o experiencia profesional del egresado, adquirida en el área laboral de su carrera, basado en datos obtenidos de las fuentes pertinentes a la naturaleza del problema a resolver, a los campos de estudio involucrados y al conocimiento de la práctica profesional, integrándolos en un esquema que provea una solución a un problema o el tratamiento de un caso concreto, en el que se demuestre la aplicación de los conocimientos y habilidades adquiridas en el programa de la licenciatura correspondiente. El requisito complementario para tener derecho a esta opción, es comprobar mediante una constancia de la empresa o institución donde adquirió la experiencia, que laboró o ha laborado como mínimo seis meses en el área relacionada con el trabajo que se pretende presentar, o haber realizado prácticas o estancias profesionales con una duración mínima de dos meses. Dicha constancia deberá presentarse junto con los demás requisitos al coordinador del programa académico. El trabajo o caso de estudio deberá ser realizado en forma individual, dado que el objetivo del trabajo práctico es que el estudiante demuestre la experiencia obtenida en el campo profesional y el empleo de los conocimientos adquiridos durante la carrera. 10

11 2.1 Procedimiento El estudiante, junto con la solicitud de esta opción de titulación y comprobante de la experiencia adquirida, deberá presentar al coordinador del programa académico (CA) respectivo, la propuesta del trabajo a desarrollar conforme lo que señala el anexo B5 e indicar el asesor que lo apoyará en la elaboración del trabajo, que fungirá como director del mismo. El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando copia de la cédula profesional de los grados académicos obtenidos. La Academia del programa junto con el CA, deliberará y en su caso autorizará la propuesta del trabajo práctico como opción de titulación. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA, así como la invitación oficial al asesor; la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al CA para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA un borrador del documento y su aprobación por el director del trabajo, mediante un escrito dirigido al CA, el cual formará parte del documento final. En un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido el borrador, el CA entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto, extenderá el visto bueno para la impresión del mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador. 11

12 Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así como conocer ampliamente el contenido del trabajo. La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de titulación. 2.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo señalado en el anexo B Características y formato académico 12

13 Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a desarrollar, están señalados en el anexo B4. 3. Acreditación de asignaturas de posgrado Esta opción consiste en la acreditación de tres asignaturas de un programa de maestría o especialidad en la UPAEP, o en cualquier otra institución académica previamente reconocida por la universidad y que cumpla con los requisitos establecidos por el Departamento de UPAEP Online en el anexo B6. La maestría o especialidad debe corresponder al área del programa académico del estudiante y no podrán ser cursos propedéuticos, de regularización u optativos. Posterior a la aprobación de las asignaturas, el alumno deberá elaborar un ensayo o monografía de dicha asignatura y presentar un examen en defensa del mismo. 3.1 Procedimiento El estudiante, en la solicitud para la autorización de esta opción, deberá indicar la institución donde desea cursar el posgrado, así como las asignaturas que pretende acreditar y que serán reconocidas para la titulación. Es necesario anexar información general de la institución, el plan de estudios de la maestría o especialidad y el contenido de las asignaturas, junto con ello un cronograma de cumplimiento. La Academia del programa junto con el CA, deliberarán y en su caso autorizarán la propuesta del curso de posgrado como opción de titulación. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo no mayor a 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA. En caso de ser aprobada la opción, ésta deberá ser registrada por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). Una vez que el interesado cuente con la documentación que respalde la acreditación de las asignaturas autorizadas, ésta deberá ser presentada al CA junto con la propuesta del ensayo o monografía y el asesor que fungirá como director del trabajo, bajo los requisitos señalados en el anexo B5. La calificación aprobatoria de las asignaturas será la mínima necesaria que fije la institución de que se trate. El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando cédula profesional de los grados académicos obtenidos. 13

14 La Academia del programa junto con el CA, deliberará y en su caso autorizará la propuesta del ensayo o monografía. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo no mayor a 5 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA, así como la invitación oficial al asesor, la cual será entregada por el alumno; recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. Terminado el trabajo, el estudiante deberá entregar al CA un borrador del documento y su aprobación por el asesor, mediante un escrito dirigido al CA, el cual formará parte del documento final. Una vez cumplido el paso anterior y en un plazo no mayor a 15 días calendario a partir de recibido el borrador, el CA entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto extenderá el visto bueno para la impresión del mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador. Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del ensayo o monografía a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. 14

15 El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así como conocer ampliamente el contenido del trabajo. La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de titulación. 3.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento El interesado deberá tomar en cuenta para presentar el trabajo escrito, que la monografía es un estudio particular que describe de forma detallada y exhaustiva un tema de la ciencia o la tecnología y tiene como finalidad difundir conocimientos, profundizando en todos los aspectos, específicamente en su origen y contexto, donde diversas fuentes compiladas y procesadas por uno o varios autores respaldan cada concepto. A diferencia del ensayo, la monografía requiere citar las fuentes de consulta. El ensayo consiste en tratar un tema desde una óptica personal. Es un escrito en prosa, en el que se analiza, interpreta o evalúa un tema, sin la extensión ni la precisión que requiere un tratado completo sobre la misma materia. El propósito fundamental del ensayo es demostrar los conocimientos propios sobre la materia de la manera más completa posible. Puede tener o no citas textuales. El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo señalado en el anexo B Características y formato académico Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a desarrollar, están señalados en el anexo B4. 15

16 4. Monografía Esta opción de titulación consiste en la elaboración de un documento impreso que contendrá información relevante, estrechamente relacionada con alguna asignatura del plan de estudios vigente. Se deberá presentar un examen en defensa del mismo. La monografía podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, que muestre el estado del arte en el tema seleccionado (máximo tres integrantes). 4.1 Procedimiento El estudiante deberá anexar a la solicitud para la autorización de esta opción de titulación, la propuesta del tema a desarrollar en la monografía bajo los requisitos señalados en el anexo B5, así como mencionar a los demás integrantes del trabajo, si es el caso, y el asesor propuesto que fungirá como director del mismo. El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud de opción de titulación, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando cédula profesional de los grados académicos obtenidos. La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo de la monografía. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA. El coordinador elaborará la invitación oficial al asesor, la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA correspondiente en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA un borrador del documento y su aprobación por el asesor, mediante un escrito dirigido al CA, el cual formará parte del documento final. 16

