Información Pública Básica y el acceso a la información pública en los partidos políticos un camino a la recuperación de la confianza.
|
|
- Dolores Castillo Herrera
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Información Pública Básica y el acceso a la información pública en los partidos políticos un camino a la recuperación de la confianza. Autores: Francisco Cuevas Sáenz Leticia María González Velásquez Irma Laura González Velásquez María Guadalupe Alvarado Ibarra INTRODUCCIÓN El presente trabajo que se presenta en el marco de las Séptimas Jornadas Gubernamentales de la Universidad de Sonora Unidad Regional Sur, denominadas Transparencia en los sujetos obligados no oficiales: Partidos políticos, asociaciones políticas, y personas de derecho privado, estimo conveniente destacar la importancia de los partidos políticos en la transformación de la sociedad y el perfeccionamiento de la democracia. El tema que nos ocupa denominado por algunos autores los otros sujetos obligados, resulta de vital importancia y más si nos concentramos que los mismos son importantes para lograr reconstruir la confianza de la sociedad en el estado mexicano, sus instituciones e inclusive en los políticos, entre los que actualmente existe una brecha por falta de credibilidad, lo que lesiona la democracia. Cobra más importancia si estimamos que a pesar de la existencia de una garantía constitucional contenida en el artículo 6 de la Carta Magna y de la existencia de la Constitución Política del Estado de Sonora, leyes secundarias como la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora donde se consigna el derecho ciudadano a solicitar información pública y la obligación de los sujetos obligados para brindarla atento a las solicitudes como hacer del conocimiento público como sitios web, la información pública básica, y con ello las bases para la rendición de cuentas; y si señalamos que no se cumplen tales derechos y se violan garantías, se inhibe la participación ciudadana responsable y se acentúa más la brecha de la incredulidad.
2 En consecuencia de lo anterior se debe hacer exigible en la Ley Regulatoria del Derecho de Acceso a la Información Pública un catálogo puntual de la información pública básica que deben proporcionar los partidos políticos, sin perjuicio de la que deben proporcionar como cualquier ente que recibe recursos públicos, además de establecer como una obligación para dichos entes que en el procedimiento de acceso a la información sean obligatorios los medios electrónicos. ANTECEDENTES Con la democracia como sistema de gobierno a mediados del siglo XIX, surgen los partidos políticos y solo recientemente ha surgido el reclamo de transparencia en ellos y de rendición de cuentas, tanto de sus bases sociales, de sus electores y de la autoridad pública. Como lo cita la actual presidente del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública en su cuaderno número 8 denominado transparencia y partidos políticos anota que es en los últimos treinta años que se ha demandado transparencia en los partidos políticos, y cita que aunque desde inicios del siglo XX que exigen a los partidos políticos divulgar el nombre de donantes en la Ley sobre prácticas corruptas, que data de 1910 en Estados Unidos de América, la misma no tuvo aplicación, y se aplica la misma después del escándalo Watergate en 1974; en Alemania la Ley de Partidos data de 1967 e inicia aplicación en 1994; en Canadá inicia en el año 2003 con la aplicación de reformas a la Ley de Elecciones Estas originales asociaciones de ciudadanos que compiten por el poder tienen acceso a gran cantidad de recursos públicos se destinan como partidos políticos, con grandes y complejas estructuras, las que tienen gran influencia en las instituciones, principalmente en el poder legislativo -donde no aparece representada la población, sino el partido político que logra la victoria en el distrito correspondiente,- han contribuido para que esta última década, con el florecimiento del derecho de acceso a la información, se exija que los partidos políticos sean sujetos a un mayor escrutinio público; Eduardo Guerrero Gutiérrez en su obra La Transparencia señala que los asuntos que mayor interés despiertan en la ciudadanía respecto de los partidos políticos son: a).-
3 la regulación de la vida interna, como los derechos y obligaciones de los militantes, los mecanismos de integración de los órganos de autoridad, b).- los ingresos, como las fuentes de financiamiento, tanto los recursos públicos, origen y su porcentaje frente al recurso privado percibido, debiendo también mostrar respecto de este los montos, origen c).