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1 Todo el conocimiento a un click Agosto de 2014 Proyecto de Ley por el que se modifican el IRPF, del IRNR y otras normas tributarias: principales medidas para las personas físicas y los no residentes El día 6 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el proyecto de Ley por la que se modifican la Ley del IRPF, la Ley del IRNR y Otras Normas Tributarias. Las principales modificaciones respecto del texto inicial del anteproyecto son las siguientes: - Se limita la indemnización por despido exenta a euros para despidos posteriores al 1 de agosto de 2014, ampliando la exención contenida en el anteproyecto. - Las ganancias patrimoniales obtenidas por mayores de 65 años estarán exentas si el importe obtenido se destina a una renta vitalicia, con el límite de euros. Asimismo, se mantienen medidas con especial trascendencia que ya contenía el anteproyecto, como la supresión de los coeficientes de abatimiento y de corrección monetaria, la nueva regulación de las reducciones por rentas irregulares o la eliminación de la exención por dividendos. Por contra, se elevan los importes del mínimo personal y por descendientes y ascendientes, así como para discapacitados. Se introduce también una deducción en la cuota para contribuyentes que trabajen fuera del hogar y formen parte de una familia numerosa o tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, siendo compatible con la actual deducción por maternidad. Se establece una nueva tarifa general con cinco tramos y con tipos marginales más reducidos. En cuanto a la tarifa del ahorro, se mantiene la progresividad si bien con tipos más reducidos. En el ámbito del IRNR destaca la reducción de los tipos impositivos. Así, las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente pasan a tributar al 24% (antes 24,75%). Para los residentes en otros Estados miembros de la UE, el tipo será del 20% en 2015 y del 19% a partir de Los intereses, dividendos y cánones tributarán al 20% en 2015 y al 19% desde Para las rentas obtenidas a través de un EP, con carácter general, el tipo será del 28% en 2015 y del 25% desde Debe recordarse que se trata de un proyecto, por lo que el texto que finalmente se apruebe tras la pertinente tramitación parlamentaria podría tener modificaciones respecto del aquí analizado. Si deseas profundizar en cualquiera de los puntos tratados en esta publicación, consulta con tu contacto habitual en PwC.

2 Rendimientos del capital mobiliario Rendimientos del capital inmobiliario Rendimientos del trabajo Elementos añadidos por el Proyecto en relación con el Anteproyecto * Elementos eliminados por el Proyecto en relación con el Anteproyecto Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Las indemnizaciones por despido están exentas de gravamen en la cuantía establecida con carácter obligatorio en la normativa laboral El importe de la indemnización por despido exenta es de por cada año de servicio prestado. tiene como límite la cantidad de euros. De conformidad con el anteproyecto proyecto, esta limitación resultará aplicable para todas las indemnizaciones relativas a despidos producidos a partir de 20 de junio de 1 de agosto de La limitación no será de aplicación cuando la indemnización se pague bajo la nueva normativa pero proceda de un despido anterior a 1 de agosto 20 de junio de 2014 o corresponda a despidos derivados de un expediente de regulación de empleo aprobado, o un despido colectivo en el que se hubiera comunicado la apertura del período de consultas a la autoridad laboral con anterioridad a dicha fecha Bajo determinadas condiciones, las entregas gratuitas de acciones a los trabajadores no tienen la consideración de rendimientos del trabajo en especie hasta un importe de Existe una reducción general por obtención de rendimientos del trabajo dependiente del nivel de renta que oscila entre y La entrega de acciones a los trabajadores tributa íntegramente. Se minora y limita la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo a rendimientos inferiores a Se introduce una deducción en concepto de otros gastos por cuantía de que se incrementa para los casos de aceptación de puesto de trabajo en otro municipio o trabajadores con discapacidad A efectos de aplicar la reducción por rendimientos con un período de generación superior a 2 años, se considerará como período de generación de los rendimientos derivados de la extinción de una relación laboral, común o especial el número de años de servicio del trabajador. En caso de que estos rendimientos se cobren de forma fraccionada, el cómputo del período de generación deberá tener en cuenta el número de años de fraccionamiento, en los términos que reglamentariamente se establezcan. Se concede a los contribuyentes del IRPF que hubieran percibido pensiones procedentes del exterior que no hubiesen declarado un plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la norma para regularizar voluntariamente, mediante declaraciones complementarias, sin recargos, intereses ni sanciones, las pensiones procedentes del exterior sujetas a tributación por este impuesto. Asimismo, se condonan los intereses y recargos liquidados y las sanciones impuestas por este concepto. Los rendimientos netos procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda se reducen en un 60% (dicha reducción puede llegar a alcanzar un 100% bajo