PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: NORMATIVA APLICABLE: Artículo 67.1 Ley 20/1991 Anexo IV Ley 20/1991 Anexo V Ley 20/1991
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- Lucía Paz Botella
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1 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGAS DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS CUESTIÓN PLANTEADA: NORMATIVA APLICABLE: Artículo 67.1 Ley 20/1991 Anexo IV Ley 20/1991 Anexo V Ley 20/1991 La sociedad mercantil consultante manifiesta ser adjudicataria de un servicio de mantenimiento de mobiliario urbano de un ayuntamiento, por lo que deben adquirir diverso material urbano, así como elementos de conservación y/o reposición del mismo. Estas adquisiciones se efectúan siempre según las indicaciones del propio ayuntamiento, sobre modelos exclusivos de cada fabricante. - Las unidades de más frecuente adquisición son: - Alcorques de fundición - Jardineras de hormigón, fundición y mixtas. - Bancos de madera, fundición, chapa y mixtos. - Papeleras de fundición y chapa - Pilonas de fundición y otros metales - Juegos infantiles para Parques en madera, metálicos o mixtos. - Pavimentos de caucho amortiguador, para juegos infantiles - Valla de fundición para jardines - Pasarelas de madera - Señalización para parques infantiles e informativa ciudadana, no de tráfico - Productos biológicos para tratamientos fungicidas y antibacterianos en parques infantiles. Conforme a lo expuesto, se consulta la sujeción al AIEM de la importación o entrega de los citados productos y el tipo impositivo aplicable. El consultante adjunta fotocopias de catálogos de algunos de los equipamientos urbanos indicados.
2 CONTESTACIÓN: En relación a la sujeción al AIEM de las importaciones y entregas interiores de los bienes corporales citados con anterioridad, únicamente se incluyen en el Anexo IV de la Ley 20/1991 los correspondientes a la partida estadística 7325 y En concreto, es de aplicación el tipo impositivo del 15 por 100 del AIEM a los siguientes productos incluidos en la partida estadística 7325: - Alcorques de fundición Jardineras de fundición Papeleras de fundición: Pilonas de fundición Valla de fundición para jardines La entrega interior se encuentra exenta del AIEM al encontrarse la partida 7325 incluida en el Anexo V de la Ley 20/1991. Asimismo, es de aplicación el tipo impositivo del 5 por 100 del AIEM a los siguientes productos incluidos en la partida estadística 9403: - Jardineras de madera Bancos: - De madera De fundición De chapa Parques infantiles incluidos en la partida estadística 9403 No obstante, respecto a las entregas interiores, no se encuentran sujetas al AIEM las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción o instalación de bienes inmuebles por incorporación, entendiendo como tales las que consistan en una ejecución de obra por la que los mismos queden unidos a un inmueble de una manera fija, de suerte que no puedan separarse de él sin el quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto, configurándose como una entrega de un bien inmueble por incorporación a que se refiere el artículo 334,3º del Código Civil, todo ello en tanto que el AIEM únicamente establece, como hecho imponible, la importación y entrega interior de bienes muebles corporales. Por último, en lo que se refiere a las jardineras mixtas, bancos mixtos, pasarelas de madera, productos biológicos y, en su caso, juegos infantiles, el consultante deberá aportar composición detallada de los mismos a los efectos de complementar el alcance de la presente consulta.
