XXXIX ENCUENTRO DE INSTITUTOS DE DERECHO COMERCIAL DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
|
|
- Encarnación Figueroa Rojas
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 XXXIX ENCUENTRO DE INSTITUTOS DE DERECHO COMERCIAL DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. TEMA: DERECHO BANCARIO. TARJETA DE CREDITO Y CUENTA CORRIENTE BANCARIA AUTORES: Dra. GABRIELA FERNANDA BOQUIN Dr. JOSE LUIS CERATTI INSTITUTO DE DERECHO COMERCIAL COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN MARTÍN PONENCIA: En ningún caso el certificado de saldo deudor de cuenta corriente bancaria emitido en relación a un contrato de emisión de tarjeta de crédito posee habilidad ejecutiva en los términos del Art. 793 del Código de Comercio. FUNDAMENTACION: La cuestión relativa al cobro de los saldos deudores de tarjeta de crédito ha suscitado desde hace tiempo controversias doctrinarias y profusa jurisprudencia. Ello por cuanto las entidades financieras han procurado mediante distintos mecanismos - incluidos generalmente en cláusula incorporadas en las solicitudes de adhesión al sistema lograr un título ejecutivo para el recupero de acreencias originadas en la utilización de las tarjetas de crédito. El mecanismo generalmente utilizado consistía y aún hoy se sigue utilizando en debitar los saldos deudores de tarjetas de crédito en cuenta corriente bancaria. Esta utilización indirecta de la cuenta corriente bancaria como medio para el cobro de los saldos de tarjetas de crédito originados en una relación que no da fuerza ejecutiva directa - fue tratada en numerosas ocasiones por la jurisprudencia, llevando a desarrollar una distintas doctrinas judiciales que distinguían diferentes situaciones. Así, en la jurisprudencia se desarrollo el concepto de cuentas corrientes no operativas y cuentas corrientes instantáneas para negar aptitud al certificado de saldo deudor en cuenta corriente emitido en relación a un contrato de tarjeta de crédito.
2 En el primer caso y basándose fundamentalmente en la vinculación del cheque con la cuenta corriente bancaria se denominó cuentas corrientes no operativas a aquellas en las que no se había conferido al titular de la misma la posibilidad de contar con el servicio de cheques, siendo este el criterio mayoritario de la jurisprudencia. (entre otros podemos citar: Banco de la Pcia. de Buenos Aires c/ Alives Nicolás Rafael y otros s/ Ejec. CNCom. Sala A L.L D-749 Sum ; Banco Mayo Coop. Ltdo. c/ Bruchmann Lucía s/ejec. L.L 1994-C- 352; Banco del Buen Ayre s/ Lazzarini Aldo y otor s/ejec. L.L 1996-C-784) Por su parte, la postura minoritaria reconoció la legitimidad y consecuente aptitud ejecutiva de las cuentas corrientes que no gozaban del servicio de cheques dado que entendía que estas podían operarse a través de otros medios distintos del cheque, las diferenció de aquellas que denominó cuentas corrientes instantáneas alocución utilizada para referirse a las abiertas al solo efecto de debitar saldos impagos de tarjetas de crédito y proceder a su cierre inmediato. En este aspecto, la cuestión en la actualidad quedó resuelta. Por una parte con la sanción de la Ley Nº de Tarjetas de Crédito. Así el artículo 42 de la misma expresamente establece que Los saldos de tarjetas de Crédito existentes en cuentas corrientes abiertas a ese exclusivo fin, no podrán ser susceptibles de cobro ejecutivo. Regirá para su cobro la preparación de la vía ejecutiva previstas en los artículos 38 y 39 de la presente ley. Por otro lado, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en pleno resolvió que El certificado de saldo deudor en cuenta corriente bancaria emitido con relación a un contrato de emisión de tarjeta de crédito, cuando dicho saldo hubiese sido conformado con anterioridad a la vigencia de la ley no posee fuerza ejecutiva en los términos prescriptos por el art. 793 del Código de Comercio (CNCOM. En pleno Cia. Financiera Argentina S.A. c/ Ravazza Jorge S. Y otro L.L D,535). Sin embargo la cuestión relativa al cobro de saldos deudores de tarjeta por vía ejecutiva mediante la utilización del certificado de saldo deudor en cuenta corriente bancaria aún no esta debidamente resuelta. Sin dudas que ha quedado zanjada, conforme señalamos, con relación a las llamadas cuentas corrientes no operativas o cuentas