Escuela de Párvulos San Francisco Talcahuano

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1 Escuela de Párvulos San Francisco Talcahuano Manual de Convivencia Escuela de Párvulos Funcionamiento del establecimiento: La Escuela de Párvulos San Francisco, se encuentra inserta en la comuna de Talcahuano, atiende parte de la población entre 6 meses y 5 años. Población: Está compuesta por familias de nivel socio económico medio bajo. Niveles que atiende: - Sala Cuna: Educadora Úrsula Cortés Torres.

2 - Nivel Medio Menor: Educadora Gloria Barros Ortíz. - Nivel Medio Mayor: Educadora Andrea Vilugrón Ceballos. - Pre Kinder A: Educadora Cristina Henríquez Ramos. - Pre Kinder B: Educadora Mariela Quezada Carvajal. - Kinder A: Educadora María Cristina Fuentes Zapata. - Kinder B: Educadora Ingrid Casanova Álvarez. Personal con que cuenta el establecimiento. - Directora: Educadora de Párvulos. - 7 Educadoras de Párvulos Asistentes de Párvulos. - 3 Manipuladora de Alimentos - 3 Auxiliar de Aseo. Horarios: Horario de funcionamiento 08:00 19:00 hrs. Horario Jornada mañana 08:30 12:30 hrs. Horario Jornada tarde 13:30 17:30 hrs. Horario Personal JUNJI Horario párvulos JUNJI 8:30 17:30 hrs. 8:30 16:30 hrs. La cantidad de horas de clases corresponderá a las establecidas en los Planes y Programas de Estudios vigentes, cada una tendrá una duración de 45 minutos. La hora de patio de cada nivel será de 30 minutos en la mañana y 15 minutos en la tarde. Perfil de Niño Un niño integral y feliz, participativo, a través de la convivencia afectiva, lo que se refleja en el SER MEJOR PERSONA, en el pensar y sentir, teniendo como referente sus características de desarrollo, lenguaje materno, intereses y fortalezas, debilidades, valores y necesidades, su familia los grupos culturales a los que pertenecen. Un niño capaz de comunicar, todo lo que sea de su interés para él, utilizando el lenguaje en sus diferentes formas y expresión, iniciándolos en la lectura y escritura, a través de palabras y textos pertinentes y con sentidos. Un niño capaz de desarrollar su pensamiento lógico matemático que le permita explicarse la realidad y que pueda resolver diferentes problemas de la vida cotidiana.

3 Un niño que se inicie en el desarrollo de sus habilidades en ciencias, a través del cuidado y respeto por la naturaleza, su patrimonio natural y cultural, como también a través de la experimentación con las posibilidades que le ofrece su medio. 1.- Objetivo Reglamento interno El presente reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de la Escuela de Párvulos y promover la participación de todos los que forman la Comunidad Educativa. 2.- Principios Dinamizadores La organización y el funcionamiento de la Escuela de Párvulos responderán a los siguientes principios. a) Respeto mutuo y tolerancia con el fin de lograr una convivencia sana para el buen desarrollo educativo de la escuela. b) La configuración de la Escuela como comunidad Educativa. c) La plena integración de las Bases Curriculares, Programas Pedagógicos que guían este nivel de enseñanza. 3.- Miembros Comunidad Educativa 1.- La Escuela se define como una Comunidad Educativa integrada por el conjunto de personas que, relacionadas entre sí e implicadas en la acción educativa, comparten y enriquecen los objetivos de la Escuela. 2.- En el seno de la Comunidad Educativa las funciones y responsabilidades son diferenciadas en razón de la peculiar aportación que realizan al proyecto común: la entidad titular, los alumnos/as, las educadoras, los padres, el personal de administración y servicios y otros colaboradores. 4.- Derechos Los Miembros de la Comunidad educativa tienen derecho a a) Ser respetados en sus derechos y en su integridad y dignidad personal. b) Conocer el Proyecto Educativo, el Reglamento Interno y el Reglamento de Convivencia. c) Participar en el funcionamiento y en la vida de la Escuela de Párvulos, de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento. d) Celebrar reuniones a través de los respectivos estamentos que tiene el establecimiento para tratar asuntos de la vida escolar, previa autorización de la dirección de establecimiento. e) Presentar peticiones y quejas formuladas por escrito ante el órgano que en cada caso corresponda. f) Reclamar ante la persona competente en aquellos casos en que no sean respetados sus derechos. 5.- Deberes Los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a a) Respetar los derechos de la entidad Titular, Directora, los Párvulos, las Educadoras, las Asistentes, los padres y apoderados, el personal de servicio y los otros miembros de la Comunidad

