Manual de Organización

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1 Manual de Organización Dirección General de Pesca y Acuacultura SAGARHPA 20/08/ :00:00a.m.

2 Manual de Organización Dirección General de Pesca y Acuacultura SAGARHPA Elaboró Lic. Enrique Lozano Rodríguez Director General de Pesca y Acuacultura Presentó Ing. Hector H. Ortiz Ciscomani/Secretario de SAGARHPA Validó María Guadalupe Ruiz Durazo Secretaria de la Contraloría General Validado de acuerdo a lo establecido en el art ículo 26, Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio S de fecha 20/08/2013.

3 Contenido I. Introducción II. Antecedentes III. Marco Jurídico Administrativo IV. Atribuciones V. Estructura Orgánica VI. Organigramas VII. Objetivos y Funciones VIII. Bibliografía

4 Introducción El Plan Estatal de Desarrollo busca ordenar reactivar y promover el aprovechamiento integral de la producción pesquera en la entidad al establecer nuevas orientaciones, como el fomento al valor agregado y el desarrollo de la acuacultura, apoyados en la Ley de Pesca, que permitan abrir nuevas opciones de inversión y de organización a los sectores productivos, a fin de iniciar una nueva etapa y visión de desarrollo que caracterice por una mayor estabilidad y competitividad en la actividad y un mayor beneficio a los usuarios. Es por ello que la Dirección General de Pesca y Acuacultura ha puesto especial énfasis en coordinar la realización de proyectos encaminados a prever y solucionar la problemática existente en materia pesquera y acuícola. En relación directa y como apoyo al conjunto de actividades que esto implica, se ha elaborado el presente Manual de Organización, en el que se describen en forma detallada y objetiva su sustento jurídico, atribuciones, estructura orgánica, organigrama, objetivos y funciones. El presente manual, se actualizará toda vez que su estructura orgánica se modifique o cuando cambien sus funciones, programas y acciones encomendadas, o bien anualmente se hará la actualización pertinente. 1

5 Antecedentes La Dirección de Fomento Pesquero, se adscribía a la Secretaría de Fomento Industrial y Comercio, esta última aparece publicada en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, en Boletín Oficial No. 53, Sección XVII del Estado de Sonora, el lunes 30 de diciembre de En ese mismo año, se eleva al rango de Dirección General integrándose con tres direcciones que correspondieron a las áreas de Administración, Planeación y Técnica, contando cada una con una subdirección. Mediante el Decreto que Reforma Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la Secretar ía de Desarrollo Económico y Productividad, B.O. No. 23 de fecha 20 de Marzo del 2000, la Dirección General de Fomento Pesquero modifica su nombre a Dirección General de Pesca y Acuacultura. En el Decreto que Reforma Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico y Productividad publicado en el B.O. No. 7, Sección III, del jueves 24 de Enero del año 2002, le adiciona el Artículo 7 BIS (A), se crea la Subsecretaría de Pesca y Acuacultura. Con las reformas el B.O. No. 48 Sección III, de fecha 16 de Junio de 2003, la Subsecretaría de Pesca y Acuacultura y la Dirección General de Pesca y Acuacultura, aún formaban parte de la Secretaría de Desarrollo Económico y Productividad. En relación a las actividades que ha realizado la Dirección General son especialmente importantes, ya que representan parte de la atención direccionamiento y apoyo que el Gobierno del Estado otorga a los productores pesqueros y acuícola del Estado. En la publicación del Decreto No. 52, que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, B.O. No.49, Sección I, jueves 18 de diciembre del 2003, se crea la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, pesca y Acuacultura, donde la Subsecretaría y Dirección General de Pesca y Acuacultura pasan a formar parte de esta estructura publicada en su Reglamento Interior, Boletín Oficial, Edición Especial No. 9 del 30 de junio del En Mayo de 2005, se elabora el Manual de Organización de la Dirección General de Pesca y Acuacultura, validándose por la Secretaría de la Contraloría General el 13 de Mayo de ese año, constituyéndose por las áreas siguientes: Dirección de Pesca y la Dirección de Proyectos de Infraestructura y Acuacultura y con un total de 13 plazas. Con la actualización del Manual de Organización de ésta Unidad Administrativa en el mes de julio del 2007, refleja cambios en sus atribuciones con la siguiente estructura: Dirección de Pesca, Dirección de Proyectos de Infraestructura y Acuacultura, Dirección de Inspección y Vigilancia y Departamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola con un total de 19 plazas. En la actual gestión pública la Dirección General de Pesca y Acuacultura, modifica sus objetivos conforme lo establece la directrices del Plan Estatal de Desarrollo ; con respecto a su estructura queda de la siguientes manera, Dirección de Pesca, Dirección de Inspección y Vigilancia, Departamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, Dirección de Proyectos Infraestructura y Acuacultura, y el Departamento de Inversión en Infraestructura y Equipamiento, contando con un total de 17 plazas a la fecha de publicación de este documento. 2

