DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO"

Transcripción

1 1/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/254/2015, de 5 de agosto, de modificación de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de experiencia profesional para el empleo juvenil en Cataluña Jóvenes por el empleo, y se abre la convocatoria para el año 2015 y la convocatoria anticipada para el año De acuerdo con los datos del primer trimestre 2015, la tasa de desempleo juvenil en Cataluña es del 45,65%, por lo tanto, actualmente hay más de personas jóvenes de 16 a 24 años en Cataluña que se encuentran sin trabajo. El desempleo juvenil, los bajos niveles educativos o los bajos niveles de competencias comportan un riesgo creciente de exclusión social de las personas jóvenes. En este sentido, se debe continuar haciendo políticas dirigidas a ellas, ya que, no hacerlo comportará un mayor riesgo de cronificación de éste, unos niveles más bajos de ingresos futuros o la pérdida de capital humano, que es el principal factor de riqueza de un país. Hacen falta soluciones innovadoras para atenuar los efectos de la falta de puestos de trabajo y responder con medidas activas que prioricen el empleo juvenil. La Unión Europea tiene como objetivo prioritario ayudar a las personas jóvenes a entrar y permanecer en el mercado de trabajo, así como adquirir y desarrollar las competencias necesarias. Desde hace años la Comisión Europea lucha contra el desempleo juvenil y por la inclusión social de las personas jóvenes con medidas, estrategias y recomendaciones a los Estados miembros que en el actual contexto de crisis económica hace falta acelerar y priorizar. Precisamente, una de estas últimas recomendaciones ha sido la iniciativa de la "Garantía Juvenil", adoptada formalmente por el Consejo de Ministros de la Unión Europea el 22 de abril de 2013 y en la que se dio respuesta con la presentación el día 19 de diciembre de 2013 del Plan nacional de implementación de la garantía juvenil". Posteriormente, como una parte del desarrollo de este Plan nacional de Garantía Juvenil, el 5 de julio de 2014 se publica el "Real decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia," donde en el Capítulo I del Título IV se regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Este Real decreto-ley posteriormente ha sido convalidado con la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. En este contexto y con el fin de poder implementar la "Garantía Juvenil" en Cataluña, el Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña el día 10 de septiembre de 2014 aprobó las "Bases para la Estrategia de Empleo Juvenil en Cataluña. Garantía Juvenil ". Posteriormente, por acuerdo de Gobierno (Acuerdo Gov/76/2015) el pasado día de 26 de mayo se aprobó el "Programa de empleo juvenil en Cataluña, Garantía Juvenil y el plan de actuación para el 2015", dónde una de las medidas previstas en este plan es la realización del "Programa de experiencia profesional para el empleo juvenil en Cataluña, Jóvenes por el empleo." Jóvenes por el empleo es un programa innovador de apoyo a la experiencia práctica de personas jóvenes desempleadas entre 16 y 24 años, y menores de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que combina acciones de orientación, tutorización y seguimiento individualizado, formación y adquisición de experiencia profesional en empresas y que facilita su inserción laboral a las empresas y fomenta su retorno al sistema educativo. Durante este año, tratándose de un programa que ha funcionado de manera satisfactoria como recurso ocupacional para trabajar con este colectivo de jóvenes, se aplica para el desarrollo del programa la misma normativa que fue publicada para su realización en el ejercicio La Orden que regula la concesión de estas subvenciones para la realización de los proyectos ocupacionales presenta fundamentalmente dos modificaciones. La primera es establecer de nuevo un plazo de 15 meses para la ejecución de los proyectos. Este cambio no afecta al contenido sustancial del Programa pero sí que se considera importante para mejorar su eficacia y resultados. La segunda modificación que se establece en la normativa es en relación con los criterios de valoración de los proyectos y tiene como objetivo hacerlos más comprensibles para las entidades solicitantes. Asimismo también

2 2/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya se clarifica el procedimiento de concesión de las subvenciones que, en todo caso, mantiene la priorización de aquellos proyectos que sean fruto de la cooperación territorial. El resto de modificaciones realizadas responde a la adaptación de algunos preceptos del Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y en la concreción de algunas bases para mejorar la gestión e implementación del programa. Visto el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas a los "Fondos Estructurales y de Inversión Europeos" y las disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al Fondo de Cohesión y al Fondo Marítimo y de Pesca y que deroga el Reglamento (CE) núm.1083/2006 del Consejo (DOUE L347, de ); Visto el Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al FSE y que deroga el Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Consejo (DOUE L347, de ); Visto el Reglamento delegado (UE) núm. 480/2014 de la Comisión, de 3 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm /2006 del Consejo (DOUE L138/5, de ) Visto el Reglamento de ejecución (UE) núm. 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativas a las modalidades de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones y el sistema para el registro y almacenamiento de los datos. (DOUE L 223/7, de ) Visto el Plan nacional de implantación de la Garantía Juvenil, que determina que con el objetivo de implementar los sistemas de Garantía Juvenil, España pondrá en marcha un Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) en el marco del Fondo Social Europeo para el periodo de programación ; Vista la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que regula las bases del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el procedimiento de inscripción entre otras medidas; Visto el Programa Operativo de Empleo Juvenil , Núm.CCI2014ES05M90P001, del Fondo Social Europeo; Vistas las bases para la Estrategia de Empleo Juvenil en Cataluña Garantía Juvenil , aprobadas por el Gobierno el 9 de septiembre de 2014; Visto el acuerdo de Gobierno "Acuerdo GOV/76/2015, de 26 de mayo" por el que se aprueba el "Programa de empleo juvenil en Cataluña, Garantía Juvenil y el plan de actuación para el 2015"; Visto el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de ); Vista la Ley 13/2015, del 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña. (DOGC núm. 6914, de ); Vista la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Catalunya para el año 2015 (DOGC núm. 6830, de ); A estas bases les son aplicables la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de ), el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de ), y el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (Ley de finanzas públicas de Cataluña) (DOGC núm. 3791A, de ); Vistos los informes del Área Jurídica de Empleo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente al Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, de conformidad con lo que dispone el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Catalunya (DOGC núm. 1234, de ), y en uso de las facultades que me son conferidas.

3 3/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Por todo eso, Ordeno: Artículo 1 Objeto 1.1 Esta Orden tiene por objeto modificar diversas bases del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvención para la realización del Programa de experiencia profesional para el empleo juvenil en Cataluña "Jóvenes por el empleo". 1.2 Abrir la convocatoria para el año 2015 y la convocatoria anticipada para el año Título I Modificación de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de experiencia profesional para el empleo juvenil en Cataluña "Jóvenes por el empleo" Artículo 2 Se modifica el apartado 3 de la base 3 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, que queda redactado de la siguiente manera: "3.3 Las personas jóvenes que participen en el programa deben inscribirse en el Registro de Información de la Garantía Juvenil y, por lo tanto, deberán cumplir los requisitos previstos en el Real decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia." Artículo 3 Se modifica la base 5 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, que queda redactada de la siguiente manera: Base 5 Cuantía de las subvenciones Para desarrollar las actuaciones que constan en la base 10.1del anexo 1 de esta Orden se prevén las siguientes subvenciones: a) Para las actuaciones de tutorización y acompañamiento a la inserción, de acuerdo con la base 10 del anexo 1 de esta Orden, se establece una cuantía máxima de euros por joven. b) Para las actuaciones de formación, de acuerdo con la base 10 del anexo 1 de esta Orden, se establece una cuantía máxima de euros/joven, desglosado de la manera siguiente: b.1) Para los gastos vinculados a la formación profesionalizadora que deberá tener una duración de entre 150 y 300 horas por joven, se establece una cuantía máxima de 6,5 euros por hora y joven. b.2) Para los gastos vinculados a la formación para la obtención del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para cursos específicos/preparación a ciclos de grado medio y otros gastos que se relacionan en el apartado 2.3 del anexo 4 de esta Orden por los cuales la entidad local dispondrá de una cuantía máxima de 180 euros/joven. c) Para los incentivos mensuales condicionados a la participación y el aprovechamiento en las actuaciones de formación y, si procede, en las prácticas no laborales en entorno productivo que perciban las personas jóvenes, se subvencionará la cuantía de 150 euros mensuales por joven por un máximo de 4 meses y mientras la persona joven no haya iniciado la experiencia profesional en empresas. Las condiciones y procedimiento de gestión de este incentivo se detallan en la guía de prescripciones técnicas del Programa.

