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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE EL San SALVADOR Salvador, EN LA 24 AMERICA de Mayo CENTRAL de Diario Oficial DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, JUEVES 24 DE mayo de 2012 NUMERO 94 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO EJECUTIVO Presidencia de la República Acuerdos Nos. 163, 170, 172, 180 y Se encargan Despachos Ministeriales a funcionarios públicos... Acuerdos Nos. 194 y Se conceden gastos por el desempeño de misiones oficiales... MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Ramo de Gobernación Estatutos de las Asociaciones del Condominio Residencial Torre Paseo II y Bienestar para Todos y Acuerdos Ejecutivos Nos. 59 y 113, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica... MINISTERIO DE ECONOMÍA Ramo de Economía Acuerdo No Se autoriza a la sociedad Skygo de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que se establezca en la Zona Franca Internacional, ubicada en el municipio de Olocuilta... S U M A R I O Pág ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia Acuerdos Nos. 210-D, 229-D, 239-D, 274-D, 276-D, 278-D, 301-D, 312-D, 317-D, 328-D y 336-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Alcaldías Municipales Decretos Nos. 1(2).- Ordenanzas transitorias de dispensa de intereses y multas por falta de pago de tasas municipales, a favor de las municipalidades de Usulután y Quelepa... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Colonia Barcelona, Cantón Cantarrana y Acuerdo No. 8, emitido por la Alcaldía Municipal de Santa Ana, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica... SECCION CARTELES OFICIALES De Primera Publicación Pág MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ramo de Educación Aceptación de Herencia Cartel No Marta Julia Villanueva y Otros.- (3 v. alt.) Acuerdos Nos , , , , , , , y Reconocimiento de estudios académicos Juicio de Ausencia Cartel No Ernesto Montalvo Estrada.- (1 vez) Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: [email protected]

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 De Segunda Publicación Aceptación de Herencia Cartel No Videla Bernarda Rivera y Otro.- (3 v. alt.)... Cartel No José Nehemías Monterroza Recinos y Otra.- (3 v. alt.)... Cartel No Gloria Josefina Esquivel Gutiérrez.- (3 v. alt.)... Cartel No Dominga Martínez Cabrera.- (3 v. alt.).. De Tercera Publicación Herencia Yacente Cartel No José Cupertino Aguilar García, curador Licenciado Mauricio Edgardo Martínez Vanegas.- (3 v. alt.)... SECCION CARTELES PAGADOS De Primera Publicación Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C001370, C001371, C001379, C001384, C001385, C001386, F038944, F038945, F038950, F038985, F038987, F039016, F039023, F039064, F039068, F Aceptación de Herencia Carteles Nos. C001372, C001373, C001374, C001378, C001397, F038940, F038947, F038948, F039011, F039012, F039024, C001365, C001366, C001392, F039025, F039043, F039060, F Herencia Yacente Cartel No. C Título de Propiedad Carteles Nos. F038951, F Título Supletorio Carteles Nos. C001383, F038977, F038993, F039018, F039019, F039038, F Pág Renovación de Marcas Carteles Nos. C001309, C001310, C001311, C001312, C001313, C001314, C001315, C001316, C001317, C001318, C001319, C001320, C001321, C001322, C001323, C001324, C001325, C001326, C001327, C001328, C001329, C001330, C001331, C001332, C001333, C001334, C001335, C001336, C001337, C001338, C001339, C001340, C001341, C001342, C001343, C001344, C001345, C001346, C001347, C001348, C001349, C001350, C001351, C001352, C001353, C001354, C001355, C001356, C001357, C001359, C001368, C001369, F039058, F039059, F039077, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C001289, C001290, C001291, C001292, C001293, C001294, C001295, C001296, C001297, C001298, C001299, C001300, C001301, C001302, C001303, C001304, C001305, C Nombre Comercial Cartel No. F Convocatorias Carteles Nos. C001367, C001380, C001381, C001382, C Subasta Pública Carteles Nos. C001393, C001394, C001396, F038961, F038966, F Reposición de Certificados Carteles Nos. F038974, F038975, F038976, F038978, F038979, F038981, F Edicto de Emplazamiento Carteles Nos. C001389, F Marca de Servicios Carteles Nos. C001306, C001307, C001308, C Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. C Reposición de Cheque Cartel No. F Marca de Producto Carteles Nos. F038949, F039054, F Pág Juicio de Ausencia Carteles Nos. C001375, C001388, F038962, F038963, F Cambio de Nombre Cartel No. F De Segunda Publicación Aceptación de Herencia Carteles Nos. C001228, C001229, C001230, C001240, C001241, C001251, F038545, F038550, F038564, F038599, F038609, F038662, F038683, F038685, F038686, F038698, F038722, F038725, F038742, F038743, F

3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Pág. 3 Pág. Título de Propiedad Carteles Nos. F038708, F038738, F Título Supletorio Carteles Nos. C001231, F Renovación de Marcas Carteles Nos. C001250, C001253, C001255, C001256, C001257, C001261, C Marca de Fábrica Carteles Nos. F038554, F Nombre Comercial Cartel No. C Señal de Publicidad Comercial Cartel No. C Subasta Pública Carteles Nos. F038563, F Solicitud de Nacionalidad Cartel No. F Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. C Declaratoria de Muerte Presunta Cartel No. F Marca de Producto Carteles Nos. C001245, C001246, F038579, F038580, F038581, F038582, F038583, F038584, F038586, F038588, F De Tercera Publicación Aceptación de Herencia Carteles Nos. C001134, F038206, F038249, F038251, F038297, F038314, F038347, C Renovación de Marcas Carteles Nos. C001137, C001153, C001154, C001155, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C001138, C001151, C001152, F038259, F038334, F038336, F Nombre Comercial Carteles Nos. C001133, F Convocatorias Cartel No. C000472, C000473, C000474, C000475, C Subasta Pública Carteles Nos. F038209, F038266, F Reposición de Certificados Cartel No. F Balances de Liquidación Cartel No. F Marca Industrial Cartel No. F Título de Predio Urbano Cartel No. F Marca de Servicios Carteles Nos. F038335, F038339, F038340, F038341, F038342, F Marca de Producto Carteles Nos. C001131, C001147, C001157, F038332, F SECCION DOCUMENTOS OFICIALES Herencia Yacente Cartel No. C Título Supletorio Carteles Nos. C001149, C Ministerio de Educación Resoluciones Nos. 422, 426, 429, 436, 441, 446, 448, 449, 451, 453, 455, 456, 457, 459, 463, 464, 468, 470, 471, 472, 476, 477, 484 y Reposiciones de títulos

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ORGANO EJECUTIVO Presidencia de la República ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. En uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Hacienda, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 18 al 23 de abril del presente año, al señor Viceministro de Hacienda, Ingeniero Roberto de Jesús Solórzano Castro, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 18 de abril, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional del señor Ministro, Licenciado Juan Ramón Carlos Enrique Cáceres Chávez y tratándose del día 23 del mencionado mes, el encargo será efectivo hasta el arribo al país del mencionado titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. En uso de sus facultades legales, ACUERDA: Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, con carácter ad-honorem, del 22 al 25 de abril del presente año, al señor Viceministro para los Salvadoreños en el Exterior, Licenciado Juan José David García Vásquez, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 22 de abril, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional del señor Ministro, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla y tratándose del día 25 del mismo mes, el encargo será efectivo hasta el arribo al país del mencionado titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el periodo antes mencionado.

5 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. ACUERDO No GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. En uso de sus facultades legales, ACUERDA: Encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, los días 24 y 25 de abril del presente año, al señor Viceministro de Comercio e Industria, Licenciado José Armando Flores Alemán. Dicho encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional hasta el arribo al país del señor Ministro, Doctor Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante los días antes mencionados. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. En uso de sus facultades legales; ACUERDA: encargar el Despacho de Educación, con carácter ad-honorem, el día 30 de abril del presente año, a la señora Viceministra de Ciencia y Tecnología, Licenciada Erlinda Handal Vega. Dicho encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional hasta el arribo al país del señor Ministro, Profesor Salvador Sánchez, a quien en su calidad de Vicepresidente de la República se le ha concedido permiso con goce de sueldo para ausentarse del país, a fin de atender asuntos de índole personal.

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. En uso de sus facultades legales, ACUERDA encargar el Despacho de Salud, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 16 al 26 de mayo del presente año, a la señora Viceministra de Servicios de Salud, Doctora Elvia Violeta Menjívar Escalante, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 16 de mayo, dicho encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional de la señora Ministra, Doctora María Isabel Rodríguez Vda. de Sutter y tratándose del día 26 del mismo mes, el encargo será efectivo hasta el arribo al país de la mencionada titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. Vista la autorización contenida en nota No. 0148, de fecha 30 de abril del corriente año, por medio de la cual se le concedió misión oficial al Licenciado DAVID MARCIANO RIVAS, Secretario de Comunicaciones y a los señores GUILLERMO ANIBAL VEGA PAZ, Director de Eventos y Relaciones Públicas, CARLOS VLADIMIR FLORES PORTILLO, Director de Prensa, MAURICIO EDUARDO SANDOVAL JIRÓN, Fotógrafo

7 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de y DOUGLAS ERNESTO QUIJANO LEIVA, Camarógrafo, quienes viajaron a Cartagena, Colombia, del 12 al 16 de abril del presente año, a fin de informar a los medios de comunicación de las reuniones e intervenciones que sostuvo el señor Presidente de la República, con motivo de la Cumbre de Las Américas, ACUERDA: reconocer al Licenciado Rivas, el pago de viáticos $1,000.00, gastos de terminales $45.00 y gastos de viaje $600.00; a los señores Vega Paz y Flores Portillo viáticos $750.00, gastos terminales $45.00 y gastos de viaje $ y a los señores Sandoval Jirón y Quijano Leiva, viáticos $700.00, gastos terminales $45.00 y gastos de viaje $420.00, de conformidad al Reglamento General de Viáticos, los cuales serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 02 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia, Línea de Trabajo 01 Servicio de Comunicación Oficial de la Presidencia, Cifras Presupuestarias: del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación. ACUERDO No CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. Vista la autorización contenida en nota No. 0168, de fecha 8 del presente mes y año, por medio de la cual se le concedió misión oficial al Licenciado DAVID MARCIANO RIVAS, Secretario de Comunicaciones y al señor JOSÉ ALBERTO BARRERA, Director de Medios de Comunicación, quienes viajaron a Sydney, Australia, del 5 al 12 de mayo del presente año, a fin de asistir a Reunión de Consejo Directivo de INPUT, ACUERDA: reconocer, al Licenciado Rivas, el pago de viáticos $1,920.00, gastos de terminales $45.00 y gastos de viaje $ y al señor Barrera viáticos $1,200.00, gastos terminales $45.00 y gastos de viaje $600.00, de conformidad al Reglamento General de Viáticos, los cuales serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 02 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia, Línea de Trabajo 01 Servicio de Comunicación Oficial de la Presidencia, Cifras Presupuestarias: del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de dos mil doce. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS, Ministro de Gobernación.

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Ministerio de Gobernación ramo de gobernacion NUMERO UNO. En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día dieciséis de mayo de dos mil once. Ante Mí, ocho- cero cero uno- cuatro; quienes actúan en sus calidades de propietarias en proindivisión del apartamento identificado con el número TREINTA Y UNO del Condominio Residencial Torre Paseo II; MA- MIGUEL HORACIO ALVARADO ZEPEDA, Notario, de este domicilio, comparecen: ANA CRISTINA ARBIZU ARGÜELLO, de treinta y tres años de edad. Abogado, de este domicilio, a quien por no conocer identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero quinientos noventa y tres mil setecientos noventa y seis- nueve; con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero tres cero cinco setenta y ocho- ciento seis - cero, quien actúa en su carácter personal como propietaria del apartamento número 24 del Condominio Residencial Torre El Paseo; GERALDINA MARIA CESTONI AGUIRRE, de veintiocho años de edad, Estudiante, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero quinientos nueve mil ciento cuatro- ocho; y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero nueve doce ochenta y dos- ciento cuatro- seis; quien actúa en su calidad diecisiete mil seiscientos ochenta y seis - siete y con Número de Iden- de propietaria del apartamento identificado como número TRECE, del tificación Tributaria cero doscientos diez- once cero seis treinta y nueve- identificado como CUARENTA Y DOS del Condominio Residencial Torre Paseo II; HILDA MERCEDES NOVOA PACHECO, quien es de treinta y siete años de edad, Ingeniero Químico, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos once mil doscientos RINA ABRIL RIVERA FUNES, conocida tributariamente por MARI- NA ABRIL RIVERA FUNEZ, quien es de treinta y cuatro años de edad, Abogado, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero setecientos cuatro mil ochocientos cuarenta y uno- cinco y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero cuatro cero tres setenta y siete- ciento cuatro- ocho; quien actúa en su calidad de propietaria del apartamento identificado con el número SESENTA Y DOS del Condominio Residencial Torre Paseo II; ERNESTO MENDOZA LINARES, quien es de setenta y un años de edad, Ingeniero Eléctrico, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón doscientos cero cero uno- cero, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el numero CINCUENTA Y TRES del Condo- Condominio Residencial Torre Paseo II; DALILA IVANIA HERNANDEZ SERRANO, quien es de treinta años de edad, Estudiante, de este domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por minio Residencial Torre Paseo II, SALVADOR BELTRÁN MONTES, medio de su Documento Único de Identidad número cero cero trescientos cuarenta y tres mil setenta- nueve, y con Número de Identificación domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su quien es de treinta y ocho años de edad, Doctor en Medicina, de este Tributaria cero cuatrocientos siete- cero tres doce ochenta- ciento uno- Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos uno, quien actúa en su calidad de propietaria del apartamento número treinta y un mil, ciento noventa - siete y con Número de Identificación veintiuno- siete, y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento veinte mil setecientos setenta y tres- cero cero seis- cinco; y FLOR DE MARIA NOVOA PACHECO, quien es de cuarenta y dos años de edad, Licenciada en Ciencias de la Comunicación, de este domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número cero cero seiscientos ochenta y un mil quinientos setenta y cuatro- seis y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- treinta once sesenta y Tributaria cero seiscientos catorce- treinta cero seis setenta y dos- cero cero dos- nueve, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el número CATORCE del Condominio Residencial Torre Paseo II; MANUEL MAURICIO UMAÑA DUBON, quien es de sesenta y cinco años de edad, Agente de viajes, de este domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón quinientos cincuenta y un mil trescientos veintiocho- ocho y con Número de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce- diez cero ocho cuarenta y cinco- cero cero dos - cero, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el número CINCUENTA Y DOS del Condominio Residencial Torre Paseo II; MARIO ERNESTO ACOSTA OERTEL, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, Empresario, del domicilio

9 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número cero dos millones quinientos veinticinco mil noventa y ochonueve; y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorceveintisiete cero tres cincuenta y siete- cero cero uno- ocho, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el número SIDENCIAL TORRE PASEO II, pudiendo abreviarse ASOCIACION TORRE PASEO II, como una Entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "La Asociación". ARTICULO DOS. El domicilio de la Asociación será la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. ARTICULO TRES. TREINTA Y DOS del Condominio Residencial Torre Paseo II; JAVIER ERNESTO CASTRO DADA, quien es de veintinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones quinientos treinta y cinco mil setecientos treinta- nueve; y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero dos doce ochenta y uno- ciento dos - tres, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el número SESENTA Y CUATRO del Condominio Residencial Torre Paseo II; RAUL ROBERTO MAGAÑA CALDERON, quien es de veintinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero quinientos siete mil setecientos noventa y cinco- seis, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- veintidós cero uno ochenta y dos- ciento uno- uno, quien actúa en su calidad de propietario del apartamento identificado con el número CINCUENTA Y CUATRO del Condominio Residencial Torre Paseo II; Y ME DICEN: PRIMERO. Que el objetivo principal del presente Instrumento, es crear una Asociación de carácter apolítico, no lucrativo, ni religioso, con el nombre de ASOCIACION CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, pudiendo abreviarse ASOCIACION TORRE PASEO II, cuya función principal será la de administrar los fondos recaudados por la Junta Directiva de la Asociación del Condominio Residencial "Torre Paseo II", provenientes de las aportaciones que en concepto de cuota de mantenimiento y demás que decida dicha Junta Directiva. SEGUNDO. En cumplimiento de dicho objetivo, por unanimidad los comparecientes aprobaron íntegramente los Estatutos que regirá a la Asociación, los cuales constan de TREIN- TA Y SIETE Artículos que se transcriben a continuación: ESTATUTOS La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. ARTICULO CUATRO. Los fines de la Asociación serán: a) Lograr, mantener y consolidar la unidad y las buenas relaciones de todos sus miembros, así como estrechar vínculos de solidaridad entre ellos y sus grupos familiares. b) Fomentar las buenas relaciones de propiedad entre los diferentes propietarios, arrendatarios u ocupantes del "Condominio Residencial Torre Paseo II", situado sobre la CIENTO UNA Avenida Norte y Paseo General Escalón, número CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO, Colonia Escalón, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador. c) Promover, gestionar y ejecutar proyectos que beneficien a todos los miembros de la Asociación y a los propietarios, arrendatarios u ocupantes del "Condominio Residencial Torre Paseo II". d) Velar por el estricto cumplimiento tanto de la Administración, propietarios, así como de los inquilinos del reglamento del régimen del condominio residencial Torre Paseo II, para lo cual deberá ayudar y apoyar a la administración del mismo en cuanto le sea posible y en lo que sea de su competencia de conformidad a los presentes estatutos, e) Recibir de los miembros de la Asociación Torre Paseo II, las cuotas de mantenimiento en el tiempo y la forma establecidos por su Asamblea de General y f) Efectuar los egresos a la administración del condominio residencial Torre Paseo II, para que ésta cubra con los gastos y necesidades del condominio en forma oportuna de conformidad a lo establecido por la Asamblea General de la Asociación Torre Paseo II. CAPITULO III. DEL PATRI- MONIO. ARTICULO CINCO. El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros; b Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamente; c) Todos los bienes muebles o inmuebles DE LA ASOCIACION DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, pudiendo abreviarse ASOCIACION TORRE PASEO II: CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO: ARTICULO UNO.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña que se denominará "ASOCIACION DEL CONDOMINIO RE- que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ARTICULO SEIS. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le encomienden la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO SIETE. El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General. b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 el buen manejo de la administración del mismo. i) Velar por el cumplimiento de las directrices establecidas por la Asamblea General en lo que al manejo del patrimonio se refiere, específicamente en lo que a las cuotas de mantenimiento respecta. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO DOCE. La dirección y Administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, electa por la Asamblea ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO OCHO. La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores y activos. ARTICULO NUEVE. La Asamblea General se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno, de los Miembros en primera convocatoria o en segunda convocatoria, y las fechas de las reuniones podrán ser en el mismo día y deberán estar presentes o representados la mitad más uno de los miembros de la Asociación, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes, de conformidad al ARTICULO TREINTA Y UNO de estos estatutos. En caso de no haber tenido el quórum mínimo para sesionar en primera y en segunda convocatoria, se hará una tercera convocatoria conforme a las reglas generales, la cual no podrá ser anunciada juntamente con las anteriores convocatorias, es decir, se hará por separado de las otras dos convocatorias y además deberá expresar la circunstancia de ser tercera convocatoria y que en consecuencia será válida con la concurrencia de miembros que asistan y sus resoluciones serán válidas y aceptadas por todos los miembros de la Asociación. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente de conformidad al ARTICULO TREINTA Y TRES de estos estatutos. ARTICULO DIEZ. Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por cualquier motivo, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. ARTICULO ONCE. Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o el presupuesto anual de la Asociación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación presentada por la Junta Directiva; e) Fijar las cuotas mensuales de los miembros de la Asociación; f) Decidir sobre la General, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Director Presidente, un Director Vicepresidente, un Director Secretario, un Director Tesorero y un Vocal. ARTICULO TRECE. Para ser miembro de la Junta Directiva, es requisito fundamental ser propietario de uno o más de los apartamentos del Condominio Residencial Torre Paseo II, de esta ciudad. Podrán ser miembros las personas mayores de dieciocho años de edad, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política. ARTICULO CATORCE. Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para un período de dos años, pudiendo ser reelectos, quienes continuarán en el desempeño de sus funciones aún cuando hubiese concluido el plazo para el que fueron designados, mientras no se elijan los sustitutos y los nuevos miembros electos no tomen posesión de su cargo. ARTICULO QUINCE. La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos una vez cada tres meses y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. ARTICULO DIECISEIS. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar serán los cuatro Miembros que la Integran y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. ARTICULO DIECISIETE. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación; b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación; d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; f) Nombrar, de entre los Miembros de la Asociación, los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación; compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles u otra clase de bienes pertenecientes a la Asociación. g) Decidir sobre aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos. h) Hacer recomendaciones a la Administración del Condominio Residencial Torre Paseo II, para la buena administración del patrimonio de dicho Condominio, u otras clases de sugerencias para g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y hacerlos del conocimiento a la Asamblea General; i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; j) Autorizar el registro de firmas en las cuentas bancarias designadas para el manejo de los fondos de la Asociación; k) Fijar las contribuciones

11 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS. ARTICULO VEINTITRES. Podrán ser miembros todos los propietarios de uno o más apartamientos del Condominio Residencial Torre Paseo II, que sean mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que la Junta Directiva apruebe de conformidad a la nómina de propietarios de apartamientos. ARTICULO VEINTICUATRO. La Asociación eventuales de los miembros de la Asociación; l) Autorizar todas las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; y m) Administrar el Patrimonio de la Asociación en base a lo determinado al efecto por la Asamblea General. ARTICULO DIECIOCHO, Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; c) Representar Judicial, extrajudicialmente así como el uso de la firma de la Asociación, pudiendo otorgar cualquier clase de poderes, previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, e) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitada por la misma; f) Recibir los fondos provenientes de las cuotas aportadas por los miembros de la Asociación; y g) Participar con voz, pero sin voto en la Junta Directiva. El Director Vicepresidente actuará únicamente en ausencia del Director Presidente, ejerciendo las mismas funciones. ARTICULO DIECINUEVE. Son Atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación; c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación. ARTICULO VEINTE. Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva disponga; b) Tener control directo de los Libros de Contabilidad de la Asociación. ARTICULO VEINTIUNO. La forma de llenar las vacantes de forma temporal será de la siguiente: Por falta del Presidente lo sustituirá el Vicepresidente, el vocal podrá sustituir al Tesorero o Secretario en caso que haga falta y se convocará por medio de la Junta Directiva a uno de los miembros de la Asociación para ocupar vacantes en caso de ser necesario. En los casos de muerte, renuncia, inhabilidad, incapacidad, ausencia o impedimento de alguno de los mismos y estará en funciones por el término que dure la misma; y tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miembros Activos; c) Miembros Honorarios. Serán miembros fundadores: Todas las personas que suscriban la escritura de Constitución de la Asociación. Serán Miembros activos: Todas las personas que debidamente acreditados como propietarios de apartamiento o apartamientos, y/o todas aquellas personas que la Junta Directiva apruebe. Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor y mérito a favor de la ASOCIACION TORRE PASEO II, sean así nombrados por la Asamblea General. ARTICULO VEINTICINCO. Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos: a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación que no sean de carácter económico; b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; c) Optar a cargos Directivos, llenando los requisitos para ser miembro, que señalan los presentes estatutos de la Asociación; d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ARTICULO VEIN- TISEIS. Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación; c) Pagar puntualmente las cuotas acordadas en Asamblea General; d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; e) Los demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. ARTI- CULO VEINTISIETE. La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva; d) Por vender, renunciar o traspasar la propiedad de la totalidad de los en caso de que tales circunstancias no sean temporales, dicha sustitución durará hasta que la Junta General de Asociados elija al nuevo miembro. ARTICULO VEINTIDOS. Se perderá la calidad de miembro de la Junta Directiva, teniendo por consecuencia que renunciar a dicho cargo, en aquellos casos en que venda, traspase o enajene el único o la totalidad de varios de los apartamientos, que a título de propiedad tenga a su favor. apartamentos del Condominio Residencial Torre Paseo II. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINA- RIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. ARTI- CULO VEINTIOCHO. Las Sanciones a los miembros, medidas disciplinarias, serán impuestas por la Junta Directiva y notificadas por escrito; en cuanto a la pérdida de la calidad de miembro de la asociación,

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y SEIS. La ASOCIACION CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO TREINTA Y SIETE. Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día de su podrá imponerse siempre que concurran las causales contempladas en el artículo veintisiete de los presentes estatutos. Dicha resolución deberá imponerla la Junta Directiva y deberá ser notificada por escrito detallando las razones, para que el miembro de la asociación haga uso del término de tres días para apelar de dicha resolución. El término para apelar deberá contarse desde el día siguiente hábil después de su notificación y será resuelto por la Asamblea General en sesión extraordinaria, en un término no mayor de treinta días. CAPITULO IX. DEL CONTA- DOR. ARTICULO VEINTINUEVE. Habrá un contador nombrado por la Junta Directiva, quien formará parte del personal administrativo de la Asociación. ARTICULO TREINTA. El contador tendrá las siguientes atribuciones: a) Deberá llevar los libros contables al día, y presentará periódicamente informes a la Junta Directiva. CAPITULO X. DE LA DISOLUCION ARTICULO TREINTA Y UNO. No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con número de votos que represente por lo menos las tres cuartas partes de sus miembros. ARTICULO TREINTA Y DOS.- En caso de acordarse la suficiente la personería con que actúa el primero de los comparecientes; disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco personas electas por la Asamblea General extraordinaria, que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de tro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de cancelar todos sus compromisos, se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO XI. RE- vocatoria, un día después con el voto de la mayoría simple de los miembros que asistan. CAPITULO XII. DISPOSICIONES GENERA- LES. ARTICULO TREINTA Y CUATRO. La Junta Directiva tiene la NOTARIO. obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días, la Nueva Junta Directiva, y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. ARTICULO TREINTA Y CINCO. Todo lo relativo al orden interno de publicación en el Diario Oficial. TERCERO. Asimismo los comparecientes me manifiestan que por unanimidad de todos los miembros, se eligió la Primera Junta Directiva, la cual quedó integrada de la siguiente manera: PRESIDENTE: MARINA ABRIL RIVERA FUNES, conocida tributariamente por MARINA ABRIL RIVERA FUNEZ, VICE- PRESIDENTE: DALILA IVANIA HERNANDEZ SERRANO, SE- CRETARIO: ANA CRISTINA ARBIZU ARGÜELLO, TESORERO: RAUL ROBERTO MAGAÑA CALDERON, y VOCAL: ERNESTO MENDOZA LINARES; quienes fungirán en su cargo a partir de la publicación de los presentes estatutos en el Diario Oficial, por un período de dos años. Yo el suscrito Notario, DOY FE: a) Que es legítima y y b) De haber advertido a los comparecientes de la obligación que tienen de presentar el Testimonio de la presente Escritura Pública, en el Regis- Gobernación, para su debida inscripción, así como los efectos del mismo y las sanciones por su incumplimiento. Así se expresaron los com- FORMA DE ESTATUTOS. ARTICULO TREINTA Y TRES. Para parecientes a quienes expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que se los hube íntegramente en un solo acto sin interrup- reformar o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto favorable del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General ción manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos. convocada para tal efecto en primera convocatoria, y en segunda con- DOY FE. MIGUEL HORACIO ALVARADO ZEPEDA, PASO ante mí del folio UNO FRENTE al folio SEIS VUELTO del Libro SEGUNDO de mi Protocolo, que vence el día once de marzo de dos mil doce; y para entregar a la ASOCIACION CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, extiendo, firmo y sello el presente testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once. la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la MIGUEL HORACIO ALVARADO ZEPEDA, NOTARIO.

13 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, pudiendo abreviarse ASOCIACION TORRE PASEO II CAPITULO III DEL PATRIMONIO CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña que se denominará ASOCIACION DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, pudiendo abreviarse ASOCIACION TORRE PA- SEO II, como una Entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará La Asociación. ARTICULO DOS.- El domicilio de la Asociación será la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. ARTICULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINES U OBJETIVOS ARTICULO CUATRO.- Los Fines de la Asociación serán: a) Lograr, mantener y consolidar la unidad y las buenas relaciones de todos sus miembros, así como estrechar vínculos de solidaridad entre ellos y sus grupos familiares. b) Fomentar las buenas relaciones de propiedad entre los diferentes propietarios, arrendatarios u ocupantes del Condominio Residencial Torre Paseo II, situado sobre la CIENTO UNA Avenida Norte y Paseo General Escalón, número CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO, Colonia Escalón, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador. c) Promover, gestionar y ejecutar proyectos que beneficien a todos los miembros de la Asociación y a los propietarios, arrendatarios u ocupantes del Condominio Residencial Torre Paseo II. d) Velar por el estricto cumplimiento tanto de la administración, propietarios, así como de los inquilinos del reglamento del régimen del condominio Residencial Torre Paseo II, para lo cual deberá ayudar y apoyar a la administración del mismo en cuanto le sea posible y en lo que sea de su competencia de conformidad a los presentes Estatutos. e) Recibir de los miembros de la Asociación Torre Paseo II, las cuotas de mantenimiento en el tiempo y la forma establecidos por su Asamblea General y f) Efectuar los egresos a la administración del condominio Residencial Torre Paseo II para que ésta cubra con los gastos y necesidades del condominio en forma oportuna de conformidad a lo establecido por la Asamblea General de la Asociación Torre Paseo II. ARTICULO CINCO.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros; b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente; c) Todos los bienes muebles o inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ARTICULO SEIS.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le encomienden la Asamblea General. por: CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION ARTICULO SIETE.- El Gobierno de la Asociación será ejercido a) La Asamblea General. b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL ARTICULO OCHO.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores y activos. ARTICULO NUEVE.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno de los miembros en primera convocatoria o en segunda convocatoria, y las fechas de las reuniones podrán ser en el mismo día y deberán estar presentes o representados la mitad más uno de los miembros de la Asociación, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes, de conformidad al ARTICULO TREINTA Y UNO de estos Estatutos. En caso de no haber tenido el quórum mínimo para sesionar en primera y en segunda convocatoria, se hará una tercera convocatoria conforme a las reglas generales, la cual no podrá ser anunciada juntamente con las anteriores convocatorias, es decir se hará por separado de las otras dos convocatorias y además deberá expresar la circunstancia de ser tercera convocatoria y que en consecuencia será válida con la concurrencia de miembros que asistan y sus resoluciones serán válidas y aceptadas por todos los miembros de la Asociación. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente de conformidad al ARTICULO TREINTA Y TRES de estos Estatutos.

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ARTICULO DIEZ.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por cualquier motivo, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. ARTICULO ONCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: ARTICULO QUINCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos una vez cada tres meses y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. ARTICULO DIECISEIS.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar serán los cuatro miembros que la integran y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o el presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales de los miembros de la Asociación; f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles u otra clase de bienes pertenecientes a la Asociación. g) Decidir sobre aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. h) Hacer recomendaciones a la Administración del Condominio Residencial Torre Paseo II, para la buena administración del patrimonio de dicho Condominio, u otras clases de sugerencias para el buen manejo de la administración del mismo. i) Velar por el cumplimiento de las directrices establecidas por la Asamblea General en lo que al manejo del patrimonio se refiere, específicamente en lo que a las cuotas de mantenimiento respecta. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA ARTICULO DOCE.- La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, electa por la Asamblea General, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Director Presidente, un Director Vicepresidente, un Director Secretario, un Director Tesorero y un Vocal. ARTICULO TRECE.- Para ser miembro de la Junta Directiva, es requisito fundamental ser propietario de uno o más de los apartamentos del Condominio Residencial Torre Paseo II, de esta ciudad. Podrán ser miembros las personas mayores de dieciocho años de edad, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política. ARTICULO CATORCE.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para un período de dos años, pudiendo ser reelectos, quienes continuarán en el desempeño de sus funciones aún cuando hubiese concluido el plazo para el que fueron designados, mientras no se elijan los sustitutos y los nuevos miembros electos no tomen posesión de su cargo. ARTICULO DIECISIETE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar, de entre los miembros de la Asociación, los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y hacerlos del conocimiento a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. j) Autorizar el registro de firmas en las cuentas bancarias designadas para el manejo de los fondos de la Asociación. k) Fijar las contribuciones eventuales de los miembros de la Asociación. l) Autorizar todas las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; y m) Administrar el Patrimonio de la Asociación en base a lo determinado al efecto por la Asamblea General. ARTICULO DIECIOCHO.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; c) Representar Judicial, Extrajudicialmente así como el uso de la firma de la Asociación, pudiendo otorgar cualquier clase de poderes, previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitada por la misma;

15 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de f) Recibir los fondos provenientes de las cuotas aportadas por los miembros de la Asociación, y; g) Participar con voz, pero sin voto en la Junta Directiva. El Director Vicepresidente actuará únicamente en ausencia del Director Presidente, ejerciendo las mismas funciones. ARTICULO VEINTICUATRO.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miembros Activos; c) Miembros Honorarios. ARTICULO DIECINUEVE.- Son Atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación; c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación. ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva disponga; b) Tener control directo de los Libros de Contabilidad de la Asociación. ARTICULO VEINTIUNO.- La forma de llenar las vacantes de forma temporal será de la siguiente: Por falta del Presidente lo sustituirá el Vicepresidente, el Vocal podrá sustituir al Tesorero o Secretario en caso que haga falta y se convocará por medio de la Junta Directiva a uno de los miembros de la Asociación para ocupar vacantes en caso de ser necesario. En los casos de muerte, renuncia, inhabilidad, incapacidad, ausencia o impedimento de alguno de los mismos y estará en funciones por el término que dure la misma; y en caso de que tales circunstancias no sean temporales, dicha sustitución durará hasta que la Junta General de Asociados elija al nuevo miembro. ARTICULO VEINTIDOS.- Se perderá la calidad de miembro de la Junta Directiva, teniendo por consecuencia que renunciar a dicho cargo, en aquellos casos en que venda, traspase o enajene el único o la totalidad de varios de los apartamientos, que a título de propiedad tenga a su favor. CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS ARTICULO VEINTITRES.- Podrán ser miembros todos los propietarios de uno o más apartamientos del Condominio Residencial Torre Paseo II, que sean mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que la Junta Directiva apruebe de conformidad a la nómina de propietarios de apartamientos. Serán Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriban la Escritura de Constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Todas las personas que debidamente acreditados como propietarios de apartamiento o apartamientos, y/o todas aquellas personas que la Junta Directiva apruebe. Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor y mérito a favor de la ASOCIACION TORRE PASEO II, sean así nombrados por la Asamblea General. ARTICULO VEINTICINCO.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos: a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación que no sean de carácter económico; b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; c) Optar a cargos Directivos, llenando los requisitos para ser miembro, que señalan los presentes Estatutos de la Asociación; d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ARTICULO VEINTISEIS.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación; c) Pagar puntualmente las cuotas acordadas en Asamblea General, d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; e) Los demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. ARTICULO VEINTISIETE.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva; d) Por vender, renunciar o traspasar la propiedad de la totalidad de los apartamentos del Condominio Residencial Torre Paseo II.