determinadas circunstancias). Los rendimientos netos procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda se reducen en un 60% 50%. Con carácter general, las reducciones de capital y el reparto de la prima de emisión con la finalidad de devolver aportaciones minoran el valor de adquisición de los valores hasta su anulación y el exceso tiene la consideración de rendimiento del capital mobiliario Con carácter general, los dividendos y participaciones en beneficios están exentos de tributación con el límite de Las rentas derivadas de planes individuales de ahorro sistemático tributan como rendimientos del capital mobiliario cuya cuantía resulta de aplicar a cada anualidad unos porcentajes que se reducen cuanto mayor es la edad del rentista. Entre los requisitos que deben cumplir estos planes se encuentra el de que la primera prima satisfecha tenga una antigüedad superior a diez años en el momento de constitución de la renta vitalicia. Las reducciones de capital social con devolución de aportaciones y el reparto de la prima de emisión tributan como rendimientos del capital mobiliario hasta el importe de las reservas generadas durante el tiempo de tenencia de la participación, de forma análoga a si se hubieran distribuido dichas reservas Los dividendos tributan íntegramente Se crea un nuevo instrumento de inversión, el Plan de Ahorro a Largo Plazo, cuyos rendimientos quedan exentos si se canalizan a través de depósitos o seguros de vida, con aportaciones inferiores a y plazos superior a cinco años. Las rentas derivadas de planes individuales de ahorro sistemático tributan como rendimientos del capital mobiliario cuya cuantía resulta de aplicar a cada anualidad unos porcentajes que se reducen cuanto mayor es la edad del rentista. Entre los requisitos que deben cumplir estos planes se encuentra el de que la primera prima satisfecha tenga una antigüedad superior a cinco años en el momento de constitución de la renta vitalicia.

3 Reducciones y deducciones Integración y compensación de rentas Rentas irregulares Base imponible del ahorro Tarifas Base imponible general Ganancias patrimoniales Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas La venta de los derechos de suscripción preferente minora el coste de adquisición de las participaciones de las que proceden Las plusvalías asociadas a las daciones en pago son objeto de gravamen Las plusvalías asociadas a elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre del 1994 eran objeto de reducción en función de su naturaleza y antigüedad Las plusvalías asociadas a la enajenación de bienes inmuebles se reducen en función de unos coeficientes destinados a corregir el efecto de la inflación (coeficientes de corrección monetaria) La venta de derechos de suscripción preferente tributará como ganancia patrimonial del ejercicio La posible ganancia derivada de la dación en pago de la vivienda habitual a favor de entidades financieras está exenta de tributación. La medida ha desaparecido del proyecto por cuanto fue aprobada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia Quedan definitivamente suprimidas las reducciones para los elementos patrimoniales adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 Se suprime la aplicación de los coeficientes de corrección monetaria Están exentas las ganancias patrimoniales que se ponen de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor. La cantidad máxima que a tal efecto podrá destinarse a constituir rentas vitalicias será de euros. En caso de reinversión parcial, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida. En caso de cambio de residencia fiscal al extranjero se anticipa con carácter general la tributación de las ganancias latentes en acciones o participaciones en entidades o instituciones de inversión colectiva cualificadas por su valor (4 millones ) o por el porcentaje de participación (25% a partir de 1 millón ). Posibilidad de aplazar el pago en caso de residencia en la UE Existen 7 tramos de renta con tipos marginales que oscilan entre el 24 y Existen 5 tramos de renta con tipos marginales que oscilan entre el 20% y el 45%, incrementados hasta del 24,75% al 52% durante los años 2012, 2013 y 47% para el 2015 y entre el 19% y el 45% a partir del 2016 (Tipos aplicables a 2014 (Tipos aplicables a los residentes en el extranjero que tributen por el IRPF los residentes en el extranjero que tributen por el IRPF por traslado de por traslado de residencia a un paraíso fiscal o miembros de oficinas residencia a un paraíso fiscal o miembros de oficinas diplomáticas españolas. diplomáticas españolas. Los tipos aplicables en cada Comunidad Autónoma Los tipos aplicables en cada Comunidad Autónoma dependerán de la escala dependerán de la escala aprobada por cada una de ellas ) aprobada por cada una de ellas) Las rentas integradas en la base imponible del ahorro tributan a un tipo marginal que oscila entre el 19% y el 21% (incrementados hasta entre el 21% y el 27% durante los años 2012, 2013 y 2014). No obstante, las ganancias y pérdidas patrimoniales con un período de generación inferior al año o aquellas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales se integran en la base imponible general Las rentas integradas en la base imponible del ahorro tributan a un tipo marginal que oscila entre el 20 y el 24% para el 2015 y entre el 19% y el 23% a partir del Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales se integran en la base imponible del ahorro con independencia de su período de generación Las rentas con un período de generación superior a dos años o Las rentas con un período de generación superior a dos años o calificadas como notoriamente irregulares tienen una reducción del 40% calificadas como notoriamente irregulares tienen una reducción del 30% con determinadas limitaciones con determinadas limitaciones Las pérdidas patrimoniales incluidas en la base imponible del ahorro no son compensables con los rendimientos del capital mobiliario Las pérdidas patrimoniales incluidas en la base imponible del ahorro son compensables con los rendimientos del capital mobiliario con el límite del 25% de dichos rendimientos netos y viceversa Con carácter general, las aportaciones a sistemas de previsión social reducen la base imponible hasta un importe de Dicho importe es de en el caso de las aportaciones a favor del cónyuge Con carácter general, las aportaciones a sistemas de previsión social reducen la base imponible hasta un importe de Dicho importe es de en el caso de las aportaciones a favor del cónyuge Se eleva el importe del mínimo personal así como el correspondiente a los ascendientes y descendientes y a los supuestos de discapacidad Los contribuyentes que trabajen fuera del hogar y tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o formen parte de una familia numerosa, podrán practicar una deducción en la cuota diferencial de por cada una de dichas situaciones, siendo compatible con la actual deducción por maternidad Bajo determinados supuestos, lo importes satisfechos como consecuencia del arrendamiento de la vivienda habitual generaban una deducción Se suprime la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual para contratos posteriores a 2015

4 Trabajadores desplazados a territorio español Regímenes especiales Transparencia fiscal internacional Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Cuando se cumplan las condiciones para la aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional se integrarán en la base imponible las siguientes rentas obtenidas por entidades participadas no residentes: a)las rentas derivadas de inmuebles no afectos a una actividad empresarial, b) las rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad y de la cesión a terceros de capitales propios, c) las rentas derivadas de la transmisión de los bienes y derechos anteriores, d) las rentas derivadas de actividades crediticias, financieras, aseguradoras y de prestación de servicios Cuando se cumplan las condiciones para la aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional se integrarán en la base imponible las siguientes rentas obtenidas por entidades participadas no residentes: a) las rentas derivadas de inmuebles no afectos a una actividad empresarial, b) las rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad y de la cesión a terceros de capitales propios, c) las operaciones de capitalización y seguro que tengan como beneficiaria a entidades jurídicas, d) las rentas derivadas de la propiedad industrial e intelectual, asistencia técnica, bienes muebles, derechos de imagen y arrendamiento o subarrendamiento de negocios y minas, e) las rentas derivadas de la transmisión de los bienes y derechos anteriores, f) las rentas derivadas de actividades crediticias, financieras, aseguradoras y de prestación de servicios, g) las rentas derivadas de instrumentos financieros derivados El régimen no es de aplicación en relación con participaciones en entidades residentes en la Unión Europea El régimen no es de aplicación en relación con participaciones en entidades residentes en la UE siempre y cuando se acredite que la constitución y operativa responden a motivos economicos válidos y que realizan actividades económicas. Tampoco será de aplicación a las instituciones de inversión colectiva constituidas y domiciliadas en la UE Cuando la entidad no residente no disponga de la correspondiente organización de medios materiales y personales, los contribuyentes deberán integrar en su base imponible la totalidad de la renta positiva obtenida por dicha entidad no residente en territorio español, salvo que se acredite que las referidas operaciones se realizan con medios materiales y personales existentes en una entidad no residente del mismo grupo mercantil o que su constitución y operativa responden a motivos económicos válidos. No obstante, no se integrarán los dividendos, participaciones en beneficios o rentas derivadas de la transmisión de participaciones cuando la participación supere el 5% y el período de tenencia mínimo de 1 año y las participaciones se posean con la finalidad de dirigir y gestionar la participación, siempre que se disponga de la correspondiente organización de medios materiales y personales y que la participada no tenga como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. No resulta de aplicación el régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español, entre otros supuestos, cuando las retribuciones derivadas del contrato de trabajo superan la cuantía de anuales. La cuota íntegra se determina con arreglo a las normas del Impuesto sobre la Renta de No residentes El régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español es susceptible de aplicación independientemente de las retribuciones del mismo. En el caso de rentas del trabajo se aplica un tipo de gravamen del 24% hasta y un 45% para los importes que excedan de dicha cifra. A los dividendos, intereses y ganancias patrimoniales se aplicará una tarifa que oscila entre el 19% y el 23% (para rendimientos superiores a ) El régimen no será de aplicación cuando el desplazamiento a territorio español se produzca como consecuencia del inicio de una relación laboral que se encuadre en el régimen especial de los deportistas profesionales