- Los gastos, de los recursos tanto públicos como privados percibidos, destino de los mismos, señalando sueldos, contratos, etc. La exigencia de los partidos políticos a rendir cuentas existe pues perciben recursos públicos y por ende su obligación a rendir cuentas y a informar, en nuestro Estado los partidos políticos son sujetos obligados no oficiales contemplados en forma directa por la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Sonora ello desde el año 2005, también se contemplan con tal carácter en la Constitución local en el artículo 2. A nivel federal el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en reforma del año 2007 estableció un capítulo relativo a las obligaciones de partidos políticos en materia de transparencia, aunque el acceso a la información se cumple de modo indirecto, esto es, a través del Instituto Federal Electoral. Ante la carencia de que la Ley Federal de Acceso a la Información establezca como sujetos obligados a los partidos políticos, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su artículo 42 que los partidos políticos deben publicar la siguiente información pública: a) Sus documentos básicos; b) Las facultades de sus órganos de dirección; c) Los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general, aprobados por sus órganos de dirección, que regulen su vida interna, las obligaciones y derechos de sus afiliados, la elección de sus dirigentes y la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular; d) El directorio de sus órganos nacionales, estatales, municipales, del Distrito Federal, y en su caso, regionales, delegacionales y distritales; e) El tabulador de remuneraciones que perciben los integrantes de los órganos a que se refiere el inciso anterior, y de los demás funcionarios partidistas; f) Las plataformas electorales y programas de gobierno que registren ante el Instituto;
4 g) Los convenios de frente, coalición o fusión que celebren, o de participación electoral que realicen con agrupaciones políticas nacionales; h) Las convocatorias que emitan para la elección de sus dirigentes o la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular; i) Los montos de financiamiento público otorgados mensualmente, en cualquier modalidad, a sus órganos nacionales, estatales, municipales y del Distrito Federal, durante los últimos cinco años y hasta el mes más reciente, así como los descuentos correspondientes a sanciones; j) Los informes, anuales o parciales, de ingresos y gastos, tanto ordinarios como de precampaña y campaña; el estado de situación patrimonial; el inventario de los bienes inmuebles de los que sean propietarios, así como los anexos que formen parte integrante de los documentos anteriores; la relación de donantes y los montos aportados por cada uno. Todo lo anterior, una vez concluidos los procedimientos de fiscalización establecidos por este Código. Los partidos podrán hacer pública la información a que se refiere este inciso antes de que concluyan los procedimientos referidos, sin que ello tenga efectos en los mismos. k) Las resoluciones que emitan sus órganos disciplinarios de cualquier nivel, una vez que hayan causado estado; l) Los nombres de sus representantes ante los órganos del Instituto; m) El listado de las fundaciones, centros o institutos de investigación o capacitación, o cualquier otro, que reciban apoyo económico permanente del partido político; n) El dictamen y resolución que el Consejo General del Instituto haya aprobado respecto de los informes a que se refiere el inciso j) de este párrafo; y o) La demás que señale este Código, o las leyes aplicables. Así mismo se establece que la información prevista se encuentre actualizada. En el Estado de Sonora los Partidos Políticos son sujetos obligados a cumplir los mandatos contenidos en la Ley de Acceso a la Información Pública, y así se estipula en el artículo 2 fracción VII de la misma Ley, dicho señalamiento también se contempla en la Constitución Política para el Estado de Sonora, artículo 2, y aunque en la vigente Ley de Acceso en nuestro Estado los diferencia de los sujetos obligados oficiales, (artículo 3 fracción IV LAIPES), en
5 consecuencia de ello les obliga a contar con información pública básica en lo que les resulte aplicables conforme con su naturaleza jurídica y conforme a los lineamientos que al efecto emita el Instituto (art. 14 último párrafo, LAIPES); también son públicos los informes que cada partido genera al Consejo Estatal Electoral, donde se contiene información sobre los recursos públicos, y los actos de fiscalización, entre otra; con independencia de ello también en los Lineamientos Generales de Acceso se les obliga en su Artículo 44 a que Los sujetos obligados no oficiales deberán de tener disponible al público en forma impresa o por cualquier otro medio establecido en la ley, el manejo y comprobación de recursos públicos especificando cuando y cuanto recibieron, el nombre de la dependencia que les otorga el recurso y el uso que le dieron al mismo. ; por su parte el artículo 21 de los Lineamientos en cita establecen como obligatorio para los partidos políticos publicar su declaración de principios, programa de acción, estatutos, plataforma electoral vigente y actualizada y demás normatividad que los rijan; es el artículo 46 de los Lineamientos Generales de Acceso a la Información Pública el que sin perjuicio de diversa información pública básica que deben publicar los Partidos Políticos, impone como obligatorio hacer del conocimiento público: I.- Su estructura orgánica y manuales de procedimientos; II.- Las atribuciones de cada unidad administrativa; III.- La descripción de las reglas de procedimiento para obtener información; IV.- Los informes que por disposición legal generen; V.- Los mecanismos de participación ciudadana que en su caso hayan implementado; y VI.- Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que responda a las solicitudes formuladas con más frecuencia por el público. Así pues en nuestro Estado a diferencia del orden federal la Ley de Acceso a la Información Pública destaca la inclusión de los partidos políticos