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION. ARTICULO VEINTIOCHO.- Las Sanciones a los miembros, medidas disciplinarias, serán impuestas por la Junta Directiva y notificadas por escrito; en cuanto a la pérdida de la calidad de miembro de la Asociación, podrá imponerse siempre que concurran las causales contempladas en el artículo veintisiete de los presentes Estatutos. Dicha resolución deberá imponerla la Junta Directiva y deberá ser notificada por escrito detallando las razones, para que el miembro de la Asociación haga uso del término de tres días para apelar de dicha resolución. El término para apelar deberá contarse desde el día siguiente hábil después de su notificación y será resuelto por la Asamblea General en sesión extraordinaria, en un término no mayor de treinta días. CAPITULO IX DEL CONTADOR ARTICULO VEINTINUEVE.- Habrá un Contador nombrado por la Junta Directiva, quien formará parte del personal administrativo de la Asociación. ARTICULO TREINTA.- El Contador tendrá las siguientes atribuciones: a) Deberá llevar los libros contables al día y presentará periódicamente informes a la Junta Directiva. CAPITULO X DE LA DISOLUCION ARTICULO TREINTA Y UNO.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la Ley, o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con número de votos que represente por lo menos las tres cuartas partes de sus miembros. ARTICULO TREINTA Y DOS.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de Liquidación, compuesta de cinco personas electas por la Asamblea General Extraordinaria, que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos, se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO XI REFORMA DE ESTATUTOS ARTICULO TREINTA Y TRES.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto favorable del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto en primera convocatoria, y en segunda convocatoria, un día después con el voto de la mayoría simple de los miembros que asistan. CAPITULO XII DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días, la Nueva Junta Directiva, y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. ARTICULO TREINTA Y CINCO.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y SEIS.- La ASOCIACION CONDO- MINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO TREINTA Y SIETE.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO No. 059 San Salvador, 28 de febrero de Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION DEL CON- DOMINIO RESIDENCIAL TORRE PASEO II, y que podrá abreviarse ASOCIACION TORRE PASEO II, compuestos de TREINTA Y SIETE Artículos, constituida en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diecisiete horas con treinta minutos del día 16 de mayo de 2011, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios del Notario MIGUEL HORACIO ALVARADO ZEPEDA, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE.- EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO ERNESTO ZELA- YANDIA CISNEROS. (Registro No. F038995)

17 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de NUMERO CIENTO OCHENTA Y CINCO. LIBRO VEINTICUATRO. En la ciudad de Santa Tecla, a las diecisiete horas del día ocho de Julio de dos mil once. Ante Mí, VÍCTOR MANUEL CÁRCAMO GONZÁLEZ, Notario, de los domicilios de San Salvador, y esta ciudad, COMPARECEN los señores: JUAN ANTONIO MEJÍA GÓMEZ, de cincuenta y cuatro años de edad, comerciante, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número cero uno dos cero seis dos cuatro cuatro- cero, con Número de Identificación Tributaria cero cinco dos uno- dos seis cero seis cinco siete- uno cero uno- siete; SANTOS FABIÁN ÁVALOS RAMÍREZ, de sesenta y un años de edad, Sastre, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número cero cero dos nueve cuatro dos cero cuatroseis, con Número de Identificación Tributaria cero cinco cero tres- dos cero cero uno cinco cero- cero cero uno- tres; JUAN FRANCISCO CRUZ ORTIZ, de cuarenta y ocho años de edad, Albañil, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número cero uno nueve cero tres uno cinco seis- tres, con Número de Identificación uno- ocho; JOSÉ NAZARET ÁVALOS VARGAS, de cuarenta y cinco años de edad, Albañil, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número cero cero cero cuatro dos seis nueve ca, en coordinación con las autoridades gubernamentales. c) Desarrollar uno- tres, con Número de Identificación Tributaria cero cinco cero tres- uno dos uno dos seis cinco- cero cero uno- dos; JOSÉ LUIS cero- uno cero tres- siete; OSCAR DAVID PÉREZ GARCÍA, de treinta y cinco años de edad, Jornalero, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante y de conservación del medio, ambiente, g) Desarrollar y ejecutar proyectos y programas de bienestar y desarrollo humano. CAPÍTULO III. DEL PATRIMONIO. ARTÍCULO CINCO. El Patrimonio de la Aso- su Documento Único de Identidad número cero uno cero ocho cinco ciación estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b) nueve dos nueve- nueve, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro- cero cinco cero cinco siete seis- uno dos cuatro- uno; y MARIO ANTONIO MELGAR, de treinta y nueve años de edad, Operador de Máquinas, del domicilio de Colón; Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número cero dos siete cero uno seis nueve cinconueve, con Número de Identificación Tributaria cero cinco cero tres- tres uno uno dos siete uno- uno cero dos- siete; y ME DICEN: PRIMERO: Que motivados en promover y fomentar el desarrollo y ejecución de proyectos y programas de bienestar y desarrollo humano para las comunidades de El Salvador, de conformidad con la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro han decidido constituir y por este acto constituyen una Asociación no lucrativa, ni religiosa y apolítica, de nacionalidad salvadoreña, de plazo indefinido, cuyo domicilio será la ciudad de Colón, departamento de La Libertad, que se denominará "ASOCIACIÓN BIENESTAR PARA TODOS". SEGUNDO: Que la citada Asociación, se regirá por un cuerpo normativo estatutario compuesto de treinta y seis artículos, que los comparecientes han discutido y aprobado por unanimidad, cuyo texto literal es el siguiente: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN BIENESTAR PARA TODOS. CAPÍTULO I. NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. ARTÍCULO UNO, Créase en la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará "ASOCIACIÓN BIENESTAR PARA TODOS", y que podrá abreviarse simplemente "ABIT", como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará "La Asociación". ARTÍCULO DOS. El domicilio de la Asociación, será la ciudad de Colón, departamento de La Libertad, y podrá establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. ARTÍCULO TRES. La Asociación, se constituye por tiempo Indefinido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. ARTÍCULO CUATRO. Los fines u objetivos de la Asociación serán: a) Desarrollar proyectos y programas de ense- Tributaria cero cinco cero tres- uno siete cero nueve seis dos- uno cero ñanza técnica y de formación integral, para los miembros de la Asociación, su grupo familiar y para las comunidades. b) Desarrollar, proyectos y programas de construcción, reconstrucción y/o ampliación de infraestructura de inmuebles destinados a la educación y a la salud públi- proyectos y programas de construcción y/o reparación de mobiliario, indispensable para la educación formal en Instituciones de educación HERNÁNDEZ URRUTIA, de treinta años de edad, Jornalero, del pública, en coordinación con las autoridades de tales instituciones; d) domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico mediante su Documento Único de Identidad número nidades, en coordinación con las autoridades de salud pública, e) Desa- Desarrollar proyectos y programas de salud básica a favor de las comu- cero tres cero ocho nueve cinco dos cuatro- nueve, con Número de rrollar proyectos y programas de asesoría técnica y de capacitación Identificación Tributaria cero cinco cero tres- cero cinco uno cero ocho agrícola, a favor de las comunidades. f) Desarrollar proyectos ecológicos Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTÍCULO SEIS. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPÍTULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN. ARTÍCULO SIETE. El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTÍCULO OCHO. La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores. ARTÍCULO NUEVE. La Asamblea

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. ARTÍCULO DIEZ. Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. ARTÍCULO ONCE. Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. g) De- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la cidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA JUN- TA DIRECTIVA. ARTÍCULO DOCE. La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará In- la Asociación tenga que realizar. ARTÍCULO VEINTIUNO. Son tegrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Tres Vocales. ARTÍCULO TRECE. Los cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. ARTÍCULO DIECISÉIS. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la, admi- Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas nistración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e Informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. ARTÍCULO DIECISIETE. Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. ARTÍCULO DIECIOCHO. Son atribuciones del Vicepresidente: Sustituir al Presidente en caso de vacancia por cualquier causa y coadyuvar permanentemente en el desempeño y cumplimiento de los deberes y responsabilidades de éste. ARTÍCULO DIECINUEVE. Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación. c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación. ARTÍCULO VEINTE. Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier Miembro de la miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos Junta Directiva en caso de ausencia o Impedimento. CAPÍTULO VII. años pudiendo ser reelectos. ARTÍCULO CATORCE. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente todas las personas mayores de dieciocho años de edad, sin distinción DE LOS MIEMBROS. ARTÍCULO VEINTIDÓS. Podrán ser miembros cuantas veces sea necesario. ARTÍCULO QUINCE. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la asistencia de a la Junta Directiva. ARTÍCULO VEINTITRÉS. La Asociación de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDA- DORES: Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. ARTÍCULO VEINTICUATRO. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ARTÍCULO VEINTICINCO. Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas acordadas

19 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. General. ARTÍCULO TREINTA Y CINCO. La Asociación se regirá e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE Asociación. ARTÍCULO VEINTISÉIS. La calidad de miembro se LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, aplicables. ARTÍCULO TREINTA Y SEIS. Los presentes Estatutos Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la formidad con el artículo doce de la Ley de Asociaciones y Fundaciones TERCERO. Continúan manifestando los comparecientes, que de con- Junta Directiva. CAPÍTULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, sin Fines de Lucro y artículo once de los Estatutos antes relacionados, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO en este acto, eligen a la Junta Directiva de la Asociación para el período DE APLICACIÓN. ARTÍCULO VEINTISIETE. Las medidas disciplinarias y sancionatorias aplicables a los miembros de la Asociación serán de julio de dos mil trece, la cual por decisión unánime de los comparecientes, de dos años, comprendido entre el ocho de julio de dos mil once al ocho potestad de la Junta Directiva, y consistirán en: a) Amonestación escrita. b) Suspensión temporal de la calidad de miembro de la Asociación. MEJÍA GÓMEZ. Vicepresidente: SANTOS FABIÁN ÁVALOS queda Integrada de la siguiente manera: Presidente: JUAN ANTONIO c) Extinción definitiva de la calidad de miembro de la Asociación. RAMÍREZ. Secretario: JUAN FRANCISCO CRUZ ORTIZ. Tesorero: ARTÍCULO VEINTIOCHO. Las causas por las que podrán ser impuestas las medidas disciplinarias antes dichas serán: a) La contravención a JOSÉ NAZARET ÁVALOS VARGAS. Primer Vocal: MARIO ANTONIO MELGAR. Segundo Vocal: JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ los presentes Estatutos. b) El Incumplimiento de los deberes como URRUTIA. Tercer Vocal: OSCAR DAVID PÉREZ GARCÍA. Yo el miembros de la Asociación; y c) Las demás actitudes o acciones derivadas de la conducta de cualquier miembro que, a juicio prudencial de suscrito Notario, hago constar, que hice saber a los comparecientes la advertencia que señala el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento, y la Junta Directiva, desdigan y deshonren el prestigio de la Asociación. ARTÍCULO VEINTINUEVE. Para la aplicación de las medidas disciplinarias antes dichas, la Junta Directiva oirá previamente en su seno al leído que les fue por mí todo lo escrito, íntegramente, en un solo acto sin interrupción, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y presunto infractor y basada en las pruebas y elementos de juicio que firmamos. DOY FE.- Enmendado- Ley-vale.- Entre líneas-asistencia de recabe en relación al caso de que se trate, aplicará las sanciones correspondientes, atendiendo, a la gravedad de la Infracción. CAPÍTULO IX. cuatro- la Escritura Pública- Valen.- Más Enmendados- b-c-d-e-f-g- Valen.- DE LA DISOLUCIÓN. ARTÍCULO TREINTA. No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. ARTÍCULO TREINTA Y UNO. En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale. CAPÍTULO X. RE- FORMA DE ESTATUTOS. ARTÍCULO TREINTA Y DOS. Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPÍTULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO TREINTA Y TRES. Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formalización. ARTÍCULO TREINTA Y CUATRO. Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual VÍCTOR MANUEL CÁRCAMO GONZÁLEZ, NOTARIO. PASO ANTE MI del folio DOSCIENTOS VEINTIDÓS VUELTO al folio DOSCIENTOS VEINTISÉIS VUELTO del LIBRO VEINTICUATRO DE MI PROTOCOLO, que vence el quince de Marzo de dos mil doce; y para ser entregado a la ASOCIACIÓN BIENESTAR PARA TODOS, extiendo, firmo y sello el presente Testimonio, en la ciudad de Santa Tecla, a lo ocho días del mes de julio de dos mil once. VÍCTOR MANUEL CÁRCAMO GONZÁLEZ, NOTARIO.

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION, BIENESTAR PARA TODOS CAPITULO III DEL PATRIMONIO CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO por: Artículo 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido a) Las cuotas de los Miembros. Artículo 1.- Créase en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará "ASOCIACION BIENESTAR PARA TODOS", y que podrá abreviarse simplemente "ABIT", como una Entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "La Asociación". Artículo 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, y podrá establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Artículo 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION CAPITULO II FINES U OBJETIVOS Artículo 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y Artículo 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán: a) Desarrollar proyectos y programas de enseñanza técnica y de formación integral para los miembros de la Asociación, su grupo familiar y para las comunidades. b) Desarrollar proyectos y programas de construcción, reconstrucción y/o ampliación de infraestructura de inmuebles destinados a la educación y a la salud pública, en coordinación con las autoridades gubernamentales. c) Desarrollar proyectos y programas de construcción y/o reparación de mobiliario, indispensable para la educación formal en instituciones de educación pública; en coordinación con las autoridades de tales instituciones. d) Desarrollar proyectos y programas de salud básica a favor de las comunidades, en coordinación con las autoridades de salud pública. e) Desarrollar proyectos y programas de asesoría técnica y de capacitación agrícola, a favor de las comunidades. f) Desarrollar proyectos ecológicos y de conservación del medio ambiente. g) Desarrollar y ejecutar proyectos y programas de bienestar y desarrollo humano. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Artículo 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores. Artículo 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

21 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Artículo 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. Artículo 11.- Son atribuciones de la Asamblea General: c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación. a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento General. Interno de la Asociación. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea miembros. General. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de Artículo 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales. Artículo 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos. Artículo 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Asamblea General. Artículo 17.- Son atribuciones del Presidente: c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Artículo 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la asistencia de cuatro de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Artículo 18.- Son atribuciones del Vicepresidente: Sustituir al Presidente en caso de vacancia por cualquier causa y coadyuvar permanentemente en el desempeño y cumplimiento de los deberes y responsabilidades de éste.

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Artículo 19.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación. c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación. Artículo 20.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar. Artículo 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: Artículo 21.- Son atribuciones de los Vocales: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. la Asociación. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS Artículo 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años de edad, sin distinción de raza, credo, religión e ideología Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Artículo 24.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Artículo 26.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: Artículo 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

23 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION CAPITULO X REFORMA DE ESTATUTOS Artículo 27.- Las medidas disciplinarias y sancionatorias aplicables a los miembros de la Asociación serán potestad de la Junta Directiva, y consistirán en: a) Amonestación escrita. b) Suspensión temporal de la calidad de miembro de la Asociación. c) Extinción definitiva de la calidad de miembro de la Asociación. Artículo 28.- Las causas por las que podrán ser impuestas las medidas disciplinarias antes dichas serán: a) La contravención a los presentes Estatutos. b) El incumplimiento de los deberes como miembros de la Asociación. c) Las demás actitudes o acciones derivadas de la conducta de cualquier miembro que a juicio prudencial de la Junta Directiva, desdigan y deshonren el prestigio de la Asociación. Artículo 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 29.- Para la aplicación de las medidas disciplinarias antes dichas, la Junta Directiva oirá previamente en su seno al presunto infractor; y basado en las pruebas y elementos de juicio que recabe en relación al caso de que se trate, aplicará las sanciones correspondientes, ACUERDO No. 113 atendiendo a la gravedad de la infracción. San Salvador, 24 de abril de 2012 CAPITULO IX DE LA DISOLUCIÓN Artículo 30.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo 31.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale. Artículo Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO Xl DISPOSICIONES GENERALES Artículo 33.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formalización. Artículo 34.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo 35.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIA- CIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION BIENESTAR PARA TODOS, y que podrá abreviarse "ABIT", compuestos de TREINTA Y SEIS artículos, constituida en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las diecisiete horas del día 8 de julio de 2011, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios del Notario VICTOR MANUEL CARCAMO GONZALEZ, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO ERNESTO ZELA- YANDIA CISNEROS. (Registro No. F039041)

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ACUERDO No Ministerio de Economía ramo de economia San Salvador, 17 de mayo de EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA. Vistos los escritos de solicitud e información complementaria presentados el 19 de diciembre de 2011, 1 de febrero, 8 y 28 de marzo de 2012 respectivamente, suscritos por el señor KEVIN ALEXANDER MUNDARAIN MONTERROSA, quien actúa en calidad de Representante Legal de la sociedad SKYGO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse SKYGO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., registrada con Número de Identificación Tributaria , relativa a que se le conceda los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, para operar en la nave 5 A, Zona Franca Internacional, Km. 28 ½, Carretera a Comalapa, Municipio de Olocuilta, Departamento de La Paz, para dedicarse a la comercialización de motocicletas, repuestos y accesorios de las mismas; CONSIDERANDO: I. Que la solicitud fue presentada a este Ministerio el 19 de diciembre de 2011; asimismo se admitió documentación complementaria el 1 de febrero, 8 y 28 de marzo de 2012; II. Que la sociedad SKYGO DE EL SALVADOR, SA. DE C.V, estará ubicada en la nave 5 A, Zona Franca Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, Municipio de Olocuilta, Departamento de La Paz, el cual tiene una extensión superficial de 4,403.73m², quien gozará de los beneficios que señala el Artículo 17 de la referida Ley; y asimismo, se somete a las obligaciones y sanciones que se establecen en los Artículos 28 y 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización; III. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su dictamen en sentido favorable, mediante el cual considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo; POR TANTO: De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 1, 3, 17 y 45 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio, ACUERDA: 1) Autorizar a la sociedad SKYGO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia SKYGO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., para que pueda establecerse en la nave 5 A, Zona Franca Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, Municipio de Olocuilta, Departamento de La Paz, con una extensión superficial de 4, m², y se dedicará a la comercialización de motocicletas, repuestos y accesorios para las mismas, que serán exportadas dentro y fuera del Área Centroamericana, inclusive en el mercado nacional; 2) Conceder a la sociedad SKYGO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., los beneficios que establece el Artículo 17, literales a), d), e) y f) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización; 3) Autorizar de conformidad al Artículo 3 de la Ley en referencia; a la sociedad SKYGO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., para que pueda destinar la actividad antes señalada en el numeral 1 de este Acuerdo al Área Centroamericana y fuera de ésta o para su posterior nacionalización; 4) La sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 3, inciso 3 de la Ley Zonas Francas Industriales y de Comercialización, en lo relativo al pago de los derechos e impuestos de importación sobre el valor en Aduana del bien que se interne, el de Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Impuesto sobre la Renta e Impuesto Municipal correspondiente;

25 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ) La sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales de carácter laboral y de seguridad social a favor de los trabajadores, según lo establece el Art. 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización; así como de mantener las condiciones necesarias de seguridad industrial y laboral que establece el Código de Trabajo y demás normas aplicables; 6) Queda obligada la sociedad beneficiaria a cumplir con el Artículo 28 literales a), b), c), d), e), f), g), j), k) y m) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, y demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes; 7) Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; 8) El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN, MINISTRO. ACUERDO No (Registro No. C001391) Ministerio de Educación ramo de educacion San Salvador, 14 de Marzo de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó ROBERTO DANIEL MOGOLLÓN, de nacionalidad venezolana, solicitando INCORPORACIÓN de su Título de Bachiller en Ciencias, extendido por la Unidad Educativa Nacional Juan de Villegas, Municipio de Iribarren, Ent. Federal Lara, República Bolivariana de Venezuela en el año 2006: II) Que según Resolución de fecha 13 de marzo de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Título de Bachiller en Ciencias obtenido por ROBERTO DANIEL MOGOLLÓN, en la Unidad Educativa Nacional Juan de Villegas, Municipio de Iribarren, Ent. Federal Lara, República Bolivariana de Venezuela. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Título de Bachiller en Ciencias realizados por ROBERTO DANIEL MOGOLLÓN, en la Unidad Educativa Nacional Juan de Villegas, Municipio de Iribarren, Ent. Federal Lara, República Bolivariana de Venezuela, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F039046) ACUERDO No San Salvador, 10 de Abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación se presentó FÉLIX FONSECA, de nacionalidad argentina, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Año del Ciclo de Educación Secundaria, Orientación

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Ciencias Naturales, Bachillerato Técnico Trilingüe Argentino, Alemán e Inglés, realizados en el Instituto Escolar Goethe, Boulogne, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, República Argentina en el año 2011, con los de Primer Año de Bachillerato de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 30 de marzo de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Tercer Año del Ciclo de Educación Secundaria, Orientación Ciencias Naturales, Bachillerato Técnico Trilingüe Argentino, Alemán e Inglés obtenido por FÉLIX FONSECA, en el Instituto Escolar Goethe, Boulogne, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, República Argentina. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Tercer Año del Ciclo de Educación Secundaria, Orientación Ciencias Naturales, Bachillerato Técnico Trilingüe Argentino, Alemán e Inglés, cursados en el Instituto Escolar Goethe, Boulogne, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, a FÉLIX FONSECA, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F038992) ACUERDO N San Salvador, 10 de abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, solicitando que se le reconozca el grado académico de DOCTORA EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, EN LA REPÚBLICA DE CUBA, el día 23 de julio de 2006; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Art. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N 235, Tomo N 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1 ) Reconocer la validez académica de los estudios de DOCTORA EN MEDICINA, realizados por INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, en la República de Cuba; 2 ) Tener por incorporada a INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, como DOCTORA EN MEDICINA, en nuestro país; 3 ) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente; 4 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F038955)

27 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ACUERDO N San Salvador, 10 de abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO EN IMAGENOLOGIA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, EN LA REPUBLICA DE CUBA, el día 16 de diciembre de 2011; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Art. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N 235, Tomo N 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1 ) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO EN IMAGENOLOGIA, realizados por INDIRA MARTÍNEZ CHAVARRIA, en la República de Cuba; 2 ) Tener por incorporada a INDIRA MARTÍNEZ CHAVARRÍA, como ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO EN IMAGENOLOGIA, en nuestro país; 3 ) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente; 4 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F038956) ACUERDO N San Salvador, 10 de abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, EN LA REPÚBLICA DE CUBA, el día 21 de octubre de 2008; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Art. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N 235, Tomo N 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 establecidos en la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1 ) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, realizados por INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, en la República de Cuba; 2 ) Tener por incorporada a INDIRA MARTINEZ CHAVARRIA, como ESPECIALISTA EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, en nuestro país; 3 ) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente; 4 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F038957) ACUERDO No San Salvador, 26 de Abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó MARCO ESTEBAN ZARCEÑO LUCAS, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Computación con Orientación Comercial, extendido por el Colegio Madre del Divino Pastor, Jornada Matutina, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, República de Guatemala en el año 2010; II) Que según Resolución de fecha 25 de abril de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de Bachiller en Computación con Orientación Comercial obtenido por MARCO ESTEBAN ZARCEÑO LUCAS en el Colegio Madre del Divino Pastor, Jornada Matutina, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, República de Guatemala. POR TANTO, de conformidad o lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento poro Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Bachiller en Computación con Orientación Comercial realizados por MARCO ESTEBAN ZARCEÑO LUCAS en el Colegio Madre del Divino Pastor, Jornada Matutina, Municipio de Santa Catarina Pinula, Municipio de Guatemala, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F039063)

29 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ACUERDO No San Salvador, 26 de Abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó ABRAHAM MONROY LÓPEZ, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Perito Contador con Orientación en Computación, extendido por el Colegio Particular Mixto Católico "Nuestra Señora de La Esperanza", Municipio de Ipala, Departamento de Chiquimula, la República de Guatemala en el año 2002; II) Que según Resolución de fecha 25 de abril de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de Perito Contador con Orientación en Computación obtenido por ABRAHAM MONROY LÓPEZ, en el Colegio Particular Mixto Católico "Nuestra Señora de La Esperanza", Municipio de Ipala, Departamento de Chiquimula, República de Guatemala. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación del Diploma de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Perito Contador con Orientación en Computación realizados por ABRAHAM MONROY LÓPEZ, en el Colegio Particular Mixto Católico "Nuestra Señora de La Esperanza", Municipio de Ipala, Departamento de Chiquimula, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F039065) ACUERDO No San Salvador, 26 de Abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó LUIS EDUARDO ALVARADO VILLATORO, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras, extendido por el Instituto Privado Guatemala de La Asunción, Municipio de Villa Nueva, Departamento de Guatemala, República de Guatemala en el año 1998; II) Que según Resolución de fecha 25 de abril de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras obtenido por LUIS EDUARDO ALVARADO VILLATORO, en el Instituto Privado Guatemala de La

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Asunción, Municipio de Villa Nueva, Departamento de Guatemala, República de Guatemala. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por LUIS EDUARDO ALVARADO VILLATORO, en el Instituto Privado Guatemala de La Asunción, Municipio de Villa Nueva, de Guatemala, República de Guatemala. Reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F039066) ACUERDO No San Salvador, 26 de Abril de EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó JOSUÉ ISAAC DIAZ ESCOBAR, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras por Madurez, extendido por el Instituto de Educación a Distancia "La Escuela en su Casa", Ciudad de Guatemala, República de Guatemala en el año II) Que según Resolución de fecha 25 de abril de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras por Madurez obtenido por JOSUÉ ISAAC DIAZ ESCOBAR, en el Instituto de Educación a Distancia "La Escuela en su Casa", Ciudad de Guatemala, República de Guatemala. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación del Diploma de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras por Madurez realizados por JOSUÉ ISAAC DIAZ ESCOBAR, en el Instituto de Educación a Distancia "La Escuela en su Casa", Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F039067)

31 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia 31 ACUERDO No. 210-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veintisiete de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LEONEL ALEJANDRO GONZALEZ ORANTES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038969) ACUERDO No. 229-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha treinta de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE LUIS SALAS PIVARAL, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038941) ACUERDO No. 239-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veinticuatro de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado NESTOR JESUS RECINOS MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU- NIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038988) ACUERDO No. 274-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veintisiete de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MAIRA ESTELA GONZALEZ DE RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038984)

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ACUERDO No. 276-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diecinueve de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SINDY LISSETTE GODINEZ AMAYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU- NIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F039007) ACUERDO No. 278-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha cuatro de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GLENDA IVETH RAMIREZ CAÑAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI- QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. ASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F039052) ACUERDO No. 301-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha treinta y uno de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MILAGRO ESTACY HENRIQUEZ MOLINA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038942) ACUERDO No. 312-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha treinta de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CECILIA GUADALUPE CAMPOS REYES, para que ejerza la profesión de ABOGA- DO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- CO- MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F038960)

33 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ACUERDO No. 317-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha tres de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada LINDA MARGARITA ESPINOZA GUTIERREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI- QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F039075) ACUERDO No. 328-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha nueve de febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA RUTH RIVERA MARROQUIN, para que ejerza la profesión de ABOCADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUE- SE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. RECALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F039027) ACUERDO No. 336-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha tres de febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA DEL ROCIO ROSALES VISCARRA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI- QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F039057)

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 INSTITUCIONES AUTONOMAS Alcaldías Municipales DECRETO NUMERO UNO. El Concejo Municipal de Usulután, Departamento de Usulután, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 204, numeral 1 de la Constitución de El Salvador; Art. 7, inciso 2 de la Ley General Tributaria Municipal; Art. 3, numeral 1 y Art. 30, Numeral 21 del Código Municipal; el municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas. II. III. IV. POR TANTO, Que reconociendo que la capacidad económica de los contribuyentes se ha visto afectada por la crisis económica, razón por la cual se encuentran con el municipio, y que es conveniente establecer mecanismos que conlleven a facilitar el pago de sus obligaciones tributarias municipales. Que no existe en el marco legal y técnico, prohibición alguna que explícitamente impida la dispensa del pago de multas e intereses, que son accesorios a la obligación principal. Que la dispensa de pago de intereses y multas a los contribuyentes morosos, pretende beneficiar las economías familiares y mejorar los ingresos del municipio. En uso de sus facultades, Decretar la siguiente: ORDENANZA TRANSITORIA DE DISPENSA DE INTERESES Y MULTAS POR FALTA DE PAGO DE TASAS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE USULUTÁN. Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza todo contribuyente que se encuentre en mora por falta de pago de sus tributos por tasas con esta municipalidad, será dispensado de los intereses moratorios y multas. Art. 2.- Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios de esta Ordenanza deberán presentarse al Departamento de Cuentas Corrientes, a pagar sus tributos durante la vigencia de la misma, Art. 3.- La Administración Tributaria Municipal podrá acordar planes de pago con los contribuyentes que lo soliciten. Art. 4.- la presente Ordenanza tendrá vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, y caducará el 31 de diciembre de dos mil doce. Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Usulután, a los veintiuno días del mes de mayo de dos mil doce. Dr. Francisco Meardi Guevara, Alcalde Municipal. Roberto José Mario Alvarado Braham, Síndico Municipal. Lic. Héctor Antonio Quintanilla Roldán, Secretario Municipal. (Registro No. F039004)

35 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de DECRETO NUMERO UNO El Concejo Municipal de la Villa de Quelepa, Departamento de San Miguel. CONSIDERANDO: I. Que el artículo 47 de la Ley General Tributaria y Municipal y Art. 15 de la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales, de la Villa de Quelepa, Departamento de San Miguel, establecen los intereses y multas por la morosidad del contribuyente, en el Pago de los Tributos Municipales. II. Que no obstante las utilidades prestadas a los contribuyentes, contenida en la Ley General Tributaria y la Ordenanza Reguladora de Tasas por servicios Municipales de la Villa de Quelepa, para el pago de los Tributos Municipales, es necesario brindarles más ayuda para que cumplan con el pago de sus obligaciones, dada la situación económica imperante en el país. III. Que es impostergable la necesidad de incrementar las arcas municipales a fin de poder proporcionar los servicios que demanda la población, por lo que es conveniente eximir el pago de interés moratorios y multas a los contribuyentes que cancelen sus tasas en un periodo determinado. POR TANTO El Concejo Municipal en uso de las facultades que le confiere el Art. 204 numeral 5, de la Constitución de la República. El numeral 4 Art. 30 del Código Municipal y reconociendo el alto costo de la vida, así como la falta de empleo en el municipio, lo que ha obligado a muchos contribuyentes a incumplir el pago de las Tasas Municipales, con la finalidad de establecer incentivos que conlleven a facilitar el pago de sus obligaciones tributarias y permitan reducir la mora Tributaria. Por lo que DECRETA, la siguiente: ORDENANZA REGULADORA DEL PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS CON EXENCION DE INTERESES MORATORIOS Y MULTAS EN EL MUNICIPIO DE QUELEPA. La cual entrará en vigencia ocho días después de la publicación en el Diario Oficial por un periodo de noventa días. Todo contribuyente que encontrándose en mora, pagare total o parcialmente su deuda dentro del periodo establecido, por la presente Ordenanza; será dispensado del pago de los respectivos intereses moratorios y multas. Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la Villa de Quelepa, Departamento de San Miguel, a los dos días del mes de Mayo de Dos mil doce. Ing. Marvin Reynaldo Bernal Silva, Alcalde Municipal. Licda. Amadis Nereyda Robles Sánchez, Secretaria Municipal. (Registro No. F039049)

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL COLONIA BARCELONA f) Promover las organizaciones infantiles, juveniles y de adultos, haciéndoles partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y g) Incrementar las actividades comunales a fin de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad. DOMICILIO. h) Participar en los planes de Desarrollo local, regionales y municipales, y específicamente en la determinación de los proyectos contemplados en su plan de actividades y establecer Artículo 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por la Constitución de la República, el Código Municipal, la ordenanza reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio los recursos locales que deben de utilizarse. CAPITULO III de Santa Ana, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS. disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, sino de provecho, podrá participar en el campo social, Artículo 5.- Los asociados podrán ser: económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuese legal y provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL COLONIA BARa) b) Activos, Honorarios. CELONA, que podrá abreviarse: ADESCOCBA, que en los presentes Estatutos se denominará la Asociación. Todos deben ser mayores de dieciocho años, sin embargo, cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será de dieciséis años. Son asociados activos, todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, Artículo 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la ordenanza reguladora, estos Estatutos y demás disposiciones aplicables. Artículo 3.- El domicilio de la Asociación será la Colonia Barcelona, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondientes o reuniones vecinales colindantes inmediatas. Son asociados honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea General, por iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación. Cantón Cantarrana, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana. c) El miembro no activo, que desee incorporarse a la Asociación, deberá pagar las aportaciones desde el momento de su CAPITULO II FINES DE LA ASOCIACION Artículo 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la obra física que proyecta la Asociación, para ello deberá: a) Promover el desarrollo de la respectiva comunidad conjuntamente con instituciones públicas y organismos privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas y proyectos. b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respectivas. c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en el municipio, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades. ingreso, la solicitud tendrá que ser por escrito y firmada por el solicitante. Artículo 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos: a) Participar con voz y voto en las asambleas generales; b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito; c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva; d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación; e) Asistir con puntualidad a las sesiones de asambleas generales y Junta Directiva, siempre que esté relacionado con los fines de la Asociación. Artículo 7.- Los asociados honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue. d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fin de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales, económicos y el mejoramiento de los niveles educativos y de salud. e) Trabajar en el restablecimiento y mejoras de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Artículo 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por: a) La Asamblea General: que será la máxima autoridad de la Asociación;

37 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de b) La Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los estatutos. h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto; i) Otorgar la calidad de asociados honorarios, y CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo haber representación de los asociados; pero cada asociado no podrá representar a más de una persona, las resoluciones se acordarán por la mayoría de votos de los presentes o representantes. Artículo 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, al cierre del ejercicio socioeconómico del treinta y uno de diciembre, la cual se celebrará en el mes de enero de cada año, y extraordinaria cuantas veces sea necesario. La convocatoria la hará la Junta Directiva, si ésta no lo hiciera por cualquier motivo y estando expresada la necesidad, lo hará el veinticinco por ciento de los asociados con los requisitos establecidos en los estatutos. Artículo 11.- En las asambleas generales ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados. En las asambleas generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula. Artículo 12.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria y extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito de forma pública, con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y la hora que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada, con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellas que convocadas en la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren. j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos estatutos que demanden inmediata solución. CAPITULO VI PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS. Artículo 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomando como base la mayoría de votos, previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza, reglamentos y estos estatutos, se consideran además como causales de retiro o expulsión en los siguientes: a) Mala conducta del asociado que se produzca en perjuicio grave para la Asociación; b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación; c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación para sí o para terceros; y d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación. Artículo 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, si no ameritare su destitución según lo grave del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva, nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá tal destitución, nombrando a continuación los sustitutos. En el caso de destitución de que habla el literal "c" del Artículo Catorce, la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior; pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. Artículo 13.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva; Artículo 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días, conocida la infracción, no procede de conformidad a los b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado financiero de la Asociación; artículos anteriores un número de diez de los asociados, por lo menos, podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la comisión investigadora, para que sobre la base de su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos; seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocer sobre la d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociado; suspensión temporal o destitución total de toda la Junta Directiva; los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establezca e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenientes; el inciso anterior. En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios; por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos sustitutos. La Asamblea General o Junta Directiva notificará g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten; al interesado la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Artículo 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso. CAPITULO VII DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo 18.- La Junta Directiva será integrada por once miembros propietarios electos en la Asamblea General, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, Síndico y cuatro Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán ad honoren; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General. Artículo 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por la mayoría de votos. En caso de empate el presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad. demás que le fuese encomendado por la Asociación. Artículo 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Elaborar los proyectos de reforma de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General, Artículo 23.- EL SECRETARIO será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y los b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente, c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento, Artículo 24.- EL PRO-SECRETARIO, colaborará con el Secretario y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo d) Convocar a Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias, j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación, k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria, la memoria anual de labores realizadas, l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justificada, m) Presentar a consideración de la Asamblea General, con quince días de anticipado de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación; así como también un estudio y análisis de las problemáticas comunales para el desarrollo integral de todos sus miembros proponiendo soluciones que no deberán violentar los derechos individuales de cada miembro de la comunidad. Artículo 21.- EL PRESIDENTE de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y la Junta Directiva, y todos los demás que le fuere encomendado por la Asociación. Artículo 22.- EL VICE-PRESIDENTE colaborará con el presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva; además extenderá las certificaciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. demás que le fuere encomendado por la Asociación. e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipalidades y con las entidades que tengan que trabajar en la región, en proyecto de desarrollo de la comunidad, Artículo 25.- EL TESORERO será el depositario de los fondos y los bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento, cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de ejecución y evaluación de los programas y proyectos de la Asociación. En todo caso, serán autorizados los pagos por el secretario mejoramiento de la localidad, y con el VISTO BUENO del presidente de la Asociación. Todos los g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los organismos que cooperan con sus programas de las actividades que desarrollan. fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, y se registrarán las firmas del tesorero, el presidente y el síndico de la Asociación. h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas de la Asamblea General, Artículo 26.- EL PRO-TESORERO tendrá las mismas funciones i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los Estados Unidos de América. del tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

