1. La Oficina Liquidadora de distrito hipotecario es una oficina pública que realiza una función administrativa: a. verdadero; b. falso.
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- Esteban Lagos Peralta
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1 TEST LIQUIDADORA. A. CONCEPTO Y REGIMEN. 1. La Oficina Liquidadora de distrito hipotecario es una oficina pública que realiza una función administrativa: a. verdadero; b. falso. 2. En el ejercicio de su función como liquidador, el Registrador: a. actúa bajo su propia responsabilidad; b. actúa sujeto a las directrices que marquen los órganos correspondientes de la CCAA en función del principio de jerarquía administrativa; c. ninguna de las anteriores. 3. Las oficinas liquidadoras tienen encomendadas las siguientes fases del procedimiento tributario: a. gestión, liquidación, comprobación de valores, investigación y recaudación; b. gestión, liquidación, comprobación de valores y recaudación; c. gestión, liquidación y recaudación en fase voluntaria; d. gestión y liquidación. 4. Quién ostenta la titularidad de los impuestos gestionados en las OOLL: a. el estado; b. las CCAA. Qué aspectos se han cedido a las CCAA?: Gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de actos dictados en vía de gestión. En cuanto al ITP: regulación del tipo de gravamen en cuanto a los arrendamientos, concesiones administrativas, transmisión de bienes inmuebles y muebles, constitución y cesión de derechos reales excepto los de garantía y el tipo de gravamen de los documentos notariales. En cuanto al ISD: reducciones en la base imponible, tarifa, fijación de la cuantía y coeficientes del patrimonio preexistente, deducciones,
2 bonificaciones, regulación de la gestión y liquidación del tributo. B. OBJETO. 5. Incompatibilidades: a. son incompatibles TPO-OS-ISD; b. son incompatibles TPO-AJD-ISD; c. son incompatibles TPO-ISD; d. ninguna de las anteriores. 6. Manifiesta la incompatibilidad entre TPO y OS, en caso de colisión, cuál prevalece?: a. TPO; b. OS. IVA: tributo de carácter real (no tiene en cuenta la capacidad económica de quien lo soporta), grava el consumo en todas sus fases, es indirecto (recae sobre los bienes transmitidos). El IVA se exige cuando la entrega o prestación de servicios es realizada por empresarios o profesionales a título oneroso en el desarrollo de su actividad respectiva. 7. Es compatible el IVA con el TPO: a. Si; b. No. 8. Es compatible el IVA con el AJD: a. si; b. No; c. Si en caso de renuncia a la exención. 9. Compatibilidad IVA-ISD: a. Son incompatibles; b. Las entregas de bienes o cesiones de derechos reales de goce o disfrute sobre bienes inmuebles integrados en el patrimonio empresarial, gratuitas, cuando el beneficiario sea persona física, tributarán por ISD y por IVA: c. Las entregas de bienes o cesiones de derechos reales de goce o disfrute sobre bienes inmuebles integrados en el
3 patrimonio empresarial, gratuitas, cuando el beneficiario sea persona jurídica, tributarán por ISD y por IVA. 10. Definición de primera entrega de vivienda a efectos del IVA: a. la realizada una vez terminada la construcción o rehabilitación y antes de la utilización ininterrumpida por dos años por el propietario o por titulares de derechos reales o por arrendatarios; b. la realizada una vez terminada la construcción o rehabilitación y antes de la utilización ininterrumpida por cinco años por el propietario o por titulares de derechos reales o por arrendatarios; c. la realizada una vez terminada la construcción o rehabilitación y antes de la utilización ininterrumpida por diez años por el propietario o por titulares de derechos reales o por arrendatarios. 11. Las segundas o ulteriores transmisiones de viviendas están: a. sujetas pero exentas de IVA, tributan por TPO; b. sujetas pero exentas de IVA, tributan por AJD; c. no sujetas de IVA, tributan por TPO; d. ninguna de las anteriores. 12. La transmisión de los locales realizada por sujeto pasivo de IVA está: a. sujeta a IVA; b. exenta de IVA; c. no sujeta a IVA. 13. La transmisión de solares está sujeta a IVA, cuando: a. el transmitente es sujeto pasivo de IVA o se trate de urbanización de terrenos; b. el transmitente es sujeto pasivo de IVA; c. sólo cuando se trate de urbanización de terrenos; d. es una transmisión exenta en todo caso. C. NOCIONES TRIBUTARIAS.
