MIGRACIONES, ASPECTOS LEGALES DEL TRABAJO MIGRANTE Y LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESPACIO LABORAL INTEGRADO EN EL MERCOSUR
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- Silvia Lozano Núñez
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1 MIGRACIONES, ASPECTOS LEGALES DEL TRABAJO MIGRANTE Y LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESPACIO LABORAL INTEGRADO EN EL MERCOSUR Yolanda Analía Yinde Kloss 1 Los países del Cono Sur de Sudamérica históricamente han sido un espacio de intensos movimientos migratorios, principalmente entre los países hispanohablantes. Nuestros pueblos han circulado a través de nuestras fronteras de forma constante desde el nacimiento mismo de nuestras naciones. Las continuas y fluidas migraciones han sido un elemento constitutivo de nuestras identidades. Con la formación del MERCOSUR, ese proceso se ha ido intensificado con la participación expresiva del trabajador migrante. La libre circulación de trabajadores debe ser un elemento fundamental en la integración regional que estamos construyendo, no solo por ser el trabajo uno de los factores productivos más importantes en cada economía, sino porque la migración en búsqueda de mejores oportunidades de vida es un derecho humano esencial en la construcción de un espacio ampliado compartido, cómo es el MERCOSUR. No se puede por ende hablar de construcción de un mercado común sin concretar la libre movilidad de trabajadores. El MERCOSUR se planteó ante sus objetivos fundamentales la libre circulación de factores productivos, aún que diez años después de su creación, el MERCOSUR alcanza de forma casi simultánea el acuerdo de regularización migratorio interna del MERCOSUR y el acuerdo de residencia para los nacionales de estados partes del MERCOSUR, instrumentos que significarán un cambio fundamental y que han puesto la región en la vanguardia de una visión progresista de las migraciones laborales y la garantía de los derechos humanos de los migrantes. MIGRACION INTERNACIONAL EN EL PARAGUAY Paraguay no ha sido un muy atractivo para la migración internacional al menos para grupos provenientes de países lejanos. Sin embargo, en los últimos cincuenta años surgió un dinamismo migratorio de personas de países vecinos, principalmente el Brasil y la Argentina. 1 Abogada Defensora Pública Penal del Ministerio de la Defensa Pública del Paraguay y Presidenta de la Asociación de Defensores y Defensoras Públicas del Paraguay (ADEPPY). 109
2 La migración brasileña se ha concentrado históricamente en la porción este de la región oriental, principalmente en los departamentos de Alto Paraná y Canindeyú. Por su parte, los argentinos se concentran principalmente en la capital, Asunción, su área metropolitana y como segundo foco, la zona fronteriza de Itapúa. Resulta prácticamente imposible estimar la cantidad de inmigrantes en situación irregular en el país, un tema que se ha asociado particularmente con la inmigración brasilera por ser la más reciente y más numerosa. Sobre el real volumen de esta inmigración se han manejado cifras sumamente dispares, de diversas fuentes y escaso rigor estadístico (en el orden de personas) de manera tal que la única fuente confiable resulta la de los censos nacionales de población, aun con los sub registros en el que los mismos podrían incurrir. Por su parte, hasta mediados del 2009, la Dirección General de Migraciones no había emprendido un programa explícito, continuado y sistemático, de regularización migratoria. Sus registros de inmigrantes han sido llevados de manera manual hasta el 2003 cuando se inicia el proceso de informatización de los datos. Las estadísticas más recientes sobre regularización de inmigrantes son las que se originan en la DGM y son publicadas por los anuarios de la DGEEC. A partir de la ratificación por el Gobierno del Paraguay en julio del 2009, del acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados partes del MERCOSUR y del Acuerdo sobre Regularización Migratoria Interna de Ciudadanos del MERCOSUR, la DGM con el apoyo de la OIM y del Gobierno Brasilero inició un Proyecto Piloto de regularización Residencial de Emigrantes del vecino país, para lo cual un equipo móvil se instaló por cinco días en la ciudad de Santa Rita (Departamento de Alto Paraná) fronteriza con el Brasil, logrando expedir en ese breve lapso, más de carnets de residencia temporario a nuevos y antiguos residentes (más de 68% de los mismos superaban 10 años de vida en el país) Los carnets temporarios serán canjeados por los de residencia permanente luego de transcurridos sus dos años de validez (DGM, 2009). A fines de 2009 el proyecto piloto se ha convertido en programa de regularización Migratoria e Implementación del Acuerdo MERCOSUR, que se extendió por el año 2010 y El trabajo de perfeccionamiento de la aplicación de las leyes migratorias en Paraguay se ha intensificado actualmente -Octubre en el marco del proyecto de "Fortalecimiento del Sistema de Administración Migratoria de Paraguay" impulsado por la Dirección General de Migraciones, con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Este trabajo consiste en que los principales puntos de entrada al país en frontera y aeropuertos están siendo evaluados por técnicos extranjeros de la OIM. Los mismos fueron convocados para ejecutar el relevamiento técnico en materia administrativa y tecnológica, en el marco del proyecto de "Fortalecimiento de la Gestión Migratoria en el Paraguay" iniciado por la Dirección General de Migraciones (DGM), con la cooperación de la OIM. De igual manera, en julio de 2009 fueron firmadas entre los presidentes de Paraguay y del Brasil 110