39 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Artículo 27.- EL SÍNDICO tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del síndico fungirán los vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los vocales de la Asociación, el síndico elegirá un comité de vigilancia formado por tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajo, libros y demás documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fines. Artículo 28.- El síndico velará por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva y todo lo demás que le fuese encomendado por la Asociación. Artículo 29.- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Artículo 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos únicamente para otro período, de forma consecutiva, si la Asamblea General así lo decidiere. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION Artículo 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido: a) Por la contribución que aporten los asociados activos y que será de UN DOLAR de los Estados Unidos de América mensual, sujeta a modificación en asamblea y según necesidades, b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes, c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para hacer llegar fondos a la Asociación, d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables o imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordase afectarlos. Artículo 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital (libro único contable de ingresos y egresos) en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar obras con fines de carácter social, siempre que se haga uso de las operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la directiva, siempre y cuando no exceda de quinientos dólares de los Estados Unidos de América, caso contrario, lo aprobará la Asamblea General, específicamente para el acta en que comparezca el representante de la Asociación. Artículo 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo se obtuviera superávit, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también el tiempo y la forma de invertir el fondo de reserva. CAPITULO IX DISOLUCION DE LA ASOCIACION Artículo 34.- En caso de disolución, si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva, deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiese quedado, después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación. Artículo 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras partes de la Asociación, por los motivos que la ordenanza reguladora de las asociaciones comunales y demás disposiciones aplicables que se establezcan. CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES Artículo 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma definitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviarse al expresado concejo su plan de actividades. Artículo 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. CERTIFICA: Que en Sesión Ordinaria celebrada por el Concejo Municipal, a las ocho horas del día uno de febrero del año dos mil doce, en acta número seis, se emitió el siguiente acuerdo municipal: NUMERO OCHO: "El Concejo, ACUERDA: 1) Otorgar la Personería Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal "COLONIA BARCELONA" que podrá abreviarse "ADESCOCBA" situada en Colonia Barcelona, Cantón Cantarrana, del Municipio y Departamento de Santa Ana. 2) Aprobar sus estatutos que constan de 37 artículos. 3) Publíquese en el Diario Oficial, los estatutos que hoy se aprueban. 4) Se instruye al Gerente Legal para que la inscriba en el Libro que para tal efecto lleva esta Alcaldía. Remítase este Acuerdo a donde corresponde para los efectos legales consiguientes. COMUNIQUESE Dado en Alcaldía Municipal: Santa Ana, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. CARLOS SALINAS RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.- SEÑOR JOAQUIN ALFREDO PEÑATE ARDON, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES AUTORIZA- DO. (Registro No. F038953)

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 SECCION CARTELES OFICIALES De Primera Publicación ACEPTACION DE HERENCIA JUICIO DE AUSENCIA EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas cincuenta y ocho minutos del día trece de marzo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante VICTOR MANUEL HERNANDEZ VASQUEZ quien fue de cuarenta y nueve años de edad, Pintor, Casado, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, y del domicilio de Soyapango, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Gudelia Vásquez conocida por Delia Vásquez Nájera y Delia Vásquez y José Manuel Hernández, quien falleció el día catorce de abril de dos mil nueve. De parte de MARTA JULIA VILLANUEVA conocida por MARTA JULIA VILLANUEVA DE HERNANDEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y de los jóvenes JOSE REYNALDO HERNANDEZ VILLANUEVA, MANUEL GEOVANNI, VICTOR IVAN y CARLOS ALBERTO todos de apellidos HERNANDEZ VILLANUEVA, en sus conceptos de hijos del causante, representados judicialmente por su Defensora Pública Licenciada GLORIA MARGARITA RUIZ LOPEZ conocida por GLORIA MARGARITA RUIZ DE CANJURA. Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas y veinte minutos del día quince de marzo de dos mil doce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. AMALIA DE YANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA INTERINA. ACEPTACIÓN DE HERENCIA Of. 3 v. alt. No GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a las ONCE HORAS CUARENTA Y TRES MINUTOS DEL DIA SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción ocurrida el veintinueve de junio del año dos mil siete en la ciudad de San Salvador dejó la causante señora NARCISA ARMIDA RIVERA c/p NARCISA ARMIDA RIVERA RIVERA siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de los señores VIDELA BERNARDA RIVERA c/p VIDELA BERNARDA RIVERA RIVERA y JOAQUIN OSMIN RIVERA, en sus calidades de hermanos de la de cujus. De Segunda Publicación LA INFRASCRITA JUEZA UNO PRIMERO DE MENOR CUANTIA, LICENCIADA MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, de este Distrito Judicial, al público en general. AVISA: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada KAREN YASMIN GONZALEZ DE SANCHEZ, en aquel entonces de veintiocho años de edad, Abogado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y cuatro-cuatro, en su carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República en representación del ESTADO EN EL RAMO DE HACIENDA; en contra del demandado señor ERNESTO MONTALVO ESTRADA, en ese entonces de cincuenta y tres años de edad, Economista, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero un millón cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos quince-nueve y con número de Identificación Tributaria cero ochocientos veintiuno-cero treinta mil setecientos cincuenta y cinco-cero cero dos-cero y demás generales ignoradas; posteriormente a la fecha en que se inició el referido juicio se presentó la Licenciada KAREN YASMIN GONZALEZ DE SANCHEZ, en el carácter en que actúa, manifestando que el señor ERNESTO MONTALVO ESTRADA, se ha ausentado del domicilio conocido, ignorándose el paradero y si ha dejado Procurador o Representante Legal, de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles. PIDE. Sea declarado ausente y se nombre un curador ESPECIAL, para que lo represente en la continuación del presente juicio. En consecuencia se previene que sí el demandado señor ERNES- TO MONTALVO ESTRADA, tiene Representante Legal, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso. Librado en el Juzgado 1 Primero de Menor Cuantía: San Salvador, a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día siete de mayo de dos mil doce.- LICDA. MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, JUEZA UNO PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JULIO AL- BERTO CALDERON ALFARO, Of. 1 v. No. 489 Y se le ha Conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Y CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus Derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a las ocho horas diez minutos del día once de mayo de dos mil doce. LIC. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETA- RIA. Of. 3 v. alt. No

41 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada por el causante JOSÉ LUIS MONTERROZA MONTERROZA, quien fue de sesenta y siete años de edad, Profesor en Ciencias Naturales, fallecido el día diecinueve de diciembre del dos mil once, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de los señores JOSÉ NEHEMIAS MONTERROZA RECINOS y MARIA ENCARNACIÓN MONTERROZA DE GALDÁMEZ. Los expresados aceptantes lo hacen en calidad de HIJOS del referido causante, a quienes se les confirió la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a las personas que se crean con Derecho a la Herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas cuarenta minutos del día dieciséis de abril del dos mil doce. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, Of. 3 v. alt. No JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPÁN. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de abril de dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada por el causante DANIEL ESQUIVEL MATA conocido por DANIEL MATA ESQUIVEL y por DANIEL ESQUIVEL, quien fue de treinta y siete años de edad, jornalero, fallecido el día dieciocho de mayo de mil novecientos setenta y siete, siendo Metapán su último domicilio; por parte de la señora GLORIA JOSEFINA ESQUIVEL GUTIERREZ, en calidad de hija del referido causante. En consecuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confiere a los curadores de la Herencia Yacente. HERENCIA YACENTE DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. De Tercera Publicación Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con quince minutos del día dieciocho de abril de dos mil doce.lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, Of. 3 v. alt. No JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que por resolución proveida por este Juzgado a las catorce horas del día diecinueve de marzo de dos mil doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la causante NOEMI MARTINEZ DE TORRES, quien fue de cincuenta y un años de edad, ama de casa, fallecida el día nueve de Diciembre de dos mil once, siendo Metapán su último domicilio; por parte de la señora DOMINGA MARTINEZ CABRERA conocida por DOMINGA MARTINEZ en su calidad de Madre y como Cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía al señor PABLO TORRES SANABRIA en su calidad de cónyuge sobreviviente de la referida causante. En consecuencia, se le confirió a dicha aceptante la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas diez minutos del día nueve de mayo de dos mil doce. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, Of. 3 v. alt. No MARTINEZ VANEGAS, a quien se le hizo saber su nombramiento y previa aceptación y juramentación, se le discernió el cargo por resolución de las quince horas treinta y cinco minutos del día cuatro de abril de dos mil once. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas cinco minutos del día veinticuatro de enero de dos mil once, se ha declarado yacente la herencia que dejó el señor JOSE CUPERTINO AGUILAR GARCIA, fallecido a las ocho horas, treinta minutos, del día veintisiete de noviembre de dos mil diez, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa Ana, siendo del domicilio de Jujutla del Departamento de Ahuachapán, su último domicilio; habiéndole nombrado curador de la herencia yacente para que represente a la sucesión del señor JOSE CU- PERTINO AGUILAR GARCIA, al Licenciado MAURICIO EDGARDO Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas nueve minutos del día cinco de abril de dos mil once.- DOCTOR JULIO CESAR FLO- RES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 SECCION CARTELES PAGADOS De Primera Publicación DECLARATORIA DE HERENCIA CESAR EMILIO GUZMÁN MAGARIN, Notario, del domicilio de San Miguel, con oficina situada en Colonia Ciudad Jardín, Calle Los Almendros, número treinta y tres, San Miguel. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída en San Miguel, a las ocho horas del día diecisiete de mayo del año dos mil doce, en Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Aceptación de Herencia Intestada con Beneficio de Inventario, promovidas ante los oficios del suscrito Notario, por la señora ARACELY OSORTO DE CORNEJO, de sesenta y siete años de edad, empleada del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, portadora de su Documento Único de Identidad número: Cero cero novecientos cincuenta y siete mil setecientos diez-uno: con Número de Identificación Tributaria: Mil cuatrocientos dos-cientocincuenta mil quinientos cuarenta y cuatrociento uno-cero; ha sido declarada Heredera Intestada con Beneficio de inventario; en su calidad de cónyuge sobreviviente y como Cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía a su hija Mirna Aracely Cornejo de Rivera, según escritura pública de Cesión de Derecho hereditario otorgada en la ciudad de Falls Church, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, a las once horas y treinta minutos del día veinte de marzo de dos mil doce, ante la Notario Irma Noemy Amaya Torres, y aceptada dicha Cesión en escritura pública, otorgada en esta ciudad a las diecisiete horas de día dieciséis de marzo de este año, ante mis oficios notariales, testimonios que agrego a las presentes diligencias, de los bienes que a su defunción dejó el señor JOSE LUIS CORNEJO MAJANO o JOSE LUIS CORNEJO, quien fue de sesenta y dos años de edad, motorista, originario y del domicilio de Bolívar, departamento de La Unión, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció a las veinte horas y cincuenta minutos del día veinticinco de noviembre del año dos mil once, en Caserío Medina, Cantón Derrumbado, Villa Lislique, Departamento de La Unión, a consecuencia de politraumatismo, por hecho de tránsito: habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de San Miguel, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil doce. CESAR EMILIO GUZMAN MAGARIN, NOTARIO. 1 v. No. C de la señora Sotera Carpio viuda de Juárez, sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Pedro Juárez Molina, quien fuera de cincuenta y siete años de edad, agricultor en pequeño, casado, originario y del domicilio de Santa Ana, fallecido el día ocho de diciembre del año mil novecientos noventa y seis, en el cantón de Ayuta, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio; y según consta en el expediente identificado bajo el Número Único de Expediente DV-3CM1; y de Referencia Interna DV CIII, de esta sede judicial, en esta fecha se ha declarado como HEREDERA ABINTESTATO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejase el señor Pedro Juárez Molina, a doña Sotera Carpio viuda de Juárez, en calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que les correspondían a los señores Juan Carlos Juárez Carpio y Wenceslao Rafael Juárez Carpio, en la sucesión que a su defunción dejara el causante antes mencionado. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa Ana, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. 1 v. No. C RENNE CALDERON NIETO, Notario, de este domicilio, con Oficina ubicada en Residencial Altos de San Luis, Senda Yaneth, Casa número siete, San Salvador; HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día catorce de mayo del presente año, se ha declarado a la señora GRACIELA AMANDA AGUIRRE DE CALDERON y sus hijos RENE MARTIN CALDERON AGUIRRE, BIBIANA CAROLINA CALDERON DE FERRUFINO, MONICA GRACIELA CALDERON AGUIRRE y RICARDO ARMANDO CALDERON AGUIRRE, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad de San Salvador, como su último domicilio, el día quince de diciembre del dos mil once, dejara el señor RICARDO ARMANDO CALDERON GAMERO en su concepto de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante; habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de San Salvador, a los catorce días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil, Santa Ana: AL PÚBLICO EN GENERAL AVISA, que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas con Beneficio de Inventario, promovidas por la Licenciada Lourdes Yanira Carpio Sandoval, en calidad de representante procesal RENNE CALDERON NIETO, NOTARIO. 1 v. No. C001379

43 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: AVISA: Que por resolución de las diez horas del día veintiséis de abril del corriente año, han sido declarados herederos abintestatos con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor MANOLO NATIVIDAD CAMPOS, fallecido el día veintidós de enero del dos mil seis, en esta ciudad, siendo la ciudad de Juayúa su último domicilio, a las señoras MIRNA ESTELA MARTINEZ DE GUZMAN y MIRNA ESTELA MARTINEZ VISCARRA, en concepto de cesionarias de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a la señora Ana de Jesús Natividad Sánchez, conocida por Ana de Jesús Natividad y por Ana Natividad, como madre sobreviviente del mencionado causante, cónyuge sobreviviente la primera y los otros dos como hijos del mencionado causante. Se ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación definitivas de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día tres de mayo de dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. C MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: AVISA: Que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de abril del corriente año, ha sido declarado heredero abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor FELIPE MENDEZ RAMOS, fallecido el día veintinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve, en El Cantón La Unión, Jurisdicción de Juayúa, siendo Juayúa el lugar de su último domicilio, al señor ALONSO RIVERA RAUDA, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían al señor Arcadio Méndez Ramos, como hermano sobreviviente del mencionado causante. Se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitivas de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día tres de mayo de dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. C MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: AVISA: Que por resolución de las doce horas del día veinticuatro de abril del presente año.- Ha sido declarada heredera abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor PEDRO CAMPOS, fallecido el día veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y ocho, siendo la Ciudad de Juayúa el lugar de su último domicilio, a la señora ANA ROSA ESCALANTE DE RODRIGUEZ, como Cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les correspondían a los señores ELOISA GALICIA VIUDA DE CAMPOS, BLANCA ELIZABETH CAMPOS GALICIA, NEHEMIAS CAMPOS GALICIA, MARCOS TULIO CAMPOS GALICIA conocido por Marco Tulio Campos Galicia, PEDRO ANTONIO CAMPOS GALICIA, NEFTALY CAMPOS GALICIA y ANANIAS CAMPOS GALICIA la primera en concepto de cónyuge y los demás como hijos todos del causante. Se ha Conferido a la heredera declarada la administración y representación definitivas de la sucesión. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día dos de mayo del año dos mil doce. DR.MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. C DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta y ocho minutos de este día, se ha declarado a la señora FRANCISCA DE LA PAZ GONZALEZ CORVERA, heredera abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA FERMINA CORVERA DE GONZALEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, Doméstica, casada, salvadoreña, originaria y del domicilio de esta ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero dos millones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis-uno, y Número de Identificación Tributaria un mil diez-ciento ochenta y un mil ciento cincuenta y seis-ciento uno-cero, habiendo fallecido a las dos horas del día ocho de diciembre del año dos mil nueve, en el Barrio San Juan de Dios de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil doce.dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 1 v. No. F DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, AVISA: Que por resolución de las diez horas del día ocho de mayo del año dos mil doce, se ha DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores ANA HAYDEE RIVAS y OSCAR AMADO RIVAS, de los bienes que a su defunción dejó la causante señora CECILIA RIVAS, quien fue de ochenta y cinco años de edad, modista, soltera, con Documento Único de Identidad número cero cero nueve siete cero siete cuatro cinco - cinco, y número de identificación tributaria uno cero uno cero - uno dos cero cinco dos nueve - cero cero uno - cinco, fallecida a las veintiuna horas treinta minutos del día veintisiete de julio de dos mil once, en la Clínica del Hospital Divino Niño, de esta ciudad, siendo su último domicilio el municipio de San Vicente, departamento de San Vicente, en concepto de hijos de la causante. Y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y representación definitiva de la sucesión.

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas diez minutos del día ocho de mayo del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los quince días del mes de mayo del año dos mil doce.dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 1 v. No. F v. No. F JOSE ARISTIDES PERLA BAUTISTA, Notario de este domicilio, con despacho Notarial, ubicado en: Primera Calle Poniente y Cuarenta y Siete Avenida Norte, Villas de Normandía, Segundo Nivel Local 7 C. San Salvador, con teléfono número HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito notario proveída a las trece horas del día quince de mayo del presente año, se ha declarado a la señora REYNA MIRIAM MEMBREÑO. Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción, dejará la señora BERNARDINA ANTONIA MEMBREÑO BELTRAN, quien falleció en la ciudad de Takoma Park, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, el día cuatro de abril del año dos mil ocho, siendo su último domicilio la ciudad de Takoma Park, Estados Unidos de América; en su concepto de hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios cedidos a su favor, por parte de sus Hermanos DIEGO ANTONIO MEMBREÑO, MARIA DAYSI MEMBREÑO, MARIA DE LOS ANGELES MEMBREÑO, DILMA DEL CARMEN MEMBREÑO, y ANA YOLANDA MEMBREÑO DE TORRES, habiéndose conferido la representación y administración definitiva de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de ley. Por lo que se avisa al público para los efectos de Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día diecisiete de mayo del año dos mil doce. JOSE ARISTIDES PERLA BAUTISTA, NOTARIO. 1 v. No. F DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco minutos de este día, se ha declarado al señor DIEGO EFRAIN OSORIO MUNGUIA conocido por EFRAIN OSORIO MUNGUIA y por EFRAIN OSORIO, heredero abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor PERFECTO OSORIO MUNGUIA conocido por PERFECTO OSORIO, JOSE PERFECTO OSORIO MUNGUIA y por JOSE PERFECTO OSORIO, quien fue de ochenta años de edad, Jornalero, soltero, salvadoreño, originario y del domicilio de Apastepeque de este departamento, con Número de Identificación Tributaria uno cero cero uno-uno ocho cero cuatro tres cero- uno cero uno -uno, habiendo fallecido a las doce horas veinte minutos del día veintiocho de diciembre de dos mil diez, en el Barrio San Francisco de la ciudad de Apastepeque de este departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de hermano del causante. Y se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitivas de la sucesión. ELIA ISABEL ARANA SANDOVAL, Notaria, del domicilio de Santa Tecla, con oficina situada en Residenciales San Rafael, Senda Dos Sur, Polígono «H»,diecinueve, de Santa Tecla, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por Resolución dictada a las trece horas y treinta minutos del día veintisiete de abril del año dos mil doce; se ha declarado Heredera Abintestato con Beneficio de Inventario a la señora ANA CECILIA ALVARADO VIUDA DE RIVERA, de la Herencia Intestada del señor JOSE ALBERTO RIVERA FLORES, fallecido en el Hospital General del Seguro Social de San Salvador, el día tres de junio del año dos mil once, habiendo sido la ciudad de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, lugar de su último domicilio, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del causante. Se nombra a la mencionada heredera Administradora y Representante Definitiva de la Sucesión. Publíquense los Avisos de Ley protocolícese dicha resolución y extiéndase el Testimonio correspondiente. Librado en la Oficina de Abogacía y Notariado, Santa Tecla, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce. LICDA. ELIA ISABEL ARANA SANDOVAL, NOTARIA. 1 v. No. F RAFAEL EDUARDO GONZALEZ TOLEDO, Notario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con oficina ubicada en Residencial Villas de Miraflores, Calle El Carmen, Senda Las Azucenas, Número Seis, Santa Tecla, La Libertad, HACE SABER: Que por Resolución del Suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintiuno de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día dieciocho de noviembre del año dos mil once, dejó el señor JUAN ANDREU LEMUS, conocido por JUAN ANDREU, a favor de la señora ANA CECILIA ANDREU RETANA, en su concepto de hija legítima sobreviviente del causante; habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en San Salvador, el día veintidós de mayo del año dos mil doce. RAFAEL EDUARDO GONZALEZ TOLEDO, NOTARIO. 1 v. No. F039016

45 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI- Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA- las catorce horas y veinte minutos del día catorce de mayo de dos mil MENTO DE MORAZAN, doce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1 DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las SECRETARIA. catorce horas de este día, se han DECLARADO HEREDEROS DE- FINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores 1 v. No. F LEA MARIA SORTO DE PORTILLO, de treinta y siete años de edad, Profesora, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Unico de Identidad número cero un millón ochocientos LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al sesenta y cuatro mil setecientos veintinueve guión ocho; y Tarjeta de público para los efectos de ley. Identificación Tributaria número un mil trescientos nueve guión ciento HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado a veinte mil novecientos setenta y cuatro guión ciento uno guión cero; los señores JUAN CARLOS DELGADO CALDERON, ANA MIRNA USY FLORITA SORTO DE VELIS, de treinta y cuatro años de edad, DELGADO CALDERON, y CECILIA GUADALUPE DELGADO ama de casa, originaria y del domicilio de Guatajiagua, departamento de CALDERON; herederos beneficiarios e intestados de los bienes que a su defunción dejó el causante JUAN ANTONIO DOÑO CALDERON o Morazán, con Documento Unico de Identidad número cero tres millones JUAN ANTONIO DOÑO o JUAN ANTONIO CALDERON, que falleció doscientos cincuenta y seis mil setecientos cuarenta y cuatro guión cuatro; el día veintiuno de octubre de dos mil once, en el Hospital Nacional Santa y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos nueve Teresa de esta ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio. Confiérase guión doscientos noventa mil seiscientos setenta y siete guión ciento a los herederos que se declaran, la administración y representación uno guión tres; MARIA JAEL SORTO GRANADOS, de treinta y tres definitivas de la sucesión. años de edad, empleada, del domicilio de Guatajiagua, departamento de JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de mayo de dos mil Morazán, con Documento Unico de Identidad número cero un millón doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE seiscientos catorce mil cuatrocientos ochenta y dos guión cero, y Tarjeta ALBERTO RODRIGUEZ, de Identificación Tributaria un mil trescientos nueve guión doscientos cuarenta mil ochocientos setenta y ocho guión ciento uno guión cero; 1 v. No. F MARIA ASEL GRANADOS SORTO, de veintisiete años de edad, estudiante, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Unico de Identidad número cero cero cuatrocientos setenta DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO, Notario, de este y nueve mil trescientos ochenta y seis guión siete; y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos nueve guión ciento veinte domicilio, con oficina jurídica, ubicada en Cuarta Avenida Norte número cinco-d, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, al público para los efectos de Ley, mil doscientos ochenta y cuatro guión ciento uno guión cero; y FIDEL ANGEL GRANADOS SORTO, de veinte años de edad, estudiante, del AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario proveída a las diez horas del día diecisiete de Mayo del año dos mil doce, se ha domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento declarado HEREDERO DEFINITIVO, con beneficio de inventario de Unico de Identidad número cero cuatro millones doscientos ochenta y la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante tres mil cuatrocientos noventa y cinco guión ocho; y Número de Tarjeta FABIAN SOSA ARAGON, ocurrida el día quince de enero del año de Identificación Tributaria un mil trescientos nueve guión doscientos dos mil doce, en Reparto Valle Nueva, Calle Principal, frente al pasaje cincuenta mil doscientos noventa y uno guión ciento dos guión cuatro; R Block D, Ilopango, de la Ciudad de San Salvador, teniendo como su de la herencia que en forma intestada dejó el señor FIDEL ANGEL GRANADOS, quien fue de sesenta y seis años de edad, carpintero, casado, originario y del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, hijo de los señores ANA JOSEFA GRANADOS, y JUAN ANTONIO SOTO, quien falleció a las ocho horas del día VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL DIEZ, en el Barrio El Calvario, de Guatajiagua, departamento de Morazán, siendo ese el lugar de su último domicilio, en concepto de HIJOS del. Se ha conferido a los referido aceptantes en la calidad expresada la administración y representación DEFINITIVA, de dicha sucesión con las facultades y restricciones de ley. último domicilio, la Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a la señora MARIA MARTA POCASANGRE DE SOSA, en su concepto de cónyuge del referido causante, habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a los veintidós días del mes de Mayo del año dos mil doce. LICDA. DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO, NOTARIO. 1 v. No. F039068

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 SAUL WILFREDO AGUILAR MENDOZA, Notario, del domicilio de esta ciudad y de Santa Tecla, con oficina en Calle La Cañada Block A, pasaje siete Norte, Jardines de la Hacienda, Ciudad Merliot, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día veintitrés de abril del dos mil doce, se ha declarado a la señora: MARIA INES DINORAH CORTEZ VIUDA DE MOLINA, Heredera Definitiva, con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción, en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día veinticuatro de abril del dos mil seis, dejara el señor DANIEL MOLINA FUENTES, quien fue de cincuenta y seis años de edad, empleado, en su concepto de Cónyuge sobreviviente; habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Lo que se avisa al público para los efectos de San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce. SAUL WILFREDO AGUILAR MENDOZA, NOTARIO. ACEPTACION DE HERENCIA LICENCIADA ANA MARIA SORTO ANDRADE, Notario, del domicilio de Usulután, con oficina establecida en la Sexta Calle Poniente número dos, Barrio La Merced, de la ciudad de Usulután, HACE SABER: Que a folios catorce de las Diligencias Aceptación de Herencia, promovidas ante la suscrita Notario, por el Licenciado RENE FERNANDO ARAUJO AMAYA, quien actúa en nombre y representación del señor FERNANDO VIGIL VASQUEZ, a efecto de Aceptar la Herencia Deferida por la madre de su representado, la señora CONSUELO VASQUEZ CASTRO VIUDA DE VIGIL conocida como CONSUELO VASQUEZ, se ha pronunciado la resolución de las siete horas con treinta minutos del día veintitrés de enero de dos mil doce. Y se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora CONSUELO VASQUEZ CASTRO VIUDA DE VIGIL conocida como CONSUELO VASQUEZ, ocurrida en el Hospital Nacional San Pedro de la ciudad de Usulután, a las veintitrés horas y cincuenta minutos del día uno de noviembre del año dos mil dos, originaria y del domicilio de Ozatlán Departamento de Usulután, el último que tuvo, de parte del señor FERNANDO VIGIL VASQUEZ, en calidad de hijo de la causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondientes. Librado en la ciudad de Usulután, a los veintitrés días de enero de dos mil doce. ANA MARIA SORTO ANDRADE, NOTARIO. 1 v. No. C LICENCIADA ANA MARIA SORTO ANDRADE, Notario, del domicilio de Usulután, con oficina establecida en la sexta Calle Poniente número dos, Barrio La Merced de la ciudad de Usulután, HACE SABER: Que a folios catorce de las Diligencias de Aceptación de Herencia, promovidas ante la suscrita Notario, por el Licenciado RENE FERNANDO ARAUJO AMAYA, quien actúa en nombre y representación del señor JOSE ADRIAN FRANCO SOLIS conocido como JOSE ADRIAN FRANCO, a efecto de Aceptar la Herencia Deferida por la madre de su representado la señora ISABEL FRANCO conocida como MARIA ISABEL FRANCO ANDASOL, y como MARIA ISABEL FRANCO, se ha pronunciado la resolución de las siete horas con diez minutos del día veintitrés de enero de dos mil doce. Y se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora ISABEL FRANCO conocida como 1 v. No. F MARIA ISABEL FRANCO ANDASOL y como MARIA ISABEL FRANCO, ocurrida a las dos horas del día veintiuno de febrero del año dos mil cuatro, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, del Departamento de San Miguel, lugar que tuvo como su último domicilio fue la ciudad de Jucuarán, Departamento de Usulután, de parte del señor JOSE ADRIAN FRANCO SOLIS conocido como JOSE ADRIAN FRANCO, en calidad de hijo de la causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondientes. Librado en la ciudad de Usulután, a los veintitrés días de enero de dos mil doce. ANA MARIA SORTO ANDRADE, NOTARIO. 1 v. No. C LICENCIADA ANA MARIA SORTO ANDRADE, Notario, del domicilio de Usulután, con oficina establecida sobre la Sexta Calle Poniente Número Dos, Barrio La Merced, de la ciudad de Usulután, HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia, promovidas ante la suscrita Notario, por la señora ALEJANDRA EVE- LINDA LUNA QUINTEROS, a efecto de Aceptar la Herencia dejada a su defunción por la causante TOMASA DEL CARMEN MEJIA DE

47 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de VASQUEZ conocida coma TOMASA DEL CARMEN MEJIA y como Librado en San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a los BLANCA MEJIA, se ha pronunciado la resolución de las siete horas diez días del mes de abril de dos mil doce. veinte minutos del día veintitrés de enero de dos mil doce; en la que se tiene por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la causante TOMASA DEL CARMEN LIC. JOSE MARIA ALVAREZ MONTANO, MEJIA DE VASQUEZ conocida como TOMASA DEL CARMEN NOTARIO. MEJIA y como BLANCA MEJIA, quien falleció a las once horas y treinta minutos del día tres de julio del año dos mil diez, en el Cantón El Palmital, de la jurisdicción de Ozatlán, lugar de su último domicilio, 1 v. No. C de parte de la señora ALEJANDRA EVELINDA LUNA QUINTEROS, como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MIGUEL ISMAEL VASQUEZ MEJIA y JOSE ROSENDO VASQUEZ RODRIGUEZ conocido tributariamente como ROSENDO MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, Notario del domicilio de San VASQUEZ, el primero en su calidad de hijo y el segundo como esposo, Salvador, con oficina en Condominio Viena, Pasaje Viena, casa N 7, ambos sobrevivientes de la causante; confiriéndosele la administración y esquina de 1ª Avenida Norte y 19ª Calle Poniente San Salvador, Tel-Fax. representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones , AL PUBLICO, de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para AVISO: En las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada los efectos legales correspondientes. del señor GONZALO MARTINEZ HERNANDEZ conocido como Librado en la ciudad de Usulután, a los veintitrés días de enero de GONZALO MARTINEZ de 75 años, Motorista, casado, del domicilio dos mil doce. de Delgado, su último domicilio, originario de San Juan Tepezontes, fallecido el trece de mayo de dos mil diez, en San Salvador; por acta de las diez horas catorce minutos del dieciséis de mayo de dos mil doce, ANA MARIA SORTO ANDRADE, ha sido aceptada la sucesión expresamente con beneficio de inventario por los señores: 1- RAFAELA DEL CARMEN MARTINEZ viuda DE NOTARIO. MARTINEZ conocida desde soltera como CARMEN MARTINEZ, CARMELA MARTINEZ y CARMEN ESCOBAR, como cónyuge sobreviviente, por 2- DEYSI ESTELA MARTINEZ DE RAMIREZ, 3- MARIO 1 v. No. C ANTONIO MARTINEZ MARTINEZ, 4- RENE ULISES MARTINEZ MARTINEZ, 5- SARA ESTER MARTINEZ MARTINEZ, 6- RUTH ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, 7- MARTA MAGDALENA MARTINEZ MARTINEZ, 8- ESMERALDA NOEMY MARTINEZ JOSE MARIA ALVAREZ MONTANO, Notario, con oficina ubicada en MARTINEZ, como hijos del fallecido y por la señorita 9- FLOR DE Boulevard Tutunichapa y Avenida Doctor Emilio Alvarez, Edificio Las MARIA MARTINEZ como cesionaria del derecho hereditario que correspondía a SONIA DEL CARMEN MARTINEZ MARTINEZ hija del Américas, local número Trescientos cuatro-b, San Salvador. HAGO SABER: Que por resolución emitida por el suscrito Notario, fallecido, ellos son únicos y universales herederos y se les ha conferido la a las catorce horas del día veintiuno de marzo de dos mil doce, se ha administración y representación interinas de la sucesión, con facultades declarado HEREDERO UNIVERSAL INTERINO ABINTESTATO, y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. CON BENEFICIO DE INVENTARIO, en su calidad de CONYUGE El Notario CITA a quienes tengan igual o mejor derecho o se opongan SOBREVIVIENTE, el señor JOSE ALONSO CANALES ROMERO, de a la aceptación de la sucesión, a deducir legalmente sus derechos ante el la herencia que a su muerte dejó la señora MARIA ISIDRA CABRERA Notario en la dirección de su Bufete, dentro de quince días siguientes al BARAHONA conocida por MARIA ISIDRA CABRERA DE CANALES de la tercera publicación de este edicto. y por MARIA ISIDRA CABRERA, quien falleció a las nueve horas del día dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Librado en San Salvador, a los diecisiete días de mayo de dos mil Las Quebradas, jurisdicción de San Simón, departamento de Morazán, doce. habiéndole conferido la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, herencia yacente. En consecuencia, se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término NOTARIO. de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto, en la dirección antes citada. 1 v. No. C001397

