SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

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1 34 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES RESPUESTA a los comentarios al Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, Que establece los requisitos para implantar un Sistema Gestión Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System), publicado el 12 junio. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría Comunicaciones y Transportes. RESPUESTA A LOS COMENTAS AL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NOM-064-SCT3-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD OPERACIONAL (SMS: SAFETY MANAGEMENT SYSTEM), PUBLICADO EN EL DE LA FEDERACION EL 12 DE JUNIO DE. FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario Transporte la Secretaría Comunicaciones y Transportes y Presinte l Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 1o., párrafos primero y segundo, 2o., fracción I, 14, párrafo primero, 26, párrafo trece, 36, fracciones I y XII, la Ley Orgánica la Administración Pública Fl; 38, fracción II, 40, fracciones I, III y XVI, 41, 43, 47, fracciones II y III, la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 1, 4, 6, fracción III y párrafo final, 7, fracciones I, V y VI, 7 Bis fracciones IV y VII, 17 y 32 párrafo final la Ley Aviación Civil; 1, 109, fracciones IV y VII, 116, fracciones III, VIII, IX y X, 123, 124, 125, 126, 127 y 128, 131, fracciones VI y VII, y 133 l Reglamento la Ley Aviación Civil; 28, 33, 80, 81 y 82 l Reglamento la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 2o., fracciones III y XVI, 6o., fracción XIII y 21, fracciones XXVI y XXXI, l Reglamento Interior la Secretaría Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ornar la publicación en el Diario Oficial la Fción la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, Que establece los requisitos para implantar un Sistema Gestión Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System), aprobada por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo el 12 septie. Los comentarios al Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT recibidos durante los 60 días naturales posteriores al 12 junio, en que dicho Proyecto se publicó en el Diario Oficial la Fción, fueron estudiados y respondidos por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, en sus oficinas sitas en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, 2o. piso, colonia Los Alpes Tlacopac, código postal 01010, México, Distrito Fl. Atentamente México, D.F., a 5.- El Subsecretario Transporte y Presinte l Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, Felipe Duarte Olv.- Rúbrica. RESPUESTA A LOS COMENTAS AL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NOM-064-SCT3-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD OPERACIONAL (SMS: SAFETY MANAGEMENT SYSTEM), PUBLICADO EN EL DE LA FEDERACION EL 12 DE JUNIO DE, RECIBIDOS DURANTE EL PLAZO DE CONSULTA PUBLICA Una vez que los comentarios al Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, fueron estudiados y discutidos y resueltos por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, en sesión ordinaria l 12 septie conformidad con lo dispuesto por el artículo 47, fracciones II y III, la Ley Fl sobre Metrología y Normalización, se da respuesta a los mismos en los términos la siguiente tabla:

2 Aeropuertos l Sureste (ASUR) DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL TITULO PROEMIO LEGAL Consiramos que el no la NOM be relacionarse con las Características o Especificaciones que be tener un Sistema Gestión Seguridad Opcional (SMS), ya que los requisitos sólo se enuncian en el Punto 4, Disposiciones genles. PROYECTO Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, Que establece los requisitos para implantar un las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System). PROYECTO Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-1, Que establece los Se acepta la propuesta y se realiza la requisitos para implantar un las especificaciones acuación correspondiente. l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System). FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario Se acepta la propuesta y se realiza la Transporte la Secretaría Comunicaciones acuación correspondiente. y Transportes y Presinte l Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 1o., párrafos primero y segundo, 2o., fracción I, 14, párrafo primero, 26, párrafo trece, 36, fracciones I, IV, V, VI, XII y XXVII, la Ley Orgánica la Administración Pública Fl; 38, fracción II, 40, fracciones I y XVI, 41, 43, 45, 47, 73 y 74 la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 4, 6 fracciones I, III, y último párrafo, 7, fracciones I, V y VI, 7 Bis, fracciones IV y VII, y 17 la Ley Aviación Civil; 1, 6 fracción VI, 11, fracciones IV, inciso d), V, inciso c), 46 y 72 la Ley Aeropuertos; 28, 33, 34, y 80, 81 y al 82 l Reglamento la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 20, fracción IV, 108 y 109, fracción VIII, l Reglamento la Ley Aviación Civil; 49, Se acepta la propuesta y se acua el título. NORMA MEXICANA NOM-064-SCT3-, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD OPERACIONAL (SMS: SAFETY MANAGEMENT SYSTEM). FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario Transporte la Secretaría Comunicaciones y Transportes y Presinte l Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 1o., párrafos primero y segundo, 2o., fracción I, 14, párrafo primero, 26, párrafo trece, 36, fracciones I, IV, V, VI, XII y XXVII, la Ley Orgánica la Administración Pública Fl; 38, fracción II, 40, fracciones I y XVI, 41, 43, 47, 73 y 74 la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 4, 6, fracciones I, III, y último párrafo, 7, fracciones I, V y VI, 7 Bis, fracciones IV y VII, y 17 la Ley Aviación Civil; 1, 6 fracción VI, 11, fracciones IV, inciso d), V, inciso c), 46 y 72 la Ley Aeropuertos; 28, 33, 34, 80, 81 y 82 l Reglamento la Ley Fl sobre Metrología y Normalización; 20, fracción IV, 108 y 109, fracción VIII, l Reglamento la Ley Aviación Civil; 49, 35