corrientes instantáneas Peor no así con respecto a las que - en contraposición a las denominaciones mencionadas - podemos llamar cuentas corrientes operativas, es decir aquellas que no solamente cuentan con la posibilidad de utilizar el servicio de cheques, sino que efectivamente se operan tanto mediante el libramiento de esos valores, como mediante débitos y créditos relacionados con diferentes operatorias bancarias (como por ejemplo, extracciones y depósitos por cajeros automáticos, debito automático para pagos de servicios, etc). Dicho de otro modo, nos estamos refiriendo a las cuentas corrientes en las que efectivamente la entidad presta el servicio de caja que estas suponen
3 En estos casos, las entidades bancarias suelen debitar de las cuentas corrientes los saldos adeudados por tarjetas de créditos. Esta operatoria es práctica común desde antes de la sanción de la ley y casi no ha sido cuestionada ni por la doctrina ni por la jurisprudencia. Parecería que este mecanismo tiene sustento legal en el cuarto párrafo del Codigo de Comercio que fuera agregado por el artículo 2º de la Ley de Cheques y que textualmente establece: Se debitarán en cuenta corriente bancaria los rubros que correspondan a movimientos generados directa o indirectamente por el libramiento de cheques. Se autorizarán débitos correspondientes a otras relaciones jurídicas entre el cliente y el girado cuando exista convención expresa formalizada en los casos y con los recaudos que previamente autorice el Banco Central de la República Argentina (El resaltado nos pertenece) Sin embargo, creemos que el débito de saldos deudores de tarjetas de crédito en cuenta corriente bancaria, en cuanto posibilita un medio de cobro directo por vía ejecutiva de aquellos, es ilegal en virtud de la ley de tarjetas de crédito, aún cuando exista convención expresa en tal sentido. Esta conclusión se apoya en varias disposiciones de la ley En primer lugar debemos señalar que conforme establece el art. 3º referido a la ley aplicable, las relaciones emergentes de la operatoria de Tarjetas de crédito quedan sujetas a la ley, siendo de aplicación supletoria los Códigos Civil y de Comercio, así como la ley de Defensa del Consumidor Por tanto, todas las relaciones originadas en la operatoria de tarjetas de crédito se rigen por su ley específica, siendo de aplicación supletoria el Código Civil y el Código de Comercio respecto de aquellos aspectos no regulados expresamente por aquella. Consecuentemente, habiendo regulación expresa de la ley , prima esta sobre cualquier otra disposición. En segundo lugar el art. 14, inciso h) de la ley establece la nulidad de las cláusulas que permitan la habilitación directa de la vía ejecutiva por cobro de deudas que tengan origen en el sistema de tarjetas de crédito. Esta disposición debe interpretarse concordantemente con el art. 42 que ya mencionaramos. Queda claro que el referido art, 42 se refiere a las cuentas corrientes abiertas al solo fin de debitar en ellas saldos de tarjetas de crédito (las denominadas cuentas corrientes no operativas o cuentas corrientes instantáneas según analizamos anteriormente) y esta dirigida solamente a las entidades bancarias que son la únicas que pueden prestar el servicio de cuenta corriente bancaria.. Ahora bien, la disposición del art 14, inciso h) no solo contempla situaciones distintas sino que es mucho más amplio, pues fulmina de nulidad las cláusulas que permitan la habilitación directa de la vía ejecutiva para el cobro de saldos deudores tarjetas de crédito, sea que estas prevean el débito de los mismos de una cuenta corriente
4 bancaria operativa o cualquier otro mecanismo. Además esta disposición es de aplicación, aún cuando el emisor de la tarjeta sea una entidad bancaria o no. Ello es concordante con las normas de los artículos 39 y 41 de la ley. En efecto, de acuerdo a estas las vías procesales que tiene a su disposición el emisor de la tarjeta de crédito para el cobro de sus acreencias son dos: la preparación de la vía ejecutiva (art 39) o la vía ordinaria (art. 41). Es decir que conforme dispone la ley, la posibilidad de accionar ejecutivamente esta dada por la previa preparación de esta vía. Ahora bien, para preparar la vía ejecutiva el emisor, más allá de lo que dispongan las normas de procedimiento locales, debe cumplir cierto requisitos. Así debe acompañar para pedir su reconocimiento judicial: 1.