17 En un plazo no mayor a 15 días calendario a partir de recibido el borrador, el CA entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto extenderá el visto bueno para la impresión del mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador. Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así como conocer ampliamente el contenido del trabajo. La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de titulación. 4.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento Tomar en cuenta que la monografía es un estudio particular que describe de forma detallada y exhaustiva un tema de la ciencia o la tecnología y tiene como finalidad difundir conocimientos, profundizando en todos los aspectos, específicamente en su origen y contexto, donde diversas fuentes compiladas y procesadas por uno o varios autores respaldan cada concepto, y por ello, se requiere citar las fuentes de consulta. 17

18 El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo señalado en el anexo B Características y formatos académicos Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a desarrollar, están señalados en el anexo B4. 5. Prototipo didáctico Esta opción de titulación consiste en la elaboración de un prototipo didáctico que sea útil para el logro de objetivos de alguna asignatura del plan de estudios vigente y presentar un examen en defensa del mismo. El trabajo a desarrollar puede ser: a. Audiovisuales que presenten en forma clara y objetiva, contenidos difíciles de entender o realizar en el laboratorio, taller o aula. b. Equipos cuya función primordial sea mostrar los procedimientos o reacciones, en forma clara y objetiva, de fenómenos relacionados con el contenido de las asignaturas del programa. c. Paquetes educativos de cómputo o laboratorio virtual, que puedan ser aplicados en alguna asignatura del plan de estudios vigente. El prototipo didáctico podrá ser elaborado en forma individual o colectiva, máximo tres integrantes. El prototipo deberá entregarse con la información necesaria para su operación y mantenimiento. 5.1 Procedimiento El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de titulación, el tipo de prototipo a desarrollar y con cuál o cuáles asignaturas del plan 18

19 de estudios vigente se relaciona, así como señalar a los demás integrantes del trabajo, si es el caso. Será necesario que el estudiante cuente con uno o varios asesores (máximo 3), a lo largo del desarrollo del trabajo. Los asesores solo podrán ser: el coordinador académico o profesores de tiempo completo, medio tiempo u hora clase de la asignatura(s) donde se pretende aplicar el prototipo. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud de opción de titulación, la propuesta de asesores para el trabajo e indicar quién será el responsable directo de la asesoría, el cual fungirá como director del trabajo. La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo del prototipo. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA. El coordinador elaborará la invitación oficial al director y asesores, la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. El estudiante una vez terminado el trabajo y con su aprobación por el director y los asesores, mediante un escrito dirigido al CA, el cual formará parte del documento final, deberá hacer una presentación del prototipo y de la documentación de funcionamiento al CA y a la Academia respectiva, para observaciones y/o correcciones. El CA levantará en el momento, una minuta de las modificaciones a realizar y será entregada una copia del escrito al estudiante. En su defecto, el CA extenderá al estudiante el visto bueno por escrito, para la presentación del examen en defensa del prototipo. Una vez aprobado el prototipo didáctico por el CA y la Academia, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por 19

20 escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará a los sinodales junto con la carta invitación al examen, extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del documento que explique la finalidad y funcionamiento del prototipo, así como dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. Para los casos donde exista más de un asesor, sólo el director del trabajo podrá ser parte del jurado, en calidad de vocal. Previa a la firma del acta de examen por parte del director del departamento y en caso aprobatorio, el CA levantará un acta de entrega por parte del estudiante del prototipo e información respectiva, lo cual deberá hacer de su conocimiento al director del departamento. La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y actualización del prototipo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de titulación. 5.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento El prototipo didáctico en cualquiera de sus modalidades, deberá acompañarse de un documento que describa el propósito del modelo, su base teórica y sus características de funcionamiento, así como el mantenimiento requerido y los dibujos o planos que complementen la información. La propiedad y derechos de uso del prototipo una vez recibido por el CA, pasará a manos de la UPAEP, quedando la responsabilidad de su operación en el programa correspondiente. 20

21 Los gastos que originen la elaboración del prototipo, su instalación y la puesta en marcha deberán ser cubiertos, íntegramente, por el estudiante, salvo el caso, donde el proyecto esté financiado por la UPAEP y/o alguna otra institución. La información impresa del prototipo se entregará en hojas blancas tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco y conforme al formato que se describe en el anexo B3 y B4. En caso de que el documento sea en forma electrónica, también deberá tener el formato que se describe en dichos anexos. 21

22 6. Examen general de conocimientos En esta opción de titulación se requiere presentar en forma escrita u oral, un examen para evaluar los conocimientos adquiridos por el egresado respecto del plan de estudios correspondiente. El examen escrito podrá realizarse de manera individual o en grupo, en presencia de un aplicador por cada diez alumnos como máximo. Evaluado el examen escrito, se emitirá el dictamen del examen profesional correspondiente. El examen oral consistirá en un interrogatorio individual directo, público y solemne, que formulará un jurado en nombre de la universidad, a fin de acreditar que el sustentante se encuentra en aptitud de ejercer como profesionista, porque lo merece su nivel de conocimientos adquiridos y su sentido de responsabilidad social demostrado. 6.1 Procedimiento El solicitante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de titulación, la forma en que desea ser evaluado, oral o escrita, a fin de que el coordinador académico del programa (CA), designe al jurado y la fecha del examen. En caso de ser aprobada la opción, ésta deberá ser registrada por el CA o pr correspondiente en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). La Academia del programa junto con el CA, deliberarán y en su caso autorizarán la presentación del examen general de conocimientos y su forma de aplicación, oral o escrita. El examen deberá cubrir los aspectos fundamentales del plan de estudios correspondiente, para evaluar que el sustentante tiene los conocimientos para poder desarrollarse en el campo profesional. El CA designará el o los profesores para la elaboración del borrador del examen y pueda ser discutido y aprobado por la Academia. Una vez aprobado y recibido el documento de examen por el CA, éste se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y 22

23 quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará la carta invitación al examen extendida por SUI. El jurado para el examen oral o escrito, estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. En el caso de que se presente el examen por escrito, el CA designará al aplicador, el cual podrá ser o no miembro del jurado. La evaluación y dictamen del examen deberá ser realizado en fecha posterior por el jurado designado y emitir el acta de examen correspondiente, en una ceremonia de grado (parte protocolaria del examen. Sección IV). 6.2 Aspectos a considerar para la presentación del examen El examen abarcará todas las asignaturas del plan de estudios correspondiente y estará enfocado a valorar si el estudiante posee los conocimientos y habilidades básicas de su profesión, para poder enfrentar los retos laborales, académicos o de investigación que le esperan. Podrán ser preguntas directas o de selección, dependiendo el tema de que se trate y la forma de presentación. El examen tendrá una duración máxima de tres horas en cualquiera de sus modalidades y será el coordinador del jurado, el responsable de vigilar su cumplimiento. Cualquier otro aspecto del examen y su aplicación no considerado en este manual, deberá ser analizado por el CA junto con la Academia, para emitir la decisión correspondiente. 23

