COOPERATIVA DE AHORRO CRÉDITO DE CAMUY DIVULGACIÓN DE LOS TÉRMINOS PARA TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS
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- Hugo Giménez Parra
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1 COOPERATIVA DE AHORRO CRÉDITO DE CAMUY DIVULGACIÓN DE LOS TÉRMINOS PARA TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS A continuación, de conformidad con lo requerido por legislación y reglamentación federal aplicable, le divulgamos los términos y condiciones bajo los cuales se ofrecen a los consumidores los servicios de transferencias electrónicas de fondos. Usted tendrá acceso a su Cuenta de Ahorro y/o Cuenta de Cheques mediante el uso de una tarjeta validada y un número secreto. La tarjeta estará disponible para cuentas individuales o cuentas conjuntas. La cuenta se activará mediante el uso de una tarjeta validada y un número secreto también conocido como código de acceso. Además, su cuenta podrá tener acceso a depósitos pre-autorizados de fondos y a retiros preautorizados. A. VALIDACIÓN DE TARJETAS Le proveeremos una tarjeta para accesar su cuenta en los cajeros automáticos. Si no desea utilizar la tarjeta deberá destruirla inmediatamente y devolverla a la Cooperativa. Para poder utilizar la tarjeta deberá acudir a la Cooperativa para validar la misma. Cada depositante determinará un número secreto con el cual la tarjeta quedará validada. El depositante no podrá utilizar la tarjeta hasta tanto la misma sea validada. B. LOS SERVICIOS DE TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DISPONIBLES PARA SUS CUENTAS, SEGÚN APLIQUEN: 1. Retiros de su cuenta de ahorros y cuenta de cheques; 2. Depósitos a su cuenta de ahorros y cuenta de cheques. 3. Verificación de balances de sus cuentas; 4. Transferencias entre cuentas de ahorros y cuenta de cheques; 5. Pago por compras o pagos por servicios en establecimientos con Terminales de Punto de Venta ( Point of Sale ) que acepte la tarjeta de débito y/o el número secreto, también conocido como Código de Acceso. Algunos de estos servicios pueden no estar disponibles en todos los cajeros automáticos o establecimientos comerciales. Dichos servicios estarán sujetos a los términos, condiciones y limitaciones contenidas en el Contrato de Cuenta de Cheques, Cuenta de Ahorros o convenio de tarjeta de acceso, según sea el caso. En los cajeros automáticos, propiedad de la Cooperativa podrá efectuar además las siguientes transacciones: 1. Depósitos a cuenta de acciones (sujeto a disponibilidad técnica) 2. Transferencias entre las cuentas de ahorro, cuentas de cheques y cuentas de acciones. 3. Efectuar pagos de servicio de agua, luz, teléfono, tarjeta de crédito y préstamos. 1
2 4. Transferencias de ahorro o cheques para efectuar pagos. Algunos de estos servicios pueden no estar disponibles en todos los cajeros automáticos o establecimientos comerciales. Dichos servicios estarán sujetos a los términos, condiciones y limitaciones contenidas en el Contrato de Cuenta de Cheques, Cuenta de Ahorros o convenio de tarjeta de acceso, según sea el caso. C. LÍMITE EN LAS CANTIDADES DE LAS TRANSFERENCIAS Los retiros en efectivo de la Cuenta procederán de conformidad a la disponibilidad de fondos en la misma. Los retiros de efectivo mediante el uso de cajeros automáticos que no son propiedad de la Cooperativa no podrán exceder de $ diarios en días laborables. Los retiros de efectivo mediante el uso de cajeros automáticos de la Cooperativa no podrán exceder de $ El sábado y domingo se considerarán en conjunto como un día laborable. D. DEPÓSITOS DIRECTOS PRE-AUTORIZADOS De estar disponible el servicio, el Depositante podrá recibir en su cuenta depósitos directos pre-autorizados procedentes de agencias gubernamentales, compañías privadas, sistemas de retiro gubernamentales y privados, etc. Estos depósitos se efectuarán a la cuenta de depósitos que usted indique. Los depósitos se acreditarán el día en que la Cooperativa los reciba. Todo depositante que reciba depósitos directos o preautorizados en su cuenta, al menos