- El contrato de emisión instrumentado en legal forma, es decir con los requisitos previstos en el art. 6º de la ley (art. 39, inc. a); 2.- El resumen de cuenta que reúna la totalidad de los requisitos legales, o sea los previstos en el art. 23 de la ley (art 39, inc. b) y 3.- Dos declaraciones juradas, una sobre la inexistencia de denuncia fundad y válida previa a la mora por parte del titular o del adicional por extravío o sustracción de la tarjeta de crédito y otra referida a la inexistencia de cuestionamiento fundado y válido previo a la mora por parte del titular de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 de la ley (art. 39, último párrafo). Sin estos requisitos no es posible la preparación de la vía ejecutiva (conf. Art. 41) y por ende no existe la posibilidad de accionar ejecutivamente. Fácil es advertir que el débito del saldo de tarjeta de crédito en una cuenta corriente operativa, podría convertirse en un mecanismo para eludir las disposiciones del artículos 39 y 41 de la ley Por otra parte, el débito de los saldos de tarjetas de crédito en cuenta corriente bancaria también violaría la disposición del art. 47 de la Ley de Tarjetas de Crédito que establece los plazos de prescripción de las acciones. Así conforme esta norma, las acciones emergentes de la ley prescribe: a) al año, la acción ejecutiva (en realidad la norma debió referirse a la preparación de la vía ejecutiva) y b) a los tres años las acciones ordinarias. Si admitiéramos el débito en la cuenta corriente bancaria, estos plazos de prescripción se alterarían, pues más allá de discusiones al respecto, la doctrina y jurisprudencia mayoritarias entienden que las acciones emergentes del saldo deudor en cuenta corriente bancaria prescriben a los cinco años, a contar desde la fecha de cierre de la cuenta. Esto implica que mediante el mecanismo de debitar el saldo de tarjeta de crédito de una cuenta corriente bancaria aún cuando sea una cuenta operativa - para luego proceder al cobro del saldo deudor que esta arroje, el emisor se asegura de disponer de plazos de prescripción mas amplios violando lo dispuesto en el art. 47 de la ley El hecho que se haya previsto expresamente la posibilidad de la entidad emisora de debitar en cuenta corriente bancaria deudas que tenga origen en el sistema de tarjeta
5 de crédito, no tiene ningún efecto ya que una cláusula con tal previsión sería invalida por varias razones. Así, si tal cláusula estuviera prevista en el contrato de tarjeta de crédito, su nulidad surge de lo dispuesto en el art. 14, inciso h) de la ley Si tal facultad del emisor estuviese prevista en el contrato de cuenta corriente bancaria, no sería de aplicación lo dispuesto en el cuarto párrafo del Art. 793 del Código de Comercio, atento que la ley de tarjeta de crédito en tanto reviste la calidad de norma especial y posterior ha modificado a dicha disposición. Además debe tenerse presente que en estos contratos al ser de adhesión y con cláusulas predispuestas, también resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley de Defensa del Consumidor que establece que sin perjuicio de la validez del contrato, se tendrán por no convenidas las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones y las que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte (art. 37, incisos a y b, Ley ). Por ultimo debe destacarse que las disposiciones de la ley de Tarjetas de Crédito son de orden público, por lo que no son disponibles para las partes (art. 57 Ley ) CONCLUSIONES : A tenor de las disposiciones de la Ley , que ha modificado el artículo. 793 del Código de Comercio, las entidades bancarias no pueden mediante el mecanismo de débito en cuenta corriente procurar la habilitación directa de la vía ejecutiva para el cobro de deudas originadas en el sistema de tarjetas de crédito, careciendo en tal caso los certificados de saldo deudor que emitan de aptitud ejecutiva, aún cuando se trate de cuentas operativas. Las únicas vías para el cobro de saldos deudores emergentes del sistema de tarjetas de crédito son las contempladas específicamente en la Ley , o sea la preparación de la vía ejecutiva con los requisitos requeridos por el Art. 39 de la ley o la acción ordinaria.