6 Marco jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. Leyes Federales Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable. (D.O.F. del 24 de julio de 2007). Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (D.O.F. del 28 enero de 1998y reforma del 30 de agosto de 2011). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (D.O.F. del 04 de enero de 2000 y reforma en el D.O.F. del 16 de enero de 2012). Ley de Obras y Servicios Relacionados con las mismas (D.O.F. del 04 de enero de 2000 y última reforma de D.O.F. 28 de mayo de 2009). Ley de Aguas Nacionales (D.O. del 01 de diciembre de 1992 y reforma del D.O.F. del 20 de junio de 2011). Leyes Estatales Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora (B.O. Número 53, Sección XVII del 30 de Diciembre de 1985 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora (B.O. No. 53, Sección XVII, publicada el 30/12/ 1985,última reforma B.O.30/12/2010). Ley de Planeación del Estado de Sonora (B.O. Número 10 sección 1 del 03 de febrero de 1984). Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público (B.O. Número 41 sección 1 del 19 de noviembre de 1987 y sus reformas). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles de la Administración Pública Estatal (B.O. Número 46 del 8 de Diciembre de 1988). Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora (B.O. Número 16 del 23 de Agosto de 1984, última reforma el 14 de julio de 2008). Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Sonora (Ley 171; B.O. número 25 sección VIII, de la fecha 25 de septiembre de 2008). Ley de Bienes y Concesiones del Estado de Sonora (B.O. Número 53 sección XIV del 01 de enero de 1993, última reforma el 31 de agosto de 2009). Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sonora y de los Municipios (B.O. Número 29 del 9 de Abril de 1984 y sus reformas). Ley del Servicio Civil del Estado de Sonora (B.O. Número 27 del 27 de Agosto de 1977, última reforma 11 de julio de 2011). Ley Número 169, de Pesca y Acuacultura para el Estado (B.O. Número 17 Sección IV de 28 de Agosto de 2008). Decretos Estatales Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora (B.O. Número 49 Sección I del 18 de Diciembre de 2003). Decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal 2013 (B.O. 3

7 No.53 Sección, de fecha 31 de diciembre de 2012). Reglamentos Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura (B.O. Edición Especial Número 9 del 30 de Junio del 2004) y reformas publicadas en. (B.O. No. 50, Sección III, 22 de diciembre del 2005). Acuerdos Estatales Acuerdo por el que se determina el agrupamiento de las entidades de la Administración Pública Paraestatal en sectores administrativos definidos y se establece en cada caso la dependencia coordinadora de sector respectiva. (B.O. Número 48, Secc. IV del lunes14 de Junio de 2004). Planes Plan Estatal de Desarrollo Planes de Manejo Pesqueros y Acuícolas. Programas Programa Institucional de Mediano Plazo de SAGARHPA. Programa Sectorial de Desarrollo Económico Competitivo y Sustentable Planes de Manejo Pesqueros y Acuícolas. 4

8 Atribuciones Artículo 19.- La Dirección General de Pesca y Acuacultura, estará adscrita a la Subsecretaría de Pesca y Acuacultura y le corresponden las siguientes atribuciones: I. Promover y fomentar el óptimo desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas que se realicen en el Estado; II. Participar en las acciones de coordinación y concertación que se realicen con los sectores público, social y privado, relativas a la exploración, investigación, explotación, cultivo, sanidad, industrialización y comercialización de los recursos pesqueros y acuícolas, de conformidad con los programas que al efecto se deriven del Plan Estatal de Desarrollo; III. Participar en la elaboración de los programas de la Secretaría y de las entidades que corresponde coordinar a ésta en materia pesquera y acuícola y coadyuvar a la realización y seguimiento de las acciones que resulten de la ejecución de dichos programas; IV. Proponer y realizar, en coordinación con las instituciones públicas y privadas interesadas, la elaboración de estudios y proyectos encaminados a prever y solucionar la problemática existente en materia pesquera y acuícola; V. Realizar las acciones tendientes a promover, canalizar y gestionar ante las instancias correspondientes, créditos y opciones de financiamiento destinados a la óptima explotación y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas; VI. Promover y en su caso, participar en la organización y celebración de ferias, exposiciones, congresos y muestras pesqueras y acuícolas; VII. Procurar la integración de las actividades pesqueros y acuícolas con los demás sectores productivos de la Entidad, a fin de mejorar las condiciones nutritivas de la poblaci ón nacional y la eficiencia y competitividad en los mercados nacional e internacional; VIII. Apoyar la creación y organización de empresas pesqueras y acuícolas, brindándoles la asesoría que requieran; IX. Elaborar perfiles de proyectos pesqueros y acuícolas, a efecto de evaluar su viabilidad técnica y económica, así como su congruencia con la política de fomento pesquero del Estado; X. Promover, en coordinación con las autoridades competentes, que el desarrollo pesquero y acuícola del Estado se lleve a cabo conforme a las normas y lineamientos establecidos para la preservación y mejoramiento del medio ambiente; XI. Promover y apoyar, en coordinación con otras unidades administrativas de la Secretaría, del 5

