3. Ot r a s disposiciones
|
|
- María Piñeiro Moreno
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Página I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejo de Gobierno Decreto n.º 405/2009, de 20 de noviembre, de concesión directa de una subvención a Renfe-Operadora para la prestación de servicios ferroviarios de media distancia en la Comunidad Autónoma. Preámbulo La Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas en materia de transportes de conformidad con lo que dispone el Estatuto de Autonomía y está interesada en potenciar las relaciones ferroviarias entre Murcia y Cartagena. La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, señala en su artículo 23.1 que únicamente podrán concederse subvenciones de forma directa en los casos previstos en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que, como sabemos, constituye normativa básica en la materia y que señala a su vez que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Desde 1998 hasta la actualidad se vienen suscribiendo Convenios entre la Comunidad Autónoma de Murcia y RENFE para la prestación de servicios ferroviarios regionales entre Murcia y Cartagena, lo que ha permitido pasar de la oferta inicial de un único servicio diario en cada sentido prestado por RENFE- Operadora a tres servicios diarios que pasan a siete de lunes a viernes en cada sentido de circulación. Todo el déficit de explotación de los seis servicios convenidos entre la Comunidad Autónoma de Murcia y RENFE-Operadora, incluso los refuerzos con trenes de doble composición y los cánones a satisfacer a ADIF por el uso de infraestructuras y estaciones, es sufragado íntegramente por la Comunidad Autónoma mediante una subvención a RENFE-Operadora con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de los distintos años. El último Convenio suscrito para la prestación de los servicios ferroviarios entre Murcia y Cartagena el 28 de julio de 2008 finalizó su vigencia el 30 de septiembre de 2008 y se formalizó como un convenio puente, por plazo de un año, entre el anterior suscrito el 20 de diciembre de 2004 cuya vigencia finalizó el 30 de septiembre de 2007 y el nuevo Convenio que ahora se desarrolla, de modo que el servicio se ha mantenido con las nuevas prestaciones de forma ininterrumpida. Por ello se plantea la renovación del Convenio para el nuevo período , que comprende la prestación de los seis servicios convenidos de lunes a viernes que pasan a dos los sábados, domingos y festivos desde el 1 de octubre de 2008 a 31 de diciembre de 2011ya que la Comunidad Autónoma sigue considerando prioritario la potenciación del servicio ferroviario entre ambos
2 Página municipios por su evidente interés público y social para fomentar de forma eficiente y sostenible las comunicaciones y favorecer el transporte público general frente al privado, especialmente atendiendo las crecientes demandas de acceso a los principales ámbitos universitarios de la Región con políticas específicas de apoyo. Este reforzamiento del servicio ferroviario entre Murcia y Cartagena, a todas luces insuficiente con el ocasional prestado por RENFE-Operadora, permite aumentar los intercambios económicos, sociales y culturales de todo tipo con lo que se favorece el desarrollo económico de una amplio entorno subregional y se mejora la calidad de vida de los ciudadanos y la integración socio-territorial en un espacio significativamente dinámico de la Región de Murcia. Siendo RENFE-Operadora el único operador que actualmente puede prestar los servicios ferroviarios en la Red de Interés General por encomienda del Estado hasta tanto se establezca legislativamente la liberación del tráfico de viajeros y puedan concursar a la prestación del servicio otros operadores, y no habiéndose establecido plazos formales para que dicha liberación se produzca, resulta obligada la concesión de la subvención correspondiente a RENFE-Operadora para compensar el déficit total de explotación de los servicios regionales de media distancia entre Murcia-Cartagena durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y 31 de diciembre de 2011 en los términos expresados en el borrador del Convenio cuya aprobación se tramita. Por tanto, a tenor de lo expuesto, existen suficientes razones de interés público y social para subvencionar el déficit de explotación derivado de la prestación de los servicios ferroviarios de media distancia entre Murcia y Cartagena. En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de Noviembre de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y en el artículo 16.2.c) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, en relación con el artículo 25.2 de la misma, Dispongo Artículo 1. Objeto de la subvención y razones de interés público que concurren en la concesión. Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a RENFE-Operadora, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los ejercicios 2009, 2010, 2011 y La finalidad de la concesión es la prestación de servicios ferroviarios convenidos de media distancia entre Murcia y Cartagena desde el 1 de octubre de 2008 hasta el 31 de diciembre de Las razones de interés público y social vienen dadas por la necesidad de potenciar la relación ferroviaria entre Murcia y Cartagena y seguir prestando los servicios ferroviarios necesarios para la demanda de ambas poblaciones y especialmente satisfacer la de los ámbitos universitarios de ambas ciudades, manteniendo la mejora de su calidad de vida con un sistema eficaz y sostenible de comunicaciones en un amplio entorno subregional.