cada sesenta (60) días de la misma persona o compañía podrá verificar el recibo de dichos depósitos vía telefónica. Deberá comunicarse al siguiente número (787) o puede escribirnos a la siguiente dirección: Cooperativa de Ahorro y Crédito de Camuy Att. Departamento de Servicio al Cliente Ave. Baltazar Jiménez Méndez #300 Camuy PR La Cooperativa no remitirá estados de cuenta periódicos para aquellas cuentas de ahorro en las cuales las únicas transferencias electrónicas permitidas son los depósitos directos. En dicho caso, si los depósitos directos se efectúan en una cuenta de ahorro de libreta (Passbook), el depositante podrá acudir a la Cooperativa para que se registre la transacción en la libreta de depósitos de la cuenta. E. RETIROS PRE-AUTORIZADOS De estar disponible el servicio, la Cooperativa, previa autorización por escrito del depositante, podrá efectuar retiros pre-autorizados de fondos de la cuenta del Depositante. Las personas o entidades que reciben los retiros obtendrán copia de la autorización emitida por el Depositante. Dicha autorización por escrito deberá contener al menos la siguiente información: tipo de cuenta de la cual se van a efectuar los retiros, 2
3 número de cuenta, nombre del titular de la cuenta, cantidad del retiro, nombre del beneficiario, nombre de la institución, dirección y número de cuenta a la cual se van a remitir los fondos, la fecha en que se deberá efectuar el retiro o transferencia y la firma del depositante autorizando el retiro o transferencia. G. SUSPENSIÓN DE PAGOS PRE-AUTORIZADOS Usted podrá podrá solicitar la suspensión de una orden de pago o transferencia electrónica previamente autorizada, de conformidad con lo siguiente: el Depositante le notificará a la Cooperativa la orden de suspensión de pago, ya sea vía telefónica, fax o por escrito con por lo menos tres (3) días laborables previos a la fecha programada en calendario (schedule) para la transferencia preautorizada. En aquellos casos en que la orden de suspensión de pago de dicha transferencia se efectúe por teléfono, el Depositante deberá confirmar por escrito y firmada dicha orden dentro del período de los catorce (14) días de haber efectuado la notificación verbal. Dicha notificación se remitirá a la siguiente dirección: Cooperativa de Ahorro y Crédito de Camuy Att. Departamento de Servicio al Cliente Ave. Baltazar Jiménez Méndez #300 Camuy PR Tambien prodra remitir la orden de suspensión por fax (787) Cada suspensión tiene un costo de $5.00 y valido por 180 días. Si la orden de suspensión de la transferencia pre-autorizada no se confirmase por escrito, la misma quedará sin efecto al transcurrir el período de los catorce (14) días antes indicados. La Cooperativa será responsable ante el Depositante por los daños causados por dejar de efectuar una orden de suspensión de pago de una transferencia autorizada, siempre y cuando el depositante haya notificado la misma conforme se dispone en esta divulgación. H. NOTIFICACIÓN DE TRANSFERENCIAS CON VARIACIÓN EN LA CANTIDAD Cuando la cantidad del pago o el débito de la transferencia electrónica de fondos preautorizada varíen, la Cooperativa o el Beneficiario le enviarán una notificación escrita por correo o personalmente al Depositante. Dicha notificación deberá ser enviada al Depositante con por lo menos diez (10) días de antelación a la fecha programada para transferir los fondos. La misma le indicará la cantidad a transferirse y la fecha en que se efectuará la transferencia de fondos. El Depositante, en acuerdo con la Cooperativa o el Beneficiario, podrá optar por recibir dichas notificaciones indicando una cantidad límite de variación en las sumas a transferirse. En dicho caso la Cooperativa o el Beneficiario sólo enviarán un aviso al Depositante cuando la transferencia pre-autorizada sobrepase el límite de variación convenida. 3