3 fracción I, l Reglamento la Ley Aeropuertos; 2o, fracciones III y XVI, 6o, fracción XIII y 21 fracciones I, IV, XI, XIII, XV, XXII, XXVI, XXXI y XXXIII, l Reglamento Interior la Secretaría Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ornar la publicación en el Diario Oficial la Fción l Proyecto la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT aprobadao por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo el día 12 7 dicseptie, 1 y el la cual establece las especificaciones l los requisitos para implantar un Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System). La El presente Proyecto Norma Oficial Mexicana se publica a efecto que entre en vigor posterior a ntro los siguientes 60 días naturales, contados a partir la fecha su publicación en el Diario Oficial la Fción, los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, en sus oficinas correspondientes, sitas en Provincia número 807, 3er. piso, colonia Del Valle, código postal 03100, México, Distrito Fl, teléfonos , fax o al correo electrónico pcarranp@sct.gob.mx. Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron base para la elaboración l Proyecto Norma Oficial Mexicana en cuestión y la Manifestación Impacto Regulatorio, estarán a disposición l público para su consulta en el domicilio l Comité antes señalado. fracción I, l Reglamento la Ley Aeropuertos; 2o, fracciones III y XVI, 6o, fracción XIII y 21 fracciones I, IV, XI, XIII, XV, XXII, XXVI, XXXI y XXXIII, l Reglamento Interior la Secretaría Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ornar la publicación en el Diario Oficial la Fción la Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3- aprobada por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo el 12 septie, la cual establece las especificaciones l Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System). La presente Norma Oficial Mexicana se publica a efecto que entre en vigor a los siguientes 60 días naturales siguientes a la fecha su publicación en el Diario Oficial la Fción. 36

4 Aeropuertos l Sureste (ASUR)) PREFACIO Como se establece en el Prefacio este Proyecto NOM, el concepto Sistema Gestión la Seguridad Opcional (Safety Management System: SMS) emana los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio Chicago, OACI), y acuerdo a la bibliografía incluida en este Proyecto NOM, el SMS be estar en concordancia con el Programa Nacional Seguridad Opcional (State Safety Program: SSP), el cual no se menciona en el Proyecto NOM, y que acuerdo a las normas y métodos recomendados los Anexos a dicho Convenio sobre Aviación Civil Internacional, los objetivos opcionales l SMS cada proveedor servicio ben coadyuvar a lograr los objetivos establecidos en el Programa Nacional Seguridad Opcional elaborado por el Estado Mexicano. La Ley Aviación Civil señala que la navegación civil en el espacio aéreo sobre territorio nacional, se rige, amás lo previsto en dicha Ley, por los tratados en los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, siendo el caso que México es signatario l Convenio sobre Aviación Civil Internacional celebrado en la ciudad Chicago, Illinois, Estados Unidos América, en 1944, en cuyos Anexos 1, 6, 8, 11 y 14 se establece que se be implantar un sistema gestión seguridad opcional, que coadyuve a alcanzar los objetivos l Programa Seguridad Opcional l Estado Mexicano. Al disponer una norma que establezca los requisitos para implantar un las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional, se benefician los concesionarios y Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente. La Ley Aviación Civil señala que la navegación civil en el espacio aéreo sobre territorio nacional, se rige, amás lo previsto en dicha Ley, por los tratados en los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, siendo el caso que México es signatario l Convenio sobre Aviación Civil Internacional celebrado en la ciudad Chicago, Illinois, Estados Unidos América, en 1944, en cuyos Anexos 1, 6, 8, 11 y 14 se establece que se be implantar un sistema gestión seguridad opcional, que coadyuve a alcanzar los objetivos l Programa Seguridad Opcional l Estado Mexicano. Al disponer una norma que establezca las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional, se benefician los concesionarios y permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento que cuenten con aeronaves y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares, ya que con la intificación, análisis, evaluación y mitigación los peligros mediante la gestión l riesgo, se permite mantener un nivel aceptable seguridad opcional, y por consiguiente lograr reducir la presencia eventos, incintes o accintes en la opción aérea; genndo así una mayor confiabilidad en los usuarios l transporte aéreo, 37

5 permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento que cuenten con aeronaves y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares, ya que con la intificación, análisis, evaluación y mitigación los peligros mediante la gestión l riesgo, se permite mantener un nivel aceptable seguridad opcional, y por consiguiente lograr reducir la presencia eventos, incintes o accintes en la opción aérea; genndo así una mayor confiabilidad en los usuarios l transporte aéreo, 38 DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL En cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN), para la emisión Normas Oficiales Mexicanas, el 12 junio, se publicó en el Diario Oficial la Fción, el Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, que establece los requisitos para implantar un sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System), a efecto que en términos l artículo 47, fracción I, la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 l Reglamento la LFMN, los interesados presentaran comentarios al Proyecto en un periodo 60 días naturales contados a Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente. En cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN), para la emisión Normas Oficiales Mexicanas, el 12 junio, se publicó en el Diario Oficial la Fción, el Proyecto Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCT3-2011, que establece los requisitos para implantar un sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System), a efecto que en términos l artículo 47, fracción I, la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 l Reglamento la LFMN, los interesados presentaran comentarios al Proyecto en un periodo 60 días naturales contados a