9 Gobierno del Estado y en su caso de los gobiernos federal y municipal, la organizaci ón de grupos sociales para la producción y comercialización de los productos del mar; XII. Promover la capacitación a los grupos sociales involucrados en las actividades pesqueras ó acuícolas, en la adaptación, difusión y aplicación de nuevos métodos de captura, cultivo, procesamiento y comercialización de sus productos; XIII. Apoyar a las instituciones educativas de nivel medio superior y, en su caso, proponer las acciones de coordinación o concertación que consideren necesarias para lograr la formación y capacitación de los recursos humanos indispensables para el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícola; XIV. Promover el fortalecimiento de los organismos o instituciones de investigación y desarrollo tecnológico del Estado en materia pesquera y acuícola, a través de convenios; XV. Impulsar y fortalecer en coordinación con productores, Gobierno Federal y municipal las acciones de sanidad e inocuidad pesquera y acuícola favoreciendo las oportunidades de participación en el mercado; y XVI. Las demás que le señale el Secretario y otras disposiciones legales aplicables. 6

10 Estructura Orgánica Dirección General de Pesca y Acuacultura Dirección de Pesca Dirección de Inspección y Vigilancia Departamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola Dirección de Proyectos de Infraestructura y Acuacultura Departamento de Inversión en Infraestructura y Equipamiento. 7

11 Dirección General de Pesca y Acuacultura DIRECTOR GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA 12 DIRECTOR DE PESCA 11 DIRECTOR DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA 11 DIRECTOR DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA Y ACUACULTURA 11 JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ORDENAMIENTO PESQUERO ACUÍCOLA 9 JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO 9 SAGARHPA 8

12 Objetivos y Funciones Dirección General de Pesca y Acuacultura Objetivo: Elevar la capitalización de las unidades productivas pesqueras y acuícolas, apoyando la inversión en equipamiento acuícola y obras de uso común para mejorar la rentabilidad de estas actividades en forma sostenible y sustentable. Funciones: Promover y fomentar el desarrollo de la pesca en el Estado de conformidad con los programas y proyectos autorizados en las diferentes regiones de la Entidad. Promover la coordinación y concertación entre los sectores público, social y privado relativos al aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas. Fomentar y apoyar el desarrollo integral de la acuacultura mediante la concertación de proyectos específicos con las diferentes instancias, grupos y productores. Coadyuvar con las autoridades competentes en los programas tendientes a la conservaci ón, protección, recuperación y vigilancia del medio acuático. Promover y coordinar programas de sanidad e inocuidad de las actividades pesqueras y acuícolas. Fomentar a través de programas el equipamiento y tecnificación para el aprovechamiento óptimo de los recursos pesqueros. Fomentar la industria y comercialización de los productos pesqueros y acuícolas. Promover y apoyar obras de infraestructura en el medio rural para el desarrollo y aprovechamiento de especies pesqueras y acuícolas. Asesorar a grupos organizados involucrados en la pesca y acuacultura, para la adaptaci ón, difusión y aplicación de nuevos métodos de captura, cultivo, procesamiento y comercialización de sus productos. Promover y apoyar la investigación científica y tecnológica pesquera y acuícola fomentando su divulgación. Promover esquemas novedosos de financiamiento para el sector pesquero y acuícola. Proponer la elaboración de estudios y proyectos encaminados a proveer y solucionar la problemática existente en materia pesquera y acuícola. Fomentar la creación de empresas pesqueras y acuícolas, mediante apoyos productores dedicados a estas actividades. Procurar la integración de las actividades pesqueras y acuícola en sistema producto o cadenas productivas, a fin de mejorar la eficiencia y competitividad en los mercados nacional e internacional. Participar en la organización y celebración de ferias, exposiciones, congresos y muestras pesquera y acuícola dentro del Estado. Formular y evaluar el programa operativo anual conforme a los calendarios establecidos en el área de su competencia. Promover la elaboración de propuestas de ley relativas a la pesca y acuacultura. 9