4 14. El aumento de capital con cargo a reservas constituidas por primas de emisión de acciones, tributa en la modalidad de: a. OS; b. TPO; c. AJD; d. Disfruta de una exención. 15. En la constitución de préstamos será sujeto pasivo: a. el prestatario; b. el prestamista; c. el prestamista, con responsabilidad subsidiaria del prestatario; d. el prestatario, con responsabilidad subsidiaria del prestamista. 16. En la modalidad de OS, serán responsables subsidiarios los promotores, administradores o liquidadores que hayan intervenido el acto jurídico sujeto al Impuesto siempre que se hubieren hecho cargo del capital aportado o hubieren entregado los bienes sin exigir el pago del impuesto: a. Verdadero; b. Falso. 17. Se presumirá que forman parte del caudal hereditario los bienes que hubieren pertenecido al causante hasta un año antes de su fallecimiento: a. Si, siempre; b. Si, salvo que se justifique que en caudal figuran incluidos el valor de los mismos por haberse transmitido a personas distintas de un heredero, legatario, pariente dentro del tercer grado o cónyuge del causante; c. No. 18. El usufructo constituido a favor de persona jurídica por plazo superior a treinta años o por tiempo indeterminado: a. para el cálculo de la base imponible se aplicará la regla general de los usufructos vitalicios;
5 b. se considerará transmisión de plena propiedad sujeta a condición resolutoria; c. para el cálculo de la base imponible se aplicará la regla general de los usufructos temporales. 19. Si en los contratos de arrendamiento no figurase plazo de duración del mismo: a. se computarán diez años para el cálculo de la base imponible; b. se computarán seis años para el cálculo de la base imponible; c. se computarán tres años para el cálculo de la base imponible; d. es irrelevante el plazo, la base imponible se calcula aplicando un tres por ciento al valor catastral de la propiedad como en los contratos de aparcería. 20. Hay diferencias entre la base imponible y la base liquidable en el ITP-AJD: a. No; b. Si, se aplican determinadas reducciones en función del parentesco y el patrimonio preexistente; c. Si, en el caso de existencia de cargas que disminuyan el valor real de la finca o derecho transmitido. 21. En el ISD las reducciones en la base imponible se aplican en el siguiente orden: a. sólo las estatales; b. sólo las autonómicas; c. en primer lugar las análogas a las del Estado y a continuación las creadas por las CCAA; d. en primer lugar las creadas por las CCAA y a continuación las análogas a las del Estado. 22. A que grupo de parentesco pertenece un descendiente mayor de 21 años: a. I; b. II; c. III; d. IV.
6 23. A que grupo de parentesco pertenece un pariente colateral de segundo y tercer grado: a. I; b. II; c. III; d. IV. 24. A que grupo de parentesco pertenece un pariente ascendiente o descendiente por afinidad: a. I; b. II; c. III; d. IV. 25. A que grupo de parentesco pertenece el cónyuge: a. I; b. II; c. III; d. IV. 26. A que grupo de parentesco pertenece un ascendiente: a. I; b. II; c. III; d. IV. 27. De que reducción en la base imponible se beneficia la transmisión lucrativa de una empresa familiar individual o mortis causa de la vivienda habitual a favor del cónyuge, descendientes o ascendientes: a. la que corresponda al grado de parentesco del beneficiario; b. el 95% en la base imponible; c. el 95% en la base liquidable; d. el 90% en la base imponible. 28. Tras la aplicación del tipo de gravamen a la base liquidable, el resultado se denomina: a. cuota tributaria; b. deuda tributaria; c. importe a satisfacer.