3 Página Artículo 2. Procedimiento de concesión. La subvención regulada en este Decreto tiene carácter singular por lo que se autoriza la concesión directa de la misma en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por concurrir razones de interés público y social, y se instrumentará mediante la suscripción de un Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio y RENFE-Operadora. Artículo 3. Beneficiarios RENFE-Operadora será beneficiaria de esta subvención, en los términos establecidos en este Decreto. Artículo 4. Obligaciones El beneficiario de esta subvención estará obligado a las condiciones y compromisos que adquiera en el Convenio que suscriba con la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio y a los que estará afectada la subvención concedida y además a: a) Realizar la finalidad para la que se ha concedido la subvención y presentar la justificación correspondiente en la forma prevista en el artículo 6. b) Someterse a la normativa de supervisión, seguimiento y control de subvenciones, así como facilitar toda la información requerida por los órganos competentes. c) El beneficiario quedará, en todo caso, sujeto a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a lo regulado en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 5. Financiación El importe total de la subvención a favor de RENFE Operadora, CIF Q J asciende a ,91 euros, efectuándose la aportación de 2009 con cargo al crédito consignado en la partida A , subproyecto de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2009, comprometiéndose el gasto plurianual con la parte correspondiente a 2010, 2011, 2012 en la partida A de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para dichos años, de la siguiente manera: Año Anualidad ( ) , , , ,90 Artículo 6. Pago de la subvención y régimen de justificación La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia compensará a RENFE- Operadora el importe del déficit de explotación, que consiste en la diferencia entre los costes totales de los servicios convenidos y los ingresos generados por los viajeros que los utilicen, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de la siguiente forma: Con cargo a la partida presupuestaria n.º A de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2009, el último trimestre de 2008 y los tres primeros trimestres de 2009, hasta una cantidad máxima de ,93 euros; con cargo a la partida
4 Página presupuestaria nº A de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2010, el último trimestre de 2009 y los tres primeros trimestres de 2010 hasta una cantidad máxima de ,34 euros; con cargo a la partida presupuestaria nº A de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2011, el último trimestre de 2010 y los tres primeros trimestres de 2011 hasta una cantidad máxima de ,74 euros y con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2012, el último trimestre de 2011 hasta una cantidad máxima de ,90 euros La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia satisfará en cuatro pagos a RENFE-Operadora el importe de la anualidad estimada. A tal fin, RENFE-Operadora facturará a la Comunidad Autónoma y por trimestres vencidos los importes que correspondan, como diferencia entre costes e ingresos, con fechas 1.º de abril, 1.º de julio, y 1.º de octubre, sin perjuicio de la liquidación final anual definitiva para regularizar la subvención que corresponda, según la Estipulación Tercera y que se facturará, antes del 31 de marzo del año siguiente, una vez aprobada la citada liquidación por la Comisión de Seguimiento, facturación que, lógicamente, también incluirá la del 4.º y último trimestre del año. El último trimestre del ejercicio 2008 se facturará a la firma de este Convenio y se abonará con cargo a la partida presupuestaria de 2009 en los plazos establecidos, el último trimestre de 2009 se facturará con la liquidación de 2009 antes del 31 de marzo de 2010 y se abonará con cargo a la partida presupuestaria de 2010 en los plazos establecidos, el último trimestre de 2010 se facturará con la liquidación de 2011 antes del 31 de marzo de 2011 y se abonará con cargo a la partida presupuestaria de 2011 en los plazos establecidos y el último trimestre de 2011 se facturará con la liquidación antes del 31 de marzo de 2012 y se abonará con cargo a la partida presupuestaria de 2012 en los plazos establecidos. RENFE-Operadora justificará documentalmente con la liquidación anual correspondiente antes del 31 de marzo de 2010 y en el mismo plazo de los años siguientes, la aplicación de la subvención al déficit generado en el ejercicio anterior, estableciéndose la liquidación definitiva y justificación anual correspondiente de la subvención. La Comisión de Seguimiento del Convenio será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE- Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificación de la subvención correspondiente. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de que el destino de los fondos pueda ser comprobado en cualquier momento por los procedimientos generales de fiscalización y control de la Comunidad Autónoma, a tenor de la normativa reguladora en la materia. Igualmente RENFE-Operadora vendrá obligada a facilitar cualquier información que le sea requerida por el Tribunal de Cuentas. La justificación por parte del beneficiario de la subvención del cumplimiento de la finalidad de la misma y de la aplicación material de los fondos percibidos se ajustará, en todo caso, a lo señalado en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a lo regulado en el artículo 25 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