6 LOS PARTIDOS POLITICOS SUJETOS OBLIGADOS Los partidos políticos como antes se expuso son organizaciones ciudadanas en busca del poder a través de las elecciones, tienen sus antecedentes en Europa a mediados del siglo XIX. Los partidos políticos son denominados así por constituir una parte o fracción de una comunidad reunida para fines políticos; hasta esa parte no podría influir el Estado en esas organizaciones, pero si consideramos que los partidos políticos desempeñan funciones que políticas y publicas que inciden en el Estado tales como la renovación de poderes y para ello reciben una gran cantidad de recursos públicos, en tal orden debe existir una rendición de cuentas y señalar si con tales recursos se desarrollaron las funciones legalmente conferidas a los partidos tales como reclutar candidatos a puestos de elección popular, movilizar y promover participación política, estructuran opciones de candidatos, representan diversos sectores sociales y promueven ciertos intereses a través de posiciones políticas, conforman y dan respaldo a gobiernos, integran a ciudadanos al Estado. La Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 41 los define como entidades de interés público, con un status jurídico particular, sujeto a una reglamentación de orden público, ese ordenamiento pone a los partidos políticos frente a los ciudadanos a quienes debe rendir cuentas sobre las funciones que realizan y sobre el financiamiento que para ello reciben, así pues son obligados a ser transparentes y rendir cuentas. Visto lo anterior surge la disyuntiva para el legislativo de sujetar a los partidos políticos como obligados a rendir cuentas en forma directa o indirecta; de la primera forma una gran cantidad de Estados los contempla como sujetos obligados directos tal es el caso de Sonora, Sinaloa, Coahuila que participaron en estos trabajos; y por otro lado a nivel federal no se les contempla como obligados directos. Pero indudable es que los partidos políticos están obligados a proporcionar información pública y hacer del conocimiento público su información mínima por medios de fácil acceso como el internet, y así se regula en los diversos cuerpos normativos, como ya se citó a nivel federal en la correlativa ley
7 electoral en el cuerpo del presente trabajo y se citó también como lo expresa la normatividad de nuestro Estado, donde con claridad se establecen las obligaciones antes mencionadas. De lo anterior surge una preocupación al referirnos al esquema federal donde la ley específica de Acceso a la Información no contempla a los partidos políticos y es la correlativa ley federal en materia electoral la que suple y señala obligaciones en esa materia, lo que podría ocasionar conflictos legales. En Sonora tenemos que existen obligaciones para los partidos políticos de publicar información pública básica y de proporcionar información pública a partir de las solicitudes de información; no obstante lo anterior en la parte de la publicación de la información básica se estima que dichas exigencias legales se deben ampliar y homologar a las exigencias genéricas para sujetos obligados y ampliar la información básica específica para partidos políticos, debiendo contemplarse en la Ley de Acceso esa exigencia y determinar un esquema para la hacer efectiva esa obligatoriedad a través de medios coactivos o sancionatorios, los que podrían ser a través de la autoridad electoral. En la actualidad es una constante la escasa información existe relativa a declaración de patrimonios y declaración de financiamientos de campañas políticas y la falta de información y rendición de cuentas, lo que genera la consecuente incertidumbre del ciudadano interesado. Esta circunstancia inhibe y aleja. ALCANCE DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA BÁSICA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA UN CAMINO EN LA CONSTRUCCIÓN DE CONFIANZA. Si la anteriores exigencias legales son incumplidas como se ha observado y resultado de estos trabajos se ha expuesto de viva voz por el Presidente del Instituto de Trasparencia Informativa del Estado de Sonora; por el Presidente de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, luego entonces se debe de pensar en que se contenga puntualmente
8 las obligaciones de hacer del conocimiento la información mínima o básica, estableciendo puntualmente obligaciones genéricas a sujetos obligados, aplicables a los partidos políticos y además señalar en la Ley obligaciones diferenciadas. Respecto a el acceso a la información pública a través de solicitudes de acceso, estimo que es pertinente que los partidos políticos como sujetos obligados directos proporcionen información, y no en forma indirecta a través de las autoridades electorales como en el esquema federal, pues involucrar a la autoridad que funge como árbitro electoral, viene introducir otro actor en el proceso, tendiendo a burocratizar y aletargar el procedimiento de acceso que debe ser sencillo y rápido. Al efecto estimo que la legislatura local deberá contemplar como obligatorio para facilitar el acceso a la información pública la implementación de sistemas electrónicos como el INFOMEX, y aprovechar esa experiencia que se dio en el Estado de Sinaloa donde el Partido Acción Nacional fue el único partido político que en esa entidad, apenas en las pasadas épocas electorales accedió a facilitar la información pública por ese medio, y atendió una gran cantidad de solicitudes de la ciudadanía por ese medio y casualmente ese partido gano las elecciones a gobernador del estado, cuando nunca antes