13 Promover y coordinar la elaboración de convenios y acuerdos relativos a la pesca y la acuacultura. Observar el cumplimiento de las transferencias de expedientes físicos generados por la Dirección General al archivo de concentración de SAGARHPA. Difundir la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga, derivado de sus atribuciones, a través de la Unidad Administrativa responsable de registrar la información en el portal de transparencia de la Dependencia. Coordinar la integración de la Matriz de Desempeño Interinstitucional con los indicadores correspondientes a la Dirección General. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 10

14 Objetivo: Dirección de Pesca Contribuir en el mejoramiento de las actividades pesqueras y acuícolas, mediante programas y acciones de gobierno para propiciar el ordenamiento y desarrollo de la pesca ribere ña y de aguas continentales. Funciones: Integrar expedientes técnicos y cedulas de información de proyectos de los Comités Sistemas Producto: Jaiba, Ostión, Tilapia, Pelágicos Menores (sardina), Calamar Gigante y Camarón de Cultivo; en el Marco del Programa Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural, en el componente Apoyo para la Integración de Proyectos (Sistema Producto). Y dar seguimiento físico-financiero en la ejecución de estos proyectos estipulados en los programas anuales de trabajo. Analizar y dar seguimiento a la información estadística del sector pesca y acuícola para evaluar el comportamiento de la actividad en el Estado. Llevar control estadístico de las distintas especies pesqueras que se capturen en los principales embalses en el Estado. Participar y dar seguimiento a reuniones de A.P.F.F. (Area de Protección de Flora y Fauna) Islas del Golfo de California; en Sonora. Participar y dar seguimiento en representación del Subsecretario de Pesca y Acuacultura al Fideicomiso Maestro para el Financiamiento del Sector Agropecuario en el Estado de Sonora (AGROSON). Promover el ordenamiento de la pesca ribereña y de aguas continentales. Orientar a pescadores y productores acuícolas con la información de los programas de apoyo vigentes que benefician al sector pesquero y acuícola. Atender las demandas ciudadanas recibidas a través del Ejecutivo Estatal y la Secretaría. Participar y dar seguimiento al programa de Sustitución de motores fuera de borda, conjuntamente con la Federación a través de la Oficina Estatal de Pesca y Acuacultura. Promover el consumo pesquero y acuícola en el Estado, apoyados por los Municipios mediante la organización de Ferias del Mar, con la participación de los principales distribuidores de productos marinos. Promover el desarrollo de la pesca deportiva en el litoral marino y en los principales embalses de la entidad. Atender las demandas Ciudadanas recibidas a través del Ejecutivo y la Secretaría (SAGARHPA). Orientar a pescadores y productores acuícolas con la información de los programas de apoyo vigentes que benefician al sector pesquero y acuícola. Promover la adopción, difusión y aplicación de nuevos métodos de captura, procesos y mercado de nuevos productos. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, de Recursos Gubernamentales (SIR), y Sistema de Evidencias (SEVI). Presentar permanentemente a la Dirección General, la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga al área de su competencia. Determinar y dar seguimiento constante a los indicadores estratégicos de la Matriz de Desempeño Interinstitucional. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 11

15 Objetivo: Dirección de Inspección y Vigilancia Promover comercialización legal de la producción de peces de agua dulce, mediante la realización permanente de operativos de inspección y vigilancia en las principales presas de la entidad para el desarrollo ordenado y sustentable de esta opción productiva. Funciones: Administrar la operación del programa Anual de Inspección y Vigilancia. Implementar acciones de inspección y vigilancia coordinadamente con los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal en el ámbito de los grupos de pescadores organizados. Realizar inspecciones permanentemente en los establecimientos comerciales de venta y consumo de productos pesqueros y acuícolas en el Estado. Realizar con los productores organizados reuniones de ordenamiento para el cumplimiento de las actividades pesqueras. Atender el cumplimiento de los periodos de veda durante la época de reproducción de las especies pesqueras de agua dulce, conforme lo estable el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Sonora. Dar aviso inmediato a las autoridades correspondientes de la realización de actividades ilegales de pesca. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, de Recursos Gubernamentales (SIR), y Sistema de Evidencias (SEVI). Presentar permanentemente a la Dirección General, la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga al área de su competencia. Determinar y dar seguimiento constante a los indicadores estratégicos de la Matriz de Desempeño Interinstitucional. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 12