24 7. Artículo especializado Esta opción de titulación consiste en la elaboración y publicación de un artículo en una revista arbitrada, y presentar un examen en defensa del mismo. Su publicación o al menos la aceptación del artículo, deberá ser mientras el estudiante esté inscrito en licenciatura de UPAEP o se encuentre en proceso de titulación. El trabajo deberá estar relacionado con el programa de estudios del alumno que publica, lo cual será verificado por el coordinador académico de la carrera (CA) y el director de departamento. Se permitirá un máximo de dos estudiantes que puedan titularse con un mismo artículo en coautoría, siempre y cuando, se respete lo señalado el inciso 8.2 del presente manual. 7.1 Procedimiento El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de titulación, la revista arbitrada seleccionada, el tema a desarrollar y con cuál o cuáles asignaturas del plan de estudios vigente se relaciona el artículo, así como el nombre de los coautores que participan en la publicación. La solicitud de autorización deberá entregarse al coordinador académico con la suficiente antelación, para respetar los tiempos que indica la UPAEP y los que señale la revista arbitrada. La Academia del programa junto con el CA, deliberarán y en su caso autorizarán el artículo propuesto como opción de titulación. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo no mayor a 7 días calendario a partir de la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA correspondiente en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). El estudiante deberá entregar al CA, la carta de aceptación emitida por la instancia que publicará el artículo, así como una copia del correspondiente manuscrito. Será el CA quien revise la aplicabilidad de estos documentos. Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que 24

25 el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. También deberá entregar a la Dirección de Investigación de la UPAEP, una copia de la carta de aceptación, una copia del artículo y la referencia de la publicación. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado(s) tendrá que realizar un revisión y actualización del artículo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de titulación. 7.2 Aspectos a considerar para la elaboración del artículo Además de que el artículo debe estar relacionado al programa de estudios del alumno que publica, la revista deberá estar en el Index de Thomson Reuters o al menos en el Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT). Sólo se aceptarán artículos de publicación inédita. En el artículo publicado, el estudiante a titularse deberá presentarse como de adscripción a la UPAEP. El estudiante que desee titularse por esta opción, deberá: a. Aparecer como primer o segundo autor, siempre y cuando, sólo un estudiante se titule con dicho artículo. b. Aparecer entre los tres primeros autores, siempre y cuando, más de un estudiante se titule con el mismo artículo publicando como coautores. 25

26 Cualquier caso no contemplado en el presente manual, será sometido a consideración de la Academia del programa y su resolución deberá contar con el visto bueno del director del departamento. 7.3 Características y formatos académicos Los requisitos de contenido y forma, serán los que fije el comité editorial de la revista donde se desea publicar. 8. Titulación extemporánea Aquellos egresados que hayan terminado su currícula académica y que después de dos años no se han titulado, podrán acceder al procedimiento de titulación, eligiendo entre estas dos opciones: a) Presentación de una memoria de experiencia profesional y sustentación de un examen en defensa de la misma. b) Cursos remediales de actualización con elaboración de un informe sobre el mismo y sustentación de un examen en defensa del trabajo realizado. La memoria por experiencia profesional consiste en la elaboración de un trabajo o informe escritos de alta calidad, relacionado con las actividades realizadas durante el ejercicio profesional, mínimo de tres años comprobables, afín al plan de estudios cursado. En este trabajo deberán observarse aportaciones personales del egresado, en la innovación de sistemas, aparatos, o mejoramiento profesional de algún proceso bajo su responsabilidad. La memoria deberá ser individual y estar avalada por la empresa, organización ó dependencia pública donde se realizaron las actividades. Los cursos de actualización deberán ser afines al programa académico del solicitante y deberá elaborarse un informe escrito sobre los cursos que se le asignaron como opción de titulación. 8.1 Procedimiento El solicitante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de titulación, la forma en que pretende cubrir esta opción, así como anexar su 26

27 curriculum vitae. En el caso de la memoria, se deberá indicar el tema elegido y la documentación que avale lo que se pretende desarrollar. Para la elaboración de la memoria, será necesario que el estudiante cuente con un asesor a lo largo del desarrollo del trabajo. El asesor podrá ser el coordinador académico o algún profesor de tiempo completo, medio tiempo u hora clase del programa. Titulado y con experiencia comprobada de 5 años en el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud de opción de titulación, el asesor propuesto para el trabajo, que fungirá como director del mismo. La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo de la memoria. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA. El coordinador elaborará la invitación oficial al asesor, la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA en el formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2). En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro. En el caso de cursos remediales de actualización, éstos serán asignados por el CA y de acuerdo al perfil profesional del solicitante. El CA hará conocimiento de ello al estudiante, mediante escrito avalado por el director del departamento. Los cursos podrán ser en la UPAEP o en alguna otra institución reconocida por ANUIES o FIMPES. Los costos serán sufragados por el solicitante. El estudiante deberá entregar un borrador del trabajo elaborado al CA, cualquiera que sea el caso, y en un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido el documento, el CA entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto extenderá el visto bueno para la impresión de los mismos. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador. 27

28 Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA, el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad. El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. El asesor podrá forma parte del jurado en calidad de vocal. La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no presentarse el examen en este lapso, el interesado(s) tendrá que realizar un revisión y actualización del artículo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA y la Academia proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de titulación. 8.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento El informe o memoria impreso se entregará en hojas blancas tamaño carta (216 x 279 mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco y conforme al formato que se describe en el anexo B3. En caso de que el documento sea en forma electrónica, también deberán tener el formato que se describe en dicho anexo. 8.3 Características y formatos académicos Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a desarrollar, están señalados en el anexo B4. 28

29 9. Titulación automática Se podrá optar por esta opción en el caso de haber obtenido un promedio general mínimo de nueve punto cinco (9.5) durante su carrera, y no haber reprobado ninguna asignatura a lo largo de la misma. También se podrá obtener la titulación automática, al obtener el Testimonio de Alto Rendimiento Académico con el reconocimiento de Sobresaliente, en el Examen General de Egreso de Licenciatura (EGEL) propio de su carrera y que aplica el Centro Nacional de Evaluación de la Educación Superior (CENEVAL). Se podrá optar por la Mención Honorífica sustentando un examen profesional general de conocimientos oral o escrito - y que a juicio del jurado resulte excelente. 9.1 Procedimiento El solicitante deberá anexar a la solicitud para autorización de esta opción de titulación, la documentación que sustente el derecho a esta opción. Una vez recibida la documentación que da derecho esta opción y revisada por el CA, éste se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen extendida por SUI. Una vez recibida la documentación que da derecho esta opción y revisada por el CA, éste fijará la fecha y hora del evento protocolario de titulación, así como los sinodales en el sistema UNISOFT. La fecha del evento no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrales (SUI). El sustentante entregará a los sinodales junto con la carta invitación al examen, extendida por SUI. 29