6 partir la fecha la publicación l Proyecto Norma Oficial Mexicana. Posterior a ese periodo 60 días naturales, y en cumplimento con el artículo 47 fracción II la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 l Reglamento la LFMN, fueron presentados y evaluados por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, los comentarios al Proyecto Norma Oficial Mexicana aprobándose los mismos, así como la Norma Oficial Mexicana, siendo publicada dicha respuesta a los comentarios en el Diario Oficial la Fción el XX XXX XX. El Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, conformidad con el inciso d) la fracción II l artículo 28 l Reglamento la Ley Fl sobre Metrología y Normalización, el cual indica que la clave la norma be hacer referencia al año en el que ésta es aprobada por el Comité Consultivo Nacional Normalización correspondiente, tuvo a bien aprobar la actualización la clave o código la Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-, que establece las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System), así como la Norma Oficial Mexicana, en su sesión ordinaria celebrada el 12 septie l. En tal virtud y por lo establecido en el artículo 47 fracción III la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN), he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-, que establece partir la fecha la publicación l Proyecto Norma Oficial Mexicana. Posterior a ese periodo 60 días naturales, y en cumplimento con el artículo 47 fracción II la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 l Reglamento la LFMN, fueron presentados y evaluados por el Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, los comentarios al Proyecto Norma Oficial Mexicana aprobándose los mismos, así como la Norma Oficial Mexicana, siendo publicada dicha respuesta a los comentarios en el Diario Oficial la Fción el XX XXX XX. El Comité Consultivo Nacional Normalización Transporte Aéreo, conformidad con el inciso d) la fracción II l artículo 28 l Reglamento la Ley Fl sobre Metrología y Normalización, el cual indica que la clave la norma be hacer referencia al año en el que ésta es aprobada por el Comité Consultivo Nacional Normalización correspondiente, tuvo a bien aprobar la actualización la clave o código la Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-, que establece las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System), así como la Norma Oficial Mexicana, en su sesión ordinaria celebrada el 12 septie l. En tal virtud y por lo establecido en el artículo 47 fracción III la Ley Fl sobre Metrología y Normalización (LFMN), he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-, que establece 39

7 DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL INDICE las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System). INDICE 1. Objetivo y campo aplicación 2. Referencias 3. Definiciones y abreviaturas 4. Disposiciones genles 5. Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS) 6. Componentes y elementos l SMS Se acepta la propuesta y se incluye el Apéndice C Normativo que contiene el formato reporte voluntario 2. Referencias seguridad opcional. las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional (SMS: Safety Management System). INDICE 1. Objetivo y campo aplicación 3. Definiciones y abreviaturas 4. Disposiciones genles 5. Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS) 6. Componentes y elementos l SMS Grado concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración 8. Bibliografía 9. Observancia esta norma 10. De la evaluación la conformidad 11. Vigencia Apéndice A Normativo Contenido l Manual SMS. Apéndice B Normativo Plan Implementación l SMS. 7. Grado concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración 8. Bibliografía 9. Observancia esta norma 10. De la evaluación la conformidad 11. Vigencia Apéndice A Normativo Contenido l Manual SMS. Apéndice B Normativo Plan Implementación l SMS.

8 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL 1 Apéndice C Normativo Reporte voluntario seguridad opcional. Dentro los "Proveedores Servicios" se sugiere consirar también a los prestadores servicios complementarios. 1. Objetivo y campo aplicación Apéndice C Normativo Reporte voluntario seguridad opcional. No se acepta la propuesta bido a 1. Objetivo y campo aplicación que, en los términos los artículos 45 y 48, fracción II último párrafo, la Ley Aeropuertos, la prestación los servicios complementarios forma parte la opción los aeródromos, por lo que para prestarlos be suscribirse contrato con el concesionario o permisionario l aeródromo, biendo éstos comprenr a los prestadores servicios complementarios en sus Políticas y Sistema Gestión la Seguridad Opcional. El objetivo la presente Norma Oficial acuación correspondiente en los Mexicana, es establecer los requisitos para numles 1 y 3.32, la presente implantar un sistema gestión seguridad norma. opcional por los concesionarios y Lo anterior en concordancia con el permisionarios l transporte aéreo servicio al Anexo 8 al Convenio sobre Aviación público, los concesionarios y permisionarios Civil Internacional, nominado aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables numl 5.3 que establece que: a l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, como parte su Programa Estatal los permisionarios talleres aeronáuticos, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento que cuenten con aeronaves y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares que en lo sucesivo y Se acepta la propuesta y se realiza la Aeronavegabilidad, 11ª Edición (enmienda 103), Parte II Capítulo 5, partir l , Seguridad Opcional, el Estado diseño o fabricación exigirá que una organización responsable l diseño tipo o una organización responsable la fabricación aeronaves implante un sistema El objetivo la presente Norma Oficial Mexicana, es establecer los requisitos para implantar un sistema gestión seguridad opcional por los concesionarios y permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, los permisionarios talleres aeronáuticos, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento que cuenten con aeronaves y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares que en lo sucesivo y para efectos esta Norma Oficial Mexicana serán llamados proveedores servicio. 41

