ANEXO (Rfª: , 2365 y 2394)

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1 ANEXO (Rfª: , 2365 y 2394) adquisitivo para los pensionistas de la provincia de Granada desde el año 2004 hasta finales de 2011 En líneas generales, la ganancia o pérdida de adquisitivo viene determinada por la diferencia entre la revalorización aplicada y la variación del IPC en el mismo periodo. No obstante, dado que se han venido aplicando mejoras adicionales a la revalorización en pensiones SOVI y pensiones con mínimos, en estos colectivos se ha producido una evolución diferente para cada tipo de mínimo. Por este motivo se ofrece, por ser representativo de un volumen amplio de prestaciones mínimas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad, la ganancia/pérdida de adquisitivo experimentada por el mínimo de jubilación para titulares con 65 años o más sin cónyuge a (unidades económicas unipersonales). Por otra parte, dado que el dato acumulado depende del periodo de vigencia de la prestación, se presenta la ganancia/pérdida generada en cada año. Periodo IPC REAL (a noviembre) Pensiones no sovi sin mínimos Pensiones SOVI no concurrentes Mínimo de para titulares con 65 ó más años, sin cónyuge a (unidades económicas unipersonales) Año ,5% 3,5% 0,0% 5,5% 2,0% 3,5% 0,0% Año ,4% 3,4% 0,0% 4,4% 1,0% 6,4% 3,0% Año ,6% 2,6% 0,0% 3,6% 1,0% 5,6% 3,0% Año ,1% 4,1% 0,0% 5,1% 1,0% 7,2% 3,1% Año ,4% 2,4% 0,0% 3,4% 1,0% 5,4% 3,0% Año ,3% 2,0% 1,7% 3,0% 2,7% 5,8% 5,5% Año ,3% 2,3% 0,0% 3,3% 1,0% 6,0% 3,7% Año ,9% 0,0% -2,9% 2,9% 0,0% 2,9% 0,0% Datos acumulados (**) 23,6% 22,1% -1,2% 35,9% 10,0% 51,8% 22,8% (*) Incluye revalorización y mejoras adicionales, así como la actualización por desviación del IPC en el. (**) Sólo aplicables a las pensiones que hayan estado vigentes durante el periodo.

2 Variación de la cuantía de las pensiones mínimas en la provincia Granada en el año 2012 (datos con IPC previsto) Las pensiones mínimas en el año 2012 y para todo el territorio nacional, han sido incrementadas al comienzo del año en un 1%, correspondiendo en su caso la actualización de cuantías conforme al IPC real a noviembre. Año 2012 (cuantías con IPC previsto) Incremento sobre 2011 a a Titular con 65 años 763,60 618,90 587,00 1,0% 1,0% 1,0% Titular menor de 65 años 715,60 578,90 547,00 1,0% 1,0% 1,0% Incapacidad permanente Gran invalidez con incremento del 50% 1.145,40 928,40 880,50 1,0% 1,0% 1,0% Absoluta, Total de titulares con 65 años y Parcial de AT con 65 años 763,60 618,90 587,00 1,0% 1,0% 1,0% Total: Titulares entre 60 y 64 años 715,60 578,90 547,00 1,0% 1,0% 1,0% Total derivada de enfermedad común, titular menor de ,90 384,90 352,72 1,0% 1,0% 1,0% Viudedad Titular con 65 años o discapacidad 65% 618,90 1,0% Titular con cargas familiares 715,60 1,0% Titular con edad entre 60 y 64 años 578,90 1,0% Titular menor de 60 años 468,50 1,0% Por beneficiario 189,00 1,0% Por beneficiario <18 años y discapacidad 65% 371,90 1,0% Por beneficiario 189,00 1,0%

