ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL C.E.I.P. Vicente Ros DE CARTAGENA. Denominación, domicilio, ámbito y duración

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL C.E.I.P. Vicente Ros DE CARTAGENA. Denominación, domicilio, ámbito y duración"

Transcripción

1 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL C.E.I.P. Vicente Ros DE CARTAGENA CAPÍTULO I Denominación, domicilio, ámbito y duración Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación de Madres y Padres de Alumnos Vicente Ros (AMPA Vicente Ros) se constituye, sin ánimo de lucro, la Asociación de Madres y Padres de Alumnos del Centro de Educación Infantil y Primaria Vicente Ros de Cartagena (Murcia), de acuerdo con lo dispuesto en artículo 22 de la vigente Constitución Española, al régimen jurídico de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE) 8/1986 de 3 de julio, al Real Decreto 1533/86 de 11 de julio, que regula las asociaciones de padres de alumnos, y a la Ley 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. La Asociación gozará de personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar en el cumplimiento de sus fines, rigiéndose por lo establecido en los presentes Estatutos yen las disposiciones vigentes que regulen la materia. Artículo 2.- Domicilio. El domicilio social de la Asociación se fija en las instalaciones del CEIP Vicente Ros, sito en la calle Carmen Conde, número 48, código postal 30205, en Cartagena (Murcia). Artículo 3.- Ámbito. La asociación limitará su actuación al ámbito de las funciones educativas y sociales que afecten al colegio, sin perjuicio de que en cualquier momento su Junta Directiva o su Asamblea General, dentro de sus respectivas competencias, acuerden la adhesión o colaboración con otras asociaciones o entidades que persigan los mismos fines. Artículo 4.- Duración La duración de la Asociación es por tiempo indefinido, pudiendo ingresar en ella nuevos socios o causar baja los antiguos sin necesidad de nueva constitución. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 1

2 CAPÍTULO II Fines, relaciones y actividades. Artículo 5.- Fines. La citada Asociación tiene como fines los siguientes: a) Asistir a los padres o tutores de los alumnos en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos. b) Colaborar en las actividades educativas del Centro. c) Promover la participación de los padres o tutores de los alumnos en la gestión del Centro, a través de los Órganos previstos al efecto en la legislación vigente. d) Promover todo tipo de actividades encaminadas a la formación integral de los alumnos y desarrollo de usos y hábitos democráticos en su personalidad. e) Promover actividades encaminadas a la formación de los padres o tutores y a su integración en el proceso educativo. f) Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa a la que se refiere el artículo 5 del RD 1533/1986, de 11 de julio, le asignen a las asociaciones de padres de alumnos. g) La defensa de los derechos e intereses de los asociados en relación con el logro de la perfecta formación cultural, social y humana de sus hijos, alumnos del Centro, mediante la estructura que se establece en los presentes Estatutos. h) Efectuar cuantas gestiones sean oportunas para la obtención de los medios y asignación suficiente, tanto de tipo oficial como privado, que cubran las necesidades lógicas tanto del Centro como de la Asociación. Artículo 6.- Relación con el Consejo Escolar La citada Asociación podrá, según el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, recogido en el Real Decreto 82/1996 de 26 de enero, podrá: a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno. c) Informar a los padres de su actividad. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 2

3 d) Recibir información del Consejo Escolar sobre temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas. e) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este. f) Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior. g) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. h) Conocer los resultados académicos y la valoración que los mismos realice el Consejo Escolar. i) Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones. j) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el Centro. k) Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del Centro para el buen funcionamiento del mismo. l) Utilizar las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar. Artículo 7.- Actividades a) Organizar conferencias, reuniones, publicaciones y demás actividades de carácter cultural, formativo e informativo, así como cuantas otras que se juzguen convenientes por la Junta Directiva o sean propuestas aprobadas por la Asamblea General, y que estén encaminadas al cumplimiento de sus objetivos. b) Colaborar en el fomento de la formación física y artística de los alumnos mediante la organización de pruebas, concursos, festivales u otras actividades de tipo deportivo y cultural, así como conceder premios, ayudas o becas a aquellos alumnos que ellas se crea conveniente. c) Distribuir ayudas materiales, morales o culturales a aquellos alumnos que en su momento lo necesiten y se crea conveniente. d) Y cuantas otras actividades se estimen oportunas para el desarrollo de los fines de la Asociación antes mencionados. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 3

4 CAPÍTULO III Socios Artículo 8. Pertenencia Podrán pertenecer a la Asociación todos los padres y madres o tutores y tutoras de los alumnos/as matriculados/as en el Centro, siempre que quieran colaborar con los fines, acepten estos Estatutos, y abonen la cuota estipulada por curso. La organización interna y el funcionamiento de la Asociación serán democráticos, con pleno derecho al pluralismo. Podrán formar parte de la Asociación aquellas personas que, sin tener hijos en el Centro, apruebe la Asamblea General. Artículo 9. Ingreso y baja. El ingreso y la baja en la Asociación serán totalmente voluntarios, constándose las mismas en un registro a tales efectos. Se podrá dar de baja a un miembro si este ha cometido una falta considerada como grave, y si esta está debidamente probada. El proceso de baja culminaría si, tras ser oído el interesado, la Asamblea General así lo aprobara, en voto secreto de la mayoría simple de los asistentes. Artículo 10. Cuota. La afiliación a la Asociación lleva implícito el pago de una cuota mínima estipulada por curso que, a propuesta de la Junta Directiva, se apruebe por Asamblea General, de conformidad con los presentes Estatutos. Artículo 11.- Derechos de los socios. Los socios tendrán derecho a: a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines. b) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales y en cualquier órgano de la Asociación del que forme parte. c) A ser electores y elegibles para los cargos directivos de la Asociación. d) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 4