había perdido elección alguna el Partido Revolucionario Institucional en ese Estado. Pero el trabajo que ahora nos ocupa, no solo tiene por fin llamar la atención sobre esa tarea legislativa pendiente sino el cómo incentivar programas para hacer efectivas estas obligaciones y el proyecto consiste en que los universitarios como un factor de cambio, se sumen a las exigencias de información pública a los partidos políticos y apoyar con capacitación a los mismos, así como a sus electores para ello se debería establecer una alianza entre las Universidades, el Instituto de Transparencia Informativa, partidos políticos y el Consejo Estatal Electoral a fin de que los universitarios se capaciten por parte del Consejo Estatal Electoral y del Instituto de Transparencia Informativa y como un trabajo comunitario, que bien podría ser prestación de servicio social o prácticas profesionales, fuesen un factor más activo a fin de que los partidos políticos cumplieran con sus obligaciones legales, en tanto se reforman los cuerpos normativos vigentes.
9 Con lo anterior se podrán proporcionar mayores elementos para evaluar la actuación de los partidos políticos como seguramente ocurrió en el Estado de Sinaloa, la evaluación es importante, y más aún si están dados los medios legales para que la evaluación pueda ser ciudadana, y desde la información pública que es de acceso para todo mundo. Varia preguntas existen y en muchos casos sin respuesta inmediata Qué hacen los partidos?, En qué medida se apegaron o alejaron de los compromisos en campaña política? Las promesas de campaña política a puestos de elección popular corresponden a las atribuciones del encargo público al que compiten? Las promesas de campaña realmente son necesarias de impacto social? De lograr el triunfo político el plan de gobierno es compatible con las promesas de campaña y la plataforma política registrada? Si las elecciones constituyen el certamen donde el ciudadano premia o castiga con su voto, entonces un ciudadano informado emitirá un voto razonado, previo balance. Si no estamos informados nos guía la publicidad política y nos dejamos llevar por spots tales como es un peligro para México, o primero los pobres, y al margen queda el análisis del porque es un peligro o donde se encontraría ese peligro, o bien al establecer que primero los pobres como se plantea el programa donde estarían los pobres primero. Creo necesario afrontar el reto de la confianza y credibilidad ciudadana en las instituciones y para ello la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas. Dicen los analistas que si no podemos medir, no podemos avanzar, y sin información, no hay datos para medir. Hoy los indicadores de gestión son una obligación Constitucional para los sujetos obligados, y con ello se puede evaluar a los sujetos obligados tales como los partidos políticos en nuestro Estado.
10 CONCLUSIÓN La conclusión a que se aborda es la necesidad de que los partidos políticos deben ser sujetos de las obligaciones contenidas en la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Sonora, debiendo contemplarse en la misma como obligados directos; y donde se señale en forma precisa y puntual el catálogo de información pública básica aplicable también a los partidos en forma genérica para todos los sujetos obligados y en forma diferenciada un catálogo de información pública básica aplicable solo a los partidos políticos. También la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Sonora debe sujetar a los partidos políticos a la necesidad de que proporcionen información vía sistemas electrónicos, sin perjuicio de los regulados actualmente. Para lograr el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley de Acceso a la Información Pública, así como los lineamientos Generales correspondientes, se hace necesario generar participación ciudadana, donde un importante factor de cambio como es la comunidad universitaria participe en forma activa y se cristalicen esas alianzas entre Partidos Políticos, Comunidad Universitaria, con el apoyo del Consejo Estatal Electoral formador e impulsor de la democracia, y el Instituto de Transparencia Informativa del Estado de Sonora formador e impulsor de la cultura del derecho de acceso a la información. BIBLIOGRAFIA Transparencia y Partidos Políticos Jacqueline Peschard La transparencia Eduardo Guerrero Gutiérrez Resultados de la VII Jornadas de Transparencia de la Universidad de Sonora Unidad Sur, Navojoa Sonora Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora
11
LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS
LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA TRANSPARENCIA La transparencia responde a una demanda de la sociedad por conocer cómo toman decisiones quienes tienen encomendadas las tareas públicas y, en
Más detallesPartidos Políticos en el Distrito Federal
Resultados de la Segunda uación a los portales de Internet de los Entes Obligados, Partidos Políticos en el Distrito Federal Dirección de uación y Estudios SEPTIEMBRE O B J E T I V O De conformidad con
Más detallesTablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)
Agrupaciones Políticas Nacionales (APN) Constitución y registro Artículo 22.- 1. La agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político para participar en las elecciones federales
Más detallesSISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD
PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...