TORNEO PUMA. Lucia Romano [DESTACADO ULTIMA CON- SIGNA]
2012 TORNEO PUMA Lucia Romano [DESTACADO ULTIMA CON- SIGNA] Derecho Comercial II Cátedra III Comisión 6: Lazzatti, Pablo Consigna: Nº 7 Alumna: Romanó María Lucía Grupo: Simuladores del Crédito (Nº 3)
Más detallesSección 2. Derechos básicos de los usuarios de servicios financieros.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CREDITO, A LAS CAJAS DE CREDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173): Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0076/2014
Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento
Más detallesCheque "al portador" Información útil sobre Cheques
Información útil sobre cheques Cómo se gira un cheque? Todos los cheques que se extienden deben contener lo siguiente: a. Lugar y fecha de emisión b. Cantidad girada en letras y en números c. firma Ciudad
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0542/2009
Informe 0542/2009 La consulta plantea la posibilidad de incorporar en una base de datos del consultante, a la que tendrían acceso sus clientes ( talleres y concesionarios de coches), datos referidos a
Más detallesPUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.
CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques
Más detallesORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR
ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3
Más detallesSÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS
SÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS DEPARTAMENTO DE DERECHO BANCARIO Y FINANCIERO Y DE MERCADO DE CAPITALES. Con fecha 13.03.02 el BCRA emitió la
Más detallesTRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas.
CAPITULO 1-7 (Bancos y Financieras) MATERIA: TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas. Las presentes normas se refieren a la prestación de servicios bancarios
Más detallesEl artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:
Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a
Más detallesPENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008.
PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. Síntesis: Las cuentas corrientes o de ahorro en las que se consignan las mesadas
Más detallesGUIA DE ALCANCE JURÍDICO VENTAS ATADAS Y VENTAS CONJUNTAS
Página 1 de 6 I. INTRODUCCIÓN La ley 20.555, publicada el día 5 de diciembre de 2011 y que entró en vigencia el día 4 de marzo de 2012, modificó la ley 19.496 Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores
Más detallesCOMUNICACIÓN A 5068 19/04/2010
"2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN A 5068 19/04/2010 Ref.: Circular OPASI 2-410 Intereses en cuenta corriente bancaria, cuenta corriente especial
Más detallesCOMUNICACIÓN A 5147 23/11/2010
"2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN A 5147 23/11/2010 Ref.: Circular OPASI 2-419 Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal
Más detallesDOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES
DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES El término negociación, entendido en su sentido natural
Más detallesINFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA:
INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el supuesto en que un banco del exterior otorgue una fianza o garantía que respalde a bancos locales para que estos emitan una carta fianza que
Más detallesQué es el Fondo de Seguro de Depósito?
Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? El FSD es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro de FSD donde mantiene su depósitos quiebre. El Fondo
Más detalles1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra.
Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 3/2012, de 3 de octubre, sobre prelación de pagos en los supuestos de endoso y embargos de certificaciones de obra, y sobre la obligatoriedad de justificar estar al
Más detalles2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650
Diplomado Práctico en NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Tema 24: Estados financieros separados NIC 27 Estados financieros consolidados NIIF 10 Estados financieros separados y consolidados
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesBANCO CETELEM, S.A. En vigor desde el 05.03.07
En vigor desde el 05.03.07 TARIFAS DE COMISIONES, GASTOS REPERCUTIBLES Y NORMAS DE VALORACION (Folleto único de tarifas aplicadas por esta entidad. No hay gastos repercutibles a la clientela) INDICE EPIGRAFE
Más detallesComentarios al Decreto N 5.134/10 por el cual se unifican las tarifas de telefonía celular.