4 4/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya d) Para las actuaciones de promoción de la participación de empresas en el Programa se subvencionará su coste con una cuantía de 100 euros por joven. e) Para las actuaciones de experiencia profesional en empresas: El Servicio Público de Empleo de Cataluña subvencionará los contratos de trabajo suscritos con las personas jóvenes participantes con una cuantía equivalente al salario mínimo interprofesional por jornada completa o la parte proporcional en función de la jornada parcial prevista, por los meses de duración del contrato y con un máximo de 6 meses. En el caso de que el coste efectivo total de las actuaciones subvencionadas sea inferior al coste inicialmente presupuestado, el gasto mínimo, realizado y justificado, del total de las actuaciones subvencionadas exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la subvención, será de un 35% del importe total otorgado. El incumplimiento de este gasto mínimo establecido, comportará la revocación de la subvención otorgada. El cumplimiento de este gasto mínimo sólo será aplicable a las actuaciones previstas en los apartados a) b) c) y d) de esta base." Artículo 4 Se añaden cuatro apartados más a la base 6.1 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto. Estos apartados son los siguientes: "l) En el caso de personas físicas empresarias, deben estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio y estar dadas de alta en el régimen especial de autónomos. m) En el caso de entidades sin afán de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.n) En caso de asociaciones y fundaciones ya constituidas sujetas a las disposiciones del Código civil de Cataluña, disponer de los estatutos adaptados e inscritos antes del 31 de diciembre de 2012, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas (DOGC núm , de ), modificada por la Ley 5/2011, de 19 de julio (DOGC núm , de ). o) En caso de fundaciones, además del punto anterior, deben cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril." Artículo 5 Se modifica el apartado 2 de la base 8 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "8.2 Las entidades locales beneficiarias podrán atender un número máximo de 100 jóvenes por proyecto." Artículo 6 Se modifica el primer párrafo de la base 12 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, que queda redactado de la siguiente manera: "El programa tendrá un periodo de ejecución mínimo de 15 meses. La correspondiente convocatoria determinará la fecha de inicio y finalización de las actuaciones que deberán ejecutar las entidades locales de acuerdo con esta Orden." Artículo 7 Se modifica totalmente la base 15 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: Base 15 Solicitudes y documentación

5 5/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 15.1 Las solicitudes deben presentarse según los modelos normalizados que estarán a disposición de las personas interesadas en el apartado de trámites de la Sede electrónica de la Generalidad de Catalunya ( en la página web del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Catalunya ( y en la página web del Servicio Público de Empleo de Cataluña ( Las entidades locales previstas en la base 4.1 del anexo 1 de esta Orden presentarán la solicitud exclusivamente por internet, a través de la Sede electrónica de la Generalidad de Catalunya, donde también dispondrán de la información para enviar estas solicitudes Las empresas previamente seleccionadas de acuerdo con la base 13 del anexo 1 de esta Orden deben presentar las solicitudes preferentemente por internet, a través de la Sede electrónica de la Generalidad de Catalunya, y en el caso de que no sea posible la presentación por medios telemáticos, las solicitudes se podrán presentar presencialmente. En ambos casos dispondrán de la información para enviar estas solicitudes en la misma Sede electrónica de la Generalidad de Catalunya. La presentación de estas solicitudes también se puede realizar de acuerdo con los supuestos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de ) Las personas que presenten las solicitudes por medios telemáticos deben autenticarse a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica de la Generalidad de Catalunya para trámites de nivel medio de acuerdo con el Esquema Nacional de Seguridad (Real decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica) Las personas interesadas deben autenticarse para hacer el resto de transacciones asociadas al procedimiento de concesión y justificación de las ayudas por medios telemáticos a través del sistema de firma electrónica que determine la propia Sede electrónica En el caso de que las personas o entes sin personalidad jurídica solicitantes no dispongan de mecanismos de autenticación electrónica para la realización de cualquier trámite que requiera hacerse por medios electrónicos, puede ser identificada y autenticada por el personal al servicio de la Administración de la Generalidad de Catalunya y del sector público, que debe realizar el trámite en su nombre utilizando los sistemas de firma electrónica que los acredita como funcionarios habilitados. Con esta finalidad, la ciudadanía se debe acreditar y debe prestar su consentimiento expreso para ser autenticada por el personal habilitado. En la Sede electrónica se relacionan las oficinas de atención al público que ofrecen este servicio ( En el supuesto de interrupción por circunstancias accidentales del funcionamiento de la Sede electrónica, y siempre que sea técnicamente posible, la persona usuaria que acceda debe visualizar un mensaje donde se comunique esta circunstancia, indicándole los registros presenciales dónde se puede presentar la documentación alternativamente e informando de los efectos de esta interrupción del funcionamiento en el cómputo de los plazos. Además, si procede por razón de la materia, se le debe proporcionar un acceso directo a las subsedes electrónicas correspondientes. No obstante, cuándo no sea técnicamente posible que la persona usuaria acceda a visualizar el mensaje mencionado y se trate de trámites que se deben hacer obligatoriamente por medios telemáticos, si se produce una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas electrónicos durante el último día establecido para la realización del trámite correspondiente, éste se podrá llevar a cabo durante los tres días hábiles consecutivos La solicitud incluirá la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos siguientes: a) Requisitos a los que hace referencia la base 6 del anexo 1 de esta Orden. b) Existencia o no de otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, por el mismo concepto. En caso afirmativo deberá indicar, en el formulario de solicitud, el programa al que se acoge, la cuantía solicitada, el porcentaje que suponen del coste total del proyecto, si se encuentran en fase de solicitud o concesión y con cargo a qué entidad pública o privada se han solicitado. c) Disponer de la escritura de constitución de la sociedad y los estatutos, y sus modificaciones, debidamente inscritas en el correspondiente registro, si procede. d) Disponer de poder suficiente en derecho que acredite las facultades de representación de los firmantes de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante. e) Disponer de los libros contables, registros tramitados y otros documentos debidamente auditados, en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable. f) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación a las transacciones