Más detallesANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO
ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS ARTÍCULO 27 1. Los estatutos establecerán: a) La denominación del propio partido, el emblema y el color o colores
Más detallesANTECEDENTES C O N S I D E R A N D O
CG09/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS INSTITUCIONALES PARA LA PRESENTACIÓN O REMISIÓN DE DENUNCIAS POR LA PROBABLE COMISIÓN DE DELITOS
Más detallesH. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS
H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS 2013-2015 GACETA MUNICIPAL No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS RESERVA No. 01238/09 04 DE OCTUBRE DEL 2014 MAESTRO
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA DEL AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA ADMINISTRACIÓN 2013-2015 CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II JUSTIFICACIÓN.
Más detallesE X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S
DIP. PASCUAL SIGALA PÁEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO PRESENTE. 1 NALLELI JULIETA PEDRAZA HUERTA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
Más detallesPoder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco
Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la
Más detallesA n t e c e d e n t e s
CG40/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITEN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, PÁRRAFO 2 DEL CÓDIGO FEDERAL
Más detallesCLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO
CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA LIC. TOMÁS GARCÍA VILLAR ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNCIPAL DE LERMA, ESTADO DE MÉXICO Lic. Tomás García Villar Encargado
Más detallesINE/JGE96/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES
Más detallesLEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA
LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 6. Andaluces y andaluzas en el exterior. 1. Los andaluces y andaluzas en el exterior
Más detallesCONTENIDO. Marco normativo 1. Objetivo general 2. Objetivo específico 2. Publicación de inserciones en medios nacionales 2
INFORME SOBRE LA PUBLICACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LOS CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2011-2012 FEBRERO, 2012 1 CONTENIDO Presentación 1 Marco normativo 1 Objetivo general 2 Objetivo
Más detallesCapítulo I Disposiciones generales
Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres
Más detallesA N T E C E D E N T E S:
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por el que se autoriza la destrucción de la documentación electoral sobrante para el presente proceso electoral del año de dos
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
Más detallesDiplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN.
Diplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN. Módulo:Introducción al Sistema de Calidad; Tema: Referencias normativas en la organización educativa ; Marco juridico de la educacion
Más detallesManual Único de Procesos
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre
Más detallesANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO
Más detallesLas OSC desde su marco jurídico e institucional
PROYECTO SOCIEDAD EN ACCIÓN CENTRO DE POLÍTICAS PÚBLICAS P. UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Las OSC desde su marco jurídico e institucional Francisco Soto y Felipe Viveros DERECHO PÚBLICO Y CONSTITUCIONAL
Más detallesLA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE QUÉ ES LA ARMONIZACIÓN CONTABLE? Es la homologación y modernización de los sistemas de información contables para los tres ámbitos de gobierno,
Más detallesA N T E C E D E N T E
INE/CG605/2016 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE PRESIDENTES DE CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO NACIONAL
Más detallesTransparencia y acceso a la información de los partidos políticos
Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos Experiencia del Instituto Federal Electoral como autoridad reguladora noviembre / 2012 1. Status actual La reforma política de 2007-2008
Más detallesManual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio
Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base
Más detallesACUERDO 03 DE (Julio 14)
ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA
Más detallesANEXO 1 POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ANEXO 1 POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Presentación La presente política institucional responde al mandato constitucional y convencional de garantizar
Más detallesSistema Nacional de Información de Salvaguardas. México
Sistema Nacional de Información de Salvaguardas para REDD+ México Octubre 2013 Contenido 1) Contexto 2) Requerimientos de Salvaguardas bajo la CMNUCC 3) Respuesta de México 4) Opciones para el desarrollo
Más detallesOBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:
OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones
Más detallesRESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación
Más detallesC O N V O C A B A S E S
El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, 35, fracciones I y II, 41, fracción I, 116, fracciones II y IV, 124 y 125 de la Constitución Política
Más detalles-~ A'('~,foJkHn, x j y(\~
PLAYAS DE ROSARITO -~ A'('~,foJkHn, x j y(\~ Un GOOifoo m ti CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL Y EL H. V AYUNTAMIENTO DE PLAYAS DE ROSARITO, DEL ESTADO
Más detallesINFORME PQRSD MAYO 2016 OFICINA DE CONTROL INTERNO
2016 INFORME PQRSD MAYO 2016 OFICINA DE CONTROL INTERNO LUIS FELIPE PIÑEROS ROJAS Alcalde Municipal 30/05/2016 ALCALDÍA MUNICIPAL DE CABUYARO - META PÁGINA 2DE 7 INTRODUCCIÓN La Oficina de Control Interno