3 las notas revérsales que comprometen de ambos gobiernos a implementar las medidas concernientes a la regularización migratoria entre ambos países, en el marco el Acuerdo de Regularización del MERCOSUR. En ese contexto el Brasil promulgó en julio de 2009, la Ley de Regularización de Extranjero en Situación Irregular para personas que ingresaron a territorio brasilero hasta el 1 de febrero de ese año, quienes podrían solicitar y obtener la residencia provisoria por dos años, contando para ello con un plazo de 180 días desde la publicación de la Ley en el Diario Oficial 90 días antes de vencer la residencia temporal a solicitud de los interesados, se les otorgará la Residencia Permanente. A fines del 2008 fuentes consulares estimaban que, sólo en San Pablo, vivían paraguayos de los cuales en situación irregular. La situación de irregularidad migratoria de los paraguayos ha sufrido cambios importantes en los últimos años en la Argentina, gracias a la nueva Ley de Migraciones argentina, la de diciembre de 2003, que otorga derechos y garantías a los inmigrantes y al programa Patria Grande, que se implementa desde el 2006 y que recibe el Acuerdo de Reciprocidad del Gobierno del Paraguay por Decreto de Según informe de la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior de ese país, en el período 2006 al 2008 se habían iniciado expedientes de radicación de Migrantes paraguayos, con radicaciones temporarias resueltas entre 2007 y 2010 y radicaciones permanentes resueltas en igual periodo, equivalente al 50% de los expedientes iniciados hasta agosto del Esta regularización constituye el primer requisito para circular libremente por el territorio argentino y obtener derecho a un trabajo formal. El número de mujeres y varones beneficiados era prácticamente similar y la edad media de los que se encontraban en proceso de regularizarse era de menos de 30 años. NORMAS LEGALES QUE PROTEGEN A LOS TRABAJADORES MIGRANTES DE MERCOSUR EN PARAGUAY La Constitución Nacional de la República del Paraguay (1992) establece los derechos y garantías esenciales de los trabajadores, al disponer que todos los habitantes de la República tienen el derecho a un trabajo lícito, libremente escogido y a realizarse en condiciones dignas y justas. La ley protegerá el trabajo en todas sus formas y los derechos que ella otorgue al trabajador son irrenunciables. (Art. 86). Más adelante la Carta Magna refiere también a las normas internacionales de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por el país (Art. 137). La Ley 978/96 de Migraciones regula la migración de extranjeros, así como la migración y 111
4 repatriación de nacionales, admitiendo categorías de admisión para residentes permanentes y temporarios y para no residentes, en tanto que para los nacionales de los países del MERCO- SUR se reconoce el derecho a solicitar una residencia temporaria mediante la acreditación de su nacionalidad, en virtud de la aplicación del criterio de nacionalidad previsto en el Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR. A nivel internacional el Paraguay ha adoptado: a) la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Paris, 10 de diciembre de 1948; b) la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Bogotá, 1948); c) la Convención sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica); d) el Convenio Nº 111 de la OIT, relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, por Ley 1154/1966; e) la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares ICRMW- por Ley Nº 3452/2008. La Declaración Socio laboral, adoptada por los presidentes de los Estados Parte del MERCOSUR en el 2008 consagra principios y derechos mínimos para la protección del trabajador migrante. El artículo 1º de la mencionada Declaración afirma que: todo trabajador tiene garantizada la igualdad efectiva de derechos, trato y oportunidades en el empleo y ocupación, sin distinción o exclusión en razón de raza, origen nacional, color, sexo u orientación sexual, edad, credo, opinión política o sindical, ideología, posición económica o cualquier otra condición social o familiar, en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Ello supone, la asunción del compromiso por parte de los Estados de garantizar la vigencia del principio de no discriminación. Asimismo, el artículo 4º Trabajadores Migrantes y Fronterizos prescribe: 1.- Todo trabajador migrante, independientemente de su nacionalidad, tiene derecho a ayuda, información, protección e igualdad de derechos y condiciones de trabajo reconocidos a los nacionales del país en el que estuviere ejerciendo sus actividades, de conformidad con las reglamentaciones profesionales de cada país. Los ciudadanos del MERCOSUR, pueden optar por la residencia temporaria de 2 (años) con mínimos requisitos, se exceptúan especialmente la solvencia y la constancia de ingreso, por medio de la Ley Acuerdo sobre residencia del MERCOSUR y está vigente en Paraguay desde el 1º de setiembre de La construcción de un espacio laboral integrado en el MERCOSUR depende del constante perfeccionamiento de los marcos legales que garanticen la protección de los derechos fundamentales de esos ciudadanos. Paraguay ha contribuido decisivamente en ese esfuerzo por medio de la adopción da la normativa MERCOSUR y de los instrumentos internacionales correspondientes internamente y al demandar de sus socios regionales la aplicación de esas mismas garantías a los trabajadores paraguayos que ejercen sus actividades en los países vecinos. 112
5 Fuentes de Información: Como Trabajar en los Países del MERCOSUR. Guía Dirigida a los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR. Facilitado por el Ministerio de Justicia y Trabajo del Paraguay. La OIM y la Asistencia a Migrantes. Revistas informativas de la OIM. Perfil Migratório De Paraguay Dinâmica de Migraciones. Facilitado por el Ministerio de Justicia y Trabajo del Paraguay. Normas legales que protegen a los trabajadores migrantes: La Ley No. 978 de 1996 de Migraciones, Constitución Nacional del Paraguay Dirección Nacional de Migraciones del Paraguay
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