5 e) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener. f) A ser informado del estado de cuentas y tener libre acceso a los libros de la Asociación. g) A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción. h) A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos. i) Asistir a todos los actos y reuniones que organice la Asociación. j) Poder asistir a las reuniones de la Junta Directiva, previa autorización de la misma, con voz y sin voto. Artículo 12.- Obligaciones de los socios. Los socios están obligados a: a) Compartir las finalidades de la Asociación y a colaborar para la consecución de las mismas. b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio. c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias. d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la Asociación. e) Desempeñar responsablemente los cargos para los que haya sido elegido, una vez aceptados, de manera totalmente honoraria y gratuita. f) Participar responsablemente en las elecciones de sus directivos y representantes. g) Asistir a las Asambleas Generales, y ejercitar y respetar la libre manifestación de pareceres en orden a los fines propios de la Asociación, no entorpeciendo directa ni indirectamente las actividades de la Asociación. Artículo 13.- Pérdida de la condición de socio. La condición de socio se pierde: a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 5

6 b) Por baja en el Centro de los hijos o pupilos. c) Por incumplimiento grave y reiterado de los Estatutos y acuerdos de la Asociación. En todo caso, será la Asamblea General quien decida sobre las posibles expulsiones de socios. Artículo 14.- Admisión extraordinaria de socios. a) La admisión de socios podrá ser decidida por la Junta Directiva, y siempre que cumplan las condiciones prevista en los Estatutos. b) En todo caso, la Asamblea General ratificará o revocará las decisiones de la Junta Directiva. Artículo 15. Registro de socios. La Asociación dispondrá de una relación actualizada de sus socios y recogerá en un libro las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación. Se dará cumplimiento en el tratamiento de los datos a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de Desarrollo de la L.O.P.D. 15/1999. CAPÍTULO IV De los órganos directivos y de representación: la Asamblea General y la Junta Directiva. Artículo 16.- Órganos de la Asociación. Los órganos directivos y de representación de la Asociación son: la Asamblea General y la Junta Directiva. Artículo 17.- Acuerdos y votaciones. Los acuerdos que se adopten por ambos órganos, dentro de sus respectivas competencias serán válidos por votación favorable de la mayoría simple, es decir, mitad más uno de los asistentes, salvo en aquellos casos especiales en que estos Estatutos exigiesen mayoría cualificada. El voto del presidente será de calidad y resolverá los empates. La modalidad de las votaciones quedará a criterio de los propios miembros en cada caso. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 6

7 Artículo 18. La Asamblea General La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, integrada por los asociados, y que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna. Deberá reunirse al menos una vez cada curso escolar. Artículo 19. Competencias de la Asamblea General. a) Examinar y aprobar las cuentas y balances del ejercicio. b) Decidir sobre la aplicación de los fondos. c) Aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos. d) Aprobar reglamentos y normas de régimen interno. e) Elección de miembros componentes de la Junta Directiva. f) Demás competencias que resulten de los presentes Estatutos. g) Aprobar, si procede, el acta de la anterior Asamblea Ordinaria y de las Extraordinarias si las hubiera habido. h) Fijar las cuotas a satisfacer por los asociados, conforme a las propuestas que elabore la junta Directiva. Artículo 20. Asamblea General Extraordinaria. Se convocará asamblea general con carácter extraordinario para: a) Modificación de los Estatutos. b) Disolución de la Asociación. c) Remuneración de los miembros del órgano de representación. d) Autorizar la enajenación, gravamen o hipoteca de los bienes sociales. e) Aprobar la federación de otras Asociaciones. f) Solicitar la declaración de la Asociación de utilidad pública. g) Las que siendo competencia de la Asamblea General, por razones de urgencia o necesidad, no puedan esperar a su convocatoria ordinaria sin grave perjuicio para la Asociación. h) Acordar la expulsión de algún asociado según lo que se dispone en el artículo 9 de los presentes Estatutos. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 7

8 Artículo 21. Convocatoria de Asamblea General Ordinaria. La Asamblea General Ordinaria se reunirá dentro del primer trimestre de cada año y será convocada por el presidente con un mínimo de 15 días de antelación. La citación será personal y por escrito a cada asociado y en ella se refleja el orden del día, lugar, día y hora, que contemplará primera y segunda convocatoria, con una diferencia mínima entre ambas de 30 minutos. Además, se podrán utilizar todos los medios de los que dispone la Asociación para su mayor difusión: paneles informativos del Centro, comunicado en la web de la Asociación, si la tuviera, y cualquier otro medio de difusión entre socios. Será necesario la presencia de la mitad más uno de los socios como porcentaje mínimo en primera convocatoria, y, en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de los asociados presentes. Serán válidas las representaciones siempre que se formalicen por escrito y que no sean superiores a dos por persona. Artículo 22. Convocatoria de Asamblea General Extraordinaria. La Asamblea General se convocará con carácter extraordinario cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 por 100, y se comunicará de la misma forma que se contempla para la convocatoria ordinaria. Artículo 23.- Acuerdos en Asamblea. Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas (esto es, cuando los votos afirmativos superen a los negativos). No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas (esto es, cuando los votos afirmativos superen la mitad) los acuerdos relativos a disolución de la Asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros del órgano de representación. De todas las asambleas se levantará acta, que será firmada, al menos, por el presidente y el secretario. Artículo 24. Recursos. Los acuerdos que atenten contra los Estatutos o infrinjan los fines de la Asociación podrán ser recurridos en reposición ante la Asamblea General en el plazo de un mes desde el día siguiente a la resolución de dicho acuerdo. A partir de la resolución del recurso de reposición quedará expeditada la vía para recurrir ante la jurisdicción civil correspondiente. Artículo 25.- La Junta Directiva. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 8