Más detallesLEY Nº DECRETOS COMUNIDADES INDIGENAS
LEY Nº 25517 DECRETOS COMUNIDADES INDIGENAS Establécese que, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes,
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesNORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016
NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 Preguntas / apartados Qué es la Ley de Ingresos y cuál es su importancia? Consideraciones Es un instrumento
Más detallesINSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica
Más detallesGobierno del Estado de Puebla
CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno
Más detallesNORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública.
NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública. Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 77, último párrafo, de la Ley General
Más detallesPARTIDO DEL TRABAJO TODO EL PODER AL PUEBLO! UNIDAD NACIONAL LA COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO
LA COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO Con fundamento en los dispuesto en los artículos 1, 2, 6, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 73, 74, 109
Más detallesREACTIVOS SOBRE LEY GENERAL DE EDUCACION] Ley General de Educación PROFESOR(A):
Ley General de Educación PROFESOR(A): 1. De acuerdo con la Ley General de Educación, son atribuciones del Ejecutivo Federal. (Art. 12) 1. Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuito.
Más detallesAYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.
AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u
Más detallesINE/JGE97/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE97/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO
Más detallesDip. Carlos Alberto Torres Torres y Carlos Alberto Navarro Sugich. 27 de noviembre de de noviembre de II.- SINOPSIS
DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO PARLAMENTARIO DIRECCIÓN DE APOYO A COMISIONES SUBDIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO-JURÍDICO A COMISIONES No. Expediente: 1149-1PO2-07 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1.-Nombre
Más detallesNormatividad aplicable a Universidad de La Ciénega del Estado de Michoacán de Ocampo. Denominación de la norma. Decreto 21/12/2006
Normatividad aplicable a Universidad de La Tipo de normatividad (Incluir catálogo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos / Tratados internacionales / Constitución Política de la entidad
Más detallesProceso de Entrega Recepción
Hoja: 1 Proceso de Entrega Recepción Tiempo promedio del procedimiento 5 días Fecha de elaboración Enero de 2014 Fecha de revisión Responsable de la elaboración Abraham Ruiz Montes Contralor Interno Responsable
Más detallesCAPÍTULO I DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN
FORMATO CI MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES EN EL ESTADO DE COAHUILA DE
Más detallesEXPERIENCIA LABORAL EN EL INSTITUTO ELECTORAL DE. PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO. Titular de la Secretaría Ejecutiva
CURRICULUM VITAE MARÍA DE LOURDES BECERRA PÉREZ. EXPERIENCIA LABORAL EN EL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO. Titular de la Secretaría Ejecutiva A partir del 13 de
Más detallesTercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso
Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Intervención de la diputada, Alicia Margarita sierra Navarro con las iniciativas de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTO Y EVOLUCIÓN PATRIMONIAL
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO CONTRALORÍA DIRECCIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTO Y EVOLUCIÓN PATRIMONIAL TOLUCA DE LERDO, MÉXICO 03 DE DICIEMBRE DE 2007 PODER LEGISLATIVO
Más detallesVISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
Más detallesLOS RETOS DE LA DEMOCRACIA EN SAN LUIS POTOSI
LOS RETOS DE LA DEMOCRACIA EN SAN LUIS POTOSI En este ensayo, se sostiene que un gobierno democrático parte del supuesto del que todos los miembros de la nación están llamados a intervenir en su dirección,
Más detallesDECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA
DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO CAPITULO I De las Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y social, además
Más detallesLa institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria
La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria William Ochoa Parra ORGANIZACIÓN DEL ESTADO INDICE 1. Forma general del Estado ecuatoriano. 2. Entidades que conforman el Estado. 3. Rectoría
Más detallesCONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp
(1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA
Más detallesEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
Más detallesSen. Javier Corral Jurado Comentarios al dictamen de la Minuta que expide la Ley Federal de Consulta Popular
COMENTARIOS AL DICTAMEN DE LA MINUTA POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR 1. El documento se refiere al Instituto Federal Electoral, debería ser el Instituto Nacional de Elecciones,
Más detallesInstituto Estatal Electoral de Baja California
Instituto Estatal Electoral de Baja California ANEXO 1 QUE DEBERAN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES, EN EL PROCESO ESTATAL ELECTORAL
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE ASAMBLEA: El suscrito, Luis G. Serrato Castell, diputado integrante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Sexagésima Primera Legislatura, en ejercicio de mi derecho de
Más detalles-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS
PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 26 DE JULIO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...