5 EP. Atribución de beneficios Normas antiabuso Regímenes especiales Exenciones Base imponible Tipos de gravamen Impuesto sobre la Renta de No Residentes El tipo de gravamen general para las rentas obtenidas en España por no residentes sin establecimiento permanente es del 24,75% El tipo de gravamen aplicable a intereses, dividendos y ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales obtenidos por no residentes sin EP es del 21% El tipo del gravamen complementario, exigible, con excepciones, cuando las rentas obtenidas por EP en España de entidades no residentes se transfieran al extranjero es del 21% El tipo de gravamen aplicable a las rentas obtenidas por no residentes a través de un EP en España es, con carácter general, del 30% El tipo de gravamen aplicable a las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que realicen una actividad económica en España es del 30% Los dividendos percibidos por personas físicas residentes en otro Estado miembro de la UE o en países con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria sin mediación de EP están exentos del IRNR hasta Para la determinación de su base imponible, los contribuyentes sin establecimiento permanente residentes en otros Estados miembros de la UE se podrán deducir los gastos previstos en la normativa del IRPF, sin que la norma distinga entre aquellos contribuyentes que son personas físicas y los que son personas jurídicas Sólo los contribuyentes que sean residentes en territorio español en el ejercicio en que se transmita su vivienda habitual pueden beneficiarse de la exención por reinversión en otra vivienda. El tipo de gravamen general para las rentas obtenidas en España por no residentes sin establecimiento permanente es del 24%. Para los residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea o en otros Estados miembros del Espacio Económico Europeo con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria, el tipo será del 20% en 2015 y del 19% a partir de 2016 El tipo de gravamen aplicable a intereses, dividendos y ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales obtenidos por no residentes sin EP es del 20% en 2015 y del 19% a partir de 2016 El tipo del gravamen complementario, exigible, con excepciones, cuando las rentas obtenidas por EP en España de entidades no residentes se transfieran al extranjero es del 20% en 2015 y del 19% a partir de 2016 El tipo de gravamen aplicable a las rentas obtenidas por no residentes a través de un EP en España es, con carácter general, del 28% en 2015 y del 25% a partir de 2016 El tipo de gravamen aplicable a las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que realicen una actividad económica en España es del 25% Los dividendos percibidos por no residentes sin EP están sujetos y no exentos en su totalidad Para la determinación de la base imponible se distingue, para los contribuyentes sin establecimiento permanente residentes en otros Estados miembros, entre personas físicas y jurídicas, estableciendo, para cada uno de estos supuestos, los gastos deducibles, por remisión a las normativas del IRPF y del IS respectivamente Los contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la UE o en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria también podrán beneficiarse de la exención por reinversión en vivienda habitual por la transmisión de la que hubiera sido su vivienda habitual en España Si se cumplen determinadas condiciones, los dividendos distribuidos por una filial a su matriz residente en otro Estado miembro de la UE o Si se cumplen determinadas condiciones, los dividendos distribuidos por establecimiento permanente de ésta situado en otro Estado miembro de la UE una filial a su matriz residente en otro Estado miembro de la UE o están exentos del IRNR. A estos efectos se considera sociedad matriz aquella establecimiento permanente de ésta situado en otro Estado miembro de la UE entidad que posea en el capital de otra sociedad una participación directa o están exentos del IRNR. A estos efectos se considera sociedad matriz aquella indirecta de, al menos, el 5 por ciento, o bien que el valor de adquisición de la entidad que posea en el capital de otra sociedad una participación directa o participación sea superior a 20 millones de euros. Además será necesario un indirecta de, al menos, el 5 por ciento, con un período de tenencia mínimo de período de tenencia mínimo de un año que podrá cumplirse a posteriori. Para un año que podrá cumplirse a posteriori. el cómputo de este plazo se tendrá en cuenta el tiempo que la participación haya sido poseída ininterrumpidamente por otras entidades del mismo grupo mercantil. Las personas físicas residentes en otros Estados miembros de la UE podrán optar por tributar como contribuyentes del IRPF cuando durante el ejercicio hayan obtenido en España por rendimientos del trabajo y de las actividades