30 El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. El alumno podrá recusar por escrito, a uno de los sinodales, sin expresión de causa dentro de las veinticuatro horas siguientes, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo. Sección IV. Protocolo del examen profesional A continuación se señalan los lineamientos principales que se deberán de seguir para el desarrollo del examen profesional, sin embargo, queda a juicio del coordinador del jurado cualquier cambio o ajuste al respecto. En el caso de que la opción de examen sea por titulación automática, los lineamientos que deberán seguirse son los marcados en los incisos 3), 5), 6), 10) y 11). El coordinador del jurado deberá explicar al sustentante, la razón de no realizarse lo indicado en los otros incisos. 1) El examen podrá ser individual o en grupo, según la opción de titulación seleccionada y el número de participantes en el desarrollo del trabajo. 2) El examen se divide en 2 partes: Exposición del trabajo Evaluación y resultado 3) El jurado consta de 3 sinodales (Coordinador, Secretario y Vocal), que deberán ser designados previamente por el coordinador académico del programa. 4) Los asesores podrán ser invitados al examen, pudiendo participar en la sesión de preguntas, pero sin voto en la evaluación; solo el director del trabajo puede ser parte del jurado como vocal. 5) El sustentante entregará al coordinador antes de iniciar el examen, el acta de examen y la documentación complementaria. El acta deberá recogerse en SUI y con el coordinador del programa la toma de protesta, original y copia, y el código de ética, previamente llenados por el coordinador. 30

31 6) El jurado previo al examen y sin presencia del sustentante, revisará la documentación entregada para conocer los aspectos académicos a considerar en el examen y acordar los detalles del acto, así como analizar si es posible otorgar mención honorífica. 7) El sustentante tendrá 40 minutos como máximo, para hacer la presentación del trabajo, en caso de ser varios los examinados, deberán participar todos en la exposición. El secretario será responsable de su cumplimiento. 8) Cada uno de los sinodales dispondrá de un lapso máximo de 30 minutos para realizar las preguntas que considere conveniente al o los sustentantes. Todos los asesores que no forman parte del jurado, tienen derecho a formular preguntas al examinado, previa autorización del coordinador del examen. 9) Una vez concluidas las preguntas, el coordinador pedirá a los sustentantes, asesores y demás concurrencia que salgan, para llevar a cabo la evaluación correspondiente, tomando en cuenta la calidad del trabajo y la exposición, así como el conocimiento del trabajo por parte del o los examinados. La evaluación será conforme a lo señalado en la documentación anexa al acta de examen (anexo C). 10) A continuación, el secretario llenará el acta de examen profesional con base a la decisión final del jurado y se firmará el acta y, la toma de protesta, si procede (anexo C). 11) Se llama al o los examinados y se realiza lo siguiente, bajo la moderación del coordinador: a) El secretario da lectura al acta correspondiente. En caso de reprobación, se da por terminado el acto y se remite al interesado con el coordinador académico para el trámite a seguir b) A continuación, el vocal se dirige al examinado y hace las recomendaciones que el jurado haya considerado pertinentes. Estas recomendaciones pueden ser una felicitación o bien una observación a fin de mejorar sus conocimientos y criterios, etc. c) Acto seguido, el coordinador toma la protesta al nuevo profesionista (anexo C). El primer y tercer párrafo del documento es leído por el coordinador, el segundo por el examinado. El sustentante deberá firmar el documento para su entrega. 31

32 d) Finalmente, el coordinador entrega al profesionista el Código de Ética Profesional, haciendo hincapié de su observancia en todo momento de su vida profesional, y le solicita firme la Toma de Protesta para hacerle entrega de la misma. El acta y demás documentos, el secretario los deberá depositar en el buzón correspondiente, a la entrada de sala de maestros. ANEXO A 32

33 REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA LICENCIATURA GENERALIDADES CAPÍTULO I ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de observancia general para los alumnos que han cumplido la currícula académica para obtener el grado de licenciatura. El sistema de Bachillerato y los posgrados, no quedan incluidos. ARTÍCULO 2.- Son requisitos indispensables para obtener el título profesional, del grado de licenciatura, que el solicitante acredite: a) La aprobación de todas y cada una de las asignaturas que comprenden el programa escolar del plan de estudios. b) El cumplimiento del servicio social conforme a los lineamientos que señale el Reglamento General de Servicio Social. c) Haber pagado cualquier tipo de cuota y no tener adeudo alguno. Los becarios, estarán sujetos a lo dispuesto en el Reglamento de Apoyos Financieros. d) Entregar oportunamente toda la documentación que le hubiere sido requerida, a fin de que las autoridades administrativas universitarias integren el expediente completo. e) El cumplimiento de cualquiera de las opciones de titulación f) Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General Académico de Licenciatura y los propios del Departamento Académico al que pertenece el programa de Licenciatura. CAPÍTULO II OPCIONES DE TITULACIÓN Artículo 3.- Las opciones de titulación entre las que puede escoger el alumno, son: a) Elaboración de tesis y sustentación de examen en defensa de la misma. b) Elaboración de trabajos prácticos y sustentación de examen en defensa de los mismos. c) Cursos de posgrado con presentación de ensayo o monografía y sustentación de examen en defensa de los mismos. d) Elaboración de una monografía y sustentación de examen en defensa de la misma. 33