6 6/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya relacionadas con las actuaciones. g) Declaración de domiciliación bancaria La solicitud de las entidades locales previstas en la base 4.1 del anexo 1 de esta Orden, incluirá también la declaración responsable relativa al cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. En el caso que la entidad beneficiaria sea una entidad pública, y ésta quiera ejecutar las actuaciones mediante entes instrumentales, deberá indicar la entidad que actuará como medio propio de la entidad beneficiaria y que, por lo tanto, tendrá recogido expresamente en la norma que la crea o en sus estatutos, que posee la condición de medio propio y servicio técnico de la entidad beneficiaria de acuerdo con lo que establece el artículo 24.6 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos del sector público. 2. En el caso de que la entidad beneficiaria subcontrate la ejecución de la formación profesionalizadora de acuerdo con los términos indicados en la base 14 del anexo 1 de esta Orden, deberá indicarlo en la solicitud y deberá cumplir las condiciones que se establecen en el anexo 2 de la Orden. 3. En el caso de que la entidad local solicitante sea un organismo autónomo u otras entidades jurídicas de creación voluntaria, dependientes o vinculadas a una administración local, declaración de la existencia del acuerdo o acuerdos municipales por los que se decide su creación y los estatutos y/o otros documentos fundacionales, sus modificaciones y, si procede, la inscripción en el Registro correspondiente. 4. Declaración de la existencia del acuerdo del pleno o del órgano de gobierno por el que se aprueba la solicitud de subvención y un certificado del/de la secretari/a y/o interventor/a de la administración local donde se haga constar la disposición presupuestaria para la financiación de la parte de la acción financiada directamente por el solicitante, con indicación de las partidas presupuestarias correspondientes La solicitud de las entidades previstas en la base 4.2 del anexo 1 de esta Orden, incluirá también la declaración responsable relativa a: Otras ayudas de "minimis" que hayan recibido y/o solicitado la empresa solicitante y las empresas vinculadas durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores, indicando la fecha de concesión, el importe y el ente otorgante. La cuantía que haya recibido por este concepto, sumada al importe de la ayuda que solicita no podrá exceder de euros. Las ayudas de "minimis" pueden haber sido concedidas para la actividad de la subvención o para otras diferentes, y pueden haber sido otorgadas por cualquier Administración Pública del Estado y/o recibir financiación de la Unión Europea La presentación de la solicitud de subvención faculta a la Administración para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos que constan o se declaran, y a pedir que se aporte la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar los datos que figuran en la misma. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe la solicitud de subvenciones dejan sin efecto este trámite, desde el momento en que se conozcan y previa audiencia a la persona interesada, y, en consecuencia, comportan la inadmisión de la solicitud de subvención, sin perjuicio de que puedan ser causa de revocación de la subvención, si se conocen con posterioridad a la concesión La firma de la solicitud comporta la autorización al Servicio Público de Empleo de Cataluña para obtener por medios electrónicos los datos relativos a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Además, también se consultarán los datos relativos a la constitución, estatutos y otros documentos fundacionales, mediante la consulta al Registro de entidades y al Registro Mercantil, siempre que estos datos estén disponibles en los mencionados registros La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: En el caso de las solicitudes presentadas por las entidades locales previstas en la base 4.1 del anexo 1 de esta Orden: a) Memoria técnica del proyecto. b) Anexo para entidades colaboradoras en la formación, si procede. En el caso de las solicitudes de las empresas seleccionadas de acuerdo con la base 13 del anexo 1 de esta

7 7/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Orden: a) Copia compulsada del contrato o contratos. b) Alta o altas en la Seguridad Social. c) Copia del convenio entre la entidad promotora y la contratante. d) Comunicación de acuerdo para la formación, sólo en el caso de contratos para la formación y el aprendizaje. Documentación a aportar en todas las solicitudes: a) Original y fotocopia o copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con la que se actúa, si no se ha inscrito en un registro público o en el Registro electrónico general de representación. En el caso de que la representación esté inscrita en los mencionados registros, no se debe aportar esta documentación porque el órgano instructor lo comprobará de oficio. Tampoco se debe presentar, cuando la presentación de la solicitud sea por medios telemáticos, y la firma electrónica acredite también que la persona firmante tiene poderes suficientes para actuar en nombre de la entidad representada. b) Hoja de domiciliación bancaria, si no se ha presentado la hoja de domiciliación bancaria anteriormente o han transcurrido más de cinco años o se ha modificado su contenido. c) De acuerdo con lo que se establece en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014 de 29 de diciembre, de transparencia acceso a la información pública y buen gobierno, en el caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas y el importe a otorgar sea superior a euros, deben comunicar, mediante declaración responsable, la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas En el caso de que la documentación se presente por medios telemáticos, las personas solicitantes pueden presentar copias digitalizadas de los documentos en sustitución de las copias compulsadas, de acuerdo con lo que prevé el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su fidelidad a los originales se garantiza mediante el uso de la firma electrónica correspondiente En el caso de documentos que ya se encuentren en poder de cualquiera de los departamentos de la Generalidad de Catalunya, en aplicación de lo que prevé el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, su aportación se puede sustituir por una declaración de la persona o entidad solicitante conforme no ha habido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud, haciendo constar el lugar, la fecha y el órgano ante el que se presentó la documentación. Esta declaración se incluye en el formulario de solicitud. En el caso de que se hubieran producido modificaciones en la documentación presentada, haya prescrito su periodo de vigencia o hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento por el cual se entregó, se tendrá que presentar necesariamente la nueva documentación Las entidades que tengan negociada con la Administración una prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial en relación con las deudas tributarias y/o de Seguridad Social, deberán aportar documentación acreditativa de esta prerrogativa especial Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en este artículo, se requerirá la persona solicitante para que, en un plazo de 10 días hábiles, enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considera que desiste de su petición, con resolución previa, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común." Artículo 8 Se modifica el apartado 11 de la base 17 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "17.11 En el supuesto de que la resolución otorgue un número de participantes inferior al solicitado por la entidad beneficiaria o bien modifique el ámbito territorial de actuación, la entidad dispondrá de quince días hábiles desde la fecha de notificación de la resolución para presentar un ajuste de la memoria técnica de acuerdo con la subvención otorgada. Esta memoria se tendrá que presentar a la unidad gestora del SOC, que deberá que autorizar los cambios."