16 Objetivo: Departamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola Mejorar el ordenamiento pesquero y acuícola mediante la verificación del cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes para el aprovechamiento sustentable de los recursos en la Entidad. Funciones: Proponer los cambios normativos, legales y organizacionales necesarios para la implementación de las actividades pesqueras y acuícolas. Solicitar a la Dirección Jurídica de la Secretaría la validación de los documentos normativos en materia pesquera y acuícola. Participar en la elaboración del protocolo de siembra, engorda y cosecha de camarón en el Estado de Sonora. Dar seguimiento a los permisos y autorizaciones pesqueros y acuícolas previstas en las Ley aplicable. Aplicar las sanciones que se deriven del incumplimiento de la Ley. Atender las denuncias e iniciar procedimientos administrativos sobre las actividades il ícitas en la materia. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, y el de Recursos Gubernamentales (SIR). Comunicar permanentemente a la Dirección General, la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga, generada de sus funciones. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, de Recursos Gubernamentales (SIR), y Sistema de Evidencias (SEVI). Presentar permanentemente a la Dirección General, la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga al área de su competencia. Determinar y dar seguimiento constante a los indicadores estratégicos de la Matriz de Desempeño Interinstitucional. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 13

17 Objetivo: Dirección de Proyectos de Infraestructura y Acuacultura. Impulsar y coordinar la realización de estudios, proyectos y construcción de obras de infraestructura pesquera y acuícola de uso común, a través de programas concurrentes, y con acuerdos específicos con la federación y productores, para contribuir en el desarrollo de la pesca y la acuacultura en el Estado. Funciones: Atender y dar asistencia técnica a productores pesqueros y acuícolas que lo requieran de acuerdo en las políticas y lineamientos del Plan Estatal de Desarrollo. Participar en los grupos técnicos de trabajo que se requieran, para el ejercicio de recursos concurrentes Estado-Federación, para el desarrollo de infraestructura pesquera y acuícola. Supervisar y verificar la elaboración de estudios y proyectos de obras de infraestructura pesquera y acuícola a cargo de la Subsecretaría e integrar la cartera de proyectos para alimentar futuros programas constructivos. Supervisar la ejecución de obras y acciones en materia de infraestructura y equipamiento pesquero y acuícola que realizan los productores con los apoyos de programas vigentes. Participar en la elaboración e integración de anteproyectos de acuerdos y convenios de coordinación y concertación con organizaciones de productores acuícolas, pescadores y con dependencias públicas relacionadas con la actividad. Participar en reuniones de trabajo del programa de Sanidad e Inocuidad de la acuacultura y pesca en el estado. Integrar expediente técnico unitario de obras y proyectos pesqueros acuícolas a cargo de la Subsecretaría. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, de Recursos Gubernamentales (SIR), y Sistema de Evidencias (SEVI). Presentar permanentemente a la Dirección General, la información pública básica que la Ley de Acceso a la Información obliga al área de su competencia. Determinar y dar seguimiento constante a los indicadores estratégicos de la Matriz de Desempeño Interinstitucional. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 14

18 Objetivo: Departamento de Inversión en Infraestructura y Equipamiento. Promover la competitividad productiva de las unidades pesqueras y acuícolas, canalizando apoyos a la inversión en obras de infraestructura y equipamiento para aumentar el ingreso de las familias rurales. Funciones: Participar en la elaboración de la convocatoria en los programas en concurrencia con el Gobierno Federal para el Desarrollo rural Sustentables. Recibir y revisar las solicitudes de apoyo que cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos en los lineamientos operativos del componente de pesca y acuacultura. Registrar y dar seguimiento a las solicitudes de apoyo al productor en el Sistema Único de Registro de Información (SURI). Dictaminar las solicitudes de apoyo para la asignación de recursos conforme al techo financiero establecido. Supervisar las inversiones en equipamiento e infraestructura realizada por los productores. Levantar actas de entrega recepción para liberación del recurso aprobado. Solicitar al Fideicomiso FOFAES autorización de pago del apoyo otorgado al productor. Elaborar y presentar el cierre del programa de Equipamiento e Infraestructura. Integrar, registrar y clasificar los expedientes físicos generados de sus funciones, conforme lo establece el Sistema Integral de Archivos, de Recursos Gubernamentales (SIR), y Sistema de Evidencias (SEVI). Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 15

19 Bibliografía Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura, Boletín Oficial del Gobierno del Estado, Edición Especial Núm. 9 del 30 de Junio del Guía para la Elaboración de Manuales de Organización. SECOG, Marzo de

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