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ELIZABETH ACOSTA ESPINOZA, Notario, para los efectos de ley, al público. HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas del día cinco de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en Worcester, Massachussets, Estados Unidos de América, a las diecinueve horas y quince minutos del día seis de octubre de dos mil ocho, dejó la señora DOMINGA LOPEZ viuda DE BRIUZUELA, conocida además como DOMINGA LOPEZ PACHECO y DOMINGA LOPEZ, de parte de los señores ANA HAYDEE BRIZUELA conocida por ANA AYDEE BRIZUELA, HAYDEE BRIZUELA, HAYDEE ANN BEMBENEK y HAYDEE BEMBENEK BRIZUELA y FELIX ADAN BRIZUELA conocido por FELIX ADAM BRIZUELA, en concepto de herederos testamentarios de la causante; y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en mi oficina Notarial, situada en Pasaje Carbonell, casa número veintitrés, Colonia Escalón Roma, de esta ciudad.- San Salvador, dieciséis de mayo de dos mil doce. LIC. ELIZABETH ACOSTA ESPINOZA, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día diecisiete de mayo del presente año, se ha NOTARIO. tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS WILLIAN 1 v. No. F CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER, Notario, de este domicilio, con oficina en Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte Edificio Niza, Local Número Doscientos Trece, Barrio San Miguelito, San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día diecisiete de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia intestada que a su defunción dejó el señor FRANCISCO DOLORES LOPEZ NUÑEZ conocido por FRANCISCO DOLORES LOPEZ, quien falleció a las cuatro horas y quince minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil ocho, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de esta ciudad, su último domicilio, de parte de los señores RUBEN ELENILSON LOPEZ CASTELLON y MAURICIO ELMER LOPEZ CASTELLON, en concepto de hijos del causante; habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la oficina del suscrito en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario CARLOS HUMBERTO MEN- CIA PAULER, en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de mayo del año dos mil doce. CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER, NOTARIO. 1 v. No. F CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER, Notario, de este domicilio, con oficina en Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte Edificio Niza, Local Número Doscientos Trece, Barrio San Miguelito, San Salvador. LOPEZ CASTELLON conocido por CARLOS WILLIAM LOPEZ CASTELLON, quien falleció a las diez horas y treinta minutos del día veinticinco de noviembre del año de mil novecientos ochenta y siete, en Calle Circunvalación Edificio Profesional Presidente, Colonia San Benito de esta ciudad, su último domicilio, de parte de los señores RUBEN ELENILSON LOPEZ CASTELLON y MAURICIO ELMER LOPEZ CASTELLON, en concepto de hermanos del causante; habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la oficina del suscrito en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario CARLOS HUMBERTO MEN- CIA PAULER. En la Ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día dieciocho de mayo del año dos mil doce. CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER, NOTARIO. 1 v. No. F038948

49 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MANUEL DE JESUS HERRERA SEGOVIA, Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con Oficina Jurídica situada en la Tercera Calle Oriente y Quinta Avenida Sur, de dicha ciudad. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada con Beneficio de Inventario, que a su defunción dejó el señor RAUL ERNESTO GRIMALDI AVALOS, quien fuera de ochenta y ocho años de edad, Doctor en Medicina, casado, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, lugar de su último domicilio, quien falleció en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, el día diecinueve de junio del año dos mil once, de parte de la señora MARIA ALICIA GRIMALDI DE FLORES, de treinta y seis años de edad, Ingeniero Industrial, de este domicilio, en su concepto de hija del causante y además como cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora REINA MERCEDES ALICIA ANA AROCHA DE GRIMALDI conocida por REINA MERCEDES ALICIA GUERRERO DE GRIMALDI, por REYNA MERCEDES ALICIA GUERRERO DE GRIMALDI y por ALICIA GUERRERO DE GRIMALDI, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y MANUEL DE JESUS HERRERA SEGOVIA, Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, con Oficina Jurídica situada en la Tercera Calle Oriente y Quinta Avenida Sur, de dicha ciudad. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las diez horas del veintiséis de Abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada con Beneficio de Inventario, que a su defunción dejó la señora NATALIA DEL CARMEN VALENCIA, quien fuera de ochenta años de edad, de oficios domésticos, soltera, del domicilio del Cantón El Guineo, jurisdicción de El Congo, Departamento de Santa Ana, quien falleció en el referido Cantón, lugar de su último domicilio, el día diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, de parte de la señora IRMA YOLANDA VALENCIA GUTIERREZ, de cincuenta y siete años de edad, Costurera, del domicilio del Cantón El Guineo, jurisdicción de El Congo, Departamento de Santa Ana, en su concepto de hija de la causante y además como cesionaria de los derechos que le correspondían al señor GONZALO VALENCIA, en su concepto de hijo de la causante; y nómbrase a la aceptante interinamente administradora y representante legal de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Publíquense los Edictos de Ley y expídase la certificación correspondiente. Librado en la Ciudad de Santa Ana, a los veintisiete días del mes de Abril de dos mil doce. DR. MANUEL DE JESUS HERRERA SEGOVIA, NOTARIO. nómbrase a la aceptante interinamente administradora y representante legal de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. 1 v. No. F Publíquense los Edictos de Ley y expídase la certificación correspondiente. Librado en la Ciudad de Santa Ana, a los veintisiete días del mes JULIO RICARDO PADILLA FLORES, Notario, de este domicilio con de Abril de dos mil doce. oficina Jurídica situada en la Colonia y Pasaje Layco, número mil doscientos veintitrés, de esta ciudad, al público para los efectos de DR. MANUEL DE JESUS HERRERA SEGOVIA, NOTARIO. HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante mis oficios Notariales, que por resolución del suscrito 1 v. No. F Notario, proveídas a las once horas del día siete de Mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ISABEL HERNANDEZ, de parte del Licenciado LUIS ALONSO CUA- DRA HERNANDEZ en representación del señor HERBER ORLANDO HERNANDEZ, en su concepto de Hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la conferida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en la oficina del Notario JULIO RICARDO PADILLA FLORES, PUBLIQUESE EL PRESENTE EDICTO, POR UNA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL Y POR TRES VECES EN DOS PERIODI- COS DE MAYOR CIRCULACION EN EL PAIS. En la Ciudad de San Salvador, a las trece horas del día siete de mayo del dos mil doce. LIC. JULIO RICARDO PADILLA FLORES, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a cuarenta minutos del día once de abril del año dos mil doce.- LIC. MAlas catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día uno de noviembre de dos mil nueve, en San Salvador, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó la señora MARIA ESPERANZA GOMEZ DE VENTURA, 3 v. alt. No. C quien fue de cincuenta y un años de edad, casada, oficios domésticos, hija de Eujenio Abelino Gómez conocido por Eujenio Abelino Gómez Arévalo y por Abelino Gómez, y de María Luisa Amaya de Gómez, originaria de Sensuntepeque, Cabañas; de parte del señor JOSE MARGARITO VENTURA GOMEZ en calidad de hijo de la causante, representado por el Licenciado HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que a su defunción dejó la causante señora MARIA MARINA AREVALO YRAHETA, conocida por MARIA MARINA AREVALO IRAHETA, y por MARINA AREVALO, quien falleció el día cuatro de octubre del año dos mil once, en San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, siendo ese su último domicilio; al señor MIGUEL AREVALO, en su carácter personal, y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ARSENIO AREVALO; y LEONOR AREVALO, éstos en su calidad de hijos de la referida causante; habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del día nueve de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el veintinueve de enero del año dos mil once en la Ciudad de San Salvador, dejó la causante señora MARIA EDUVINA AYALA RIVAS, conocida por MARIA EDUVINA AYALA RIVERA, MARIA EDUVINA AYALA y MARIA LIDUVINA RIVERA siendo su último domicilio el de la ciudad de Ilopango, de parte del señor JESUS DE LA CRUZ LEMUS AYALA, como hijo sobreviviente de la causante y cesionario de derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSE ALFREDO LEMUS AYALA, NELSON ENRIQUE LEMUS AYALA y ANA CRISTINA LEMUS DE VELASCO, como hijos de la de cujus. Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

51 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a las ocho horas diez minutos del día quince de mayo de dos mil doce.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- por: licda. edme guadalupe CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LA INFRASCRITA JUEZA INTERINA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al publico para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y siete minutos del día veintisiete de abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante Eleuterio Jaco España, quien fue de setenta y dos años de edad, agricultor, casado, siendo su último TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. domicilio según partida de defunción Cantón Los Apoyos, Santa Ana; fallecido el día veintinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y uno, en Cantón Nancintepeque, Santa Ana; de parte del señor Enrique HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las quince horas quince minutos de este mismo día, del presente Jaco Perlera, Representado Procesalmente por la Licenciada Flor de María Jaco Mancía; confiriéndoseles INTERINAMENTE la administración y mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara curadores de la Herencia Yacente. la causante AURELIA HERNANDEZ, quien falleció a las nueve horas En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley comparezcan a este Juzgado a deducirlo. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, veintisiete de abril del año dos mil doce.- LIC. THELMA IDALIA ES- PERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA- RIO. 3 v. alt. No. F defunción deja la causante MARTINA DE JESUS MENDOZA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, y falleció el día treinta de agosto de dos mil cuatro, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE DIMAS MENDOZA OSORIO, en calidad de heredero testamentario de la causante. Confiriéndose al aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN- TIL, San Miguel, a las ocho horas trece minutos del día cinco de enero de dos mil doce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- del día seis de enero de mil novecientos cincuenta y seis, en el Barrio El Calvario de San José Guayabal, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora DIGNA MERCEDES RODRIGUEZ viuda DE VARELA, actuando ésta en su concepto de bisnieta de la mencionada causante y por el derecho de representación que le correspondía al señor José Eulogio Rodríguez Barrera o José Rodríguez, éste en su calidad de nieto de la susodicha causante y padre de la señora Rodríguez viuda de Varela. Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, Al publico para efectos de HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos del día cinco de enero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que a su Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las doce horas diez minutos del día tres de mayo del dos mil doce.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN: quien se le hizo saber el nombramiento de curador ad litem; el cual fue aceptado con la juramentación respectiva, según consta en acta de las once horas del día cuatro de mayo del año dos mil doce. - HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora ANA DORYS GUZMÁN DE PÉREZ, de cuarenta y cuatro años de edad, comerciante, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero dos millones ocho mil ochocientos ochenta y uno- seis; de la herencia que en forma intestada dejó el señor FAUSTINO PÉREZ MARTÍNEZ AVILA, de cuarenta y cinco años de edad, jornalero, casado, originario de Sensembra, departamento de Morazán, hijo de Julio Martínez y de Tomasa Pérez, quien falleció el día dos de julio de dos mil diez, en la Calle Principal, Cantón El Amate, frente al Polideportivo, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán; siendo éste su último domicilio; en concepto de cónyuge, del mencionado causante. Se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, departamento de Morazán; a las doce horas y cinco minutos del día once de abril de dos mil doce. Licda. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales. - Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las once horas del día nueve de mayo del dos mil doce. Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C TÍTULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA GÓMEZ, mayor de edad, abogada, del domicilio de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, actuando en su calidad de Apoderada del señor ÁNGEL BENÍTEZ MARTÍNEZ, quien es de cuarenta y siete años de edad, agricultor, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero uno cuatro tres nueve cuatro ocho cinco guión uno y con Número de 3 v. alt. No. F Identificación Tributaria un mil trescientos cuatro guión cero uno cero cuatro seis cinco guión ciento uno guión dos, Solicitando se le extienda TÍTULO DE PROPIEDAD a favor de su representado, de una porción de terreno de naturaleza Urbana, situado en los suburbios, lado sur de la HERENCIA YACENTE ciudad de Chilanga, ahora considerado como Barrio Concepción, de esta ciudad, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO la capacidad superficial de UNA MANZANA equivalente a SETENTA CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. ÁREAS, lindante AL ORIENTE, con el mismo comprador; AL NORTE, con terreno que ocupa el cementerio local de esta misma ciudad, cerco de piedra de por medio; AL SUR, linda con terreno del señor Miguel HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a Martínez, dividiendo una brotonada de árboles de madre cacao del mismo comprador; AL PONIENTE, linda con terreno del mismo vendedor las once horas y cuarenta minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, se ha declarado yacente la Herencia Intestada que a su defunción Virgilio Pérez, sin cerco; todos los colindantes son de este domicilio y dejó la señora RUFINA PALACIOS, quien fue de setenta años de edad, lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES EXACTOS DE LOS soltera, de oficios domésticos, originaria de Pasaquina, Departamento ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y lo adquirió por compraventa de La Unión, de nacionalidad salvadoreña, hija de la señora MARÍA que su representado le hizo al señor Víctor Manuel Rodríguez el día BONIFACIA PALACIOS; fallecida a las diecinueve horas y dieciocho quince de marzo del año dos mil doce, quien a su vez lo había obtenido minutos del día dieciocho de enero del año dos mil doce, siendo su último domicilio en Colonia Brisas del Edén, Calle Los Laureles, número de julio de mil novecientos sesenta y seis o sea hacen más de cuarenta por compraventa que le hiciera al señor Virgilio Pérez el día veintiocho cuatro "B" de la ciudad de San Miguel; nombrándose como Curador años consecutivos. La porción de terreno descrita carece de documento de la Herencia Yacente al Licenciado JOSÉ ANTONIO GUZMÁN inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz, no es dominante, ni sirviente, REQUENO, quien es mayor de edad, Abogado y de este domicilio, a no está en proindivisión con nadie o de ajena pertenencia.

53 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Lo que hago del conocimiento público para efectos de TÍTULO SUPLETORIO Alcaldía Municipal de Chilanga, Departamento de Morazán, a los tres días del mes de mayo del año dos mil doce.- NEFTALI PÉREZ VÁSQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MACLOBIA AMÉRICA ORELLANA CHICA, SECRETARIA MUNICIPAL. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó el Lic. Sebastián de Jesús Quintanilla Girón, Abogado director del Sr. JOSÉ ANDRÉS CASTRO, de setenta y un años de edad, Motorista, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero cero cero noventa y cinco mil seiscientos ochenta y dos guión nueve y Número de Identificación Tributaria un mil doscientos dieciocho guión doscientos un mil ciento cuarenta y uno guión cero cero uno guión ocho; con el objetivo de solicitar que se le extienda TÍTULO DE PROPIEDAD, de terreno de naturaleza urbana, situada en el Barrio El Calvario, de esta jurisdicción, distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de: UN MIL QUINIENTOS CINCO METROS, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE, cuarenta metros, colinda con propiedad de la señora Maura de Jesús Portillo, cerco de alambre de la colindante; SUR, en tres líneas: primera, de Poniente a Oriente dieciséis punto setenta metros; segunda, de Sur a Norte veinte punto cuatro metros y tercera, de Poniente a Oriente nueve punto sesenta y cinco metros, colinda con propiedades de los señores Aracely Albenia Guillén, Natalia Castro y Carlos David Osorio Coto, calle de por medio y quebrada de por medio con el último; ORIENTE, veintiún metros, colinda con propiedad del señor Carlos David Osorio Coto, quebrada de por medio y PONIENTE, cuarenta y nueve metros, colinda con propiedades de los señores Sara Abigail Aparicio Cruz, Reina Margarita Aparicio Quintanilla, Deysi Isabel López, Concepción del Carmen López y Leonor Candelaria Campos Amaya, Calle de por medio; dicho inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona, no está en proindivisión con nadie, manifiesta poseerlo por más de treinta años consecutivos, no es predio dominante, ni sirviente y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS 00/100 DÓLARES ($1,400.00). Lo que hace del conocimiento público, para los efectos de Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, a catorce días del mes de febrero del año dos mil doce.- Ing. EVER ASMEL GONZÁLEZ GARCIAGUIRRE, Alcalde Municipal. Licda. BERIS YASMINA INTERIANO QUINTANILLA, Secretaria Municipal. 3 v. alt. No. F JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ GUILLÉN, NOTARIO, DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, CON OFICINA JURÍDICA EN CUARTA AVENIDA NORTE, NÚMERO CINCO-A, COJUTEPEQUE; AL PÚBLICO. HACE SABER: Que a mi oficina de Abogacía y Notariado, se ha presentado el señor JOSÉ ELEUTERIO RAMÍREZ DE LA CRUZ, de cuarenta y siete años de edad, Molinero, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número cero uno seis cuatro cinco dos seis cero- cinco; con Número de Identificación Tributaria cero setecientos dos- cero ochenta mil ochocientos sesenta y cuatro- ciento uno- cero, a iniciar Diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, a su favor, de un inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón Las Delicias, Jurisdicción de Santa Cruz Michapa, Departamento de Cuscatlán, de la Capacidad Superficial de: TRES MIL CIENTO NOVENTA PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, según su antecedente, pero según Ficha Catastral, expedida por la Oficina del Mantenimiento Catastral de San Salvador y Cuscatlán, es de la Capacidad Superficial de; DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, formado por tres tramos, primer tramo treinta y seis punto cuarenta metros, segundo tramo veintiocho metros, y tercer tramo quince metros, con terrenos de los señores Guadalupe Rosales y María Martina Días Rafael; AL PONIENTE, cincuenta y cinco punto cincuenta metros, con terreno propiedad del señor Guadalupe Rosales; AL SUR, compuesto por tres tramos, primer tramo treinta y nueve punto cuarenta y cinco metros, segundo tramo quince metros y tercer tramo veinte punto ochenta metros, con terreno propiedad del señor Guadalupe Rosales; AL ORIENTE, treinta y nueve punto cuarenta y cinco metros, con terreno propiedad del señor Antonio Aldana, calle pública de por medio.- Dicho inmueble lo hubo por compra que hiciera a los señores: VICENTE RAMÍREZ DE LA CRUZ, el día nueve de mayo de dos mil dos; quien a su vez lo adquirió por compra que le hizo al señor Juan Antonio Hernández Pérez; al señor CLÍMACO ANTONIO SANDOVAL, el día dieciocho del mes de junio del año dos mil dos, quien a su vez lo adquirió por compra que le hizo a la señora Cruz Alvarado de Ramírez, el día treinta del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres; y ROSA DE LA CRUZ ALVARADO DE RAMÍREZ o ROSA DE LA CRUZ DE RAMÍREZ, el día veinticuatro de mayo del año dos mil once, quien a su vez lo adquirió por compra que hizo al señor Clímaco Antonio Sandoval, el día veintiuno de agosto del año dos mil, todos en escrituras no inscribibles por carecer de antecedentes, por lo que unida a la posesión de sus tradentes señores VICENTE RAMÍREZ DE LA CRUZ, CLÍMACO ANTONIO SANDOVAL y ROSA DE LA CRUZ ALVARADO DE RAMÍREZ

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 o ROSA DE LA CRUZ DE RAMÍREZ, la posesión data más de diez años, en forma QUIETA, PACÍFICA E ININTERRUMPIDA. No está en proindivisión, no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, no tiene nombre especial alguno, no es dominante, ni sirviente.- Y dicho inmueble lo valúa por la cantidad de DOS MIL DÓLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. ADELA MARÍA CORTEZ COTO, NOTARIO, DEL DOMICILIO DE LA CIUDAD DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, CON DESPACHO JURÍDICO EN AVENIDA QUIRINO CHÁVEZ, NÚMERO CINCUENTA Y SIETE, LOCAL NÚMERO DOS, APOPA, SAN SALVADOR: Lo que se avisa al público para los efectos de Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce. JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ GUILLÉN, NOTARIO. 1 v. No. C EL SUSCRITO NOTARIO, VÍCTOR MANUEL GARCÍA, AL PÚBLICO. HACE SABER: Que a mi oficina jurídica se ha presentado el señor TOMÁS SALGUERO SALGUERO, de sesenta y uno años de edad, Agricultor, del domicilio de San Francisco Morazán, departamento de Chalatenango, portador de su Documento Único de Identidad Número DE TÍTULO SUPLETORIO, como compradora habiendo adquirido un cero dos cuatro uno dos cuatro nueve siete- tres, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Las Toreras, Cantón Los Naranjos, jurisdicción de San Francisco Morazán, departamento de Chalatenango, de una área de mil doscientos once punto veinticinco metros cuadrados; y se describe: Al Norte, linda con Miguel Chavarría, calle de por medio. Al Oriente y al Sur, linda con María Fidelina Chacón. Al Poniente, linda con Vicente Méndez; dicho inmueble lo valúa en mil doscientos dólares y lo adquirió por compra hecha a María Fidelina Chacón Viuda de Chavarría, según escritura pública de compraventa otorgada en la ciudad de La Palma, departamento de Chalatenango, el doce de septiembre del dos mil once, ante mis oficios notariales. Lo que al público hace saber para efectos de Librado en la ciudad de La Palma, departamento de Chalatenango, a los veinte días de mayo del dos mil doce.- HACE SABER: Que ante mis oficios se ha presentado la señora VICTORIA PÉREZ DE RODRÍGUEZ, de sesenta y nueve años de edad, ama de casa, del domicilio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ciento cuarenta y ocho mil setecientos cuarenta y ocho- tres; y con Número de Identificación Tributaria cero quinientos doce - veinte cero uno cuarenta y dos - ciento uno - cuatro. Y ME DICE, que comparece ante mis oficios notariales, de conformidad a los Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 16 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias en relación con los Artículos 699 y siguientes, 745, 747, 750, 751, 756 Inciso 2., 2239 Inciso lº., y 2240 del Código Civil, a promover DILIGENCIAS terreno de parte de su madre la señora Rosalina Orellana Juárez, quien a su vez lo recibió de su padre el señor Santos Orellana, en el año de mil novecientos setenta y seis, por medio de venta privada, la compareciente junto con su madre la señora Rosalina Orellana Juárez, vivieron en el inmueble objeto de estas diligencias, posteriormente la señora Rosalina Orellana Juárez, le vende por medio de escritura privada el día cinco del mes de febrero del año dos mil, la cual fue extraviada; que ha ejercido posesión material por más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, sobre un inmueble de naturaleza rústico, situado en el lugar llamado Cantón Girón, municipio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, que se describe así: "inmueble de naturaleza rústico, situado en cantón Girón, jurisdicción de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE DIECINUEVE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS CON VÍCTOR MANUEL GARCÍA, NOTARIO. CINCUENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS equivalentes a VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS UN VARAS CUADRADAS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS DE VARAS CUADRADAS que mide y linda: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Norponiente 1 v. No. F está formado por diez tramos con los siguientes rumbos y distancias

55 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Tramo Uno: Noreste setenta grados cincuenta y tres minutos cincuenta y ocho segundos con una distancia de doce punto treinta metros, Tramo dos: Noreste setenta y ocho grados cero nueve minutos veintinueve segundos con una distancia de tres punto ochenta y cuatro metros, Tramo tres: Noreste setenta y un grados cero tres minutos dieciséis segundos con una distancia de diez punto ochenta y dos metros, Tramo Tramo ocho: Sureste sesenta y un grados treinta y ocho minutos cuarenta y ocho segundos con una distancia de cuatro punto veintiún metros, Tramo nueve: Sureste setenta y cuatro grados veintisiete minutos cincuenta y ocho segundos con una distancia de doce punto cuarenta y cinco metros, colindando con ESTER RODRÍGUEZ, y con ISMAEL RODRÍGUEZ; LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur cuatro: Noreste setenta y dos grados diecisiete minutos cincuenta segundos con una distancia de veintitrés punto sesenta y un metros, Tramo cinco: Noreste setenta y cinco grados cuarenta y nueve minutos veinticinco segundos con una distancia de diecisiete punto setenta y cuatro metros, Tramo seis: Noreste cincuenta y dos grados diecisiete minutos catorce segundos con una distancia de tres punto sesenta y ocho metros, Tramo siete: Noreste sesenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos treinta y seis segundos con una distancia de doce punto quince metros, Tramo ocho: Noreste setenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos treinta y siete segundos con una distancia de cinco punto cincuenta y dos metros, Tramo nueve: Noreste sesenta y dos grados treinta y cinco minutos cincuenta y tres segundos con una distancia de once punto dieciocho metros, Tramo diez; Noreste sesenta y siete grados cincuenta y seis minutos cincuenta y seis segundos con una distancia de treinta y seis punto doce metros colindando con terrenos de SAÚL ANTONIO CANTÓN, y con terrenos de JORGE PÉREZ; LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nororiente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno: Sureste cincuenta grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y un segundos con una distancia de trece punto cuarenta y siete metros, Tramo dos: Sureste cuarenta y dos grados treinta y nueve minutos cuarenta y ocho segundos con una distancia de veintiocho punto cuarenta y seis metros, Tramo tres: Sureste treinta y cinco grados cero cuatro minutos veintinueve segundos con una distancia de cinco punto noventa y seis metros, Tramo cuatro: Sureste cuarenta y un grados cuarenta y nueve minutos cincuenta y dos oriente está formado por diecisiete tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Suroeste doce grados cincuenta y cinco minutos cero dos segundos con una distancia de siete punto sesenta y un metros, Tramo dos: Suroeste veintidós grados veintitrés minutos veintiún segundos con una distancia de veinte punto veinte metros, Tramo tres: Suroeste treinta y seis grados treinta y nueve minutos treinta y cinco segundos con una distancia de veintiocho punto sesenta y dos metros, Tramo cuatro: Suroeste treinta y nueve grados diecinueve minutos cero cero segundos con una distancia de veintisiete punto doce metros; Tramo cinco: Suroeste cuarenta y siete grados cincuenta y seis minutos veintidós segundos con una distancia de trece punto once metros, Tramo seis: Suroeste cincuenta y dos grados diecisiete minutos cero nueve segundos con una distancia de diecisiete punto cero dos metros, Tramo siete: Suroeste setenta y tres grados treinta y un minutos veintidós segundos con una distancia de doce punto treinta y tres metros, Tramo ocho: Suroeste setenta y siete grados once minutos veintiocho segundos con una distancia de quince punto setenta y siete metros, Tramo nueve: Suroeste ochenta y cuatro grados treinta y seis minutos cuarenta y cuatro segundos con una distancia de cuatro punto cincuenta y cuatro metros, tramo diez: Suroeste setenta y dos grados dieciséis minutos cero cuatro segundos con una distancia de cinco punto cuarenta y nueve metros, Tramo once: Noroeste ochenta y cinco grados veintiséis minutos catorce segundos con una distancia de ocho punto sesenta y siete metros, Tramo doce: Noroeste setenta y cinco grados treinta y nueve minutos veintiséis segundos con una distancia de seis punto cero ocho metros, Tramo trece: Noroeste setenta grados treinta y siete minutos cincuenta segundos con una distancia de trece punto sesenta y cinco metros, Tramo cinco: Sureste sesenta y tres grados cincuenta y ocho minutos catorce segundos con una distancia de veintitrés punto cero dos metros, Tramo seis: Sureste cincuenta y siete grados cincuenta y dos minutos cero cero segundos con una distancia de cinco punto ochenta y ocho metros, Tramo siete: Sureste setenta grados veintiún minutos cincuenta y un segundos con una distancia de tres punto ochenta y seis metros, y siete segundos con una distancia de cinco punto cuarenta y ocho metros, Tramo catorce: Noroeste treinta y siete grados cero nueve minutos treinta y seis segundos con una distancia de uno punto ochenta y seis metros, Tramo quince: Noroeste treinta y cinco grados cero siete minutos diez segundos con una distancia de cuatro punto veinte metros, Tramo dieciséis: Noroeste cincuenta y seis grados cero cuatro minutos

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 cero siete segundos con una distancia de diez punto noventa y tres metros, Tramo diecisiete: Noroeste cincuenta y dos grados treinta y dos minutos veinte segundos con una distancia de quince punto cincuenta y cinco metros, colindando con IVAN DE JESÚS ALAS CANTÓN, con calle de por medio, colindando con CANDELARIA FLORES, con calle de por medio, colindando con terrenos de GABRIEL SÁNCHEZ, con inmueble es dominante según consta en la descripción del mismo, no lo posee en proindivisión, no tiene cargas o gravámenes alguno, y lo adquirió en la forma ya dicha, contiene construcciones, lo valúa en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- RICA. Que dicho inmueble carece de título de dominio inscrito en el Centro Nacional de Registros, de la Cuarta Sección del Centro, La calle de por medio; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur poniente está formado por diez tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno: Noroeste cincuenta y tres grados cero cero minutos treinta segundos con una distancia de cinco punto veintisiete metros, Tramo dos: Noroeste cero nueve grados diecisiete minutos cero siete segundos con una distancia de siete punto cincuenta y cinco metros, Tramo tres: Noroeste cero seis grados cero ocho minutos treinta y ocho segundos con una distancia de diez punto setenta y siete metros, Tramo cuatro; Noroeste diecisiete grados trece minutos dieciséis segundos con una distancia de ocho punto cuarenta metros; Tramo cinco: Noroeste Certificación de la Denominación Catastral del inmueble relacionado. veinticuatro grados cincuenta y tres minutos treinta y dos segundos con una distancia de veintidós punto cincuenta y siete metros, Tramo seis: Noroeste cuarenta y seis grados cero tres minutos cero tres segundos manifieste si dicho inmueble es propiedad o no de dicha municipalidad; con una distancia de siete punto sesenta y siete metros; Tramo siete: publique edictos por tres veces en el Diario Oficial y en dos diarios de Noroeste cincuenta y cinco grados veintiún minutos cuarenta y cinco circulación nacional, fijando uno en el inmueble, pasados quince días segundos con una distancia de once punto sesenta y seis metros; Tramo de la tercera publicación abra a pruebas las diligencias por ocho días, ocho: Noroeste sesenta grados cero nueve minutos cero siete segundos término en el que me aportará la prueba testimonial de ley; practique con una distancia de seis punto cero siete metros; Tramo nueve: Noroeste cuarenta y seis grados diez minutos cincuenta y cuatro segundos con inspección de linderos y mojones en el inmueble citando a los colindantes, si no existiere ninguna oposición mediante resolución final apruebe una distancia de seis punto sesenta y dos metros; Tramo diez: Noroeste la presente información extendiéndole Título Supletorio, protocolice cuarenta y un grados veintiséis minutos cero cero segundos con una dicha resolución y expida el testimonio correspondiente para el trámite distancia de treinta punto noventa y cinco metros, colindando con terrenos de APOLINARIO CASTILLO. Así se llega al vértice Nor registral de ley. Poniente, que es donde se inició la descripción. Por lo que esta área se tomará para efectos registrales. Ella ha ejercido y continúa ejerciendo posesión material sobre el mismo, quien desde que adquirió el inmueble hasta la fecha ha ejercido actos de verdadera dueña, cercándolo, arreglando el posteado cuando éste se arruina, en fin ejercer todos los actos Libertad y por ello comparece ante mis oficios notariales a solicitarme que conforme las disposiciones legales citadas, siga los trámites de ley ofreciéndome la prueba testimonial correspondiente y si no hubiere oposición alguna, con citación de la señora Síndico del Concejo Municipal de la ciudad de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, apruebe la información sumaria, le extienda Título Supletorio sobre el inmueble, protocolizando la resolución final y expida el testimonio de ley para su inscripción en el Centro Nacional de Registros de la Sección correspondiente. Me continúa manifestando que omita dar cumplimiento al Artículo 35 de la Ley de Catastro, por presentarme en este acto Por lo que me PIDE: Admita esta solicitud, cite a la señora Síndico del Concejo Municipal correspondiente para que en el plazo de tres días Lo que hago saber para los demás efectos legales. En la ciudad de Apopa, departamento de San Salvador, a veintinueve días del mes de Abril de dos mil doce.- de legítima dueña, sin pedir permiso para ello a ninguna persona ni dar cuenta a nadie de dichos actos; que los colindantes anteriores y actuales así como el vecindario en general la han visto como dueña del inmueble; actos que ha ejercido sin perturbación de ninguna persona; que dicho Licda. ADELA MARÍA CORTEZ COTO, NOTARIO. 1 v. No. F038993

57 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de DINA AHOLIBAMA GONZALEZ CÁCERES, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con despacho profesional ubicado en la Cuarta Avenida Sur número treinta y cuatro, Barrio San Miguel, de esta ciudad, AL PUBLICO HACE SABER: Que ante sus oficios de notario se ha presentado el Licenciado FERMIN GONZÁLEZ MEJICANO, como Apoderado del señor CARLOS ALEXANDER RODRIGUEZ AMAYA, conocido por CARLOS ALEXANDER AMAYA RODRIGUEZ, de, cuarenta y tres años de edad, Comerciante, del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número Cero cuatro cero cero cinco nueve siete cinco- seis, y con Número de Identificación Tributaria Un mil doscientos cinco-cien mil seiscientos sesenta y ocho- ciento uno- siete, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Los Planes Segundos, Jurisdicción y Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, de un área superficial de QUINCE MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, línea quebrada de doscientos metros, con propiedad de Estela Urrutia, quebrada de por medio, por este rumbo existe servidumbre de Tránsito de por medio de cuatro metros de ancho por ciento cuarenta metros de largo, hasta llegar a la calle pública y que pasa sobre el resto del inmueble general de la señora Rosa Lidia Urrutia; AL NORTE, ciento veinte metros, con propiedad del señor Rafael Vega, quebrada de por medio, AL PONIENTE, sesenta metros, con el señor Rafael Vega, quebrada de por medio; y AL SUR, ciento veinte metros, cerco de alambre de por medio, con la señora Rosa Lidia Urrutia de Coreas; todos los colindantes son residentes en sus respectivos predios, dicho inmueble no está en proindivisión con ninguna otra persona. Lo que hace de su conocimiento para los efectos de 1 v. No. F Librado en la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce. EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DINA AHOLIBAMA GONZALEZ CACERES, NOTARIO. 1 v. No. F DINA AHOLIBAMA GONZÁLEZ CÁCERES, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con despacho profesional ubicado en la Cuarta Avenida Sur número treinta y cuatro, Barrio San Miguel, de esta ciudad, AL PUBLICO HACE SABER: Que ante sus oficios de notario se ha presentado el Licenciado FERMIN GONZALEZ MEJICANO, como Apoderado del señor CARLOS ALEXANDER RODRIGUEZ AMAYA, conocido por CARLOS ALEXANDER AMAYA RODRIGUEZ, de cuarenta y tres años de edad, Comerciante, del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número Cero cuatro cero cero cinco nueve siete cinco- seis, y con Número de Identificación Tributaria Un mil doscientos cinco-cien mil seiscientos sesenta y ocho- ciento uno- siete, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el punto llamado "El Cerro", Canton Los Planes Segundos, Jurisdicción y Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, de la extensión superficial de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS SE- SENTA Y SEIS DECIMETROS CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda AL ORIENTE, seiscientos setenta y seis punto setenta y dos metros, quebrada de por medio con propiedad de Joaquín Fuentes; AL NORTE, trescientos noventa punto noventa y cinco metros, calle de acceso de por medio, con Joaquín Fuentes; AL PONIENTE, cuatrocientos veintiséis punto veintidós metros, con René Cañas, y AL SUR, ciento cuarenta y siete punto treinta y siete metros, con el señor René Cañas; todos los colindantes son residentes en sus respectivos predios, dicho inmueble no está en proindivisión con ninguna otra persona. Lo que hace de su conocimiento para los efectos de Librado en la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce. DINA AHOLIBAMA GONZALEZ CACERES, NOTARIO. DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA, de treinta y un años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, Apoderado General Judicial con Facultad Especial de la señora MARIA LIOLINDA MORAN, de cuarenta y nueve años de edad, soltera, doméstica, originaria y del domicilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, solicitando a favor de su representada Título Supletorio de un Inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón San Pedro Mártir, Lote sin Número Calle Principal, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, de una extensión superficial aproximada de CINCO MIL DOSCIENTOS DOCE PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, el cual se encuentra dividido por su totalidad en tres porciones que forman físicamente un solo cuerpo irregular y que se describen así: PORCION A: Línea uno a la línea dos: tramo recto de dieciséis punto cero metros