4 I. CARGOS POR SERVICIOS La Cooperativa podrá cobrar cargos por servicio, por el uso de transferencias electrónicas de fondos conforme las tarifas que de tiempo en tiempo adopte. La divulgación de dichos cargos se incluye en el anejo que acompaña esta Divulgación. La Cooperativa le notificará al Depositante con veintiún (21) días de anticipación las modificaciones o cambios en los cargos por servicios. J. CARGO POR TRANSACCIONES EN CAJEROS AUTOMÁTICOS Los cajeros automáticos que no son propiedad o no son operados por la Cooperativa, podrían imponerle cargos por transacciones que usted intente efectuar a través de los mismos. Inclusive le podrían imponer un cargo si utiliza dichos cajeros automáticos para únicamente verificar el balance de sus cuentas. K. DERECHO A RECIBIR DOCUMENTACION REFERENTE A LAS TRANSFERENCIAS MEDIANTE CAJEROS AUTOMATICOS 1. Al utilizar los cajeros automáticos para cualquiera de las transacciones mencionadas anteriormente, el Cajero Automático expedirá un recibo de dicha transacción con la siguiente información: a. Cantidad de la transacción, b. Fecha y hora de la transacción, c. Tipo de transacción y tipo de cuenta, d. Número de la Cuenta, e. Localización del Cajero Automático. 2. El Depositante recibirá mensualmente un estado de cuenta para aquellas cuentas que tienen acceso a cajeros automáticos, a depósitos directos pre-autorizados y a retiros preautorizados. El estado de cuenta indicará entre otras cosas las transacciones realizadas, incluyendo las que se realicen mediante el uso de cajeros automáticos. En dicho estado se incluirá entre otras cosas, lo siguiente: a. Cantidad de la transacción, b. Tipo de transacción y tipo de cuenta, c. Fecha de la transacción, d. Fecha en que se acreditaron o debitaron fondos de la cuenta, e. Número de la Cuenta, f. Localización del Cajero Automático o Punto de Venta ( point of sale ), g. Cargos si alguno, por las transferencia o por el derecho a efectuar transferencias electrónicas, h. Balances en la cuenta al inicio y al finalizar el periodo del estado de cuenta, i. Dirección y número de Teléfono para clarificar dudas y/o notificar errores, 4
5 j. Número de Teléfono para las transferencias pre-autorizadas. La Cooperativa enviará al Depositante los estados de cuenta por correo a la última dirección que tenga los archivos de la Cooperativa. L. RESPONSABILIDAD POR TRANSFERENCIAS NO AUTORIZADAS, HURTO O EXTRAVIO DE LA TARJETA DE ACCESO VALIDADA O SUSPENSIONES DE RETIROS PRE-AUTORIZADOS 1. Si el Depositante cree que su tarjeta de acceso se le ha extraviado, o le fue hurtada, o que su tarjeta o número de acceso ha sido o puede ser utilizada por una persona no autorizada, deberá informarlo inmediatamente a la Cooperativa mediante llamada telefónica. Usted pudiera perder todo el dinero en su cuenta. 2. Si el Depositante lo notifica a la Cooperativa dentro del término de dos (2) días laborables desde que adviene en conocimiento del hurto, extravío o uso no autorizado de su tarjeta de acceso o número secreto, su responsabilidad máxima será de $ Si el Depositante no lo notifica a la Cooperativa, dentro de dicho término de tiempo, el depositante puede perder hasta $500.00, si la Cooperativa puede probar que se hubiera podido evitar el uso no autorizado de la tarjeta o del número secreto, si el Depositante lo hubiera notificado a tiempo a la Cooperativa. 3. Además, si en su estado de cuenta se reflejan transferencias efectuadas por cualquier medio no autorizadas por el Depositante, éste lo deberá informar inmediatamente a la Cooperativa. Si el Depositante no notifica tal hecho a la Cooperativa dentro del término de 60 días siguientes al envío del estado de cuenta en cuestión, el Depositante perderá el derecho a reembolso alguno por concepto de tales transferencias o retiros de fondos después de transcurrido dicho período de 60 días, si la Cooperativa puede probar que se hubiera podido evitar el uso no autorizado de la tarjeta o del número secreto, si el Depositante lo hubiera notificado a tiempo a la Cooperativa. Cuando dichas transacciones no autorizadas sean como consecuencia del hurto, extravío o uso no autorizado de la tarjeta de acceso o número secreto, la responsabilidad del Depositante estará limitada a lo dispuesto en la Sección J inciso 2 de la presente divulgación. 4. Si una razón de peso, como hospitalización o viaje prolongado fuera de Puerto Rico, le impidiera al Depositante notificarnos a tiempo, la Cooperativa podría extender el período de tiempo antes mencionado para hacer la notificación. 5. El Depositante puede hacer su notificación llamando al siguiente número de teléfono (787) Además confirmará por escrito dicha llamada a la brevedad posible, dirigiendo su carta a la siguiente dirección: Cooperativa de Ahorro y Crédito de Camuy Att. Departamento de Servicio al Cliente Ave. Baltazar Jiménez Méndez #300 Camuy PR