3 Visto escrito presentado en esta Consejería por la entidad consultante, en el que se formula consulta tributaria en relación al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM), esta Dirección General de Tributos, en uso de la atribución conferida en la Disposición Adicional Décima Tres de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias (en adelante, Ley 20/1991), en relación con el artículo 24.4 e), del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, emite la siguiente contestación: PRIMERO: La sociedad mercantil consultante manifiesta ser adjudicataria de un servicio de mantenimiento de mobiliario urbano de un ayuntamiento, por lo que deben adquirir diverso material urbano, así como elementos de conservación y/o reposición del mismo. Estas adquisiciones se efectúan siempre según las indicaciones del propio ayuntamiento, sobre modelos exclusivos de cada fabricante. - Las unidades de más frecuente adquisición son: - Alcorques de fundición - Jardineras de hormigón, fundición y mixtas. - Bancos de madera, fundición, chapa y mixtos. - Papeleras de fundición y chapa - Pilonas de fundición y otros metales - Juegos infantiles para Parques en madera, metálicos o mixtos. - Pavimentos de caucho amortiguador, para juegos infantiles - Valla de fundición para jardines - Pasarelas de madera - Señalización para parques infantiles e informativa ciudadana, no de tráfico - Productos biológicos para tratamientos fungicidas y antibacterianos en parques infantiles. Conforme a lo expuesto, se consulta la sujeción al AIEM de la importación o entrega de los citados productos y el tipo impositivo aplicable. El consultante adjunta fotocopias de catálogos de algunos de los equipamientos urbanos indicados. SEGUNDO: Conforme al artículo 67.1 de la Ley 20/1991, están sujetas al AIEM las entregas efectuadas por empresarios, de forma habitual u ocasional y a título oneroso, de bienes muebles corporales incluidos en el Anexo IV de la presente Ley producidos por ellos mismos. Igualmente estará sujeta al Arbitrio la importación de los bienes incluidos en el citado Anexo. El Anexo IV de la Ley 20/1991, citado en el párrafo anterior, contiene, entre otras partidas estadísticas, las siguientes: P. Estadística Descripción Tipo 7325 Las demás manufacturas moldeadas; de fundición; de hierro o de acero excepto la Los demás muebles y sus partes Los demás (Estanterías metálicas). 15
4 Este Centro Directivo, con ocasión de anteriores consultas tributarias, ha aclarado que se excluyen de la partida 9403 a efectos de la tributación al tipo impositivo del 5 por 100 del AIEM aquellos bienes corporales que, clasificados en la partida , tengan la consideración de estanterías metálicas, cuyo tipo impositivo será del 15 por 100. Por el contrario, aquellos bienes corporales que, clasificados en la partida , no tengan la consideración de estanterías metálicas, no tributarán al tipo impositivo del 15 por 100 sino al del 5 por 100 que corresponde a la partida Recabado informe técnico en relación a los productos citados por el consultante, y a la vista de la información disponible, es criterio de este Centro Directivo que la clasificación conforme a la nomenclatura del arancel aduanero de las Comunidades Europeas, a efectos del AIEM e IGIC, de los bienes objeto de consulta es la siguiente: - Alcorques de fundición Jardineras: - De hormigón De fundición De madera Mixtas: Es necesaria información más concreta, pues la clasificación depende del material dominante. - Bancos: - De madera De fundición De chapa Mixtos: Es necesaria información más concreta, pues la clasificación depende del material dominante. - Papeleras: - De fundición: De chapa Pilonas: - De fundición De otros metales (suponiendo predominio del hierro o acero) Juegos infantiles (la información es insuficiente, no obstante un parque infantil se clasificaría en la P.A Pavimento de caucho amortiguador, para juegos infantiles (suponiendo su presentación en placas cortadas en forma cuadrada o rectangular, y que el caucho no lleva incorporados otros materiales que puedan predominar sobre éste) Valla de fundición para jardines Pasarelas de madera, es necesaria más información para la adecuada clasificación.
5 - Señalización para parques: - Placas de metal comunes Placas indicadoras luminosas Placas de materias plásticas artificiales Productos biológicos, es necesaria mayor información. En relación a la sujeción al AIEM de las importaciones y entregas interiores de los bienes corporales citados con anterioridad, únicamente se incluyen en el Anexo IV de la Ley 20/1991 los correspondientes a la partida estadística 7325 y En concreto, es de aplicación el tipo impositivo del 15 por 100 del AIEM a los siguientes productos incluidos en la partida estadística 7325: - Alcorques de fundición Jardineras de fundición Papeleras de fundición: Pilonas de fundición Valla de fundición para jardines La entrega interior se encuentra exenta del AIEM al encontrarse la partida 7325 incluida en el Anexo V de la Ley 20/1991. Asimismo, es de aplicación el tipo impositivo del 5 por 100 del AIEM a los siguientes productos incluidos en la partida estadística 9403: - Jardineras de madera Bancos: - De madera De fundición De chapa Parques infantiles incluidos en la partida estadística 9403 No obstante, respecto a las entregas interiores, no se encuentran sujetas al AIEM las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción o instalación de bienes inmuebles por incorporación, entendiendo como tales las que consistan en una ejecución de obra por la que los mismos queden unidos a un inmueble de una manera fija, de suerte que no puedan separarse de él sin el quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto, configurándose como una entrega de un bien inmueble por incorporación a que se refiere el artículo 334,3º del Código Civil, todo ello en tanto que el AIEM únicamente establece, como hecho imponible, la importación y entrega interior de bienes muebles corporales. Por último, en lo que se refiere a las jardineras mixtas, bancos mixtos, pasarelas de madera, productos biológicos y, en su caso, juegos infantiles, el consultante deberá aportar composición detallada de los mismos a los efectos de complementar el alcance de la presente consulta. Lo que, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Décima, número tres, de la Ley 20/1991, y con el alcance previsto en el artículo 107 de la Ley General Tributaria, le comunico para su conocimiento y demás efectos.
6 Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2002 EL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTOS Fdo. José María Vázquez González
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