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 con rumbo Norte ochenta y cinco grados diecinueve minutos dieciocho segundos Este colindando con terreno propiedad de Disnalda del Carmen Guillén de Ortega y Alejandro Guillén con cerco de por medio el cual por sus tres extremos mide y linda: Lado Oriente: Línea Dos a Línea Tres: tramo recto de setenta y uno punto cero tres metros con rumbo Sur cinco grados veintiocho minutos once segundos Oeste, colindando con porción B del terreno propiedad de María Liolinda Morán, Lado Sur: tres a la línea cuatro: tramo recto de trece punto noventa metros con rumbo Sur sesenta y ocho grados siete minutos cuarenta segundos Oeste, colindando con terreno propiedad de Miguel Ángel Martell con calle que conduce a San Juan Opico de por medio. Lado Poniente: Línea Cuatro a Línea Uno: tramo recto de sesenta y cuatro punto cuarenta metros con rumbo Norte veintiséis grados dos minutos trece segundos Oeste colindando con el resto del inmueble, llegando con esta última distancia y rumbo al vértice y línea uno donde se inició esta descripción. El área de la Porción A descrito y ocupada es de TRES MIL CIENTO SESENTA Y TRES PUNTO VEINTITRES METROS CUADRADOS equivalentes a CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PUNTO CERO CUATRO VARAS CUADRADAS, Porción B: Lado Norte: Línea Uno a Línea Dos: tramo recto de quince punto ochenta y ocho metros con rumbo Norte ochenta y cinco grados diecinueve minutos dieciocho segundos Este, colindando con terreno propiedad Disnalda del Carmen las diez horas cincuenta minutos del día veintinueve de febrero del año Guillén de Ortega y Alejandro Guillén con cerco de por medio. Lado Oriente: Línea Dos a Línea Tres: tramo recto de setenta y ocho punto Porción A del terreno propiedad de María Liolinda Morán, llegando con esta última distancia y rumbo al vértice o línea uno donde se inició medio, Lado Poniente: Línea cuatro a Línea Uno: tramo recto de setenta y ocho punto diecisiete metros con rumbo Norte seis grados treinta y cinco minutos catorce segundos Oeste, colindando con porción B del terreno propiedad de María Liolinda Morán. Llegando con esta última distancia y rumbo al vértice y línea uno donde se inició esta descripción. El área ocupada a la fecha es de NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS equivalentes a UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión alguna. El cual no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad respectivo. Dicho inmueble lo adquirió por Escritura Pública de Posesión Material de Inmueble, realizado ante los oficios Notariales de la Licenciada BRENDA MA- RISOL OLIVARES RAMOS, y por venta verbal que le hiciere en vida su madre la señora MARÍA ESTHER MORAN DE LOPEZ, por más de diez años, se encuentra en posesión quieta, pacífica e ininterrumpida del referido inmueble, ejerciendo actos de verdadero dueño. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a dos mil doce. Enmendado MARISOL Vale.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. diecisiete metros con rumbo Sur seis grados treinta y cinco minutos CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, - catorce segundos Oeste colindando con porción C del terreno propiedad de María Liolinda Morán. Lado Sur: Línea Tres a Línea cuatro: tramo recto de catorce punto setenta y cinco metros con rumbo Norte sesenta 3 v. alt. No. F y siete grados treinta minutos cuatro segundos Oeste colindando con terreno propiedad de Miguel Ángel Martell con calle que conduce a San Juan Opico de por medio. Lado Poniente: Línea Cuatro a Línea Uno: tramo recto de setenta y uno punto cero tres metros con rumbo Norte BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIcinco grados veintiocho minutos once segundos Oeste colindando con MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA- MENTO DE MORAZÁN. esta descripción. El área ocupada a la fecha es de UN MIL CIENTO NUEVE PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado RICARDO ANTONIO VILLALTA BENITEZ; en calidad de equivalentes a UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS. PORCION C: Lado Apoderado General Judicial de la señora MARIA DORA PORTILLO; Norte: Línea uno a línea dos: tramo recto de trece punto diez metros solicitando TITULO SUPLETORIO, de UN INMUEBLE de naturaleza con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cincuenta y siete segundos rustica, situado en el Cantón Los Abelines, Jurisdicción de Guatajiagua, Este, colindando con terreno propiedad de Disnalda del Carmen Guillén departamento de Morazán, de la capacidad superficial de SIETE MIL y Alejandro Guillén con cerco de por medio, Lado Oriente. Línea dos DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; que a línea tres: tramo recto de ochenta y tres punto setenta y cinco metros mide y linda AL NORTE: ciento diecinueve metros, linda con terreno de con rumbo sur ocho grados quince minutos cuarenta y cinco segundos Ernestina Membreño; AL ORIENTE; Treinta y dos metros, linda con Oeste, colindando con terreno propiedad de Isabel Garay con cerco de terrenos de Victorio Paz y María Isidora Paz, AL SUR: setenta y cinco por medio, Lado Sur- Línea tres a línea cuatro: tramo recto de diez punto metros, colindando con terreno de Efraín Álvarez y al PONIENTE; setenta y ocho metros con rumbo Norte sesenta y siete grados cuarenta y ciento dieciocho metros linda con terrenos de Migdonio Paz y Ernestina seis minutos cincuenta y dos segundos, colindando con terreno propiedad Membreño; dicho inmueble lo valora en el precio de UN MIL DOLARES de Miguel Ángel Martell con calle que conduce a San Juan Opico de por DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

59 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las dieciséis horas del día veintisiete de abril de dos mil doce. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1 DE 1ª. INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F JUCIO DE AUSENCIA LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPAR- TAMENTO DE LA UNION, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo promovido por el Licenciado Pedro Fausto Arieta Iglesias como Apoderado General Judicial del Banco de América Central, S.A., contra el señor Franklin David Pineda Fabián, ha solicitado promover incidente de Ausencia de 1 v. No. C conformidad con lo dispuesto en el Inc. 3 con relación al Inc. 7 ambos del Art. 141 Pr. C., se le nombre un Curador Especial al demandado Franklin David Pineda Fabián, a efecto que lo represente en el presente juicio, en virtud que a éste se le ignora su paradero, en consecuencia se previene que si el señor Franklin David Pineda Fabián tiene Procurador o Representante legal alguno, que se presente a este Juzgado por lo menos quince días después de la publicación del presente edicto, en caso contrario se le nombrará el Curador Especial solicitado. Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los diez días del mes de septiembre de dos mil once.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP- de no haber sido encontrado dicho señor, en su domicilio conocido, para efectos de emplazamiento, el expresado licenciado Claros Amaya, en la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141 Pr. C., a fin de que se provea de un curador especial para que represente en el juicio, al señor CARLOS EMILIO CERRITOS ECHEVERRIA, quien es mayor de edad, motorista, con último domicilio conocido la ciudad de Colón, actualmente de paradero ignorado y de quien no se sabe si ha dejado procurador, apoderado o representante legal, para que lo represente en el juicio. En consecuencia, se previene a procurador, apoderado o representante legal alguno del referido señor, caso de que lo tuviere, se presente a este juzgado en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha circunstancia. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo de dos mil doce.- Enmendado-alguno-Vale.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, CION MARTINEZ, SRIO.- JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.- EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, Notaria, del domicilio de San José Villanueva, Departamento de La Libertad, con oficina en Villas de San Patricio, Pasaje Tecomasuche Oriente, Casa Uno-A, Cima Cuatro, San Salvador, al Público. HACE SABER: Que en mi oficina notarial se ha presentado la Licenciada DELMY YANIRA TEJADA MIRANDA, en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, Institución Autónoma, de Derecho Público de Crédito, con Personalidad Jurídica y Recursos Propios, de este domicilio, y de Santa Tecla, departamento de 1 v. No. C La Libertad, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce dos cero cero dos siete ocho- cero cero tres-tres, MANIFES- TANDO: Que en la calidad en que comparece, está promoviendo en el Juzgado de lo Civil de Delgado, Departamento de San Salvador, Juicio Ejecutivo Civil, con Referencia: QUINIENTOS CINCUENTA Y YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA CUATRO - EM- DOS MIL OCHO-SIETE, contra el señor MANUEL TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, DE JESÚS CISNEROS, de cuarenta y tres años de edad, empleado, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, reclamándole HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido el pago de capital, intereses y accesorios de Ley, y que actualmente se por el abogado Ovidio Claros Amaya, en calidad de apoderado de LA ignora el paradero del señor Manuel de Jesús Cisneros; así mismo se HIPOTECARIA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, para contra el señor CARLOS EMILIO CERRITOS ECHEVERRIA, en razón efecto de emplazarlo en el referido Juicio que promueve la Licenciada

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Delmy Yanira Tejada Miranda, por lo que de conformidad al artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, ha iniciado ante mis oficios de Notario DILI- GENCIAS DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD - LITEM A UN AUSENTE NO DECLARADO, a fin de que una vez cumplido los requisitos de ley, se remitan las diligencias al Juez competente, para que al señor MANUEL DE JESÚS CISNEROS, se le nombre un Curador Ad- Litem para que lo represente en el Juicio antes dicho, y le discierna el cargo. En consecuencia se previene que si el señor MANUEL DE JESÚS CISNEROS, tuviese Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en la Ciudad de San Salvador, a las once horas del día dos de mayo de dos mil doce. LICDA. EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, NOTARIO. EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, Notaria, del domicilio de San José Villanueva, Departamento de La Libertad, con oficina en Villas de San Patricio, Pasaje Tecomasuche Oriente, Casa Uno-A, Cima Cuatro, San Salvador, al Público, Villas de San Patricio, Pasaje Tecomasuche Oriente, Casa Uno-A, Cima Cuatro, San Salvador, al Público, HACE SABER: Que en mi oficina notarial se ha presentado la Licenciada DELMY YANIRA TEJADA MIRANDA, en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, Institución Autónoma, de Derecho Público, de Crédito, con Personalidad Jurídica y Recursos Propios, de este domicilio, y de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce dos cero cero dos siete ocho- cero cero tres-tres, MANIFES- TANDO: Que en la calidad en que comparece, está promoviendo en el Juzgado de lo Civil de Apopa, Departamento de San Salvador, Juicio Ejecutivo Civil, con Referencia: CIENTO SETENTA Y OCHO - EJC- DOS MIL NUEVE/UNO, contra el señor JOSE SAMUEL CHACON CAMPOS, de cuarenta y cuatro años de edad, empleado, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de Ley, y que actualmente se ignora el paradero del señor José Samuel Chacón Campos; así mismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, para efecto de emplazarlo en el referido Juicio que promueve la Licenciada Delmy Yanira Tejada Miranda, por lo que de conformidad al artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, ha iniciado ante mis oficios de Notario DILIGENCIAS DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD- LITEM A UN AUSENTE NO DECLARADO, a fin de que una vez cumplido los requisitos de ley, se remitan las diligencias al Juez competente, para que al señor JOSE SAMUEL CHACON CAMPOS, se le nombre un Curador Ad- Litem para que lo represente en el Juicio antes dicho, y le discierna el cargo. En consecuencia se previene que si el señor JOSE SAMUEL CHACON CAMPOS, tuviese Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en la Ciudad de San Salvador, a las diez horas del día treinta de abril de dos mil doce. LIC. EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, NOTARIO. 1 v. No. F v. No F EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, Notaria, del domicilio de San José Villanueva, Departamento de La Libertad, con oficina en HACE SABER: Que en mi oficina notarial se ha presentado la Licenciada DELMY YANIRA TEJADA MIRANDA, en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, Institución Autónoma, de Derecho Público, de Crédito, con Personalidad Jurídica y Recursos Propios, de este domicilio, y de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce -dos cero cero dos siete ocho- cero cero tres-tres, MANIFES- TANDO: Que en la calidad en que comparece, está promoviendo en el Juzgado de lo Civil de Apopa, Departamento de San Salvador, Juicio Ejecutivo Civil, con Referencia: CIENTO SETENTA Y NUEVE - EJC- DOS MIL NUEVE/UNO, contra el señor RAYMUNDO ALVAREZ, de cincuenta y cinco años de edad, empleado, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de Ley, y que actualmente se ignora el paradero del señor

61 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Raymundo Alvarez; así mismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, para efecto de emplazarlo en el referido Juicio que promueve la Licenciada Delmy Yanira Tejada Miranda, por lo que de conformidad al artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, ha iniciado ante mis oficios de Notario DILIGENCIAS DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD- LITEM A UN AUSENTE NO DECLARADO, a fin de que una vez cumplido los requisitos de ley, se remitan las diligencias al Juez competente, para que al señor RAYMUNDO ALVAREZ, se le nombre un Curador Ad- Litem para que lo represente en el Juicio antes dicho, y le discierna el cargo. En consecuencia se previene que si el señor RAYMUNDO ALVAREZ, tuviese Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil doce.- LICDA. EMERITA LIZET MARTINEZ URQUILLA, 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución de las once horas de éste día, de conformidad a lo regulado en los Artículos 179,180, 181, 218 de la Ley Procesal de Familia; 23 y 24 de la Ley del Nombre de la Persona Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Natural, se admitió la solicitud de Diligencias de Jurisdicción Voluntaria tendientes a establecer el cambio de nombre de la señora JUANA ESPE- RANZA CRUZ QUINTANILLA conocida por JENNIE ESPERANZA CRUZ QUINTANILLA, de sesenta años de edad, secretaria comercial, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero dos tres siete dos nueve nueve dos guión cuatro; presentada por sus Apoderados Judiciales Licenciados CÉSAR POMPILIO RAMOS LÓPEZ y YALILE PATRICIA FLORES CARDONA. Lo que se hace del conocimiento del público para que todas aquellas personas que consideren que el cambio o modificación del nombre de la solicitante les afectare, puedan presentar oposición, dentro de los diez días hábiles siguientes a la última publicación de este edicto, para los efectos de Librado en el Juzgado Tercero de Familia: San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. OLINDA MO- RENA VÁSQUEZ PEREZ, JUEZA TERCERA DE FAMILIA. LIC. ROXANA ELIZABETH MARROQUIN MONROY, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. F RENOVACION DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 24., HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN NOTARIO. SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MasterCard International Incorporated, del domicilio de 2000 Purchase Street, Purchase, New York , Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en dos clrculos colocados uno a la par del otro y entrelazados. El círculo de la izquierda es de color negro y el de la derecha es blanco y la intersección presenta fondo negro CAMBIO DE NOMBRE con franjas delgadas horizontales de color blanco. Colocada sobre estos círculos aparece la palabra "MasterCard", cuya partícula "Master" se encuentra colocada exactamente sobre el círculo negro y la intersección LICENCIADA OLINDA MORENA VÁSQUEZ PÉREZ, JUEZA y es en letras de color blanco, de trazo grueso y minúsculas exceptuando TERCERA DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, la "M" que sí es mayúscula; y su partícula "Card" aparece sobre el círculo blanco, siendo en letras blancas de tipo hueca con sombra proyectada hacia la derecha, minúsculas excepto la letra "C" que sí es mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza. a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce. LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN, REGISTRADORA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación; CLASE: 20. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR: DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MasterCard International lncorporated, del domicilio de 2000 Purchase Street, Purchase, New York Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en dos círculos colocados uno a la par del otro y entrelazados. El círculo de la izquierda es de color negro y el de la derecha es blanco y la intersección presenta fondo negro con franjas delgadas horizontales de color blanco. Colocada sobre estos círculos aparece la palabra "MasterCard", cuya partícula "Master" se encuentra colocada exactamente sobre el círculo negro y la intersección y es en letras de color blanco, de trazo grueso y minúsculas exceptuando la "M" que sí es mayúscula; y su partícula "Card" aparece sobre el círculo blanco, siendo en letras blancas de tipo hueca con sombra proyectada hacia la derecha, minúsculas excepto la letra "C' que sí es mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce.- LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 28. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MasterCard International Incorporated, del domicilio de 2000 Purchase Street, Purchase, New York , Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en dos círculos colocados uno a la par del otro y entrelazados. El círculo de la izquierda es de color negro y el de la derecha es blanco, y la intersección presenta fondo negro con franjas delgadas horizontales de color blanco. Colocada sobre estos círculos aparece la palabra "MasterCard", cuya partícula "Master" se encuentra colocada exactamente sobre el círculo negro y la intersección, y es en letras de color blanco, de trazo grueso y minúsculas exceptuando la "M" que sí es mayúscula; y su partícula "Card" aparece sobre el círculo blanco, siendo en letras blancas de tipo hueca con sombra proyectada hacia la derecha, minúsculas excepto la letra "C" que sí es mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce.- LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 12. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HINO JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA también comercializando como Hino Motors, Ltd., del domicilio de 1-1, Hinodai 3-chome, Hino-Shi Tokyo, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "HINO" escrita con caracteres especiales, ya que uno de los extremos de la "H" tiene forma de "J", todas las letras van unidas entre sí y de la "O", se desprende una línea que saliendo de su parte superior derecha se extiende hacia el extremo opuesto, para pasar después debajo de todas las letras hasta casi unirse con la 'H"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

63 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce.- No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. EL INFRASCRITO JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de S.P.A. EGIDIO GALBANI, del domicilio de Via Togliatti 8 - Melzo (Milano) - Italy, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un diseño formado por la palabra "Galbani" en letras blancas, de molde, estilizadas, de trazo grueso y minúsculas exceptuando la "G' que sí es mayúscula; colocada dentro de una figura elíptica de color rojo que presenta un corte en su parte inferior hacia la derecha, en el que aparecen dos franjas de color verde, gruesas en la parte inferior pero que se adelgazan gradualmente hacia la derecha completando parcialmente la figura; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Martell & Co., del domicilio de Place Edouard Martell, Cognac, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MAR- TELL CORDON BLEU" (bird and device), pero en verdad consiste en la representación de una etiqueta rectangular en posición vertical y arriba en la parte central del rectángulo va un poco ondulada; y lleva los siguientes elementos: una figura de un ave en actitud de ir volando: después un rectángulo de fondo sólido y lleva la expresión "MARTELL", hueca en letras mayúsculas; luego dos finas líneas una más fina que la otra; y posteriormente un pequeño escudo con la figura de un ave y la figura de un escudito y a sus lados las palabras FONDEE en 1715; y más abajo las palabras en tipo de carta J & F Martell; y en mayúsculas las palabras CORDON BLEU; y en forma de firma las palabras MARTELL & CO por último dos finas líneas una más fina que la otra; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C EL INFRASCRITO ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Henkel AG & Co. KGaA, del domicilio de 67 HENKELSTRASSE DUSSELDORF, REPULICA FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION,

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra PERSIL; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO a los cinco días del mes de marzo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Makhteshim Chemical Works Ltd., del domicilio de IN- DUSTRIAL ZONE, P.O. BOX 60, BEER-SHEVA, ISRAEL, de nacionalidad ISRAELI, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "MIRAGE" EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Church & Dwight Co., Inc., del domicilio de 469 North Harrison Street, Princeton, New Jersey 08543, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE- NOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "NICE' N FLUFFY" en letras mayúsculas de tipo corriente, y entre la "E" y "N" final de la primer palabra, aparece un apóstrofo; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GES- TOR OFICIOSO de HOBART LABORATORIES INC., del domicilio de 350 North Ogden Avenue, Chicago, Illinois , Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "NUMOTIZINE", estilo manuscrito con rúbrica quebrada al medio; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

65 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. El INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVENTIS PHARMA S.A., del domicilio de 20 AVENUE RAYMOND ARON ANTONY, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ORELOX; que ampara producto/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de BULOVA CORPORATION, del domicilio de ONE BULOVA AVENUE, WOODSIDE, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA REPRESENTACION ESQUEMATICA DE UN FINO ESTRIBO SIN ARREOS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 14 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Merck KGaA, del domicilio de FRANKFURTER STRASSE 250, D DARMSTADT, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "MERCK" EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 14. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. C

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Merck KGaA, del domicilio de FRANKFURTER STRASSE 250, D DARMSTADT, ALE- MANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MERCK EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los veinte días del mes de febrero del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ICM FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de CALZ. ERMITA IZTAPALAPA 436, MEXICO, D.F., MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MICROKA EN LETRAS MAYUSCULAS DE TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los cinco días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ICN FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de CALZ. ERMITA IZTAPALAPA 436, MEXICO, D.F., MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MICORAL EN LETRAS MAYUSCULAS DE TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C

67 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los seis días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO- DERADO de UNILEVER N.V., del domicilio de Weena 455, 3013 AL Rotterdam, The Netherlands, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MIMOSIN"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVENTIS PHARMA S.A., del domicilio de 20, Avenue Raymond Aron Antony, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra KETEK; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Abbott Laboratories, del domicilio de Abbott Park, Estado de Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra KALETRA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO- DERADO de 3M Company, del domicilio de 3M Center, 2501 Hudson Road, St. Paul, Minnesota 55144, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MAGIC"; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los doce días del mes de marzo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNILEVER N.V., del domicilio de WEENA 455, 3013 AL ROTTERDAM, NETHERLANDS, de nacionalidad HOLAN- DESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MARAVILLA"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNILEVER N.V., del domicilio de Weena 455, 3013 Al Rotterdam, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MARAVILLA"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

69 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DR. KARL THOMAE GMBH, del domicilio de Biberach an der Riss, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "PERSANTIN" en letras tipo gótico; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de JOOP! GmbH, del domicilio de HARVESTEHUDER WEB 22, HAMBURGO, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "JOOP!" EN LETRAS MAYUSCULAS DE TIPO CORRIENTE, Y AL FINAL UN SIGNO DE ADMIRACION QUE ES PARTE DE LA PALABRA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SAL- VADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, da nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de J. URIACH Y CIA, S.A., del domicilio de BARCELONA, ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "BRONQUIMUCIL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. EL INFRASCRITO Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Merck KGaA, del domicilio de FRANKFURTER STRASSE 250, D DARMSTADT, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MECK EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GES- TOR OFICIOSO de BOEHRINGER INGELHEIM KG, del domicilio de 6507 INGELHEIM AM RHEIN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras BOEHRINGER INGELHEIM ; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Boehringer Ingelheim International GmbH, del domicilio de Binger Str. 173, D-55216, Ingelheim am Rhein, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en PALABRA BISOL- TUSSIN, EN LETRAS MAYUSCULAS DE TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce. EL INFRASCRITO JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de BOEHRINGER INGELHEIM KG, del domicilio de 6507 Ingelheim am Rhein, Alemania de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras BOEHRINGER INGELHEIM; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, del domicilio de Schwarzwaldallee 215, 4058 Basel, Switzerland, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra GESAPRIM ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SHELL BRANDS INTERNATIO- NAL AG, del domicilio de Baarermatte, 6340 Baar, Switzerland, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra BUTAGAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 04 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, del domicilio de 501 GEORGE STREET, NEW BRUNSWICK, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra HALDOL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los cinco días del mes de marzo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO- DERADO de 3M Company, del domicilio de 2501 HUDSON ROAD, ST. PAUL, MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra IMPERIAL ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los doce días del mes de marzo del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Motorola Solutions, Inc., del domicilio de 1303 EAST ALGONQUIN ROAD, SCHAUMBURG, ILLINOIS, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra HARMONY en letras mayúsculas de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNILEVER N.V., del domicilio de WEENA 455, 3013 AL ROTTERDAM, HOLANDA, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CLEAR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32, 30, 29. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNILEVER N.V., del domicilio de Wenna 455, 3013 Al Rotterdam, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra COLMAN'S ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32, 30, 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Grünenthal GmbH, del domicilio de ZIEGLERSTRASSE 6, D AACHEN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA CLIMANOVA EN LETRAS MAYUSCULAS DE TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, 3 v. alt. No. C

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de BK GIULINI CHEMIE GMBH & CO. OHG, del domicilio de GIULINISTR. 2 D LUDWIGSHAFEN/RHEIN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BRIFISOL; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Boehringer Ingelheim Pharma GmbH & Co. KG, del domicilio de BINGER STRASSE 173, INGELHEIM, Am Rhein, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CATAPRESAN EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNITED AIR LINES, INC., del domicilio de 77 Wes Wacker Drive Chicago, Illinois 60601, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "ECONOMY PLUS" en letras mayúsculas de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce. LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Henkel AG & Co. KGaA, del domicilio de Henkelstrasse 67, D Düsseldorf, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DIXAN en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de PIRELLI TYRE S.p.A., del domicilio de VIALE SARCA, 222, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "Formula" en letras huecas estilizadas, prolongándose en la parte superior la letra f hasta la letra "m"; y a su izquierda otra "f" de espalda formada por una serie de rayitas horizontales, dicha expresión va dentro de un rectángulo horizontal fondo negro con sus lados verticales inclinados hacia a la derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los ocho días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de S.P.A. EGIDIO GALBANI, del domicilio de Via Togliatti 8 - Melzo (Milano) - Italy, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra GALBANI, escrita en letras mayúsculas de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasiticación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVENTIS PHARMA S.A., del domicilio de 20 Avenue Raymond Aron Antony, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA KETOR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los primero días del mes de marzo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FOX SPORTS LATIN AMERICA LIMITED, del domicilio de The Offices of Maples and Calder, Attorneys at Law, Ugland House, South Church Street, Georgetown, Grand Cayman, Indias Occidentales Británicas, de nacionalidad BRITANICA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras LA ULTIMA PALABRA, en letras mayúsculas de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Agan Chemical Manufacturers Ltd., del domicilio de HA ' ASHLAG STREET, INDUSTRIAL ZONE, ASHDOD, ISRAEL, de nacionalidad ISRAELI, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "LINUREX", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de 3 v. alt. No. C

77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de LOCTITE CORPORATION, del domicilio de 705 NORTH MOUNTAIN ROAD, NEWINGTON, ESTA- DO DE CONNECTICUT 06111, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión LOKI; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL- VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Century 21 Real Estate LLC, del domicilio de 1 Campus Drive, Parsipanny, New Jersey 07054, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión CENTURY 21; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de Century 21 Real Estate LLC, del domicilio de 1 Campus Drive, Parsippany, New Jersey 07054, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión CENTURY 21 & Desingn, pero en verdad consiste en la representación de la palabra en letras tipo especial. CENTURY y hacia la derecha un poco más abajo de la letra y la cifra 21; y abajo de la palabra CENTURY unas líneas que van una en forma de ángulo, otra vertical y la otra horizontal; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de 3 v. alt. No. C

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12. RESPECTIVAMENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO- DERADO de MASSEY FERGUSON CORPORATION, del domicilio de 4830 River Green Parkway, Duluth, Georgia , Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la representación de tres triángulos grandes invertidos y unidos entre sí, de color negro, excepto por sus ángulos inferiores, los cuales forman un pequeño triángulo interno de color blanco; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE OSCAR HENRIQUEZ MENJIVAR, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión Stacy & Jones Y DISEÑO, EN LETRAS CARACTERISTICAS SIENDO LAS LETRAS "S" Y "J" MAYÚSCULAS Y LAS DEMAS MINÚSCULAS, AL CENTRO DE LA FRASE SE ENCUENTRAN LAS LETRAS "S" Y "J" DE MAYOR TAMAÑO; SOBREPUESTA LA "J" SOBRE LA "S" Y AL CENTRO DE LA "J" EL SIMBOLO "&". TODO LO DESCRITO SE ENCUEN- TRA DENTRO DE UN RECTÁNGULO Y DENTRO DE ESTE SE ENCUENTRAN DOS LÍNEAS PUNTEADAS, ARRIBA Y ABAJO a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE OSCAR HENRIQUEZ MENJIVAR, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase Silverstone en letras corrientes siendo las letras "S" mayúscula y las demás letras minúsculas, la palabra se encuentra dentro del diseño de una bolsa trasera de un pantalón con costuras paralelas al centro de la misma se unen estas líneas para formar una especie de gota, en la esquina superior derecha se encuentra la palabra Silverstone dentro de un rectángulo negro y las letras en blanco; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los veinte días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROSA MARGARITA MARTINEZ DE PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MULTIPERFILES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MULTIPERFILES, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en letras de molde, gruesas, que dicen I.D. acompañadas del signo de número seguido a su vez de una raya horizontal que se escribe " I.D.# "; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROSA MARGARITA MARTINEZ DE PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MULTIPERFILES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MULTIPERFILES, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Un dibujo de un círculo cuya parte inferior contiene dos semi círculos y sobre ellos las letras de molde, gruesas, que dicen: "SPEED LIMIT" y fuera de ellos en su parte inferior derecha las palabras pequeñas de molde que dicen: "FOR MEN"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ARTURO MUYSHONDT PARKER, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de SALVADOREÑA DE INVER- SIONES, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA KREMITTA, LA CUAL NO TIENE NINGUN SIGNO ESPECIAL NI ELEMENTO ESENCIAL POR EL CUAL DEBA DISTINGUIRSE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de enero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ARTURO MUYSHONDT PARKER, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS, del domicilio de SAN SAL- VADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de SALVADOREÑA DE INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA DIADEMA EN LETRAS DE MOLDE, AMBAS DE COLOR BLANCO, SIENDO ESTE EL SIGNO ESPECIAL Y ESENCIAL POR EL CUAL DEBA DISTINGUIRSE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de enero del año dos mil doce.- LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, MARCAS DE FABRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI- LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ALCOHOLICAS; AGUA DE MESA; BEBIDAS DE FRUTAS Y JUGOS DE FRUTAS; AGUAS ENRIQUECIDAS CON MINERALES O VITAMINAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. nueve de febrero del año dos mil doce.- LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ZUEÑOZ Consistente en: la palabra ZUEÑOZ, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBI- DAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRU- TAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil doce. siete de febrero del año dos mil doce.- MARIA DAFNE RUIZ, PUREIT Consistente en: la palabra PUREIT, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES Y AIREADAS Y OTRAS BEBIDAS NO LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. EL INFRASCRITO La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. dos de marzo del año dos mil doce.- HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ACTIGARD Consistente en: la palabra ACTIGARD, que servirá para: AMPARAR: QUIMICOS UTILIZADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICUL- TURA Y SILVICULTURA. Clase: 01. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARIA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ACTIGARD Consistente en: la palabra ACTIGARD, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. SECRETARIA. EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, CERATO Consistente en: la palabra CERATO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SIL- VÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS. SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NA- TURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARIA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CONTOUR Consistente en: La palabra CONTOUR que se traduce como CONTORNO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, GALLARDO Consistente en: La palabra GALLARDO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce, cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C EVORA Consistente en: La palabra EVORA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de ULRICH

83 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de JÜSTRICH HOLDING AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- Consistente en: La palabra Just ORIGINAL- SINCE 1930 y diseño, donde la palabra Just se traduce al castellano como Justo, y la palabra Since se traduce como Desde, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Consistente en: La palabra Kalibre y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVA- DOR ALAS, en su calidad de APODERADO de ULRICH JÜSTRICH La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil HOLDING AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la doce. MARCA DE FÁBRICA, Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, siete de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, Consistente en: La palabra Just ORIGINAL- SINCE 1930 y diseño, donde la palabra Just se traduce al castellano como Justo, y la palabra Since se traduce como Desde, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES SANITARIAS PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; DESINFECTANTES. Clase: 05. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, JETTA Consistente en: La palabra JETTA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, MARY KAY BLACK DIAMONDS Consistente en; Las palabras MARY KAY BLACK DIAMONDS, 3 v. alt. No. C en donde las palabras BLACK DIAMONDS se traduce al castellano como DIAMANTES NEGROS, que servirá para: AMPARAR: COS- MÉTICOS, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL No. de Expediente: NO MEDICADAS; ARTÍCULOS DE TOCADOR NO MEDICADOS; PERFUMES; COLONIAS; AGUAS DE TOCADOR; LOCIÓN PARA No. de Presentación: CUERPO; JABÓN EN BARRA; FRAGANCIAS PARA USO PERSO- CLASE: 31. NAL. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil once. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el treinta de enero del año dos mil doce.- registro de la MARCA DE FÁBRICA, LOTUS Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: La palabra LOTUS, que se traduce como LOTO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3 v. alt. No. C

85 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil doce. veintitrés de febrero del año dos mil doce.- HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de MARÍA DAFNE RUIZ, Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, MATISSE Consistente en: La palabra MATISSE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C Consistente en: La palabra MOHAVE, que servirá para: AMPARAR: No. de Expediente: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de SANOFI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, MOHAVE SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES, FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES. Clase: 31. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce. cinco de marzo del año dos mil doce.- MOBILITY Consistente en: La palabra MOBILITY, que se traduce al castellano como MOVILIDAD, que servirá para: AMPARAR: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA DESORDENES DE LAS ARTICULACIONES. Clase: 05. MARÍA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGÜELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO de Movix Latin América S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando Consistente en: la palabra PALERMO y diseño, que servirá para: el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADO A RES- TAURANTE. La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil once. Consistente en: la palabra MOVIX y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, tres de enero del año dos mil doce. NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁ- FICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA MARIA DAFNE RUIZ, CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMU- LACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUC- CIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO LUCIA MARGARITA GALAN, MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AU- TOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y 3 v. alt. No. F ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil doce. CONVOCATORIAS diecisiete de febrero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, 3 v. alt. No. C La Administración de la Sociedad Inversiones de Desarrollo Industrial y Agrícola, Sociedad Anónima de Capital Variable, en cumplimiento al Artículo 223 y 224 del Código de Comercio, convoca a los Accionistas para que concurran a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA, la cual se llevará a cabo el día 18 de junio del corriente año a las doce de la mañana, en el Hotel Sheratón Presidente, Restaurante Privado, ubicado en Avenida La Revolución Colonia San NOMBRE COMERCIAL Benito, San Salvador, en la que se conocerá y resolverá los temas contenidos en la siguiente agenda: No. de Expediente: No. de Presentación: Puntos de Carácter Ordinario I. Establecimiento de Quórum HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DELMY ELIZABETH PORTILLO DOMINGUEZ, de nacionalidad SALVA- II. III. Lectura del Acta Anterior Memoria de Labores