6 M. DIAS LABORABLES Los días laborables de la Cooperativa son de lunes a sábado, excluyendo días feriados. Las horas laborables son de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. N. ACREDITACION DE DEPÓSITOS Y PAGOS Los pagos y depósitos que se efectúen mediante cajeros automáticos después de las 3:00 P.M. (sujeto a disponibilidad técnica), o en días feriados serán procesados el próximo día laborable. Dicho proceso no afectará el período de gracia concedido en el pago de préstamos. Los depósitos directos serán acreditados a la fecha del recibo de éstos. O. INFORMES A TERCERAS PERSONAS RESPECTO A LAS CUENTAS El Cooperativa sólo divulgará información sobre Cuentas o sobre transacciones autorizadas en los siguientes casos: 1. Para procesar o completar transferencias. 2. Para cumplir con órdenes emitidas por agencias gubernamentales o tribunales de justicia. 3. A solicitud de una agencia de información de crédito o comercios que estén verificando la condición de sus cuentas. 4. Cuando el Depositante lo autorice por escrito. 5. En los casos permitidos por la legislación y/o reglamentación aplicable. P. RESPONSABILIDAD DE LA COOPERATIVA POR NO EFECTUAR TRANSFERENCIAS Si la Cooperativa no procesara oportunamente y correctamente una transferencia electrónica, será responsable por los daños o pérdidas que sufra el Depositante. Sin embargo, la Cooperativa no será responsable en las siguientes situaciones: 1. Si por cualquier razón que no fuera imputable a la Cooperativa, el Depositante no tiene fondos suficientes para efectuar la transacción; 2. Si el Cajero Automático donde se intentó efectuar la transacción no está operando adecuadamente y el Depositante sabía del desperfecto cuando comenzó la transferencia; 3. Si el cajero automático donde se intentó efectuar la transacción no disponía de efectivo suficiente; 4. Si la transferencia excede los fondos disponibles en la línea de crédito, si alguna; 5. Si el Depositante no notificó a la Cooperativa del hurto, extravío o uso no 6
7 autorizado de su tarjeta de acceso; 6. Si por razones fuera del control de la Cooperativa o por causas fortuitas no se puede 7. realizar la transacción, a pesar de los esfuerzos o precauciones que la Cooperativa haya tomado; 8. Pueden haber otras excepciones establecidas en el contrato de su cuenta. Q. ENMIENDAS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES La Cooperativa se reserva el derecho de enmendar de tiempo en tiempo los términos y condiciones de esta divulgación. Toda enmienda que resulte en cargos por servicio o afecte los servicios ofrecidos le será notificada al Depositante con veintiún (21) días de antelación. Sin embargo, no se requerirá notificación previa cuando la enmienda a los términos y condiciones de esta divulgación tiene el propósito de mantener la seguridad del sistema de transacciones electrónicas de la Cooperativa. R. PROCEDIMIENTO APLICABLE EN CASO DE ERRORES EN SUS TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS 1. El Depositante deberá comunicarse vía telefónica o mediante notificación escrita lo más pronto posible, en todo caso que entienda que existe algún error en el recibo emitido por el cajero automático o en su estado de cuenta, o tenga preguntas sobre sus transferencias electrónicas. La Cooperativa deberá recibir su reclamación por escrito dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha del envío del estado de cuenta donde aparece el error por primera vez. Al comunicarse con la Cooperativa, el