9 La Junta Directiva será el órgano de representación que gestione y represente los intereses de la Asociación, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Sus miembros serán elegidos entre los asociados y estará compuesta por presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y cuatro vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán desempeñados durante un plazo de tres años, pudiendo ser reelegidos en sucesivas renovaciones y coincidiendo con la finalización del mandato. Todos los cargos serán gratuitos y reelegibles. Solo se podrá percibir el importe de los gastos ocasionados por desplazamiento cuando estos sean ordenados por la Junta Directiva. Artículo 26.- Funciones de la Junta Directiva. Son competencias de la Junta Directiva: a) Convocar la Asamblea General. b) Redactar los presupuestos y balances correspondientes y proponer a la Asamblea las cuotas mínimas de sus asociados. c) Ejecutar y cumplir los acuerdos de la Asamblea General. d) Interpretar los Estatutos y reglamentos de la Asociación y velar por su cumplimiento. e) Cumplimentar acuerdos en materia económica. Artículo 27. Reuniones. La Junta Directiva se reunirá cuantas veces sea necesario y así lo solicite el Presidente. Artículo 29.- Cese o renuncia de los miembros de la Junta Directiva. a) Cese. Cualquiera de los miembros que componen la Junta Directiva cesará en el momento en el que su hijo/a o menor sujeto a tutela deje de pertenecer como alumno/a al Colegio. b) Renuncia. Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá renunciar a su cargo por razones personales y/o de fuerza mayor que le impidan desarrollar sus funciones. Si esto sucediera, las funciones del miembro saliente serían asumidas por otro miembro de la Junta Directiva que se ofrezca voluntario. Si no hubiera ningún voluntario, sería el presidente quien asumiría las funciones del miembro saliente. Si fuera este quien renunciara a su cargo, sus funciones recaerían sobre el vicepresidente. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 9

10 c) Los cargos con funciones susceptibles de ser asumidas en caso de cese o renuncia de quienes los ostentan son: presidente, vicepresidente, tesorero y secretario. Los vocales no tienen función específica en el desarrollo básico de la Asociación, por lo que, si cesaran o renunciasen, no se impondría un traspaso de funciones orgánicas; tan solo las tareas que se les hubiere asignado en el día a día de la Asociación. d) La Junta Directiva podrá elegir entre los socios a los sustitutos de los miembros que hayan causado cese o renuncia sin necesidad de realizar unas elecciones hasta cumplir el periodo establecido de representación. e) Si hubiera un cese o renuncia de más de la mitad del total de miembros de la Junta Directiva se convocarán nuevas elecciones, aunque no se haya agotado el mandato para el que fue elegida. Artículo 30.- Presidente. Son competencias del presidente: a) Ostentar la representación, administración, dirección y gestión de la Asociación, conjuntamente con la Junta Directiva. b) Presidir y convocar las reuniones de la Asamblea General y la Junta Directiva. c) Velar por el cumplimiento de los fines de la Asociación. d) Acordar con la Junta Directiva la admisión de nuevos socios y proponer a la Asamblea General la expulsión de aquellos que dieran lugar a la misma. Artículo 31.- Vicepresidente. Es competencia del vicepresidente ayudar y asistir al presidente, y sustituirle en caso necesario. Artículo 32.- Secretario. Son competencias del secretario: a) Custodiar y llevar los libros de actas y de registro de socios, documentos y sellos de la Asociación. b) Extender las actas de las reuniones y expedir certificados de las mismas, con el visto bueno del presidente. Artículo 33.- Tesorero. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 10

11 Son competencias del tesorero: a) Custodiar los fondos de la Asociación y llevar en orden la contabilidad. b) Preparar los balances, inventarios y presupuestos de la Asociación para su aprobación por la Asamblea General. c) Autorizar, junto al presidente, la disposición de fondos. Artículo 28.- Proceso electoral a) Convocatoria: La Junta Directiva convocará el proceso electoral con una antelación mínima de un mes y un máximo de tres meses del final del periodo máximo elegible o a contar desde el cese o renuncia de más de la mitad del total de miembros de la Junta Directiva, aunque no se haya agotado el mandato para el que fue elegida. La citación será pública, utilizando, además, para su difusión todos los medios de los que dispone la Asociación: paneles informativos del Centro, comunicado en la web de la Asociación, si la tuviera, y cualquier otro medio de difusión entre socios. En la citación se reflejarán los plazos del proceso, el modelo de candidatura, el orden del día, lugar, día y hora, que contemplará primera y segunda convocatoria con una diferencia mínima entre ambas de 30 minutos. La Junta Directiva resolverá las reclamaciones presentadas previas a la Asamblea. En la Asamblea se constituirá una mesa electoral entre los presentes, compuesta por el socio de más edad como presidente, el secretario de la Junta Directiva como secretario y el socio de menor edad como vocal. La mesa electoral será la encargada de dirigir la votación y proclamará a la nueva Junta Directiva. Serán válidas las representaciones siempre que no sean superiores a dos por persona y que se realicen por escrito. b) Plazos mínimos del proceso: Exposición del censo provisional: siete días. Reclamaciones al censo provisional: desde su exposición hasta un día después. Resolución de reclamaciones al censo provisional y aprobación del censo definitivo: un día. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 11

