ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

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1 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 268/2015 Decreto N 357/2002. Modificación. Bs. As., 29/12/2015 VISTO el Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N 13 del 10 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N 357/02, sus modificatorios y complementarios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría. Que por el Decreto N 13/15 se modificó Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y modificatorias, incorporándose el, a través del artículo 23 decies. Que en función de las competencias asignadas al por el Decreto N 13/15, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área. Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados. Que en base a lo expuesto corresponde establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del citado Ministerio, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Incorpórase el Anexo I al artículo 1 del Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002 Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría Página 1

2 el apartado XXXII - de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 2 Incorpórase el Anexo II al artículo 2 del Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002 Objetivos el apartado XXXII -, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 3 Incorpórase el Anexo III al artículo 3 del Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002 Organismos Descentralizados el apartado XXXII -, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 4 Apruébanse las Responsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y de las unidades organizativas que conforman la ADMINISTRATIVA, ambas del, de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo. Art. 5 Apruébase la conformación organizativa del de acuerdo al Organigrama que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto. Art. 6 Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N 2098/08. Art. 7 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes. Art. 8 Establécese que corresponde al el ejercicio de los derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes al Estado Nacional en la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) y en el Correo Oficial de la República Argentina S.A. (CORASA). Art. 9 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Oscar R. Aguad. PLANILLA ANEXA al artículo 1 XXXII. - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN - SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES - SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO PLANILLA ANEXA al artículo 2 XXXII. Página 2

3 1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico, administrativo y de administración en la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos descentralizados. 2. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de la Jurisdicción. 3. Coordinar, ejecutar y aplicar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y de comunicaciones. 4. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, como así también el contralor de las notificaciones producidas por la Jurisdicción. 5. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones en el ámbito de su competencia. 6. Articular acciones con los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados. 7. Instruir y tramitar los sumarios administrativos disciplinarios. SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES 1. Asistir al Ministro en el diseño de políticas y regulaciones que permitan un mayor desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los servicios postales, elaborar estudios, propuestas de regulaciones en el ámbito de su competencia. 2. Diseñar y proponer al Ministro la actualización de los marcos regulatorios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y postal. 3. Asesorar al Ministro en el otorgamiento o caducidad de licencias, permisos o autorizaciones cuyo dictado corresponda el Poder Ejecutivo Nacional. 4. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la infraestructura de Red de ArSat y el desarrollo satelital. 5. Analizar el desarrollo de los servicios postales, y promover el desarrollo de la distribución de logística liviana. 6. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico tendientes a la universalización de internet y los servicios móviles. 7. Elaborar recomendaciones al Ministro para un mejor ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional en Argentina Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT) y en el Correo Oficial de la República Argentina S.A. 8. Elaborar las propuestas que presente el Ministro en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones con autoridades de comunicaciones y postales de los demás países, necesarias para la elaboración de los instrumentos de regulación, estandarización y coordinación del sector. 9. Asistir al Ministro en la interpretación de las Leyes N , , y Proponer al Ministro alternativas para la mejor representación del Estado nacional ante los organismos internacionales que correspondan, así como asistirlo en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales de comunicaciones o relativos a la sociedad de la información y el conocimiento, en coordinación con las instancias que corresponda. 11. Proponer al Ministro medidas de promoción y estímulo de la competencia en el sector, que prevengan o desalienten prácticas monopólicas, conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante en el marco de las funciones asignadas. 12. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica. 13. Proponer al Ministro planes y programas para la aplicación del fondo fiduciario de servicio universal. 14. Proponer al Ministro actualizaciones normativas en el ámbito de su competencia. Página 3