3 Variación de la cuantía de las pensiones mínimas en el año 2011 (datos con IPC real) Las pensiones mínimas en el año 2011 y para todo el territorio nacional, fueron incrementadas al comienzo del año en un 1%, abonándose las diferencias hasta el 2,9% de IPC real a noviembre mediante una paga única, en el mes de enero de Año 2011 (cuantías con IPC real) Incremento sobre 2010 (con IPC real) a a Titular con 65 años 756,00 612,70 581,10 2,9% 2,9% 2,9% Titular menor de 65 años 708,50 573,10 541,50 2,9% 2,9% 2,9% Incapacidad permanente Gran invalidez con incremento del 50% 1.134,00 919,10 871,70 2,9% 2,9% 2,9% Absoluta, Total de titulares con 65 años y Parcial de AT con 65 años 756,00 612,70 581,10 2,9% 2,9% 2,9% Total: Titulares entre 60 y 64 años 708,50 573,10 541,50 2,9% 2,9% 2,9% Total derivada de enfermedad común, titular menor de ,00 381,00 352,72 2,9% 2,9% 2,9% Viudedad Titular con 65 años o discapacidad 65% 612,70 2,9% Titular con cargas familiares 708,50 2,9% Titular con edad entre 60 y 64 años 573,10 2,9% Titular menor de 60 años 463,80 2,9% Por beneficiario 187,10 2,9% Por beneficiario <18 años y discapacidad 65% 368,20 2,9% Por beneficiario 187,10 2,9%

4 Variación de la cuantía de las pensiones mínimas en la provincia Granada entre 2004 y 2011 (datos con IPC real) Las pensiones mínimas, durante el periodo 2004 a 2011 y para todo el territorio nacional, han experimentado incrementos derivados tanto de la revalorización anual de las pensiones como del establecimiento de otras mejoras adicionales. De esta forma, la variación acumulada en el periodo está en función del tipo de mínimo y alcanza los siguientes valores: Año 2004 (cuantías con IPC real) Sin cónyuge a Año 2011 (cuantías con IPC real) a Variación acumulada (salvo indicaciones) Con cónyuge a ¹ a ¹ Titular con 65 años 492,02 417,81 756,00 612,70 581,10 53,7% 46,6% 39,1% Titular menor de 65 años 459,83 389,31 708,50 573,10 541,50 54,1% 47,2% 39,1% Incapacidad permanente ² Gran invalidez con incremento del 50% 738,03 626, ,00 919,10 871,70 53,7% 46,7% 39,1% Absoluta, Total de titulares con 65 años y Parcial de AT con 65 años 492,02 417,81 756,00 612,70 581,10 53,7% 46,6% 39,1% Total: Titulares entre 60 y 64 años (Mínimo creado en 2005) 708,50 573,10 541,50 42,7% 38,3% (*) Variación ,7% 2011 Total derivada de enfermedad común, titular menor de 60 (Mínimo creado en 2009) 381,00 381,00 352,72 6,4% 6,4% (*) Variación ,8% 2011 Viudedad ³ Titular con 65 años o discapacidad 65% 417,81 612,70 46,6% Titular con cargas familiares 389,31 708,50 82,0% Titular con edad entre 60 y 64 años 389,31 573,10 47,2% Titular menor de 60 años 310,66 463,80 49,3% Por beneficiario 126,30 187,10 48,1% Por beneficiario <18 años y discapacidad 65% (Mínimo creado en 2006) 368,20 83,0% Por beneficiario 126,30 187,10 48,1% ¹ Los mínimos "" y " a " fueron creados en 2009, por lo que la variación se ha calculado sobre el anterior mínimo"sin cónyuge a " en ambos supuestos. ² El mínimo de la Incapacidad Permanente Total para titulares entre 60 y 64 años fue creado en el año 2005 (limitado hasta el año 2008 inclusive para la Incapacidad Permanente Total Cualificada) y el correspondiente a titulares menores de 60 años en el año ³ El mínimo por cargas familiares en el año 2004 estaba limitado a los menores de 60 años, límite de edad que desapareció en Por otra parte, la existencia de discapacidad se consideró protegida desde el año 2007, equiparada a la existencia de cargas familiares, pasando en 2008 a protegerse con el mínimo para titulares con 65 ó más años. (*) Variación

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