9 Aeropuertos l Sureste (ASUR) Grupo Aeroportuario l Pacífico (GAP) 3.1 para efectos esta Norma Oficial Mexicana serán llamados proveedores servicio. En la finición, 3.1 Accinte: se da la finición accinte aeronave conforme a lo indicado en el Anexo 13 l Convenio Aviación Civil Internacional, sin embargo la aplicación la norma se está ampliando a otros prestadores servicios, que en el caso los aeropuertos se puen presentar accintes sin que involucre aeronaves. Por lo tanto se sugiere que se fina el punto 3.1 como Accinte Aeronave y se incluya otra finición Accinte sin aeronaves. Para el caso aeropuertos se pue presentar un accinte entre vehículos e infraestructura, vehículos y vehículos, l staff e incluso pasajeros sin estar por medio una aeronave. Se sugiere la siguiente finición Accinte que no involucra aeronave: Accintes en el Aeropuerto; Todo suceso en el aeropuerto que no involucra aeronaves y que cause la muerte o lesiones graves al personal o pasajeros en el aeropuerto (se exceptúa las muertes por causas naturales o por causas diferentes a las actividas cotidianas en el aeropuerto), se ocasionen daños graves e irreparables a las instalaciones infraestructuras y equipos (vehículos terrestres, vehículos apoyo, etc.) 3.8 Cambiar la finición 3.8 Consecuencia. En el texto l PROY dice "Consecuencia: resultado un peligro potencial. La finición escrita la man anterior se entien como que el peligro es potencial y no el resultado éste. Se propone que diga: "Consecuencia: el posible resultado un peligro " gestión la seguridad opcional aceptable para el Estado (Enfasis añadido). No se acepta la propuesta, porque la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa está referida únicamente a la seguridad opcional y la finición accinte que propone ASUR se refiere a la seguridad industrial, que no es materia la NOM referencia. Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente, en los términos l Doc. 9859, Manual Gestión la Seguridad Opcional la OACI 3.1. Accinte: Todo suceso por el que se cause la muerte o lesiones graves a personas relacionadas con la opción una aeronave o bien, se ocasionen daños o roturas estructurales a la aeronave, o por el que la aeronave saparezca o se encuentre en un lugar inaccesible Consecuencia: El posible resultado un peligro potencial. 42

10 Grupo Aeroportuario l Pacífico (GAP) COMISION FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA Consecuencia: El posible Rresultado un peligro potencial. Modificar el concepto 3.11 Ejecutivo responsable (Director Genl, socio, presinte la junta directores, propietarios o su equivalente). No se consira necesario que el concepto indique entre paréntesis la recomendación OACI sobre quien ocupará dicho puesto ya que se podría entenr como una restricción en cuanto a la asignación dicho personal Ejecutivo Responsable (Director Genl, socio, presinte la junta directores, propietarios o su equivalente): Es aquella persona intificable y que, inpendiente otras funciones, tiene la responsabilidad la puesta en práctica y l mantenimiento l SMS, ntro la organización (página 15 oficio COFEME/12/ Agosto ) De las disposiciones la NOM i. Respecto al numl 3.14, en el que se fine el término Evento, como condición que ha sido tectada ntro l entorno opcional, en don se sobrepasan los límites preestablecidos, misma que se requiere un análisis. Sería recomendable que esa Secretaría valorara la conveniencia especificar en la finición, el documento o documentos en don se establecen esos límites Evento: Condición que ha sido tectada Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente. Se acepta la propuesta y se realizan las acuaciones correspondientes Ejecutivo Responsable: Es aquella persona intificable y que, inpendiente otras funciones, tiene la responsabilidad la puesta en práctica y l mantenimiento l SMS, ntro la organización Evento: Condición que ha sido tectada ntro l entorno opcional, en don se sobrepasan los límites preestablecidos por los proveedores servicios en su Manual SMS, misma que requiere un análisis. 43

11 Aeropuertos l Sureste (ASUR) 3.19 ntro l entorno opcional, en don se sobrepasan los límites preestablecidos por los proveedores servicios, misma que requiere un análisis. En la finición 3.19 Incinte, se da la finición incinte aeronave conforme a lo indicado en el Anexo 13 l Convenio Aviación Civil Internacional, sin embargo la aplicación la norma se está ampliando a otros prestadores servicios, y en el caso los aeropuertos se puen presentar incintes sin que involucre aeronaves, por lo tanto se sugiere que se fina el punto 3.19 como Incinte Aeronave y se fina Incinte sin aeronaves. Para el caso aeropuertos se pue presentar un Incinte entre vehículos e infraestructura, vehículos y vehículos, l staff e incluso pasajeros sin estar por medio una aeronave. Se sugiere la siguiente finición Incinte que no involucra aeronave: Incintes en el Aeropuerto; Todo suceso en el aeropuerto que no involucra aeronaves y que afecta o pudi afectar la seguridad las opciones y las instalaciones, equipos y personas. No se acepta la propuesta, porque la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa está referida únicamente a la seguridad opcional y la finición accinte que propone ASUR se refiere a la seguridad industrial, que no es materia la NOM referencia. Se ajusta numción Gravedad: Las posibles consecuencias un evento o condición insegura, tomando como referencia la peor condición previsible Hardware: 44 Aeropuertos l Sureste (ASUR) 3.20, 3.26, 3.34 En las finiciones se incluyen los términos Indicador sempeño seguridad opcional, Nivel aceptable seguridad opcional y Requisito seguridad opcional. De acuerdo a la bibliografía referida, dichos términos ben estar en concordancia con los indicadores y niveles seguridad opcional establecidos por el Gobierno Fl, en el Programa Nacional No se acepta la propuesta, bido a que el objeto la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa, es establecer las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional que implantaran los prestadores servicios quienes ben establecer sus objetivos, indicadores y metas con base en sus estadísticas opcionales Incinte:

12 Aeropuertos l Sureste (ASUR) Grupo Aeroportuario l Pacífico (GAP) 3 Seguridad Opcional (State Safety Program SSP), el cual no se hace referencia en el Proyecto NOM. En la sección 3. Definiciones y abreviaturas, sugerimos que se incluya la finición Incinte grave, contenido en el Anexo 13 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, pues consiramos gran utilidad para las investigaciones, limitación las acciones y en el establecimiento los objetivos seguridad opcional así como en la finición la gestión riesgos Incinte grave. Un incinte en el que intervienen circunstancias que indican que hubo una alta probabilidad que ocurri un accinte, que está relacionado con la utilización una aeronave y que, en el caso una aeronave tripulada, ocurre entre el momento en que una persona entra a bordo la aeronave, con la intención realizar un vuelo, y el momento en que todas las personas han sembarcado, o en el caso una aeronave no tripulada, que ocurre entre el momento en que la aeronave está lista para splazarse con el propósito realizar un vuelo y el momento en que se tiene, al finalizar el vuelo, y se apaga su sistema propulsión principal Cambiar el no l concepto 3.38 Severidad por Gravedad. Se recomienda utilizar el término GRAVEDAD por ser el que utiliza la OACI para finir el mismo concepto que el PROY fine como Severidad. específicas, en tanto que Programa Estatal Seguridad Opcional (SSP) es un sistema para la gestión la seguridad opcional por los Estados. Se acepta la propuesta y se realizan las acuaciones correspondientes, recorriendo la numción las más finiciones. Se acepta la propuesta, se realiza la acuación correspondiente y se ajusta la numción las finiciones. Asimismo, se realizan las modificaciones en las siguientes secciones por la sustitución 3.21 Incinte grave: Un incinte en el que intervienen circunstancias que indican que hubo una alta probabilidad que ocurri un accinte, que está relacionado con la utilización una aeronave y que, en el caso una aeronave tripulada, ocurre entre el momento en que una persona entra a bordo la aeronave, con la intención realizar un vuelo, y el momento en que todas las personas han sembarcado, o en el caso una aeronave no tripulada, que ocurre entre el momento en que la aeronave está lista para splazarse con el propósito realizar un vuelo y el momento en que se tiene, al finalizar el vuelo, y se apaga su sistema propulsión principal Indicador Desempeño Seguridad Opcional: Manual SMS: 45

13 DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL Gravedad: Las posibles consecuencias un evento o condición insegura, tomando como referencia la peor condición previsible a 3.42 Se propone ajustar la numción las finiciones en razón la incorporación la finición accinte grave Hardware: Dispositivo, máquina o equipo relacionado con las opciones aéreas Incinte: Todo suceso relacionado con la utilización una aeronave, que no llegue a ser un accinte que afecte o pueda afectar la seguridad las opciones Indicador Desempeño Seguridad Opcional: Medida (o parámetro) empleada para expresar el nivel eficacia la seguridad opcional logrado en un sistema Manual SMS: Documento en el cual se establecen todos los aspectos a implantar l sistema gestión la seguridad opcional la organización, incluyendo, políticas, objetivos, procedimientos y responsabilidas en materia seguridad opcional Método Predictivo: Documenta el sempeño espontáneo l personal y lo que realmente ocurre en las opciones diarias Método Proactivo: Busca activamente intificar riesgos potenciales a través l análisis las actividas la organización Método Reactivo: Respon a los acontecimientos que ya ocurrieron tales como incintes y accintes Mitigación: Acciones o medidas que disminuyen o eliminan el peligro potencial o que reducen la probabilidad o gravedad severidad l riesgo Nivel Aceptable Seguridad Opcional: Referencia con la cual se pue medir el sempeño en materia seguridad opcional, expresado en términos severidad por gravedad : finiciones Mitigación, Riesgo, segunda viñeta, Apéndice A4 inciso (j) 2ª viñeta subinciso (ii) Método Predictivo: Se acepta la propuesta y se ajusta la numción las finiciones, por la inserción l numl 3.21 en el que se compren la finición incinte grave. Se incorpora el siguiente texto a la norma en cuestión organización responsable l diseño tipo o una organización responsable la fabricación aeronaves a fin incluirlos en la finición proveedor servicios numl (3.32 antes y spués 3.33) Método Proactivo: Método Reactivo: Mitigación: Acciones o medidas que disminuyen o eliminan el peligro potencial o que reducen la probabilidad o gravedad l riesgo Nivel Aceptable Seguridad: OACI: Opdor aéreo: 46