12 Exposición del censo definitivo: desde su aprobación hasta siete días después. Presentación de candidaturas: desde la aprobación del censo definitivo hasta cinco días después. Exposición pública de candidaturas provisionales: siete días. Reclamaciones a las candidaturas provisionales: desde su exposición hasta un día después. Resolución de reclamaciones a las candidaturas provisionales y aprobación de las candidaturas definitivas: un día. Publicación de las candidaturas definitivas: siete días. CAPÍTULO V Patrimonio fundacional. Medios económicos. Artículo 34.- Patrimonio inicial. El patrimonio inicial al constituirse la Asociación es de euros. Artículo 35.- Medios económicos. Los medios económicos con los que contará la Asociación para atender sus fines serán los siguientes: a) Las cuotas de los asociados. b) Donativos o subvenciones que puedan ser concedidas por organismos públicos, corporaciones locales, entidades privadas o particulares. c) Donaciones, herencias y legados que sean aceptados. d) Ingresos que puedan recibir por el desarrollo de sus actividades, siempre que ello no desvirtúe el carácter no lucrativo de la Asociación. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 12

13 Artículo 36.- Contabilidad de la Asociación. El ejercicio contable coincidirá con el curso escolar. La Asociación llevará una contabilidad conforme a las normas específicas que le resulten de aplicación y que permitan obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como de las actividades realizadas. La Junta Directiva presentará a la Asamblea General un proyecto de presupuesto para el curso escolar para su aprobación. Así mismo, presentará la liquidación de cuentas del curso anterior para su aprobación, dentro del primer semestre del curso escolar. CAPÍTULO VI De la modificación de los Estatutos y la disolución de la Asociación. Artículo 37.- Modificación de los Estatutos. Para la modificación del os Estatutos que afecte al contenido previsto en el artículo 7 de la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, se requerirá el acuerdo adoptado por la Asamblea General, convocada específicamente con tal objeto, debiendo ser objeto de inscripción en el plazo de un mes. Solo producirá efectos, tanto para sus asociados como para terceros, desde que se haya procedido a su inscripción en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia. Las restantes modificaciones producirán efectos para los asociados desde el momento de su adopción con arreglo a los procedimientos estatutarios, mientras que para los terceros será necesaria, además, la inscripción en el Registro correspondiente. Para la validez del acuerdo de modificación de los Estatutos será necesario, como mínimo, el voto favorable de las dos terceras partes de los asistentes. Artículo 38.- Disolución. La Asociación se disolverá por las siguientes causas: a) Por la voluntad de los socios, acordada por las dos terceras partes de los mismos. b) Por sentencia judicial. c) Por otras causas determinadas legalmente. Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 13

14 Artículo 39.- Liquidación de la Asociación. Acordada la disolución, la Junta Directiva procederá a efectuar la liquidación y disolución de la Asociación, correspondiendo a los liquidadores: a) Velar por la integridad del patrimonio de la Asociación. b) Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean necesarias para la liquidación. c) Cobrar los créditos de la Asociación. d) Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores. El haber resultante, una vez efectuada la liquidación, será donado bien a una entidad de carácter benéfico, bien al propio Colegio al que estaba vinculada la Asociación. El destino del haber resultante se acordará por la Asamblea General, previamente al proceso de liquidación. Artículo 40 Una vez concluido el procedimiento de disolución y liquidación se solicitará la cancelación de los asientos en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia. DISPOSICIÓN FINAL. En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, así como el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos, y demás leyes que regulen el derecho de la educación y de asociaciones. En Cartagena, a 10 de mayo de 2017 PRESIDENTE SECRETARIA Fdo.: Francisco Conesa Ros Fdo.: Mª Luisa Aboal Sanjurjo Estatutos AMPA Vicente Ros Cartagena - Página 14

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1º.- Denominación Con la denominación de Asociación Cultural Fotógrafos de Aranjuez A.C.F.A se constituye una entidad

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación HazteOir.org se constituye una Asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. Proyecto de la U.S.O.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. Proyecto de la U.S.O. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA Proyecto de la U.S.O. Elaboración: Área Confederal de Acción Edición: Junio 2010 INDICE REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA Introducción...

Más detalles

Casa de la Comunidad Valenciana en Cantabria

Casa de la Comunidad Valenciana en Cantabria ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN Casa de la Comunidad Valenciana en Cantabria CAPITULO I DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1.- Con la denominación de Casa de la Comunidad Valenciana en Cantabria,

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACION CULTURAL EL SOTANO DE CASCORRO

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACION CULTURAL EL SOTANO DE CASCORRO REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACION CULTURAL EL SOTANO DE CASCORRO CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. La Asociación Cultural El Sótano De Cascorro constituida al amparo de la

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- Con la denominación de se constituye en una Asociación sin ánimo de lucro, de

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Art. 1.- Definición 1. La Asociación de Archiveros de la Comunidad de Madrid se constituye, dentro de la Federación de Asociaciones de

Más detalles

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL (PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA 30-11-2007 Y 14-12-2007) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA COOPERACION Y LA SOLIDARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. CAPÍTULO I Denominación, sede, ámbito territorial y fines Artículo 1. Denominación y objeto

Más detalles

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS 1. DEFINICIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO La comisión de Historias Clínicas se crea de acuerdo con el Real Decreto 521/1987 de 15 de Abril por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización

Más detalles

MODELO ORIENTATIVO DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN

MODELO ORIENTATIVO DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN MODELO ORIENTATIVO DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN Artículo 1. Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación. 1. La FUNDACIÓN...es una organización sin

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FEDERACION DE ENTIDADES DE EDUCACION AMBIENTAL.