87 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de IV. Estados Financieros al treinta y uno de diciembre de dos mil once V. Aplicación de resultados del Ejercicio. VI. Informe del Auditor Externo VII. Nombramiento del auditor externo, auditor fiscal, sus suplentes y fijación de honorarios para el año dos mil doce. DE CARACTER ORDINARIO. I. Comprobación de quórum. II. La memoria del Director presidente, el Balance General, el Estado de Resultados y el informe del auditor, de los años dos mil diez y dos mil once, a fin de aprobar o improbar los Cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas. VIII. Cualquier otro asunto que sea sometido legalmente y que no sea de los comprendidos en el artículo 224 del Código de Comercio vigente en la República. Si no hubiese quórum en la fecha y hora de la convocatoria, la Junta General se celebrará en segunda convocatoria a la misma hora y en el mismo lugar el día diecinueve de junio de los corrientes, para tratar la misma agenda. Para que exista quórum deben estar presentes o representadas, la mitad más uno de las acciones que componen el Capital Social, y en segunda convocatoria, las acciones que estén presentes o representadas. San Salvador, 21 de mayo de v. alt. No. C CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. El infrascrito Presidente de la Sociedad AGRICOLA E INDUSTRIAL DE LA CUMBRE, S.A. DE C.V., SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE que se abrevia AGRICOLA E INDUSTRIAL DE LA CUMBRE, S.A. DE C.V. de este domicilio. Por este medio CON- 1. Modificación del Pacto Social: VOCA a los accionistas de la Sociedad y AVISA AL PUBLICO EN GENERAL para los efectos de ley, a JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la Sociedad que se llevará a cabo EN PRIMERA CONVOCATORIA a las diez HORAS DEL día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE en las oficinas de la sociedad ubicadas en Edificio Noljer. Local 1-A. Avenida La Revolución y Boulevard El Hipódromo. Colonia San Benito, de esta ciudad. En caso de no haber quórum para la primera convocatoria, SE CONVOCA a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas en SEGUNDA CONVOCATORIA para las DIEZ HORAS DEL DIA CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE y de conformidad con la AGENDA siguiente. III. IV. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y fijación de sus honorarios. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y fijación de sus honorarios, V. Distribución de Utilidades. PUNTOS VARIOS. 1) Reparto de acciones propiedad de la sociedad en la que ella es accionista. 2) Autorización para constituir servidumbre de tránsito en el inmueble ubicado en el Lago de Coatepeque y para que pueda otorgar la escritura de RECTIFICACTON de la venta LIC. ISIS LUCILA BONILLA DE ORANTES, ADMINISTRADOR UNICO. 3) de dicho inmueble hecha a su favor. Autorización para que las 3705 acciones amparadas por el certificado No expedido por CARSAL, S.A. a nombre de la sociedad sea traspasado a nombre de los 5 accionistas equivalentes a 741 acciones cada uno. 4) Autorización para que las acciones amparadas por el certificado No. expedido por SANTA EDUVIGES, S.A. a nombre de la sociedad sea traspasado a nombre de los 5 accionistas equivalentes a acciones cada uno. DE CARACTER EXTRAORDINARIO. a) Regularizar el Capital Social para convertirlo en dólares de Estados Unidos de América. b) Modificar Plazo de los Administradores. c) Actualizar las Modificaciones del Código de Comercio. d) Asignación de Ejecutor Especial de los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria. El quórum necesario para que se instale legalmente la Junta General Ordinaria y Extraordinaria en PRIMERA CONVOCATORIA será las tres cuartas partes de todas las Acciones de la Sociedad y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Si por falta de quórum no se efectuare la Junta en la hora y día señalados para la primera convocatoria, por este mismo medio se convoca por SEGUNDA VEZ y el quórum necesario para ésta será la mitad más una de todas las acciones que componen el Capital Social, y se instalará la junta con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se tomará resolución por mayoría de votos de los presentes. III. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y fijación de sus honorarios. IV. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y fijación de sus honorarios. V. Distribución de Utilidades. PUNTOS VARIOS. Se reacuerda a los accionistas que en el momento de establecerse el quórum, deberán acreditar tal calidad con los respectivos certificados de acciones o con los documentos que el Código de Comercio exige. San Salvador, veinte de mayo de dos mil doce. ING. JAVIER FRANCES MATHIES, PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C d) Disolución de la sociedad. e) Asignación de Ejecutor Especial de los Acuerdos de la Junta CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS General Extraordinaria. El infrascrito Presidente de la Sociedad MIRLUIS, S.A. DE C.V., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia MIRLUIS, S.A. DE C.V. de este domicilio. Por este medio CONVOCA a los accionistas de la Sociedad y AVISA AL PUBLICO EN GENE- RAL para los efectos de ley, a JUNTA GENERAL, ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la Sociedad que se llevará a cabo EN PRIMERA CONVOCATORIA a las nueve HORAS del día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE en las oficinas de la sociedad ubicadas en Edificio Noljer, Local 1-A, Avenida La Revolución y Boulevard El Hipódromo, Colonia San Benito, de esta ciudad. En caso accionista. Reparto de acciones propiedad de la sociedad en la que ella es DE CARACTER EXTRAORDINARIO. 1. Modificación del Pacto Social: a) Regularizar el Capital Social para convertirlo en dólares de Estados Unidos de América. b) Modificar Plazo de los Administradores. c) Actualizar las Modificaciones del código de Comercio. El quórum necesario para que se instale legalmente la Junta General Ordinaria y Extraordinaria en PRIMERA CONVOCATORIA será las tres cuartas partes de todas las Acciones de la Sociedad y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. Si por falta de quórum no se efectuare la Junta en la hora y día señalados para la primera convocatoria, por este mismo medio se convoca por SEGUNDA VEZ y el quórum necesario para ésta será la mitad más una de todas las acciones que componen el Capital Social, y se instalará la junta con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se tomará resolución por mayoría de votos de no haber quórum para la primera convocatoria. SE CONVOCA a los de los presentes. accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Se reacuerda a los accionistas que en el momento de establecerse Accionistas en SEGUNDA CONVOCATORIA a las NUEVE HORAS el quórum, deberán acreditar tal calidad con los respectivos certificados DEL DIA CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE y de conformidad con la AGENDA siguiente. de acciones o con los documentos que el código de Comercio exige. San Salvador, quince de marzo de dos mil doce. DE CARACTER ORDINARIO. I. Comprobación de quórum. II. La memoria del Director Presidente, el Balance General, el Estado de Resultados y el informe del auditor, de los años dos mil diez y dos mil once a fin de aprobar o improbar los Cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas. ING. JAVIER FRANCES MATHIES, PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C

89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. El infrascrito Director Presidente de la Sociedad LOTIFICACIONES LA 3) Actualización de precios de cada lote para reiniciar el proceso de venta. AZACUALPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia LOTIFICACIONES LA AZACUALPA, S.A. DE C.V. del domicilio de la Villa de Azacualpa, Departamento de Sonsonate. Por este medio CONVOCA a los accionistas de la Sociedad y AVISA AL PUBLICO EN GENERAL para los efectos de ley, a JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la Sociedad que se llevará a cabo EN PRIMERA CONVOCATORIA a las ONCE horas del día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE, en las oficinas de la sociedad ubicadas en Edificio Noljer, local 1-A. Avenida La Revolución y Boulevard El Hipódromo, Colonia San Benito, de esta ciudad. En caso de no haber quórum para la primera convocatoria SE CONVOCA a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas en SEGUNDA CONVOCATORIA para las ONCE horas del día CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE en las oficinas de la sociedad ya señaladas y de conformidad con la AGENDA siguiente: DE CARACTER ORDINARIO. I. Comprobación de quórum. II. III. IV. La memoria del Director Presidente, el Balance General, el Estado de Resultados y el informe del auditor, de los años dos Si por falta de quórum no se efectuare la Junta en la hora y día mil diez y dos mil once, a fin de aprobar o improbar los Cuatro señalados para la primera convocatoria, por este mismo medio se primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas. convoca por SEGUNDA VEZ y el quórum necesario para ésta será la Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente mitad más una de todas las acciones que componen el Capital Social, y fijación de sus honorarios. y se instalará la junta con cualquiera que sea el número de acciones Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y fijación de sus honorarios. V. Distribución de Utilidades. PUNTOS VARIOS ORDINARIOS. 4) Reparto de acciones propiedad de la sociedad en la que ella es accionista. DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO. 1. Modificación del Pacto Social: a) Regularizar el Capital Social para convertirlo en dólares de Estados Unidos de América. b) Modificar Plazo de los Administradores. c) Actualizar las Modificaciones del Código de Comercio. d) Asignación de Ejecutor Especial de los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria. El quórum necesario para que se instale legalmente la Junta General Ordinaria y Extraordinaria en PRIMERA CONVOCATORIA será las tres cuartas partes de todas las Acciones de la Sociedad y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. presentes o representadas y se tomará resolución por mayoría de votos de los presentes. Se recuerda a los accionistas que en el momento de establecerse el quórum, deberán acreditar tal calidad con los respectivos certificados de acciones o con los documentos que el Código de Comercio exige. San Salvador, veinte de mayo de dos mil doce. Enmendado:ONCE- 1) Acuerdo para actualizar el inmueble "La Azacualpa" propiedad de la sociedad para incorporar el CASCO del mismo para fines de Lotificación autorizando para tal efecto al Presidente ONCE-Vale. de la Junta Directiva para llevar a cabo todos los trámites del mismo (declaración jurada, señalamiento de polígonos, LIC. JOSE LUIS FRANCES ARGUETA, DIRECTOR PRESIDENTE. lotes). 2) Autorización de inversiones para llevar a cabo dichos trabajos. 3 v. alt. No. C

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 CONVOCATORIA La Administración de la sociedad INVERSIONES QUISOL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus accionistas a reunión de JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse, en primera convocatoria a las diez horas con treinta minutos del viernes quince de junio de dos mil doce, en las oficinas de la socie- Junta se celebrará en segunda convocatoria, a las diez horas con treinta minutos del día Sábado dieciséis de junio de dos mil doce, en la misma dirección señalada en la primera convocatoria y la sesión se celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. San Salvador, 23 de mayo de dad situadas en Calle Los Abetos #1234, Colonia San Francisco de esta ciudad. La agenda será la siguiente: ANA CRISTINA SOL, Puntos de Carácter Ordinario ADMINISTRADOR. 1. Verificación de Quórum 2. Elección de Presidente y Secretario para la reunión 3 v. alt. No. C Aprobación de Agenda 4. Lectura del Acta Anterior 5. Informe para aprobación o improbación de: SUBASTA PUBLICA - Memoria de Labores de la Administración - Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias, y DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Estado de cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. de HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil 6. Informe del Auditor Externo. Ejecutivo promovido por la Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS, 7. Designación del Auditor Externo y Auditor Fiscal para el ejercicio 2012 y fijación de sus honorarios. y continuado por el Licenciado RENE MAURICIO CHIQUILLO CUELLAR, como Apoderado de la señora INES CAMPOS, contra el 8. Aplicación de Resultados. señor MIGUEL ANGEL COREAS IRAHETA, se venderá en pública 9. Elección Administrador Único y Suplente subasta el inmueble siguiente: terreno de naturaleza rústica y construcciones que contiene, sin cultivos permanentes, situado en los suburbios y 10. Autorización expresa a los Administradores de la Sociedad conforme al ordinal III del Artículo 275 del Código de Comercio. hacia el Oeste de la Villa San Martín, en el pueblo llamado La Calavera, en la Finca ejidal y fértil, llamada "Santa María", que según el plano de la Lotificación se denomina, lote número TREINTA Y DOS, del 11. Presentación de nuevas oportunidades de negocio para la polígono Q, y que se describe así: Partiendo de la intersección de los sociedad. ejes de la Calle Antigua a Tonacatepeque y la Calle Principal, abierta en terrenos de la Lotificación "Santa María", y en un ancho de diez metros, El quórum necesario para tratar los puntos de carácter Ordinario será de la mitad más una de las acciones en las que se divide el capital social, y el quórum necesario para tomar resolución será de la mitad más una de las acciones presentes y representadas. En caso de que no se lograre el quórum de asistencia señalado en la primera convocatoria, la se miden doscientos cuarenta y cinco metros setenta y cinco centímetros sobre el eje de la Calle Principal y hacia el Norte, luego haciendo una deflexión de veintisiete grados se miden ciento doce metros sobre el eje de la calle principal de ocho metros de ancho, abiertos en terrenos de la misma Lotificación, luego haciendo una deflexión de noventa grados se miden ciento diecinueve metros sobre el eje del pasaje número diecisiete,

91 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de abierto en terrenos de la Lotificación "Santa María", luego haciendo una deflexión izquierda de noventa grados se miden tres metros para llegar al mojón Sur-Este, del lote que mide y linda: AL ORIENTE: Línea recta de veinte metros, linda con lote número treinta y tres del mismo polígono y de la misma Lotificación; AL NORTE: línea recta de siete metros linda con lote número sesenta y uno del mismo polígono y de "Q", de la Lotificación SANTA MARIA", situada en los suburbios y hacia oeste de la Villa de San Martín, de este Departamento, en el punto llamado La Calavera, que conforme antecedentes se describe así: Lote número treinta, del polígono Q, según el plano que a ese efecto se ha levantado y que se describe así; Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle Antigua a Tonacatepeque y la Calle principal abierta en terrenos la misma Lotificación; AL PONIENTE: Línea recta de veinte metros linda con el lote número treinta y uno del mismo polígono y de la misma Lotificación; AL SUR: Línea recta de siete metros linda con lote número treinta y dos del polígono "P", de la misma Lotificación, pasaje número diecisiete de seis metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión superficial de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS VARAS CUADRADAS. Los lotes colindantes por sus cuatro rumbos son o han sido propiedad del inmueble general y forman o han formado parte del inmueble general de donde se desmembró el que se describe."inscrito a favor del demandado señor MIGUEL ANGEL COREAS IRAHETA, bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS TRES UNO CUATRO CERO TRES-CERO CERO del mismo polígono y de la misma lotificación; AL SUR: Línea recta CERO CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de abril de dos mil doce.- DR. DARIO DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. de la Lotificación Santa María y de un ancho de diez metros, se miden doscientos cuarenta y cinco metros setenta y cinco centímetros sobre el eje de la calle principal y hacia el Norte luego haciendo una deflexión izquierda de veintisiete grados, se miden ciento doce metros sobre el eje de la calle principal de ocho metros de ancho de por medio, abierta en terrenos de la misma lotificación. Luego haciendo una deflexión derecha de noventa grados se miden ciento cinco metros sobre el eje del pasaje número siete abierto también en terrenos de la misma lotificación; luego haciendo una deflexión izquierda de noventa grados se miden tres metros para llegar al mojón Sur-Este del lote que mide y linda: AL ORIENTE: Línea recta de veinte metros, linda con el lote número treinta y uno de siete metros, linda con lote número treinta del polígono "P", de la misma lotificación, pasaje número siete de seis metros de ancho de por medio; AL PONIENTE: Línea recta de veinte metros linda con el lote número veintinueve del polígono "Q" de la misma lotificación; y AL NORTE: Línea recta de siete metros, linda con lote número sesenta y VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. tres del mismo polígono "Q" de la misma lotificación; El lote así descrito VICTORINO ALEXANDER PERAZA, tiene una extensión superficial de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS VARAS CUADRADAS. 3 v. alt. No. C Los lotes colindantes por sus cuatro rumbos son o han sido propiedad de la señora Colette de Geissmann y forman o han formado parte del inmueble general de donde se desmembró el que se describe. Inscrito a favor del demandado señor MIGUEL ANGEL COREAS IRAHETA, bajo la Matrícula número SEIS CERO UNO DOS SIETE OCHO TRES SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de la Propiedad HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS, y continuado por el Licenciado RENE MAURICIO CHIQUILLO CUELLAR, como Apoderado de la señora INES CAMPOS, contra el señor MIGUEL ANGEL COREAS IRAHETA, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: "Terreno de naturaleza rústica y construcciones que contiene, identificado como lote número TREINTA, del polígono Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas diez minutos del día veintisiete de abril de dos mil doce.- DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No. C

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido inicialmente en su carácter personal por la señora BLANCA LIDIA CAS- TILLO DE ROSA, y continuado por el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora BLANCA LIDIA CASTILLO DE ROSA, contra la señora GLORIA JOSEFINA AMAYA DE AVILA, representada por medio de su Curador Especial la Licenciada MARIELA GUADALUPE ALVAREZ MEJIA, reclamándole cantidad de dólares, intereses y costas procesales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble sobre dos lotes de terrenos que forman un solo cuerpo de naturaleza rústica, sin cultivos ni construcciones, situados en la lotificación Prados de San Miguel, en los arrabales del Barrio La Cruz, de la Ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, identificados como LOTES NUEVE Y DIEZ del Polígono Cuatro, lotificación Prados de San Miguel, con una capacidad superficial de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a seiscientos cincuenta y ocho punto dieciséis varas cuadradas, el cual se describe así: AL NORTE: tramo recto de veinte metros colindando con lote número once del mismo Polígono y lotificación; AL ORIENTE: tramo recto de veintitrés metros colindando con lote número siete del Polígono cinco, y Pasaje Buenos Aires de por medio, con un derecho de vía de siete metros; AL SUR: tramo recto de veinte metros colindando con lotes números cinco, siete, y nueve del Polígono ocho de la misma lotificación, Séptima Calle Oriente de por medio, con un derecho de veintiún metros; AL PONIENTE: tramo recto de veintitrés metros colindando con lote número ocho del mismo Polígono y lotificación. Todos los lotes colindantes son o han sido de la Sociedad Proyectos Dinámicos S.A. Inscrito a favor de la Hipotecante en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula número OCHO CERO CERO CINCO NUEVE CINCO SIETE CERO GUION CERO CERO CERO CERO CERO. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en e1 Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día cuatro de mayo del dos mil doce. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. CARMEN JULIETA HERNANDEZ ALVAREZ, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. C MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por la Abogada ROCIO MARGARITA MARTINEZ DE CHACON, como de Apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, en contra del demandado señor NOE LEIVA HENRIQUEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en Pública Subasta el inmueble que se describe a continuación: "Un inmueble de naturaleza urbano, bajo el Sistema de Folio Real Computarizado, Matrícula número M CERO CINCO MILLONES SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA, Asiento número CERO CERO CERO UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de San Salvador, situado en el Centro Urbano Amatepec, de esta ciudad, de SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS DIEZ DECIMETROS CUADRADOS, marcado con el número CUARENTA Y CINCO, tipo popular del pasaje número cinco a partir de su vértice Noroeste mide y linda: AL NORTE, cuatro metros ochenta centímetros con casa cuarenta y seis, tipo popular del pasaje número cuatro; AL ORIENTE, trece metros setenta y siete centímetros con casa cuarenta y siete, tipo popular del pasaje número cinco; AL SUR, cuatro metros ochenta centímetros con casa cuarenta y seis, tipo popular, pasaje cinco de cuatro metros de ancho de por medio; y AL PONIENTE, trece metros setenta y siete centímetros con casa número cuarenta y tres, tipo popular del pasaje número cinco". El inmueble descrito está inscrito a favor del demandado señor NOE LEIVA HENRIQUEZ, bajo el Asiento 4 de la Matrícula número , del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día treinta de marzo del año dos mil doce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SE- CRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido inicialmente por el Abogado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, y continuado por la Abogada MARITZA ELIZABET ANAYA DE MOLINA, como Apoderados del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia IPSFA, institución autónoma, de crédito, del domicilio de esta ciudad, contra el demandado señor JOSE ALONSO MEJIA GONZALEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble que se describe: Un inmueble de naturaleza urbano, de una extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS, marcado con el número DIECISEIS, del grupo ONCE, del Reparto Cima de San Bartolo, situado en Jurisdicción de Ilopango, departamento de San Salvador, y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: A partir de la intersección de Avenida La Cima y Pasaje Número Cinco, se mide sobre el eje de la Avenida La Cima, veintisiete punto cincuenta metros y con deflexión derecha de noventa grados y distancia de siete punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor-este, del lote que se describe, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ESTE: con distancia a cinco metros y rumbo Sur, cero cinco grados treinta y cinco punto tres minutos Este, linda con el pasaje número cuatro y con lote número diecinueve de grupo número veintiséis, propiedad de VISION, S.A. DE C.V., Avenida La Cima, de por medio de quince metros de ancho; AL SUR: con distancia de doce metros y rumbo Sur, ochenta y cuatro grados veinticuatro punto siete minutos Oeste, linda con el lote diecisiete del grupo número once, propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.; AL OESTE: con distancia de cinco metros y rumbo Norte, cinco grados treinta y cinco punto tres minutos Oeste, linda con resto del lote número dieciséis del grupo número once, propiedad de VISION S.A. DE C.V.; AL NORTE: con distancia de doce metros y rumbo Norte, ochenta y cuatro grados veinticuatro punto siete minutos Este. Linda con el lote número quince del grupo número once, propiedad de SURGE, S.A. DE C.V., el inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del demandado señor JOSE ALONSO MEJIA GONZALEZ, bajo el Sistema de Folio Real Computarizado con Matrícula número SEIS CERO CERO CINCO DOS NUEVE SIETE CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento CINCO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de

93 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas quince minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil doce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SE- CRETARIO. 3 v. alt. No. F Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito judicial. AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo con referencia E-"1", promovido por la Lic. LORENA ELIZABETH COSTTE GRANADOS, y continuado por la Lic. BEATRIZ CAMPOS HUEZO, Apoderadas del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra SANTOS FELIPE OLIVA GARCIA, se venderá en Pública Subasta el siguiente inmueble: "De naturaleza urbana, situado sobre Avenida Juan Manuel Rodríguez y Catorce Calle Oriente, en el Proyecto "RESIDENCIAL EL RECREO", POLIGONO "J", NUMERO DOCE, de esta ciudad, de una extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS, iniciando la descripción partiendo de la intersección de los ejes de la Catorce Calle Oriente y el Pasaje "E", de Residencial El Recreo, midiendo sobre el eje de este último con rumbo Norte un grado cuarenta y tres punto dos minutos Oeste y una distancia de sesenta y seis punto cincuenta metros, se llega a un punto en donde con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al vértice Suroeste de donde se inicia: LINDERO PONIENTE, un tramo recto con una distancia de cinco punto cero metros y un rumbo Norte, un grado cuarenta y tres punto dos minutos oeste, lindando con polígono "I", y pasaje "B" de por medio; LINDERO NORTE, formado por un tramo recto con una distancia de doce punto cero metros y un rumbo Norte, ochenta y ocho grados dieciséis punto ocho minutos este, lindando con lote número trece del mismo polígono; LINDERO ORIENTE, formado por un tramo recto, con una distancia de cinco punto cero metros y rumbo Sur, un grado cuarenta y tres punto dos minutos Este, lindando con lote número cincuenta y uno del mismo polígono; LINDERO SUR, formado por un tramo recto con una distancia de doce punto cero metros y un rumbo Sur, ochenta y ocho grados dieciséis punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número once del mismo polígono, llegando al vértice Suroeste, de donde se partió. Inscrito a favor del deudor en el Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula del Registro de la Propiedad Raíz correspondiente al Departamento de La Paz. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, siete de febrero de dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS AVISO 3 v. alt. No. F AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia CHINAMECA, se ha presentado el propietario del Certificado No del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 27 de octubre 1986, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia ANAMOROS, se ha presentado el propietario del Certificado No del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 21 de julio de 2010, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. San Salvador, 21 de mayo de AVISA: Que en su agencia SANTA ANA, se ha presentado el propietario del Certificado No del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 12 de mayo de 2009, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio. LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 29 de abril de 2011 a 90 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 16 de marzo de 2011, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia LA SULTANA, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 15 de noviembre de 2011, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No, 285PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$ 2,800.00) DOS MIL OCHOCIENTOS 00/100. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. SANTA ANA, miércoles 09 de mayo de LORENA ELIZABETH DE ARGUETA, BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA. AGENCIA SANTA ANA CENTRO. EDICTO DE EMPLAZAMIENTO 3 v. alt. No. F LICENCIADA MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, HACE SABER a la demandada SONIA REBECA FLORES ARCE, mayor de edad, empleada, con Documento Único de Identidad número cero un millón ochenta y siete mil setecientos noventa y uno - dos, y con Número de Identificación Tributaria cero nueve cero tres - dos cuatro cero cinco siete siete - uno cero tres - cero, que el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, quien puede ser localizado en su oficina profesional ubicada en la Cuarenta y cinco Avenida Norte y prolongación Calle Arce, edificio Centro Profesional Roosevelt, local número treinta y uno, tercera planta, San Salvador, y fax número veintidós sesenta - ochenta y cinco dieciséis, Apoderada General y Especial Judicial de la sociedad LA HIPOTECARIA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse, LA HIPOTECARIA, S.A. DE C.V., quien tiene sus oficinas centrales en Edificio La Centroamericana, local ciento uno, Alameda Roosevelt, número tres mil ciento siete, San Salvador; ha promovido demanda en su contra en el Proceso Ejecutivo marcado bajo la referencia 1-PE , por lo cual dicha demandada deberá comparecer a más tardar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3 CPCM., a contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un curador ad litem para que la represente en dicho proceso. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las nueve horas con cuarenta minutos del día veinte de abril de dos mil doce.- LICENCIADA MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVA- DOR.- LICENCIADA MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. No. C001389

95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, HACE SABER: Que según resolución emitida por este Juzgado a las nueve horas del día cinco de Septiembre del dos mil once, se admitió la demanda del Proceso Declarativo Común de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, promovido por el Licenciado FREDIS ALEXANDER OSORIO SOTO, Apoderado del señor ENRI- QUE TURCIOS SANTOS, en contra de la señora OTILIA SANTOS DE REYES conocida por OCTILIA SANTOS DE REYES, mayor de edad, actualmente de domicilio ignorado y en base al Art. 186 C. P. C. Y M; SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO A LA SEÑORA OTILIA SANTOS DE REYES conocida por OCTILIA SANTOS DE REYES, a quien se le previene para que dentro del plazo de DIEZ DIAS HABILES SIGUIENTES, contados después de la última publicación de este edicto se presente a este Juzgado a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer sus derechos como tal, bajo prevención de designarle un Curador Ad litem para que la represente sino lo hiciere como antes se establece. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil; La Unión, a los trece días del mes de febrero del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO RO- SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. MARITZA EVELIN MARTINEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA. MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Telefónica, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, veintitrés de febrero del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 40. MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de CDM Smith Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, CDM SMITH Consistente en: la expresión CDM SMITH, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RECUPERACION AMBIENTAL, ES- PECIFICAMENTE, SERVICIOS DE TRATAMIENTO DE SUELOS, DESPERDICIOS Y/O AGUA; SERVICIOS DE FABRICACION DE EQUIPOS PARA OTROS EN LOS CAMPOS DE RESTAURACION DE SITIOS, RECUPERACION DE DESECHOS PELIGROSOS Y SITIOS CONTAMINADOS, TRABAJOS INDUSTRIALES Y PUBLICOS E INSTALACIONES AMBIENTALES, SISTEMAS DE RECUPERA- CION DE ENERGIA, INFRAESTRUCTURA PUBLICA, SISTEMAS E INFRAESTRUCTURA DE ENERGIA Y TRANSPORTE, ENERGIA ALTERNATIVA, Y ENERGIA EOLICA; SERVICIOS DE MANEJO DE DESECHOS SOLIDOS. Clase: 40. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento do Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, Consistente en: las palabras ESPACIO FUNDACIÓN TELEFÓNI- CA, que servirá para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil doce. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR. OFICIOSO de CDM Smith Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, La solicitud Fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil doce. diecisiete de febrero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, CDM SMITH Consistente en: la expresión CDM SMITH, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ADMINISTRACION FINANCIERA EN LOS CAMPOS DE TRATAMIENTO DEL AGUA Y DE DESECHOS Y CONSERVACION DE LOS RECURSOS DE AGUA; SERVICIOS DE ADMINISTRACION FINANCIERA EN LOS CAMPOS DE SIS- TEMAS E INFRAESTRUCTURA DE ENERGIA Y TRANSPORTE; SERVICIOS DE RECOLECCION DE PEAJE ELECTRONICO Y RECOLECCION DE PEAJE EN CARRETERAS; SUMINISTRO DE PREVISION DE INGRESOS EN EL CAMPO DE INSTALACIONES PARA RECOLECCION DE PEAJE EN CARRETERAS, TRANSPOR- TE DE PASAJEROS DEL TRANSPORTE PUBLICO, AUTOPISTAS Y MOVIMIENTO DE ARTICULOS Y FLETES. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil doce. ocho de marzo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGÜELLO RODEZNO. en su calidad de APODERADO de Movix Latin America S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO AVISO 3 v. alt. No. C La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado GLADIS YOLANDA FLORES GOMEZ del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida emitida el 19/04/2007. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza. San Salvador, 18 de mayo de ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ, RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS. REPOSICION DE CHEQUE 3 v. alt. No. C SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISA: Que en su agencia SONSONATE se ha presentado el propietario del cheque de gerencia No emitido el 04 de mayo de dos mil doce, solicitando la reposición de dicho cheque lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del cheque relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del cheque antes mencionado. San Salvador, 21 de mayo de Consistente en: la palabra MOVIX y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS INTEGRALES DE COMPUTACIÓN! PROGRAMACIÓN, ANÁLISIS Y DISEÑO DE COMPUTACIÓN ASESORÍA E INFORMACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE TODA CLASE DE MAQUINAS Y PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN. Clase: 42. LICDA. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. 3 v. alt. No. F

97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MARCA DEPRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ANA VERONICA HERNANDEZ DE URRUELA, en su calidad de RE- PRESENTANTE LEGAL de ADRICSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ADRICSA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras YBERA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS COSMETICOS DE USO CAPILAR. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil doce. veintiuno de marzo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA CELINA CASTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PRODUCTOS NATURALES PARA LA VIDA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRONAVID, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil doce. veintisiete de abril del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO ANTONIO CORTEZ GARCIA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de NEGOCIOS CORTEZ NUÑEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NEGOCIOS CORTEZ NUÑEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras MONTE BLANCO y diseño, que servirá para: AMPARAR: ARROZ, HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil doce. dos de mayo del año dos mil doce. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, Consistente en: la palabra Stressno y diseño que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA PRODUCTOS DIETETICOS PARA USO MEDICO. Clase: v. alt. No. F

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 De Segunda Publicación ACEPTACION DE HERENCIA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos de HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte minutos del día ocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora CANDELARIA MOREIRA DE LA- RIN; quien fué de ciento dos años de edad, fallecida el día diez de enero de dos mil doce, siendo la ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, de parte del señor JUAN ARISTIDES LARIN MOREIRA, en calidad de hijo sobreviviente de la causante. Confiriéndosele al aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL, San Miguel: a las catorce horas veinticinco minutos del día ocho de mayo de dos mil doce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No. C DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos de HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cincuenta y ocho minutos del día cuatro de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA LIDIA PORTILLO DE ROMERO; quien fue de setenta y dos años de edad, fallecida el día quince de julio de dos mil once, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio. De parte del señor JOSE EDYS ROMERO PORTILLO, en calidad de hijo de la causante, y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores RONOEL ROMERO PORTILLO conocido por RONOEL ROMERO, YANIRA DEL CARMEN ROMERO DE MENDEZ y REINA ESPERANZA ROMERO DE ROMERO en su calidad de hijos de la causante. Confiriéndosele al aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN- TIL, San Miguel a las ocho horas cincuenta y ocho minutos del día siete de mayo de dos mil doce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 3 v. alt. No. C Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS. y cinco minutos del día veinticuatro de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FERNANDO RIVAS RAMOS o FERNANDO RIVAS, quien falleció el día dieciocho de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón San Juan, Jurisdicción de San Luis de La Reina, Departamento de San Miguel; siendo éste su último domicilio; de parte de la señora MARIA ARCADIA CABRERA VIUDA DE RIVAS o MARIA ARCADIA CABRERA DE RIVAS o MARIA ARCADIA CABRERA o ARCADIA CABRERA, en su calidad de esposa del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores VALERIO RIVAS CABRERA, JOSE EUSTAQUIO RIVAS CABRERA Y SANTOS VICENTE RIVAS CABRERA, en su calidad de hijos del causante.- Habiéndole conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de La Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con Derecho a la herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del día veintiséis de abril del año dos mil doce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, 3 v. alt. No. C

99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes JUDICIAL. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. de abril del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas y diez minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su 3 v. alt. No. C defunción dejó la causante MARIA GUADALUPE MEJIA ALFARO, quien falleció el día trece de agosto del año dos mil diez, en Hospital Nacional Rosales, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Candelaria, Departamento de Cuscatlán su último domicilio, EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA de parte de la señora MERLYN DILMA LOVOS MEJIA o MERLYN DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- DILMA LOVOS, en calidad de hija de la referida causante.- Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Representación Interina PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la DE LEY. herencia yacente. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a Se citan a los que se crean con derecho a la presente herencia para las catorce horas y treinta minutos del día catorce de mayo del dos mil que comparezcan a este Tribunal dentro del término de ley. doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que Librado en el Juzgado de lo Civil, Cojutepeque a las doce horas y treinta minutos del día quince de mayo del año dos mil doce. LIC. MA- NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve horas y cincuenta minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor FRANCIS- CO GUZMAN FLORES, conocido por FRANCISCO GUZMAN, quien de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la falleció el día quince de junio del dos mil once, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio Conchagua, Departamento de La Unión, de parte de la señora FIDELIA VELASQUEZ DE GUZMAN conocida por FEDELIA VELASQUEZ GUZMAN, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiérese a dicha aceptante, en el carácter indicado, la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado. a su defunción dejó la causante señora MARIA CARLOS MOLINA o MARIA CARLOTA MOLINA, de parte del señor MIGUEL ANGEL FLORES MOLINA, de cincuenta y tres años de edad, comerciante, del domicilio y con residencia permanente en la ciudad de Montreal, Quebec, Canadá, con Documento Unico de Identidad Número cero cuatro nueve siete uno uno cero seis - dos; y Número de Identificación Tributaria un mil trescientos veintidós - ciento setenta mil seiscientos cincuenta y ocho - cero cero uno - cero; por derecho propio que le corresponde en calidad de hijo de la causante; quién a la fecha de su Fallecimiento ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL fue de sesenta y siete años de edad, casada, originaria de San Francisco DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Gotera, Departamento de Morazán; hija de NATIVIDAD MOLINA y BARTOLA BENITEZ; falleció el día doce de Abril de mil novecientos ochenta y siete, en esta ciudad de San Francisco Gotera; siendo este lugar su último domicilio.- Confiérese al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina Herencia Yacente.- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los catorce días del mes de Mayo del Dos Mil Doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 El infrascrito Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veinte minutos del día ocho de este mes ; se ha tenido por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante MARIA GRACIELA CORTEZ DE CABEZAS o MARIA GRACIELA CORTEZ o GRACIELA CORTEZ quien falleció el día diecinueve de junio del dos mil once en Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de ARACELI CORTEZ en concepto de hija de la causante. Nómbrese a la aceptante interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo. oficina ubicada en la calle Francisco Menéndez, número trescientos veintinueve San Salvador. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, ocho de mayo del dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día catorce de mayo del presente año, se ha tenido por 3 v. alt. No. F TRANSITO ANTONIO BARRERA, Notario, del domicilio de Jiquilisco, departamento de Usulután, con Oficina Jurídica situada en la primera calle poniente, número cuatro, frente al centro Judicial de Jiquilisco, Departamento de Usulután.- HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia de los bienes que al fallecer dejara el señor ISRAEL RAMIREZ, promovidas ante mis oficios notariales, mediante la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución proveída a las catorce horas del día veinte de abril del año dos mil once, se ha tenido por Aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la Herencia Abintestato, que a su defunción dejó el señor ISRAEL RAMIREZ, quien falleció en el Hospital Nacional General y Psiquiatría de Soyapango, departamento de San Salvador, el día ocho de enero del año dos mil diez, siendo de sesenta y seis años de edad, Marinero, de parte de la señora GUADALUPE DE JESUS CARCAMO ASCENCIO VDA. DE RAMIREZ, en su calidad de esposa del causante.- Por lo tanto se la ha conferido a la aceptante la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA, de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, lo que se hace del conocimiento del público para los consiguientes efectos de ley. Librado en la oficina del suscrito notario a las quince horas del día diecinueve de mayo de dos mil once. TRANSITO ANTONIO BARRERA, NOTARIO. 3 v. alt. No. F BERNARDO RAUDA MURCIA, Notario, de este domicilio, con aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta Ciudad, el día treinta de mayo de dos mil once; dejó el causante ALIRIO DE JESUS GIRON AGUILAR; a los señores CLAUDIA MAGDALENA GIRON BAUTISTA, SONIA ELIZABETH GIRON BAUTISTA Y JESUS EDUARDO GIRON BAUTISTA, en calidad de hijos sobrevivientes; habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia: por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia; para que se presenten a mi oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. San Salvador, dieciséis de mayo de dos mil doce. DR. BERNARDO RAUDA MURCIA, NOTARIO. 3 v. alt. No. F