34 e) Elaboración de un prototipo didáctico y sustentación de examen en defensa del mismo. f) Elaboración de un instructivo para prácticas de laboratorio y taller y sustentación de examen en defensa del mismo. g) Sustentación de examen general de conocimientos oral o escrito. h) Titulación extemporánea. i) Titulación automática: se podrá optar por esta opción en el caso de haber obtenido un promedio general mínimo de nueve punto cinco (9.5) durante su carrera, y no haber reprobado ninguna asignatura a lo largo de la misma. Se podrá optar por la Mención Honorífica sustentando examen profesional general de conocimientos oral o escrito - y que a juicio del jurado resulte excelente. ARTÍCULO 4.- Se podrá optar por la Mención Honorífica en el caso de las opciones de titulación de los incisos a,b,c,d,e,f,g,h,i del artículo que antecede. ARTÍCULO 5.- El solicitante, cuando menos seis meses antes de la fecha tentativa de titulación, de acuerdo al plan de estudios de la carrera, deberá manifestar su opción de titulación, que en cualquier caso será registrado por el director del departamento. ARTÍCULO 6.- El director del departamento al recibir la solicitud de titulación a que se refiere el artículo que antecede, aprobará al solicitante la opción de titulación de conformidad con los siguientes criterios: a) Expediente académico del alumno. b) Tendencias o inclinaciones que se desprendan. c) Beneficios mediatos o inmediatos para el alumno, el departamento y la propia universidad. CAPÍTULO III DE LA ELABORACIÓN DE TESIS Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LA MISMA ARTÍCULO 7.- Esta opción de titulación consiste en un trabajo de investigación que el alumno realiza, bajo la dirección de un asesor previamente designado, y respecto a una temática de interés para el departamento y el entorno regional. ARTÍCULO 8.- La tesis se elaborará de acuerdo a los siguientes criterios: a) Podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, máximo tres integrantes. 34

35 b) El tema de tesis planteado se deberá desarrollar, de manera que el (los) sustentante (s) manifieste (n) dominio suficiente de la metodología científica, habilidades y conocimientos en el tema propuesto. c) El planteamiento, desarrollo, presentación, y conclusiones de la tesis se apegarán a un método de investigación avalado por el director del departamento y el asesor de la tesis. ARTÍCULO 9.- La tesis desarrollada y con la aprobación del asesor se entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 10.- El asesor que supervisa la tesis y los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente, serán designados únicamente por el director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido de la tesis. CAPITULO IV ELABORACIÓN DE TRABAJOS PRÁCTICOS Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LOS MISMOS ARTÍCULO 11.- El alumno elaborará un informe escrito sobre: a) Proyectos de desarrollo de una comunidad, con apego al Reglamento de Servicio Social. b) Experiencias de aportación de soluciones específicas en el trabajo de una empresa, (prácticas profesionales). ARTICULO 12.- El trabajo desarrollado y con la aprobación del asesor se entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTICULO 13.- El trabajo práctico desarrollado y con la aprobación del asesor que supervisa y los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente, serán designados únicamente por el director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido del trabajo. CAPÍTULO V 35

36 CURSOS DE POSGRADO CON PRESENTACIÓN DE ENSAYO O MONOGRAFÍA Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LOS MISMOS. ARTÍCULO 14.- Esta opción de titulación consiste en la acreditación de tres asignaturas de un programa de maestría o especialidad, en ésta o en cualquier universidad previamente reconocida por la institución y aprobada por el director del departamento. La maestría o especialidad debe corresponder al área del programa académico del sustentante. Posterior a la aprobación de estas tres asignaturas, el alumno deberá elaborar un ensayo o monografía de dichas asignaturas, de acuerdo a la metodología que señale el director de departamento académico ARTÍCULO 15.- Las asignaturas deberán corresponder exclusivamente a los estudios propios de la maestría o especialidad de que se trate, en ningún caso se aceptan asignaturas de regularización, de propedéuticos u optativas. La calificación aprobatoria será la mínima necesaria para el acreditamiento en el curso respectivo en la universidad de que se trate. ARTICULO 16.- Los sinodales que fungirán como miembros del jurado del examen profesional correspondiente, serán designados únicamente por el director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. CAPITULO VI DE LA ELABORACIÓN DE UNA MONOGRAFÍA Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LA MISMA ARTÍCULO 17.- La monografía consistirá en la elaboración de un documento impreso, cuyas hojas se encuentren reunidas y ordenadas para la lectura y contendrá información relevante estrechamente relacionada con alguna asignatura del plan de estudios vigente. ARTÍCULO 18.- La monografía podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, - máximo tres integrantes-. La monografía después de haber sido aprobada por el asesor se entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 19.- La elaboración de la monografía deberá ser supervisada por el asesor designado por el director del departamento, así como por los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente; los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido de la monografía. 36

37 CAPITULO VII ELABORACIÓN DE UN PROTOTIPO DIDÁCTICO Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DEL MISMO ARTÍCULO 20.- El prototipo educativo consistirá en un trabajo que sea útil en el logro de objetivos de alguna asignatura del plan de estudios, pudiendo ser: I. Audiovisuales que deberán presentar en forma clara y objetiva contenidos difíciles de entender o realizar en el laboratorio, taller o aula. II. Equipos cuya función primordial sea mostrar en forma clara y objetiva los procedimientos o reacciones. III. Paquetes educativos de cómputo o laboratorio virtual. El prototipo didáctico podrá ser elaborado en forma individual o colectiva, - máximo tres integrantes. ARTÍCULO 21.- El prototipo didáctico desarrollado y con la aprobación del asesor se entregara a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante entregara un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 22.- La elaboración del prototipo didáctico deberá ser supervisada por el asesor designado por el director del departamento, así como por los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente; los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido del prototipo. CAPÍTULO VIII ELABORACIÓN DE UN INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS PARA LABORATORIO O TALLER Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DEL MISMO ARTÍCULO 23.- Deberá entenderse por instructivo de prácticas para laboratorio o taller, el documento que contenga todas las prácticas que deben realizarse correspondientes al programa de una asignatura del plan de estudios vigente. ARTÍCULO 24.- El instructivo de prácticas para laboratorio o taller deberá elaborarse individualmente. ARTÍCULO 25.- El instructivo de prácticas desarrollado y con la aprobación del asesor se entregara a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante 37

38 entregara un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 26.- La elaboración del instructivo de prácticas de laboratorio o taller deberá ser supervisado por el asesor que designe el director del departamento, así como por los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente, los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido del instructivo. CAPITULO IX SUSTENTACIÓN DE EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS ORAL Ó ESCRITO-. ARTÍCULO 27.- El examen habrá de evaluar los conocimientos adquiridos por el egresado, respecto del plan de estudios correspondiente. ARTÍCULO 28.- El examen puede ser presentado en forma oral o escrita. ARTÍCULO 29.- El examen escrito podrá realizarse de manera individual o colectiva, en presencia de un aplicador por cada diez alumnos, que debe ser designado por el director del departamento. Evaluado el examen escrito se emitirá el dictamen del examen profesional correspondiente. ARTÍCULO 30.- Los sinodales del examen profesional escrito, serán designados por el director del departamento, los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. ARTÍCULO 31.- El examen oral consistirá en el interrogatorio directo, público y solemne que formula un jurado en nombre de la universidad, a fin de acreditar que el sustentante se encuentra en aptitud de ejercer como profesionista, porque lo merece su nivel de conocimientos adquiridos y su sentido de responsabilidad social demostrado. ARTÍCULO 32.- El examen oral será individual y ante el jurado nombrado por el director del departamento, de entre el personal docente que cubra los siguientes requisitos: I. Tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años; II. Poseer cédula de ejercicio profesional de licenciatura o de grado académico. CAPÍTULO X TITULACIÓN EXTEMPORÁNEA 38

