PROPUESTAS AL PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA
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- Beatriz Alvarado Guzmán
- hace 6 años
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1 PROPUESTAS AL PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA Es objetivo indispensable de cualquier organización política y administrativa tanto en su ámbito estatal como autonómico y local la defensa de los Derechos Humanos, así como su consecución a través de las medidas y acciones que de forma garantista y transversal han de ser emprendidas. De ahí que desde el área de Igualdad y Servicios Sociales ante el estudio y lectura del Plan Municipal de Vivienda , en base fundamentalmente del propósito de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades pretendida desde la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como de la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social que viene a completar dicha Convención, entendamos por tanto que es nuestro derecho, deber y compromiso político y social, remarcar determinados preceptos y sus por qué han de ser tenidos en cuenta en el desarrollo de ese Plan Municipal de Vivienda, acogiéndonos para ello especialmente en los artículos 28, d) de la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad 1, así como en el artículo 32 de la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social 2 : En los proyectos de viviendas protegidas, se programará un mínimo de un cuatro por ciento con las características constructivas y de diseño adecuadas que garanticen el acceso y desenvolvimiento cómodo y seguro de las personas con discapacidad Las viviendas objeto de la reserva prevista en este artículo destinadas al alquiler, podrán adjudicarse a personas con 1 Artículo 28. Nivel de vida adecuado y protección social. d) Asegurar el acceso de las personas con discapacidad a programas de vivienda pública 2 Artículo 32. Reserva de viviendas para personas con discapacidad y condiciones de accesibilidad
2 discapacidad individualmente consideradas, unidades familiares con alguna persona con discapacidad o a entidades sin ánimo de lucro del sector de la discapacidad, siempre que en este último supuesto se destinen por esas entidades a la promoción de la inclusión social de las personas con discapacidad y de la vida autónoma, como viviendas asistidas, viviendas compartidas, viviendas de apoyo o a proyectos de vida independiente de personas con discapacidad. Visto y leído el Plan Municipal de Vivienda , según acuerdo de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid, de fecha 14 de diciembre de (Expte.: Dirección Área Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda n.º 67/16) se hacen las siguientes sugerencias al informe. En el documento Plan Municipal de Vivienda (a partir de ahora PMV), vemos como en diferentes sitios se habla del derecho a una vivienda digna y a la vivienda como un bien imprescindible de socialización: página 4 el acceso en condiciones de igualdad de todos los castellanos y leoneses a una vivienda digna mediante la generación de suelo y la promoción de vivienda de protección pública y de vivienda protegida, con especial atención a los grupos sociales en desventaja ; página 13 Promover las condiciones necesarias para garantizar el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada y página 22 Una consideración adecuada de la vivienda no puede ser simple, unidireccional, unidimensional, unilateral, sino compleja e integral. Por ello, partimos de considerar la vivienda como un bien para la satisfacción de una necesidad, ya que el alojamiento de la población en condiciones adecuadas es un elemento que garantiza la necesidad básica de subsistencia y la salud. La vivienda es un espacio vital, imprescindible para la socialización, para ser parte de una sociedad, es decir, es un factor de inclusión social de primer orden
3 Las personas con diversidad funcional conforman un grupo vulnerable y numeroso 3 : conforme a los datos del informe Mercado de Trabajo de las Personas con Discapacidad Estatal 2016 hay un total de 1585 demandantes de empleo (el 3,72% de los demandantes de empleo de la provincia, 753 (mayores de 45 años); 748 (de 25 a 45 años) y 84 menores de 25 años), solo el 1,76% de los contratos del 2015 fueron para personas con diversidad funcional. En el Plan Estratégico de igualdad de oportunidad para las personas con discapacidad de la Junta de Castilla y León, en Valladolid hay un total de 32,037 personas con diversidad funcional en Valladolid. A pesar de los innegables progresos sociales alcanzados, los derechos básicos 4 y libertades de las personas con diversidad funcional se ven limitadas, condicionando y obstaculizando su desarrollo personal históricamente, en el acceso a una vivienda digna o a políticas que no tienen en cuenta sus necesidades específicas o bien se revelan expresamente restrictivos a su participación en ellas. Existe pues, un variado y profuso conjunto de impedimentos que privan a las personas con discapacidad del pleno ejercicio de sus derechos y los efectos de estos obstáculos se materializan en una situación de exclusión social, que debe ser inexcusablemente abordada por los poderes públicos. 3 En el propio informe del PMV el 6,13 % de las solicitudes de acceso a viviendas protegidas algún miembro de la unidad familiar era discapacitado 4 Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Articulo1, capitulo I: a) Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.
4 No debemos olvidar que las personas con diversidad funcional tienen los mismos derechos 5 que los demás ciudadanos conforme a nuestro ordenamiento jurídico y que las Administraciones Públicas han de promover todas aquellas medidas necesarias para que la igualdad de condiciones de sus derechos sea real y efectiva, en todos los ámbitos de la vida Entendemos que los poderes públicos han de adoptar medidas de acción positiva 6 y medidas de igualdad de oportunidades 7 en beneficio de aquellas personas con discapacidad susceptibles de ser objeto de un mayor grado de discriminación. Por eso reclamamos al Ayto de Valladolid que incluya en el PMV lo anteriormente citado para garantizar el acceso a la vivienda de las personas con diversidad funcional, una RED DE VIVIENDAS de distintas tipologías que se puedan adaptar a las diferentes capacidades de las personas que promuevan la vida independiente para personas con diversidad funcional y permita conseguir que este colectivo desfavorecido pueda vivir de acuerdo con sus deseos en condiciones apropiadas y pueda decidir cómo, dónde y con quién quiere vivir, pudiendo hacer efectivo el derecho a disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible 5 Artículo 7. Real Decreto Legislativo 1/ Medidas de acción positiva: son aquellas de carácter específico consistentes en evitar o compensar las desventajas derivadas de la discapacidad y destinadas a acelerar o lograr la igualdad de hecho de las personas con discapacidad y su participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, social, educativa, laboral y cultural, atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad 7 Igualdad de oportunidades: es la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por motivo de o por razón de discapacidad, incluida cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas con discapacidad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo. Asimismo, se entiende por igualdad de oportunidades la adopción de medidas de acción positiva.
5 Así mismo, se establece la necesidad crear líneas de trabajo y recursos de apoyo a la familia o personas que convivan en el mismo domicilio con la persona con diversidad funcional y Que del total de viviendas de titularidad municipal en 4% se destine a la RED de VIVIENDAS para personas con diversidad funcional marcado legislativamente. En Valladolid a 15 de febrero de 2017 Área de Igualdad y Servicios Sociales PODEMOS VALLADOLID
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