4 b) Respetar el Proyecto Educativo, el presente Reglamento y otras normas de organización y funcionamiento de la Escuela de Párvulos y de sus actividades y servicios. c) Respetar y promover la imagen de la Escuela de Párvulos. d) Asistir y participar en las reuniones de los órganos de los que forman parte y participar activamente en ellas. e) Respetar horarios de funcionamiento y normas presentes en este reglamento. 6.- Normas de Convivencia 1.- Las normas de convivencia de la escuela definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr. a) El crecimiento integral de la persona. b) Los fines educativos de la Escuela y de una reforma educativa. c) El desarrollo de la Comunidad Educativa. d) Un buen ambiente educativo y de relación en la escuela. e) El respeto a los derechos de todas las personas que participen en la acción educativa. 2.- Son normas de convivencia en la escuela, sin prejuicio de las contempladas en el reglamento interno. a) El respeto a la integridad física, moral y a los bienes de las personas que forman la Comunidad educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con la escuela, con ocasión de la realización de las actividades y servicios del mismo. b) La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación. c) La corrección en el trato social, en especial mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado. d) El interés por desarrollar el propio trabajo y función de todos con responsabilidad. e) El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad Educativa. f) La cooperación en las actividades educativas de convivencia. g) La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar. h) El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas de la escuela sobre esta materia. i) La actitud positiva ante los avisos y correcciones. j) La adecuada utilización del establecimiento, mobiliarios, instalaciones y material de la escuela, conforme su destino y norma de funcionamientos, así como el respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del mismo. k) Coordinar las acciones realizadas por el personal en general. l) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones relativas a higiene y seguridad. 7.- Derechos La Dirección del establecimiento tiene derecho a:

5 a) Promover la elaboración del proyecto Educativo de la escuela y proponer su aprobación a los distintos estamentos de la comunidad. b) Dirigir la escuela, mantener su representación y asumir en última instancia la responsabilidad de su organización y gestión. c) Tener la responsabilidad de los planes y programas, proyectos de mejoramiento educativo, de acuerdo con los principios establecidos para cada función d) Promover la elaboración y proponer el Reglamento Interno. e) Tener la iniciativa en materia de disciplina de alumnos/as por transgresiones graves. 8.- Deberes La dirección está obligada a: a) Dar a conocer el Proyecto Educativo, el Reglamento Interno de la Escuela y el presente Reglamento de Convivencia. b) Responsabilizarse del funcionamiento y gestión de la Escuela ante la Comunidad Educativa, y Departamento de Educación Municipal (DAEM). c) Revisar la distribución horaria del personal contratado, según la propuesta del Departamento de Educación Municipal. d) Autorizar o rechazar las solicitudes de permiso del personal, con o sin goce de sueldo. e) Tomar conocimiento de ausencias laborales con o sin justificación. f) Elaborar con el Equipo de Educadoras el Plan Anual de Gestión de la Escuela. g) Apoyar el trabajo técnico de las Educadoras de Párvulos. h) Supervisar el cumplimiento de las directrices, reglamentaciones y políticas educativas emanadas de los organismos competentes del Ministerio de Educación. i) Administrar los canales de comunicación en el interior de la Escuela. j) Aplicar estrategias que generen un clima de trabajo armónico. k) Supervisar las distintas áreas que constituyen la estructura base de la escuela. l) Supervisar el archivo general de la escuela, tanto de correspondencia oficial como del alumnado. m) Motivar a los miembros de la comunidad escolar. n) Relacionarse con directores de otras escuelas. o) Integrar a los miembros de la comunidad escolar en el conocimiento del proyecto institucional. p) Motivar la constitución de equipos de trabajo para analizar las problemáticas que se presentan en la escuela. q) Relacionarse con otras instituciones educativas de la comuna y provincia para intercambio de experiencias. r) Planificar cursos de perfeccionamiento docente o búsqueda de instancias que aseguren el crecimiento profesional de los docentes de la escuela. 9.- Derechos Los alumnos tienen derecho a:

6 a) Recibir una formación que asegure pleno desarrollo de su personalidad en un clima de alegría, respeto, disciplina y responsabilidad. b) Pensar en forma creativa, reflexiva, crítica y con su iniciativa individual, de acuerdo a sus posibilidades. c) Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a sus diferencias individuales. d) Recibir orientación personal. e) Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los datos personales de que dispone la escuela que por su naturaleza sean confidenciales Deberes Los alumnos están obligados a: a) Adquirir los hábitos de higiene y de trabajo en orden a su desarrollo para la continuidad en sus estudios. b) Aceptar y practicar valores como la verdad, solidaridad y el amor hacia las personas para una convivencia armónica. c) No traer especies de valor, juguetes, dinero, etc. si no han sido solicitados por la educadora con fines educativos. Personal Docente Educadora de Párvulos 11.- Derechos. El personal docente tiene derecho a: a) Desempeñar libremente su función educativa de acuerdo con las características del puesto que ocupen. b) Tener autonomía dentro de su sala de clases de acuerdo a lo dispuesto por el estatuto docente. c) Una formación permanente. d) Elaboración del plan anual de su nivel. e) Desarrollar su metodología de acuerdo con el plan anual del nivel y de forma coordinada con los otros niveles de enseñanza. f) Ejercer libremente su acción evaluadora de acuerdo con los criterios establecidos en su plan anual de nivel. g) Utilizar los medios materiales y las instalaciones de la escuela para los fines educativos, según a las normas reguladoras de su uso (protocolo) Deberes. El personal docente está obligado a: a) Ejercer sus funciones con arreglo a las condiciones estipuladas en su contrato y/o nombramiento.

7 b) Cooperar en el cumplimiento del Proyecto educativo de la escuela y seguir, en el desempeño de sus funciones. c) Colaborar en mantener el orden y la disciplina dentro del ejercicio de sus funciones, respondiendo del mobiliario y demás implementos de la sala de clases. d) Elaborar la programación de aula. e) Participar en la evaluación de los distintos aspectos de la acción educativa. f) Cumplir puntualmente el calendario y horario escolar. g) Cumplir con sus horarios estipulados de acuerdo a sus horas de contrato. h) Actualizar su perfeccionamiento profesional. i) Guardar discreción profesional. j) Coordinar las actividades educativas del nivel que está a su cargo. k) Aplicar estrategias impulsadas por el MINEDUC, en el marco del mejoramiento de la calidad de los aprendizajes. l) Planificar con las otras educadoras de la escuela el calendario anual de paseos educativos. m) Revisar permanentemente los libros de clases, contrastando los objetivos y contenidos con aquellos presentados en las planificaciones anuales. n) Participar en talleres comunales. o) Analizar situaciones académicas problemáticas, detectadas en el nivel. p) Diseñar y ejecutar proyectos de mejoramiento educativo. q) Planificar y ejecutar actividades orientadas a mostrar habilidades, destrezas y conocimientos adquiridos por los párvulos. r) Confeccionar conjuntamente con la dirección el calendario anual de actividades. s) Manejar el calendario anual de actividades que emana del MINEDUC. Sanciones a) Amonestación verbal atraso más de 5 minutos diarios en tres oportunidades. b) Amonestación escrita después de la 3 vez de atraso. c) Informe al DAEM para que tomen las medidas que correspondan. Asistentes de Párvulos 13.- Derechos Las asistentes de párvulos que conforman esta unidad educativa tienen derecho a: a) Desempeñar libremente su función educativa de acuerdo con las características del puesto que ocupen. b) Participar en la elaboración del plan anual del nivel que le corresponde. c) Colaborar para desarrollar la metodología propuesta por el plan anual del nivel que se desempeña.