Comentarios al Decreto N 5.134/10 por el cual se unifican las tarifas de telefonía celular. Por Lourdes Aquino Perinetto Integrante de GHP Abogados Por medio del Decreto N 16.761 de fecha 26 de Marzo de
Más detallesDictamen 21/2012. Industria del software. Bonos de Credito Fiscal. Obligaciones. Alcance
Dictamen 21/2012. Industria del software. Bonos de Credito Fiscal. Obligaciones. Alcance Los bonos de crédito fiscal emitidos en el marco de la Ley de Promoción de la Industria del Software (Ley 25922)
Más detallesCAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE
CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que
Más detallesCarrito de Compras. Esta opción dentro de Jazz la podremos utilizar como cualquier otro carrito de compras de una página de Internet.
Carrito de Compras Esta opción dentro de Jazz la podremos utilizar como cualquier otro carrito de compras de una página de Internet. La forma de utilizar el Carrito de Compras es desde los comprobantes
Más detallesI. Disposiciones generales
31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de
Más detallesEn caso que se realicen los pagos parciales, existe la obligación de que el tenedor del título emita el recibo correspondiente.
Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel Torres Morales Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de
Más detallesIX. BANCARIZARIÓN E IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS
DESCRIPTOR : IX. BANCARIZARIÓN E IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS 9.3 Medios de Pago SUMILLA: 1. No se considera depósito en cuenta, cuando a fin de cancelar las obligaciones se emiten cheques
Más detallesFuente: Ministerio de Economía y Hacienda.
NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El
Más detalles2. El accionista no deberá tener derecho para exigir el pago de dividendos anticipadamente. 3. Deberá haberse estipulado previamente en los estatutos
(164) ANEXO 1-R CONDICIONES PARA CONSIDERAR A LOS TÍTULOS REPRESENTATIVOS DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES Y A LOS INSTRUMENTOS DE CAPITAL COMO PARTE DEL CAPITAL BÁSICO NO FUNDAMENTAL Las Instituciones
Más detallesNIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS
NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros
Más detalles1. En la Sección B del Reglamento Interno, Política de Inversión y Diversificación, Número 1, Objeto del Fondo:
Santiago, 19 de Marzo de 2014 Estimado(a) partícipe, Ref.: Modificación Reglamento Interno y Contrato de Suscripción de Cuotas Fondo Mutuo EuroAmerica Retorno Global De nuestra consideración: Por medio
Más detallesDestinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado.
ID Jurisprudencia: 028925N06 Indicadores de Estado Nº Dictamen 28.925 Fecha 20-06-2006 Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. Materia En demanda interpuesta
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES
TÉRMINOS Y CONDICIONES Denominación: MÁS POR MÁS de la CUENTA CORRIENTE INVERAMIGO B.O.D. Mercado Objetivo: Esta Campaña está dirigida a toda persona natural y jurídica que mantenga y/o abra una Cuenta
Más detalles3. En el caso de préstamos en efectivo, cuándo se considera que se ha acreditado el ingreso de la moneda extranjera al país?
INFORME N. 129-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Consultas sobre la declaración jurada de la entidad bancaria o financiera que ha participado en una operación de crédito externo, por la cual certifique que no
Más detallesFactura Comercial - Prescripción actual y aplicación en el nuevo Código Civil y Comercial (www.abogados.com.ar).
Factura Comercial - Prescripción actual y aplicación en el nuevo Código Civil y Comercial (www.abogados.com.ar). Por Mariano Andrés Padula En más de una ocasión he visto en el ejercicio de la profesión
Más detalles2. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES
2015 1. ANÁLISIS UGT RESPECTO LAS CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL DEL TJUE EN RELACIÓN A LA CUESTIÓN PREJUDICIAL PLANTEADA POR EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 33 DE BARCELONA, SOBRE LA REGULACIÓN EN ESPAÑA
Más detalles(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2
18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los
Más detallesANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.
ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones
Más detallesTexto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:
Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.
Más detalles(b) Facturas sin Confirmación de Fecha de Pago, aquellas respecto de las cuales no se cuente con la confirmación indicada en la letra (a) anterior.