5 Página Artículo 7. Incumplimientos Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como el interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos regulados en el artículo 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. También será de aplicación lo regulado en el Título II de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 8. Régimen Jurídico aplicable La subvención regulada en este Decreto se regirá, además de por lo establecido en el mismo, por lo previsto en el Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así como por lo establecido en las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación. Disposición Final Única. Eficacia y publicidad El presente Decreto producirá sus efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de la cual se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia, 20 de noviembre de El Presidente, P.D. (Decreto de la Presidencia n.º 46/08 de 26 de septiembre, B.O.R.M. n.º 230, de 2 de octubre de 2008), la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, María Pedro Reverte García. El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, José Ballesta Germán. D.L. MU-395/ ISSN:
I. Comunidad Autónoma
Página 38343 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 10291 Decreto n.º 153/2016, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 38337 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 10290 Decreto n.º 152/2016, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente PRE- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente SAN- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 42736 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 12707 Decreto n.º 317/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 7909 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 2186 Decreto n.º 13/2015, de 20 de febrero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Regional
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 38356 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 10293 Decreto n.º 155/2016, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 38330 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 10289 Decreto n.º 151/2016, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 38363 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 10294 Decreto n.º 156/2016, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente CYT- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesCesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006
Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente FYM - /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesLey núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre LARG 2005\273
( Disposición Vigente ) Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre Version vigente de: 16/11/2005 LARG 2005\273 COLEGIO PROFESIONAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN BELLAS ARTES Y PROFESORES
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015 CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA-GASTEIZ
Más detallesJUNTA DE EXTREMADURA
JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 30280 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas 10353 Orden de 6 de junio de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 44102 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 15385 Resolución de 26 de noviembre de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política
Más detallesAnuncio de 25 de mayo de 2006, relativo a la Oferta de Empleo Público correspondiente Página 13922
13876 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, miércoles 12 de julio de 2006 Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 28 de junio de 2006, relativo al registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo
Más detallesIII. Otras Resoluciones
932 III. Otras Resoluciones Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas 192 Secretaría General Técnica.- Resolución de 27 de diciembre de 2016, por la que se dispone la publicación del Convenio
Más detallesSESION ORDINARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, CELEBRADA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 2014
SESION ORDINARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, CELEBRADA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 2014 AREA CARRETERAS Y PAISAJE SERVICIO ADMTVO DE CARRETERAS Y PAISAJE CGIO0000195771 18.- Propuesta del Sr. Consejero
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 28920 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 7539 Decreto n.º 97/2016, de 14 de septiembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de concesión directa
Más detallesAyuntamiento de Pozohondo
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN EN EL MUNICIPIO DE POZOHONDO. PRIMERO. FINALIDAD La protección a la familia tiene su plasmación constitucional en el artículo
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 33560 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad Servicio Murciano de Salud 8915 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se aprueba la
Más detallesPROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO
PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO 1. DESCRIPCIÓN La Cooperación Económica del Estado con las entidades locales se inspira en los principios constitucionales de solidaridad y de coordinación
Más detallesCONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
2832 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA ORDEN de 25 de enero de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales
Más detallesORDEN de 1 de marzo de 2007, por la que se crea el Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Región de Murcia ORDEN de 1 de marzo de 2007, por la que se crea el Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia BORM 28 de marzo de 2007 La Ley 2/1995, de 15 de marzo, Reguladora
Más detallesBASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR
BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR CURSO 2015-2016 INDICE A) Objeto. B) Requisitos de los beneficiarios. C) Incompatibilidad. D) Formalización
Más detallesGoza de personalidad jurídica propia, de plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, y de patrimonio propio.
Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 12/2008, de 22 de julio, sobre la consideración de Canal Sur Radio, S.A. y Canal Sur Televisión, S.A. a efectos de la Ley de Contratos del Sector Público. I. ANTECEDENTES
Más detallesOrdenanza fiscal nº 29
Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable Fecha de aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal Pleno 26/10/2000 Nª BOP y fecha publicación
Más detallesConsejería de Economía y Hacienda
Hoja 1 de 5 Sección: Subsección: Epígrafe: Epígrafe: SUMARIO: Orden de 16 de octubre de 2001, por la que se establecen determinadas medidas para la utilización del euro en la Administración de la Junta
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
Más detallesReserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico
Reserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico NORMATIVA CONSEJERÍA DE HACIENDA Dirección General de Patrimonio Reserva del 1% del presupuesto de las
Más detallesI. ComunIdad autónoma
Página 18827 I. ComunIdad autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación 6374 Orden de 9 de mayo de 2014, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio de
Más detalles10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007
10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 Artículo 3.- Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y las de Zona percibirán, en concepto de gratificación como consecuencia
Más detallesExpedientes de nóminas y de cuotas, prestaciones y seguros sociales. Organismo Unidad Fecha inicial Fecha final
Tabla de Valoración Código Procedencia (Unidad Productora) Organismo Unidad Fecha inicial Fecha final Todos los Organismos de la Junta de Andalucía Sv. de Administración Interior y Asuntos Generales /
Más detallesIII.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
AÑO XXXIII Núm. 53 de agosto de 204 23665 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Hacienda Orden de 04/08/204, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas sobre la estructura y contenido
Más detallesROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife,
ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife, CERTIFICA: que en el Acta de la reunión celebrada por el Gobierno el
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 31329 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Fomento e Infraestructuras 8203 Resolución de 8 de septiembre de 2016 de la Secretaría General de la Consejería Fomento e Infraestructuras,
Más detallesf susaal Itenbido sama
111,24 1=5; MINISTERIO DE FOMENTO ALTA VELOCIDAD tusko purtavirza GOBIERNO VASCO f susaal Itenbido sama ACUERDO POR EL QUE SE PRORROGA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO,
Más detallesDecreto 93/1982, de 26 de octubre
Decreto 93/1982, de 26 de octubre (Disposición Vigente) Decreto 93/1982, de 26 de octubre LARG 1982\1066 TRANSPORTES POR CARRETERA Y FERROCARRIL. Distribución de competencias transferidas por el Estado
Más detallesTASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7
TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo
Más detallesUNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección General de Gestión Tributaria ORDEN. Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego
UNIDAD ADMINISTRATIVA: ORDEN Subdirección General de Gestión Tributaria Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego Orden de de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 83 Viernes, 3 de mayo de 2013 Pág. 28844 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/283/2013, de 22 de abril, por la
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 42755 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 12711 Decreto n.º 321/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión
Más detallesde Murcia Región FUtIU :IOH Dr IIU.'ClrtOS --~--
FUtIU :IOH Dr IIU.'ClrtOS --~-- CONVENIO DE COLABORACiÓN ENTRE LA CONSEJERíA DE OBRAS PÚBLICAS Y ORDENACiÓN DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGiÓN DE MURCIA Y LA FEDERACiÓN DE MUNICIPIOS
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 13653 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 4628 Resolución de 24 de marzo de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política
Más detallesPLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO PREÁMBULO El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones introdujo una obligación novedosa para los órganos de
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 31398 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Universidades, Empresa e Investigación 11315 Orden de 12 de julio de 2012, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio de
Más detallesCONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a... de octubre de 2003. REUNIDOS De una parte el Excmo.