7 29. En la valoración del patrimonio preexistente del contribuyente se incluirán: a. los bienes y derechos por cuya adquisición se haya satisfecho el Impuesto; b. los bienes y derechos que el cónyuge perciba como resultado de la liquidación de los gananciales; c. ambos. 30. En el ISD, qué diferencias existen entre la cuota tributaria y la deuda tributaria?: a. como incremento, la aplicación del coeficiente multiplicador en función del patrimonio preexistente y del grupo de parentesco y las deducciones que procedan si se han abonado cantidades en el extranjero por un impuesto similar o las cuotas satisfechas por las posibles donaciones acumuladas; b. el incremento derivado de la aplicación del coeficiente multiplicador en función del patrimonio preexistente; c. ninguna. 31. Conceptos que integran la deuda tributaria, cantidad final a pagar: a. cuota a ingresar, interés de demora y recargos por extemporaneidad; b. cuota a ingresar, interés de demora, recargos por extemporaneidad y recargos generados en el periodo ejecutivo; c. cuota a ingresar, interés de demora, recargos por extemporaneidad, recargos generados en el periodo ejecutivo y recargos exigibles legalmente a favor del Tesoro; d. cuota a ingresar, interés de demora, recargos por extemporaneidad, recargos generados en el periodo ejecutivo, recargos exigibles legalmente a favor del Tesoro y las sanciones. 32. En el ISD la Ley prevé el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, señalar la opción incorrecta: a. cuando no existe efectivo o bienes de fácil realización cabe fraccionamiento hasta cinco anualidades, con
8 garantía e intereses de demora, y aplazamiento hasta un año sin garantía pero con intereses de demora; b. cuando se trata de la transmisión de la empresa familiar, aplazamiento hasta tres años más fraccionamiento en siete pagos semestrales, con garantía e intereses de demora; c. cuando se trata de la transmisión de la empresa familiar, aplazamiento hasta tres años más fraccionamiento en siete pagos semestrales, sin garantía ni intereses de demora; d. cuando los causahabientes son desconocidos y no existen, aplazamiento hasta que sean conocidos, con garantía e intereses de demora. 33. La base imponible en los préstamos hipotecarios es el importe de la obligación o capital garantizado, en caso de no constar expresamente tal importe, se tomará: a. el principal; b. el principal más tres años de intereses; c. el principal, tres años de intereses y el diez por ciento de costas. 34. En la posposición y mejora de rango de las hipotecas, la base imponible será: a. la total responsabilidad de ambas hipotecas; b. la total responsabilidad de la hipoteca que mejore de rango; c. la total responsabilidad de la hipoteca que empeore d rango; d. el principal de la hipoteca que empeore de rango. 35. En la igualación de rango, la base imponible será: a. la total responsabilidad de la hipoteca constituida en primer lugar; b. la total responsabilidad de la hipoteca constituida en segundo lugar; c. la suma de las dos responsabilidades hipotecarias. 36. Señalar la opción incorrecta: a. La condición resolutoria devenga el impuesto en el momento de su otorgamiento;
9 b. La condición suspensiva, las adquisiciones sujetas a término, fideicomiso y demás adquisiciones análogas, devengan el impuesto en el momento del cumplimiento de condición; c. La condición suspensiva, las adquisiciones sujetas a término, fideicomiso y demás adquisiciones análogas, devengan el impuesto en el momento del otorgamiento del negocio; d. El contrato con reserva de dominio hasta el pago del precio y el contrato con subordinación de la transmisión al otorgamiento de licencias administrativas, se considerarán sujetos a condición resolutoria. 