8 8/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Artículo 9 Se modifica la base 18 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "Base 18. Criterios de valoración. "18. 1 Los criterios de valoración para la concesión de las subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base 4.1 del anexo 1 de esta Orden son los siguientes: a) Entidad local solicitante y entidades locales colaboradoras: capacidad y solvencia técnica, experiencia y recursos humanos y técnicos (20 puntos). b) Justificación del proyecto que debe responder a la diagnosis realizada y a las necesidades del territorio donde incide el proyecto (15 puntos). c) Calidad técnica del proyecto: plan de trabajo, descripción detallada de las acciones propuestas, previsión de inserción laboral y de los resultados esperados. Establecimiento de mecanismos de coordinación con otros agentes públicos o privados del territorio para la derivación de jóvenes al proyecto. El proyecto tendrá que garantizar la aplicación de igualdad de trato entre hombres y mujeres (25 puntos). d) Cooperación y coordinación con otras entidades públicas del territorio para la implementación de las diferentes acciones de un mismo proyecto. Éste deberá adecuarse a un modelo de cooperación en el territorio donde la participación y el apoyo de estos agentes deberá estar acreditado documentalmente (15 puntos). e) Valoración del desempleo registrado: resultado del cociente entre el desempleo registrado jóvenes entre 16 y 24 años (media anual) y la población total joven entre 16 y 24 años en el ámbito territorial de actuación del proyecto (10 puntos). f) Valoración de la ejecución de los proyectos realizados por las entidades solicitantes en anteriores convocatorias del "Programa Jóvenes por el Empleo. A las entidades que presenten solicitud por primera vez se les aplicará una medida correctora con una puntuación de 7 puntos (15 puntos). En la valoración de los proyectos se tendrá en cuenta la priorización de las acciones formativas formuladas por la entidad local en la solicitud presentada y también se podrá proponer la denegación parcial de determinadas acciones que no se consideren necesarias para la ejecución del proyecto El Servicio Público de Empleo de Cataluña podrá aplicar mecanismos correctores para los que, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, en la implementación de este programa ocupacional se asegure el equilibrio territorial. En este sentido, el Servicio de Empleo podrá modificar el ámbito territorial de actuación y/o reducir el número de participantes solicitados. Una vez los proyectos hayan obtenido una puntuación de acuerdo con los criterios de valoración previstos en esta Orden, el Servicio Público de Empleo de Cataluña analizará la distribución territorial por comarcas. Se aplicarán los mecanismos correctores en función de la puntuación obtenida por cada proyecto (calidad técnica), número de proyectos presentados en el territorio (recursos ocupacionales que se prevén implementar en la comarca), la tasa de desempleo registrado En función de la puntuación obtenida en cada proyecto, se aplicarán los siguientes porcentajes de disminución del número de jóvenes otorgados: A los proyectos que hayan obtenido una puntuación entre 80 y 100 puntos no se les aplicará ningún porcentaje de reducción del número de jóvenes solicitado. A los proyectos que hayan obtenido una puntuación entre 79 y 60 puntos se les aplicará un porcentaje de reducción hasta el 35% del número de jóvenes solicitado. A los proyectos que hayan obtenido una puntuación entre 59 y 50 puntos se les aplicará un porcentaje de reducción hasta el 60% del número de jóvenes solicitado." Artículo 10 Se modifica el apartado 6 de la base 19 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "19.6 En el caso que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de 6 meses, se

9 9/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya entenderá que la solicitud ha sido desestimada, de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña." Artículo 11 Se modifica la base 20 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: Base 20 Publicidad de las subvenciones otorgades Se hará publicidad de las subvenciones concedidas mediante la exposición de su relación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad ( (en la página web del Departamento de Empresa y Empleo ( y en la del Servicio Público de Empleo de Cataluña ( En el caso de que el importe de las subvenciones otorgadas, individualmente consideradas, sea iguales o superiores a 3.000,00 euros, se dará publicidad a través de la publicación al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, indicando la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se ha imputado, las entidades beneficiarias, la cantidad concedida y la/las finalidad/ades de la subvención. En el supuesto de actuaciones cofinanciadas por el FSE-Iniciativa de Empleo Juvenil, y de acuerdo con el artículo 115 apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, se informa que la lista de entidades beneficiarias se publicará en un portal de Internet único, con los datos de las operaciones cofinanciadas." Artículo 12 Se modifica la base 24 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: Base 24 Justificación 24.1 La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución del objeto de la subvención se hará de acuerdo con lo prevén los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el artículo 98.1 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y el Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones (DOGC núm. 6890, de ). En los supuestos de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, la documentación justificativa deberá cumplir los requisitos que determinen las normas reguladoras de los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación La modalidad de justificación económica es: - Para las actuaciones previstas en el apartado a), b) y c) de la base 10 del anexo 1 de esta Orden, la presentación de cuenta justificativa con la aportación de justificantes de gasto. - Para las actuaciones previstas en el apartado d) de la base 10 del anexo 1 de esta Orden, justificación mediante módulos. La justificación de las actuaciones debe incluir una memoria de actuación justificativa (o memoria técnica) y una memoria económica sobre el coste de las actuaciones realizadas. En el anexo 3 de esta Orden se detalla lo que debe contener la memoria económica. Para la justificación de la actuación prevista en el apartado a) de la base 10 del anexo 1 de esta Orden,en la imputación de gastos indirectos se aplicará como sistema de justificación, un tanto fijo calculado sobre los gastos directos de personal, previsto en el artículo 14.2 del Reglamento (UE) 1304/2013. Para la justificación de la actuación prevista en el apartado c) de la base 10, del anexo 1 de esta Orden para la imputación de otros gastos directos se aplicará un tanto fijo calculado sobre los gastos directos de personal previsto en el artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) 1303/2013 respectivamente. El anexo 4 de esta Orden detalla los gastos subvencionables vinculados a cada una de las actuaciones, así como el importe del tanto fijo.

10 10/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Cualquier corrección financiera que se aplique sobre los gastos que sirven de base de cálculo del tanto fijo, en virtud de las verificaciones y controles que puedan efectuarse, dará lugar a una minoración del importe imputado. La opción del tanto fijo para la imputación de los gastos es obligatoria para todos los beneficiarios de las acciones concedidas, durante todo el proceso de ejecución y liquidación, y no se puede cambiar este sistema de justificación La justificación técnica a la finalización de los proyectos consistirá en una memoria que incluirá una descripción esmerada de la ejecución de las acciones subvencionadas, así como el detalle de los resultados alcanzados. El Servicio Público de Empleo de Cataluña pondrá a disposición de las entidades promotoras la guía y los modelos necesarios para la elaboración de esta memoria. La entidad beneficiaria deberá conservar las pruebas documentales que acrediten la correcta ejecución de las acciones subvencionadas Las entidades promotoras quedan obligadas a presentar la cuenta justificativa en el plazo de dos meses a partir de la fecha de la finalización del plazo de ejecución que se establezca a la convocatoria Las entidades contratantes dispondrán del plazo de dos meses, a partir de la fecha de finalización de cada uno de los contratos, para presentar la cuenta justificativa. En el caso de que una misma entidad contrate diversas personas y estos contratos formen parte de una misma solicitud de subvención, los dos meses contarán desde la finalización del último contrato de trabajo. En el caso de que la entidad suscriba con la persona joven un contrato de trabajo de duración superior a seis meses, el plazo de presentación de la justificación económica será de dos meses a partir del cumplimiento del periodo subvencionable de seis meses." 24.5 La documentación de la justificación técnica y económica de los proyectos se deberá presentar, preferentemente por medios telemáticos de acuerdo con las instrucciones indicadas a las guías de prescripciones técnicas del programa publicadas según establece la base 33 de la Orden EMO/251/2014, sin perjuicio de las formas que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El Servicio de Control y Justificación Económica del Servicio Público de Empleo de Cataluña comprobará la cuenta justificativa y podrá requerir la entidad beneficiaria para la remisión de los justificantes adicionales que considere oportuno y que permitan obtener una evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención El órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no exceda de la mitad del plazo previamente otorgado y siempre que no se perjudiquen los derechos de terceros, de acuerdo con lo que prevé el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Artículo 13 Se añade un nuevo párrafo al punto e), del apartado 1 del anexo 3 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "e) Se adjuntará una temporalización mensual de las horas invertidas en cada tarea del personal propio, según modelo normalizado. En esta temporalización se hará constar la descripción de cada una de las tareas desarrolladas y deberá estar firmada tanto por la entidad beneficiaria como por la persona responsable de su ejecución. Se admite que esta temporalización mensual sea el resumen de la temporalización semanal, que estará a disposición de los órganos de control correspondiente. En el caso de gastos de personal imputados al proyecto, con horas de dedicación y coste/hora, se incluirá la relación de las personas imputadas, el detalle de las horas de dedicación, el coste/hora de cada persona, y el importe total imputado." Artículo 14 Se modifica el apartado 2 del anexo 3 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "2) Justificación económica, mediante módulos, para las entidades contratantes previstas en la base 4.2 del anexo 1 de esta Orden.