8 d) Utilizar los medios materiales y las instalaciones de la escuela para los fines educativos, con las normas reguladoras de su uso Deberes Las asistentes de párvulos que conforman esta unidad educativa están obligadas a: a) Colaborar en la recepción y despacho de los alumnos. b) Colaborar en el cuidado y protección de la integridad física de los párvulos dentro y fuera de la sala de clases. c) Colaborar en la preparación del material didáctico y decoración de la sala de clases. d) Asistir en el control de esfínteres y hábitos de aseo personal de los párvulos. e) Colaborar en la mantención del orden y la disciplina en la sala de clases y fuera de ella. f) Ayudar a la educadora de párvulos en las actividades curriculares no lectivas establecidas por el Ministerio de Educación. g) Informar a la educadora acerca de cualquier situación anómala que interfiera en el normal desarrollo de las actividades programadas. h) Preocuparse que la sala de clases asignada se mantenga aseada por el personal de servicios auxiliares a cargo. i) Cumplir puntualmente el calendario y horario escolar. j) Cumplir con sus horarios, estipulados de acuerdo a sus horas de contrato. k) Guardar discreción profesional. l) Emplear un vocabulario adecuado y respetuoso. l) Cualquier otro deber que sea contemplado en la legislación. Sanciones a) Amonestación verbal atraso más de 5 minutos diarios en 3 oportunidades. b) Amonestación escrita - después de la 3 vez de atraso. c) Informe al DAEM para que tomen las medidas que correspondan. Padres 15.- Derechos Los padres y apoderados tienen derecho a: a) Conocer el proyecto educativo de la escuela de párvulos. b) Que la escuela imparta el tipo de educación definida por el proyecto educativo. c) Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos. d) Recibir información acerca del proceso educativo de sus hijos. e) Ser recibidos por las educadoras de la escuela en los horarios establecidos concertando previamente la entrevista. f) Conocer el Reglamento Interno y Reglamento de Convivencia del establecimiento.

9 16.- Deberes Los padres están obligados a: a) Colaborar en el desarrollo del proyecto educativo. b) Colaborar en la escuela para alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto: Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados por la directora, educadoras para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos. Apoyaran los proyectos educativos (paseos u otros) que fuera de la escuela puedan hacer más efectiva la acción educativa del mismo. Informaran a las educadoras de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancias de sus hijos que sean relevantes para su formación e integración en el entorno escolar. d) Respetar el ejercicio de las competencias técnico profesionales del personal de la escuela. e) Justificar, por escrito o personalmente las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos. g) Seguir el conducto regular al momento de plantear sus inquietudes frente a cualquier aspecto del cual deseen manifestarse siempre dentro de un marco de respeto, manifestando un comportamiento acorde a como corresponde dentro de una ciudad educativa. h) Cumplir con ciertos requerimientos tales como respetar el horario de atención de apoderados y normativa interna del establecimiento. i) Cualquier otro deber que sea contemplado en la legislación vigente. j) No interrumpir el horario de clases. Atención de apoderados: - Lunes Tía Úrsula, 8:30 9:30 hrs. - Martes Tía Mariela, 13:00 14:00 hrs. - Miércoles Tía Gloria, 16:30 17:30 hrs. Tía Ingrid 17:00 18:00 hrs. - Jueves Tía M. Cristina, 8:30 9:30 hrs. - Viernes Tía Cristina H. 8:30 9:30 - Tía Andrea 16:30 17:30 hrs. PERSONAL DE SERVICIOS 17.- Derechos El personal de servicios como miembro de la comunidad educativa tiene derecho a: a) Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento que le fueran confiadas. b) Desempeñar cuando proceda funciones especiales de servicio, tales como: Portero, cuidador, maestro de reparaciones menores (siempre que tuviere la capacitación) c) Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros que tengan directa vinculación con la educación, y/o establecimiento. d) Ejecutar reparaciones e instalaciones menores que se le encomienden, después de haber recibido la capacitación pertinente y el material necesario. e) Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de herramientas que se le hubiesen asignado.

10 f) Ejecutar encargos inherentes al sistema educacional, debidamente visados por la autoridad respectiva del establecimiento y/o DAEM. g) Su jornada de trabajo se distribuirá de lunes a viernes con una jornada de 44 horas semanales Deberes El personal de servicio tiene el deber de: a) Vivenciar los valores que presenta el Proyecto Educativo. b) Ejercer sus funciones según lo estipulado en su contrato y/o nombramiento. c) Mostrarse en la Escuela como cooperador al funcionamiento de la escuela y de las horas que estipula su contrato. d) Cualquier otro deber que sea contemplado en la legislación vigente. OTROS MIEMBROS 19.- Otros miembros Podrán formar parte de la comunidad Educativa otras personas (colaboradores, alumnas/os en práctica y otros) que participen en la acción educativa de la escuela, de acuerdo con los programas que determine la entidad titular Derechos Estos miembros de la comunidad educativa tendrán derecho a: a) Hacer público en el ámbito escolar su condición de colaboradores o voluntarios. b) Ejercer sus funciones en los términos establecidos por la legislación que les sea aplicable Deberes Estos miembros de la comunidad educativa estarán obligados a: a) Colaborar en el desarrollo del presente Proyecto Educativo de la escuela. b) No interferir en el normal desarrollo de la actividad de la escuela

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