101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNION, al público para los efectos de Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y quince minutos del día treinta de abril del corriente año, se declaró heredero expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las cuatro horas del día uno de julio de mil novecientos ochenta y siete, en el Cantón Piedras Blancas, de la Jurisdicción de la ciudad de Pasaquina, del Distrito y Departamento de La Unión, dejó la causante Antonia Cruz Viuda de Ramírez o Antonia Cruz Santos, de parte del señor Gilverto Ramírez Cruz, conocido por Gilberto Ramírez, en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante de conformidad con el artículo 988 numeral 1 C.C. Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la Administración y Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión. Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los dos días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA , y NICOLASA MARIA MAGDALENA BARAHONA DE 3 v. alt. No. F SAMAYOA, con Número de Identificación Tributaria , en la herencia intestada que a su defunción dejó el señor VICENTE LUCAS BARAHONA, quien falleció el día siete de diciembre de dos mil diez, en el Condado de Los Ángeles, ciudad de North Hollywood, de Estados Unidos de América, en concepto de hijos del causante. LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Confiriéndoseles a los aceptantes la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cincuenta minutos del día dos de mayo del dos mil doce, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante ARNELIO SERRANO PORTILLO, quien falleció a las ocho horas y quince minutos del día dos de junio de dos mil cuatro, en PIMA VAIL ARIZONA Estados Unidos, siendo Nombre de Jesús su último domicilio; de parte de los señores MARGARITA PORTILLO viuda DE SERRANO y CRISTIAN YAMILETH SERRANO PORTI- LLO, la primera en la calidad de cónyuge sobreviviente y la segunda como hija sobreviviente. Se confiere a los herederos declarados la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las once horas con diez minutos del día dos de mayo del dos mil doce.- LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CAS- TRO, 3 v. alt. No. F JOSE MATIAS DELGADO GUTIERREZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO de San Salvador, AL PUBLICO para los efectos de HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las once horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada EXPRE- SAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de los señores AUSBERTO ROSEMBERG BARAHONA HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria , CLARA ELENA BARAHONA HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria , EMILIO SALATIEL BARAHONA HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término de quince días hábiles contados desde el siguiente a la tercera publicación de éste. Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, de San Salvador, a las once horas y cuarenta minutos del día diecinueve de abril de dos mil doce.- LIC. JOSE MATIAS DELGADO GUTIERREZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO.- LICDA. MONICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer por el señor ISIDRO ALVARADO, conocido por ISIDRO ALVARADO ZELAYA, el día veinticinco de septiembre de dos mil siete, en el Barrio La Merced, Jiquilisco, Dpto. Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte del señor RIGOBRETO GONZALEZ SOLANO, en su calidad de cesionario del derecho que le correspondía al señor JOSE SANTOS MARQUEZ ALVARADO, éste en su calidad de hijo del causante. Confiérasele al aceptante declarado la Administración y Representación Interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil doce. LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. LOURDES ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA. Buenos Aires de San Agustín, departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora REINA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en su calidad de hija de la causante. Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión Intestada con las facultades y restricciones de Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los siete días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor ANDRES BE- LARMINO CANALES VILLATORO, el día veintitrés de junio del año dos mil once, en la Ciudad de Puerto El Triunfo, siendo su último domicilio, de parte de la señora CRISTELA YOLANDA CANALES DE REYES, en su calidad de hija del causante y a su vez como cesionaria del derecho hereditario que le corresponde al señor ADRIAN ARMANDO CANALES REYES, en calidad de hijo del causante. Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los cinco día del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS SAN- TOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de LICENCIADA EDNA ARMIDA MELENDEZ APARICIO, Notario, del HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día, domicilio de Usulután, con Oficina en Segunda Avenida Norte número se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario tres, Segundo Nivel, del Edificio Rocío, contiguo a Banco Hipotecario en la herencia intestada dejada al fallecer por la señora MATILDE de Usulután, AL PUBLICO. RODRIGUEZ, el día veintitrés de mayo de dos mil ocho, en el Cantón HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia, promovidas ante mis Oficios de Notario, por la señora BLANCA DAYSI LOPEZ DE CASTRO, conocida por BLANCA DAYSI LOPEZ GOMEZ y por BLANCA DEYSI LOPEZ GOMEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSE BERNARDO CASTRO LOPEZ, DEYSI VERONICA CASTRO LOPEZ, y EDGARD ALEXIS CASTRO LOPEZ, como hijos del causante, a efecto de aceptar la Herencia Deferida por el señor BERNARDO CASTRO CRUZ, se ha pronunciado la resolución de las dieciocho horas del día catorce de febrero del corriente año, en la cual se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia que en forma intestada dejó el señor BERNARDO CASTRO CRUZ, al fallecer a las diez horas cincuenta minutos del día treinta de abril del año dos mil nueve, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, a consecuencia de Paro Cardiorespiratorio Cetoacidocis Diabética más

103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Sépsis, con asistencia médica, siendo su último domicilio esta ciudad de Usulután, de parte de la señora BLANCA DAYSI LOPEZ DE CASTRO, conocida por BLANCA DAYSI LOPEZ GOMEZ y por BLANCA DEYSI LOPEZ GOMEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSE BERNARDO CASTRO LOPEZ, DEYSI VERONICA CASTRO LOPEZ, y EDGARD ALEXIS CASTRO LOPEZ, como hijos del causante mencionado. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los quince días del mes de mayo del año dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 3 v. alt. No. F En consecuencia, confiérase a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a esta Oficina en el término de quince días, siguientes a la última publicación de este edicto para los efectos legales correspondientes. Librado en la ciudad de Usulután, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce. EDNA ARMIDA MELENDEZ APARICIO, 3 v. alt. No. F Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta minutos del día quince de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA DOMICIANA FLORES MIRA, conocida por MARIA DOMICIANA FLORES y por DOMICIANA FLORES, mayor de edad, doméstica, del domicilio de Apastepeque, departamento de San Vicente, 3 v. alt. No. F con Documento Único de Identidad número cero dos seis uno uno cero ocho cero-siete; y Número de Identificación Tributaria número un mil uno-ciento cincuenta mil novecientos treinta y dos-ciento uno-nueve, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA JULIA MIRA viuda DE FLORES, conocida por MARIA JULIA MIRA y por JULIA MIRA viuda DE FLORES, quien fue de sesenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, viuda, salvadoreña, fallecida el día veintiséis de julio de mil novecientos setenta y dos, en la ciudad de Apastepeque, departamento de San Vicente, siendo este último el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las diez horas quince minutos del día treinta de marzo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testada dejada a su defunción ocurrida el ocho de septiembre del año dos mil once, en la ciudad de Colón, departamento de La Libertad, dejó el causante señor DIEGO SOTO, conocido por DIEGO SOTO CAMPOS, siendo su último domicilio el de esta ciudad, de parte del señor ARTURO GOMEZ, conocido como ARTURO SOTO, en su NOTARIO. calidad de heredero testamentario. Confiérase al aceptante la Administración y Representación Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. a las ocho horas diez minutos del día dieciocho de abril de dos mil doce.- GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SE- CRETARIA. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, promovidas por el Licenciado OSCAR ALFREDO AMADOR ORELLANA, como Apoderado General Judicial de CARLOS ERNESTO MARTIN COLINDRES, CARLOS ROBERTO MARTIN CELIS y ANDRES ALBERTO MARTIN CELIS, KARLA YOLANDA MARTIN RAMOS y RHINA ALICIA RAMOS MELARA ahora RHINA ALICIA RAMOS viuda DE MARTIN, quien a

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 su vez representa a su menor hija RHINA ALICIA MARTIN RAMOS, Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, y que por resolución de las doce horas y treinta minutos del día cuatro se libra el presente edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de enero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con de San Salvador, a las quince horas del día nueve de enero de dos mil beneficio de inventario, la sucesión intestada que a su defunción dejó el doce.- LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA. CARMEN causante CARLOS ALBERTO MARTIN HERNANDEZ, quien fue de ELENA AREVALO GAMEZ, SECRETARIA. sesenta y cinco años de edad, Doctor en Medicina, casado, salvadoreño, hijo de María Consuelo Hernández y Eliseo Martín Barrio, siendo su último domicilio de San Salvador, fallecido en Soyapango, el día dos de 3 v. alt. No. F abril del año dos mil once; por derecho propio a las siguientes personas: CARLOS ERNESTO MARTIN COLINDRES, de treinta y ocho años de edad, Doctor en Medicina, del domicilio de Santa Tecla, con Documento Único de Identidad número cero uno tres cuatro seis nueve tres EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO. Notaria, del domicilio de San Salvador y de Santa Tecla, con Oficina en Colonia Quezaltepec, nueve- cuatro, y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos Calle San Salvador, casa No. 52, Santa Tecla. catorce-tres uno cero siete siete tres-ciento doce-nueve; CARLOS RO- BERTO MARTIN CELIS, de treinta y tres años de edad, Licenciado en Economía y Negocios, del domicilio de esta ciudad, con Documento HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída Único de Identidad número cero dos tres uno cinco dos tres siete-uno, y a las ocho horas del día once de mayo del presente año, se ha tenido Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero tres por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia INTESTADA que a su defunción, ocurrida en el Hospital General del cero dos siete ocho-ciento dos-seis; ANDRES ALBERTO MARTIN Instituto Salvadoreño del Seguro Social, departamento de San Salvador, CELIS, de veintitrés años de edad, Estudiante, del domicilio de esta a las tres horas trece minutos del día siete de enero de dos mil once, dejó ciudad, con Documento Único de Identidad número cero tres ocho la señora MARIA DEL CARMEN PADILLA DE BOLAÑOS, de parte tres cinco ocho tres seis-cuatro, y Número de Identificación Tributaria de la señora LUZ DE MARIA BOLAÑOS DE VILLALTA, en calidad de cero seiscientos catorce-uno cinco cero uno ocho ocho-ciento tres-seis; hija de la causante y cesionaria de los derechos que les correspondían a los KARLA YOLANDA MARTIN RAMOS, de diecinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad número cero cuatro seis nueve ocho dos cinco nueve- uno, y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-uno ocho uno cero nueve dos-ciento veinte-cuatro; RHINA ALICIA RAMOS MELARA ahora RHINA ALICIA RAMOS viuda DE MARTIN, de cuarenta y seis años de edad, Fisioterapista, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad número cero cero ocho cero dos seis cero cuatro-dos, y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero seis cero cuatro seis cinco-ciento siete-cinco; y por parte de la menor de edad RHINA ALICIA MARTIN RAMOS, de once años, Escolar, de este domicilio con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-uno cuatro cero tres cero cero-ciento diez-nueve, quien es representada por su madre RHINA ALICIA RAMOS MELARA ahora RHINA ALICIA RAMOS viuda DE MARTIN, a quienes de conformidad al Art del Código Civil se les confirió la Administración y Representación Interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Así mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de Ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. señores ROXANA ELIZABETH BOLAÑOS PADILLA, ELENA DEL TRANSITO BOLAÑOS DE ZAVALA, TERESA ISABEL BOLAÑOS PADILLA, ROCIO DEL CARMEN BOLAÑOS DE BARILLAS, en sus calidades de hijas de la causante y JOSE EDUARDO BOLAÑOS TORRES; en calidad de cónyuge de la causante. Habiéndose conferido la Administración y Representación IN- TERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto, para hacer valer su derecho. Librado en la Oficina de la Notaria EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO. En la ciudad de Santa Tecla, a las ocho horas del día catorce de mayo del año dos mil once. LICDA. EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO, ABOGADO Y NOTARIO. 3 v. alt. No. F

105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con treinta minutos del día nueve de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante JULIA OLIMPIA GANUZA DE IGLESIAS, quien falleció a las doce horas con treinta minutos del día doce de septiembre del año dos mil ocho, en el Barrio El Calvario de la ciudad de Mercedes Umaña, en el departamento de Usulután, a consecuencia de CETOACIDOSIS DIABETICA, con asistencia médica, siendo el Barrio El Calvario de la ciudad de Mercedes Umaña, en el departamento de Usulután, el último lugar del domicilio de la Causante; de parte del señor FELIX IGLESIAS conocido por JOSE FELIX IGLESIA, en su calidad de Cónyuge sobreviviente de la de cujus; confiriéndole al señor FELIX IGLESIAS conocido por JOSE FELIX IGLESIA, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.- SUR, línea recta que es un cerco de alambre de púas, compuesto de un tramo; línea recta de catorce punto setenta y dos metros, y rumbo Norte de setenta y seis grados quince minutos cero segundos Oeste; colindando Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las nueve en este tramo con inmueble propiedad del señor Carlos Muñoz; llegando horas del día nueve de mayo del año dos mil doce.- LIC. MERCEDES así al esquinero que dio inicio a esta descripción. El inmueble antes CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA descrito no está en proindivisión con nadie y lo adquirió por donación INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE realizada por el señor José Antonio Amaya Monge, el inmueble del HENRIQUEZ, SECRETARIA. cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la ficha catastral TITULO DE PROPIEDAD 3 v. c. No. F novecientos treinta y seis; MANIFESTANDO, que en su calidad de Apoderada Especial de la ASOCIACION COMUNAL HEROES, ONCE DE ABRIL, es dueña y actual y poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un inmueble de naturaleza antes rústica hoy urbana, el cual está solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, dicho inmueble está situado en el Barrio San Esteban, Jurisdicción de Arcatao, Departamento Chalatenango de una extensión superficial de TRESCIENTOS DIECISEIS PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO NOVENTA VARAS CUADRADAS, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: línea recta que es un cerco de alambre de púas, compuesto de un tramo; línea recta de catorce punto noventa metros, y rumbo Norte de cero un grados cincuenta minutos cero segundos Oeste; colindando en este tramo con inmueble propiedad del señor José Antonio Amaya Monge; AL NORTE: línea recta que es un cerco de alambre de púas, compuesto de un tramo; línea recta de veinticinco punto cincuenta y cinco metros, y rumbo Sur de ochenta y tres grados diez minutos cero segundos Este; colindando en este tramo con inmueble propiedad de la señora Lucila Huezo; AL ORIENTE: línea recta que es un cerco de alambre de púas, compuesto de un tramo; línea recta de catorce punto setenta y cinco metros, y rumbo Sur de cero un grado cincuenta minutos dos segundos Oeste; colindando en este tramo con inmueble propiedad del señor Carlos Muñoz; y AL respectiva. No tiene cargos o derechos reales, ajenos pertenecientes a otra persona que deban respetarse, el inmueble lo valúa en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los demás efectos de Ley correspondientes. Se previene a las personas que deseen presentar a las pretensiones de la solicitante, lo hagan en el término legal en la Alcaldía Municipal Villa Arcatao, Departamento de Chalatenango. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL VILLA ARCATAO DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado la Licda. LUCIA LIDIA ZELAYA TORRES, Abogada y Notaria del domicilio de la Ciudad y Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero un millón ochocientos treinta y un mil novecientos once guión dos, y Tarjeta de Abogado número diez mil Alcaldía Municipal Villa Arcatao Departamento de Chalatenango a los veintisiete días del mes de Marzo de dos mil doce.- JOSÉ MILTON MONGE ALVARENGA, ALCALDE MUNICIPAL.- JULIA MARTA GIRÓN NAVAS, SECRETARIA MUNICIPAL.- 3 v. alt. No F

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SANTIAGO NONUALCO, ininterrumpida y sin proindivisión con ninguna otra persona, desde hace más de ciento once años continuos y consecutivos. Dicho inmueble no es sirviente ni dominante y lo estima en la cantidad de VEINTE MIL HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FLOR MARÍA CLIMACO MENA, mayor de edad, Abogado y Notario, de DÓLARES ESTADOUNIDENSES. Se hace saber para los efectos de ley. este domicilio, con Documento. Único de Identidad Número cero dos millones quinientos ochenta y seis mil cuatrocientos dieciocho - seis y con Número de Identificación Tributaria cero ocho diecinueve - cero uno cero cuatro sesenta y seis - cero cero uno - uno y con Carnet de Abogado de la República Número cinco mil ciento veintidós, extendido el ocho de febrero de mil novecientos noventa y siete; en calidad de Apoderada Especial de ELIAS SAMUEL BOLAÑOS AVELAR, mayor de edad, Obispo Católico, del domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad Número cero cero trescientos noventa y siete mil quinientos seis - ocho y Número de Identificación Tributaria cero dos diez - dieciséis cero dos cincuenta y uno - cero cero tres - tres; quien según Bula de Desmembración y Erección, dada en Roma el cinco de mayo de mil novecientos ochenta y siete y el acta de Acta de Ordenación del veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y ocho, es Representante Legal de la DIÓCESIS DE ZACATECOLUCA, con HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor IRAEL Número de Identificación Tributaria cero ocho veintiuno - cero cinco cero CARDOZA, solicitando Título de Propiedad a su favor, de un inmueble cinco ochenta y siete - ciento uno - ocho; solicitando se extienda a nombre de esta última, TITULO DE PROPIEDAD, sobre un inmueble urbano, QUINCE PUNTO CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes, AL NORTE: en veintiséis punto veintidós metros, linda con predios de Andrea de Jesús Delgado, María Juana Avilés y Víctor Manuel Alejandro Avilés, y de Maura Isabel Sosa Melgar; AL ORIENTE: en cincuenta y ocho metros, con predio y edificio de la Alcaldía Municipal de Santiago Nonualco; AL SUR; calle de por medio, en veintiuno punto diecinueve metros, con predio de la Alcaldia Municipal de Santiago Nonualco; y AL PONIENTE: calle de por medio, en sesenta punto veintiocho metros, con predios de Rosa Isabel Núñez Ramos, Flor de María Hernández Meléndez, Roxana Elizabeth Hernández Meléndez, Marvin Alexander Hernández Meléndez, Maritza Yanet Hernández Meléndez y de la Iglesia Parroquial de Santiago Nonualco. Todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble lo posee materialmente de buena fe, en forma quieta, pacífica, Alcaldía Municipal: Santiago Nonualco, a cinco de mayo de dos mil doce.- MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ALCAL- DESA MUNICIPAL.- ELÍAS BARAHONA LOVO, SECRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, AL PUBLICO EN GENERAL. de naturaleza urbana, Barrio San Antonio de la Ciudad de Tejutla, departamento de Chalatenango, inmueble que es de una extensión superficial situado en Avenida El Progreso y Calle Doctor Hermógenes Alvarado de UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO SETENTA sin número, Centro Escolar Católico Fray Engelberto Malissori, Barrio Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias El Centro, de esta ciudad y que según Certificación de la Denominación siguientes: AL SUR: Con terrenos de Santos Salvador, hoy de Juan Catastral, tiene una extensión superficial de UN MIL CUATROCIENTOS Salvador hijo, calle Pública de por medio y mide cincuenta y cuatro metros cuarenta y cuatro decímetros AL ORIENTE, Con terreno que antes fue de Miguel Avelar hoy de Alberto Erazo, camino que baja al río de por medio y mide treinta metros seis centímetros AL NORTE: Por ser de forma triangular con terreno que antes fue de Luis Martínez hoy de Luisa Hilario, Río Tihuashcon de por medio y mide cincuenta y seis metros setenta y nueve centímetros; y que según Certificación Catastral extendida por el Jefe de la Delegación de Catastro del Centro Nacional de Registros (CNR), del Departamento de Chalatenango; "la zona no se encuentra catastrada", pero que certifica la situación Física y Jurídica del Inmueble anteriormente descrito; que el Inmueble en referencia no es sirviente ni dominante con servidumbre alguna, el mismo no está en proindivisión con nadie y que el precio lo estima en la cantidad de CINCO MILDOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; lo que hago saber al público para los efectos de ley.

107 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Alcaldía Municipal: Tejutla departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil doce. Enmendado. IRAEL. Vale.- LIC. RAFAEL ANTONIO TEJADA PONCE, ALCALDE MUNI- CIPAL.- LICDA. VILMA ESTELA PEREZ AQUINO, SECRETARIA MUNICIPAL.- Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veinte días del mes de febrero del dos mil doce. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. c. No. F TITULO SUPLETORIO DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada Reyes Elizabeth Recinos Aguilar, en su calidad de Apoderada General judicial de la señora Rosa Mélida Landaverde de Ochoa, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza situado en el Cantón Talchaluya, jurisdicción de La Reina, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de OCHO MIL con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: línea recta de ciento cuarenta y nueve metros, cerco de alambre de por medio propio del inmueble, linda con el señor Pedro Valle; AL ORIENTE: línea semí Portillo, y que en dicho inmueble por el rumbo Norte se encuentra una casa construida de adobe con techo de teja, en buen estado, además es dominante por tener una servidumbre de tránsito o camino vecinal sobre el terreno propiedad de la señora María Félix Arévalo de Vásquez, el cual adquirió el día treinta de junio del año dos mil ocho, por compra hecha a su madre señora Jesús Arévalo de Landaverde, quien a su vez lo adquirió por compra que le hizo al señor Guillermo Landaverde el día diecinueve de julio del año dos mil uno, por lo que unida la posesión ejercida por mi mandante y su madre suman más de diez años de posesión. Por carecer de Documento inscribible en el Registro de la Propiedad, pero desde el momento de su adquisición tiene la posesión material, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida desde esa fecha, según lo exige la ley; dicho inmueble no se encuentra en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 3 v. alt. No. C Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ANA YANCIE MELGAR DE MARTINEZ, como Apoderada General Judicial del señor JOSE MANUEL LOPEZ CHICAS, a solicitar a rústica, situado en el lugar denominado El Rodeo, de la jurisdicción de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, DIEZ MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al ORIENTE, cuarenta metros con terreno del señor Adán Argueta, antes hoy Juana Rosalía Aguilar de Romero y María Teresa González, cerco de alambre y quebrada de por medio; al curva de ciento catorce metros, linda con el señor Ricardo Portillo y Félix NORTE, doscientos ocho metros con terreno del señor Salomón López, María Arévalo de Vásquez, cerco de alambre de por medio propio del cerco de alambre propio de por medio; al PONIENTE, sesenta metros inmueble; y AL PONIENTE: línea quebrada de ciento cincuenta y cuatro con terreno de José Samuel Sorto Sorto, cerco de alambre propio y calle metros, cerco de alambre propio de por medio, linda con la señora Elena vieja de por medio; y al SUR, doscientos ocho metros con terreno de María Hilaria Chicas viuda de López, hoy de María del Carmen González López, cerco de alambre de por medio.- En dicho inmueble está construída una casa, piso de tierra, paredes de adobe techo de tejas, con pozo real y energía eléctrica, de las medidas de seis metros de ancho por siete metros de largo.- Lo valora en la cantidad de QUINCE MIL COLONES; y, lo adquirió por compra venta de la posesión material por Escritura Pública que le efectuó la señora MARIA HILARIA CHICAS. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las quince horas del día dos de mayo de dos mil doce.lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INS- TANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 RENOVACION DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAME- RICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VALNAT, escrita en letras de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA- DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERA- DO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MEBIACID, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAME- RICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ICABUCAL, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA- DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERA- DO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra ICATOSFIN, escrita en letras de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

109 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RA- MON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ICA, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA- DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERA- DO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra AURISAN, escrita en letras de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA- DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERA- DO de LABORATORIOS INDUSTRIALES CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra ATEPRAT, escrita en letras de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. MARCA DE FABRICA 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. EL INFRASCRITO HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. SOL ENERGIA FUTURA Consistente en: las palabras SOL ENERGIA FUTURA, que servirá para: AMPARAR: PANELES SOLARES, Clase: 11. La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil doce. veintitrés de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. EL INFRASCRITO HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. veintisiete de enero del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: las palabras Sol - Ar y diseño, que servirá para: AMPARAR: PANELES SOLARES. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil doce. veinte de abril del año dos mil doce. NOMBRE COMERCIAL MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS FER- NANDO SUNCIN TREJO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN- CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EX- PRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL. ES CUESTIÓN DE CONFIANZA Consistente en: las palabras ES CUESTIÓN DE CONFIANZA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION EN EL PUBLICO CON- SUMIDOR SOBRE PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO Y CONSUMO HUMANO, La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil doce. cuatro de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, Consistente en: la palabra BLISS y diseño, donde la palabra Bliss se traduce al castellano como Felices, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A BRINDAR SERVI- CIOS DE PEDICURE, MANICURE, UÑAS ACRILICAS, UÑAS DE GEL, VENTA DE PRODUCTOS MARCA OPI PARA EL CUIDADO DE LAS UÑAS. La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil doce. REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

111 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de SUBASTA PUBLICA SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución promovida en este Juzgado, por el Licenciado LUIS ALONSO ZAVALA, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MILAGRO DE JESUS HERNANDEZ DE GOMEZ, contra el señor JOSE RAFAEL VASQUEZ, se venderá en pública subasta, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble de naturaleza urbana y las construcciones que contiene de sistema mixto, identificado como APARTAMENTO NUMERO DOCE DEL POLIGONO B, ubicado en el CONDOMINIO RESIDENCIAL SAN PABLO, situado al Sur del Pasaje Petén y al Oriente del Boulevard San Bartolo del Centro Urbano San Bartolo, en el lugar denominado EL AJUSTE, Cantón San Bartolo, Jurisdicción de Ilopango, de este departamento, de una extensión superficial de TREINTA Y DOS PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS, su medida cúbica es de NOVENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUBICOS, y sus medidas perimetrales son: AL NORTE, ocho punto setenta metros; AL ESTE, tres punto setenta metros; AL SUR, ocho punto setenta metros, y AL OESTE, tres punto setenta metros; inscrito a favor del señor JOSE RAFAEL VASQUEZ en el sistema de Folio Real Computarizado según matrícula SEIS CERO CERO DOS TRES OCHO CERO UNO-A CERO CERO CUATRO TRES, en el asiento SEIS, del Registro de la Propiedad del Departamento de San Salvador, el inmueble anteriormente descrito forma parte del Condominio Residencial San Pablo. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día uno de diciembre de dos mil once.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por el Licenciado ROBERTO RIVERA DURAN de 57 años de edad Abogado, de este domicilio, como Apoderado de la SOCIEDAD RIO ZARCO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia RIO ZARCO, S. A. DE C. V., de este domicilio contra el señor MACARIO MELARA FLORES, conocido por MACARIO MELARA, de ochenta años de edad, Comerciante del domicilio de El Congo, de este Departamento, por deuda de dinero se venderá en Pública Subaste por este Tribunal al mejor postor el inmueble siguiente: una porción de terreno rústico, hoy urbana, situada en el Cantón Congo, hoy villa del mismo nombre, desmembrada de la denominada Finca Santo Domingo, que tiene una superficie de DOS MIL CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS VEINTISIETE DECIMETROS CUADRA- DOS OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, situado en el costado Noreste del inmueble general siendo sus medidas y linderos siguientes: al SUROESTE veinticuatro metros cincuenta centímetros; con terrenos de Cipriana del Rosario Hernández de Melara y Alicia Orellana, calle de por medio; al NOROESTE en línea recta sesenta y cuatro metros sesenta centímetro, con resto del inmueble de propiedad del doctor Mancia Carritos; al NORESTE cuarenta y ocho metros noventa centímetros con resto del inmueble del Doctor Mancia Cerritos; al SURESTE en cinco tiros así: el primero de Noreste a Suroeste de diecinueve metros veinticinco centímetros; el segundo con deflexión de noventa grados y Sureste a Noroeste, tres metros cincuenta centímetros; el tercero con de flexión de noventa grados de Noreste a Suroeste, once metros sesenta y cinco centímetros; el cuarto con de flexión de noventa grados de Suroeste a Noroeste, nueve metros treinta centímetros; y el quinto con de flexión de noventa grados treinta y tres metros sesenta centímetros de Noreste a Suroeste, colindando en esta parte con terrenos de Macario Melara y Antonio Garcia. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas del día veinte de abril del año dos mil doce.- LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. CAR- MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. SOLICITUD DE NACIONALIDAD 3 v. alt. No. F DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora RAWAN ISSA JAMIL IJHA DE MIGUEL, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad palestina, estar casada con salvadoreño y tener domicilio fijo en El Salvador. La peticionaria en su solicitud manifiesta ser de veintiséis años de edad, de sexo femenino, casada, ama de casa, del domicilio de San Salvador, originaria de Jerusalén, Provincia de Belén, República de Palestina, lugar donde nació el día tres de mayo de mil novecientos ochenta y cinco. Su cónyuge responde al nombre de: Eduardo Elías Miguel Giha, de cuarenta y cuatro años de edad, Empresario Industrial, de nacionalidad salvadoreña. Siendo sus padres los señores: Issa Jamil Ihja y Rima Fleifel, ambos de nacionalidad palestina, sobrevivientes. Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador, el día once de agosto del dos mil seis. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades de la República de El Salvador. Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la prueba pertinente. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las quince horas con tres minutos del día seis de marzo de dos mil doce. DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO. 3 v. c. No. F

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REPOSICIÓN DE POLIZA DE SEGURO AVISO La Centro Americana, S. A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado ERLINDA ROSSANA SAMAYOA DE ALVARADO del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida emitida el 30/O 6/2009. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza. San Salvador, 16 de mayo de ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ, RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS. DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA 3 v. alt. No. C MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL. HACE CONSTAR: Que en LAS DILIGENCIAS DE MUERTE PRESUNTA, promovidas por el Licenciado JOEL YONY VENTURA PORTILLO, como Apoderado General Judicial de la señora ANDREA RAMIREZ DE ZARAGOZA, a efecto que sea declarada la muerte presunta del señor PEDRO JUAN ZARAGOZA, conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ; se dictó sentencia definitiva y se encuentran los pasajes que en lo conducente DICEN: "EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN MIGUEL A LAS CATORCE HORAS DEL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.- CONSIDERANDO V.- La muerte presunta, llamada también muerte legal, muerte ficticia, es aquella situación en que se encuentra una persona que ha desaparecido y sobre cuyo paradero se ignora y hay manifiesta incertidumbre si está viva o muerta, circunstancias que crean una incertidumbre jurídica en cuanto al ejercicio de los derechos y obligaciones tanto de la persona desaparecida, como de aquellos a quienes afecta la desaparición, y cuyo fallecimiento provoca la apertura de derechos exigibles de los cuales son beneficiarios y evidentemente de los que serían llamados a la sucesión.- Razón por la que el legislador previno la forma de disipar dicha incertidumbre ha establecido el procedimiento legal a seguir, para garantizar la seguridad jurídica de aquellos a quienes afecta o se ven afectados por la incertidumbre jurídica que se crea con la desaparición y presunción del fallecimiento de una persona, esto, sin menoscabar los derechos del presunto fallecido, en cuanto se establecen las garantías necesarias observadas en este proceso, a fin de no vulnerar la garantía de audiencia de aquel que ha desaparecido y que muestra fuertes indicios de haber dejado de existir, los cuales, han sido probados plenamente en el trámite de estas Diligencias, razón por la cual, cumplidos los trámites anteriores, concluido el término probatorio y vencido el plazo de que trata el artículo 97 del Código Civil, la suscrita se pronunciará declarando la Muerte Presunta del desaparecido, señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ, fijando como fecha presuntiva el último del primer bienio contado desde la fecha en que se tuvo las últimas noticias del desaparecido, otorgando la posesión definitiva de los bienes del desaparecido por haber transcurrido más de cuatro años desde que transcurrieron ochenta años desde el día del nacimiento del señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ, todo con arreglo a las disposiciones establecidas en los Artículos 79 y siguientes del Código Civil.- POR TANTO: De Acuerdo a las razones planteadas y a lo que determinan los Artículos 2 y 11 de la Constitución, 79, 80, 81 y siguientes del Código Civil; 421, 427, 429, 432, 436, 800 y siguientes del Código de Procedimientos Civiles, a nombre de la República de El Salvador, FALLO: a) DECLARASE PRESUNTAMENTE FALLECIDO al señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ. b) Fijando como fecha del fallecimiento el último día del primer bienio contado desde la fecha en que se tuvo las últimas noticias del desaparecido, o sea el día VEINTIUNO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CINCO.- c) Habiendo transcurrido más de cuatro años desde que transcurrieron ochenta años al día del nacimiento del señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ, CONCÉDESE A LA SEÑORA ANDREA RAMIREZ DE ZARAGOZA, de setenta y un años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Personal, CERO DOS OCHO UNO TRES UNO SIETE TRES GUION SEIS, en calidad de CONYUGE SOBREVIVIENTE la POSESIÓN DEFINITIVA DE LOS BIENES DEL DESAPARECIDO señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ. d) Al quedar firme esta resolución, líbrese oficio al señor Jefe del Registro del Estado Familiar de esta Ciudad, para que proceda a asentar en legal forma la partida de defunción del ya citado señor PEDRO JUAN ZARAGOZA conocido por PEDRO JUAN ZARAGOZA CHAVEZ y Publíquese el extracto de esta Sentencia en tres números consecutivos del Diario Oficial.- HAGASE SABER.- "E. de Parada." Ante mí, C. J. Hd. A. "Sría." RUBRICADAS. - Es conforme a su original con lo que se confrontó y para seguir con el trámite que la Ley establece de conformidad al Art. 80 Ord. 6. del Código Civil. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas del día nueve de mayo del dos mil doce. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. CARMEN JULIETE HERNANDEZ ALVAREZ, SECRETARIA INTA. MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. c. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RAFAEL GUERRA GUERRETTA, en su calidad de APODERADO de ENZACTA SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ENZACTA SALVADOR, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en; la palabra ENZACTA y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES

113 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA- DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIES; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil doce. veintiuno de febrero del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05 HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PE- NADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, C. A., de nacionalidad VENEZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO, CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RAFAEL GUERRA GUERRETTA, en su calidad de APODERADO de ENZACTA SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ENZACTA SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: las palabras BIO READY y diseño. La palabra Ready se traduce al castellano como: listo, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE- DANEOS DEL CAFE; HARINAS V PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POL- VOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIES; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil doce. veintiuno de febrero del año dos mil doce. CALCIOVEEX Consistente en: la palabra CALCIOVEEX 2-1-1, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS, Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO RODOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LA- BORATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, C.A., de nacionalidad VENEZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC- TO, ERIPRIM Consistente en: la palabra ERIPRIM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No F

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. siete de mayo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, SEPTIBRON Consistente en: la palabra SEPTIBRON, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOSVETERINARIOS, Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA REGISTRADORA. JOSE PENADO GULMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No.de Presentación: CLASE: 05. Hidro Rex Vital Aminoácidos Consistente en: las palabras Hidro Rex Vital Aminoácidos, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, NOVALGEX REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, Consistente en: la palabra NOVALGEX, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. 3 v. alt. No. F

115 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GULMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MASTIVEEX Consistente en: la palabra MASTIVEEX, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente : No. de Presentacion: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, C. A., de nacionalidad VE- NEZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, CROPOT Consistente en: la palabra CROPOT, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. FLUNIVEEX Consistente en: la palaba FLUNIVEEX, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA JOSE PENADO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de LABO- RATORIOS REVEEX DE VENEZUELA, CA., de nacionalidad VENE- ZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, OSMOLAR Consistente en: la palabra OSMOLAR, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No F

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 De Tercera Publicación ACEPTACION DE HERENCIA JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con quince minutos del día dieciséis de marzo de dos mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día doce de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, dejó la causante SANTOS ARGUETA conocida por SANTOS ARGUETA HIJA, de parte de la señora MARTA ALICIA ARGUETA QUINTEROS, en su calidad de hija de la referida de cujus.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las diez horas con quince minutos del día veintidós de marzo de dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, 3 v. alt. No. C ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU- PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSE PEDRO AYALA CASTRO, conocido por JOSE PEDRO AYALA, quien falleció el día dos de noviembre de dos mil diez, en el Cantón Olomega, Jurisdicción de El Carmen, Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora MARIA ADELA CASTILLO, en calidad de conviviente sobreviviente del causante. Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado, la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado. 3 v. alt. No. F LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante MARIA JULIA CE- BALLOS VILLALTA o JULIA SAVALLOS PIMENTEL o JULIA CEBALLOS VILLALTA, quien falleció el día catorce de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en el Hospital Nacional Santa Teresa, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, por parte de ANTONIA DE LA CRUZ SAVALLO conocida por ANTONIA DE LA CRUZ SE- VALLOS, CRUZ ANTONIA PIMENTEL, ANTONIA DE LA CRUZ PIMENTEL, ANTONIA DE LA CRUZ SAVALLOS, ANTONIA DE LA CRUZ CEBALLOS, CRUZ ANTONIA CEBALLOS y por CRUZ ANTONIA CEVALLOS, en concepto de hija del referido causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecinueve de marzo de dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 3 v. alt. No. F ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU- PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las quince horas y veinticinco minutos se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JULIO ANTONIO RIVAS, quien falleció el día dos de junio del dos mil dos, en el Cantón Olomega, Ciudad de El Carmen, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora CATALINA OSEGUEDA DE RIVAS, conocida por CATALINA OSEGUEDA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiérese a dicha aceptante, en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