11 11/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Una vez finalizadas las actuaciones previstas en el apartado d) de la base 10 del anexo 1 de esta Orden, las empresas beneficiarias de las subvenciones deberán presentar la justificación económica que incluirá una memoria con la documentación siguiente: a) Una declaración del beneficiario con la identificación de las personas contratadas, jornada realizada durante todo el periodo subvencionable y meses trabajados por cada una de ellas b) Cuantía de la subvención para cada persona contratada calculada sobre la base de un módulo mensual resultante de una parte fija equivalente al Salario Mínimo Interprofesional multiplicada por el cociente entre la jornada realizada y la jornada ordinaria de la entidad contratante (empresa) y por el número de meses trabajados. Jornada laboral realizada subvención contrato joven = SMI x x número de meses trabajados Jornada ordinaria de empresa c) Relación de las personas tutoras asignadas por la empresa, con indicación de los/las jóvenes tutorizados/as. d) Un certificado para cada persona joven participante, firmado por el representante legal de la empresa y por la persona joven contratada, donde consten las tareas realizadas durante todo el periodo de contratación. e) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia." Artículo 15 Se modifican los apartados 1, 3 y 4 del anexo 4 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "1) Actuaciones de tutorización y acompañamiento a la inserción. 1.1 Gastos directos de personal subvencionables. Las retribuciones salariales del personal técnico propio de la entidad que lleve a cabo las tareas de orientación y acompañamiento a la inserción, de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación y las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la entidad. En el caso de personal dedicado al proyecto a tiempo parcial o bien que combine tareas de orientación, 1.2 Otros gastos directos subvencionables - Visitas y otros desplazamientos vinculados a la actuación - Material necesario para la orientación - Acciones de difusión y sensibilización (publicidad) 1.3 Gastos indirectos - Personal de apoyo - Suministros: luz, comunicaciones, aigua,etc... - Otros gastos En aplicación de los costes simplificados, para la justificación de los gastos de los puntos 1.2 y 1.3 se aplicará un tanto fijo del 25% calculado sobre los gastos directos de personal correctamente verificados; para éstos no hará falta la aportación de justificantes de gasto. 3) Promoción de la participación de empresas en el Programa. Podrán ser subvencionables aquellos gastos dirigidos a fomentar la participación de las empresas en el

12 12/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Programa Gastos directos de personal subvencionables Las retribuciones salariales del personal propio de la entidad que lleve a cabo las tareas de promoción de participación de empresas, de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación y las cuotas de Seguridad Social a cargo de la entidad. En el caso de personal dedicado al proyecto a tiempo parcial o bien que combine tareas de orientación, formación y prospección, se aplicará la prorrata correspondiente. 3.2 Otros gastos directos subvencionables - Desplazamientos del personal prospector. - Gastos de contratación de medios para hacer las actuaciones de sensibilización, información y difusión. - Material para realizar acciones de difusión y sensibilización. 3.3 Gastos indirectos - Personal de apoyo - Suministros: luz, comunicaciones, agua, etc... - Otros gastos: seguros, material de oficina etc... Para la justificación de los gastos indirectos se aplicará un tanto fijo del 15% calculado sobre los gastos directos de personal correctamente verificados; para éstos no hará falta la aportación de justificantes de gasto." 4) Experiencia profesional en empresas. Serán subvencionables los gastos salariales, incluyendo salario base y pagas extraordinarias, de la entidad contratante derivados de la contratación de los participantes durante un máximo de seis meses. Este gasto se imputará mediante un módulo equivalente al salario mínimo interprofesional por jornada completa o la parte proporcional en función de la jornada parcial prevista por los meses de duración del contrato y con un máximo de 6 meses. Para el cálculo de la cuantía de la subvención será de aplicación la fórmula del apartado 2 b) del anexo 3 de esta Orden. El módulo aplicable será el equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria, donde se indicará su cuantía." Artículo 16 Se modifica el apartado 2.3 del anexo 4 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, con el siguiente redactado: "También podrán ser subvencionables los gastos en concepto de matrículas, módulos de formación y material didáctico para la obtención de graduado en Educación Secundaria Obligatoria y las derivadas del curso específico o curso de preparación para el acceso a ciclos de grado medio, facturadas por el Instituto Abierto de Cataluña o el gasto efectuado por este concepto por los centros de formación de personas adultas. Asimismo podrán ser subvencionables los gastos en concepto de matrículas para las pruebas libres para la obtención de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que la persona joven haya estado cursando esta formación en el Instituto Abierto de Cataluña o en las escuelas de adultos en el marco de este Programa, y los gastos en concepto de matrículas de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio." En cualquier caso estos gastos deben haberse generado dentro del periodo de ejecución del programa. Título II Convocatoria para el año 2015 y anticipada para el año 2016

13 13/15 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Artículo 17 Convocatoria para el año Se abre la convocatoria para la presentación de solicitudes para las ayudas previstas en los apartados a), b) y c) de la base 10.1 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto Las entidades que pueden solicitar estas ayudas son las entidades locales previstas en la base 4.1 de la mencionada Orden. Artículo 18 Convocatoria anticipada para el año Se abre la convocatoria para la presentación de solicitudes para las ayudas previstas en los apartados d) de la base 10.1 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto Las entidades que pueden solicitar estas ayudas son las empresas y entidades sin afán de lucro previstas en la base 4.2 de la mencionada Orden. Artículo 19 Aplicación presupuestaria e importe convocado 19.1 El presupuesto total destinado a la ejecución de este programa es de euros. La dotación de la presente convocatoria estará condicionada a la efectiva autorización por parte del Gobierno de la Generalidad de Catalunya El importe máximo destinado a la concesión de subvenciones para la realización de las actuaciones que se establecen en los apartados a), b) y c) de la base 10.1 del Anexo 1 del Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, es de ,00 euros. Esta convocatoria se financia a cargo de las partidas presupuestarias D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000 del Servicio Público de Empleo de Cataluña del ejercicio presupuestario del año 2015 hasta un importe de ,00 euros. El presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 será de ,00 euros con cargo en las mismas partidas presupuestarias El importe máximo destinado a la concesión de subvenciones para la realización de la actuación de contratación prevista en el apartado d) de la base 10.1 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, es de 1.556,640,00 euros. Esta convocatoria se financiará a cargo de las partidas presupuestarias D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, D/ /331D/0000, del Servicio Público de Empleo de Cataluña del ejercicio presupuestario del año 2016 por un importe de ,20 euros. El presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 será de ,80 euros con cargo a las mismas partidas presupuestarias Las actuaciones previstas en la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto realizadas con personas jóvenes menores de 25 años podrán ser elegibles mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil , Núm. CCI2014ES05M90PO01, del Fondo Social Europeo para el periodo , en el marco del eje prioritario 5 relativo a la integración sostenible en el mercado de trabajo de los jóvenes desempleados, que no participan en actividades de educación ni formación, en el contexto de la Garantía Juvenil con una tasa de cofinanciación del 91,89%, y en el marco del eje prioritario 1 con una tasa de cofinanciación del 50% Las ayudas previstas en el apartado d) de la base 10.1 del anexo 1 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, tienen la consideración de ayudas de minimis de acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar los ,00 euros en el plazo de 3 ejercicios fiscales (ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores). Las ayudas de minimis no se podrán acumular con otra ayuda estatal para los mismos gastos subvencionables si esta acumulación da lugar a una intensidad superior a las establecidas en el Reglamento General de Exención por Categorías o en una decisión de la Comisión.

Entidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo. Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo

Entidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo. Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo Entidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo Centros de trabajo en los que se integran la formación,

Más detalles

Desarrollar proyectos comunitarios de interés social o común, los definidos como Proyectos Garantía+55

Desarrollar proyectos comunitarios de interés social o común, los definidos como Proyectos Garantía+55 Programa Garantía +55 años Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha 2016-2017 2017 Qué es el programa GARANTÍA +55 AÑOS? Es un programa para la activación de las personas desempleadas mayores

Más detalles

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores Dirección General de Formación CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA ANEXO I Etiqueta del Registro Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten

Más detalles

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2 Modelo CEDER-1 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR EN LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE AYUDA DEL PROGRAMA TERRITORIAL LEADER DE CEDER ALCARRIA CONQUENSE Para poder proceder a la firma de la Solicitud de Ayuda del

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PUBLICACIÓN CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PUBLICACIÓN CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Delegación del Gobierno para la Violencia de Género INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO. AÑO 2006

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO. AÑO 2006 BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO. AÑO 2006 Exposición de motivos La Fundación ICO, según se establece en el artículo primero de sus Estatutos,

Más detalles

PROGRAMA EMPRESA-EMPLEO. Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo-

PROGRAMA EMPRESA-EMPLEO. Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo- PROGRAMA EMPRESA-EMPLEO Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo- INDICE 1.Regulación normativa 2.Objetivo 3.Régimen del procedimiento 4.Actuaciones subvencionables 5. Entidades

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente CYT- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

COMERCIAL INVERSA DE VINOS

COMERCIAL INVERSA DE VINOS Convocatoria de ayudas a pymes de la provincia de ALBACETE para el desarrollo de la MISIÓN COMERCIAL INVERSA DE VINOS dentro del Programa Acciones Complementarias de Iniciación. 1. Contexto El Consejo

Más detalles

ANEXO IX JUSTIFICACIÓN MEMORIA DE ACTUACIÓN

ANEXO IX JUSTIFICACIÓN MEMORIA DE ACTUACIÓN ANEXO IX JUSTIFICACIÓN MEMORIA DE ACTUACIÓN Nº DE EXPEDIENTE: Etiqueta de Registro General de PROCESA EMPRESA: C.I.F. / N.I.F.: OBJETO DE LA SUBVENCIÓN: PROYECTO FINAL REALIZADO: MODIFICACIONES EN SU CASO:

Más detalles

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

Más detalles

SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES

SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES - (SEPAD) DIRECCIÓN GERENCIA Última modificación: 18-07-2016

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Normativa reguladora: Orden de 27/10/2015, de la (DOCM nº 213, de 30/10)

Más detalles

AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tiene como objetivo fortalecer

Más detalles

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración

Más detalles

Justificación de los fondos Y Gastos Subvencionables

Justificación de los fondos Y Gastos Subvencionables Justificación de los fondos Y Gastos Subvencionables Serán subvencionables los gastos ejecutados, pagados y cobrados entre el 1 de enero de 2009 hasta 31 de diciembre de 2009. En ningún caso el coste de

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:

Más detalles

AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO 2013,

AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO 2013, AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO, AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA DURANTE EL AÑO 1 Comentamos

Más detalles

ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA (Córdoba).

ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA (Córdoba). ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL (Córdoba). SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Objeto de la Ordenanza. La presente Ordenanza, tiene por objeto, la regulación

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS BASES 1.- Objeto y finalidad de la Convocatoria Por la presente se convocan subvenciones para el

Más detalles

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero Artículo 4. Contenido de la actividad formativa. 1. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado

Más detalles

Expedientes de Regulación de Empleo

Expedientes de Regulación de Empleo Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:

Más detalles

ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD

ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD Registro de entrada Anexo III: SOLICITUD DE AYUDAS R2CITIES PROPUESTA DE ACTUACIONES A REALIZAR (marcar lo que proceda): ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD ACTUACIONES EFICIENCIA

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL TRABAJO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA DENOMINADO:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL TRABAJO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA DENOMINADO: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL TRABAJO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA DENOMINADO: DINAMIZACIÓN DEL PROGRAMA ACTÚA CON ENERGÍA 2006 1. Definición del Proyecto A.- Objetivos del

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

CONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015.

CONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015. CONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015. DE UNA PARTE REUNIDOS Palencia, a de de 2015 El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente

Más detalles

PROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA

PROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA Nº expediente SOLICITUD IMPRESO PCT 1 D/Dña.: con D.N.I nº En representación de: Empresa/Entidad: NIF/CIF: Con domicilio social en: Provincia Municipio Localidad CP Calle Teléfono: Fax: Persona de contacto:

Más detalles

Presenta usted esta solicitud como...(alcalde / presidente / representante)... de entidad Jurídica. NIF (*): Razón social: Siglas / Acrónimo:

Presenta usted esta solicitud como...(alcalde / presidente / representante)... de entidad Jurídica. NIF (*): Razón social: Siglas / Acrónimo: ANEXO I - SOLICITUD DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO-GARANTÍA JUVENIL PARA EL EJERCICIO 2016 Y DE LA SUBVENCIÓN CORRESPONDIENTE Presenta usted esta solicitud como...(alcalde

Más detalles

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA 1. Bases Reguladoras CURS 2016-2017 Las bases reguladoras de la concesión de estas

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE MOCEJON PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE LAS ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS DE MOCEJON

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016 Palencia, a 7 de abril de 2016 CIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016 AYUDAS 2016 FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES. COMUNIDAD DE MADRID. Plazo solicitudes:

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente SAN- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

REFERENCIA DICTAMEN DATOS DE LA SERIE DOCUMENTAL

REFERENCIA DICTAMEN DATOS DE LA SERIE DOCUMENTAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS REFERENCIA DICTAMEN Código propuesta GTSC/4/2015-4

Más detalles

Ayudas e incentivos para empresas

Ayudas e incentivos para empresas Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 51021 Anual: X Actualizado a: 09/10/2015 Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la incorporación de personas

Más detalles

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACION AL DESARROLLO Y SENSIBILIZACION MODALIDAD C

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACION AL DESARROLLO Y SENSIBILIZACION MODALIDAD C Área de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria Dirección General de Igualdad y Cooperación Servicio de Cooperación al Desarrollo ANEXO I 2016 CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 2.2.204 C(204) 989 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 2.2.204 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se

Más detalles

Anexo no presentable CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES ANEXO II. (Página 1 de 6)

Anexo no presentable CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES ANEXO II. (Página 1 de 6) (Página 1 de 6) ANEXO II CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES CÓDIGO IDENTIFICATIVO Nº REGISTRO, FECHA Y HORA SOLICITUD SUBVENCIÓN/ES A ENTIDADES DE VOLUNTARIADO Y UNIVERSIDADES

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015 CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015 CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA-GASTEIZ

Más detalles

NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2008) Los mecanismos y condiciones

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 315 Viernes 30 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 91253 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 12484 Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo

Más detalles

Régimen de concesión.