CIRCULAR Nº 255 Santiago, 12 de junio de 2012 El Directorio de la Bolsa de Productos de Chile, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A. (la Bolsa ), en conformidad a lo establecido en los artículos 1º y 25
Más detallesSERVICIOS FINANCIEROS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO Concepto 2005002779 003 del 14 de febrero de 2006
SERVICIOS FINANCIEROS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO Concepto 2005002779 003 del 14 de febrero de 2006 Síntesis: Los establecimientos de crédito se encuentran autorizados para prestar servicios y operaciones
Más detallesTEMA 2: A qué denominamos documentos a cobrar?
TEMA 2: A qué denominamos documentos a cobrar? Denominamos documentos a cobrar a los títulos de crédito que tienen valor por sí mismos. Así un cheque diferido a cobrar o un conforme a cobrar representan
Más detallesAdemás, 42 entidades de 60 permiten realizar al menos 5 extracciones sin cargo a través de cajeros propios.
2008 - Año de la Enseñanza de las Ciencias COMUNICADO Nro. 49231 30/04/2008 Ref.: Cajas de ahorro y Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las cajas de ahorro y tarjetas de crédito durante marzo
Más detallesCONTABILIDAD UNIDAD I ACTIVOS CORRIENTE
CONTABILIDAD II UNIDAD I ACTIVOS CORRIENTE DRA: NIVIA PETIT DE TAPIA/ DRA: ZORAYA DIAZ DE PELEY MAYO/JULIO 2012 ACTIVO CORRIENTE Activo Corriente Efectivo Se entiende por activos corrientes aquellos activos
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las previstas
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 2 3 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en
Más detallesESCRIBANOS. HIPOTECA. CERTIFICADO ÚNICO ESPECIAL. HONORARIOS. ESTUDIO DE TÍTULOS. Consulta
ESCRIBANOS. HIPOTECA. CERTIFICADO ÚNICO ESPECIAL. HONORARIOS. ESTUDIO DE TÍTULOS Informe: Notarial Resumen La obligación del escribano de «autorizar los actos y contratos para los que fuese llamado» presupone
Más detallesReglamento, Requisitos del Servicio Ahorromatic
Reglamento, Requisitos del Servicio Ahorromatic Primero: Propiedad del servicio: El presente servicio pertenece en forma exclusiva al Grupo Financiero BAC Credomatic. Segundo: Definiciones Para los efectos
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco
Más detallesCAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS
CAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS ARTÍCULO 8.- LOS SOCIOS DEBERÁN PAGAR SUS CUOTAS Y APORTACIONES A TRAVÉS DE DESCUENTO QUINCENAL POR NÓMINA U OTRO MEDIO QUE EN ATENCIÓN A LA NATURALEZA
Más detallesCapítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario
Más detallesCOLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico
1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería
Más detallesCOMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010. Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito
"2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010 Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito
Más detallesTema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan.
Tema 4: A qué llamamos CONCILIACIÓN? A un procedimiento de control que consiste en comparar: 1. el mayor auxiliar que lleva una empresa A, referido a sus operaciones con una empresa B, con 2. el Estado
Más detalles8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.
Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,
Más detallesCesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004
Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004 Cesión a aseguradoras por profesionales de la medicina en caso de seguro de asistencia
Más detallesFINANCIERA CARRION S.A. E.F.C.