14 indicadores y metas sempeño seguridad opcional OACI: Organización Aviación Civil Internacional Opdor aéreo: El propietario o poseedor una aeronave Estado, las comprendidas en el artículo 5 fracción II inciso a) la Ley Aviación Civil, así como transporte aéreo privado no comercial, mexicano o extranjero Permisionario: Persona moral o física, en el caso l servicio aéreo privado comercial, nacional o extranj, a la que la Secretaría Comunicaciones y Transportes otorga un permiso para la realización sus actividas, pudiendo ser la prestación l servicio transporte aéreo internacional regular, nacional e internacional no regular y privado comercial; persona moral o física, a la que la Secretaría otorga un permiso para la administración, opción, explotación y, en su caso, construcción aeródromos civiles distintos a los aeropuertos; persona moral o física, mexicana o extranj, a la que la Secretaría otorga un permiso para el establecimiento talleres aeronáuticos y centros capacitación y adiestramiento Peligro: Condición, objeto o actividad que potencialmente pue causar lesiones al personal, daños al equipamiento o estructuras, pérdida material, o reducción la habilidad para sempeñar una función terminada; misma que pue amenazar la seguridad opcional Plan Implementación l SMS: Documento en el que mostrará la propuesta calendarización los pasos a seguir, sobre cómo serán logrados e implantados los requisitos l SMS, con el fin que sea integrado a las actividas la organización, y cuya finalidad es permitir administrar con eficacia las cargas trabajo asociadas a la implantación l SMS Proveedores Servicio: Los 3.31.Permisionario: Peligro: Plan Implementación l SMS: Proveedores Servicio: Los concesionarios y permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares. 47

15 concesionarios y permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables l diseño tipo o las organizaciones responsables la fabricación aeronaves, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento y los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares Probabilidad: La posibilidad que un evento o condición insegura pueda ocurrir Requisito Seguridad Opcional: Son aquellos recursos, procedimientos o procesos necesarios para alcanzar los indicadores y los objetivos sempeño la seguridad opcional Riesgo: La evaluación las consecuencias un peligro, expresado en términos probabilidad y gravedad severidad, tomando como referencia la peor condición previsible Secretaría: La Secretaría Comunicaciones y Transportes Seguridad Opcional: Es el estado en que el riesgo lesiones a las personas o daños a los bienes, se reduce y se mantiene en un nivel aceptable, o por bajo l mismo, por medio un proceso continuo intificación peligros y gestión riesgos Severidad: Las posibles consecuencias un evento o condición insegura, tomando como referencia la peor condición previsible Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System): Es un enfoque sistemático para la gestión la seguridad opcional, que incluye una estructura organizacional, líneas Probabilidad: Requisito Seguridad Opcional: Riesgo: Secretaría: Seguridad Opcional: 48

16 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) 3.32 responsabilidad, políticas y procedimientos necesarios para tal fin Software: Programas, procedimientos, símbolos, capacitación, entrenamiento o instrucciones que permitan el correcto funcionamiento l hardware Titular l Area Seguridad Opcional: Es aquella persona intificable, responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización. Texto Propuesto 3.32 Proveedores Servicio: Los concesionarios y permisionarios l transporte aéreo servicio al público, los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), los permisionarios talleres aeronáuticos, los prestadores servicios tránsito aéreo, los centros formación o capacitación y adiestramiento, los opdores aéreos aeronaves Estado distintas las militares y los prestadores servicios complementarios. No se acepta la propuesta bido a que, en los términos los artículos 45 y 48, fracción II último párrafo, la Ley Aeropuertos, la prestación los servicios complementarios forma parte la opción los aeródromos, por lo que para prestarlos be suscribirse contrato con el concesionario o permisionario l aeródromo, biendo éstos comprenr a los prestadores servicios complementarios en sus Políticas y Sistema Gestión la Seguridad Opcional Sistema Gestión la Seguridad Opcional (SMS: Safety Management System): Software: Titular l Area Seguridad Opcional: 49 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) 5.3 c). Se sugiere modificar el título l primer punto l inciso C) para homologar el uso terminología a lo largo l numl 6.3.1, utilizando el término sempeño en lugar eficacia. Bajo la consiración que la eficacia se mi a las acciones particulares mitigación riesgos y el sempeño a todo el sistema, no únicamente a casos específicos Todo proveedor servicio, que implante un SMS c) Garantía la seguridad opcional; y - Supervisión y medición la eficacia l sempeño la seguridad opcional. Se acepta la propuesta y se realizan la acuación correspondiente Todo proveedor servicio, que implante un SMS c) Garantía la seguridad opcional; y - Supervisión y medición l sempeño la seguridad opcional. - Gestión l cambio. - Mejora continua l SMS.

17 Grupo Aeroportuario l Pacífico (GAP) Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) a) - Gestión l cambio. - Mejora continua l SMS. Se propone que dicha recomendación se haga en el texto la norma Responsabilidad y compromiso l ejecutivo responsable con una mayor explicación Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) Los proveedores servicio, ben intificar al Ejecutivo Responsable ntro su organización, siendo una persona que tenga la autoridad total (Director Genl, socio, presinte la junta directores, propietarios o su equivalente) sobre las cuestiones Se consira conveniente indicar el perfil que se requiere para el personal que asigne el Ejecutivo responsable. Se consira necesario que sea una o varias personas a las que se les pueda asignar la gestión l SMS por parte l Ejecutivo Responsable. Se acepta la propuesta y se realiza el ajuste correspondiente. No se acepta la propuesta, bido a que el perfil requerido para el Ejecutivo Responsable ya se establece en el numl 6.1.2, b), la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa. Asimismo, no se acepta la propuesta referente a asignar el encargo Ejecutivo Responsable a varias personas, en razón que con ello se restaría efectividad a la función dicho Ejecutivo en la toma cisiones y en el lirazgo que be ejercer ntro la organización l proveedor servicios para para asegurar la eficacia y la eficiencia l SMS. En ese sentido, el Doc emitido por la Organización Aviación Civil Internacional, nominado Manual Gestión la Seguridad Opcional, señala que el Ejecutivo Responsable Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) Los proveedores servicio, ben intificar al Ejecutivo Responsable ntro su organización, siendo una persona que tenga la autoridad total (Director Genl, socio, presinte la junta directores, propietarios o su equivalente) sobre las cuestiones Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) Los proveedores servicio, ben intificar al Ejecutivo Responsable ntro su organización, siendo una persona que tenga la autoridad total (Director Genl, socio, presinte la junta directores, propietarios o su equivalente) sobre las cuestiones 50