Régimen de concesión. DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN de 3 de febrero 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan las ayudas con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel

Más detalles

BASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN

BASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN BASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Aprobado en el Consejo de Gobierno de 8 de octubre de 2004. El Programa de Becas Formación de la Oficina de Prácticas Externas y Orientación Profesional (OPE), financiado

Más detalles

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo) Consejería de Sanidad y Políticas Sociales JUNTA DE EXTREMADURA Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo Avenida de las Comunidades, s/n 06800 MÉRIDA http://www.gobex.es Teléfono:

Más detalles

Dicho documento deberá ser cumplimentado previamente desde su expediente electrónico accediendo a la siguiente dirección:

Dicho documento deberá ser cumplimentado previamente desde su expediente electrónico accediendo a la siguiente dirección: MANUAL PARA LA OBTENCIÓN DEL ANEXO DE JUSTIFICACIÓN Este documento servirá de manual para la obtención del Anexo de justificación en cumplimiento del punto 25.f del Cuadro resumen de la ORDEN de 21 de

Más detalles

MODELO SOLICITUD SUBVENCIÓN GASTOS FUNCIONAMIENTO SAN PABLO-SANTA JUSTA 2015

MODELO SOLICITUD SUBVENCIÓN GASTOS FUNCIONAMIENTO SAN PABLO-SANTA JUSTA 2015 MODELO SOLICITUD SUBVENCIÓN GASTOS FUNCIONAMIENTO SAN PABLO-SANTA JUSTA 2015 DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Denominación CIF Registro administrativo en el que está inscrita y número Colectivo (Enseñanza,

Más detalles

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012 SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012 ARTÍCULO 1.- REGULACIÓN.- Las subvenciones objeto de

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural Compilación Normativa Política Desarrollo Rural 2014 2020 Subdirección General de Programación y Coordinación DGDRPF 15 de enero de 2015 1 Mayo 2014 INDICE LEGISLACIÓN COMUNITARIA... 3 MARCO ESTRATÉGICO

Más detalles

I.- BONIFICACIÓN ESPECÍFICA POR LA CONTRATACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

I.- BONIFICACIÓN ESPECÍFICA POR LA CONTRATACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL Legal News Julio 2014. Nº10 NOVEDADES LEGISLATIVAS JULIO 2014. Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia El pasado

Más detalles

AYUDAS A EMPRESAS Y AUTONOMOS PARA LA CONTRATACIÓN DE JOVENES TITULADOS UNIVERSITARIOS ANUNCIO

AYUDAS A EMPRESAS Y AUTONOMOS PARA LA CONTRATACIÓN DE JOVENES TITULADOS UNIVERSITARIOS ANUNCIO AYUDAS A EMPRESAS Y AUTONOMOS PARA LA CONTRATACIÓN DE JOVENES TITULADOS UNIVERSITARIOS ANUNCIO Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 14 de Enero de 2016, se aprobaron las Bases de la Ayudas

Más detalles

PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO

PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO 1. DESCRIPCIÓN La Cooperación Económica del Estado con las entidades locales se inspira en los principios constitucionales de solidaridad y de coordinación

Más detalles

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA Becas Excelencia. 2014 Información General Estado ABIERTA Plazo de presentación de solicitudes Del 1 al 17 de septiembre (ambos inclusive) Orden En el caso de entrega presencial o telemático, el día que

Más detalles

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO, FOMENTO DEL EMPLEO Y RENOVACION, REFORMA Y APERTURA DE LOCALES COMERCIALES EN TUDELA

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO, FOMENTO DEL EMPLEO Y RENOVACION, REFORMA Y APERTURA DE LOCALES COMERCIALES EN TUDELA BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO, FOMENTO DEL EMPLEO Y RENOVACION, REFORMA Y APERTURA DE LOCALES COMERCIALES EN TUDELA Base 1.Objeto. Las presentes bases reguladoras tienen por objeto la regulación

Más detalles

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.3.2014 C(2014) 1450 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 11.3.2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba esta ordenanza, en ejercicio de autonomía tributaria que le reconoce la Constitución

Más detalles

Informe Resumen del Programa Empleo Joven

Informe Resumen del Programa Empleo Joven Informe Resumen del Programa Empleo Joven El objetivo de este programa es mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes andaluzas para reducir el tiempo de inactividad existente entre la finalización

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN EN FAVOR DEL PROPIO CONSEJO DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARES DE GÉNERO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2015/2016, Las

Más detalles

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR CURSO 2015-2016 INDICE A) Objeto. B) Requisitos de los beneficiarios. C) Incompatibilidad. D) Formalización

Más detalles

Formación Específica en Centros

Formación Específica en Centros 1.2.1.2. Formación Específica en Centros Objeto de la convocatoria La Universidad de Sevilla, en su compromiso con la mejora continua de la docencia, y en aplicación de la Acción 1.2.1 de su II Plan Propio

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE LEGUTIO

AYUNTAMIENTO DE LEGUTIO II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE LEGUTIO Bases de la convocatoria y concesión de subvenciones a asociaciones socio culturales, sin ánimo de lucro, para el año

Más detalles

MEMORIA EN RELACIÓN CON LA ACTUACION OBJETO DE SUBVENCIÓN Y PLAN DE ACTUACIÓN DE ENTIDAD ASOCIATIVA

MEMORIA EN RELACIÓN CON LA ACTUACION OBJETO DE SUBVENCIÓN Y PLAN DE ACTUACIÓN DE ENTIDAD ASOCIATIVA SUBVENCION PARA ASISTENCIA TÉCNICA: ESTUDIOS DE VIABILIDAD, ORGANIZACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DIAGNÓSIS U OTROS DE NATURALEZA ANÁLOGA / INFORMES ECONÓMICOS Y AUDITORÍAS / ASESORAMIENTO EN LAS DIVERSAS ÁREAS

Más detalles

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización SOLICITUD DE AYUDA POR ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA CONTRATACIÓN DE EXPERTOS TÉCNICOS DE ALTA CUALIFICACIÓN Programa de I+E Orden de 21 de enero de 2004 (BOJA nº 22, de 3 de febrero de 2004) 1. DATOS DE

Más detalles

Subvenciones y cultura. Profesor: Aitor Gorostiza

Subvenciones y cultura. Profesor: Aitor Gorostiza Subvenciones y cultura Profesor: Aitor Gorostiza ÍNDICE 1. Presentación. 2. El objeto en las subvenciones. Qué es una subvención? Qué es subvencionable? 3. Los sujetos en las subvenciones. Quién subvenciona?