Más detallesRequisitos para ser Operador en MexDer
Requisitos para ser Operador en MexDer Market Data Reglas (6) VIGESIMO TERCERA.- Los Operadores, para poder celebrar las operaciones previstas en la regla anterior, tendrán que cumplir con los requisitos
Más detallesPrograma Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016
Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Integración Social Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 PROGRAMA DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL (E040) CONTENIDO
Más detallesCONSIDERANDO. En cumplimiento a lo antes expuesto, he tenido a bien emitir las siguientes:
C.P.C. JOSÉ ARMANDO PLATA SANDOVAL, en mi carácter de Auditor Superior del Estado de Coahuila, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 17 y 135, apartado B, fracción XVII de la Ley de
Más detallesCONVOCA. A los militantes del Partido que deseen participar como aspirantes al Consejo Nacional a la: EVALUACIÓN
El Partido Acción Nacional, por medio de la Secretaría Nacional de Formación y Capacitación, con fundamento en el artículo 29, inciso d) de los Estatutos Generales del Partido Acción Nacional, CONVOCA
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO
PROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL. REUNIDOS EN SESIÓN EXTRAORDINARIA
Más detallesGUÍA DE ESTUDIO PARA LOS ASPIRANTES A MONITORISTAS
I. Presentación GUÍA DE ESTUDIO PARA LOS ASPIRANTES A MONITORISTAS El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) es el organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo
Más detallesINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Categoría BASE DE OPERACIÓN 8,289,569,649.86 1,191,018,981.06 877,540,550.54 PROYECTOS ESPECIALES 3,113,142,931.14 1,160,304,281.14 1,043,324,842.65 PROCESO FEDERAL 79,730,384.04 19,206,453.04 11,508,083.06
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE:
H. CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE: La importancia de la comunicación y la trascendencia de la imagen en las organizaciones actuales, muy especialmente en las Administraciones Públicas, unida a la necesidad
Más detallesEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. A través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Presentación Con base en lo establecido en la Estrategia nacional de educación cívica para la promoción de la participación ciudadana en el proceso electoral 2014-2015, aprobada por la Comisión de Capacitación
Más detallesDIAGNÓSTICO Y PROPUESTAS SOBRE LA NUEVA LEY DE TRANSPARENCIA
DIAGNÓSTICO Y PROPUESTAS SOBRE LA NUEVA LEY DE TRANSPARENCIA Jesús Lizcano Alvarez Presidente de Transparencia Internacional España Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid Congreso de los Diputados
Más detallesB A S E S. Sobre las promociones
ANEXO Convocatoria para que los miembros del Servicio Profesional Electoral participen en el proceso para el otorgamiento de las promociones en rango que derivan del modelo del Estatuto de 2010, correspondiente
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA INFORME ACUMULADO DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO INE/CG220/2014
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA INFORME ACUMULADO DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO INE/CG220/2014 Informe acumulado que presenta la Secretaría Ejecutiva, en cumplimiento del Acuerdo INE/CG220/2014,
Más detallesCOMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO
PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES
Más detallesC O N S I D E R A N D O
COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA ACUERDO 3-EXT94: 07/09/2012 Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia por el que se aprueba realizar la supervisión y el seguimiento de las actividades que lleva a cabo
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL DE CURTINCAPAC DEL CANTÓN PORTOVELO. EL GOBIERNO AUTÓNOMO
Más detallesMisión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones
Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación
Más detallesINFORME DEL RESULTADO FISCALIZACIÓN CUENTA PÚBLICA 2007 COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
INFORME DEL RESULTADO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2007 ÍNDICE PÁGS. 1. FUNDAMENTACIÓN...35 2. MOTIVACIÓN...35 3. RESULTADO
Más detallesManual de Organización del Departamento Contabilidad de Obras Públicas Enero 2015