37. En la constitución de una concesión administrativa la base imponible está determinada por el canon, precio, participación o beneficio que deba satisfacer el concesionario, pero si la duración fuese superior a un año, la base sería la suma de las prestaciones periódicas, capitalizándose al: a. 10%; b. 8%; c. 5%; d. ninguna de las anteriores. 38. La transmisión de una concesión administrativa, tributa: a. como la constitución de la misma; b. como una transmisión ordinaria; c. como una transmisión pero descontando de la base imponible el importe correspondiente del canon ya satisfecho. 39. El valor del usufructo, tanto del temporal como del vitalicio, no podrá suponer más del: a. 70%; b. 75%; c. 89%. 40. La base imponible en los contratos de aparcería se calcula:
10 a. el tres por ciento del valor catastral de la finca; b. el tres por ciento del valor catastral de la finca multiplicado por el número de años de duración del contrato; c. el total importe a satisfacer en concepto de alquiler. 41. La tributación por consolidación del dominio al extinguirse el usufructo tributa según como se haya producido la desmembración del dominio: a. Si; b. No. 42. La tributación por consolidación del dominio al extinguirse el usufructo, señalar la opción incorrecta: a. originado por causa onerosa, toma como base imponible el valor de los bienes en el momento de la consolidación del dominio, atendiendo a la edad que tuviera el usufructuario en el momento del desmembramiento; b. originado por causa lucrativa, toma como base imponible el valor de los bienes en el momento del desmembramiento del dominio, atendiendo a la edad que tuviera el usufructuario en ese momento, aplicando como tipo de gravamen el tipo medio efectivo; c. originado por causa lucrativa, toma como base imponible el valor de los bienes en el momento del desmembramiento del dominio, atendiendo a la edad que tuviera el usufructuario en el momento de la consolidación, aplicando como tipo de gravamen el tipo medio efectivo. 43. Tributación del fiduciario: a. tributará por el pleno dominio; b. tributará como usufructuario, y si tuviere la facultad de disponer por el pleno dominio; c. no tributa.
11 D. ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA LIQUIDADORA. A) COMPETENCIA TERRITORIAL. B) LIBROS. 44. En el procedimiento de tasación pericial contradictoria, si la valoración del perito de la Administración no excede del diez por ciento y no supera los ciento veinte mil euros respecto de la valoración del perito del contribuyente: a. se toma como base para la liquidación la valoración del perito del contribuyente; b. se toma como base para la liquidación la valoración del perito de la Administración; c. se sigue el procedimiento con la valoración de perito tercero. 45. La falta de presentación o la presentación extemporánea con perjuicio económico para la Administración se considera infracción tributaria, se sanciona con un recargo graduable según las circunstancias: a. leve hasta 3000 euros -, grave + de 3000 euros con ocultación y muy grave - + de 3000 euros con medios fraudulentos -; b. para todos el veinte por ciento de la deuda tributaria; c. para todos el diez por ciento de la deuda tributaria. 46. Cuando corresponde realizar el pago en vía de apremio, si la notificación se ha producido el día 11 de julio, cual es la fecha tope para realizar el ingreso de la deuda: a. el día 20 de agosto; b. el día 20 de julio; c. el día 5 de agosto; d. ninguna de los anteriores. 47. En la vía de apremio, si el ingreso se realiza antes de la notificación del mismo, qué recargo corresponde aplicar?: a. el veinte por ciento; b. el diez por ciento; c. el cinco por ciento.
12 1 A 21 C 41 A 2 B 22 B 42 C 3 C 23 C 43 B 4 A 24 C 44 A 5 A 25 B 45 A 6 B 26 B 46 B 7 B 27 B 47 C 8 A 28 A 9 B 29 B 10 A 30 A 11 D 31 C 12 A 32 B 13 A 33 B 14 C 34 C 15 D 35 A 16 A 36 C 17 B 37 A 18 B 38 B 19 B 39 A 20 C 40 B
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