económicas, como mínimo, el 75% de la totalidad de su renta, siempre que la misma haya tributado efectivamente durante el período por el IRNR. Los cánones satisfechos por una sociedad residente en España a una sociedad asociada residente en otro Estado miembro están exentos si se cumplen determinados requisitos Los dividendos satisfechos por una sociedad residente en España a su matriz residente en otro Estado miembro están exentos si se cumplen determinados requisitos Las personas físicas residentes en otros Estados miembros de la UE podrán optar por tributar como contribuyentes del IRPF cuando durante el ejercicio hayan obtenido en España por rendimientos del trabajo y de las actividades económicas, como mínimo, el 75% de la totalidad de su renta, siempre que la misma haya tributado efectivamente durante el período por el IRNR. También podrán ejercitar esta opción cuando la renta obtenida durante el ejercicio en España haya sido inferior al 90% del mínimo personal y familiar que le hubiese correspondido de haber sido residente en España y siempre que la renta haya tributado efectivamente durante el período por el IRNR. Se amplía la opción por tributar como contribuyente del IRPF a los residentes en otros Estados del Espacio Económico Europeo con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria. La exención aplicable a los cánones satisfechos a empresas asociadas residentes en otros Estados miembros se condiciona a que quien reciba tales pagos lo haga en su propio beneficio y no como intermediaria o agente autorizado, con reglas especiales para los EP. Si la mayoría de derechos de voto de la sociedad perceptora se posee, directa o indirectamente, por personas físicas o jurídicas que no residan en la UE, la exención se condiciona a que la constitución y operativa responda a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores o activos La exención relativa a la distribución de beneficios por sociedades filiales residentes a sus matrices residentes en otros Estados miembros no será de aplicación cuando la mayoría de derechos de voto de la sociedad matriz se posea, directa o indirectamente, por personas físicas o jurídicas que no residan en la UE, salvo que la constitución y operativa de aquella responda a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores o activos Se regulan los gastos estimados y rendimientos imputados por operaciones internas de un EP en aquellos casos en los que sea de aplicación un Convenio para evitar la doble imposición que permita deducir los gastos estimados por operaciones internas realizadas con su casa central o con alguno de sus EP situados fuera de territorio español

6 Ley Reguladora de las Haciendas Locales Ley de Medidas para la prevención del fraude fiscal Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la Ley no podrá exceder de No obstante, en el caso de partícipes mayores de 50 años la cuantía anterior será de Los partícipes sólo podrán hacer efectivos sus derechos consolidados en los supuestos de desempleo de larga duración o de enfermedad grave Otras disposiciones El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la Ley no podrá exceder de Los partícipes sólo podrán hacer efectivos sus derechos consolidados en los supuestos de desempleo de larga duración o de enfermedad grave. Asimismo, los participes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado podrán disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad Dejarán de tener la consideración de paraíso fiscal aquellos países o territorios que firmen con España un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información o un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria en el que expresamente se establezca que dejan de tener dicha consideración, desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen Los criterios a considerar para que un determinado país o jurisdicción tenga la consideración de paraíso fiscal incluyen tanto la existencia de un intercambio de información efectivo como los resultados de las evaluaciones inter pares realizados por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información. La lista de paraísos se regulará reglamentariamente y se prevé de manera expresa la posibilidad de su actualización Las transmisiones de viviendas tributan en el Impuesto municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana Están exentas del Impuesto municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana las transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual para cancelación de deudas hipotecarias contraídas con entidades financieras, así como en los supuestos de ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales de las referidas viviendas La medida ha desaparecido del proyecto por cuanto fue aprobada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. La información y comentarios que se incluyen en esta publicación no constituyen asesoramiento jurídico o contable alguno. PwC declina cualquier responsabilidad por la utilización que pueda hacerse del contenido de la misma Landwell-PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services S.L. Todos los derechos reservados. PwC se refiere a PricewaterhouseCoopers S.L, firma miembro de PricewaterhouseCoopers International Limited; cada una de las cuales es una entidad legal separada e independiente.

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