Más detalles

Anexo 2 MODELO DE CONVOCATORIA PROGRAMA APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME

Anexo 2 MODELO DE CONVOCATORIA PROGRAMA APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME Anexo 2 MODELO DE CONVOCATORIA PROGRAMA APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME Convocatoria de ayudas a PYMES para el desarrollo de planes de asesoramiento personalizado para fomentar y potenciar

Más detalles

BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO 2014-2015

BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO 2014-2015 BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO 2014-2015 Primera.- Objeto de la subvención: Becas o Ayudas al

Más detalles

La cantidad máxima destinada a esta línea de subvenciones es de 8.700,00 con cargo a la aplicación presupuestaria

La cantidad máxima destinada a esta línea de subvenciones es de 8.700,00 con cargo a la aplicación presupuestaria CONVOCATORIA DEL PROGRAMA 6 DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES Y A ASOCIACIONES DE FAMILIAS DE ALUMNOS DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA E INSTITUTOS DEL MUNICIPIO DE ROSES

Más detalles

ACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 BASES

ACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 BASES CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 1.- OBJETO BASES El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas a ayuntamientos

Más detalles

Condensando la ley 30/2015

Condensando la ley 30/2015 1 + de 478.000 empresas participantes sólo en la formación a demanda tolerancia cero contra el fraude prohibición de efectuar subcontrataciones, que se tipifica como infracción muy grave, una infracción

Más detalles

Agencias de Colocación. Obligaciones y Requisitos de Actuación

Agencias de Colocación. Obligaciones y Requisitos de Actuación Agencias de Colocación Obligaciones y Requisitos de Actuación Noviembre 2016 Normativa y otros documentos de referencia Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley de Empleo

Más detalles

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (DUSI) PRIMERA CONVOCATORIA DE AYUDAS

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (DUSI) PRIMERA CONVOCATORIA DE AYUDAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (DUSI) PRIMERA CONVOCATORIA DE AYUDAS 18 de Noviembre de 2015 1 PO REGIONALES Y PLURI REGIONALES Nº PROGRAMA OPERATIVO 1 1 1 Crecimiento Inteligente

Más detalles

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Orden TAS/ por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos. La ORDEN TAS/3261/2006, de 19 de octubre,

Más detalles

1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria?

1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria? LA FINANCIACION 1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria? En esta línea financiera, la entidad prestataria es directamente Sodecan. El contrato de préstamo se formaliza exclusivamente

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la natación como

Más detalles

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas: RESOLUCIÓN del Vicerrector de Profesorado y Departamentos de la Universidad Carlos III de Madrid, de 16 de mayo de 2013, por la que se convoca Concurso Público para la provisión de plazas de PROFESORES

Más detalles

Estas becas están dotadas con una cuantía de 2.000,00 euros, no incluyendo la exención de precios públicos por servicios académicos. (art.

Estas becas están dotadas con una cuantía de 2.000,00 euros, no incluyendo la exención de precios públicos por servicios académicos. (art. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca mediante Resolución de 3 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades (B.O.E. nº 169 de 12 de julio

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 210 Jueves 1 de septiembre de 2011 Sec. III. Pág. 95249 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 14298 Resolución de 8 de julio de 2011, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan

Más detalles

SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS BASES

SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS BASES SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS Convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas al Fomento de la Transferencia de Negocios en el medio rural, incluidas dentro

Más detalles

FECHA DE PUBLICACIÓN EN www.sinpromi.es: Ayudas y Subvenciones :25/05/2015.

FECHA DE PUBLICACIÓN EN www.sinpromi.es: Ayudas y Subvenciones :25/05/2015. FECHA DE PUBLICACIÓN EN www.sinpromi.es: Ayudas y Subvenciones :25/05/2015. CORRECCIÓN DE ERRORES ADVERTIDOS EN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA SUFRAGAR GASTOS ACOMETIDOS

Más detalles

Licencias interautonómicas de Caza y de Pesca

Licencias interautonómicas de Caza y de Pesca Licencias interautonómicas de Caza y de Pesca El pasado 14 de octubre de 2015, el consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, D. Jaime González Taboada, ha firmado un

Más detalles

P13- Procedimiento de selección y contratación de personal

P13- Procedimiento de selección y contratación de personal P13- Procedimiento de selección y contratación de personal P13- Procedimiento de selección y contratación de personal 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente procedimiento interno se desarrolla de acuerdo

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ESCUELAS DEPORTIVAS DE DISCAPACITADOS PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL 2008

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ESCUELAS DEPORTIVAS DE DISCAPACITADOS PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL 2008 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ESCUELAS DEPORTIVAS DE DISCAPACITADOS PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL 2008 Según el reglamento regulador del Plan de Asistencia Económica y Cooperación

Más detalles

Pruebas de Selección para la Habilitación como Instructor de Tiro del Personal de Seguridad Privada:

Pruebas de Selección para la Habilitación como Instructor de Tiro del Personal de Seguridad Privada: Trámites. 111531-Pruebas de Selección para la Habilitación como Instructor de Tiro del Personal de Seguridad Privada: Desde esta página se podrá consultar la información necesaria para solicitar la admisión

Más detalles

1/37 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

1/37 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 1/37 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/204/2015, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones

Más detalles

Ayuntamiento de Pozohondo

Ayuntamiento de Pozohondo CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN EN EL MUNICIPIO DE POZOHONDO. PRIMERO. FINALIDAD La protección a la familia tiene su plasmación constitucional en el artículo

Más detalles

Protección Social Agrarios Plan Especial de Aragón Dirección Provincial

Protección Social Agrarios Plan Especial de Aragón Dirección Provincial Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios Plan Especial de Aragón 2016 Servicio i Público de Empleo Estatal Dirección Provincial TERUEL ÁMBITO Y OBJETIVOS P. E. A. 2016 Se podrá acceder a

Más detalles

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones.

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones. Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Registro General e Productores y Gestores de Residuos de Galicia 1. Introducción El

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO N.º 113

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO N.º 113 Imprimir ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS A PROGRAMAS CON CARGO A LA COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO CARÁTULA DE LA SOLICITUD Título del programa (máximo 96 caracteres): País o países de ejecución: Sector de

Más detalles

CONVOCATORIA No. DRU - 041

CONVOCATORIA No. DRU - 041 CONVOCATORIA No. DRU - 041 La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar en el siguiente proceso de selección:

Más detalles

Programa Específico Iluminación Eficiente de Andalucía. Junio 2011

Programa Específico Iluminación Eficiente de Andalucía. Junio 2011 Programa Específico Iluminación Eficiente de Andalucía Junio 2011 ÍNDICE 1. Beneficiarios 2. Actuaciones subvencionables 3. Presentación de solicitudes y cuantía de las subvenciones 4. Agentes participantes

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

PLAN DE ACTUACIÓN GLOBAL (LIDERA)

PLAN DE ACTUACIÓN GLOBAL (LIDERA) ANEXX PLAN DE ACTUACIÓN GLOBAL (LIDERA) ANEXO I: DOCUMENTACIÓN para la FASE SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN De acuerdo a la Instrucción 15/10/2009 de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio

Más detalles

Cuarto. Criterios de baremación. En el proceso de selección se aplicará el baremo establecido en el Anexo I.

Cuarto. Criterios de baremación. En el proceso de selección se aplicará el baremo establecido en el Anexo I. BAREMO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL PROGRAMA DE EMPLEO PÚBLICO DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN EL MEDIO NATURAL DE MUNICIPIOS DE ZONAS DE INTERIOR

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES 1. Objeto y régimen jurídico El objeto de este reglamento es regular el otorgamiento de los créditos por prácticas externas

Más detalles

Ayudas e incentivos para empresas

Ayudas e incentivos para empresas Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 52799 Anual: X Actualizado a: 30/05/2016 Se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la certificación

Más detalles

JUNTA DE EXTREMADURA

JUNTA DE EXTREMADURA JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016

Más detalles