ESTATUTOS DE LA FEDERACION DE ENTIDADES DE EDUCACION AMBIENTAL. ESTATUTOS DE LA FEDERACION DE ENTIDADES DE EDUCACION AMBIENTAL. CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación Federación de Educación Ambiental (FEA) se constituye

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 36351 III. Otras Resoluciones Consejería de Turismo, Cultura y Deportes 4899 Dirección General de Deportes.- Resolución de 12 de diciembre de 2016, por la que se hace pública la modificación de los Estatutos

Más detalles

NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES

NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES ARTICULO 1 - Denominación y objeto: CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES Con la denominación de ESPESCA.ES se constituye en la localidad de ADRA, (ALMERIA) una entidad

Más detalles

Instituto Estatal Electoral de Baja California

Instituto Estatal Electoral de Baja California Instituto Estatal Electoral de Baja California ANEXO 1 QUE DEBERAN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES, EN EL PROCESO ESTATAL ELECTORAL

Más detalles

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el

Más detalles

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE Capitulo I.- Fines y Composición de la Asociación Art. 1.- El Grupo Colombiano de la Asociación

Más detalles

Reglamento del Consejo Municipal de la Tercera Edad

Reglamento del Consejo Municipal de la Tercera Edad Reglamento del Consejo Municipal de la Tercera Edad Artículo primero. Es objeto del presente Reglamento la regulación del Consejo Municipal de la Tercera Edad, órgano complementario de la organización

Más detalles

Estatutos de la Asociación de Padres de Alumnos San Viator de Valladolid

Estatutos de la Asociación de Padres de Alumnos San Viator de Valladolid -- Estatutos de la Asociación de Padres de Alumnos San Viator de Valladolid TÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN DE LA ASOCIACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Al amparo del artículo 22 de

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE FIESTAS DE BENAVENTE

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE FIESTAS DE BENAVENTE REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE FIESTAS DE BENAVENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.- El objetivo de este Reglamento del Consejo Sectorial de Fiestas, es regular la constitución y funcionamiento de este órgano

Más detalles

CAPÍTULO I DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN

CAPÍTULO I DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN FORMATO CI MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES EN EL ESTADO DE COAHUILA DE

Más detalles

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010 En la ciudad de..., siendo las (horas)...del día...del año..., se reunieron en la (dirección y ciudad)...las siguientes personas, con el objeto de constituir una entidad sin ánimo de lucro. NOMBRE Y APELLIDOS

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO

Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE DEPORTIVO VICEPRESIDENTE ECONOMICO VOCALES ASESORIA JURIDICA SERVICIOS MEDICOS.

Más detalles

Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes

Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes Residencia Lucas Olazábal Universidad Politécnica de Madrid Cercedilla, 3 y 4 de diciembre de 2011 Órganos de Gobierno de la DA-UPM Coordinación

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Decretos de Alcalde Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Marginal: ANM 2011\13 Tipo de Disposición: Decretos de Alcalde / Órganos Colegiados Fecha de Disposición: 21/03/2011 Publicaciones:

Más detalles

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TITULO I CUESTIONES GENERALES ARTICULO 1.º- Denominación y naturaleza. 1. La Agrupación de Arquitectos al Servicio de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005)

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005) REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005) ÍNDICE CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II. ESTRUCTURA CAPÍTULO III. ORGANOS

Más detalles

ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS.

ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS. ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS. SUMARIO: CAPITULO I: DE LOS CLUBES Y SUS SOCIOS CAPITULO II: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO CAPITULO III: NORMAS REGULADORAS DEL PROCESO ELECTORAL

Más detalles

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COACHING DE CASTILLA Y LEÓN (Coachs de Castilla y León) CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN PROFESIONAL

Más detalles

ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I

ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I Naturaleza y Fines: Artículo 1º.- El Patronato Municipal de la Residencia Riosol de la Tercera Edad es un Organismo Autónomo

Más detalles

administración local AYUNTAMIENTOS MANZANARES ANUNCIO

administración local AYUNTAMIENTOS MANZANARES ANUNCIO Número 84 Miércoles, 15 de julio de 2009 61 administración local AYUNTAMIENTOS MANZANARES ANUNCIO Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Sostenibilidad. El Ayuntamiento Pleno, en sesión

Más detalles

ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA DEL APA

ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA DEL APA ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA DEL APA JUNTA DIRECTIVA Presidente Vicepresidente Tesorero Secretario Al menos 4 vocales ARTICULO 23.- La Junta de Gobierno está compuesta como mínimo por OCHO (8) miembros

Más detalles

COOPERACIÓN INTERNACIONAL

COOPERACIÓN INTERNACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL LOCAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Objeto Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, competencias y funcionamiento del Consejo Sectorial

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión

Más detalles

CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN. Artículo 1. Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación.

CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN. Artículo 1. Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN Artículo 1. Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación. 1. La FUNDACIÓN RZ PARA EL DIÁLOGO ENTRE FE Y CULTURA es un instituto sin fin de lucro, que

Más detalles

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL)

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) DECRETO No. 46-94, Aprobado el 28 de Octubre de 1994 Publicado en

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. (Aprobado por el Pleno del Comité de Empresa el 18 de febrero de 2008)

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. (Aprobado por el Pleno del Comité de Empresa el 18 de febrero de 2008) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA (Aprobado por el Pleno del Comité de Empresa el 18 de febrero de 2008) Artículo 1. Denominación El Comité de Empresa es el órgano de representación

Más detalles

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EJERCICIO 2015

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EJERCICIO 2015 INTRODUCCIÓN Con objeto de seguir las recomendaciones de buen gobierno, el Consejo de Administración de Unión Europea de Inversiones, en su sesión de 18 de junio de 2003, aprobó la creación de un Comité

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante

Más detalles

ASOCIACIÓN DE CASAS-MUSEO Y FUNDACIONES DE ESCRITORES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE CASAS-MUSEO Y FUNDACIONES DE ESCRITORES ESTATUTOS 1 ASOCIACIÓN DE CASAS-MUSEO Y FUNDACIONES DE ESCRITORES ESTATUTOS CAPÍTULO I.- NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La ASOCIACIÓN DE CASAS-MUSEO Y FUNDACIONES DE ESCRITORES (en adelante ASOCIACIÓN) se constituye

Más detalles

MESA DEL CASCO HISTÓRICO

MESA DEL CASCO HISTÓRICO MESA DEL CASCO HISTÓRICO 1 MESA DEL CASCO HISTÓRICO Mediante el presente documento se constituye la Mesa del Casco Histórico de Pamplona, con arreglo a las siguientes: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO 1. - DENOMINACIÓN

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO MANCHEGA DE AMIGOS DEL FERROCARRIL

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO MANCHEGA DE AMIGOS DEL FERROCARRIL ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO MANCHEGA DE AMIGOS DEL FERROCARRIL Preámbulo El día 6 de mayo de 2000, la Sede Social de la Asociación Manchega de Amigos del Ferrocarril de Ciudad Real, situada en

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FACULTADES DE DERECHO EUROPEAS [A.F.D.E.] ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FACULTADES DE DERECHO EUROPEAS [A.F.D.E.] ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FACULTADES DE DERECHO EUROPEAS [A.F.D.E.] ESTATUTOS Capítulo I. Denominación, forma jurídica, sede y duración. Art. 1 Art. 2 Art. 3 Se constituye una asociación denominada Asociación de Facultades

Más detalles

CAPITULO I Denominación, fines y domicilio social.

CAPITULO I Denominación, fines y domicilio social. CAPITULO I Denominación, fines y domicilio social. Artículo 1 Con la denominación ADDE, Asociación de Profesionales de la Danza del País Vasco / Euskal Herriko Dantza Profesionalen Elkartea, se constituye

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres introduce como novedad la creación de un Consejo de Participación

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE HOSTELERIA Y TURISMO DE CIUDAD REAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE HOSTELERIA Y TURISMO DE CIUDAD REAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE HOSTELERIA Y TURISMO DE CIUDAD REAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Denominación, ámbito y profesional, duración, domicilio y fines. Artículo 1º.-

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DENOMINADA ASOCIACION NACIONAL INTERPROFESIONAL DE PLANTAS AROMATICAS Y MEDICINALES ANIPAM

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DENOMINADA ASOCIACION NACIONAL INTERPROFESIONAL DE PLANTAS AROMATICAS Y MEDICINALES ANIPAM ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DENOMINADA ASOCIACION NACIONAL INTERPROFESIONAL DE PLANTAS AROMATICAS Y MEDICINALES ANIPAM TITULO I: Denominación, ámbito, naturaleza, sede y estructura. Artículo 1 De acuerdo

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS

REGLAMENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS REGLAMENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE AIRSOFT REGLAMENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS INTRODUCCIÓN El Comité Nacional de Árbitros se crea con el fin de regular la estructura

Más detalles

ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION

ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION Articulo 1. DENOMINACIÓN ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION La sección de egresados se regirá por el presente estatuto y se denominara SECCIÓN DE EGRESADOS

Más detalles

REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO

REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO Artículo 1 La Mesa Local por el Empleo se constituye como órgano de carácter consultivo y de consenso que tiene por objeto canalizar y favorecer la participación

Más detalles

Conformación de una Organización

Conformación de una Organización de una Organización Una Organización Comunitaria funcional es aquella organización con personalidad jurídica y sin fines de lucro, que tenga por objeto representar y promover valores e intereses específicos

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS COLEGIO SAGRADO CORAZÓN JESUITAS LEÓN.- 2.013 1 PREÁMBULO Se redactan estos Estatutos, en virtud del derecho de asociación establecido en el artículo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995 REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No. 26-95, Aprobado el 14 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 118 del 26 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN. CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación

Más detalles

ESTATUTOS DEL CLUB ATLETISMO LEGANÉS

ESTATUTOS DEL CLUB ATLETISMO LEGANÉS ESTATUTOS DEL CLUB ATLETISMO LEGANÉS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO, ÁMBITO Y DURACIÓN Artículo 1. Denominación. Con la denominación de CLUB ATLETISMO LEGANÉS, se constituye como club deportivo