I N D I C E CONDICIONES GENERALES 1) AMBITO DE APLICACIÓN 2 2) CONDICIONES GENERALES 2 3) NORMAS DE VALORACION 2 4) GASTOS DE CORREO, TELEX TELEFONO 2 5) OTROS GASTOS 2 6) MODIFICACION Y ACTUALIZACION
Más detallesPara que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas:
DESCRIPCION DE LA PROPUESTA DEL CANADA SOBRE LA ELABORACION DE UNA LEGISLACION MODELO SOBRE JURISDICCION Y NORMAS SOBRE CONFLICTO DE LEYES, APLICABLES EN FORMA UNIFORME EN MATERIA DE CONTRATOS CON EL CONSUMIDOR
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES
Uso del canal de comunicación mediante mensaje de texto TÉRMINOS Y CONDICIONES 1) Partes intervinientes Las partes intervinientes son: Energía de Entre Ríos S.A., con domicilio en calle Buenos Aires 87
Más detallesCONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo
Más detallesANEXO F AL CONTRATO DE PRESTAMO GARANTIZADO MODELO DE CONTRATO DE CESION
ANEXO F AL CONTRATO DE PRESTAMO GARANTIZADO MODELO DE CONTRATO DE CESION Entre [NOMBRE DEL CEDENTE], representado en este acto por..., con domicilio en, en adelante denominado EL CEDENTE, por una parte,
Más detallesREGLAMENTO DE USO DE MARCA DEL ÁREA DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SIGE, S.C. REGLAMENTO
REGLAMENTO 1. A través del certificado de Sistemas de Calidad, legitima que el sistema de gestión de la Organización IRRITEC MÉXICO SISTEMAS DE RIEGO, S.A. DE C.V. es conforme con la norma NMX-CC-9001-IMNC-2008
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE SIN INTERESES DE BANCRECER, S.A. BANCO DE DESARROLLO
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE SIN INTERESES DE BANCRECER, S.A. BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de edad, domiciliada en Caracas y
Más detallesPARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.
PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas
Más detallesSi usted necesita los servicios de un abogado puede tener dudas sobre diferentes aspectos.
Si usted necesita los servicios de un abogado puede tener dudas sobre diferentes aspectos. Éstas son las 10 preguntas más frecuentes que pueden surgir en el momento de acudir a un abogado. 1. Qué cuestiones
Más detallesCómo abrir Mi Cuenta Corriente?
Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en el que el cliente se compromete a depositar dinero en la cuenta y el banco a cumplir sus órdenes de pago
Más detallesVOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.
VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de
Más detallesGUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS
GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS Febrero de 2013 Baremo de honorarios profesionales orientativos a los exclusivos efectos
Más detallesEl Código Fiscal de la Federación, en su artículo 6º nos plasma la forma de generación del
CAPITULO 3 EL NACIMIENTO Y FIN DEL CRÉDITO FISCAL. 3.1.- Causa u origen del crédito tributario. El Código Fiscal de la Federación, en su artículo 6º nos plasma la forma de generación del crédito fiscal,
Más detallesTesorería. Tesorería Diapositiva 1
Tesorería Módulo de Tesorería Puesta en marcha del módulo Clases de Transacciones Tipos de cuentas Circuito de cheques Cuentas de Tesorería Tipos de comprobantes Chequeras Movimientos de Tesorería Modificación
Más detallesCiudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]
Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el
Más detallesREGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece en forma exclusiva
Más detallesORIGEN Y DESTINO DE LOS RUBROS DEL PATRIMONIO NETO
ORIGEN Y DESTINO DE LOS RUBROS DEL PATRIMONIO NETO Dr. Antonio Daniel Fourcade AFLUENTES DEL PATRIMONIO NETO APORTES DE LOS SOCIOS O TERCEROS Estos aportes son efectuados con la intencionalidad de convertirse
Más detallesCOMISIONISTAS DE BOLSA, GARANTÍA DE OBLIGACIONES DE TERCEROS Y FILIALES O VINCULADAS Concepto 2008037346-001 del 28 de julio de 2008.
COMISIONISTAS DE BOLSA, GARANTÍA DE OBLIGACIONES DE TERCEROS Y FILIALES O VINCULADAS Concepto 2008037346-001 del 28 de julio de 2008. Síntesis: La actividad consistente en garantizar obligaciones de terceros
Más detallesDe este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado
Informe Jurídico 0221/2008 La consulta es continuación de la que fue objeto de informe de fecha 19 de septiembre de 2007, relativa a la existencia de amparo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
Más detallesObtenga acceso a efectivo en más de 900.000 cajeros MasterCard/Maestro/Cirrus en el mundo.
Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde cualquier parte del mundo donde el usuario se encuentre. Maestro es una tarjeta
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0560/2009
Informe 0560/2009 La consulta plantea la posibilidad de crear una página web por la consultante en la que publicaría a petición de los propietarios e inmobiliarias clientes, la identidad y D.N.I. de los
Más detalles7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL
7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL Conceptos Banco de España. Entidad control del sistema bancario, que asume dos tipos de funciones: asesoramiento e instrumentación de la política monetaria y crediticia,
Más detallesEl Presidente de la Diputación de Granada se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa formulando la siguiente consulta:
Informe 13/12, de 27 de septiembre de 2012. Sistema de ejecución de las encomiendas de gestión por sociedades mercantiles declaradas como medios propios y normas a las que tienen que someterse Clasificación
Más detallesBASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS
BASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS El presente documento describe los términos y condiciones generales de adhesión al Programa PUNTOS. Cualquier cliente que desee acceder a los beneficios del programa
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0033/2009
Informe 0033/2009 La consulta plantea dudas respecto de la reclamación por posibles incumplimientos de obligaciones dinerarias contraídas con Empresas de Telefonía o Canal Satélite Digital por los afectados,
Más detalles2.- Si los contratos y negocios mencionados en el número 1 anterior, están excluidos del ámbito de aplicación de la LCAP.
INFORME 4/2002 DE LA SOBRE CONTRATOS Y NEGOCIOS DERIVADOS DE OPERACIONES FINANCIERAS EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. El Viceconsejero de Economía y Comercio,
Más detallestema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo
tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago
Más detallesDOCUMENTOS MERCANTILES
QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,
Más detallesTEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE
TEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE 1. DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.1. CONCEPTO DE DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DESCUENTOS...
Más detallesPolítica de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu
Política de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu 1/7 DEFINICIONES En este documento se usan los mismos términos definidos en los Términos y Condiciones y/o las normas para la solución de controversias
Más detallesLOS DESCANSOS. 1.- DESCANSO DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO: (artículo 34 CdT)
1 LOS DESCANSOS 1.- DESCANSO DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO: (artículo 34 CdT) De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 34 del Código del Trabajo la jornada de trabajo se dividirá en dos partes, dejándose
Más detallesBANCO DE PREGUNTAS LEY 1607 DE DICIEMBRE 26 DE 2012
BANCO DE PREGUNTAS LEY 1607 DE DICIEMBRE 26 DE 2012 1º.Respecto a las sanciones independientes que en el acto administrativo no se identifica el año gravable o que en el título ejecutivo no se identifica
Más detallesSOLICITUD/ CONTRATO DE TARJETA PREPAGO NORMAS Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA PREPAGO
FECHA DE AFILIACION SOLICITUD/ CONTRATO DE TARJETA PREPAGO APELLIDOSYNOMBRESDELSOLICITANTE DNI/CE/DPI/CIM NUMERO DE TARJETA PREPAGO NORMAS Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA PREPAGO En este documento están
Más detallesGuía de uso: pautas generales y ejemplos
Guía de uso: pautas generales y ejemplos Este relevamiento abarca todo endeudamiento por emisiones de títulos de deuda en el exterior y en el país- y los pasivos con residentes del exterior por cualquier
Más detallesCAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA)
RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Hoja 1 CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) OPERACIONES CON BONOS HIPOTECARIOS 1. Bonos hipotecarios. De conformidad con lo dispuesto en el N 2 del artículo
Más detallesCONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CON INTERESES CALCULADOS SOBRE SALDOS DIARIOS DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CON INTERESES CALCULADOS SOBRE SALDOS DIARIOS DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de
Más detallesREGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005)
REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005) 1. DESCRIPCION DEL PROGRAMA SUPERPUNTOS SUPERPUNTOS es un Programa de acumulación de puntaje (denominados superpuntos ) y otorgamiento
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No.018-2007-BCRP Lima, 7 de setiembre de 2007 Ref.: Instrumentos y medios de pago distintos al dinero en efectivo La presente circular tiene la finalidad de mejorar la calidad de la información
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesDECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
DECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DPC-12. TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y TRADUCCION 0 CONVERSION A MONEDA NACIONAL DE OPERACIONES EN EL EXTRANJERO ANTECEDENTES
Más detalles