4 SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES SUBSECRETARIA DE REGULACION 1. Asistir al Secretario en la actualización de los marcos regulatorios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y postal, de acuerdo a las políticas determinadas por el Ministro. 2. Asesorar al Secretario en la actualización de la normativa en el ámbito de su competencia. 3. Asistir al Secretario en las propuestas de interpretación de las Leyes N , , y Promover el dictado de normas que promuevan y estimulen la competencia, así como en la prevención y desaliento de las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante. 5. Asistir al Secretario en el dictado de normas que promuevan los servicios postales así como en el desarrollo de la distribución de logística liviana. SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO 1. Asistir al Secretario en el diseño y propuesta de normas y acciones que permitan la adecuada utilización de la infraestructura de Red de ARSAT y en el diseño de programas de desarrollo satelital. 2. Asistir al Secretario en las propuestas de actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico. 3. Asistir al Secretario en las propuestas de Reglamento de Gestión y Administración del Espectro Radioeléctrico, de los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración, Señalización, Portabilidad Numérica así como en las propuestas de regulación en el ámbito de su competencia. 4. Analizar alternativas para el dictado de las normas y diseño de programas para la aplicación de los fondos del fondo fiduciario del servicio universal. SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES 1. Proponer políticas para la promoción de las inversiones en materia de telecomunicaciones, servicios de comunicación audiovisual y postales. 2. Favorecer el acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento. 3. Formar parte de las representaciones del Estado nacional que concurran ante organismos internacionales y participar en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales de radiodifusión, telecomunicaciones en cuanto fuera pertinente para promover las inversiones en la sociedad de la información y el conocimiento, en coordinación con las áreas que corresponda. 4. Estimular inversiones económicas en el sector. 5. Articular con instituciones, empresas y entidades a fin de promover las inversiones y el desarrollo de las telecomunicaciones, la radiodifusión y los servicios postales. PLANILLA ANEXA al artículo 3 ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA - EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) - CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) Página 4

5 PLANILLA ANEXA al artículo 4 UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Verificar el mantenimiento de un adecuado Sistema de Control Interno incorporado a la organización administrativa de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia. 1. Establecer la planificación de la Auditoria Interna en la Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y de Auditoria Interna Gubernamental. 2. Elaborar el plan anual de Auditoria Interna. 3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos fijados por la autoridad superior. 4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno. 5. Formular la normativa técnico - organizacional interna, requerida para el cumplimiento de los objetivos de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA. 6. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica. 7. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de acuerdo a la normativa legal vigente. 8. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables. 9. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección. 10. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras. 11. Producir informes periódicos sobre las auditorias desarrolladas y otros controles practicados. 12. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los desvíos que se detecten con las observaciones y recomendaciones que se formulen. 13. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas. 14. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades. 15. Examinar y evaluar la información relativa al impacto de las políticas públicas, producida por los responsables de cada uno de los programas y proyectos. 16. Evaluar el cumplimiento del Plan Anual de Auditoria Interna. 17. Elaborar y mantener actualizada la evaluación de riesgos de auditoria de la Jurisdicción. 18. Integrar el Comité de Control de la Jurisdicción. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Entender en la programación y ejecución de los actos vinculados con la gestión económico-financiera y contable del Ministerio. 1. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo y la custodia de fondos y valores, como así también todo lo relacionado con las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos. 2. Asistir en el diseño de la política presupuesta de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento. 3. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto. 4. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Página 5

6 Control del Sector Público Nacional N y sus modificatorias. 5. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse. 6. Elaborar los instrumentos necesarios para contribuir con el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en la Jurisdicción y sus organismos descentralizados. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y el servicio de medicina del trabajo, organización y de higiene y seguridad en el trabajo en la Jurisdicción. 1. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal. 2. Gestionar las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación del personal del Ministerio. 3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes. 4. Entender en la adecuada aplicación de la legislación en materia de condiciones y medio ambiente del trabajo. 5. Entender en el mantenimiento y actualización de los legajos únicos del personal y las bases de datos correspondientes. 6. Mantener las relaciones laborales con los representantes gremiales, administrando los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones colectivas. 7. Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción. 8. Coordinar los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y optimizaciones acordes a las necesidades y desarrollo de la organización, incluyendo todo lo relativo a la liquidación de haberes. DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Entender en la elaboración de proyectos de normas jurídicas y asesorar a las dependencias del Ministerio, como así también, ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en juicio. Entender en el diligenciamiento de la documentación referida a oficios judiciales y notificaciones. 1. Supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción. 2. Asumir la representación y defensa en juicio del ESTADO NACIONAL, en la medida que sea de la competencia del Ministerio, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes. 3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en las cuestiones jurídico-legales relacionadas con el cumplimiento de las funciones del Ministerio y de los organismos integrantes del Página 6

7 mismo. 4. Dictaminar en las actuaciones en las que se substancien recursos administrativos contra actos emanados del Ministerio, de sus organismos dependientes o de los que actúen dentro de su Jurisdicción. 5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios y acuerdos internacionales que afecten o se refieran a las actividades de competencia de la Jurisdicción. 6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y demás instrumentos de carácter jurídico originados en otros organismos del Ministerio. 7. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, a la FISCALÍA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y a la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN. 8. Supervisar la gestión de las notificaciones y tramitar los oficios correspondientes a la Jurisdicción librados por los distintos fueros. ANEXO I al Artículo 5 Fecha de publicacion: 04/01/2016 Página 7

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