Más detalles

LEY ORGANICA 1/2002 DE 22 DE MARZO REGULADORA DEL DERACHO DE ASOCIACIÓN RESUMEN PRÁCTICO

LEY ORGANICA 1/2002 DE 22 DE MARZO REGULADORA DEL DERACHO DE ASOCIACIÓN RESUMEN PRÁCTICO LEY ORGANICA 1/2002 DE 22 DE MARZO REGULADORA DEL DERACHO DE ASOCIACIÓN RESUMEN PRÁCTICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1 La Ley es desarrollo del artículo 22 de la Constitución. Objeto de

Más detalles

ESTATUTOS. Centro de Estudiantes. Facultad de Derecho de la UNAM

ESTATUTOS. Centro de Estudiantes. Facultad de Derecho de la UNAM ESTATUTOS Centro de Estudiantes Facultad de Derecho de la UNAM 1. DENOMINACIÓN. El Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México es una sociedad de alumnos

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción

Más detalles

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria

Más detalles

Comisión de Cooperación de Consumo

Comisión de Cooperación de Consumo Comisión de Cooperación de Consumo Estatuto de organización y funcionamiento ESTATUTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE COOPERACION DE CONSUMO Aprobado en la reunión Nº 27 de la Conferencia

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN MEDIOAMBIENTAL MANZANAR CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN MEDIOAMBIENTAL MANZANAR CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1º. Con la denominación ASOCIACION MEDIOAMBIENTAL MANZANAR, se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo,

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE LA CIUDAD DE ALICANTE

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE LA CIUDAD DE ALICANTE AYUNTAMIENTO DE ALICANTE CONCEJALÍA DE DEPORTES REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE LA CIUDAD DE ALICANTE APROBACIÓN: Texto definitivo aprobado por el Pleno de 28 de febrero de 2014 PUBLICACIÓN:

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO

REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER El presente

Más detalles

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO De la constitución, fines y de la Administración de los Consejos Regionales. Se establece

Más detalles

Asociación Latinoamericana de Estudios Germanísticos Associação Latino- Americana de Estudos Germanísticos Lateinamerikanischer Germanistenverband

Asociación Latinoamericana de Estudios Germanísticos Associação Latino- Americana de Estudos Germanísticos Lateinamerikanischer Germanistenverband CAPITULO PRIMERO DENOMINACION Y DOMICILIO, OBJETO, CAPACIDAD JURIDICA ARTICULO l o. La (ALEG) se funda el 27 de abril de 1965 en Asamblea Constituyente convocada en la ciudad de Mendoza en ocasi6n de las

Más detalles

Propuesta de CCOO sobre el Reglamento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna

Propuesta de CCOO sobre el Reglamento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna Propuesta de CCOO sobre el Reglamento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna ARTÍCULO 1º.- ÁMBITO DE FUNCIONAMIENTO El Comité de Empresa del PAS Laboral es el órgano

Más detalles

ESTATUTOS DEL SINDICATO DEL METAL DE MADRID DE LA CGT (Confederación General del Trabajo)

ESTATUTOS DEL SINDICATO DEL METAL DE MADRID DE LA CGT (Confederación General del Trabajo) ESTATUTOS DEL SINDICATO DEL METAL DE MADRID DE LA CGT (Confederación General del Trabajo) PREÁMBULO TITULO I.- DEFINICIÓN, ÁMBITO Y DOMICILIO TÍTULO II.- FINALIDADES TÍTULO III.- DE LOS AFILIADOS TÍTULO

Más detalles

Reglamento del Consejo Municipal de Turismo

Reglamento del Consejo Municipal de Turismo Reglamento del Consejo Municipal de Turismo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA. TITULO PRELIMINAR. El Comité de Empresa es el órgano ordinario de representación del persona1 laboral de la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO. Nombre: La Organización Matemática Estudiantil de Gestión Académica será reconocida con el nombre de OMEGA.

REGLAMENTO. Nombre: La Organización Matemática Estudiantil de Gestión Académica será reconocida con el nombre de OMEGA. REGLAMENTO Capitulo 1: NOMBRE NATURALEZA Y DOMICILIO. Artículo 1: Nombre: La Organización Matemática Estudiantil de Gestión Académica será reconocida con el nombre de OMEGA. Artículo 2: Naturaleza: Omega

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL Aprobado por la Junta de Escuela de 28 de mayo de 2015 La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y sus posteriores modificaciones

Más detalles

ESTATUTOS DE LA HERMANDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

ESTATUTOS DE LA HERMANDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ESTATUTOS DE LA HERMANDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Título I. NATURALEZA Y DOMICILIO DE LA ASOCIACIÓN Artículo 1º.- Naturaleza La Hermandad de San Martín de Porres es una asociación pública de fieles con

Más detalles

INTRODUCCIÓN A LAS ASOCIACIONES

INTRODUCCIÓN A LAS ASOCIACIONES Qué es una Asociación? INTRODUCCIÓN A LAS ASOCIACIONES Las Asociaciones son agrupaciones de personas constituidas para realizar una actividad colectiva de una forma estable, organizadas democráticamente,

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LOS PAZOS,

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LOS PAZOS, ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LOS PAZOS, Art. 1º.- La Asociación Amigos de los Pazos se halla constituida en la ciudad de Vigo, de acuerdo con la ley 191/1964 de 24 de diciembre. En la actualidad

Más detalles

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD POPULAR DE LOGROÑO ESTATUTOS