Manual de Organización del Departamento Contabilidad de Obras Públicas Enero 2015 1 Manual de Organización del Departamento Contabilidad de Obras Públicas C. KARLA EDITH GÓMEZ GARNICA RESPONSABLE DEL DEPARTAMENTO
Más detallesPROGRAMA DE CURSO TALLER: NUEVO MARCO REGULATORIO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Objetivo: Contar con los elementos, conceptos y prácticas para el cumplimiento de los principios, obligaciones y requerimientos que establecen la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Más detallesCLASIFICADOR POR RUBRO DE INGRESOS
CLASIFICADOR POR RUBRO DE INGRESOS 1 ÍNDICE CLASIFICACIÓN POR RUBRO DE INGRESO 2 A. ASPECTOS GENERALES B. OBJETIVOS 3 4 C. ESTRUCTURA DE CODIFICACIÓN 5 D. RELACIÓN DE RUBROS Y TIPOS 6 6 Aprovechamientos
Más detallesArtículo 4 Derechos y principios rectores
LEY ORGÁNICA 6/2006, DE 19 DE JULIO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA. TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4 Derechos y principios rectores 2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT Órgano de Fiscalización Superior LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL La fortaleza de la Hacienda Pública radica, no solo en sus ingresos y sus fuentes, sino también en la manera en que se utilizan los recursos y cómo rendimos cuentas sobre
Más detallesA n t e c e d e n t e s
CG249/2005 Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada
Más detallesDel Objeto de los Lineamientos
LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA. NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9
NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9 NORMATECA INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA Abril de 2010 NORMATECA INTERNA Hoja: 2 de 9 INTRODUCCIÓN El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece la
Más detallesCOMPROMISO 7 Transparencia y Gobierno Abierto en el Legislativo Abrir la actividad legislativa de la LIII Legislatura al ejercicio de Gobierno
COMPROMISO 7 Transparencia y Gobierno Abierto en el Legislativo Abrir la actividad legislativa de la LIII Legislatura al ejercicio de Gobierno Abierto (Compromiso Proactivo) PROBLEMÁTICA: En el Estado
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONGRESO NACIONAL: En el marco de regulación mediante leyes secundarias de las normas constitucionales para que surtan sus efectos de protección a la sociedad organizada, en tal razón
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: Diputados Elías Abaid Kuri, Jesús Ricardo Morales Manzo y José Venancio Ojeda Hoyos; integrantes
Más detallesDicho dictamen fue presentado para su primera lectura en la sesión ordinaria del Pleno Senatorial del propio 14 de diciembre próximo pasado.
HONORABLE ASAMBLEA: Con relación a la minuta con proyecto de Decreto remitida por la Cámara de Diputados, por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Más detallesCENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH.
CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH. SINDICATO Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses ü
Más detallesCONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005
CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005 El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el artículo 46 del Código de Autorregulación, y con el objeto
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.
PAG: 1554 Objetivo: Políticas y/o Normas De Operación: Proporcionar a los ciudadanos una vía de acceso única para la introducción de sus trámites a la delegación. Las atribuciones correspondientes a esta
Más detallesC O N S I D E R A N D O
JGE90/2002 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA POR EL QUE SE AUTORIZA UN INCREMENTO DEL DIECISEIS POR CIENTO A LAS PLAZAS DE HONORARIOS PERMANENTES DE AUXILIAR TECNICO B, AUXILIAR TECNICO C, AUXILIAR
Más detallesC. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e.
C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales recibió para efectos de su estudio y dictamen, los escritos formulados
Más detallesDECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, QUE-CELEBRAN. POR UNA PARTE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REPRESENTADA. POR SU TITULAR EL C.P. C. ARTURO GONZÁLEZ DE ARAGÓN O. Y, POR LA
Más detallesDemanda de Rendición de Cuentas. Ing. José Velásquez Peláez
Demanda de Rendición de Cuentas Ing. José Velásquez Peláez Rendición de Cuentas Es un mecanismo a través del cual la autoridad y funcionarios de la municipalidad ponen en conocimiento de la población el
Más detalles