Más detallesI. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES Subvenciones, ayudas y becas
Página 1 de 7 Número 120 - Fecha: I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES 1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas ORDEN FORAL 197/2006, de 6 de septiembre, de la Consejera de Bienestar Social,
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS BASES 1.- Objeto y finalidad de la Convocatoria Por la presente se convocan subvenciones para el
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 311 Martes 27 de diciembre de 2011 Sec. III. Pág. 142671 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20308 Resolución de 13 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Atención, Participación
Más detallesQué es el Portal de la Transparencia de la Comunidad de Madrid?
Qué regula la Ley de Transparencia? La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública que
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL
ANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL CONSEJO DE MINISTROS 23 ENERO 2015 23 de enero 2015 1 OBJETO DEL ANTEPROYECTO Regular las entidades del Tercer Sector de Acción Social. Reforzar la
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 7387 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 2131 Resolución de 25 de febrero de 2016 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la
Más detallesCONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015.
CONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015. DE UNA PARTE REUNIDOS Palencia, a de de 2015 El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 16230 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 4372 Decreto n.º 39/2016, de 18 de mayo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa
Más detallesAyuntamiento de Murcia
TITULO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MURCIA Y LAS SOCIEDADES TRANSPORTES DE VIAJEROS DE MURCIA S.L.U Y BUSMAR S.L.U., PARA EL FOMENTO PÚBLICO DEL TRANSPORTE A DETERMINADOS COLECTIVOS
Más detallesAyudas e incentivos para empresas
Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 51894 Anual: X Actualizado a: 03/05/2016 Se publican los créditos disponibles para atender las solicitudes de la convocatoria 2016, para la renovación de los
Más detallesReglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria
Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer
Más detalles3. Ot r a s disposiciones
Página 36194 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración I.M.A.S. 11815 Resolución de 18 de junio de 2010 de la Directora Gerente del Instituto Murciano
Más detallesBOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de
Más detallesLEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA
LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 6. Andaluces y andaluzas en el exterior. 1. Los andaluces y andaluzas en el exterior
Más detallesSUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES
SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES - (SEPAD) DIRECCIÓN GERENCIA Última modificación: 18-07-2016
Más detallesDesarrollar proyectos comunitarios de interés social o común, los definidos como Proyectos Garantía+55
Programa Garantía +55 años Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha 2016-2017 2017 Qué es el programa GARANTÍA +55 AÑOS? Es un programa para la activación de las personas desempleadas mayores
Más detallesDOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES
DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES INTRODUCCION La entrada en vigor de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como la LEA, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se
Más detallesORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.
ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2
Más detallesConvenio de colaboración entre el Ayuntamiento del Masnou y la escuela Sagrada Familia
Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento del Masnou y la escuela Sagrada Familia Reunidos De una parte, el señor Jaume Oliveras Maristany en calidad de Alcalde-Presidente, en nombre y representación
Más detallesINSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,
Más detallesACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Número de la sesión: 2 Fecha: 18 de enero de 2016 Horario: de 13.33 a 14.00h Carácter: ordinario Lugar: despacho de la alcaldía Asistentes: 1. Wenceslao Alós Valls, alcalde
Más detallesEntidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo. Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo
Entidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo Centros de trabajo en los que se integran la formación,
Más detallesACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 BASES
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 1.- OBJETO BASES El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas a ayuntamientos
Más detallesAumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************
Más detallesBASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO 2014-2015
BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO 2014-2015 Primera.- Objeto de la subvención: Becas o Ayudas al
Más detallesDECRETO SUPREMO N MINAM
Aprueban Cuadro de Tipificación de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a la Gran y Mediana Minería respecto de Labores de Explotación, Beneficio, Transporte y Almacenamiento
Más detallesCalendario escolar
Calendario escolar 2014-2015 Septiembre 2014 Octubre 2014 Noviembre 2014 1 2 3 4 5 1 2 8 9 10 11 12 13 14 6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 15 16 17 18 19 20 21 13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 22
Más detallesMODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS
MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142
Más detallesREGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO
ORDENANZA Nº 1 B REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por el artº 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril reguladora
Más detallesÁrea de Auditoría y Control Interno
Área de Índice 02 Presentación 03 Identificación de la Unidad prestadora del servicio 03 Misión de la Unidad 04 Servicios prestados, compromisos e indicadores 05 Responsable de la carta 06 Normativa reguladora
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223 Viernes 16 de septiembre de 2011 Sec. I. Pág. 98660 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 14783 Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se
Más detallesCONVENIO ESPECIFÍCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. REUNIDOS
CONVENIO ESPECIFÍCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. En Madrid, a 16 de mayo de 2006. REUNIDOS D. Miguel Ángel Villanueva González, Consejero Delegado del
Más detallesLEGISLACIÓN DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
LEGISLACIÓN DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Rango: Título: REAL DECRETO REAL DECRETO 85/1996, de 26 de enero, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CEE) 1836/93, del Consejo,
Más detallesOrdenanza Fiscal nº23
Ordenanza Fiscal nº23 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR Artículo 1.- Fundamento legal. El
Más detallesNúm. 12. Boletín Oficial de Aragón CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN
RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2017, del Presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón, por la que se dispone la publicación del Programa de fiscalización para el año 2017 de la Institución. El Consejo de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164 Lunes 7 de julio de 2014 Sec. III. Pág. 53034 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 7122 Resolución de 6 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de
Más detallesSERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2016
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2016 -,,h 1 Región de Murcia Consejería de Hacienda y Admin1strac16n Pública lntervenoón General INFORME DE
Más detallesACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
123/ BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL TRANSPORTE EN TAXI DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.2015. La Junta de Gobierno Local teniendo en cuenta: 1. Los criterios para la concesión
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 61 Lunes, 30 de marzo de 2015 Pág. 24038 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B. AUTORIDADES Y PERSONAL B.2. Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE HACIENDA ACUERDO 17/2015,
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 8636 I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejo de Gobierno 2506 Decreto n.º 18/2016, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio
Más detallesREAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS
REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración
Más detallesPLAZO DE PAGO. - La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
PLAZO DE PAGO 2º trimestre Normativa Aplicable - Artículo 135 de la Constitución Española de 1978. - La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. -
Más detalles(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2
Más detallesDecreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto 119/2001, de 19 octubre LIB 2001\310
( Disposición Vigente ) Decreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto 119/2001, de 19 octubre Version vigente de: 3/9/2004 LIB 2001\310 ADMINISTRACIÓN Y CONTABILIDAD PÚBLICA. Implantación y regulación
Más detallesCalendario escolar
SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO
Más detallesI. Disposiciones generales
1508 I. Disposiciones generales Consejería de Obras Públicas y Transportes 348 Puertos Canarios.- Resolución de 16 de diciembre de 2016, de la Presidenta, relativa al alta y creación de los ficheros con
Más detallesAYUDAS INDIVIDUALES PARA FAVORECER LA AUTONOMÍA DE MUJERES PROCEDENTES DE CENTROS RESIDENCIALES DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER
AYUDAS INDIVIDUALES PARA FAVORECER LA AUTONOMÍA DE MUJERES PROCEDENTES DE CENTROS RESIDENCIALES DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER FINALIDAD Y OBJETO FINALIDAD: APOYAR LA AUTONOMÍA E INSERCIÓN
Más detallesP02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 34943 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 13003 Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Núm. 12 Sábado 14 de enero de 2012 Sec. I. Pág. 2066 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 527 Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia A propuesta
Más detalles