117 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes de mayo del dos mil doce.- LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, 3 v. alt. No. F LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA, AL PUBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que se han promovido por el Licenciado JOSE ISMAEL CORTEZ ESTRADA, Diligencias de Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara el señor ENRIQUE AGUILAR conocido por ENRIQUE AGUILAR CARIAS, quien falleció sin haber dejado testamento, el día ocho de abril de mil novecientos noventa y cinco, siendo su último domicilio Barrio Santa Bárbara, Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, y se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE INTERINO con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente de dicha sucesión, al señor LUIS ALONSO ARGUETA MORAN, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión del referido causante le correspondían a la señora YOHANNA BEATRIZ AGUILAR DE MAZARIEGO, en su calidad de hija sobreviviente del causante antes referido, el día nueve de mayo del corriente año. de enero del año dos mil, siendo su último domicilio la ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador, de parte del señor EN- RIQUE SANCHEZ CARRILLO, en su calidad de hijo legítimo de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios de sus hermanas ISABEL SANCHEZ DE JIMENEZ, ROSA HERLINDA SANCHEZ DE BOQUIN, MARTA DELIA SANCHEZ DE GUZMAN y MARIA MAGDALENA SANCHEZ CARRILLO; a quien se le ha conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo anterior se hace saber al público por el presente y único aviso para los efectos de Librado en mi oficina Profesional, San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce. GILBERTO RIVAS HERRERA, NOTARIO. 3 v. alt. No. F JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos del día seis de febrero del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante MIGUEL ANGEL AGREDA PEREZ, quien falleció a las diecisiete horas del día trece de Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse a este Tribunal, las personas que se crean con derecho a la herencia de parte de los señores ALMA VERONICA SASSO DE AGREDA, diciembre de dos mil cuatro; siendo Ayutuxtepeque su último domicilio, que a su defunción dejara el referido causante. DOMITILA DEL ROSARIO PEREZ GUERRA, MIGUEL ISAAC AGREDA SASSO y la menor KEREN RAQUEL AGREDA SASSO, en Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de la ciudad sus conceptos de cónyuge sobreviviente, madre e hijos del de cujus. de Santa Ana, a los nueve días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE Se confirió además a los aceptantes en el carácter antes indicado, LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. ELIDA ZULEIMA la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. yacente, debiendo ejercerla la menor a través de su Representante Legal su madre, señora ALMA VERONICA SASSO DE AGREDA. 3 v. alt. No. F Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente Edicto, debiendo ejercerla los menores antes mencionados a través de su Representante Legal su madre señora MARIA ELENA GILBERTO RIVAS HERRERA, Notario, de este domicilio, con Oficina TOLEDO RODRIGUEZ. profesional situada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edificio Viena, Local Once, Centro de Gobierno, al público. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de febrero de dos mil doce.- LIC. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, en esta ciudad, a las doce horas del día cuatro de mayo del año JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, dos mil doce, se ha tenido por aceptada la herencia Ab-Intestato de la causante MARTA CARRILLO DE SANCHEZ, fallecida en Cantón Planes de Renderos, jurisdicción de Panchimalco, Departamento de 3 v. alt. No. F San Salvador, a las veintiuna horas con diez minutos del día veintiséis

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 JOSE RAFAEL GUERRA GUERRETTA, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Sesenta y Siete Avenida Sur, Edificio Número Trescientos, Segunda Planta Local Número Seis, Colonia Roma de esta ciudad, al público para los efectos de ley. HAGO SABER: Que según resolución dictada a las nueve horas del día tres de mayo del año dos mil doce, en las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria, Iniciadas ante mis oficios de Notario se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción, ocurrida en el Hospital de Emergencias y Diagnóstico, de la ciudad y departamento de San Salvador, el día seis de enero del año dos mil doce, dejó el señor ALBERTO COHEN SITRUCK, de parte de ALBERTO MIGUEL COHEN PINTO, en su calidad de hijo del causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario, JOSE RAFAEL GUERRA GUE- RRETTA. En la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.- HERENCIA YACENTE JOSE RAFAEL GUERRA GUERRETTA, NOTARIO. 3 v. c. No. C JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y ocho minutos del día veinticuatro de agosto del presente año, se declaró yacente la herencia de los bienes que a su defunción dejó la causante ANGELA ESPERANZA ALVARADO DE MORAZAN, quien fuera de sesenta y tres años de edad, cosmetóloga, de este domicilio, habiendo fallecido a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil nueve; nombrándose como Curador de la Herencia Yacente al Licenciado MAURICIO ANTONIO VASQUEZ DURAN, a quien se le ha hecho saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas y treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil once.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA. TITULO SUPLETORIO JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con Claúsula Especial de la señora MARIA CONCEPCION VELIS DE HERNANDEZ, de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, con domicilio y residencia en Cantón Rojas, Caserío La Joya, Sensuntepeque, Cabañas; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora, de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Caserío La Joya, Cantón Rojas, Jurisdicción de Sensuntepeque, Cabañas, con una Extensión Superficial de UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO DIECISEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda AL ORIENTE: trece punto cincuenta y cuatro metros, colindando con María Santos Amaya, separados por cerco de púas; AL SUR: ochenta punto catorce metros, colindando con Atilio Larreynaga, separados por cerco de púas; AL PONIENTE: seis punto cincuenta y seis metros; colindando con Rosa Haydeé Cruz Velis, separados por cerco de púas; AL NORTE: noventa y tres punto veintitrés metros, colindando con Rosa Haydeé Cruz Velis y con Santos Amaya, separados por cerco de púas. Lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora MARÍA SALVADORA LARA DE VELIS, en el mes de agosto de dos mil ocho. Y lo valora en MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce. Enmendado. Superficial. Vale.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SE- CRETARIO. 3 v. alt. No. C JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con Claúsula Especial de la señorita ROSA HAYDEE CRUZ VELIS, de veintidós años de edad, estudiante, con domicilio y residencia en Cantón Rojas, Caserío La Joya, Sensuntepeque Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señorita, de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Rojas, Caserío La Joya, Sensuntepeque Cabañas, con una Extensión Superficial de SEIS MIL CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, que mide y linda AL NORTE: Ochenta y cuatro punto noventa y dos metros colindando con Juan José Lara, separados por cerco de púas; AL ORIENTE: cincuenta y cuatro punto cincuenta y dos metros, colindando con Juan José Lara, separados por cerco de púas; AL SUR: ciento treinta y tres punto noventa y siete metros colindando con Ana María Ramos, María Concepción Velis y Atilio Larreynaga, todos separados por cerco de púas; AL PONIENTE: sesenta punto veintiún metros, colindando con Josefa Larreynaga, separados por cerco de malla ciclón y por calle pública que conduce a Sensuntepeque. Lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora MARÍA SALVADORA LARA DE VELIS, en el mes de enero de dos mil once. Y lo valora en SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce. Enmendados-señorita-TREINTA -calle. Valen. Entre líneas con. Valen.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER- NESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

119 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de RENOVACIÓN DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18, 25, 28. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de PUMA SE, del domicilio de Puma Way 1, Herzogenaurach, Germany, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una figura de un puma saltando; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 18, 25, 28 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de INDUSTRIAS LACTEAS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de 10 Calle 2-45, Zona 14, oficina 805, Ciudad de Guatemala, Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN DISEÑO ARTISTICO DE FONDO COLOR NEGRO QUE CONTIENE LA PALABRA Kurt ESCRITA EN LETRA TIPO BLOQUE, DELINEADA EN BLANCO Y FONDO NEGRO Y EN MINUSCULA A EXCEP- CION DE LA LETRA "K" QUE ESTA EN MAYUSCULA. ABAJO DE LO ANTERIOR SE ENCUENTRA EL DISEÑO DE UN NIÑO DE CARA SONRIENTE Y CON SU MANO DERECHA EXTENDIDA Y LA IZQUIERDA ESCONDIDA EN SU ESPALDA que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil once. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de CALEDONIA, SOCIEDAD ANONI- MA, del domicilio de 10 CALLE 2-45, OFICINA 805, CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "LAIT"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil once. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de INDUSTRIAS LACTEAS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de KM. 13 CARRETERA AL PACIFICO, ALDEA VILLALOBOS, VILLANUEVA, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN DISEÑO ARTISTICO DE FONDO COLOR NEGRO

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 QUE CONTIENE LA PALABRA Kurt ESCRITA EN LETRA TIPO BLOQUE, DELINEADA EN BLANCO Y FONDO NEGRO Y EN MINUSCULA A EXCEPCION DE LA LETRA "K" QUE ESTA EN MAYUSCULA. ABAJO DE LO ANTERIOR SE ENCUENTRA EL DISEÑO DE UN NIÑO DE CARA SONRIENTE Y CON SU MANO DERECHA EXTENDIDA Y LA IZQUIERDA ESCONDIDA EN SU ESPALDA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil once. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42, v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Reckitt Benckiser S.àr.l, del domicilio de 39 Boulevard Joseph II, L-1840 Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo, de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "RECKITT BENCKISER" en letras mayúsculas de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42, 45 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once. MARCA DE FÁBRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDY GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE- RADO ESPECIAL de BEST VALUE USA, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras BEST VALUE y diseño, que se traducen al castellano como MEJOR VALOR, que servirá para: AM- PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NÁUTI- COS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBU- CIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉCTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil doce. trece de abril del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MARIA DAFNE RUIZ, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F v. alt. No. C

121 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 24. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de APODERADO de LIFESTYLE EQUITIES CV, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabra Beverly Hills Polo Club y diseño, en donde la palabra HILLS se traduce como COLINAS, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPREN- DIDOS EN OTRAS CLASES, ROPA DE CAMA Y DE MESA. Clase: 24. La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil doce. veinticuatro de abril del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de APODERADO de LIFESTYLE EQUITIES CV, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁ- FICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, RE- GULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DEL SONIDO E IMÁGENES; SOPORTE DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS RE- GISTRADORAS, MÁQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día diez de abril del año das mil doce. veinticuatro de abril del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAL COMERCIAL SAN MARTIN, S.A., de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras Beverly Hills Polo Club y diseño, en donde la palabra HILLS se traduce como COLINAS, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, Consistente en: en un diseño denominado CARNES SAN MARTIN, que servirá para: AMPARAR: CARNES, AVES Y EXTRACTOS DE CARNE. Clase: 29.

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil once. veintinueve de marzo del año dos mil doce. veintinueve de noviembre del año dos mil once. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAVIVIENDA Consistente en: la palabra DAVIVIENDA, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁ- FICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMU- LACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUC- CIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AU- TOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAVIVIENDA Consistente en: la palabra DAVIVIENDA, que servirá para: AM- PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM- PRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁ- QUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAL PLÁSTICAS PARA EMBA- LAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLIC. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintinueve de marzo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F

123 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL CAR- TÓN Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACIÓN FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESI- VOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATE- RIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintiocho de marzo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, NOMBRE COMERCIAL 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA PIRAMIDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HOMERO LOMBARDO HIDALGO SAMAYOA, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras PREFACERO INGENIERIA DE ESTRUCTURAS METALICAS y diseño, que servirá para: IDEN- TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO AL DISEÑO Y CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS METALICAS EN ACERO PARA RAMA MERCANTIL E INDUSTRIAL. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año das mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CONVOCATORIA LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD INALPASA, DE C.V. Consistente en: las palabras farmacias San Nicolás y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA COMPRA, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS FARMACUTICOS La Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "INVERSIONES ALPA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia "INALPA, S.A. DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las cláusulas décima sexta, décima

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 octava y vigésima de la escritura de constitución de sociedad y artículos doscientos veintitrés, doscientos veinticuatro, doscientos veintiocho, doscientos cuarenta, doscientos cuarenta y uno y doscientos sesenta y cinco todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad, el día veinticinco de mayo de dos mil doce, a las trece horas, y en segunda convocatoria para el veintiséis de mayo de dos mil doce, a la misma hora, en las oficinas principales de la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador. La agenda a conocer es la siguiente: Asuntos de Carácter Ordinario: 1- Establecimiento del quórum; 2- Memoria de labores de la Junta Directiva; 3- Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y destino de utilidades, todos del ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2011; 4- Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo para el ejercicio 2012; 5- Fijación de emolumentos a Directores y Auditores. Para llevar a cabo la Junta General de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y en la segunda convocatoria, cualquiera sea el número de acciones representadas. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil doce. PATRICIA EUGENIA AVILES MIRANDA, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ACERO CENTRO AVILÉS, S.A. DE C.V. La Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "ACERO CENTRO AVILÉS, S.A. DE C.V." que se abrevia "ACAVISA, DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las cláusulas décima cuarta, décima octava y décima novena literal a) de la escritura de constitución de sociedad y artículos doscientos veintitrés, doscientos veinticuatro, doscientos veintiocho, doscientos cuarenta, doscientos cuarenta y uno y doscientos cuarenta y tres todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día veinticinco de mayo de dos mil doce, a las ocho horas, y en segunda convocatoria para el veintiséis de mayo de dos mil doce, a la misma hora, en las oficinas principales de la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador. La agenda a conocer es la siguiente: Asuntos de Carácter Ordinario: 1- Establecimiento del quórum; 2- Memoria de labores de la Junta Directiva; 3- Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y destino de utilidades, todos del ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2011; 4- Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio 2012; 5- Elección y nombramiento de miembros de la Junta Directiva de la sociedad; y 6- Fijación de emolumentos a Directores y Auditores. Asuntos de Carácter Extraordinario: 1- Aumento de Capital para que sea divisible entre el número y valor de las nuevas acciones, en adecuación a las reformas del Código de Comercio. 2- Modificación al Pacto Social en adecuación a las reformas del Código de Comercio y según las necesidades de la sociedad. 3- Nombramiento de Ejecutor Especial. Para llevar a cabo la Junta General de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, en cuanto a los puntos ordinarios, y de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social, respecto del punto extraordinario, y en la segunda convocatoria, cualquiera sea el número de acciones representadas, respecto de los puntos ordinarios, y la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social, en cuanto al punto extraordinario, excepto lo correspondiente al capital para lo cual se necesita de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil doce. MARIA ELENA GUADALUPE AVILES DE AISENBERG, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD CARAV, S.A. La Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "CARAV, SOCIE- DAD ANÓNIMA" que se abrevia "CARAV, S.A.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las cláusulas octava, décima y décima sexta literal h) de la escritura de constitución de sociedad y artículos doscientos veintitrés, doscientos veinticuatro, doscientos veintiocho, doscientos cuarenta, doscientos cuarenta y uno y doscientos sesenta y cinco todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad, el día veinticinco de mayo de dos mil doce, a las doce horas, y en segunda convocatoria para el veintiséis de mayo de dos mil doce a la misma hora, en las oficinas principales de la sociedad, ubicadas en veinticinco avenida sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador. La agenda a conocer es la siguiente: Asuntos de Carácter Ordinario: 1- Establecimiento del quórum; 2- Memoria de labores de la Junta Directiva; 3- Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y destino de utilidades, todos del ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2011;

125 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo para el ejercicio 2012; y 5- Fijación de emolumentos a Directores y Auditores. Para llevar a cabo la Junta General de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y en la segunda convocatoria, cualquiera sea el número de acciones representadas. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil doce. el capital social, respecto del punto extraordinario, y en la segunda convocatoria, cualquiera sea el número de acciones representadas, respecto de los puntos ordinarios, y la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social, en cuanto al punto extraordinario. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil doce. LUIS ERNESTO AVILES MIRANDA, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. PATRICIA EUGENIA AVILES MIRANDA, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V. El Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V" que se abrevia "APACHE, S.A. DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las cláusulas décima sexta y décima séptima de la escritura de constitución de la sociedad y artículos doscientos veintitrés, doscientos veintiocho, doscientos cuarenta, doscientos cuarenta y uno y doscientos sesenta y cinco todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día veinticinco de mayo de dos mil doce, a las diez horas, y en segunda convocatoria para el veintiséis de mayo de dos mil doce a la misma hora, en las oficinas principales de la sociedad, ubicadas en veinticinco avenida sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador. La agenda a conocer es la siguiente: Asuntos de Carácter Ordinario: 1- Establecimiento del quórum; 2- Memoria de labores de la Junta Directiva; 3- Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y destino de utilidades, todos del ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2011; 4- Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio 2012; y 5- Fijación de emolumentos a Directores y Auditores. Asuntos de Carácter Extraordinario: 1- Aumento de Capital para que sea divisible entre el número y valor de las nuevas acciones, en adecuación a las reformas del Código de Comercio. 2- Modificación al Pacto Social en adecuación a las reformas del Código de Comercio y según las necesidades de la sociedad. 3- Nombramiento de Ejecutor Especial. Para llevar a cabo la Junta General de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, en cuanto a los puntos ordinarios, y de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido CONVOCATORIA 3 v. alt. No. C La Junta Directiva de INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES S.A. DE C.V., CONVOCA a los accionistas de ésta, para que concurran a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las diecisiete horas del día once de junio del dos mil doce, en las oficinas situadas en la Calle Libertad Oriente entre 17 y 19 Av. Sur número 48, Bo. San Rafael, Santa Ana. La Agenda de la Junta será la siguiente: 1. Establecimiento del Quórum. 2. Lectura del Acta de la Sesión Anterior. 3. Presentación de la memoria de labores de la administración. 4. Presentación de los Estados Financieros de la sociedad, correspondientes al ejercicio económico del año Presentación del informe del Auditor Externo. 6. Nombramiento de Administradores. 7. Nombramiento del Auditor Externo y suplente y fijación de los emolumentos del primero. 8. Nombramiento del Auditor Fiscal y sus emolumentos. 9. Aplicación de utilidades 10. Puntos varios. Esta Junta General se considera legalmente instalada al encontrarse presente y representadas el cincuenta y uno por ciento de las acciones que conforman al Capital Social. Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convocatoria por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria, a las diecisiete horas del día quince de junio del dos mil doce, en el mismo lugar señalado en esta convocatoria. Para la segunda convocatoria, el quórum se constituirá con la asistencia de las presentes. San Salvador, 17 de mayo de 2012 JOSE RIGOBERTO HERNANDEZ, ADMINISTRADOR UNICO. 3 v. alt. No. C

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 SUBASTA PUBLICA EL INFRASCRITO JUEZ, DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA- DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos de este día, se ha ordenado la VENTA EN PÚBLICA SUBASTA en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado JULIO CÉSAR TORRES VARGAS, de cincuenta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de Usulután, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor MAURO DE JESÚS APARICIO conocido por MAURO DE JESÚS APARICIO GARCÍA, de cuarenta años de edad, Empleado, del domicilio de Usulután, contra la señora GERTRUDIS VIDES AESCHBACHER, de sesenta y cinco años de edad, Oficinista, del domicilio de Usulután, a quien se le reclama la cantidad de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de capital líquido, más los intereses correspondientes y costas procesales: sobre Un Derecho Pro-indiviso equivalente a TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y CUATRO POR CIENTO, del siguiente inmueble:"un solar urbano situado en el Barrio El Calvario de esta ciudad, distrito y departamento de Usulután, de la capacidad superficial de DOSCIEN- TOS TREINTA Y UN METROS VEINTIOCHO DECÍMETROS Y TREINTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS, que mide y linda: ORIENTE: treinta y seis metros, noventa y seis centímetros, casa y solar de la finada Manuela Amaya, que la está ocupando la señora Berfalia Amaya NORTE; seis metros veintiocho centímetros, calle de por medio, solar de Felipe Vides; PONIENTE: treinta y seis metros noventa y seis centímetros, casa y solar de Virginia Silis de Paniagua; y SUR; seis metros cuarenta centímetros, calle de por medio, casa de Raquel Gómez de Blandón. En dicho solar hay construida una casa de tejas, paredes de adobe de seis metros veintiocho centímetros de frente por diez metros de fondo inclusive el corredor. Inscrito dicho derecho en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, bajo la matrícula Número: SIETE CINCO CERO CINCO SEIS SIETE TRES TRES- CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento TRES, de Propiedad de este departamento. Quien quiera hacer posturas que ocurra al Tribunal que se le admitirán siendo legal. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los treinta días del mes de abril del año dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H. 3 v. alt. No. F VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, marcado en este juzgado bajo la Referencia 48-EMR-08, promovido por el Lic. JOEL REYNALDO PÉREZ, Apoderado de la CAJA DE CRÉDITO DE AGUI- LARES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CAJA DE CRÉDITO DE AGUILARES, S.C.DE R.L DE C.V., antes CAJA DE CRÉDITO RURAL DE AGUILARES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra el demandado Sr. JOSÉ EVELIO FUNES MARROQUÍN o JOSÉ EVELIO FUNES, reclamándole cantidad en Dólares y accesorios legales, se venderá en fecha que oportunamente se señalará y hará saber, en este Juzgado en Pública Subasta, los inmuebles embargados siguientes: a) '"""Un inmueble de naturaleza rústica, ubicado al NOROESTE DE LA HACIENDA SANTA BÁRBARA, JURISDICCIÓN DE GUAZAPA, DEL DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, propiedad del Señor JOSÉ EVELIO FUNES MARROQUÍN, conocido por JOSÉ EVELIO FUNES, dicho inmueble posee una capacidad superficial de SIETE MIL METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias especiales siguientes: AL NORTE: En línea recta ochenta y tres metros sesenta centímetros, con porción de terreno vendida por el señor Bibiano Molina a los señores Francisco Antonio Chavarría, María Elvira Chavarría y Santiago Flores Chavarría; AL ORIENTE: ochenta y tres metros sesenta centímetros, linda con Hacienda Santa Bárbara, de don Juan Francisco Castellanos, siguiendo en parte el curso del río Chumulapa; AL SUR: ochenta y tres metros sesenta centímetros, con resto de terreno que le quedó al señor Bibiano Molina; y AL PONIENTE: ochenta y tres metros sesenta y tres centímetros, con porción de terreno vendida por el señor Bibiano Molina al señor Belamino Cardoza conocido por Belamino Navarro. Inscrito a favor del Sr. JOSÉ EVELIO FUNES MARROQUÍN, conocido por JOSÉ EVELIO FUNES, y gravado con Primera Hipoteca a favor de la CAJA DE CRÉDITO DE AGUILARES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CAJA DE CRÉDITO DE AGUILARES, S.C.DE R.L. DE C.V., antes CAJA DE CRÉDITO RURAL DE AGUILARES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en su orden por inscripciones a los Asientos UNO, DOS Y TRES de la Matrícula SEIS CERO UNO OCHO NUEVE OCHO CINCO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO del Sistema de Información de Registro y Catastro, del Centro Nacional de Registros, Primera Sección del Centro""""""""" B) """""Inmueble identificado como LOTE N 19, SITO, EN EL NOR-OESTE DE LA HACIENDA SANTA BÁRBARA, DE LA JURISDICCIÓN DE GUAZAPA, DEPARTAMEN- TO DE SAN SALVADOR, propiedad del Señor JOSÉ EVELIO FUNES MARROQUÍN, conocido por JOSÉ EVELIO FUNES, dicho inmueble es de naturaleza rústica, de una capacidad superficial de CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS PUNTO CERO TRES METROS CUA- DRADOS, cuya descripción técnica comienza del esquinero Noroeste y mide y linda: AL NORTE: dos tramos rectos, el primero de setenta y siete metros cuarenta y cuatro centímetros, colinda con Lote número dieciocho, María del Tránsito Colocho Batres, y el segundo treinta y cuatro metros cincuenta y seis centímetros, colindando con el resto de terreno del cual se desmembró el que se describe, con calle de seis metros de ancho de por medio, que atraviesa el inmueble general; AL ORIENTE: compuesto de dos tramos rectos, el primero de veintinueve metros cincuenta centímetros, y el segundo de veintiséis metros sesenta y siete centímetros colindando con resto del inmueble general, del cual se desmembró el que se describe; AL SUR: tramo recto de setenta y tres metros diecinueve centímetros, colindando con resto del inmueble general, del cual se desmembró el que se describe; Y AL PONIENTE: compuesto de cuatro tramos rectos, el primero de siete metros noventa centímetros, el segundo de seis metros cuarenta y cuatro centímetros, el tercero de veintisiete metros noventa y tres centímetros, y el cuarto veintinueve metros sesenta y tres centímetros, colindando también por este rumbo con resto del inmueble general de donde se desmembró el que se describe, que es propiedad de la señora Sonia Alvarado. Inscrito a Propiedad del señor JOSE EVELIO FUNES MARROQUÍN, conocido por JOSÉ EVELIO FUNES, al Asiento UNO de la Matrícula SEIS CERO UNO NUEVE CERO CERO DOS UNO - CERO CERO CERO CERO CERO del Sistema de Información de Registro y Catastro del Centro Nacional de Registros. Primera Sección del Centro.

127 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN- TÍA: San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce. LIC. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.- LICDA. LOURDES MARIA ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las nueve horas del día veintiuno de marzo del año dos mil doce. LICDA. MARIBEL DEL RO- SARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO, LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, 3 v. alt. No. F LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado RAMON ALFREDO TORRES TURCIOS, en su calidad de Apoderado General Judicial de ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y CONSUMO DE LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACCEANTEL, DE R.L., en contra de las demandadas señoras SILVIA ANGELINA DOMINGUEZ VILLALTA y ANA RUTH ARRIAZA REGALADO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal el bien embargado a la señora SILVIA ANGELINA DOMINGUEZ VILLALTA, consistentes en el vehículo siguiente: PROPIETARIA: SILVIA ANGELINA DOMINGUEZ VILLALTA, PLACAS: P187941, MARCA: TOYOTA, CLASE: AUTOMOVIL, AÑO: 1992, COLORES: BEIGE, MODELO: CRESSIDA GLX,; CAPACIDAD: 5 ASIENTOS,; NUMERO DE MO- TOR: 1G , NUMERO DE CHASIS: GX , NUMERO DE CHASIS VIN: N/T. Se admitirán posturas siendo legales. BALANCE DE LIQUIDACION REPOSICION DE CERTIFICADOS La Caja de Crédito de Usulután avisa: que a sus oficinas se ha presentado El Señor José Ricardo Fuentes, propietario del Certificado de acciones, serie "A", No.8650, que ampara NOVENTA Y DOS ACCIONES, solicitando reposición por extravío. Si transcurrido 30 días, después de la tercera y última publicación del presente aviso en el Diario Oficial no se recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dicho certificado. 09 de Marzo de 2012 LUIS ALONSO ARCE MARTINEZ, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 MARCA INDUSTRIAL No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PRODUCTOS SARITA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, SARITA Consistente en: la palabra SARITA, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHOLICAS DE SABORES DE FRUTA. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce. por medio de Escritura Privada, ante los Oficios del Notario Mirian del Carmen Reyes Aguilar, el día dieciséis de enero de dos mil siete, no es veintisiete de marzo del año dos mil doce. guión tres, con Número de Identificación Tributaria cero uno cero tres guión dos cuatro cero cinco ocho uno guión uno cero uno guión siete, con Tarjeta de Identificación de Abogado Número uno ocho cero cinco seis, actuando en calidad de Apoderado Especial de la señora Noemí Valiente de Morán, de cincuenta y siete años de edad, ama de casa, del domicilio de Santo Tomás, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número, cero cero cuatro tres cinco dos seis cuatro guión cinco, en carácter personal y por escrito a promover diligencias de TITULACION DE UN PREDIO URBANO a favor de la señora Noemí Valiente de Morán, en la Alcaldía Municipal de la población de Turín, del Departamento de Ahuachapán, de un predio de naturaleza urbana, situado en calle central poniente Gerardo Barrios, Barrio El Socorro de esta población, de una EXTENSION SUPERFICIAL DE CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRA- DOS ( Mts.2), cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE: siete metros cuarenta centímetros con los señores: Berta Graciela Centeno, José Everto Valiente Ramírez y Alex Alfonso Valiente Zepeda, calle por medio; AL ORIENTE: veintiún metros treinta y cinco centímetros con el señor Luis Alfonso Contreras, cerco propio en medio; AL SUR: siete metros cuarenta centímetros con el señor Luis Alfonso Contreras; AL PONIENTE: veintiún metros treinta y cinco centímetros con Glorida Consuelo Girón de Torrento; dicho inmueble fue adquirido dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ninguna naturaleza, ni está en proindivisión con nadie, y lo posee de forma quieta y pacífica por más de veinte años consecutivos. El Inmueble carece de antecedente inscrito y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($2,000.00). Se hace Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, saber al público en general para los efectos legales consiguientes. REGISTRADORA. Alcaldía Municipal de Turín, a los quince días del mes de mayo FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, de dos mil doce. JOSE ADALBERTO CRISTALES VALIENTE, ALCALDE MUNICIPAL. CECILIA ISABEL RIVERA DE GARCIA, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F TITULO DE PREDIO URBANO MARCAS DE SERVICIOS JOSE ADALBERTO CRISTALES VALIENTE, ALCALDE MUNI- CIPAL DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE TURIN, DEL DEPAR- TAMENTO DE AHUACHAPAN, AL PÚBLICO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó el señor Roberto Vladimir Hernández Escalante, de treinta años de edad, abogado, del domicilio de Turín, departamento de Ahuachapán, portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno uno seis cero uno seis siete HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de

129 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DAVIVIENDA Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de marzo del año dos mil doce. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, Consistente en: la palabra DAVIVIENDA, que servirá para: AM- PARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintinueve de marzo del año dos mil doce. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGO- CIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintiocho de marzo del año dos mil doce. Consistente en; diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMI- NISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintinueve de marzo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DAVIVIENDA Consistente en: la palabra DAVIVIENDA, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. veintiocho de marzo del año dos mil doce. DAVIVIENDA LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIAMS LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, ANDRES GONZALEZ GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA REGISTRADORA. DE SERVICIOS, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. F Consistente en: la expresión SVMACROSYS, que servirá para: AMPARAR: CREACION DE SOFTWARE; SOPORTE TECNICO; No. de Expediente: INSTALACION DE REDES; CREACION DE PAGINAS WEB. Clase: 42. No. de Presentación: La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil CLASE: 38. doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA dos de mayo del año dos mil doce. LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, el registro de la MARCA DE SERVICIOS, JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, Consistente en: la palabra DAVIVIENDA, que servirá para: AM- PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: v. alt. No. F

131 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: FULLTAC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Presentación: CLASE: 03, 30, 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA MARIA LOPEZ DE VILLEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, ANA CECILIA RODAS, de nacionalidad SALVADOREÑA y LEYDI DEL CARMEN CANTORALES MONTERROZA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra ASMI y diseño, que servirá para: AMPA- RAR PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO. Clase: 03. Para: AMPARAR CAFE, TE, CACAO, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA, VINAGRE, SALSAS, ESPECIAS, HIELO, HELADOS COMESTIBLES. Clase: 30. Para: AMPARAR PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS; ZUMOS DE FRUTAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil doce. quince de febrero del año dos mil doce. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. Consistente en: la expresión MADEROL 750 y diseño, que servirá para: AMPARAR: PEGAMENTO INDUSTRIAL. Clase: 01. La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EGBERT MAURICIO MUYSHONDT AVILA, en su calidad de REPRESENTAN- TE LEGAL de IBERO EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IBERO EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ANA MA- RIA JOMA SALES, en su calidad de APODERADO de FULLTAC, Consistente en: las palabras DIAMANTE FANCY y diseño, que se traducen al castellano como Diamante Extravagante, que servirá para: AMPARAR: CAFE. Clase: 30.

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año dos mil doce. dieciséis de abril del año dos mil doce. veintinueve de marzo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra DAVIVIENDA y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁ- FICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMU- LACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUC- CIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AU- TOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce. REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA MILAGRO INOCENTE DE ALVARADO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras URBAN TOUCH, que se traducen al castellano como TOQUES URBANOS, que servirá para: AMPARAR: ZAPATOS Y SANDALIAS TEJIDOS A MANO EN PUNTO DE CROCHET. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil doce. tres de febrero del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

133 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de SECCION DOCUMENTOS OFICIALES Ministerio de Educación 133 RESOLUCIÓN No. 422/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JORGE ELISEO AZUCENA ORTEGA, Municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JORGE ELISEO AZUCENA ORTEGA, Municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, a NELSON ERIK CHACÓN LIMA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 426/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030654) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA, Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA, Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, a YENY LETICIA ROMERO MARTÍNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 429/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030122) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 25 de febrero de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a GUNNAR EDUARDO FRANCO TABLAS. Para los efectos de PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030630)

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 RESOLUCIÓN No. 436/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de enero de 1993 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado Obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a LUZ DE MARÍA HERNÁNDEZ SALMERÓN. Para los efectos de PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 441/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030283) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR PABLO SORIANO URQUILLA, Municipio de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 17 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR PABLO SORIANO URQUILLA, Municipio de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, a SANTIAGO RUIZ MEJÍA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 446/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030385) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, a KARLA MARÍA TOMASINO FIGUEROA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030587)

135 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de RESOLUCIÓN No. 448/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, extendido con fecha 15 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, a YOANA CAROLINA CALDERÓN CHÉVEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 449/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030483) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JOSÉ ALFREDO TURCIOS MIRANDA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 451/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030484) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JENNY CAROLINA VILLALTA SÁNCHEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030671)

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 RESOLUCIÓN No. 453/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO DE BOLÍVAR, Municipio de Bolívar, Departamento de La Unión, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO DE BOLÍVAR, Municipio de Bolívar, Departamento de La Unión, a VILMA LISSETH ESPINAL SALMERÓN. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 455/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030523) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ INGENIEROS, Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, extendido con fecha 06 de enero de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ INGENIEROS, Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, a CARLOS ALFREDO GARCÍA VÁSQUEZ. Para los efectos de PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 456/2012 RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030537) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para electo de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MONTE MARÍA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1976 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanística obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MONTE MARÍA Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a AURA EVELIN RIVERA AMAYA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030619)

137 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de RESOLUCIÓN No. 457/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Técnico Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APOPA, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de diciembre de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Técnico Comercial, opción Asistencia Contable, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APOPA, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a JUAN JOSÉ BAUTISTA GARCÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 459/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030686) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CANDELARIA DE LA FRONTERA, Municipio de Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 25 de febrero de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Secretariado, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CANDELARIA DE LA FRONTERA, Municipio de Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana, a DAYSI ALBERTINA ALFARO GARCÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 463/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030672) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD DELGADO, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 12 de diciembre de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD DELGADO, Municipio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, a HENRY STEVE MORENO CANALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030781)

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 RESOLUCIÓN No. 464/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO DIVINO NIÑO JESÚS, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO DIVINO NIÑO JESÚS, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, a MIRNA LETICIA FLORES BERMÚDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 468/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030819) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CORAZÓN DE MARÍA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CORAZÓN DE MARÍA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a FERNANDO JOSÉ AYALA NOVALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 470/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030974) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL CUSCATLÁN, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL CUSCATLÁN, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a MARÍA DALILA NAVIDAD VÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F030956)

139 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Mayo de RESOLUCIÓN No. 471/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARÍA SANTOS GUZMÁN BAUTISTA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 472/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031107) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a WILFREDO ANTONIO PASTUL ERROA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 476/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031017) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NOCTURNO CULTURAL ATLACATL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NOCTURNO CULTURAL ATLACATL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JULIO CÉSAR MENDOZA GALÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031052)

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 RESOLUCIÓN No. 477/2012 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO DE MARÍA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a Ja legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO DE MARÍA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, a SANTOS EDUVIJES ZÚNIGA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 484/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031059) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTÓBAL COLÓN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTÓBAL COLÓN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a WENDY ELIZABETH AYALA RAMOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN No. 486/2012 RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031279) Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de marzo de dos mil doce. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Ciencias, Letras y Matemáticas, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1971 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Ciencias, Letras y Matemáticas, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ORLANDO BUSTAMANTE ELÍAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F031299) Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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