18 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) b) Se sugiere mantener el uso l concepto Política Seguridad Opcional, para ser congruente con el no l Componente l SMS y los puntos b y el B.3.1 a). Se sugiere agregar en el Capítulo Definiciones el correspondiente a la Política Seguridad Opcional Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) b) Los proveedores servicio ben realizar elaborar y sarrollar una claración formalizada que incluya los compromisos que a continuación se señalan, la cual be ser firmada man autógrafa por el Ejecutivo Responsable y difundida por diferentes medios hacia todos los niveles la organización, don se contemplen los siguientes compromisos:: Compromisos: c) Se sugiere indicar que los indicadores y metas berán ser establecidos en función l ALoS y finiciones hechas por el Estado a través su SSP, el cual berá ser publicado, difundido y vigilado por la Autoridad Aeronáutica, en conciliación con los concesionarios. Las ventajas la alineación los SMS y l SSP son: Genr pautas para el funcionamiento espdo l SMS los prestadores servicios. Homogenizar criterios entre los diversos SMS los prestadores servicios. Facilitar la intcción entre los diversos SMS los prestadores servicios. Contar con parámetros para la evaluación por be ser una persona única e intificable, con responsabilidad final por la actuación efectiva y eficiente l SMS la organización. No se acepta la propuesta, bido a que el término Política Seguridad Opcional es más amplio que el claración formalizada, el cual se refiere únicamente a ciertos compromisos que be asumir el proveedor servicios, en tanto que la Política Seguridad Opcional, compren amás dichos compromisos, entre otras cosas, procedimientos, condiciones y responsabilidas. Se acua el numl para una mejor comprensión. No se acepta la propuesta, bido a que el objeto la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa, es establecer las especificaciones l sistema gestión seguridad opcional que implantaran los prestadores servicios quienes ben establecer sus objetivos, indicadores y metas con base en sus estadísticas opcionales específicas, en tanto que el Programa Estatal Seguridad Opcional (SSP) es el sistema para la gestión la seguridad opcional por los Estados Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) b) Los proveedores servicio ben realizar elaborar y sarrollar una claración formalizada que incluya los compromisos que a continuación se señalan, la cual be ser firmada man autógrafa por el Ejecutivo Responsable y difundida por diferentes medios hacia todos los niveles la organización Compromisos: Responsabilidad y compromiso l Ejecutivo Responsable. a) b) c) Los proveedores servicio ben establecer sus objetivos seguridad opcional, en términos sus indicadores y metas sempeño seguridad opcional. 51

19 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) COMISION FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA a) a) octava y última viñeta la Autoridad la eficacia los diversos SMS. Contar con parámetros para la evaluación l nivel seguridad opcional en México Estructura organizacional l área seguridad opcional y responsabilidas su personal. a) Todo proveedor servicio be signar ntro su estructura organizacional, un área seguridad opcional, don se cumpla con lo siguiente: Se acepta la propuesta y se realizan los ajustes correspondientes. - - Reportar al Asegurar que el Ejecutivo Responsable, esté informado l sempeño l SMS su organización y cualquier necesidad o requerimiento para su mejora. (página, 14 y 15 oficio COFEME/12/ Agosto ) 3. Respecto los trámites no intificados en la MIR Esta Comisión observa que esa Secretaría no intificó en la MIR la creación l trámite que se establece en el numl 10.7 l anteproyecto, el cual señala lo siguiente: 10.7 Los proveedores servicio ben notificar a la Autoridad Aeronáutica la información eventos que puedan poner en riesgo la seguridad las opciones; contenida en los formatos señalados en el último punto l numl inciso a), con el fin tomar las acciones pertinentes en caso ser necesario (Enfasis añadido). De lo anterior y conformidad con la finición trámite citada este apartado, se duce que el numl 10.7 establece un trámite tipo AVISO o INFORME para los proveedores servicios a los que obliga a notificar a la autoridad aeronáutica la información eventos que puedan poner en riesgo la seguridad las opciones en los Se acepta la propuesta y se realizan las acuaciones correspondientes. Asimismo, se aclara que los reportes periódicos sobre el sempeño la seguridad opcional la organización ben entregarse al Ejecutivo Responsable, por lo que no constituyen un trámite. Al efecto se realiza la aclaración correspondiente en la Norma Oficial Mexicana referencia. Igualmente, los formatos para conocer la ocurrencia eventos, ben entregarse al Ejecutivo Responsable, pudiendo conocer la autoridad aeronáutica dichos reportes al realizar la evaluación la conformidad con las disposiciones la Norma Oficial Mexicana referencia, siendo dichos reportes carácter voluntario Estructura organizacional l área seguridad opcional y responsabilidas su personal. a) : - - Asegurar que el Ejecutivo Responsable esté informado l sempeño l SMS su organización y cualquier necesidad o requerimiento para su mejora. - Proveer al Ejecutivo Responsable reportes periódicos sobre el sempeño la seguridad opcional la organización. - Contar con un formato para conocer la ocurrencia eventos que puedan poner en riesgo la seguridad las opciones o actividas aéreas sus organizaciones, que man enunciativa y no limitativa contenga lo siguiente: i. No la Organización que reporta; ii. Fecha l reporte; iii. Correo electrónico; iv. Lugar y fecha l evento; 52