39 ARTÍCULO 33.- Aquellos egresados que hayan terminado su currícula académica y que después de dos años no se haya titulado, podrán acceder al procedimiento de titulación, eligiendo entre estas dos opciones: a) Presentación de la memoria de experiencia profesional y sustentación de examen en defensa de su trabajo b) Curso remedial de actualización con elaboración de un informe sobre el mismo y sustentación de examen en defensa de su trabajo. ARTÍCULO 34.- La memoria por experiencia profesional consiste en la elaboración de un trabajo o informe escritos de alta calidad, relacionados con las actividades realizadas durante el ejercicio profesional, mínimo de tres años comprobables, afín al plan de estudios cursado. En este trabajo deberán observarse aportaciones personales del egresado en la innovación de sistemas, aparatos, o mejoramiento profesional de algún proceso bajo su responsabilidad. ARTÍCULO 35.- El trabajo o informe deberá estar avalado por la empresa, organización ó dependencia pública donde se realizaron las actividades y por el director del departamento, mediante dictamen de su personal académico en el que se considerará la calidad y veracidad del mismo. ARTICULO 36.- El trabajo o informe de experiencia profesional deberá ser individual. ARTICULO 37.- Aprobado el informe, el aspirante deberá sustentar la defensa de su trabajo ante un jurado integrado por tres sinodales como mínimo, los cuales deberán ser designados por el director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido de la memoria. ARTÍCULO 38.- La memoria de experiencia profesional, se entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 39.- La elaboración de la memoria de experiencia profesional, deberá ser supervisada por los maestros que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente; los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido de la memoria. ARTÍCULO 40.- Los cursos remediales de actualización deberán ser designados por el Director del Departamento, los que deben ser afines al programa académico del solicitante. 39

40 ARTÍCULO 41.- El alumno elaborará un informe escrito sobre los cursos que se le asignaron como opción de titulación. ARTÍCULO 42.- El trabajo desarrollado y con la aprobación del asesor, se entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la universidad. ARTÍCULO 43.- Los maestros que fungirán como miembros del jurado de examen profesional, deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido del informe. CAPITULO XI DEL EXAMEN PROFESIONAL ARTÍCULO 44.- El examen profesional se deberá solicitar dentro de un plazo que no será mayor a dos años inmediatos siguientes, contados a partir del acreditamiento de la última asignatura del plan de estudios vigente. ARTÍCULO 45.- El examen profesional deberá celebrarse en el recinto universitario y será público, indefectiblemente. De ordinario se verificará en un solo acto, el día y hora que por escrito señale el director del departamento. ARTÍCULO 46.- El director procederá a la designación de los integrantes del jurado del examen libremente, y la notificará al solicitante, quien podrá recusar por escrito, a uno, sin expresión de causa dentro de las veinticuatro horas siguientes. Los nominados en definitiva, serán convocados, por escrito, cuando menos quince días antes de la fecha, que también señalará el propio director, en coordinación con el departamento administrativo correspondiente. ARTÍCULO 47.- Para ser miembro del jurado, se requiere: Ser maestro del departamento del sustentante, o miembro del consejo académico del mismo, o de la universidad. Un externo sólo podrá ser sinodal, cuando expresamente lo autorice el director del departamento, además de demostrar tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres a cinco años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. ARTÍCULO 48.- El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. ARTÍCULO 49.- El coordinador debe dirigir el desarrollo del examen, igualmente es el responsable de la solemnidad del mismo. ARTÍCULO 50.- El secretario es auxiliar del coordinador y responsable de redactar el acta del examen. Leerá el dictamen al finalizar el examen. 40

41 ARTÍCULO 51.- El vocal es el integrante del jurado que también formula interrogatorio libremente, como los demás sinodales. ARTÍCULO 52.- En caso fortuito o de fuerza mayor, oportuna y debidamente acreditada por parte del sustentante, se podrá diferir el examen. El director, de oficio, señalará nueva fecha. En caso contrario, se deberá considerar reprobado al solicitante. ARTÍCULO 53.- El examen consistirá en la exposición y defensa del documento comprobatorio que el alumno realizó como opción de titulación, o en su caso, en la presentación del examen oral o escrito. ARTÍCULO Terminado el examen, el jurado deliberará en privado la evaluación y emitirá su veredicto que siempre será inapelable. ARTÍCULO 55.- El dictamen, se hará constar en el acta, y podrá ser de aprobación, aprobación por unanimidad, aprobación por unanimidad con Mención Honorífica, y reprobación. ARTÍCULO 56.- El veredicto de reprobación se emitirá cuando a criterio del jurado, el sustentante manifieste notoria insuficiencia de conocimientos. En caso contrario, el resultado será de aprobación y el jurado bajo su responsabilidad, definirá si es por unanimidad. ARTÍCULO 57.- En caso de reprobación, el sustentante deberá solicitar nuevamente el examen, después de un plazo mínimo de tres meses y no mayor de seis. Para el efecto, lo tramitará conforme al procedimiento ordinario que previene el presente reglamento, debiendo presentar el mismo trabajo elegido como primera opción de titulación. ARTÍCULO 58.- El director del departamento, en la forma establecida en el presente reglamento designará a los sinodales, fecha y demás requisitos que de ordinario previene el reglamento. ARTÍCULO 59.- Si el sustentante no solicitare oportunamente el examen, o lo reprobara por segunda ocasión, sólo podrá presentar el examen profesional por tercera y última vez, cuando haya cumplido con los requisitos remediales indicados por el director del departamento. ARTÍCULO 60.- Los integrantes del jurado de examen profesional podrán, si lo creen conveniente, proponer a la universidad que se le otorgue al alumno que se examina, el premio académico Mención Honorífica, el cual sólo podrá ser otorgado si dicho alumno no reprobó ninguna asignatura durante el curso de su carrera, y cuente con un promedio de 9.0 (nueve punto cero) o superior. Además sustentar excelente examen profesional a juicio del jurado. ARTÍCULO 61.- El jurado notificará al sustentante, inmediatamente a la conclusión del examen, el veredicto en cualquiera de sus modalidades; excepto en el examen escrito. 41

42 Igualmente lo hará saber a la dirección del departamento anexando el acta respectiva, para que se proceda a los registros pertinentes ante el departamento administrativo correspondiente. TRANSITORIOS Primero.- Se abroga el Reglamento General de Titulación y todas las disposiciones que se opongan al presente. Segundo.- El presente Reglamento surtirá efectos a partir de su publicación en las Tablas Oficiales de Avisos de la Universidad. Tercero.- Para el efecto, por conducto del Rector será sometido a la aprobación de la Junta de Gobierno para su promulgación, en términos del artículo 23 fracción 3 del Estatuto General de la Universidad. Cuarto.- Así lo acordó el Consejo Universitario en sesión celebrada el día 21 de abril de El Rector Ing. Javier Cabanas Gancedo El Secretario del Consejo Universitario Ing. Vicente Pacheco Ceballos PROMULGACIÓN La Junta de Gobierno de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2001 con fundamento en el artículo 23 fracción 3 del Estatuto General, por unanimidad acordó promulgar el presente Reglamento y para su debido cumplimiento y observancia publíquese en las tablas oficiales de avisos. El Presidente de la Junta de Gobierno Ing. José Antonio Quintana Fernández El Secretario de la Junta de Gobierno LAE. Juan José Rodríguez Posada ANEXO B 42

43 FORMATOS DE TITULACIÓN ANEXO B1 43

44 PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN Programa de Licenciatura: Tesista(s) Nombre: Matrícula Teléfono Título probable de la tesis Lugar y fecha 44

45 Contenido del Protocolo Secciones que deberán desarrollarse por el tesista. 1. Antecedentes de la investigación 2. Justificación de la investigación 3. Objetivos de investigación 4. Preguntas de Investigación (incluir hipótesis inicial si aplica) 5. Alcances y limitaciones del proyecto 6. Viabilidad de la Investigación 7. Esbozo del Marco Teórico 8. Metodología de investigación 9. Resultados (a priori) esperados 10. Contribuciones originales esperadas 11 Impacto social esperado 12. Índice tentativo 13. Cronograma 14. Referencias 45

46 PROPUESTA DE ASESOR (ES) Nombre Director de la Tesis Firma Segundo Asesor: Nombre Firma Tercer Asesor: Nombre Firma Nota: El protocolo deberá ser presentado en original y copia, impreso en hojas blancas, tamaño carta. 46

47 Anexo B2 Selección y Registro de Alternativa de Titulación 47

48 ANEXO B3 ASPECTOS GENERALES DEL DOCUMENTO Carátula: formato detallado más adelante. Márgenes: Izquierdo 3 cm, los otros tres, 2.5 cm. Tipo de letra: Times New Roman en color negro. o Título del capítulo: tamaño, 16; tipo, mayúsculas y negrita. o Subtítulos: tamaño, 14; tipo, mayúsculas y negrita. o Subsubtítulos: tamaño, 12; tipo, minúsculas y negrita. o Texto: tamaño, 12; tipo, minúsculas. Fórmulas: Usar el editor de ecuaciones. Numerarlas según el capítulo y su secuencia. La fórmula se ubica en la parte izquierda del texto, con un tabulador, y el número de la misma en la parte extrema derecha y entre paréntesis. Ejemplo: fórmula 21 del capítulo 3, (3.21). Respecto al tamaño de los elementos de una fórmula se recomiendan los siguientes: Normal, 12 puntos; Sub o superíndice, 10 puntos; Símbolo, 14 puntos; Subsímbolo, 12 puntos. Tablas y Figuras: Numerarlas según el capítulo y su secuencia, con título, en texto normal, en la parte inferior de las mismas. Ejemplo: tabla 2 del capítulo 4, Tabla 4.2, figura 5 del capítulo 2, Fig Paginado: En la primera página del capítulo el número se ubica en la parte inferior. El número estará centrado. En las demás páginas en la parte superior derecha. Inicio del capítulo: Éste se ubicará en la parte media de la hoja. Separación de los renglones: 1.5 espacio Referencias: a) Si es de una Revista o de un Journal: 48

49 - Choi, C. y Kim, H. (1989), Coupled use of reduced integration and nonconforming modes in improving quadratic plate element, Int. J. Num. Meth. Eng., 28(4), b) Si es de un libro: - Salvadori, M. y Baron, M. (1961), Numerical methods in engineering, Prentice Hall, Englewood Cliffs, NJ. c) Si es de memorias: - Choi, C. y Kwak, H. (1989), Optimum RC member design with discrete sections, Proceedings of 89 ASCE Structure Congress, San Francisco, May. 49

50 UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DEL ESTADO DE PUEBLA (NOMBRE DE LA ESCUELA) TITULO DE LA TESIS Trabajo de Investigación que para obtener el Título de (nombre del título profesional) Presenta: Colocar en este lugar, el logotipo de la escuela en caso de existir. ANEXO B4 Nombre del alumno Puebla, Pue., México (mes) de (año) 50

51 Características de los trabajos de investigación El lenguaje en los trabajos de investigación debe reunir, entre otras, las siguientes condiciones: Imprescindible que los párrafos y oraciones se construyan de acuerdo a las reglas gramaticales. La redacción del trabajo deberá hacerse en el lenguaje técnico propio de la disciplina, observando las reglas gramaticales y ortográficas. Se deberá utilizar la terminología propia de cada disciplina y tener dominio de su significado. Todo párrafo debe redactarse en la forma más ágil, real y concreta posible, sin sacrificar la claridad. El texto tiene que ser comprensible, sencillo y directo, sin dejar de ser técnico; pero en ningún caso se debe llegar a la simpleza. De ser necesario, utilizar figuras, cuadros y diagramas para facilitar la comprensión. Debe descartarse la redacción en primera persona; deberán usarse construcciones impersonales o en plural de la primera persona, aún cuando se trate de redactar una crítica personal. Formato general del trabajo de titulación. El contenido deberá tener un esquema semejante al que a continuación se propone y conforme al tipo y profundidad del trabajo a desarrollar, así como a las sugerencias de los asesores. Este esquema está basado en los modelos que emplean las diferentes instancias académicas de la universidad, relacionadas con la investigación. 1. Portada externa (anexo IIC). 2. Hoja en blanco. 3. Portada interna (mismo formato del punto 1). 4. Carta de aprobación del director y asesor(es). 5. Dedicatoria (opcional). 6. Agradecimientos (opcional). 7. Abstract / Resumen. 8. Índice general 9. Capítulo Introductorio. (El nombre del capítulo puede ser distinto). En esta sección el alumno deberá demostrar que tiene claramente definido el tema de investigación. 51

52 Planteamiento del problema o de la oportunidad de investigación Propósito de la investigación Objetivo de la investigación Preguntas de Investigación Justificación de la investigación Alcances y limitaciones Viabilidad de la investigación Impacto esperado Organización del Estudio 10. Marco Teórico. [Puede tener una extensión mayor a un capítulo y se puede sustituir el nombre de Marco Teórico por otro(s) nombre(s) que deberá(n) ser congruente(s) con su estructura y contenido]. Cuidar que la información sea sólo la necesaria con relación a las variables y al estado del conocimiento. Cuidar también que sea congruente y lógica su estructuración, en todo caso que vaya de lo general a lo particular y cuidar la forma de citar y redactar en toda la tesis pero sobre todo en este apartado. El alumno deberá demostrar, no sólo que conoce la literatura relevante, sino también que es capaz de hacer un análisis crítico y profundo a las propuestas de otros investigadores. Deberá incluir artículos recientes publicados en revistas con arbitraje y memorias de congresos, además de lo que aparece en libros sobre el tema. En todo caso la revisión de literatura deberá garantizar que posee el estado del arte en el tema seleccionado. 11. Metodología. (El título de este capítulo puede ser distinto, pero acorde a su contenido) En esta sección el alumno deberá demostrar que tiene claramente definidos los métodos que usará. Deberá señalar: Enfoque de la investigación (Cuantitativa, cualitativa, mixta) Alcances de la investigación (Exploratoria, descriptiva, correlacional, explicativa) Planteamiento de las hipótesis (Si es el caso) Diseño de la investigación para probar la hipótesis (Experimental, no experimental) Selección de la muestra apropiada (si es el caso) Recolección de datos (si es el caso) 52

53 Análisis e interpretación de resultados. En el caso de investigaciones tecnológicas en este apartado 11, deberá tratarse del diseño teórico del prototipo y habrá que incluir un siguiente capítulo si es necesario para el reporte del diseño físico, pruebas y aprobación del prototipo definitivo. 12. Contribuciones originales e impacto social logrado. (De acuerdo a su extensión éste puede ser un capítulo o incluirse en el siguiente). En esta sección el alumno deberá demostrar que ha hecho una contribución original y/o creativa y medir su impacto social. 13. Conclusiones y recomendaciones. Esta sección puede corresponder a uno o dos capítulos según se separen o no las recomendaciones de las conclusiones, pero en todo caso deberán compararse en las conclusiones los resultados de la investigación con los objetivos de la misma. 14. Referencias. 15. Anexos. 53

54 ANEXO B5 PROPUESTA DE TRABAJO PRÁCTICO, MONOGRAFÍA O ENSAYO Contenido 1. Título probable del trabajo que exprese con precisión lo que se pretende realizar, en una extensión máxima de dos líneas. 2. Introducción. En esta sección se describe brevemente el tema que se va a desarrollar y puede constar de las siguientes partes: Identificación y clasificación del tema. Delimitación del tema. Esquema o bosquejo del contenido del trabajo. 3. Antecedentes. Estos son de mayor extensión que la introducción, dan una visión global del tema e incluyen: Los factores que motivaron la investigación. La justificación del trabajo (necesidad y relevancia). La revisión inicial de la literatura con citas metodológicas en los lugares pertinentes. 4. Objetivos. Son las contribuciones que el autor pretende alcanzar en su estudio. 5. Esquema del contenido del trabajo. 6. Plan de ejecución del trabajo. Este debe contener: Las técnicas que se utilizarán. Los recursos que se utilizarán. El cronograma. 7. Referencias bibliográficas. 8. Fecha probable la terminación y presentación del trabajo a revisión. 9. Datos generales y firma del asesor del trabajo. 54

55 PROPUESTA DE ASESOR Nombre: Profesión: Experiencia en años: Nota: La propuesta deberá ser presentada en original y copia, impresa en hojas tamaño carta. 55

56 ANEXO B6 REQUISITOS PARA LAS ASIGNATURAS DE UN POSGRADO COMO OPCIÓN DE TITULACIÓN La institución donde se curse el posgrado deberá ser miembro de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Nacional (ANUIES) o de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES). En el caso de estudios en el extranjero, las instituciones deberán estar reconocidas por CONACYT. Las asignaturas seleccionadas como opción de titulación deberán corresponder al primero y segundo semestre o periodo del posgrado. El posgrado deberá estar directamente vinculado con la licenciatura cursada, así como las asignaturas seleccionadas y quedará a juicio de la academia su aceptación. Cualquier excepción que justifique su análisis y aprobación, deberá contar con el visto bueno del director del departamento. 56

57 ANEXO C ACTA DE EXAMEN (Falta pedir autorización de su publicación y una copia del formato del acta de examen a Servicios Escolares) 57

58 Instructivo de Evaluación (Falta pedir autorización de su publicación y una copia del instructivo a Servicios Escolares) 58

59 TOMA DE PROTESTA Señor Ingeniero: Ante Dios, Rector y Guía de nuestra forma de vida y de nuestro pensamiento; ante nuestra Patria, México; ante los Catedráticos, aquí presentes en representación de las Autoridades de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla; ante la Sociedad a que nos debemos y estamos obligados a servir; y ante sus Padres, impulso y origen de toda su capacidad creadora, le solicito haga la protesta de ley. Protesto solemnemente cumplir y hacer cumplir el ejercicio de la profesión que libremente he elegido apegado siempre a la Normatividad, Especificaciones, Reglamentos y en general a todo lo que la rige; así como ejercer todos los preceptos morales y éticos que la propia sociedad establece para la (nombre de la profesión), buscando por sobre mi propio beneficio el de la Sociedad, aportando toda mi capacidad técnica para cumplir con obras de Calidad. PROTESTO Si es así hecho, que Dios, nuestra Patria, la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Sociedad y Sus Padres, reclamen con orgullo sus actos y acciones que los enaltezcan, y si no, que los mismos sean quienes se lo demanden. H. Puebla de Zaragoza, a de de (Título y nombre) Coordinador del Jurado (Título y nombre) Secretario del Jurado (Título y nombre) Vocal del Jurado 61

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