Depositante deberá proveer la siguiente información: a. su nombre y número de Cuenta, b. el motivo de su reclamación o duda, y c. la cantidad de su reclamación. El Depositante puede comunicarse mediante vía telefónica con la Cooperativa al siguiente número telefónico: (787) al Depto. Servicio al Cliente. El Depositante deberá confirmar por escrito su queja a la Cooperativa dentro de diez (10) días laborables de la referida llamada telefónica. Dicha notificación escrita se efectuará a la siguiente dirección: Cooperativa de Ahorro y Crédito de Camuy Att. Departamento de Servicio al Cliente Ave. Baltazar Jiménez Méndez #300 Camuy PR Luego del recibo de la referida comunicación, la Cooperativa dentro de los siguientes diez (10) días laborables a partir de la fecha en que se recibió la 7
8 referida comunicación, llevará a cabo una investigación para determinar si ocurrió el error notificado. La Cooperativa le notificará los resultados de la investigación dentro de los tres (3) días laborables en que se finalizó la investigación. Cualquier error será corregido prontamente. El término de 10 días para realizar la investigación podrá extenderse hasta veinte (20) días si la notificación de error envuelve una transferencia electrónica de fondos hacia o de la cuenta en cuestión dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la cual se recibió el primer depósito en dicha cuenta. 3. Si la Cooperativa no ha podido finalizar la investigación dentro del término de diez (10) días laborables, podrá tomar hasta cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha en que se recibió la referida notificación para contestarle. En los casos en que se extienda el término de la investigación, la Cooperativa acreditará provisionalmente la cantidad alegada a la cuenta del depositante dentro de diez (10) días laborables siguientes a la fecha en que recibió su comunicación escrita. De este modo, el depositante podrá utilizar dichos fondos durante el tiempo que le tome a la Cooperativa concluir la investigación. De no recibir una confirmación escrita de la notificación de error presentada a la Cooperativa verbalmente, la Cooperativa no efectuará el crédito provisional de la cantidad alegada. Si la Cooperativa tiene base razonable para creer que ha ocurrido una transferencia de fondos no autorizada podrá deducir hasta un máximo de $50.00 de la cantidad acreditada. Si la reclamación es una transacción fuera de Estados Unidos, de un Terminal de Punto de Venta POS, o en una cuenta nueva, la Cooperativa podrá tomar hasta noventa (90) días para llevar a cabo la investigación, en cuyo caso se acreditará a su cuenta provisionalmente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha en que efectuó la referida notificación. 4. En caso de que la Cooperativa concluya que no hubo error, le enviará al Depositante una explicación por escrito a los tres (3) días laborables siguientes a la fecha de la conclusión de la investigación y anulará la acreditación provisional haciendo los ajustes correspondientes. La Cooperativa notificará la fecha y la cantidad que fue debitada de la cuenta y que honrará todo cheque o instrumento negociable pagadero a terceros y transferencias pre-autorizadas dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se remitió la notificación. La Cooperativa sólo honrará instrumentos que hubiesen sido honrados de no haberse debitado la cantidad notificada. El Depositante podrá solicitar copia de los documentos utilizados por la Cooperativa en la investigación. 5. En caso de que la Cooperativa determine que hubo error, la acreditación provisional se hará definitiva, o de no coincidir el error alegado con el cometido se harán los ajustes correspondientes a la misma. En dicho caso, la Cooperativa corregirá el error dentro del próximo día laborable siguiente a la fecha en que ésta 8
9 determinó que había ocurrido un error. Certifico que he recibido una copia de la presente divulgación hoy de de. Firma del Depositante Firma del Representante de Servicio 9
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