20 formatos que esos proveedores berán diseñar, según lo establecido en el numl 6.1.2, inciso a), última viñeta l anteproyecto. Por lo anterior, sería recomendable, a efecto brindar certeza jurídica en la aplicación la regulación, que esa Secretaría incluya en el trámite y en el cuerpo anteproyecto, los elementos establecidos en el artículo 69-M la LFPA, según aplique. Es cir, que se indique el medio a través l cual se berá hacer la notificación, la información que al menos se berá proporcionar, así como el momento en que ésta berá informarse. Lo anterior a efecto que la autoridad cuente con información oportuna y vz, a fin salvaguardar las instalaciones, equipos y en genl el bienestar la población o usuarios que pudin ser afectados por un evento que pusi en riesgo la seguridad las opciones áreas. Finalmente, en el numl 6.1.2, inciso a), octava viñeta l anteproyecto se establece lo siguiente: Estructura organizacional l área seguridad opcional y responsabilidas su personal. a) Todo proveedor servicio be signar ntro su estructura organizacional, un área seguridad opcional, don se cumpla con lo siguiente: - [ ] - Proveer reportes periódicos sobre el sempeño la seguridad v. Descripción l peligro; vi. Riesgo (probabilidad y gravedad); vii. Posible(s) causa(s); y viii. Posible(s) acción(es) mitigación. 53

21 - opcional la organización. - [ ] (Enfasis añadido) - Proveer al Ejecutivo Responsable reportes periódicos sobre el sempeño la seguridad opcional la organización. - Contar con un formato para conocer la ocurrencia eventos que puedan poner en riesgo la seguridad las opciones o actividas aéreas sus organizaciones, que man enunciativa y no limitativa contenga lo siguiente: i. No la Organización que reporta; ii. iii. iv. Fecha l reporte; Correo electrónico; Lugar y fecha l evento; v. Descripción l peligro; vi. Riesgo (probabilidad y gravedad); vii. Posible(s) causa(s); y viii. Posible(s) acción(es) mitigación. 54 Aeropuertos l Sureste (ASUR) En la sección 6 Componentes y Elementos l SMS, en el punto inciso b) sugerimos incluir las responsabilidas l Titular l área seguridad opcional. En cuanto a los criterios selección, el Proyecto NOM indica El titular l área seguridad opcional signado, quien be fungir como responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización be cumplir con los siguientes criterios selección: Consiramos que los Criterios selección los be consirar el empleador, por lo que sugerimos lo siguiente: El titular l área seguridad No se acepta la propuesta, en razón que las funciones y responsabilidas l Ejecutivo Responsable l área seguridad opcional están finidas en el numl l proyecto Norma Oficial Mexicana que nos ocupa,, asimismo, en función dichas responsabilidas se establece los criterios mínimos para la selección l titular l área seguridad opcional en el numl 6.1.2, b), la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa, los cuales puen ser

22 Grupo Aeroportuario Centro-Norte (OMA) DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL b) opcional signado, quien be fungir como responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización berá cubrir los siguientes requisitos para su selección: Se sugiere agregar conocimientos seados en el perfil l Titular l área seguridad opcional, y modificar el término Habilidas por Conocimientos en Gestión la Calidad, dado que la Gestión la Calidad no es una habilidad. b) El titular l área seguridad opcional signado, quien be fungir como responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización be cumplir con los siguientes criterios selección: - Experiencia gestión opcional y antecentes técnicos para comprenr los sistemas que son necesarios en la opción. - Habilidas interpersonales. - Habilidas Competencias analíticas y resolución problemas. - Habilidas Competencias gestión proyectos. - Habilidas comunicación oral y escrita. - Habilidas Competencias en gestión la calidad. Cambiar experiencia gestión por experiencia en gestión tal como se indica. b) El titular l área seguridad opcional signado, quien be fungir como responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización be cumplir con los siguientes criterios selección: - Experiencia en gestión opcional y antecentes técnicos para comprenr los sistemas que son necesarios en la enriquecidos por cada proveedor servicio acuerdo con las necesidas, tamaño y complejidad su organización. Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente. Se acepta la propuesta y se realiza la acuación correspondiente Estructura organizacional l área seguridad opcional y responsabilidas su personal. b) El titular l área seguridad opcional signado, quien be fungir como responsable l sarrollo y mantenimiento eficaz l SMS la organización be cumplir con los siguientes criterios selección: - Experiencia en gestión opcional y antecentes técnicos para comprenr los sistemas que son necesarios en la opción. - Habilidas interpersonales. - Competencias analíticas y resolución problemas. - Competencias gestión proyectos. - Habilidas comunicación oral y escrita. - Competencias en gestión la calidad. 55

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