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD POPULAR DE LOGROÑO ESTATUTOS ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD POPULAR DE LOGROÑO ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º.- Con la denominación de ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD POPULAR DE LOGROÑO se constituyó una entidad

Más detalles

1. LA SECCIÓN SINDICAL

1. LA SECCIÓN SINDICAL Sección Sindical Grupo 1. LA SECCIÓN SINDICAL Es el núcleo básico de nuestra actividad sindical en las empresas del Grupo Abertis y debemos potenciarla por ser el instrumento fundamental que canaliza la

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO POLACO ESPAÑOLA

ESTATUTOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO POLACO ESPAÑOLA ESTATUTOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO POLACO ESPAÑOLA I. CONSIDERACIONES GENERALES 1. 1. La Cámara de Comercio Polaco-Española, en adelante denominada la Cámara, es una organización bilateral de autogestión

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

REGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA REGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la

Más detalles

Asociación de Oficinas de Congresos de Universidades y Fundaciones

Asociación de Oficinas de Congresos de Universidades y Fundaciones Estatutos Asociación de Oficinas de Congresos de Universidades y Fundaciones Asociación de Oficinas de Congresos de Universidades y Fundaciones universitarias TÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA AGRUPACIÓN DE AMIGOS DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEA DE VIGO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA AGRUPACIÓN DE AMIGOS DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEA DE VIGO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA AGRUPACIÓN DE AMIGOS DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEA DE VIGO TITULO I. De la denominación, ámbito, domicilio y duración Articulo 1. Denominación El Patronato de la Fundación

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO FUNCIONAMIENTO OBSERVATORIO MUNICIPAL PERSONAS CON DISCAPACIDADES RIVAS-VACIAMADRID.

REGLAMENTO INTERNO FUNCIONAMIENTO OBSERVATORIO MUNICIPAL PERSONAS CON DISCAPACIDADES RIVAS-VACIAMADRID. REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL OBSERVATORIO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES DE RIVAS-VACIAMADRID. Documento aprobado por el OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIAD en Rivas-Vaciamadrid,

Más detalles

AJUNTAMENT DE BORRIOL

AJUNTAMENT DE BORRIOL PUBLICACIÓN DEFINITIVA: BOP Nº 9 DE 19 DE ENERO DE 2013 REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE FIESTAS. El objetivo de este Reglamento es regular la constitución y funcionamiento de la Comisión

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL El Consejo Escolar Municipal es el instrumento de participación de los sectores afectados en la gestión educativa y órgano de Asesoramiento de la Administración

Más detalles

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS FEINGE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035 JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL COLECTIVO DE PERSONAS MAYORES DE QUART DE POBLET

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL COLECTIVO DE PERSONAS MAYORES DE QUART DE POBLET Aprobado inicialmente, por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2011, el Reglamento regulador de los órganos de participación del colectivo de personas mayores de Quart

Más detalles

Test Ley Orgánica de Libertad Sindical

Test Ley Orgánica de Libertad Sindical Test Ley Orgánica de Libertad Sindical 1.- Qué establece la Constitución Española en su artículo 7 sobre la estructura interna y funcionamiento de los sindicatos?: a) Que deben ser democráticos. b) Que

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CÁCERES INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS SOCIALES INTRODUCCIÓN:

AYUNTAMIENTO DE CÁCERES INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS SOCIALES INTRODUCCIÓN: INTRODUCCIÓN: La Constitución Española, en su artículo 9.2, dispone que corresponde a los Poderes Públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR 1º- La sección de natación del club Deportivo Universidad Politécnica de Valencia, en lo sucesivo UPVN, pertenece al Vicerrectorado de deportes de la UPV. El UPVN fue fundado

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

2. La composición de estos Consejos Escolares será la siguiente: ( / )

2. La composición de estos Consejos Escolares será la siguiente: ( / ) ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR EE.OO.II. 2010 BORM Lunes, 31 de enero de 2005 Número 24 Páginas 2423-2437 (EXTRACTO) Artículo 2.- Composición de los Consejos Escolares. 1. El Consejo Escolar en los centros

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO: DE LA COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

CAPÍTULO PRIMERO: DE LA COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y DE LAS SUBCOMISIONES DE RELACIONES INTERNACIONALES DE CENTRO. PREÁMBULO Los Estatutos de la Universidad

Más detalles

ASOCIACIÓN DE ADJUDICATARIOS DEL AGUA DE LA VERTIENTE EL POGGYO DE CHAQUIBAMBA

ASOCIACIÓN DE ADJUDICATARIOS DEL AGUA DE LA VERTIENTE EL POGGYO DE CHAQUIBAMBA ASOCIACIÓN DE ADJUDICATARIOS DEL AGUA DE LA VERTIENTE EL POGGYO DE CHAQUIBAMBA ESTATUTO QUE REGIRA LA VIDA JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN DE ADJUDICARIOS PRIMARIOS DE LA VERTIENTE DE AGUA EL POGGYO DE CHAQUIBAMBA.

Más detalles

ESTATUTOS ASTUSMUS SOCIEDAD COOPERATIVA CAPITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN

ESTATUTOS ASTUSMUS SOCIEDAD COOPERATIVA CAPITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN ESTATUTOS ASTUSMUS SOCIEDAD COOPERATIVA CAPITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN Artículo 1.- Denominación Con la denominación Astusmus S. Coop se constituye en la localidad de Gijón,

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles